8. PLAN DE ATENCIÓN A LA DIVERSIDAD (PAD)

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1 8. (PAD) INDICE: 1. JUSTIFICACIÓN DEL PLAN (incluye enlaces a legislación) 2. RESUMEN DE LAS CARACTERÍSTICAS GENERALES DEL CENTRO. 3. OBJETIVOS DEL PAD. 4. ACTUACIONES GENERALES, MEDIDAS ORDINARIAS Y MEDIDAS ESPECÍFICAS ACTUACIONES GENERALES Programas y actividades para la prevención, seguimiento y control del absentismo y abandono escolar temprano. PRAE Los programas y actividades en colaboración y coordinación con las distintas administraciones públicas, instituciones, organismos o asociaciones de nivel estatal, autonómico o local Las propuestas para adecuar las condiciones físicas y tecnológicas de los centros, así como, las ayudas técnicas individuales y equipamientos específicos para favorecer la comunicación, la movilidad y el acceso al currículo La articulación de mecanismos para ofrecer apoyo psicológico al alumnado víctima del terrorismo, de catástrofes naturales, maltrato, abusos, violencia de género o violencia escolar o cualquier otra circunstancia que lo requiera, así como la realización de programas preventivos La organización de los grupos de alumnos, la utilización de los espacios, la coordinación y el trabajo conjunto entre los distintos profesionales del centro y los colaboradores y agentes externos al centro La organización y coordinación entre el personal docente y entre éstos y el personal de atención educativa complementaria u otro personal externo que interviene con el alumnado Los programas, planes o proyectos de innovación e investigación educativas que favorezcan una respuesta inclusiva a la diversidad del alumnado Cuantas otras propicien la calidad de la educación para todo el alumnado y el acceso y permanencia en el sistema educativo en igualdad de oportunidades. 1 de 70

2 Evaluación inicial Sesiones de evaluación MEDIDAS ORDINARIAS Graduación de las actividades Inclusión de las tecnologías de la información y la comunicación en el trabajo diario de aula Aprendizaje por descubrimiento, aprendizaje por proyectos Organización de los contenidos por centros de interés Tutoría entre iguales Utilización flexible de espacios y tiempos Apoyos ordinarios dentro del aula Apoyos ordinarios fuera del aula. MEDIDAS ORDINARIAS Y SU UTILIZACIÓN POR NIVELES: A. MEDIDAS ORDINARIAS METODOLÓGICAS Y DIDÁCTICAS B. MEDIDAS ORDINARIAS ORGANIZATIVAS C. OTRAS MEDIDAS ESPECIALES 4.3. MEDIDAS ESPECÍFICAS Conceptos previos a tener en cuenta Dificultades Específicas de Aprendizaje Ampliación o Enriquecimiento. Altas Capacidades Intelectuales Incorporación Tardía al Sistema Educativo Español. Condiciones Personales que Supongan Desventaja Educativa. Historia Escolar que Suponga Desigualdad Inicial Intervención Específica. Alumnado con necesidades educativas especiales. Programa Pedagogía terapéutica. Programa Audición y lenguaje. Plan Actuación del Equipo de Orientación. 5. SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN DEL PAD. 2 de 70

3 1. JUSTIFICACIÓN DEL PLAN Y NORMATIVA La diversidad del alumnado es una realidad socioeducativa evidente y supone unos retos y dificultades para el Sistema Educativo. En el marco normativo de la Ley Orgánica de Educación 2/2006 de 3 mayo, se defiende como objetivo fundamental de la educación: lograr la necesaria cohesión social, entendiendo por ésta el fomento de la convivencia democrática, el respeto a las diferencias individuales y la promoción de la solidaridad e inclusión, evitando la discriminación. La educación ha de combinar la calidad con la equidad en la oferta educativa, logrando que todos los ciudadanos puedan recibir una educación y una formación de calidad. La Comunidad Autónoma de la Región de Murcia establece y regula la respuesta educativa a la Diversidad del alumnado en el Decreto nº 359/2009, de 30 de octubre, que asume el reto de una educación en igualdad de oportunidades que atienda a todo el alumnado, buscando una respuesta adecuada a sus características y necesidades, y que aborda, además, los grupos de alumnos y alumnas que requieren una atención educativa diferente a la ordinaria por presentar alguna necesidad específica de apoyo educativo, con ausencia de discriminación, directa o indirecta, que tenga su causa en factores personales o sociales derivados de discapacidad, de trastornos graves de conducta o del desarrollo, de altas capacidades intelectuales, de dificultades específicas de aprendizaje, de integración tardía en el sistema educativo español, de condiciones personales o de historia escolar que supongan una desigualdad inicial para acceder a la educación básica y para progresar en los niveles posteriores. Posteriormente el Plan de Atención a la Diversidad, incluido en la PGA de todos los Centros docentes Públicos y Privados Concertados, quedó regulado por la Orden del 4 de junio de 2010 y ampliado con la Resolución de 17 de diciembre de 2012, por la que se dictan orientaciones para la atención educativa del alumnado que presenta dificultades de aprendizaje. La LEY 8/2013, de 9 de diciembre, para la mejora de la calidad educativa, desarrollada en el Decreto 198/2014, de 5 de septiembre, por el que se establece el currículo de la Educación Primaria en la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia y por la Orden sobre organización y evaluación, recogen, en el Capítulo V de este Decreto así como en el apartado 5 y 8.5 de las Instrucciones de la Dirección General de Calidad Educativa, Innovación y Atención a la Diversidad, en materia de Ordenación académica para este curso, algunas novedades en cuanto a la Atención a la Diversidad en los Centros Docentes de la Región de Murcia como son, entre otras, establecer una serie de medidas de apoyo y refuerzo que asegure la Atención Individualizada 3 de 70

