S u m a r i o. de la provincia de Sevilla

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1 Boletín O f i c i a l de la provincia de Sevilla Publicación diaria, excepto festivos Depósito Legal SE Lunes 9 de julio de 2012 Número 158 S u m a r i o JUNTA DE ANDALUCÍA: Consejería de Fomento y Vivienda: Delegación Provincial de Sevilla: Expedientes de descalificación de viviendas de protección oficial 3 Consejería de Agricultura, Pesca y Medio Ambiente: Delegación Provincial de Sevilla: Vías Pecuarias. Expediente 813/ Consejería de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo: Delegación Provincial de Sevilla: Instalación eléctrica INSPECCIÓN PROVINCIAL DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL DE SEVILLA: Notificaciones ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA: Tribunal Superior de Justicia de Andalucía. Sevilla: Sala de lo Social: Recurso núm. 1661/ Juzgados de lo Social: Sevilla. Número 1: autos 216/11, 721/10, 31/12, 155/12, 902/10 y 213/11; número 2: autos 934/11, 747/10, 1323/11 y 816/10; número 4: autos 1073/11; número 5: autos 616/10 y 1224/09; número 7: autos 36/12 y 86/12; número 8: autos 835/11, 310/11 y 766/ Juzgados de Primera Instancia: Marchena. Número 2: autos 621/ AYUNTAMIENTOS: Sevilla: Anuncio de licitación Alcalá de Guadaíra: Padrones fiscales Convocatoria de subvenciones Notificaciones Bormujos: Anuncio de licitación Burguillos: Expediente de modificación de créditos Ordenanzas fiscales Proyecto de actuación Dos Hermanas: Anuncio de licitación Notificación Écija: Corrección de errores

2 Estepa: Presupuesto general ejercicio Expedientes de suplemento de crédito Proyecto de actuación Mairena del Aljarafe: Notificaciones Marchena: Proyecto de actuación Tomares: Ordenanzas fiscales OTRAS ENTIDADES ASOCIATIVAS PÚBLICAS: Mancomunidad de Servicios «La Vega»: Ordenanza fiscal Agencia de Régimen Especial «Ciclo Integral Aguas del Retortillo»: Reglamento de la bolsa de trabajo

3 Boletín Oficial de la provincia de Sevilla Lunes 9 de julio de 2012 Número 158 JUNTA DE ANDALUCÍA Consejería de Fomento y Vivienda Delegación Provincial de Sevilla Expediente nº 203/11, de Descalificación de Viviendas de Protección Oficial, a instancia de don Vicente Risquet Romero, de fecha 30 de marzo de 2011, se resuelve declarar la caducidad del procedimiento de descalificación y ordenar el archivo de las actuaciones. Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso de alzada ante la persona titular de la Consejería de Fomento y Vivienda, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a aquel en que tenga lugar su publicación. Sevilla a 28 de mayo de La Delegada Provincial, Salud Santana Dabrio. 34W-7940 Delegación Provincial de Sevilla Expediente nº 406/11, de Descalificación de Viviendas de Protección Oficial, a instancia de don Francisco Enrique López Ramírez, de fecha 1 de julio de 2011, se resuelve denegar la solicitud de descalificación voluntaria de la vivienda protegida de referencia. El plazo para presentar recurso de alzada, es de un mes a partir del día siguiente al de esta publicación. Sevilla a 5 de junio de La Delegada Provincial, Salud Santana Dabrio. 34W-7941 Delegación Provincial de Sevilla Expediente nº 858/10, de Descalificación de Viviendas de Protección Oficial, a instancia de don Manuel García de Castro, de fecha 18 de octubre de 2010, se resuelve denegar la solicitud de descalificación voluntaria de la vivienda protegida de referencia. El plazo para presentar recurso de alzada, es de un mes a partir del día siguiente al de esta publicación. Sevilla a 29 de mayo de La Delegada Provincial, Salud Santana Dabrio. 34W-7942 Delegación Provincial de Sevilla Expediente nº 348/11, de Descalificación de Viviendas de Protección Oficial, a instancia de doña María Susana Gómez Leco, de fecha 6 de junio de 2011, se resuelve denegar la solicitud de descalificación voluntaria de la vivienda protegida de referencia. El plazo para presentar recurso de alzada, es de un mes a partir del día siguiente al de esta publicación. Sevilla a 28 de mayo de La Delegada Provincial, Salud Santana Dabrio. 34W-7943 Delegación Provincial de Sevilla Expediente nº 57/11, de Descalificación de Viviendas de Protección Oficial, a instancia de don Manuel García Galán, de fecha 3 de febrero de 2011, se resuelve declarar la caducidad del procedimiento de descalificación y ordenar el archivo de las actuaciones. Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso de alzada ante la persona titular de la Consejería de Fomento y Vivienda, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a aquel en que tenga lugar su publicación. Sevilla a 28 de mayo de La Delegada Provincial, Salud Santana Dabrio. 34W-7944 Consejería de Agricultura, Pesca y Medio Ambiente Delegación Provincial de Sevilla Vías Pecuarias. Expediente 00813/2012 La Sociedad Cooperativa Andaluza Agrojara, con domicilio en avenida de los Almendrillos s/n., Martín de la Jara (Sevilla), ha solicitado la ocupación por un plazo de diez años renovables de los terrenos de la vía pecuaria siguiente: Provincia: Sevilla. Término municipal: Martín de la Jara. Vía pecuaria: «Cañada Real de Antequera». Superficie: 70,73 m². Con destino: La instalación de una tubería subterránea de conexión de los vertidos de efluentes de la cooperativa a los depósitos de evaporación. Lo que se hace público para que aquellos que se consideren interesados, puedan formular las alegaciones oportunas en las oficinas de esta Delegación Provincial, sita en avenida de la Innovación s/n, Edificio Minister, Sevilla, durante un plazo de veinte días, a contar desde la finalización del mes de exposición e información pública. Sevilla a 29 de mayo de El Secretario General, Salvador Camacho Lucena. 4W-7701-P Consejería de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo Delegación Provincial de Sevilla Instalación eléctrica A los efectos prevenidos en los arts. 125.º y 144.º del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de energía eléctrica, y los arts. 53.º y 54. de la Ley 54/1997, de 27 de noviembre, del Sector Eléctrico, se somete a información pública la petición de aprobación y declaración en concreto de su utilidad pública, implicando esta última la urgente ocupación a los efectos del art. 52.º de la Ley de Expropiación Forzosa, de una instalación eléctrica cuyas características principales se señalan a continuación. Asimismo, se publica como anexo a este anuncio la, relación concreta e individualizada de los bienes y derechos afectados de los interesados. Características de la instalación: Peticionaria: Red Eléctrica España, S.A. Domicilio: C/. Inca Garcilaso, 1. Isla de la Cartuja.

4 4 Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 158 Lunes 9 de julio de 2012 Emplazamiento: Terrenos anexos a la actual subestación Centenario. Finalidad de la instalación: Mallado de la red de transporte y apoyo a distribución con función estructural. Subestación centenario 220 kv: Nuevo parque blindado. Tipo: Interior. Tecnología: GIS. Esquema: Doble barra con acoplamiento. Tensión nominal: 220 kv. Intensidad de cortocircuito de corta duración: 50 KA. Número total posiciones: 5. Número de posiciones con salida en cable: 4. Número de posiciones de reserva sin equipar: 3. Presupuesto: ,07 euros. Referencia: R.A.T: Exp.: Lo que se hace público para que pueda ser examinada la documentación presentada en esta Delegación Provincial, sita en calle Graham Bell número 5, Edificio Rubén Darío 2 (de lunes a viernes, en horario de 9.00 a 14.00), y formularse al mismo tiempo las reclamaciones, por duplicado, que se estimen oportunas, en el plazo de veinte días, contados a partir del siguiente al de la publicación de este anuncio. Asimismo los afectados, dentro del mismo plazo, podrán aportar los datos oportunos a los solos efectos de rectificar posibles errores en la relación indicada, de acuerdo con el art. 562 del Reglamento de la Ley de expropiación forzosa, así como formular las alegaciones procedentes por razón de lo dispuesto en el art. 161 del citado Real Decreto 1955/2000. Los afectados podrán recabar, a través de esta Delegación Provincial, que el peticionario les facilite los datos que consideren precisos para la identificación de los bienes. Sevilla a 15 de junio de La Delegada Provincial, Disposición transitoria cuarta, Decreto 149/2012, de 5 de junio, por el que se regula la estructura orgánica de la Consejería de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo («Boletín Oficial de la Junta de Andalucía» número 115, 13 de junio 2012) María Francisca Amador Prieto. Anexo Superficie Ocupación Ocupación Naturaleza Parcela Referencia Polí- Par- parcela pleno dominio temporal del Proyecto Propietario Catastral gono cela (m²) subestación (m²) (m²) terreno 1 Endesa Distribución Eléctrica, S.L TG3 4 32N0 0 01UO ,38 312, 0 Industrial 2 Ayuntamiento de Sevilla ,4 Vía de comunicación de dominio público: c/ Juan Antonio de Vizarrón 3 Ayuntamiento de Sevilla , 9 Vía de comunicación de dominio público: Av. Carlos III 4 Ayuntamiento de Sevilla ,2 Vía de comunicación de dominio público: c/ Juan de Castellanos 4W-8470-P INSPECCIÓN PROVINCIAL DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL DE SEVILLA Notificaciones de actas de liquidación e infracción coordinadas. No habiendo podido efectuar las notificaciones en los domicilios que constan en los citados expedientes, se expide la presente a fin de que sirva de notificación en forma, de acuerdo con lo dispuesto en el art. 59.4º de la vigente Ley de Procedimiento Administrativo (Ley 30/92, de 26 de noviembre de 1992). Se advierte a los destinatarios que, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 31.2 del Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio, en la nueva redacción dada por la Disposición Final 3ª de la Ley 26/2009, de 23 de diciembre (BOE del 24), de Presupuestos Generales del Estado para el año 2010, y en relación con los artículos 33.1 y 34.1.d del Reglamento general sobre procedimientos para la imposición de sanciones por infracciones de orden social y para los expedientes liquidatorios de cuotas de la Seguridad Social aprobado por Real Decreto 928/1998 de 14 de mayo (BOE de 3 de junio), podrán presentar escrito de alegaciones en el plazo de quince días hábiles contados desde el siguiente al de notificación de la presente Acta, acompañado de la prueba que estime pertinente, dirigido al órgano competente para efectuar la propuesta de resolución del expediente: Jefa de la Unidad Especializada de Seguridad Social de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social, con dirección C/ Pablo Picasso s/n Sevilla. Sevilla, 19 de junio de El Secretario General, Eduardo Rueda Solache. Número Acta Nombre Sujeto Responsable Nº Seg. Soc. Domicilio Municipio Importe L /12 MORENO ESCALANTE, SERGIO C/ HUELVA Nº 10 ALCALA DEL RIO 30,40 L /12 EL DECOSUR DE VICENTE S.L AVDA. EL ACEITE Nº 6 BORMUJOS 34,45 I-72625/12 EL DECOSUR DE VICENTE S.L AVDA. EL ACEITE Nº 6 BORMUJOS 3.126,00 L /12 TERENTI FLORES, VICENTE MANUEL C/ ISAAC ALBENIZ Nº 20 GINES 271,38 I-42212/12 TERENTI FLORES, VICENTE MANUEL C/ ISAAC ALBENIZ Nº 20 GINES 626,00 L /12 GONZALEZ SANTANA, GLORIA URB. ALTOS SIMON VERDE Nº 5 MAIRENA DEL ALJARAFE ,04 L /12 SOLEX CAPTADORES SOLARES, S.A C/ DISEÑO (PG. PISA) Nº 4 MAIRENA DEL ALJARAFE 5.413,99 I-81416/12 SOLEX CAPTADORES SOLARES, S.A C/ DISEÑO (PG. PISA) Nº 4 MAIRENA DEL ALJARAFE 2.706,99 L /12 INGENIA QED, S.A C/ BRASIL Nº 22, PISO BAJO SEVILLA 30,07 L /12 NUEVO ESTILO RR 2001, S.L AVDA. FELIPE II LC Nº 17 SEVILLA 5.176,71 I-64238/12 NUEVO ESTILO RR 2001, S.L AVDA. FELIPE II LC Nº 17 SEVILLA 626,00 L /12 LOS ZOLITOS, S.L C/ CASTELAR Nº 60 SEVILLA 1.434,75

