ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL

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1 ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL PROYECTO NUEVO IDENTIFICADO COMO Construcción, Operación y Mantenimiento del Sistema de Alcantarillado Sanitario y Pluvial de La Parroquia Laurel Realizado por: IPSOMARY S.A. Septiembre 2014

2 Resumen Ejecutivo del Estudio de Impacto Ambiental y Plan de Manejo Ambiental ANTECEDENTES RESUMEN EJECUTIVO Los antecedentes del proceso de regulación ambiental es el cumplimiento de la Normativa Ambiental expresado en el Acuerdo Ministerial 006: Reformar el Título I y IV del Texto Unificado de Legislación Secundaria del Ministerio del Ambiente: Art 13. Sustitúyase el artículo 35 del capítulo IV del Título I del libro VI del Texto Unificado de Legislación Ambiental por lo siguiente: De la Falta de licencias Ambientales.- los proyectos obras o actividades nuevas y en funcionamiento deben cumplir con el proceso de regularización ambiental de conformidad con este Reglamento, Manuales y Procedimientos, Normativa Ambiental Aplicable, obteniendo la licencia ambiental correspondiente, en caso de no hacerlo serán objeto de sanciones previstas en la normativa ambiental aplicable; a cargo de la autoridad ambiental competente, sin perjuicio de las acciones civiles, penales o administrativas que se deriven de su incumplimiento Como al cumplimiento del oficio 4934-DGA-GPG-2014, que aprueban los Términos de Referencia (TdRs) para la elaboración del Estudio de Impacto Ambiental y Plan de Manejo Ambiental, del Nuevo Proyecto identificado como Construcción, Operación y Mantenimiento del Sistema de Alcantarillado Sanitario y Pluvial de La Parroquia Laurel. Es por ello, que el GAD de la Ilustre Municipalidad del Cantón Daule, contrata los servicios de IPSOMARY S.A. para la elaboración del estudio. JUSTIFICACIÓN El Gobierno Autónomo Descentralizado de la Ilustre Municipalidad del Cantón Daule (Promotor) impulsando el desarrollo del área de saneamiento, prevé mejorar la calidad y la cobertura de los servicios de infraestructura sanitaria paralelamente al crecimiento poblacional y consecuente a la demanda de los mismos. Dentro de las políticas para la atención a sus habitantes, el GAD municipal ha realizado estudios del sistema de Alcantarillado Sanitario y Pluvial para la Parroquia Laurel; esto con la finalidad de dotar y cubrir las demandas requeridas de saneamiento para la población beneficiada. La realidad en que se halla inmersa la población al no contar con un sistema eficiente de cobertura y tratamiento de las aguas servidas, hace que en calidad de autoridades del cantón se ejecuten las acciones tendientes a solventar los problemas que se presentan con relación a la cobertura del servicio y a la calidad del tratamiento I

3 Resumen Ejecutivo del Estudio de Impacto Ambiental y Plan de Manejo Ambiental El sistema actual con el que se cuenta la población es pozos sépticos los cuales llegan a ser un sistema no saludable para la población y el ambiente, además de que en ciertos sectores la descargas de las aguas se las realiza directamente al cuerpo hídrico. Por lo que es trascendental desarrollar el sistema de alcantarillado sanitario y Pluvial de la parroquia Laurel, en conjunto con el sistema de tratamiento de las aguas residuales domésticas previo a su descarga al Río Pula. MARCO LEGAL El Marco Legal Ambiental en el cual se sustenta el presente estudio es el siguiente: INSTRUMENTO Constitución de la República del Ecuador. Código Orgánico Integral Penal. Ley de Gestión Ambiental (Codificación 19). Ley de Prevención y Control de la Contaminación Ambiental. DOCUMENTO CITADO R.O. Nº Octubre 20, Registro Oficial Nº Lunes 10 de febrero de 2014 R.O. Suplemento No Septiembre, R.O. Suplemento No Septiembre, Ley de Defensa Contra Incendios. 9 de Marzo del 2009 Ley Orgánica de Salud. Ley 67, R. O. Suplemento No Diciembre, Ley de Aguas Codificación R.O. No Mayo, Ley Forestal y de Conservación de Áreas Naturales y Vida Silvestre Ley para la conservación y Uso sustentable de la biodiversidad Suplemento Viernes, 10 de septiembre del R. O. No. 418 II