4 de su alumnado y programar, por parte de los equipos docentes, un Plan De Trabajo Individualizado para todos aquellos alumnos que presenten necesidades educativas especiales o específicas de apoyo educativo. Estos PTI quedan mejor definidos por la Resolución de 15 de junio de 2015, de la Dirección General de Calidad Educativa, Innovación y Atención a la Diversidad, por la que se establece el alumnado destinatario de los planes de trabajo individualizados y orientaciones para su elaboración. Así pues, este Plan de Atención a la Diversidad de nuestro Centro, recogerá los objetivos, las actuaciones generales; las medidas ordinarias y específicas de respuesta educativa a la diversidad, los criterios y procedimientos previstos para su desarrollo, seguimiento y evaluación y los programas específicos y planes de trabajo individualizados que, para una mejor atención del alumnado con necesidades de apoyo o refuerzo educativo pudiera establecerse, así como la organización de Recursos internos y externos del Centro que sean necesarios. *El marco legal sobre Atención a la Diversidad lo podemos encontrar y consultar en los siguientes enlaces de la CARM: Decreto sobre la respuesta educativa a la diversidad del alumnado: Decreto nº 359/2009, de 30 de octubre, por el que se establece y regula la respuesta educativa a la diversidad del alumnado en la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia. Plan de Atención a la Diversidad: Orden de 4 de junio de 2010, de la Consejería de Educación, Formación y Empleo, por la que se regula el Plan de Atención a la Diversidad de los Centros Públicos y Centros Privados Concertados de la Región de Murcia. Necesidades Educativas Especiales Altas capacidades intelectuales: 6717 Orden 24 de mayo de 2005, de la Consejería de Educación y Cultura, por la que se regula el procedimiento, trámites y plazos para orientar la respuesta educativa de los alumnos superdotados intelectualmente. Integración tardía en el sistema educativo: Circular informativa de la dirección general de planificación y ordenación educativa, sobre la organización y desarrollo de las medidas de compensación educativa y atención educativa al alumnado de integración tardía al sistema educativo español en los centros docentes no universitarios sostenidos con fondos públicos. Compensación Educativa e Interculturalidad: Circular informativa de la dirección general de planificación y ordenación educativa, sobre la organización y desarrollo de las medidas de compensación educativa y atención educativa al alumnado de integración tardía al sistema educativo español en los centros docentes no universitarios sostenidos con fondos públicos. 4 de 70

5 Orientación Educativa: 4249 Resolución de 27 de febrero de 2013, de la Dirección General de Planificación y Ordenación Educativa, por la que se dictan instrucciones para la realización de la evaluación psicopedagógica y su inclusión en el Módulo de Diversidad del Programa Plumier XXI. Dificultades específicas de aprendizaje: Resolución de 17 de diciembre de 2012, de la Dirección General de Planificación y Ordenación Educativa por la que dictan orientaciones para la atención educativa del alumnado que presenta dificultades de aprendizaje. Plan Regional de Prevención del absentismo y abandono escolar: Orden de 26 de octubre de 2012, de la Consejería de Educación, Formación y Empleo por la que se establece y regula el Programa Regional de Prevención, Seguimiento y Control del Absentismo Escolar y Reducción del Abandono Escolar (Programa PRAE). Decreto currículo Región de Murcia Decreto n.º 198/2014, de 5 de septiembre, por el que se establece el currículo de la Educación Primaria en la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia. Orden de organización y evaluación Orden de 20 de noviembre de 2014, de la Consejería de Educación, Cultura y Universidades por la que se regula la organización y la evaluación en la Educación Primaria en la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia. Protocolos de Apoyo inmediato y coordinado a Víctimas Escolares (Protocolos AVE) Plan de Trabajo Individualizado(PTI) Resolución de 15 de junio de 2015, de la Dirección General de Calidad Educativa, Innovación y Atención a la Diversidad, por la que se establece el alumnado destinatario de los planes de trabajo individualizados y orientaciones para su elaboración. Protocolo para la evaluación e intervención ante conductas problemáticas. Resolución de 15 de abril de 2016, de la Dirección General de Innovación Educativa y Atención a la Diversidad, por la que se establece un protocolo para la evaluación e intervención ante conductas problemáticas en alumnado con necesidades educativas especiales derivadas de discapacidad intelectual. Programa de Aulas Terapéuticas para el alumnado con necesidades educativas especiales derivadas de trastornos graves de conducta. Resolución de 30 de noviembre de 2015, de la Dirección General de Innovación Educativa y Atención a la Diversidad y del Servicio Murciano de Salud, por la que se establece el Programa de Aulas Terapéuticas para el alumnado con necesidades educativas especiales derivadas de trastornos graves de conducta internalizantes y externalizantes vinculados a problemas de salud mental en la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia. Organización y el acceso a los talleres de enriquecimiento extracurricular para alumnos con altas capacidades. 5 de 70

6 Resolución de 29 de julio de 2016, de la Dirección General de Innovación Educativa y Atención a la Diversidad, por la que se regula la organización y el acceso a los talleres de enriquecimiento extracurricular para alumnos con altas capacidades. 2. CARACTERÍSTICAS DE NUESTRO CENTRO: 1º. ALUMNOS/AS En la actualidad contamos con seis unidades de Educación Infantil, con 156 alumnos y alumnas, distribuidos en dos grupos por nivel; y doce unidades de Primaria, con 307 alumnos, distribuidos en dos grupos de 1º; dos de 2º de Primaria; dos de 3º; dos de 4º; tres de 5º y uno de 6º, quedando, pues este curso, un Centro completo, de dos líneas de Educación Infantil y Primaria. De estos 463 ALUMNOS/AS, además de las características y necesidades individuales de cada uno de ellos, nos encontramos: Un alumno de educación Infantil y 34 alumnos y alumnas de Enseñanza Primaria, diagnosticados con algún tipo de Necesidad específica de apoyo educativo, que cuentan con una evaluación psicopedagógica por parte de la Orientadora del Equipo Orientación Mar Menor, al que corresponde el Centro, y precisan de una atención educativa diferente a la ordinaria, derivadas de: discapacidad psíquica, física, sensorial, social o trastornos graves de conducta. (1 alumno en Educación Infantil y 10 en Educación Primaria). Se podrá realizar en su PTI una adaptación curricular significativa, si requiere la supresión de estándares de aprendizaje de su curso que impidan obtener una calificación igual o superior a 5 en una asignatura. Les serán evaluados y calificados todos ellos o resultados de aprendizaje contemplados en su PTI, consignándole un asterisco (*) junto a la calificación del área (ANEXO I Resolución 15 de junio 2015). Necesidad específica de apoyo educativo: Déficit de Atención e hiperactividad y/o capacidad cognitiva límite; Altas Capacidades (para los que se les ha solicitado los talleres extracurriculares); alumnos con Trastorno de Lenguaje y Comunicación, asociados o no a retraso madurativo y/o dificultades de aprendizaje; dislexias, disgrafías, disortografías y discalculias (25 alumnos/as). En sus PTI se recogerán los estándares del curso en el que estén matriculados y aquellos de otros cursos, que el equipo docente considere para un adecuado desarrollo de su proceso educativo, aunque la calificación del área se obtendrá sólo con los resultados de su curso, pudiendo contemplar medidas especiales para su 6 de 70