5 Lunes 9 de julio de 2012 Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número Número Acta Nombre Sujeto Responsable Nº Seg. Soc. Domicilio Municipio Importe I-70403/12 LOS ZOLITOS, S.L C/ CASTELAR Nº 60 SEVILLA 626,00 L /12 RAMDHANI ---, MOHAMED HEDI C/ PAJARITOS Nº 2, 2º A SEVILLA 51,19 I-74948/12 RAMDHANI ---, MOHAMED HEDI C/ PAJARITOS Nº 2, 2º A SEVILLA 3.126,00 L /12 PINTURAS EXPOSI, MORTERO Y CONSTRUCCION, S.L BD. EL TINTE Nº 39, 2º B UTRERA 5.594,22 I-60194/12 PINTURAS EXPOSI, MORTERO Y CONSTRUCCION, S.L BD. EL TINTE Nº 39, 2º B UTRERA 626,00 34W-8455 Notificaciones de actas de infracción. No habiendo podido efectuar las notificaciones en los domicilios que constan en los citados expedientes, se expide la presente a fin de que sirva de notificación en forma, de acuerdo con lo dispuesto en el art. 59.4º de la vigente Ley de Procedimiento Administrativo (Ley 30/92, de 26 de noviembre de 1992). Se advierte a los destinatarios que, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 14.1.f, 17.1 y 18 bis del Reglamento general sobre procedimientos para la imposición de sanciones por infracciones del orden social y para los expedientes liquidatorios de cuotas de la Seguridad Social aprobado por Real Decreto 928/1998 de 14 de mayo (BOE de 3 de junio de 1998), en redacción dada por el Real Decreto 772/2011 de 3 de junio (BOE de 21 de junio), podrá presentar escrito de alegaciones en el plazo de quince días hábiles contados desde el siguiente al de notificación de la presente acta, acompañado de la prueba que estime pertinente, dirigido al órgano competente para realizar los actos de instrucción y ordenación del expediente sancionador (1). Sevilla a 21 de junio de El Secretario General, Eduardo Rueda Solache. Nº Acta Nombre Sujeto Responsable Nº Seg. Soc. Domicilio Municipio Importe Materia I-78887/12 RODRIGUEZ GELO, DAMIAN C/ CAPITAN CORTES Nº 17 ALBAIDA DEL ALJARAFE ,00 Empleo y Extranjeros I-79796/12 RODRIGUEZ GELO, DAMIAN C/ CAPITAN CORTES Nº 17 ALBAIDA DEL ALJARAFE 626,00 Obstrucción I-74342/12 MORENO ESCALANTE, SERGIO C/ HUELVA Nº 10 ALCALA DEL RIO ,00 Seguridad Social I-72726/12 EL DECOSUR DE VICENTE S. L AVDA. EL ACEITE Nº 6 BORMUJOS ,00 Obstrucción I-74746/12 GONZALEZ LINARES, DOLORES BD. LAS TORRES Nº 1, BJ B DOS HERMANAS Extinción de la prestación Seguridad Social I-67571/12 SENDEROS DE ARENA S. L. U C/ VIRGEN DE LA SANGRE Nº 6 HUEVAR 6.000,00 Seguridad y Salud I-67167/12 GAJI S. A C/ PUERTA SEVILLA Nº 24 MORON DE LA FRONTERA 2.046,00 Seguridad y Salud I-71716/12 HOSTELEROS ÑOÑO S. L C/ JOSE LAGUILLO Nº 30 SEVILLA 3.126,00 Seguridad Social I-82628/12 CASTELOUNGE S. L AVDA. MONTESIERRA (ESQ. SANTA CLARA CUBA) Nº 23 SEVILLA 3.126,00 Seguridad Social I-82729/12 CASTELOUNGE S. L AVDA. MONTESIERRA (ESQ. SANTA CLARA CUBA) Nº 23 SEVILLA ,00 Seguridad Social I-71312/12 GARCIA ROMERO, JUAN PG. STORE C/B PARC. 25 NV. 4 SEVILLA 626,00 Obstrucción I-72928/12 MONTES REINA, SERGIO C/ LIBRA Nº 3 UTRERA 3.126,00 Seguridad Social (1) Relación de materias y órganos competentes para realizar los actos de instrucción y ordenación del expediente sancionador, así como para efectuar la propuesta de resolución. SEGURIDAD SOCIAL Ante la Jefa de la Unidad Especializada de Seguridad Social de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social. Con dirección en: C/ Pablo Picasso s/n Sevilla. OBSTRUCCIÓN Ante la Jefa de la Unidad Especializada de Seguridad Social de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social. Con dirección en: C/ Pablo Picasso s/n Sevilla. EXTRANJEROS Ante el Jefe de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social. Con dirección en: Plaza de España - Puerta de Aragón Sevilla. RELACIONES LABORALES Ante el Jefe de Servicio de la Administración Laboral. Y SEGURIDAD Y SALUD LABORAL Con dirección en: Avda. Republica Argentina 21, 2ª planta, (Sevilla). EMPLEO Ante el Secretario Provincial del Servicio Andaluz de Empleo. Con dirección en: Avda. Republica Argentina 21, 2ª planta, (Sevilla). RELACIONES LABORALES Ante el Jefe de Servicio de Relaciones Colectivas de la Dirección General de Trabajo. (Infracciones muy graves) Con dirección en: Avda. de Hytasa nº 14, (Sevilla). SEGURIDAD Y SALUD LABORAL Ante el Jefe de servicio de Promoción de la Dirección General de Seguridad y Salud Laboral. (Infracciones muy graves) Con dirección en: Avda. de Hytasa nº 14, (Sevilla). EMPLEO Ante la jefatura de coordinación de Planificación y Desarrollo Normativo de la Dirección Gerencia del SAE. (Infracciones muy graves) Con dirección en: C/ Seda, Nave 5 Pg. Hytasa, (Sevilla). 34W-8500 Notificaciones, actas de liquidación. No habiendo podido efectuar las notificaciones en los domicilios que constan en los citados expedientes, se expide la presente a fin de que sirva de notificación en forma, de acuerdo con lo dispuesto en el art. 59.4º. de la vigente Ley de Procedimiento Administrativo (Ley 30/92, de 26 de noviembre de 1992). Se advierte a los destinatarios que, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 31.2 del Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio, en la nueva redacción dada por la disposición final 3.ª de la Ley 26/2009, de 23 de diciembre («BOE» del 24), de Presupuestos Generales del Estado para el año 2010, y en relación con los artículos 33.1 y 34.1.d del Reglamento General sobre procedimientos para la imposición de sanciones por infracciones de orden social y para los expedientes liquidatorios de cuotas de la Seguridad Social, aprobado por Real Decreto 928/1998, de 14 de mayo («BOE» de 3 de junio), podrá presentar escrito de alegaciones en el plazo de quince días hábiles, contados desde el siguiente al de notificación de la presente acta, acompañado de la prueba que estime pertinente, dirigido al órgano competente para efectuar la propuesta de resolución del expediente: Jefa de la Unidad Especializada de Seguridad Social de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social, con dirección calle Pablo Picasso, s/n, Sevilla. Sevilla a 9 de febrero de El Secretario General, Eduardo Rueda Solache. Número acta Nombre sujeto responsable N.º Seg. Soc. Domicilio Municipio Importe L /12 Eduardo Bueno Oliva C/. Tarfia, 13, 3.º pta. 6ª Sevilla ,62 I-68581/12 Eduardo Bueno Oliva C/. Tarfia, 13, 3.º PTA. 6ª Sevilla 626,00

6 6 Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 158 Lunes 9 de julio de 2012 Número acta Nombre sujeto responsable N.º Seg. Soc. Domicilio Municipio Importe L /12 Heliópolis 97, S.L P. Empresarial Royal, edif. Agora n.º 4 Sevilla 3.870,59 L /12 José Manuel Hevia Rodríguez Barrio Príncipes, 4 piso 3.º, puerta A Sevilla 9.265,26 L /12 Nuevo Estilo RR 2001, S.L Av. Felipe II, loc. n.º 17 Sevilla 3.596,87 I-64339/12 Nuevo Estilo RR 2001, S.L Av. Felipe II, loc. n.º 17 Sevilla 1.798,43 L /12 M.ª Inmaculada González Medina C/. Borneo n.º 5 Sevilla 1.812,24 L /12 Pérez, Norma Lisa C/. Teodosio, 82, piso bajo Sevilla 20,50 7W-7729 ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA Tribunal Superior de Justicia de Andalucía. Sevilla SALA DE LO SOCIAL La Sala de lo Social, con sede en Sevilla, del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía. Hace saber: Que en el recurso de suplicación n 1661/11, dimanante de autos n 1242/09 del Juzgado Social n 10, de Sevilla, se ha dictado por esta Sala la resolución que dice así: Diligencia de ordenación. Sra. doña Teresa Castilla Morán. En Sevilla a 22 de junio de El escrito recibido, únase al rollo de su razón y dése traslado de su contenido a la parte actora, mediante entrega de su copia; se tiene por ejercitado en tiempo y forma legal, por Nuevo Burguillos Procón, S.L., el derecho de opción conferido en favor de la indemnización. Una vez firme la sentencia, remítase testimonio del escrito presentado y de la resolución al Juzgado de lo Social núm. 10 de los de Sevilla, junto con los autos originales, a efectos de ejecución. Notifíquese, indicándose que contra esta resolución cabe recurso de Reposición, que deberá interponerse ante el Secretario Judicial, en el plazo de cinco días hábiles, con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso. Lo acuerda y firma la Secretaria Judicial; doy fe. Y para que conste y sirva de notificación y emplazamiento en forma a Promoción Viviendas Montijo, S.L., cuyo domicilio o paradero se desconoce, expido la presente que firmo en Sevilla a 22 de junio de La Secretaria Judicial, Teresa Castilla Morán. 34F-8642 Juzgados de lo Social SEVILLA. JUZGADO NÚM. 1 Doña Rosa María Rodríguez Rodríguez, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Social número uno de Sevilla. Hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 216/2011, a instancia de la parte actora doña María José Díaz Gómez, contra El Bosque Aljarafe, S.L., sobre ejecución de títulos judiciales, se ha dictado resolución de fecha 28 de abril de 2011, del tenor literal siguiente: Decreto: Secretaria Judicial, doña Rosa María Rodríguez Rodríguez. En Sevilla a 10 de mayo de Parte dispositiva: Acuerdo: Declarar a la ejecutada, El Bosque Aljarafe, S.L., en situación de insolvencia por importe de 4.278,77 euros, insolvencia que se entenderá, a todos los efectos, como provisional. Remítase, edicto para su publicación en el «Boletín Oficial» del Registro Mercantil. Hágase entrega de testimonio bastante a la parte ejecutante para que surta efectos ante el Fondo de Garantía Salarial. Archívese el presente procedimiento y dese de baja en los libros correspondientes. Notifíquese la presente resolución a las partes y al FOGASA. Modo de impugnación: Contra esta resolución cabe recurso directo de revisión, que deberá interponerse por escrito en el plazo de tres días hábiles contados desde el siguiente de la notificación, con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso. Para la admisión del recurso deberá efectuarse constitución de depósito en cuantía de 25 euros, debiendo ingresarlo en la cuenta de este Juzgado abierta en la Cuenta de Consignaciones de este Juzgado, abierta en la entidad Banco Español de Crédito -Banesto- (Entidad número 0030), Sucursal Avda. de la Buhaira (Oficina número 4325), sita en C/ José Recuerda Rubio número 4, de Sevilla, cuenta número , utilizando para ello el modelo oficial, indicando en el campo «Concepto» que se trata de un recurso seguido del código «31» y «Social-Revisión», de conformidad con lo establecido en la Disposición adicional Decimoquinta de la L.O. 6/1985 del Poder Judicial, salvo concurrencia de los supuestos de exclusión previstos en la misma. Sin cuyos requisitos no se admitirá a trámite el recurso, y todo ello conforme a lo dispuesto en los arts. 451, 452 y concordantes LEC, y la Disposición Adicional Decimoquinta de la LOPJ. Si el ingreso se efectuare por transferencia bancaria, habrá de hacerse en la cuenta de Banesto , indicando el «beneficiario», Juzgado de lo Social número uno de Sevilla, y en «concepto» se consignarán, en un solo bloque y éste separado por espacios de todo lo demás que se ponga en el campo, los 16 dígitos -antes expresados- de la cuenta que componen la cuenta-expediente judicial. Así lo acuerdo y firmo. Doy fe. La Secretaria Judicial. Y para que sirva de notificación al demandado, El Bosque Aljarafe, S.L., actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el «Boletín Oficial» de la provincia, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia o se trate de emplazamientos. En Sevilla a 10 de mayo de La Secretaria Judicial, Rosa María Rodríguez Rodríguez SEVILLA. JUZGADO NÚM. 1 Doña Rosa María Rodríguez Rodríguez, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Social número uno de Sevilla. Hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 721/2010, a instancia de la parte actora, doña Ana María Corona Torres, contra Mutua Fremap, Construcciones Selma, S.A., Mutua Fimac, INSS y TGSS, y Estructuras El Pelícano, S.L., sobre Seguridad Social, en materia prestacional, se ha dictado resolución de fecha 9 de abril de 2012, del tenor literal siguiente:

7 Lunes 9 de julio de 2012 Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número Diligencia de ordenación de la Sra. Secretaria doña Rosa María Rodríguez Rodríguez. En Sevilla a 9 de abril de El anterior escrito, únase a los autos de su razón, se tiene por anunciado en tiempo y forma por la parte demandante su propósito de recurrir en suplicación contra la sentencia recaída en los presentes autos. Y en cumplimiento de lo establecido en el art. 195 de la LRJS, póngase los autos a disposición del Letrado designado de la Admón. de la Seguridad Social, por sí o por persona autorizada por escrito, a fin de que formalice el recurso de suplicación anunciado, dentro de los diez días siguientes, plazo que correrá cualquiera que sea el momento en el que el Letrado retire los autos puestos a su disposición. Asimismo se advierte a la parte recurrente que, de conformidad con lo establecido en el artículo 198 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social, deberá hacer constar en el escrito de interposición del recurso, un domicilio en la sede de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, Sevilla, a efectos de notificaciones. Se tiene por presentada por la entidad recurrente la certificación acreditativa a los efectos del artículo c) de la Ley 36/2011, de 10 de octubre, reguladora de la jurisdicción laboral. Quede unida a las actuaciones, a efectos de constancia. Modo de impugnación: Mediante recurso de reposición a interponer ante quien dicta esta resolución, en el plazo de tres días hábiles siguientes a su notificación con expresión de la infracción que a juicio del recurrente contiene la misma, sin que la interposición del recurso tenga efectos suspensivos con respecto a la resolución recurrida. Para la admisión del recurso deberá previamente acreditarse constitución de depósito en cuantía de 25 euros, debiendo ingresarlo en la cuenta de este Juzgado abierta en Banesto número , utilizando para ello el modelo oficial, debiendo indicar en el campo «Concepto» que se trata de un recurso seguido del código «30» y «Social- Reposición», de conformidad con lo establecido en la Disposición adicional Decimoquinta de la L.O. 6/1985, del Poder Judicial, salvo concurrencia de los supuestos de exclusión previstos en la misma y quienes tengan reconocido el derecho de asistencia jurídica gratuita. Si el ingreso se efectuare por transferencia bancaria, habrá de hacerse en la cuenta de Banesto , debiendo indicar el beneficiario, Juzgado de lo Social número uno de Sevilla, y en «Observaciones» se consignarán los 16 dígitos de la cuenta que compone la cuenta-expediente judicial, indicando después de estos 16 dígitos (separados por un espacio) el código «30» y «Social-Reposición». Y para que sirva de notificación al demandado, Estructuras El Pelícano, S.L., actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el «Boletín Oficial» de la provincia, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia o se trate de emplazamientos. En Sevilla a 9 de abril de La Secretaria Judicial, Rosa María Rodríguez Rodríguez SEVILLA. JUZGADO NÚM. 1 Doña Rosa María Rodríguez Rodríguez, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Social número uno de Sevilla. Hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 31/2012, a instancia de la parte actora, don Pedro Rumbero Gómez, contra Gráficas Hermanos López, sobre ejecución de títulos judiciales, se ha dictado resolución de fecha 27 de marzo de 2012, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: S.Sª acuerda: Declarar extinguida la relación laboral que vincula a don Pedro Rumbero Gómez con Gráficas Hermanos López, S.L., y condenar a la demandada a que abone al actor la suma de ,96 euros en concepto de indemnización y la de ,01 euros en concepto de salarios, asumiendo el FOGASA las obligaciones que le corresponden en concepto de salarios de tramitación, en relación con la suma de ,2 euros, y estando prescritos respecto de él las cantidades correspondientes a indemnización y salarios de ejecución. Notifíquese esta resolución a las partes, advirtiéndoles que contra la misma cabe recurso de reposición ante este Juzgado de lo Social, no obstante lo cual, se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de tres días hábiles contados desde el siguiente de la notificación, con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso. Así por este auto, lo acuerdo, mando y firma la Ilma. Sra. doña Aurora Barrero Rodríguez, Magistrada-Juez del Juzgado de lo Social número uno de Sevilla. Doy fe. Y para que sirva de notificación al demandado, Gráficas Hermanos López, actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el «Boletín Oficial» de la provincia, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia o se trate de emplazamientos. En Sevilla a 27 de marzo de La Secretaria Judicial, Rosa María Rodríguez Rodríguez SEVILLA. JUZGADO NÚM. 1 Doña Rosa María Rodríguez Rodríguez, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Social número uno de Sevilla. Hace saber: Que en este Juzgado se sigue la ejecución número 155/2012, sobre ejecución de títulos judiciales, a instancia de doña Verónica Jiménez Ríos, contra Horno Su Eminencia, S.L., en la que con fecha 9 de mayo de 2012, se ha dictado auto que sustancialmente dice lo siguiente: Auto: En Sevilla a 9 de mayo de Parte dispositiva: S.Sª. Ilma. acuerda: Despachar ejecución a favor de don Verónica Jiménez Ríos, contra Horno Su Eminencia, S.L. Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma podrá interponerse recurso de reposición, en el plazo de tres días ante este Juzgado, en los términos referidos en el fundamento cuarto de esta resolución, y sin perjuicio de su efectividad. Para la admisión del recurso deberá efectuarse constitución de depósito en cuantía de 25 euros, debiendo ingresarlo en la cuenta de este Juzgado abierta en la Cuenta de Consignaciones de este Juzgado, abierta en la entidad Banco Español de Crédito -Banesto- (Entidad número 0030), Sucursal Avda. de la Buhaira (Oficina número 4325), sita en C/ José Recuerda Rubio número 4, de Sevilla, Cuenta número , utilizando para ello el modelo oficial, indicando en el campo «Concepto» que se trata de un recurso seguido del código «30» y «Social-Reposición», de conformidad con lo establecido en la Disposición adicional Decimoquinta de la L.O. 6/1985 del Poder Judicial, salvo concurrencia de los supuestos de exclusión previstos en la misma. Sin cuyos requisitos no se admitirá a trámite el recurso, y todo ello conforme a lo dispuesto en los arts. 451, 452 y concordantes LEC, y la Disposición Adicional Decimoquinta de la LOPJ. Si el ingreso se efectuare por transferencia bancaria, habrá de hacerse en la cuenta de Banesto , indicando el «beneficiario», Juzgado de lo Social número uno de Sevilla, y en «concepto» se consignarán, en un solo bloque y éste separado por espacios de todo lo demás que se ponga en el campo, los 16 dígitos -antes expresados- de la cuenta que componen la cuenta-expediente judicial. Así por este auto, lo acuerda, manda y firma la Ilma. Sra. doña Aurora Barrero Rodríguez, Magistrada-Juez del Juzgado de lo Social número uno de Sevilla. Doy fe. La Magistrada- Juez. La Secretaria.

8 8 Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 158 Lunes 9 de julio de 2012 Y para que sirva de notificación en forma a Horno Su Eminencia, S.L., cuyo actual domicilio o paradero se desconocen, libro el presente edicto que se publicará en el «Boletín Oficial» de la provincia de Sevilla, con la prevención de que las demás resoluciones que recaigan en las actuaciones le serán notificadas en los estrados del Juzgado, salvo las que deban revestir la forma de autos, sentencias o se trate de emplazamientos, y todas aquellas otras para las que la ley expresamente disponga otra cosa. En Sevilla a 9 de mayo de La Secretaria Judicial, Rosa María Rodríguez Rodríguez SEVILLA. JUZGADO NÚM. 1 Doña Rosa María Rodríguez Rodríguez, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Social número uno de Sevilla. Hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 902/2010, a instancia de la parte actora, don Andrés García Rueda, contra Fondo de Garantía Salarial y Vialco, S.C.A., sobre Social Ordinario, se ha dictado resolución de fecha 28 de marzo de 2012, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: Fallo: Estimo en parte la demanda formulada por don Andrés García Rueda, contra Vialco Sociedad Cooperativa Andaluza, y condeno a la demandada a que abone al actor la suma de 6.131,29 euros. Sin efectuar pronunciamiento respecto del FOGASA, sin perjuicio del cumplimiento de sus obligaciones legales. Se advierte a las partes que contra esta sentencia cabe interponer recurso de suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía con sede en Sevilla, dentro del plazo de cinco días a contar desde la notificación, debiendo ser anunciado por ante este Juzgado de lo Social en la forma establecida por la Ley. Caso de que el recurrente sea el demandado, deberá ingresar conforme establecen los art. 229 y 230 LRJS, la cantidad que se le condena en la cuenta-expediente abierta en la entidad Banco Español de Crédito -Banesto- entidad número 0030, sucursal Avda. de la Buhaira (oficina número 4325), sita en C/ José Recuerda Rubio número 4 de Sevilla, cuenta número (más número de autos, en cuatro cifras, añadiendo a la izquierda los ceros necesarios más número de año de los autos, indicándose únicamente las dos últimas cifras; en total 16 dígitos), como asimismo, deberá depositar la suma de 300 euros en la cuenta anteriormente reseñada. Así, por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo. Publicación. Dada, leída y publicada fue la anterior sentencia por la Ilma. Sra. Magistrada-Juez que la dictó, estando la misma celebrando audiencia pública en el mismo día de la fecha, de lo que yo, la Secretaria Judicial, doy fe. En Sevilla a 28 de marzo de Y para que sirva de notificación al demandado, Vialco Sociedad Cooperativa Andaluza, actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el «Boletín Oficial» de la provincia, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia o se trate de emplazamientos. En Sevilla a 10 de mayo de La Secretaria Judicial, Rosa María Rodríguez Rodríguez SEVILLA. JUZGADO NÚM. 1 Doña Rosa María Rodríguez Rodríguez, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Social número uno de Sevilla. Hace saber: Que en este Juzgado se sigue la ejecución número 213/2011, sobre ejecución de títulos judiciales, a instancia de don Francisco García Orellana, contra Andrés Ortiz Martínez, en la que con fecha 2 de marzo de 2012, se ha dictado decreto cuyos encabezamiento y parte dispositiva son del siguiente tenor literal: Decreto: Sra. Secretaria Judicial, doña Rosa María Rodríguez Rodríguez. En Sevilla a 2 de marzo de Parte dispositiva: Acuerdo: Declarar al ejecutado, Andrés Ortiz Martínez, en situación de insolvencia por importe de 2.713,96 euros, insolvencia que se entenderá a todos los efectos como provisional. Remítase, una vez firme la presente resolución, edicto para su publicación en el «Boletín Oficial» del Registro Mercantil. Hágase entrega de testimonio bastante a la parte ejecutante para que surta efectos ante el Fondo de Garantía Salarial. Archívese el presente procedimiento y dese de baja en los libros correspondientes. Notifíquese la presente resolución a las partes y al FOGASA. Modo de impugnación: Contra esta resolución cabe recurso directo de revisión, que deberá interponerse por escrito en el plazo de tres días hábiles contados desde el siguiente de la notificación, con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso. Para la admisión del recurso deberá efectuarse constitución de depósito en cuantía de 25 euros, debiendo ingresarlo en la cuenta de este Juzgado abierta en la Cuenta de Consignaciones de este Juzgado, abierta en la entidad Banco Español de Crédito -Banesto- (Entidad núm. 0030), Sucursal Avda. de la Buhaira (Oficina número 4325), sita en C/ José Recuerda Rubio número 4, de Sevilla, Cuenta número , utilizando para ello el modelo oficial, indicando en el campo «Concepto» que se trata de un recurso seguido del código «31» y «Social-Revisión», de conformidad con lo establecido en la Disposición adicional Decimoquinta de la L.O. 6/1985 del Poder Judicial, salvo concurrencia de los supuestos de exclusión previstos en la misma. Sin cuyos requisitos no se admitirá a trámite el recurso, y todo ello conforme a lo dispuesto en los arts. 451, 452 y concordantes LEC, y la Disposición Adicional Decimoquinta de la LOPJ. Si el ingreso se efectuare por transferencia bancaria, habrá de hacerse en la cuenta de Banesto , indicando el «beneficiario», Juzgado de lo Social número uno de Sevilla, y en «concepto» se consignarán, en un solo bloque y éste separado por espacios de todo lo demás que se ponga en el campo, los 16 dígitos -antes expresados- de la cuenta que compone la cuenta-expediente judicial. Así lo acuerdo y firmo. Doy fe. La Secretaria Judicial. Y para que sirva de notificación en forma a Andrés Ortiz Martínez, cuyo actual domicilio o paradero se desconocen, libro el presente edicto que se publicará en el «Boletín Oficial» de la provincia de Sevilla, con la prevención de que las demás resoluciones que recaigan en las actuaciones le serán notificadas en los estrados del Juzgado, salvo las que deban revestir la forma de autos, sentencias o se trate de emplazamientos, y todas aquellas otras para las que la ley expresamente disponga otra cosa. En Sevilla a 10 de mayo de La Secretaria Judicial, Rosa María Rodríguez Rodríguez SEVILLA. JUZGADO NÚM. 2 Doña María Fernanda Tuñón Lázaro, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Social número dos de esta capital y su provincia. Hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 934/11, ejecución de títulos judiciales 63/2012,

9 Lunes 9 de julio de 2012 Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número a instancia de la parte actora don Javier Elíseo García Morales, contra don Alejandro Fernández García, se ha dictado Resolución de fecha 02/04/2012, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: Parte dispositiva. Procédase al despacho de ejecución contra don Alejandro Fernández García, en los términos previstos en la ley; y precédase por la señora Secretaria a dictar la resolución correspondiente. Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe recurso de reposición ante este Juzgado en el plazo de tres días siguientes al de su notificación, en el que, además de alegar las posibles infracciones en que hubiere incurrido la presente resolución y el cumplimiento o incumplimiento de los presupuestos y requisitos procésales exigidos, podrá deducirse oposición a la ejecución despachada aduciendo pago o cumplimiento documentalmente justificado, prescripción de la acción ejecutiva u otros hechos impeditivos, extintivos o excluyentes de la responsabilidad que se pretenda ejecutar siempre que hubieren acaecido con posterioridad a la constitución del título, no siendo la compensación de deudas admisible como causa de oposición a la ejecución (artículos 239 y concordantes de la LRJS), Así por este Auto, lo acuerdo mando y firma el Ilmo. señor don Pablo Surroca Casas, Magistrado-Juez del Juzgado de lo Social número dos de Sevilla. Doy fe. Diligencia. Seguidamente se cumple lo mandado. Doy fe. Asimismo en esa fecha, 02/04/2012 de dictó Diligencia de Ordenación del tenor literal siguiente: Diligencia de Ordenación de la Secretaria señora doña María Fernanda Tuñón Lázaro. En Sevilla a 2 de abril de Habiendo presentado escrito el trabajador don Javier Elíseo García Morales, interesando despacho de ejecución de la sentencia recaída en los presentes autos por la vía de incidente de no readmisión, acuerdo: De conformidad al artículo 280 de la LRJS. Citar de comparecencia a las partes con las advertencias legales y haciéndoles saber que deben asistir con los medios de prueba de que intenten valerse, y para el próximo día 10 de julio de 2012, a las horas, en la Sala de Audiencias de este Juzgado, sito en la planta 1ª, para que tenga lugar, con la advertencia que de no asistir el trabajador o persona que le represente se le tendrá por desistido en su solicitud, si no lo hiciere el empresario o su representante se celebrará el acto sin su presencia. Se pone en conocimiento de la parte actora que al acto de la comparecencia deberán asistir con la vida laboral del actor a fin de acreditar los períodos trabajados después del despido y, en tal caso, informe de bases de cotización o nóminas, salvo que el salario percibido sea igual o superior al del despido, en cuyo caso no resultará necesario. Notifíquese la presente resolución a las partes, sirviendo la misma de citación en forma. Modo de impugnación: Mediante Recurso de Reposición a interponer ante quien dicta esta resolución, en el plazo de tres días hábiles siguientes a su notificación con expresión de la infracción que a juicio del recurrente contiene la misma, sin que la interposición del recurso tenga efectos suspensivos con respecto a la resolución recurrida. Y para que sirva de notificación a don Alejandro Fernández García, actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el «Boletín Oficial» de la provincia, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos, En Sevilla a 20 de junio de La Secretaria Judicial, María Fernanda Tuñón Lázaro SEVILLA. JUZGADO NÚM. 2 Doña María Fernanda Tuñón Lázaro, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Social número dos de Sevilla. Hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 747/2010, a instancia de la parte actora doña Silvia González Muñoz, contra Servicios Suncoffee, S.L., sobre Social Ordinario, se ha dictado resolución de fecha 14 de marzo de 2012 (sentencia) del tenor literal siguiente: Fallo: Que estimando la demanda sobre reclamación de cantidad interpuesta por la parte actora frente a la demanda, debo condenar y condeno a la empresa Servicios Suncoffee, S.L., a que abone a doña Silvia González Muñoz la suma reclamada de seis mil seiscientos cincuenta y un euros con setenta céntimos (6.651,70) euros por los conceptos expresados. Incorpórese la presente sentencia al libro correspondiente, y líbrese testimonio de la misma para su constancia en autos, y notifíquese la presente sentencia a las partes interesadas, advirtiéndoles que contra la misma cabe recurso de suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía con sede en Sevilla. Así por esta mi sentencia, la pronuncio, mando y firmo. Y para que sirva de notificación al demandado, Servicios Suncoffee, S.L., actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el «Boletín Oficial» de la provincia, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia o se trate de emplazamientos. En Sevilla a 9 de mayo de La Secretaria Judicial, María Fernanda Tuñón Lázaro SEVILLA. JUZGADO NÚM. 2 La Secretaria Judicial Sustituta de Refuerzo del Juzgado de lo Social número dos de Sevilla. Hace saber: Que en este Juzgado se siguen las actuaciones núm. 1323/2011, sobre Seguridad Social, en materia prestacional, a instancia de Manuel Jaén Pereira, contra Manuel Lozano Álvarez, Juan Puig Admetller, Instituto Municipal de Deportes, Servicio Público Estatal de Empleo, INSS y TGSS, Técnicas Caloríficas, S.A., Construcciones Colomina, S.A., Construcciones Alcazaba, S.A., y Saneamientos Martín Moyano, S.A., en la que con fecha se ha dictado auto que sustancialmente dice lo siguiente: Parte dispositiva: Acuerdo: Tener por desistido a Manuel Jaén Pereira de su demanda frente a Manuel Lozano Álvarez, Juan Puig Admetller, Instituto Municipal de Deportes, Servicio Público Estatal de Empleo, INSS y TGSS, Técnicas Caloríficas, S.A., Construcciones Colomina, S.A., Construcciones Alcazaba, S.A., y Saneamientos Martín Moyano, S.A. Archivar las actuaciones una vez que sea firme la presente resolución. Notifíquese la presente resolución a las partes. Modo de impugnación: Podrá interponerse recurso directo de revisión ante quien dicta esta resolución, mediante escrito que deberá expresar la infracción cometida a juicio del recurrente, en el plazo de tres días hábiles siguientes a su notificación (art. 186 y 187 de la L.P.L.). El recurrente que no tenga la condición de trabajador o beneficiario de régimen público de la Seguridad Social, deberá hacer un depósito para recurrir de 25 euros en la Cuenta de Consignaciones del Juzgado de lo Social número dos, debiendo indicar en el campo concepto, la indicación recurso seguida del código «31 Social-Revisión». Si el ingreso se hace mediante transferencia bancaria, deberá incluir tras la cuenta referida, separados por un espacio con la indicación «recurso», seguida del «código 31 Social-Revisión». Si efectuare diversos pagos en la misma cuenta, deberá

10 10 Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 158 Lunes 9 de julio de 2012 especificar un ingreso por cada concepto, incluso si obedecen a otros recursos de la misma o distinta clase, indicando en el campo de observaciones, la fecha de la resolución recurrida utilizando el formato dd/mm/aaaa. Quedan exentos de su abono, en todo caso, el Ministerio Fiscal, el Estado, las Comunidades Autónomas, las Entidades Locales y los Organismos Autónomos dependientes de ellos. La Secretaria Judicial. Y para que sirva de notificación en forma a Manuel Lozano Álvarez, Juan Puig Admetller, Técnicas Caloríficas, S.A., Construcciones Colomina, S.A., Construcciones Alcazaba, S.A., y Saneamientos Martín Moyano, S.A., cuyo actual domicilio o paradero se desconocen, libro el presente edicto que se publicará en el «Boletín Oficial» de la provincia de Sevilla, con la prevención de que las demás resoluciones que recaigan en las actuaciones, le serán notificadas en los estrados del Juzgado, salvo las que deban revestir la forma de autos, sentencias o se trate de emplazamientos, y todas aquellas otras para las que la ley expresamente disponga otra cosa. En Sevilla a 9 de mayo de La Secretaria Judicial. (Firma ilegible.) SEVILLA. JUZGADO NÚM. 2 Procedimiento: Social ordinario 816/2010. Negociado: F. NIG: S De: Don Frankin Genaro Jordán Fonseca. Contra: Fondo de Garantía Salarial y Antonio Sotelo Najarro Empresa. Doña M.ª Fernanda Tuñón Lázaro, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Social número dos de esta capital y su provincia. Hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 816/2010, a instancia de la parte actora, don Frankin Genaro Jordán Fonseca, contra Fondo de Garantía Salarial y Antonio Sotelo Najarro Empresa, sobre social ordinario, se ha dictado resolución de fecha 9 de septiembre de 2010, del tenor literal siguiente: Fallo: Que estimando la demanda interpuesta por don Franklin Genaro Jordán Fonseca, contra Antonio Sotelo Najarro, debo condenar y condeno a que abone al actor la cantidad de 7.497,25, sin pronunciamiento alguno, por ahora, respecto del Fondo de Garantía Salarial, sin perjuicio de su responsabilidad subsidiaria en los casos en que legalmente proceda. Notifíquese esta sentencia a las partes, y se les advierte que contra ella cabe recurso de suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, anunciable en el plazo de cinco días hábiles siguientes a tal notificación, por escrito, o comparecencia o mediante simple manifestación al notificarle la presente, ante este Juzgado de lo Social. Así, por esta mi sentencia, juzgando, lo pronuncio, mando y firmo. Y para que sirva de notificación al demandado, actualmente en paradero desconocido, expido el presente, para su publicación en el «Boletín Oficial» de la provincia, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos. En Sevilla a 22 de junio de La Secretaria Judicial, M.ª Fernanda Tuñón Lázaro. 7F-8595 SEVILLA. JUZGADO NÚM. 4 Don Alonso Sevillano Zamudio, Secretario Judicial del Juzgado de lo Social número cuatro de esta capital y su provincia. Hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 1073/2011, a instancia de la parte actora don Joaquín Jiménez Marín contra Piscinas Guadalquivir, S.L., sobre social ordinario, se ha dictado resolución de fecha 16 de marzo de 2012, del tenor literal siguiente: Juzgado de lo Social número cuatro de Sevilla. En la ciudad de Sevilla a 16 de marzo de Autos 1073/11: En nombre de S.M. el Rey. El señor don Juan Félix Luque Gálvez, Juez sustituto de los Juzgados de la ciudad de Sevilla y Magistrado acctal. del de lo Social número cuatro de los de esta capital y su provincia, ha venido en dictar la presente: Sentencia (núm. 103/2012). Visto lo actuado en los autos de Juicio seguidos ante este Juzgado bajo el número 1073/2011, siendo partes, de una y como demandante don Joaquín Giménez Marín, y de otra y como demandada, Piscinas Guadalquivir, S.L., que no comparece a pesar de estar citada en legal forma, versando el proceso sobre Reclamación de Cantidad. Resultando que en el proceso han concurrido los siguientes, Fallo: Que estimando como estimo la demanda interpuesta por el actor don Joaquín Giménez Marín contra la empresa Piscinas Guadalquivir, S.L., debo condenar y condeno a la demandada a que abone al actor la suma de cuatro mil quinientos siete euros con cincuenta y tres céntimos (4.507,53 euros). Todo ello sin pronunciamiento alguno, por ahora, respecto al Fondo de Garantía Salarial. Notifíquese la presente resolución a las partes, previniéndolas de que la misma no es firme y haciéndoles saber que, de conformidad a lo previsto en el artículo 191 de la L.R.J.S., contra ella cabe interponer recurso de suplicación para ante la Sala de Social del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, que habrá de ser anunciado por ante este Juzgado de lo Social en la forma establecida por la Ley, bastando para ello manifestación en tal sentido de la propia parte, de su abogado o del representante legal o procesal, bien en el mismo momento de hacerle la notificación, bien dentro de los cinco días hábiles siguientes mediante comparecencia o por escrito. De hacerse uso de este derecho por la parte condenada, junto al anuncio del recurso y de conformidad con lo establecido en los artículos 229 y 230 de la L.R.J.S., deberá acreditar mediante el oportuno resguardo, haber procedido a consignar el importe del principal objeto de condena mediante su ingreso en cualquier sucursal del Banco Español de crédito, S.A., Banesto, en la cuenta bancaria abierta en la oficina de la calle José Recuerda Rubio número 4 (Urbana avenida de la Buhaíra, edificio Viapol) de esta capital con número , utilizando para ello el modelo oficial, indicando en el apartado «concepto» del documento de ingreso que obedece a un «consignación de Condena» y citando seguidamente el número y año del presente procedimiento. Tal consignación podrá ser sustituida por aval bancario, en el que deberá constar la responsabilidad solidaria del avalista, debiendo ser depositado el documento original ante Sr. Secretario Judicial, quedando en su poder mientras se sustancie el recurso. Del mismo modo, al momento de formalizar el recurso caso de interponerse por alguna parte del procedimiento que no reúna la condición de trabajador, causahabiente suyo o beneficiario del régimen público de la Seguridad Social, en atención a los referidos preceptos y como requisito para su admisión, deberá aportarse justificante de haber constituido a disposición de este Juzgado un depósito en cuantía de 300 euros mediante su ingreso en la misma entidad bancaria y cuenta de depósitos número , utilizando asimismo el modelo oficial, pero citando esta vez como «concepto» el de «recurso de suplicación». De dichas obligaciones de consignación y depósito se encuentran dispensadas las Administraciones Públicas y las entidades de derecho público sujetas a las exenciones previstas en el apartado 4. del artículo 229 de la L.R.J.S., así como los sindicatos y quienes tuvieran reconocido el beneficio de asistencia jurídica gratuita.

11 Lunes 9 de julio de 2012 Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando en esta instancia, lo pronuncio, mando y firmo. Y para que sirva de notificación al demandado, Piscinas Guadalquivir, S.L., actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el «Boletín Oficial» de la provincia, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos. En Sevilla a 18 de mayo de El Secretario Judicial, Alonso Sevillano Zamudio SEVILLA. JUZGADO NÚM. 5 Doña María Amparo Atarés Calavia, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Social número cinco de Sevilla. Hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 616/2010, a instancia de la parte actora Fundación Laboral de la Construcción, contra Penta Coin, S.L., sobre Social Ordinario, se ha dictado sentencia de fecha 25 de enero de 2012, cuyo fallo es del tenor literal siguiente: Fallo: Que estimando la demanda formulada por Fundación Laboral de la Construcción contra la empresa Penta Coin, S.L., debo condenar y condeno a dicha empresa demandada al abono en favor de la entidad actora de la suma de 309,95 euros. Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma no cabe recurso, declarando la firmeza de la sentencia. Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando en esta instancia, lo pronuncio, mando y firmo. Y para que sirva de notificación al demandado, Penta Coin, S.L., actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el «Boletín Oficial» de la provincia, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos. En Sevilla a 14 de mayo de La Secretaria Judicial, María Amparo Atarés Calavia SEVILLA. JUZGADO NÚM. 5 Doña María Amparo Atarés Calavia, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Social número cinco de Sevilla. Hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 1224/2009, a instancia de la parte actora doña Laura Galisteo Cutiño, contra María Esther Arteaga Ruiz y Arie 2 Redes de Servicios, S.L.U., sobre Social Ordinario, se ha dictado resolución de fecha 5 de octubre de 2011, del tenor literal siguiente: Fallo: Que estimando la demanda formulada por Laura Galisteo Cutiño, contra Arie2 Redes de Servicio, S.L.U. y doña María Esther Arteaga debo condenar y condeno a la demandada Arie 2 Redes de Servicio, S.L.U., a que abone a la actora la suma de siete mil seiscientos ochenta y ocho euros con dieciséis céntimos de euro (7.688,16 euros), más el 10% en concepto de interés por mora. Se absuelve libremente de los pedimentos de la demanda a María Esther Arteaga Ruíz. Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe recurso de suplicación ante la Sala de lo Social del TSJA, dentro de los cinco días hábiles siguientes al de su notificación, debiendo ser anunciado por ante este Juzgado de lo Social en la forma que establece la Ley. De hacerse uso de este derecho por la empresa demandada, deberá acreditar haber efectuado el depósito especial por importe de 150 euros, en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones de este Juzgado en Banesto, utilizando para ello el modelo oficial y citando como número de procedimiento EEEEAA, donde EEEE corresponde al número de autos y AA al año. Del mismo modo, al anunciar el recurso la empresa demandada deberá ingresar el importe del principal objeto de la condena, en la misma entidad bancaria y Cuenta de Depósitos, utilizando igualmente el modelo oficial pero citando esta vez como número de procedimiento EEEEAA. Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando en esta instancia, lo pronuncio, mando y firmo. Y para que sirva de notificación al demandado, Arie 2 Redes de Servicios, S.L.U., y María Esther Arteaga Ruiz, actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el «Boletín Oficial» de la provincia, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia o se trate de emplazamientos. En Sevilla a 11 de mayo de La Secretaria Judicial, María Amparo Atarés Calavia SEVILLA. JUZGADO NÚM. 7 Doña María Concepción Llorens Gómez de las Cortinas, Secretaria del Juzgado de lo Social número siete de Sevilla. Hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 36/2012, a instancia de la parte actora, don José Antonio Márquez Márquez, contra Elaboración y Montaje de Elementos de Madera, S.L., sobre ejecución de títulos judiciales, se ha dictado decreto de fecha 7 de mayo de 2012 del tenor literal siguiente: «Acuerdo: a) Declarar al el ejecutado, Elaboración y Montaje de Elementos de Madera, S.L., en situación de insolvencia por importe de 5.487,77 euros de principal y 1.097,55 euros presupuestados provisionalmente para intereses y costas, insolvencia que se entenderá, a todos los efectos, como provisional. b) Archivar las actuaciones, previa anotación en el libro correspondiente, y sin perjuicio de continuar la ejecución si en lo sucesivo se conocen nuevos bienes del ejecutado. Notifíquese la presente resolución. Modo de impugnación: Contra la presente resolución cabe recurso directo de revisión que deberá interponerse ante quien dicta la resolución, en el plazo de tres días hábiles siguientes a la notificación de la misma, con expresión de la infracción cometida en la misma a juicio del recurrente, artículo 186, Ley Reguladora de la Jurisdicción Social. El recurrente que no tenga la condición de trabajador o beneficiario de régimen público de la Seguridad Social, deberá hacer un depósito para recurrir de 25 euros, en el número de cuenta de este Juzgado núm , debiendo indicar en el campo concepto, la indicación recurso seguida del código «31 Social-Revisión». Si el ingreso se hace mediante transferencia bancaria, deberá incluir tras la cuenta referida, separados por un espacio con la indicación «recurso» seguida del «código 31 Social-Revisión». Si efectuare diversos pagos en la misma cuenta, deberá especificar un ingreso por cada concepto, incluso si obedecen a otros recursos de la misma o distinta clase, indicando en el campo de observaciones la fecha de la resolución recurrida. Quedan exentos de su abono, en todo caso, el Ministerio Fiscal, el Estado, las Comunidades Autónomas, las entidades locales y los organismos autónomos dependientes de ellos. Y para que sirva de notificación al demandado, Elaboración y Montaje de Elementos de Madera, S.L., actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el «Boletín Oficial» de la provincia, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia o se trate de emplazamientos. En Sevilla a 7 de mayo de La Secretaria Judicial, María Concepción Llorens Gómez de las Cortinas