7 evaluación y calificación (artículo 4, punto 4 de la Resolución del 15 de junio de ANEXOS II y III). No existen casos en nuestro Centro, pero pueden haber, alumnado de integración tardía al sistema educativo o compensación, condiciones personales o de historia escolar que supongan desventaja educativa. Algunos de nuestros alumno/as han recibido o reciben atención a sus necesidades también fuera del Centro, con cuyos especialistas se reúnen los tutores y especialistas del Centro y están dispuestos a ello. Hay casos de alumnado cuyos tutores han derivado protocolos de observación a la Orientadora, por sospecha de alguna dificultad, siempre tras haber informado a las familias, y que tratará de estudiar en breve y devolver la información sobre los mismos para ser atendidos según corresponda. Hay otros alumnos que serán revisados por la Orientadora del Centro durante este curso escolar. También tratará de hacer una labor preventiva, junto con los especialistas de PT y AL en Infantil. Según el análisis realizado en nuestro Proyecto Educativo, podemos concretar las siguientes características del entorno del Centro, a tener en cuenta, que nos puedan ayudar a enmarcar este Plan de Atención a la Diversidad: a) Familias de procedencias dispares, con intereses y expectativas diferentes ante la educación y la cultura. b) Algunas familias muestran algún tipo de discriminación social, que transmitirán a sus hijos/as, y dudan que al haber niños extranjeros, afecte a la calidad de enseñanza. c) Las familias participan también de forma muy distinta en la vida del Centro y sus relaciones con las profesoras e implicación en el proceso educativo de sus hijos es muy diferente. d) Algunos alumnos/as se incorporan al Centro desconociendo la lengua y, a veces, con mayor dificultad de adaptación escolar, pues no entienden las órdenes más sencillas. e) Entre las familias extranjeras, se plantea otra problemática, y es, el perjuicio para el aprendizaje de los alumnos/as que conlleva cuando se marchan de vacaciones largas(a veces más de un mes) a sus países de origen durante el curso escolar. f) Entre la población escolar, casi siempre en Infantil, algunos padres/madres, viven la escolarización de sus hijos (muchos los primeros de las casas) con bastante ansiedad, originando casos de absentismo escolar, casi siempre por sobre-protección de las familias. Esto ocasiona retrasos del aprendizaje que cuesta mucho recuperar. g) Algunos niños/as viven en familias uniparentales, con horarios de trabajo muy largos y sin 7 de 70

8 tiempo para ocuparse de los mismos; también otros casos de alumnos/as cuidados por los abuelos u otros familiares, por causas laborales de los padres y madres, ocasionando, a veces, que no exista la misma predisposición a la colaboración con el centro en temas escolares y educativos. h) Existen dificultades de convivencia en algunos casos, muy pocos, de alumnos o alumnas, especialmente en el cumplimiento de las normas del Centro: faltas de puntualidad y falta de respeto a los compañeros, son las más habituales. 3º. RECURSOS HUMANOS con los que cuenta el Centro son: PROFESORES: Siete profesoras y media de Ed. Infantil. Siete profesores de Primaria, tutores y profesores de la mayoría de las áreas en castellano. Un profesor de Primaria- Bilingüe, tutores y profesores de la mayoría de las áreas en castellano y en inglés. Cuatro especialistas de inglés, que imparten esta materia a todos los grupos y las áreas de Conocimiento del Medio y Plástica en inglés. Una de ellas es coordinadora del Programa Bilingüe en el Centro. Una profesora de francés, tutora de un grupo. Una profesora de música habilitada en bilingüe y tutora de un grupo. Una Profesora A.L y apoyo a Infantil y Primaria. Profesora de P.T. Dos Profesores de Ed. Física, uno de ellos habilitado en bilingüe. Una Profesora de Religión a tiempo completo y cinco horas de tiempo parcial de otra. Dos profesoras de apoyo en Primaria, con cargos directivos. Orientadora del EOEP: Asistirá al Centro los miércoles. Su Plan de Actuación está recogido en el apartado 6.8., sobre los Planes y Programas del Centro, de la P.G.A. Profesor técnico de servicio a la comunidad (PTSC) del EOEP: Atiende al Centro, hasta ahora, según sus necesidades y demandas, telefónicamente Trabajadora social-mediadora del ayuntamiento de San Javier: 8 de 70