12 12 Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 158 Lunes 9 de julio de 2012 SEVILLA. JUZGADO NÚM. 7 Doña María Concepción Llorens Gómez de las Cortinas, Secretaria del Juzgado de lo Social número siete de Sevilla. Hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 86/2012, a instancia de la parte actora, don Vicente Mateos Romo, contra Agustín Pérez Romero y Aromas de Sanlúcar, S.L., sobre ejecución de títulos judiciales, se ha dictado auto de orden general de ejecución de fecha 30 de abril de 2012, del tenor literal siguiente: «Dispongo: Dar orden general de ejecución contra Agustín Pérez Romero y Aromas de Sanlúcar, S.L., a instancias de Vicente Mateos Romo, por importe de ,23 euros en concepto de principal (15.496,03 euros de indemnización, más 342,20 euros de salarios de tramitación), más la de 3.167,64 euros calculados provisionalmente para intereses y costas. Se autoriza la consulta en la base de datos del AEAT, DGT, Catastro y demás aplicaciones incluidas en la base de datos del punto neutro judicial, para la averiguación patrimonial de bienes y derecho de titularidad de la ejecutada, así como la localización de la misma. Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma no cabe recurso alguno, sin perjuicio del derecho del ejecutado a oponerse a lo resuelto en la forma y plazo a que se refiere el fundamento tercero de esta resolución, y sin perjuicio de su efectividad.» Asimismo, se ha dictado decreto de fecha 14 de mayo de 2012, cuya parte dispositiva es del siguiente tenor literal: Acuerdo: Procédase, sin previo requerimiento de pago, al embargo de bienes, derechos y acciones de la propiedad de las demandadas, Agustín Pérez Romero y Aromas de Sanlúcar, S.L., en cantidad suficiente a cubrir la suma de ,23 euros de principal y 3.167,64 euros presupuestados provisionalmente para intereses y costas, y no pudiéndose practicar la diligencia de embargo por encontrarse las ejecutadas en ignorado paradero, habiéndose llevado a cabo la averiguación patrimonial, se decreta el embargo de los siguientes bienes propiedad de las ejecutadas: Se decreta el embargo sobre cualquier cantidad que exista en cuentas corrientes, a plazo, de crédito, libretas de ahorros, fondos de inversión, obligaciones, valores en general, o cualquiera otros productos bancarios, que las demandadas mantengan o puedan contratar con las entidades Caja General de Ahorros de Granada, Banca Cívica, Unicaja Banco, Bancaja, BBK Bank Cajasur, hasta cubrir el principal e intereses y costas, a tal efecto líbrese oficio a dicha entidad. Debiendo proceder a dicha retención y puesta a disposición, aun cuando en el momento de recibir dicho oficio no existiese cantidad alguna disponible, si con posterioridad a ello existiesen saldos o productos bancarios realizables. En el caso de que la retención ordenada afecte a salario, sueldos, pensiones, jornales o retribuciones, se les aplicará los límites previstos en el artículo 607 de la Ley de Enjuiciamiento Civil. Se acuerda el embargo de las cantidades por las que resulte acreedora la parte demandada frente a AEAT y Unicaja, por cualquier concepto, en cuantía suficiente a cubrir las cantidades reclamadas en la presente ejecución, para cuya efectividad se librarán los despachos oportunos. Habiéndose actualizado el domicilio de las ejecutadas, inténtese la notificación en el domicilio que aparece en el punto neutro judicial, junto con el auto de orden general de ejecución, con entrega de copia de la demanda ejecutiva y de los documentos acompañados, sin citación ni emplazamiento, para que, en cualquier momento puedan personarse en la ejecución. Hágase saber a las partes que, de conformidad con lo establecido en el artículo de la LEC, si cambiasen su domicilio, número de teléfono, fax, dirección de correo electrónico o similares, siempre que estos últimos estén siendo utilizados como instrumentos de comunicación con la oficina judicial durante la sustanciación del proceso, lo comunicarán inmediatamente a la misma. Modo de impugnación: contra esta resolución cabe interponer recurso directo de revisión que deberá interponerse en el plazo de tres días mediante escrito en el que deberá citarse la infracción en que la resolución hubiere incurrido (art. 454 bis LEC). El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de tres días hábiles contados desde el siguiente de la notificación, con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, y deberá constituir y acreditar al tiempo de la interposición, el depósito para recurrir de veinticinco euros, mediante su ingreso en la cuenta de Consignaciones número del Juzgado de lo Social número siete de Sevilla, salvo que el recurrente sea beneficiario de justicia gratuita, el Ministerio Fiscal, el Estado, Comunidad Autónoma, entidad local u organismo autónomo dependiente. Sin cuyos requisitos no se admitirá a trámite el recurso, y todo ello conforme a lo dispuesto en los artículos 451, 452 y concordantes de LEC y la disposición adicional decimoquinta de la LOPJ. Así lo acuerdo y firmo. Doy fe. Y para que sirva de notificación a los demandados, Agustín Pérez Romero y Aromas de Sanlúcar, S.L., actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el «Boletín Oficial» de la provincia, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia o se trate de emplazamientos. En Sevilla a 14 de mayo de La Secretaria Judicial, María Concepción Llorens Gómez de las Cortinas SEVILLA. JUZGADO NÚM. 8 Doña María del Carmen Peche Rubio, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Social número ocho de Sevilla. Hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 835/2011, a instancia de la parte actora, don Jorge Sáez Gazo, Miguel Barea Muñoz y Francisco Muñoz Luque, contra Miguel Ángel Ávila Puyana, Ganaliter, S.L., y Análisis del Territorio, S.L., sobre despidos en general, se ha dictado sentencia cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: 1.º Que teniendo a don Jorge Sáez Gazo, desistido de la demanda de despido formulada contra don Miguel Ángel Ávila Puyana, debo absolver y absuelvo a éste de los pedimentos ejercitados en su contra; y estimando la demanda que sobre despido ha interpuesto don Jorge Sáez Gazo, contra Análisis del Territorio, S.L., y Ganaliter, S.L., debo declarar y declaro improcedente el despido del que el actor fue objeto el día 9 de junio de 2011, condenando solidariamente a las demandadas a que en el plazo de cinco días desde la notificación de esta resolución, opten entre readmitir al trabajador en las mismas condiciones que tenía antes del despido o abonar al actor en concepto de indemnización, la cantidad de treinta y siete mil trescientos treinta y tres euros ( euros); y todo ello con obligación de abonar los salarios devengados desde la fecha del despido hasta la fecha de notificación de esta sentencia a razón de 83,66 euros diarios. Se advierte expresamente a los demandados que, de no efectuar la opción en el plazo indicado, expresamente por escrito o comparecencia en el Juzgado, y sin necesidad de esperar a la firmeza de esta sentencia, se entenderá que opta por la readmisión y deberá abonar los salarios posteriores a la fecha de la notificación de sentencia. Y ello sin perjuicio de deducir los salarios que el actor haya podido percibir desde la fecha del despido, como consecuencia de un nuevo empleo; Y todo ello con intervención del Fondo de Garantía Salarial. 2. Que teniendo a don Miguel Barea Muñoz, desistido de la demanda de despido formulada contra don Miguel Ángel Ávila Puyana, debo absolver y absuelvo a éste de los pedimentos ejercitados en su contra; y estimando la demanda que sobre despido ha interpuesto don Miguel Barea Muñoz contra Análisis del Territorio, S.L., y Ganaliter, S.L., debo declarar y declaro improcedente el despido del que el actor fue objeto el día 9 de junio de 2011, condenando solidariamente a las demandadas a que en el plazo de cinco días desde la notifica-

13 Lunes 9 de julio de 2012 Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número ción de esta resolución, opten entre readmitir al trabajador en las mismas condiciones que tenía antes del despido o abonar al actor en concepto de indemnización la cantidad de doce mil novecientos cincuenta y ocho euros ( euros); y todo ello con obligación de abonar los salarios devengados desde la fecha del despido hasta la fecha de notificación de esta sentencia a razón de 56,65 euros diarios. Se advierte expresamente a los demandados que, de no efectuar la opción en el plazo indicado, expresamente por escrito o comparecencia en el Juzgado, y sin necesidad de esperar a la firmeza de esta sentencia, se entenderá que opta por la readmisión y deberá abonar los salarios posteriores a la fecha de la notificación de sentencia. Y ello sin perjuicio de deducir los salarios que el actor haya podido percibir desde la fecha del despido, como consecuencia de un nuevo empleo; Y todo ello con intervención del Fondo de Garantía Salarial. 3.º Que teniendo a don Francisco Muñoz Luque, desistido de la demanda de despido formulada contra don Miguel Ángel Ávila Puyana, debo absolver y absuelvo a éste de los pedimentos ejercitados en su contra; y estimando la demanda que sobre despido ha interpuesto don Francisco Muñoz Luque contra Análisis del Territorio, S.L., y Ganaliter, S.L., debo declarar y declaro improcedente el despido del que el actor fue objeto el día 9 de junio de 2011, condenando solidariamente a las demandadas a que en el plazo de cinco días desde la notificación de esta resolución, opten entre readmitir al trabajador en las mismas condiciones que tenía antes del despido o abonar al actor en concepto de indemnización, la cantidad de siete mil seiscientos sesenta y seis euros (7.666 euros); y todo ello con obligación de abonar los salarios devengados desde la fecha del despido hasta la fecha de notificación de esta sentencia a razón de 17,18 euros diarios. Se advierte expresamente a los demandados que, de no efectuar la opción en el plazo indicado, expresamente por escrito o comparecencia en el Juzgado, y sin necesidad de esperar a la firmeza de esta sentencia, se entenderá que opta por la readmisión y deberá abonar los salarios posteriores a la fecha de la notificación de sentencia. Y ello sin perjuicio de deducir los salarios que el actor haya podido percibir desde la fecha del despido como consecuencia de un nuevo empleo; Y todo ello con intervención del Fondo de Garantía Salarial. Notifíquese esta resolución a las partes, con entrega de copia, advirtiéndoseles que contra la misma pueden interponer recurso de suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, en el plazo de los cinco días hábiles siguientes a la notificación de la presente resolución, mediante escrito, comparecencia o por simple manifestación ante este Juzgado de lo Social. Si recurre la parte demandada, deberá acreditar al anunciar el recurso, el ingreso del importe de la condena en la cuenta de Depósitos y Consignaciones número , en cualquier sucursal del Grupo Banesto (Banco Español de Crédito, S.A.), mediante la presentación en la Secretaría del oportuno resguardo, concretando además el número y año del procedimiento, o mediante transferencia bancaria en la cuenta del Banco Español de Crédito , indicando en cualquier caso, el beneficiario, Juzgado de lo Social número ocho de Sevilla, y en observaciones se consignará los 16 dígitos de la cuenta ( , concretando además el número y año del procedimiento). Al interponer el recurso acreditará igualmente el ingreso de 150 euros en la cuenta de este Juzgado, abierta en el Grupo Banesto (Banco Español de Crédito, S.A.), con el número , indicando a continuación el número y año del procedimiento, indicando en el campo Concepto «Social- Suplicación», mediante entrega del resguardo acreditativo, en la Secretaría de este Juzgado de lo Social, o mediante transferencia bancaria en la cuenta del Banco Español de Crédito 20 dígitos , indicando en cualquier caso el beneficiario, Juzgado de lo Social número ocho de Sevilla, y en observaciones se consignará los 16 dígitos de la cuenta ( concretando además el número y año del procedimiento indicando en el campo concepto «Social- Suplicación»). Y mientras dure la sustanciación del recurso, la empresa condenada, en caso de optar por la readmisión, estará obligada a readmitir a la parte actora en su puesto de trabajo, en las mismas condiciones que tenía y con abono de sus salarios, salvo que quiera hacer dicho abono, sin contraprestación por parte de la actora, a menos que opte, antes de interponer el recurso, por la indemnización. Y para que sirva de notificación al demandado, Análisis del Territorio, S.L., actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el «Boletín Oficial» de la provincia, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia o se trate de emplazamientos. En Sevilla a 11 de mayo de La Secretaria Judicial, María del Carmen Peche Rubio SEVILLA. JUZGADO NÚM. 8 Doña María del Carmen Peche Rubio, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Social número ocho de Sevilla. Hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 310/2011, a instancia de la parte actora, don Juan José Diánez Málaga, contra Grupo Eninfes, S.L., sobre ejecución de títulos judiciales, se ha dictado auto y decreto de fecha 25 de octubre de 2011, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: S.Sª Ilma. dijo: Se ordena y despacha ejecución en cantidad suficiente a cubrir la suma de ,72 euros de principal, más otros 622,78 euros en concepto de intereses y otros 1.037,97 euros en concepto de costas, sin perjuicio de su ulterior liquidación, a favor de Juan José Diánez Málaga, contra Grupo Eninfes, S.L. Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma no cabe recurso alguno, sin perjuicio del derecho del ejecutado a oponerse a lo resuelto en la forma y plazo a que se refiere el fundamento cuarto de esta resolución, y sin perjuicio de su efectividad. Así por este auto, lo acuerdo, mando y firma la Ilma. Sra. doña Carmen Durán de Porras, Magistrada-Juez del Juzgado de lo Social número ocho de Sevilla. Doy fe. Proceder al embargo de los bienes de Grupo Enenfes, S.L., en cantidad suficiente a cubrir la suma de ,72 euros de principal, más otros 622,78 euros en concepto de intereses y otros 1.037,97 euros en concepto de costas, sin perjuicio de ulterior liquidación, debiéndose guardar en la diligencia, el orden establecido en la Ley de Enjuiciamiento Civil, advirtiéndose al ejecutado, administrador, representante, encargado o tercero, en cuyo poder se encuentren los bienes, de las obligaciones y responsabilidades derivadas del depósito que le incumbirán hasta que se nombre depositario. Para la efectividad de lo acordado líbrese exhorto al Juzgado de Paz de Paterna, sirviendo testimonio del presente decreto de testimonio en forma a la Comisión Judicial encargada de llevarla a efecto. Líbrense oficios al Servicio de Índices en Madrid vía fax y al Decanato de los Juzgados de esta capital, a fin de que informen sobre bienes que aparezcan como de la titularidad de la ejecutada, accédase a la Base de Datos de la Agencia Tributaria a través de la Terminal de este Juzgado, a fin de que informen sobre las cuentas corrientes que aparezcan como de la titularidad de la ejecutada, Grupo Eninfes, S.L., con CIF B Hágase saber a las partes que, de conformidad con lo establecido en el artículo de la LEC, si cambiasen su domicilio, número de teléfono, fax, dirección de correo electrónico o similares, siempre que estos últimos estén siendo utilizados como instrumentos de comunicación con la oficina judicial durante la sustanciación del proceso, lo comunicarán inmediatamente a la misma. Notifíquese esta resolución al ejecutado, junto con el auto de orden general de ejecución, con entrega de escrito solici-