9 Este curso seguirá atendiendo al Centro cuando se le solicite y llevaremos un programa de FAMILIA y otro de SALUD, propuesto desde estos Servicios. 4º. PROGRAMAS DEL CENTRO Programa BILINGÜE de inglés, dentro del Sistema de Enseñanzas de Lenguas Extranjeras de la Región de Murcia, en cuyo plan específico debemos de recoger las medidas de atención a los diferentes niveles que se nos puedan plantear los alumnos y que serán contempladas y recogidas en el mismo. Formación Autónoma del Centro sobre la mejora y prevención de posibles dificultades de Convivencia en el Centro. Programa de Habilidades no cognitivas, con otros Centros de la Región y en colaboración con la Universidad de Murcia. 3. OBJETIVOS DEL PAD OBJETIVOS GENERALES 1.- Responder a las necesidades y características de nuestros alumnos, respetando, según la propia legislación, los principios de: equidad, igualdad, normalización, integración, compensación, accesibilidad universal y cooperación de la Comunidad educativa. 2.- Mejorar la consecución de las Competencias básicas y del éxito escolar de nuestros alumnos/as, ayudando a construir su conocimiento basado en la motivación y en la propia actividad. 3.- Prevenir el absentismo en estos alumnos de Infantil. 4.- Mejorar la Convivencia escolar, educando en los valores de respeto, paz, tolerancia y solidaridad. 5.- Conseguir la integración educativa de todo el alumnado sin ningún tipo de discriminación, llegar a ser una escuela inclusiva. 6.- Intentar compensar las desigualdades de todo el alumnado que lo necesite. 7.- Desarrollar la autonomía personal, social y cognitiva de nuestros alumnos, así como la responsabilidad en su trabajo y toma de decisiones. OBJETIVOS ESPECÍFICOS 1.- Planificar la respuesta educativa adecuada a cada alumno y a su contexto, de forma práctica, funcional y flexible. 9 de 70

10 2.- Programar propuestas educativas diversificadas en sus actividades, organización, procedimiento, metodología y evaluación para que se ofrezcan a nuestros alumnos diferentes formas de llegar a los mismos objetivos. 3.- Detectar y prevenir las dificultades de aprendizaje o problemas de desarrollo personal y social, anticipándose a las mismas y evitando situaciones de fracaso o inadaptación escolar, personal o social. 4.- Favorecer el ajuste de la respuesta educativa a las necesidades específicas de apoyo de cada alumno/a, mediante las oportunas medidas de atención a la diversidad. 5.- Adaptar de forma especial, nuestra respuesta educativa al alumnado con necesidades educativas especiales, coordinando el desarrollo de actividades encaminadas a su inserción y promoción. 6.- Garantizar al alumnado que se incorpora tarde al sistema educativo, una correcta integración y adaptación escolar y social, teniendo en cuenta la intervención educativa por desconocimiento del idioma o por desfase en su aprendizaje, como la acción tutorial con estas familias. 7.- Implicar y coordinar la tarea de todos los profesionales del Centro, en todas las actuaciones y medidas que se acuerden en este Plan. 8.- Organizar las relaciones con las Instituciones públicas y privadas, que intervengan en las actuaciones propuestas en este Plan, favoreciendo el intercambio de información y planificando actuaciones conjuntas según las competencias de cada una. 9.- Implicar a las familias en este proceso Participar en la formación profesional docente, para incorporar a nuestra tarea las innovaciones e experimentación que mejore la misma Organizar los recursos materiales y espacios del Centro para mejorar esta atención educativa. 4. ACTUACIONES GENERALES, MEDIDAS ORDINARIAS Y MEDIDAS ESPECÍFICAS ACTUACIONES GENERALES. Enumera unas estrategias que nuestro Centro establece para posibilitar una educación de calidad a nuestro alumnado y favorecer un adecuado proceso educativo, que garantice la igualdad de oportunidades y compense las desigualdades personales, culturales, económicas y sociales. Cada una de estas estrategias, recogen su finalidad, alumnado destinatario, organización de los recursos internos y externos del Centro, así como su proceso de seguimiento, revisión y evaluación. 10 de 70

11 PROGRAMAS Y ACTIVIDADES PARA LA PREVENCIÓN, SEGUIMIENTO Y CONTROL DEL ABSENTISMO Y ABANDONO ESCOLAR TEMPRANO. PRAE Finalidad: Prevenir para el futuro el absentismo y abandono escolar, proponiendo las medidas y actuaciones para la prevención, seguimiento y control del mismo, realizadas por parte de los órganos colegiados del centro, especialmente las iniciativas propuestas por el Consejo Escolar y por el Claustro de Profesores. Garantizar el control y seguimiento de la asistencia al centro educativo del alumnado destinatario en las distintas etapas educativas obligatorias, e incluso en Infantil, estableciendo actuaciones y medidas que permitan superar las situaciones que puedan incidir en el absentismo escolar y en el abandono de la escolaridad obligatoria. Favorecer la promoción educativa del alumnado, especialmente aquel que se encuentra en situación de riesgo o exclusión social, y elevar su éxito escolar. Promover la actuación coordinada de todas las instituciones implicadas en las materias de absentismo y abandono escolar, utilizando todos los medios disponibles. Proporcionar un protocolo de intervención, seguimiento y control del absentismo escolar común a todos los centros educativos que imparten las enseñanzas obligatorias y un protocolo de derivación entre los centros educativos y las administraciones locales de las zonas donde se encuentren ubicados, así como entre estas y las instituciones regionales con competencias en la materia. Asegurar la recogida, procesado y análisis de información sobre el absentismo escolar y elevarla a las autoridades educativas competentes Alumnado destinatario: Son destinatarios de las actuaciones de prevención del absentismo escolar, los alumnos que cursen las enseñanzas del segundo ciclo de la educación infantil, la educación primaria y la educación secundaria obligatoria, es decir, todos los alumnos de nuestro centro Criterios que regirán las actuaciones: a) Tendrán un carácter prioritariamente educativo procurando siempre alcanzar el éxito escolar del alumnado. b) Han de ser proactivas, a fin de anticipar y evitar las situaciones de absentismo o de abandono del sistema educativo que se puedan producir; y tendrán un carácter ejecutivo, para tratar de manera diligente las situaciones presentadas y darles una pronta respuesta. 11 de 70