14 14 Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 158 Lunes 9 de julio de 2012 tando ejecución, sin citación ni emplazamiento para que, en cualquier momento, pueda personarse en la ejecución. Contra la presente resolución cabe interponer recurso de revisión directo por escrito, en el plazo de cinco días hábiles contados desde el siguiente de la notificación, con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso. Para la admisión del recurso deberá efectuarse constitución de depósito en cuantía de 25 euros, debiendo ingresarlo en la cuenta de este Juzgado número , abierta en Banesto, utilizando para ello el modelo oficial y concretando además el número y año del procedimiento, indicando en el campo «Concepto» que se trata de un recurso seguido del código «31» y «Social-Revisión-Secretario», de conformidad con lo establecido en la Disposición adicional Decimoquinta de la L.O. 6/1985 del Poder Judicial, salvo concurrencia de los supuestos de exclusión previstos en la misma. Si el ingreso se efectuare por transferencia bancaria, habrá de hacerse en la cuenta de Banesto , indicando el beneficiario, Juzgado de lo Social número ocho de Sevilla, y en «Observaciones» se consignarán los 16 dígitos de la cuenta , más el número y el año del procedimiento, indicando después de estos 16 dígitos separados por un espacio el código «31» y «Social-Revisión-Secretario». Y para que sirva de notificación al demandado, Grupo Eninfes, S.L., actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el «Boletín Oficial» de la provincia, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia o se trate de emplazamientos. En Sevilla a 11 de mayo de La Secretaria Judicial, María del Carmen Peche Rubio SEVILLA. JUZGADO NÚM. 8 Doña María del Carmen Peche Rubio, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Social número ocho de Sevilla. Hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 766/2010, a instancia de la parte actora don Manuel Martínez Begines, contra José Pérez Benítez, Abelardo Bracho Arcos, Detea Corporación, S.L., Lorbean, S.L., Construcciones Rafael Morales, S.A., FOGASA y Detea, S.A., sobre Social Ordinario, se ha dictado resolución de fecha 16 de marzo de 2012, del tenor literal siguiente: Fallo: Que estimando la demanda planteada por don Manuel Martínez Begines, contra Lorbean, S.L., y estimando parcialmente la demanda planteada por el indicado actor contra Detea, S.A., debo condenar y condeno a Lorbean, S.L., a que abone al actor la cantidad de cuatro mil ciento un euros con cincuenta y siete céntimos (4.101,57 euros), junto con el interés del artículo 29.3 del ET, respondiendo solidariamente del pago Detea, S.A., hasta el límite de cuatrocientos setenta y tres euros con sesenta y cinco céntimos (473,65 euros); y desestimando la demanda presentada contra Detea Corporación, S.L., y Construcciones Rafael Morales, S.A., debo absolver y absuelvo a éstos de los pedimentos ejercitados en su contra; todo ello con intervención del FOGASA y de la Administración Concursal de Construcciones Rafael Morales, S.A. Si recurre la parte demandada, deberá acreditar al anunciar el recurso, el ingreso del importe de la condena en la cuenta de Depósitos y Consignaciones número , en cualquier sucursal del Grupo Banesto (Banco Español de Crédito, S.A.), mediante la presentación en la Secretaría del oportuno resguardo, concretando además el número y año del procedimiento, o mediante transferencia bancaria en la cuenta del Banco Español de Crédito , indicando en cualquier caso el beneficiario, Juzgado de lo Social número ocho de Sevilla, y en observaciones se consignará los 16 dígitos de la cuenta ( concretando además el número y año del procedimiento). Al interponer el recurso, acreditará igualmente el ingreso de 300,00 euros en la cuenta de este Juzgado, abierta en el Grupo Banesto (Banco Español de Crédito, S.A.), con el número , indicando a continuación el número y año del procedimiento, indicando en el campo Concepto «Social-Suplicación», mediante entrega del resguardo acreditativo, en la Secretaría de este Juzgado de lo Social, o mediante transferencia bancaria en la cuenta del Banco Español de Crédito 20 dígitos , indicando en cualquier caso, el beneficiario, Juzgado de lo Social número ocho de Sevilla, y en observaciones se consignará los 16 dígitos de la cuenta ( concretando además el número y año del procedimiento, indicando en el campo Concepto «Social-Suplicación»). Así por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo. Publicación: Dada y publicada ha sido la anterior sentencia por el Magistrado-Juez que la suscribe, estando celebrando audiencia pública el día 16 de marzo de Doy fe. Y para que sirva de notificación al demandado, Lorbean, S.L., actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el «Boletín Oficial» de la provincia, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia o se trate de emplazamientos. En Sevilla a 14 de mayo de La Secretaria Judicial, María del Carmen Peche Rubio Juzgados de Primera Instancia MARCHENA. JUZGADO NÚM. 2 NIG: C Procedimiento: Declaración de herederos 621/2011. Negociado: 1. Solicitante: Don Manuel Eugenio Medina García. Doña Rosa María Vélez Pérez, Secretaria del Juzgado de Primera Instancia número dos de esta villa. Hace saber: Que en el expediente de declaración de herederos abintestato seguido en este Juzgado al número 621/2011, por el fallecimiento sin testar de don Enrique Javier Medina García, ocurrido en Sevilla el día 23 de julio de 2012, promovido por don Manuel Eugenio, doña María Amparo, doña María de la Paz y don Ricardo Luis Medina García, parientes en segundo grado del causante, se ha acordado por resolución de esta fecha llamar a los que se crean con igual o mejor derecho a la herencia que los que la solicitan, para que comparezcan en el Juzgado a reclamarla dentro de treinta días, a partir de la publicación de este edicto, apercibiéndoles que, de no verificarlo, les parará el perjuicio a que haya lugar en Derecho. En Marchena a 8 de junio de La Secretaria, Rosa María Vélez Pérez. 7F-8486-P AYUNTAMIENTOS SEVILLA Anuncio de licitación de contrato de servicios. 1. Objeto del contrato: a. Objeto del contrato: Contratación de la puesta a disposición del Ayuntamiento de una plataforma digital web, en funcionamiento, estructurada en secciones que correspondan a divisiones territoriales de la ciudad, desde la que se ponga a disposición de los ciuda-

15 Lunes 9 de julio de 2012 Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número danos la información más relevante de la actualidad de cada distrito y barrio. Asimismo, se incluye, dentro del objeto del contrato los servicios de alimentación y mantenimiento técnico de carácter general, que incluya el análisis y diseño de nuevas funcionalidades como consecuencia de la evolución de las necesidades del Ayuntamiento de Sevilla. b. División por lotes: No. c. Lugar de ejecución: Sevilla. d. Plazo de ejecución: Doce (12) meses. 2. Presupuesto de licitación: Presupuesto de licitación: Ciento noventa y cinco mil euros ( ,00 ). Importe IVA: Treinta y cinco mil cien euros (35.100,00 ). Importe Total: Doscientos treinta mil cien euros ( ,00 ). 3. Plazo de presentación de ofertas: Quince (15) días naturales a contar del siguiente a la publicación de este anuncio en el «Boletín Oficial» de la provincia. 4. Entidad adjudicadora: a. Organismo: Ayuntamiento de Sevilla. b. Dependencia que tramita el expediente: Servicio de Participación Ciudadana. c. Número de expediente: 2012/0401/0633. d. Expediente alternativo: 158/ Tramitación, procedimiento y forma de adjudicación: a. Tramitación: Ordinaria. b. Procedimiento: Procedimiento abierto con más de un criterio de adjudicación. 6. Garantía provisional: No. 7. Obtención de documentación e información: a. Entidad, domicilio, localidad, teléfono: Excelentísimo Ayuntamiento de Sevilla, Servicio de Participación Ciudadana, plaza Calderón de la Barca s/n. (Palacio Marqueses de la Algaba) Sevilla. Teléfono: Fax: b. Fecha límite de obtención de documentos e información: El día anterior al del final del plazo de presentación de proposiciones. 8. Documentación a presentar: a. Clasificación: La exigida en el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares. b. Lugar: Registro General del Ayuntamiento de Sevilla, calle Pajaritos número 14, Sevilla Criterios de adjudicación: Valoración y acreditación. Los establecidos en el Anexo I del Pliego de Condiciones Jurídico-Administrativas de carácter particular. 10. Apertura de ofertas: Dirección, localidad, fecha y hora: Se comunicará previamente mediante fax. 11. Los gastos de publicación de este anuncio serán de cuenta del/los adjudicatario/s. 12. Página web donde figuran informaciones relativas a la convocatoria o pueden obtenerse los pliegos: Perfil del Contratante del Ayuntamiento de Sevilla, En Sevilla a 29 de junio de El Secretario General, Luis Enrique Flores Domínguez. 8W-8681-P ALCALÁ DE GUADAÍRA Don Antonio Gutiérrez Limones, Alcalde Presidente del Ayuntamiento de esta ciudad. Hace saber: Que por resolución de la Sra. Concejal-Delegada del Área de Gobernanza y Evaluación de este Ayuntamiento, número 1587/2012, de fecha 18 de junio del presente, se han aprobado los padrones de tasas de cocheras y basura urbana, el padrón de basuras de industriales y profesionales (industrial), y el padrón de impuesto sobre gastos suntuarios, (cotos de caza y pesca), así como el padrón de ocupación del dominio público local con cajeros automáticos correspondientes al ejercicio Durante el plazo de un (1) mes, siguiente a la publicación de este edicto en el «Boletín Oficial» de la provincia, pueden examinarse los citados padrones en las oficinas municipales del Servicio de Gestión Tributaria Municipal, sita en calle Rafael Santos número 6, 2ª planta, de esta localidad. (Artículo 26 de la Ordenanza general sobre gestión, recaudación e inspección). Contra el acto de aprobación del padrón y de las liquidaciones en los mismos incorporadas, podrá formularse, el recurso de reposición ante la autoridad u órgano que lo dicto, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de finalización del periodo de exposición pública del padrón (artículo 14.2.c del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales y artículo 26.3 de la Ordenanza general sobre gestión, recaudación e inspección). En Alcalá de Guadaíra a 18 de junio de El Alcalde Presidente, Antonio Gutiérrez Limones. Don Antonio Gutierrez Limones, Alcalde Presidente del Ayuntamiento de esta ciudad. Hace saber: Que por resolución de la Sra. Concejal-Delegada del Área de Gobernanza y Evaluación de este Ayuntamineto, número 1588/2012, de fecha 18 de junio del presente de este Ayuntamiento se ha aprobado el padrón del impuesto de actividades económicas, correspondiente al ejercicio Durante el plazo de un (1) mes, siguiente a la publicación de este edicto en el «Boletín Oficial» de la provincia, pueden examinarse los citados padrones en las oficinas municipales del Servicio de Gestión Tributaria Municipal, sita en calle Rafael Santos número 6, 2ª planta, de esta localidad. (Artículo 26 de la Ordenanza general sobre gestión, recaudación e inspección). Contra el acto de aprobación del padrón y de las liquidaciones en los mismos incorporadas, podrá formularse, el recurso de reposición ante la autoridad u órgano que lo dicto, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de finalización del periodo de exposición pública del padrón (artículo 14.2.c del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales y artículo 26.3 de la Ordenanza general sobre gestión, recaudación e inspección). En Alcalá de Guadaíra a 18 de junio de El Alcalde Presidente, Antonio Gutiérrez Limones. 8W-8502 ALCALÁ DE GUADAÍRA La Junta de Gobierno Local, en la sesión celebrada con carácter ordinario el día 22 de junio de 2012, acordó aprobar la convocatoria para la concesión de subvenciones a entidades sociales sin ánimo de lucro para el fomento de actividades de utilidad pública, interés social o promoción de una finalidad pública para el año 2012, cuyo tenor literal es el siguiente: CONVOCATORIA DE CONCESIÓN DE SUBVENCIONES PARA ENTIDA- DES SOCIALES SIN ÁNIMO DE LUCRO, PARA EL FOMENTO DE ACTI- VIDADES DE UTILIDAD PÚBLICA, INTERÉS SOCIAL O PROMOCIÓN DE UNA FINALIDAD PÚBLICA PARA EL AÑO 2012 Artículo 1. Objeto. El Ayuntamiento de Alcalá de Guadaíra convoca concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, a entidades sociales sin ánimo de lucro establecidas en este municipio, cuyo ámbito de actuación esté directamente relaciona-