12 c) Serán integradoras, dirigiéndose tanto al alumnado como a su familia y al contexto: atenderán tanto a las condiciones y situaciones que los hacen emerger como a los alumnos que presenten estas situaciones considerados individualmente. La intervención con las familias irá encaminada a motivar, orientar e informar sobre la importancia de la asistencia al centro educativo, impulsar su participación en la vida escolar del centro y obtener un compromiso en la escolarización de sus hijos menores de edad. d) Tendrán un carácter interinstitucional, de tal manera que los centros educativos sumarán a sus actuaciones particulares los esfuerzos e iniciativas más globales desarrolladas por las administraciones locales, a las que se sumarán las actuaciones realizadas desde las administraciones regionales con competencias en la materia Definición de conceptos: 1. Se establecen a continuación una serie de definiciones de conceptos para ganar en precisión y que se recogen también en LAS NORMAS DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DEL CENTRO; recogidas en el punto 3 de la P.G.A..: a) Falta de asistencia: ausencia, debidamente registrada, en cualquiera de las sesiones en las que se organiza la jornada lectiva, en determinadas sesiones o en períodos completos en el centro escolar, con o sin motivo que la justifiquen. Se contabilizarán todas las faltas de asistencia con independencia de la causa que las provoque. b) Asistencia regular: cuando las faltas de asistencia injustificadas no excedan del 10% de las jornadas o sesiones lectivas mensuales. c) Asistencia irregular: cuando el porcentaje de faltas de asistencia injustificadas esté comprendido entre el 10% y el 20% del total de las jornadas o sesiones lectivas mensuales. d) Absentismo: falta de asistencia, frecuente o continuada, del alumnado menor de edad, que curse las enseñanzas de la educación básica a los centros docentes donde se encuentre escolarizado, sin motivo que lo justifique y consentida o propiciada por los padres, madres o tutores legales o por voluntad del propio alumno. Serán consideradas absentismo escolar las faltas de asistencia injustificadas cuando superen el 20% del total de las jornadas o sesiones lectivas mensuales. e) Desescolarización o absentismo absoluto: es la situación en la que se encuentran los menores de edad que, debiendo cursar la educación básica, no han formalizado matrícula en un centro educativo. Quedan incluidos en este concepto los menores que no se incorporan al centro educativo a pesar de haberse matriculado en el mismo. f) Abandono escolar: situación del alumnado que abandona los estudios obligatorios sin obtener la titulación básica. 2. A partir de la definición del término absentismo escolar se establecen los siguientes indicadores: a) Tasa de absentismo: Porcentaje de faltas sobre el total de asistencias posible. Se identificará una situación de absentismo cuando para un alumno se registre un 20% o más de faltas no justificadas, en el período de un mes. 12 de 70

13 b) Índice de absentismo: Porcentaje de alumnos absentistas dentro del total del alumnado del centro. Este índice se obtendrá por niveles y etapas educativas obligatorias y podrá servir para actuar de manera diferencial en centros o en zonas geográficas con un índice significativo de faltas de asistencia Ámbitos de actuación del programa: Son ámbitos de actuación del Programa PRAE los siguientes: a) Medidas preventivas. b) Control de la asistencia a clase, registro de faltas y justificación de ausencias. c) Protocolo de intervención, seguimiento y control del absentismo escolar. d) Cooperación entre las administraciones. e) Protocolo de derivación entre administraciones públicas. f) Programas específicos para la prevención y reducción del abandono escolar. g) Promoción de la formación, innovación y buenas prácticas. h) Estudios y análisis sobre absentismo y abandono escolar. a) Medidas preventivas. 1º. Realización de campañas de sensibilización y de información, prioritariamente en colaboración con el Ayuntamiento correspondiente, dirigidas a las familias para la concienciación de la importancia de la educación y el compromiso socio-familiar que se ha de adoptar hacia la educación de los menores, así como campañas de sensibilización, información y motivación entre los escolares. Dichas campañas serán difundidas con lenguaje claro y en formatos y soportes accesibles para las personas con discapacidad. Realizadas en el Centro: - Reunión en junio con los padres/madres del alumnado que ingresaba por primera vez al Centro, en Infantil de tres años, con profesorado y equipo directivo. - Reunión con los padres/madres del alumnado que accede a la etapa de Primaria, con el profesorado y equipo directivo (junio) - Reuniones de tutores de inicio de curso, todos los niveles, en septiembre. 2º. Realización, a inicios y finales de cada curso escolar, de reuniones prescriptivas de coordinación y de traspaso de información entre los equipos docentes, así como 13 de 70

14 entre los profesionales implicados de los servicios de orientación de la educación primaria y los de la educación secundaria obligatoria con vistas a la adecuada escolarización del alumnado en el tránsito entre etapas educativas. Asimismo, se realizará esta coordinación y traspaso de información siempre y cuando se produzca cambio de centro del alumnado. Realizadas en el Centro: - Reunión de profesores tutores de Infantil con el equipo de los grupos de Primer Tramo de Primaria, para pasar información del alumnado. - Reunión del equipo directivo, P.T/AL y Orientadora del EOEP. - Entrevista del PTSC del EOEP, con el equipo directivo, equipos docentes y familias. 3º. Establecimiento de actuaciones que favorezcan la acogida y adaptación de los alumnos recién incorporados o que se reincorporan al centro educativo tras algún periodo de ausencia (PLAN DE ACOGIDA) Realizadas en el Centro: - Acogida y presentación al alumno/a y la familia: la jefa de estudios muestra las dependencias del Centro y presenta a la comunidad educativa. - Entrevista del tutor con la familia. - Evaluación y observación de las características del nuevo alumno/a. - Actividades de aula y organización espacial y recursos para su mejor integración en el grupo y en el Centro. 4º. Detección y valoración de los alumnos que puedan presentar riesgo de absentismo o de abandono del sistema educativo y ajustar la respuesta educativa que conduzca a lograr su permanencia y éxito escolar. Realizadas en el Centro: -Desde Ed. Infantil y por parte de todo el profesorado, hay un control diario de las faltas y el compromiso de solicitar y recoger la justificación de las mismas, así como informar e insistir a las familias, de las consecuencias para su hijo de la no asistencia regular. - La respuesta educativa que se ofrece desde nuestro Centro, queda recogida en los siguientes apartados de estas medidas preventivas (del 5º al 12º) de este Plan. 5º. Identificación y valoración de los factores que inciden en los casos de absentismo y de abandono escolar que se produzcan en el centro. 14 de 70

15 6º. Fomento de la coordinación de los miembros de los equipos educativos en torno a los procesos de escolarización y de enseñanza y aprendizaje del alumnado. 7º. Adecuación de la oferta curricular a la diversidad del alumnado escolarizado en el mismo, mediante: contenidos significativos para el desarrollo de las competencias básicas, el uso de metodologías activas, agrupamientos flexibles, diferente organización del tiempo y de los contenidos y la adecuada adaptación de materiales. 8º. Promoción de la acción tutorial como parte de la función docente, incorporando medidas que favorezcan, entre otras, la cohesión del grupo, las relaciones positivas, la identificación del alumnado con el centro educativo y las relaciones con las familias. 9º. Desarrollo de medidas disciplinarias que preferentemente no supongan para el alumnado la ausencia del centro educativo. 10º. Realización de actuaciones que mejoren las relaciones entre el centro y los recursos externos. 11º. Programación y desarrollo de actividades y servicios que favorezcan el tiempo de permanencia en el centro educativo, así como que propicien la conciliación de la vida familiar y escolar, tales como servicio de comedor, talleres extraescolares, programas de extensión del tiempo escolar, actividades extracurriculares, de ocio y tiempo libre, etc. 12º. Desarrollo de actuaciones que garanticen el acceso a los servicios complementarios, con especial referencia al uso del comedor escolar. b) Control de la asistencia a clase, registro de faltas y justificación de ausencias. 1º. Corresponde a todo el profesorado el control de la asistencia a clase de su alumnado, debiendo registrar diariamente las faltas de asistencia del alumnado y controlar la justificación de las mismas. 2º. Se realizará el control de asistencia a clase, el registro de faltas y la justificación de ausencias de todo el alumnado menor de edad que curse las enseñanzas del segundo ciclo de la educación infantil y la educación primaria. 3º. Será el profesor tutor quien registre cada día las ausencias del alumnado y recoja y custodie la documentación justificativa de las mismas presentadas por los padres, madres o tutores legales de los alumnos de su grupo, si las hubiera. 15 de 70

16 4º. En el caso de inasistencia del profesor tutor será el profesor que se responsabilice del grupo de alumnos, en su caso, quien haga constar las ausencias del alumnado del grupo, registrando las faltas de asistencia por el mismo procedimiento. 5º. Los centros educativos podrán considerar, en aquellos casos que estimen necesario, por prever que puede suponer el inicio de absentismo escolar, si la acumulación de retrasos sin justificar en la llegada al centro educativo a la hora de apertura del mismo por parte de un alumno es motivo de registro como falta de asistencia. En el caso de nuestro Centro, el Claustro ha acordado cada tres retrasos se contabiliza una falta. 6º. Corresponde al profesor tutor valorar si es o no pertinente considerar la falta justificada, según los criterios del Anexo I. 7º. El profesor tutor del grupo de alumnos realizará tres días naturales después de la finalización del correspondiente mes, la comprobación mensual del correcto control de la asistencia de los alumnos de su tutoría, el adecuado registro informático de las faltas por parte del profesorado que lo atiende y la valoración de la justificación de las faltas de asistencia, en su caso. 8º. En caso de detectar el profesor tutor alguna anomalía en el control, registro y justificación de faltas de los alumnos de su grupo deberá solucionarlo inicialmente con el profesor correspondiente con el fin de que subsane el error a la mayor brevedad posible. En caso de perdurar las anomalías lo comunicará a la jefatura de estudios, quien dará solución lo más rápidamente posible. 9º. En los primeros cinco días naturales del mes, la jefatura de estudios comunicará a los profesores tutores los resúmenes de las faltas de asistencia de cada alumno de su grupo por áreas, materias, ámbitos o módulos del mes lectivo anterior. Anexo II (también en las Normas del Centro). 10º. La dirección del centro educativo comunicará a los servicios municipales con competencias en la materia, a lo largo de los primeros cinco días naturales del mes, la relación de casos de alumnos, menores de edad, que se encuentren cursando la educación básica y estén desescolarizados o sean absentistas que acumulen un 20% o más de faltas de asistencia injustificadas sobre el total de jornadas o sesiones lectivas mensuales. Anexo III. 11º. Corresponde a los padres, madres o tutores legales que ejercen la patria potestad de los alumnos dentro de su tarea educativa: 16 de 70

17 a) Velar para que sus hijos gocen del derecho a la educación y puedan acudir al centro educativo en el calendario escolar y horarios estipulados, comunicando y justificando las ausencias que puedan producirse. b) Comunicar y justificar las ausencias de sus hijos por escrito con antelación a la ausencia, en caso de estar prevista, o en el momento inmediato de la incorporación del alumno tras su ausencia. c) Facilitar al centro educativo, en el momento de formalizar la matrícula, los datos de contacto precisos para que el centro pueda comunicarse con ellos en el momento en que sea necesario, con el fin de estrechar la colaboración entre los centros educativos y los padres, madres o tutores legales. d) Comunicar al centro educativo cualquier cambio de domicilio dentro del propio municipio o su traslado a otro municipio y facilitar los medios para que el centro educativo pueda comunicarse con ellos en el momento en que sea necesario. e) Comunicar al centro educativo con la antelación suficiente, en el caso de prever alguna ausencia prolongada del menor, el tiempo que el alumno vaya a estar ausente y la fecha de incorporación. 12º. Las comunicaciones de faltas de asistencia de las que hayan informado los padres, madres o tutores legales serán custodiadas por el profesor tutor. 13º. Los padres, madres o tutores legales podrán recibir comunicación de la ausencia de sus hijos, al finalizar el trimestre, pues se recogerán en el Boletín de información a la familia sobre resultados de Evaluación. c) Protocolo de intervención, seguimiento y control del absentismo escolar. (ANEXO XV) 1. Corresponde al equipo directivo del centro garantizar que el protocolo de intervención, seguimiento y control del absentismo escolar se desarrolla adecuadamente conforme a lo establecido en la presente orden. 2. El procedimiento de actuación del protocolo de intervención, seguimiento y control será el siguiente: 1º) El profesor tutor de los alumnos escolarizados en las enseñanzas obligatorias, a través del control, registro y justificación mensual de las faltas de asistencia del 17 de 70