16 16 Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 158 Lunes 9 de julio de 2012 do con las funciones de los Servicios Sociales, para facilitarles los medios que le permitan la ejecución de su proyecto, acción, conducta o actuación financiada y que tenga por objeto el fomento de una actividad de utilidad pública, de interés social o promoción de una finalidad pública. La presente convocatoria se regirá por las bases generales aprobadas por acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de 21 de mayo de 2009, publicada en «Boletín Oficial» de la provincia de Sevilla número 164/2009, de 17 de julio, por las que se establecen los criterios y el procedimiento para la concesión de dichas subvenciones, las cuales deberán ir destinadas a: 1. Favorecer la prevención de situaciones de riesgo y la integración social de los sectores de población en que concurran especiales circunstancias de exclusión, desigualdad o necesidad social. 2. Procurar la atención y promoción de colectivos socialmente desfavorecidos o en situación de riesgo y/o exclusión social. 3. Apoyar las iniciativas que potencien la participación social y la solidaridad. 4. Impulsar el desarrollo de proyectos que complementen las actuaciones municipales en materia de servicios sociales. Artículo 2. Financiación. Para financiar esta acción, dotada con treinta y dos mil euros (32.000,00 ), se prevé en el vigente presupuesto municipal la partida B Artículo 3. Beneficiarios. Las subvenciones podrán ser solicitadas por las entidades sociales sin ánimo de lucro establecidas en Alcalá de Guadaíra y, que reúnan los siguientes requisitos: Que su sede social se halle en el municipio de Alcalá de Guadaíra o disponga en este de al menos un local con actividad permanente. Que estén inscritas en el Registro Municipal de Asociaciones con un año de antelación al de la solicitud se subvención. Que sus fines estatutarios estén relacionados con la atención a las necesidades sociales, la prevención de dificultades sociales y/o el desarrollo social; la promoción de la educación para la salud, la participación y la solidaridad; la integración de colectivos en situación de riesgo y/o exclusión social. Que dispongan de la estructura suficiente para garantizar el desarrollo del proyecto cuya subvención se solicita. Que no contravengan lo regulado en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. Artículo 4. Solicitudes. 1. La solicitud se formulará conforme al modelo que figura como anexo I instancia-solicitud de la presente convocatoria, dirigida al sr. Alcalde-presidente del Ayuntamiento de Alcalá de Guadaíra, y estará firmada por quien ostente la representación legal de la entidad y acompañada de la siguiente documentación: Fotocopia del CIF de la entidad y del DNI de la persona que representa legalmente. Fotocopia compulsada de los estatutos de la entidad, adaptados a la normativa vigente en materia de asociaciones. Proyecto de actividades que incluya todos los datos relativos a las actividades a realizar y un presupuesto desglosado de los ingresos y gastos previstos (anexo 2). Memoria de actuación en caso de proyecto ya realizado (anexo 3). Certificación bancaria donde conste el número de cuenta a nombre de la entidad solicitante en la que se efectuaría el ingreso de la subvención concedida, con indicación de todos los dígitos identificativos de la misma. Declaración responsable de no ser deudora de la Hacienda Pública y de estar al corriente de sus obligaciones con la Seguridad social, firmada por quien ostente la representación legal de la entidad (anexo 4). Declaración responsable firmada por la persona que legalmente representa a la entidad de no encontrarse inhabilitado/a para contratar con las Administraciones Públicas o para obtener subvención de las mismas y de encontrarse facultado/a para actuar en nombre de la entidad (anexo 5). Declaración responsable del/la representante legal de la entidad donde se especifiquen otros fondos recibidos o solicitados para el mismo para el mismo proyecto presentando y que, en ese caso éstos no superen el 100% de su coste, junto al compromiso de poner en conocimiento del Ayuntamiento su posterior concesión, si así ocurriera, mediante escrito dirigido a la Delegación de Servicios Sociales (anexo 5). Certificado del número de personas asociadas a la entidad a fecha de presentación de la solicitud a esta convocatoria de subvenciones (anexo 6). 2. El plazo de presentación de solicitudes será de quince (15) días naturales a contar desde el día siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial» de la provincia de Sevilla. 3. No será necesario presentar la documentación que se encuentre en poder del Ayuntamiento de Alcalá de Guadaíra, cuyo plazo de validez no expire, sustituyéndolos por declaración responsable de la persona que representa a la entidad de la vigencia de lo mismo y de que no han sido modificados desde la fecha de su presentación. En cualquier caso se hará constar los documentos presentados, su fecha de presentación y la dependencia/motivo por el que se entregaron. 4. A fin de facilitar la mejor valoración de las solicitudes presentadas a esta convocatoria, podrá requerirse una ampliación de la información contenida en el proyecto, memoria de actuación u otra documentación en cualquier momento del proceso. 5. Si la solicitud no reuniera todos los datos de identificación, tanto de la entidad solicitante como de la subvención solicitada, y/o no se acompañase a la misma de toda la documentación exigida en estas bases, se requerirá a la entidad solicitante para que subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos en el plazo máximo e improrrogable de diez (10) días, con indicación de que, si así no lo hiciera, se le tendrá por desistida de su petición, previa resolución que deberá ser dictada en los términos previstos en el artículo 71 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Artículo 5. Valoración de las solicitudes. 1. Una vez analizadas las solicitudes presentadas juntamente con sus documentos, la Comisión de Valoración emitirá dictamen y la Delegación competente en la materia objeto de subvención, formulará propuesta de resolución a la Junta de Gobierno Local. 2. la evaluación de las solicitudes será llevada a cabo por una Comisión de Valoración que estará integrada por: Presidente/a: Jefe/a del Área o Concejal en quien delegue. Concejal-Delgado/a competente en materia de Servicios Sociales. Un/a representante de cada grupo político con representación en la Corporación. Asesores, con voz y sin voto: Un/a técnico/a adscrito a los Servicios Sociales Municipales. Sr. Interventor o funcionario/a en quien delegue. Un/a representante de la entidad social reconocida por su trayectoria y labor realizada en el ámbito de la acción social y/o servicios sociales. Secretario: el de la Corporación o funcionario/a en quien deleguen.

17 Lunes 9 de julio de 2012 Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número Artículo 6. Criterios de valoración. 1. La valoración de proyectos se ajustará a los siguientes criterios: Relativos a la entidad y sus funciones, máximo quince (15) puntos. Se valorará la experiencia en el ámbito y sector de población, su estructura de gestión y capacidad técnica, antigüedad y consolidación de la entidad, capacidad de dinamización de la población, desarrollo de actuaciones y/o prestación de servicios en el propio municipio, la colaboración mantenida con el Ayuntamiento de Alcalá de Guadaíra, grado de complementariedad con las funciones de los Servicios Sociales Municipales. Relativos a la formulación del proyecto, máximo 30 puntos. Coherencia interna: justificación de la necesidad de intervención y descripción del contexto con información oportuna; definición precisa y coherente de objetivos, resultados, actividades y recursos; calendario de actuaciones; sistema de seguimiento y evaluación del proyecto. Relativos a la viabilidad y sostenibilidad del proyecto, máximo 40 puntos. Se apreciarán las medidas propuestas para asegurar que los resultados obtenidos por el proyecto tengan continuidad. Otras características del proyecto, máximo 15 puntos. Se valorará la participación de la población beneficiaria, la integración del proyecto en planes o programas de desarrollo más amplios, su carácter innovador, etc. 2. Durante el proceso de valoración se podrá citar a las entidades para clarificar o ampliar aspectos de la solicitud. Artículo 7. Resolución. 1. El procedimiento de concesión será en régimen de concurrencia competitiva, de conformidad con lo previsto en el artículo 22.1 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. 2. La Junta de Gobierno Local adoptará el pertinente acuerdo que será notificado, de acuerdo con el artículo 59 de la Ley 30/1992, a la entidad solicitante con expresión de la cuantía de la subvención, condiciones en la que se otorga y requisitos para el pago. 3. A los efectos de lo previsto en el artículo 42 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico y del Procedimiento Administrativo común, el plazo máximo para resolver las solicitudes de subvención será de tres mes contados a partir del día de la conclusión del plazo de presentación. El silencio de la Administración tendrá carácter desestimatorio. 4. En lo no previsto en esta convocatoria se estará a lo dispuesto en la Ordenanza municipal, publicada en el «Boletín Oficial» de la provincia número 128/05, de 6 de junio, que establece la normativa general de concesión de subvenciones o ayudas por este Ayuntamiento a personas o entidades, públicas o privadas, que reúnan los requisitos en cada caso exigidos, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 17.2 de la Ley General de Subvenciones. ANEXO 1 Instancia - Solicitud D/Dña..., con DNI..., domiciliado/a en..., teléfono/s / y ..., en calidad de..., de la Entidad/Asociación..., con número de Registro Municipal de Asociaciones, número de CIF..., y domicilio social en, con número de cuenta bancaria (20 dígitos)..., en la entidad..., en cumplimiento de las Bases para la concesión de subvenciones en el ámbito de la acción social a entidades sin ánimo de lucro que operan en el municipio de Alcalá de Guadaíra, Solicita: Una subvención por importe de..., para el proyecto que se adjunta denominado..., Asimismo, declara bajo su responsabilidad que: No se encuentra incursa en ninguna de las prohibiciones para obtener la condición de beneficiario señaladas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. Asumirá la diferencia, directamente o por financiación de terceros, entre el coste total del proyecto y la subvención que se obtenga, sin perjuicio de que la misma se formalice previamente a la aceptación definitiva de la subvención que se pudiera conceder. Procederá al reintegro de la cantidad concedida en el supuesto de que no fuera invertida en el proyecto subvencionado. Documentación que se anexa (señalar con una X la casilla correspondiente). Proyecto de Actividades (ANEXO 2). Fotocopia DNI. Fotocopia Compulsada Estatutos. Memoria de Actuación (ANEXO 3). Fotocopia CIF. Certificado Cuenta Bancaria. Declaración responsable de no ser deudora de la Hacienda Pública y de estar al corriente de sus obligaciones con la Seguridad Social (ANEXO 4). Declaración responsable de no encontrarse inhabilitado/a para contratar con las Administraciones Públicas o para obtener subvención de las mismas y de encontrarse facultado/a para actuar en nombre de la entidad (ANEXO 5). Declaración responsable donde se especifiquen otros fondos recibidos o solicitados para el mismo proyecto presentado y que, en ese caso, éstos no superan el 100% de su coste junto al compromiso de poner en conocimiento del Ayuntamiento su posterior concesión, si así ocurriera (ANEXO 5). Certificado del número de personas asociadas a la entidad a fecha de presentación de la solicitud a esta convocatoria de subvenciones (ANEXO 6). Alcalá de Guadaíra a, de..., de 20..., Fdo.:..., Sr. Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Alcalá de Guadaíra. ANEXO 2 Proyecto de actividades 1. Nombre del proyecto..., 2. Entidad solicitante (Nombre completo de la entidad y siglas)..., 3. Persona responsable del proyecto (Nombre y apellidos así como el cargo que ocupa en la entidad)..., 4. Descripción del proyecto (En qué consiste el proyecto, qué se va a hacer)..., 5. Fundamentación (Análisis de la situación: antecedentes, razones, necesidades y problemas detectados, datos, y mejoras y beneficios que se obtendrán que justifican la realización del proyecto)..., 6. Objetivos (Qué se quiere conseguir desarrollando el proyecto)..., General: Específicos: 7. Población a la que va dirigido (Características, edades, número aproximado, etc.)..., 8. Metodología (Cómo se va a desarrollar el proyecto/actividades, qué técnicas se van a emplear, cómo participa la población, etc.)..., 9. Actividades previstas (1) y calendario (De forma resumida tipo de actividad y número, indicando fecha y lugar de realización en que se van a desarrollar)...,

18 18 Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 158 Lunes 9 de julio de 2012 Nombre de la actividad Fecha prevista Lugar 1.- Inicio: Fin: 2.- Inicio: Fin: 3.- Inicio: Fin: (1) Cada actividad será desglosada de forma detallada en las Hojas de Actividades. 10. Presupuesto (Ingresos y gastos del proyecto) Ingresos: - Subvención solicitada al Ayuntamiento de Alcalá de Guadaíra...,. - Subvención solicitada a otras Entidades/Administraciones...,. - Aportación de la Entidad solicitante...,. - Aportación de personas beneficiarias...,. - Aportación de socio/as...,. - Otras Aportaciones...,. - Total ingresos...,. Gastos: Tipo Ayuntamiento Entidad Otras Costo solicitante administrac. Compra Material Alquileres Transporte Suministros Servicios Profesionales Otros (especificar) Total gastos 11. Evaluación (Cómo vamos a saber si se consiguen los objetivos, qué instrumentos vamos a utilizar para recoger el trabajo realizado y la opinión de la población beneficiaria, etc.) 12. Hoja de actividades (2) Nombre de la actividad..., Persona responsable..., Fecha de desarrollo (Inicio y final de la actividad)..., Lugar (Locales y/o espacios para su desarrollo)..., Recursos humanos necesarios (Especificar si se trata de personal técnico, de voluntariado, si es propio de la entidad o no, número de personas, etc.)..., Recursos materiales necesarios..., Participantes y/o personas/entidades beneficiarias (Características, número, etc.)..., Presupuesto desglosado de la actividad Importe total de la actividad..., Importe subvencionado..., Importe aportado por la entidad..., Importe aportado por..., Descripción detallada de la actividad..., Observaciones (Indicar cualquier otra información sobre la actividad que no se recoja en los apartados anteriores)..., (2) Si el proyecto consta de más de una actividad, utilizar una Hoja por cada una de ellas. El espacio reservado para cada información puede ser ampliado si es necesario, respetando los epígrafes mínimos que se solicitan. ANEXO 3 Memoria de actuación (*) 1. Nombre del proyecto..., 2. Entidad solicitante (Nombre completo de la entidad y siglas)..., 3. Persona responsable del proyecto (Nombre y apellidos así como el cargo que ocupa en la entidad)..., 4. Período de ejecución del proyecto (Fecha de inicio y finalización)..., 5. Breve descripción del proyecto (En qué ha consistido el proyecto en líneas generales)..., 6. Financiación total (Procedencia de los ingresos y cuantía de los mismos)..., Subvención municipal: Intidad solicitante: Otras aportaciones (especificar): 7. Objetivos propuestos y grado de cumplimiento..., 8. Resultados obtenidos..., 9. Actividades, grado de ejecución y costes (Indicar si se realizaron completamente, parcialmente o no se realizaron; mencionar los recursos necesarios y los que fueron empleados; indicar la fecha prevista y la fecha de ejecución real; señalar los importes; etc)..., 10. Publicidad dada al proyecto y/o actividades (Se deberá acompañar documentación acreditativa de los soportes utilizados: gráficos, escritos, sonoros o de cualquier otro tipo empleados para la divulgación del proyecto/actividades y de su financiación por la Delegación de Servicios Sociales del Ayuntamiento de Alcalá de Guadaíra)..., 11. Valoración global del proyecto (Nivel de participación de las personas/entidades beneficiarias; elementos que han influido en el desarrollo del proyecto y que no se han mencionado anteriormente; deficiencias observadas; en qué medida se han superado las dificultades/necesidades que justificaban el proyecto; recomendaciones para proyectos futuros; etc)..., 12. Observaciones (Indicar cualquier otra información que no se recoja en los apartados anteriores)..., En Alcalá de Guadaíra..., a..., de..., de 20..., Fdo.:..., El/ la Representante Legal de la Entidad (*) El espacio reservado para cada información puede ser ampliado si es necesario, respetando los epígrafes mínimos que se solicitan. ANEXO 4 Declaración responsable Al corriente Obligaciones Tributarias y Seguridad Social D./Dña..., presentante legal de la entidad..., Declara: 1.º Que la mencionada entidad está al corriente de todas sus Obligaciones Tributarias, ya sea con el Estado, la Junta de Andalucía o el Ayuntamiento de Alcalá de Guadaíra. 2.º Que se encuentra al corriente de sus obligaciones con la Seguridad Social. Alcalá de Guadaíra..., a..., de..., de 20..., El/la Representante legal de la entidad Fdo.:..., ANEXO 5 Declaración responsable No inhabilitación; Otros recursos para la misma finalidad D./Dña...., con DNI..., en su condición de representante legal de la entidad..., Declara: 1.º Que la entidad a la que representa se encuentra en la situación que fundamenta la concesión de la subvención y en las demás circunstancias previstas en las Bases Reguladoras de la Convocatoria de Subvenciones de la Delegación de Servicios Sociales del Ayuntamiento de Alcalá de Guadaíra en el ámbito de la acción social. 2.º Que no se encuentra inhabilitado/a para contratar con las Administraciones Públicas o para obtener subvención de las mismas y está facultado/a para actuar en nombre de la entidad que representa. 3.º Que la entidad solicitante (marcar la opción que proceda): No ha solicitado ni obtenido otras subvenciones o ayuda pública o privada, ni empleado ningún otro ingreso para la misma finalidad.

19 Lunes 9 de julio de 2012 Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número Ha solicitado subvenciones o ayudas a otros organismos o instituciones, en concreto a..., y su resultado ha sido: Conceder...,. Denegarla totalmente. Está en trámite. Que el importe total, incluido el solicitado en esta Convocatoria, no supera el 100 por 100 del coste del proyecto, que asciende a..., 4.º Que como representante legal de la entidad, se compromete a poner en conocimiento del Ayuntamiento de Alcalá de Guadaíra la posterior concesión de subvenciones o ayudas solicitadas a otros organismos o instituciones, si así ocurriera, mediante escrito dirigido a la Delegación de Servicios Sociales. Alcalá de Guadaíra..., a..., de..., de 20..., El/la Representante legal de la entidad Fdo:..., ANEXO 6 Certificado número de personas asociadas D./Dña..., con DNI..., en calidad de Secretario-a de la entidad..., CERTIFICA Que a la fecha de..., de..., de 20..., se encuentran inscritas y dadas de alta en el Libro de Socios de esta entidad un total de..., personas. Y para que conste a los efectos oportunos, expido la presente certificación con el V.º B.º del/la Presidente-a. En Alcalá de Guadaíra, a..., de..., de 20..., V.º B.º El/la Presidente-a El/la Secretario-a / Tesorero-a ANEXO 7 Relación clasificada de gastos y detalle de otros Ingresos o subvenciones que han financiado el proyecto Nombre del proyecto..., Nombre de la entidad..., 1. Ingresos del proyecto: Tipo de ingreso Importe Aportación de la entidad Subvención de la Delegación de Servicios Sociales del Ayuntamiento de Alcalá de Guadaíra Subvención de otros organismos públicos o privados (especificar): Otras aportaciones (especificar): Total ingresos 2. Gastos del proyecto: Tipo de gasto (1)..., Concepto..., Importe presupuesto..., Importe invertido..., Total gastos realizados..., (1) Materiales, servicios, alquileres, etc. 3. Diferencia entre ingresos y gastos: Total ingresos..., Total gastos..., Importe..., Diferencia..., 4. Relación clasificada de gastos (facturas y/o documentos justificativos): N.º de orden..., Acreedor y CIF..., Nº Factura/documento..., Concepto..., Fecha emisión factura..., Fecha de pago factura..., Importe..., Observaciones..., Suma total de facturas/documentos..., En Alcalá de Guadaíra..., a..., de..., de 20..., V.º B.º El/la Presidente-a El/La Secretario-a / Tesorero-a En Alcalá de Guadaíra a 25 de junio de El Secretario, Fernando Manuel Gómez Rincón. 8W-8505 ALCALÁ DE GUADAÍRA De conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común («BOE» número 285/1992, de 27 de noviembre), por medio del presente anuncio se practica a la Asociación de Vecinos «Qalat Chabir» la notificación del escrito para presentación de alegaciones que a continuación se transcribe, ya que habiéndose intentado la notificación en el último domicilio conocido, no se ha podido realizar. Texto del escrito que se cita: Mediante escrito de fecha 12 de enero de 2012 se requirió a esa Asociación para que, conforme a lo establecido en el artículo 8 del Reglamento del Registro Municipal de Asociaciones y otras de Entidades Ciudadanas de Alcalá de Guadaíra, presentara en este Ayuntamiento, antes del día 28 de febrero de 2012, la documentación indicada en dicho escrito. En aplicación de lo dispuesto en el citado Reglamento, el incumplimiento de dicha obligación podrá dar lugar a que este Ayuntamiento, de oficio, cancele la inscripción de esa entidad en el referido Registro, por considerarla inactiva. Lo que le comunico para que en el plazo de quince días, contados a partir del día siguiente al recibo de la recepción de este escrito, formule las alegaciones que estime pertinentes, significándole que se procederá automáticamente a la baja en el supuesto de que no se presente ninguna alegación. Alcalá de Guadaíra a 20 de junio de El Secretario, Fernando Manuel Gómez Rincón. 7W-8434 ALCALÁ DE GUADAÍRA De conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común («BOE» número 285/1992, de 27 de noviembre), por medio del presente anuncio se practica a la Asociación «Voces en Femenino» la notificación del escrito para presentación de alegaciones que a continuación se transcribe, ya que habiéndose intentado la notificación en el último domicilio conocido, no se ha podido realizar. Texto del escrito que se cita: Mediante escrito de fecha 12 de enero de 2012 se requirió a esa Asociación para que, conforme a lo establecido en el artículo 8 del Reglamento del Registro Municipal de Asociaciones y otras de Entidades Ciudadanas de Alcalá de Guadaíra, presentara en este Ayuntamiento, antes del día 28 de febrero de 2012, la documentación indicada en dicho escrito. En aplicación de lo dispuesto en el citado Reglamento, el incumplimiento de dicha obligación podrá dar lugar a que este Ayuntamiento, de oficio, cancele la inscripción de esa entidad en el referido Registro, por considerarla inactiva. Lo que le comunico para que en el plazo de quince días, contados a partir del día siguiente al recibo de la recepción de este escrito, formule las alegaciones que estime pertinentes, significándole que se procederá automáticamente a la baja en el supuesto de que no se presente ninguna alegación. Alcalá de Guadaíra a 20 de junio de El Secretario, Fernando Manuel Gómez Rincón. 7W-8435

20 20 Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 158 Lunes 9 de julio de 2012 ALCALÁ DE GUADAÍRA De conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común («BOE» número 285/1992, de 27 de noviembre), por medio del presente anuncio se practica al «Club de Patinaje Alcalá de Guadaíra» la notificación del escrito para presentación de alegaciones que a continuación se transcribe, ya que habiéndose intentado la notificación en el último domicilio conocido, no se ha podido realizar. Texto del escrito que se cita: Mediante escrito de fecha 12 de enero de 2012 se requirió a esa Asociación para que, conforme a lo establecido en el artículo 8 del Reglamento del Registro Municipal de Asociaciones y otras de Entidades Ciudadanas de Alcalá de Guadaíra, presentara en este Ayuntamiento, antes del día 28 de febrero de 2012, la documentación indicada en dicho escrito. En aplicación de lo dispuesto en el citado Reglamento, el incumplimiento de dicha obligación podrá dar lugar a que este Ayuntamiento, de oficio, cancele la inscripción de esa entidad en el referido Registro, por considerarla inactiva. Lo que le comunico para que en el plazo de quince días, contados a partir del día siguiente al recibo de la recepción de este escrito, formule las alegaciones que estime pertinentes, significándole que se procederá automáticamente a la baja en el supuesto de que no se presente ninguna alegación. Alcalá de Guadaíra a 20 de junio de El Secretario, Fernando Manuel Gómez Rincón. 7W-8436 BORMUJOS Por resolución n.º 791/12 de la Alcaldía, de fecha 19 de junio de 2012, ha sido aprobado el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares que ha de seguir el procedimiento abierto, a la oferta económicamente más ventajosa, con varios criterios de adjudicación, para la contratación de Servicio de Ayuda a Domicilio, el cual se expone por plazo de ocho días, contados a partir del siguiente al de la inserción de este anuncio en el «Boletín Oficial» de la provincia, para que puedan presentarse reclamaciones. Simultáneamente se anuncia procedimiento abierto, si bien la licitación se aplazará, cuando resulte necesario, en el supuesto de que se formulen reclamaciones contra el Pliego de Condiciones. 1. Entidad adjudicadora: a) Organismo: Alcaldesa-Presidenta del Ayuntamiento de Bormujos. b) Dependencia que tramita el expediente: Secretaría General. 2. Objeto del contrato: a) Descripción del servicio: Servicio de Ayuda a Domicilio. b) Lugar de ejecución: Usuarios del Servicio de Ayuda a Domicilio de Bormujos c) Plazo de ejecución: Un año. 3. Tramitación, procedimiento y forma de adjudicación: a) Tramitación: Ordinaria. b) Procedimiento: Abierto. c) Forma: Oferta económicamente más ventajosa con varios criterios de adjudicación. 4. Presupuesto base de licitación y criterios de selección para la adjudicación de la obra: a) Presupuesto base de licitación: 12,50 euros/hora, más 4% de IVA. b) Criterios de selección para la adjudicación de la obra por orden decreciente de importancia: Criterio económico (60%). Mayor calidad técnica del proyecto (40%). 5. Garantías: Provisional: No se exige. Definitiva: Equivalente al 5% del precio de adjudicación, en la forma prevista en el Pliego de Cláusulas Administrativas. 6. Obtención de documentos e información: a) Entidad: Ayuntamiento de Bormujos. b) Domicilio: Plaza de Andalucía, s/n. c) Localidad y código postal: Bormujos, d) Teléfono: e) Telefax: f) Dirección de Internet del Perfil del contratante: g) Fecha límite de obtención de documentos e información: La misma que de presentación de ofertas. 7. Presentación de ofertas: a) Fecha límite de presentación: Finalizará a los quince días naturales, contados desde el día siguiente al de la fecha de publicación del anuncio en el «Boletín Oficial» de la provincia y hasta las 14 horas (si el último día de presentación de proposiciones coincidiese con sábado o festivo, se trasladará al primer día hábil siguiente). b) Documentación a presentar: La especificada en el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares (Base 8.ª). c) Lugar de presentación: Secretaría General del Ayuntamiento de Bormujos, avda. de Andalucía, s/n. 8. Requisitos de solvencia del contratista: Base 8.ª del PCAP. 9. Apertura de ofertas: a) Entidad: Ayuntamiento de Bormujos. b) Domicilio: Avenida de Andalucía, s/n. c) Localidad: Bormujos. d) Lugar: Salón de Actos. e) Fecha: El quinto día hábil siguiente a aquel en que termina el plazo de presentación de ofertas, salvo anuncio de presentación por correo. f) Hora: horas. 10. Gastos de anuncio: A cargo del adjudicatario. Bormujos a 19 de junio de La Alcaldesa, Ana M.ª Hermoso Moreno. 7W-8249-P BURGUILLOS Don Domingo Delgado Pino, Alcalde del Ayuntamiento de esta villa. Hace saber: Que en la Intervención Municipal, conforme los arts. 169 y 177 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se encuentra expuesto a efectos de reclamaciones el expediente 2/2012 de Modificación de Crédito Extraordinario mediante anulaciones o bajas de créditos de otras partidas del presupuesto vigente, aprobado inicialmente por la Corporación en Pleno en sesión extraordinaria celebrada el día 29 de marzo de Los interesados que estén legitimados según lo dispuesto en el artículo 170 del Texto Refundido y por los motivos taxativamente enumerados en dicho artículo podrán presentar reclamaciones conforme a los siguientes trámites: Plazo de exposición y admisión de reclamaciones: Quince días hábiles a partir del siguiente de la fecha de inserción de este anuncio en el «Boletín Oficial» de la provincia.

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