18 alumnado de su grupo y con la información facilitada por la jefatura de estudios mensualmente, detectará posibles casos de absentismo escolar. 2º) En caso de que el profesor tutor observe que existe una asistencia irregular que puede convertirse en motivo de preocupación o en un incipiente caso de absentismo escolar, con un número de faltas injustificadas que, según los casos, puede oscilar entre un 10% y un 15% del total de jornadas o sesiones lectivas mensuales, deberá actuar de manera inmediata, citando mediante carta certificada a los padres, madres o tutores legales del alumno para una entrevista, conforme al modelo establecido en el Anexo IV. 3º) En dicha entrevista el profesor tutor informará a los padres, madres o tutores legales de la asistencia irregular al centro de su hijo, buscando su colaboración, analizando las posibles causas, proponiendo soluciones y medidas preventivas, realizando una atención personalizada del alumno e intentando obtener un compromiso de asistencia regular al centro. De todos y cada uno de los acuerdos a los que se llegue en esta entrevista se deberá realizar un registro conforme al Anexo V. 4º) En aquellos casos en los que no resulte una asistencia regular al centro, bien porque los padres, madres o tutores legales no acudan a la entrevista con el profesor tutor, porque no exista un compromiso firme para resolver el problema, por incumplimiento de los acuerdos a los que se llegaron en la entrevista, porque no se justifiquen suficientemente las ausencias del alumnado, etc., el profesor tutor lo comunicará a la jefatura de estudios, quien citará a los padres, madres o tutores legales, mediante carta certificada, para mantener una entrevista conjunta. Anexo VI. 5º) En la entrevista con la jefatura de estudios y el profesor tutor se comunicará a los padres, madres o tutores legales la situación de asistencia irregular del alumno, las consecuencias que pueden derivarse de esa situación y de la obligación que tienen como padres, madres o tutores legales de colaborar y ser partícipes en la búsqueda de soluciones. De la información facilitada y de los acuerdos adoptados deberá, asimismo, dejar constancia documental, conforme al Anexo V, registro de acuerdos de entrevista. 6º) En el caso en que la situación de asistencia irregular no remita y el número de faltas del total de jornadas o sesiones lectivas en el periodo de un mes sin motivo que lo justifique llegue o supere el 20% de faltas de asistencia, el tutor deberá iniciar un expediente de absentismo donde se incluirá el registro de faltas del alumno y las actuaciones realizadas (modelo Anexo VII). 7º) Una vez abierto el expediente de absentismo, intervendrá en el caso el profesor técnico de servicios a la comunidad, sin perjuicio de las actuaciones que realice con 18 de 70

19 anterioridad. El profesor de servicios a la comunidad realizará una intervención socioeducativa del caso, así como el seguimiento del mismo hasta que se resuelva o se produzca el cierre del expediente. En caso de que el centro educativo no cuente con el profesional de servicios a la comunidad realizará la intervención el personal técnico municipal correspondiente, tras la derivación del caso a los servicios municipales, y el seguimiento administrativo del expediente hasta su resolución o cierre el jefe de estudios o persona en quien delegue. 8º) Una vez que el profesor de servicios a la comunidad del centro educativo inicie el seguimiento del caso podrá realizar, en su caso, entrevista personal con el alumno, y solicitará además nueva entrevista con los padres, madres o tutores, en la que les informará de la apertura del expediente de absentismo y de las consecuencias que ocasiona. De todo ello, dejará registro según el modelo del Anexo V. Si los padres, madres o tutores legales no acudieran al centro educativo para realizar la entrevista, el profesor de servicios a la comunidad podrá acudir al domicilio familiar, conforme se estime el caso. 9º) Tras la entrevista o visita al domicilio familiar, el profesor de servicios a la comunidad realizará una valoración del caso e incorporará al expediente de absentismo, abierto por el profesor tutor, su informe técnico conforme a lo establecido en el Anexo VIII. 10º) Si el centro no contara con el profesor de servicios a la comunidad, se incorporaría al expediente de absentismo el informe técnico que al respecto realicen, en su caso, el personal municipal con competencias en la materia, previa solicitud de intervención del centro educativo conforme al Anexo IX. 11º) Cuando se entienda que las actuaciones emprendidas hasta el momento en el centro educativo resultan insuficientes o que la situación de absentismo escolar no remite y continua el porcentaje de faltas de asistencia mensuales sin motivo que lo justifique del 20% o superior, requerirá de la intervención de los servicios municipales con competencias en la materia, siendo el director del centro educativo quien solicite la intervención de los citados servicios (Anexo IX). 12º) A partir del momento en que se demande la intervención de los servicios municipales, el profesor de servicios a la comunidad actuará junto con el tutor y de común acuerdo con los servicios municipales estableciendo las medidas adecuadas de manera coordinada con el fin de que sean actuaciones integradas y complementarias. En caso de no tener el centro la atención del profesor de servicios a la comunidad será el jefe de estudios quien realice esta actuación. 19 de 70

20 4. Será responsabilidad de la jefatura de estudios el adecuado y eficaz desarrollo del protocolo de intervención, seguimiento y control del absentismo escolar en el centro educativo, pudiendo solicitar en cualquier momento del desarrollo del mismo, con independencia del momento en que se inicie su intervención, la colaboración de profesor técnico de servicios a la comunidad, en el caso de contar con este profesional en el centro educativo, o del técnico municipal, en caso de realizar la derivación del caso a los servicios municipales. 5. Toda la documentación generada a consecuencia del desarrollo del protocolo se irá incorporando al expediente de absentismo abierto, que será custodiado por la jefatura de estudios, debiendo guardar todos los profesionales y autoridades implicados en el mismo la debida reserva y sigilo con el fin de garantizar la intimidad y confidencialidad de los afectados. 6. En todas las intervenciones que se realicen se procurará contar con la colaboración del menor y los padres, madres o tutores legales. 7. Los profesionales y autoridades implicados en el control y seguimiento del absentismo escolar garantizarán el respeto de los derechos de los menores y adecuarán sus actuaciones a los derechos que les reconoce la Constitución y los Tratados Internacionales suscritos por España, así como los demás derechos garantizados en el ordenamiento jurídico, sin discriminación alguna por razón de nacimiento, nacionalidad, sexo, discapacidad o enfermedad, religión, lengua, cultura, opinión o cualquier otra circunstancia familiar o social, especialmente los referidos a su honor, a la intimidad personal y familiar y a la propia imagen. 8. Se dará traslado o se cerrará el expediente de absentismo por alguno de los siguientes motivos: a) Incorporación y asistencia regular del alumno al centro hasta el término del curso escolar. b) Haber alcanzado la mayoría de edad. c) Cambio de municipio. En ese caso, se remitirá al nuevo centro y municipio, si este se encuentra dentro de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia. d) Imposibilidad de actuar por desconocer el paradero del menor. En este caso, el centro comunicará el hecho a los servicios municipales. e) Sospecha de desprotección infantil del menor. En este caso, quien detecte esta circunstancia tramitaría el expediente con carácter de urgencia a la Dirección General con competencias en menores. 20 de 70

21 9. La Consejería competente en materia de educación realizará las actuaciones necesarias para que todo el registro del caso, así como la documentación generada en el expediente de absentismo escolar sea creada por la aplicación informática de gestión de los centros. 10. El expediente de absentismo escolar del alumnado que se encuentre almacenado en la citada aplicación informática solo podrá ser consultado para los fines objeto de esta orden y solo por los profesionales del centro educativo implicados en su gestión, por la Inspección de Educación y por el órgano directivo gestor y coordinador del Programa PRAE de la Consejería competente en materia de educación. 11. Asimismo y conforme a los términos y condiciones que se determinen en los Convenios suscritos entre la Consejería competente en materia de educación y los Ayuntamientos de la Región de Murcia que así lo soliciten, se les facilitará a los técnicos municipales el acceso a los expedientes de absentismo contenidos en la aplicación informática. d) Cooperación entre las administraciones. 1. La Consejería de educación incorpora como ámbito de actuación específico la necesidad de una coordinación y trabajo conjunto entre las administraciones públicas, mediante convenios o acuerdos de colaboración con las instituciones competentes, como los ayuntamientos de la Región de Murcia en los que se acordarán (recogidos en el Anexo X), entre otras actuaciones, las siguientes: a) La elaboración y aplicación de protocolos de derivación de casos de absentismo escolar entre los centros educativos y el ayuntamiento correspondiente en los cuales se especificarán los procedimientos e instrumentos de comunicación entre los profesionales implicados y las medidas y recursos a emplear por las distintas administraciones. b) La realización y desarrollo de Planes Municipales de Absentismo y Abandono Escolar en consonancia con el Plan Regional de Prevención, Seguimiento y Control del Absentismo y Abandono Escolar. c) La constitución de Comisiones Municipales de Absentismo y Abandono Escolar, que tendrán asignadas entre sus funciones la coordinación del desarrollo y aplicación del Plan Municipal correspondiente, así como la sistematización de sus actuaciones bajo la coordinación de la Mesa Regional de Absentismo y Abandono Escolar. 2. Además de los convenios de colaboración de la Consejería con las corporaciones locales, suscribirá con otras administraciones públicas regionales o nacionales cuantos acuerdos tengan por finalidad la prevención, seguimiento y control del absentismo escolar y la 21 de 70

22 reducción del abandono escolar: con la Consejería con competencias en familia y menor, con la Fiscalía de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, con el Tribunal Superior de Justicia de la Región de Murcia y con el Ministerio con competencias en educación. 3. Asimismo, la Consejería de educación propiciará la subvención de programas y actuaciones que favorezcan la prevención, seguimiento y control del absentismo y la reducción del abandono escolar por parte de los ayuntamientos o las organizaciones sin ánimo de lucro a través de las correspondientes convocatorias de concurrencia competitiva. e) Protocolo de derivación entre administraciones públicas. 1. Una vez derivado el caso de absentismo escolar del alumno desde el centro educativo a los servicios municipales con competencias en la materia, podrán realizar actuaciones complementarias, conjuntamente ambas instituciones, según lo dispuesto en el protocolo de intervención, seguimiento y control establecido en el convenio de colaboración entre la Consejería de educación y el ayuntamiento correspondiente. 2. En el marco de este convenio, los técnicos de los correspondientes servicios municipales, con la colaboración del profesor técnico de servicios a la comunidad del centro educativo, realizarán entre las medidas de seguimiento a adoptar, un Plan Individual de Intervención Socioeducativa con el alumno que se incorporará al expediente de absentismo escolar (Anexo XI) 3. En caso de no contar el centro educativo con el profesor de servicios a la comunidad, los técnicos de los servicios municipales realizarán el citado plan y lo remitirán a la jefatura de estudios del centro educativo correspondiente para su conocimiento. 4. Cuando el Plan Individual de Intervención Socioeducativa y las diferentes medidas adoptadas conjuntamente entre el centro educativo y los servicios municipales correspondientes no dieran lugar a resultados satisfactorios y persista o se agrave la situación de absentismo escolar, se realizará por el director del centro educativo la derivación del caso a la Comisión Municipal de Absentismo y Abandono Escolar (modelo del Anexo XII). 5. La Comisión Municipal de Absentismo y Abandono Escolar, conforme a las competencias atribuidas y en los términos acordados en el respectivo convenio de colaboración, estudiará el caso, comprobará que se han realizado todas las actuaciones pertinentes tanto por parte del centro educativo como por parte de los servicios municipales, estudiará toda la documentación generada en el expediente, valorará el caso, considerará, si así lo estima, la adopción de nuevas actuaciones y, si se aprecia negligencia en la garantía del 22 de 70

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