4 Resumen Ejecutivo del Estudio de Impacto Ambiental y Plan de Manejo Ambiental INSTRUMENTO DOCUMENTO CITADO Código de Salud R.O. No. 158, 8 Febrero, Texto Unificado de Legislación Ambiental Secundaria del Ministerio del Ambiente (TULSMA). R.O. Edición Especial Nº 2 - Marzo 31, Libro IV De La Biodiversidad TULSMA. Libro IV, Título VII y VIII Reglamento a la Ley de Gestión Ambiental para la Prevención y Control de la Contaminación Ambiental. TULSMA. Libro VI, Título IV. Reglamento para la prevención y control de la contaminación por sustancias químicas peligrosas, Desechos peligrosos y especiales TULSMA. Libro VI, Título V. Acuerdo Ministerial 161 del 01 de Febrero del 2012 Norma de Calidad Ambiental y de Descarga de Efluentes: Recurso Agua. TULSMA. Libro VI, Anexo 1 Norma de Calidad Ambiental del Recurso Suelo y Criterios de Remediación para Suelos Contaminados. TULSMA. Libro VI, Anexo 2. Norma de emisiones al aire desde fuentes fijas de combustión. Norma de calidad del aire ambiente o Nivel de inmisión. Límites Máximos Permisibles de Niveles de Ruido Ambiente para Fuentes Fijas y para Vibraciones. Norma de Calidad Ambiental para el Manejo y Disposición Final de Desechos Sólidos Nopeligrosos. TULSMA. Libro VI, Anexo 3. TULSMA. Libro VI, Anexo 4. Acuerdo Ministerial No. 50, publicado en Registro Oficial 464 de 7 de Junio del 2011 TULSMA. Libro VI, Anexo 5. TULSMA. Libro VI, Anexo 6. III

5 Resumen Ejecutivo del Estudio de Impacto Ambiental y Plan de Manejo Ambiental INSTRUMENTO DOCUMENTO CITADO Reglamento sustitutivo al reglamento ambiental para las Operaciones Hidrocarburíferas en el Ecuador. R.O. Nº 265 del 13 de febrero del Reglamento de Prevención, Mitigación y protección contra Incendios R.O. No. 114 Abril, 2009 Reglamento de Seguridad y Salud para la Construcción y Obras Públicas. Reglamento de Seguridad y Salud de los Trabajadores y Mejoramiento del Medio Ambiente de Trabajo. Acuerdo Ministerial N 068 R.O. No. 249 Jueves 10 de Enero del 2008 R.O. No Noviembre 17, Reformado mediante R.O. No. 374, Febrero 4, 1994 Publicado en el Registro oficial 033 del Acuerdo Ministerial 006 Acuerdo Ministerial 026: Procedimientos para Registro de Generadores de Desechos Peligrosos, Gestión de Desechos Peligrosos previo al Licenciamiento Ambiental, y para el Transporte de Materiales Peligrosos. Acuerdo Ministerial 142. Expedir los listados nacionales de sustancias químicas peligrosas, desechos peligrosos y especiales Acuerdo Ministerial 066. Instructivo al Reglamento de Aplicación de los Mecanismos de Participación Social establecido en el Decreto Ejecutivo No , publicado en el Registro Oficial No. 332 del 08 de mayo del 2008 Publicado el 18 de febrero del R.O. No. 334 Mayo 12, Registro Oficial Suplemento 856 de 21 de diciembre de 2012 R.O. Nº Lunes 15 de julio de 2013 IV

6 Resumen Ejecutivo del Estudio de Impacto Ambiental y Plan de Manejo Ambiental INSTRUMENTO DOCUMENTO CITADO Decreto Ejecutivo Reglamento de aplicación de los mecanismos de Participación Social establecidos en la Ley de Gestión Ambiental. R.O. Nº 332 Mayo 8, Ordenanza que pone en vigencia y aplicación al Subsistema de Evaluación de Impactos Ambientales del Gobierno Provincial del Guayas R.O. Nº 62 (Edición Especial) - 18 de Agosto del 2010 Instructivo Para la Regularización y Seguimiento Ambiental de Proyectos, Obras o Actividades en la Provincia del Guayas NTE INEN 2266:2013 Transporte, Almacenamiento y Manejo de Productos Químicos Peligrosos. Requisitos. NTE INEN 2288:2000 Productos Químicos Industriales Peligrosos. Etiquetado de Precaución. Requisitos. Publicado en la Página web del Gobierno Provincial del Guayas Año 2013 Año 2000 Norma Técnica Ecuatoriana NTE ISO :2013 Año 2013 Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización (COOTAD) R.O. No Octubre, Convenio de Basilea Convenio de Estocolmo sobre Contaminantes Orgánicos Persistentes (COPs) Convenio de Rotterdam Protocolo de Kioto Naciones Unidas 1998 V

7 Resumen Ejecutivo del Estudio de Impacto Ambiental y Plan de Manejo Ambiental INSTRUMENTO Acuerdo Regional sobre Movimiento Transfronterizos de Desechos Peligrosos, Panamá, República de Panamá DOCUMENTO CITADO Año 1992 UBICACIÓN DEL PROYECTO La Parroquia Rural Laurel, se encuentra ubicado a 56 km al norte del cantón Guayaquil en la vía hacia Balzar, a un lado de la mencionada carretera a orillas del río Pula. Su ubicación geográfica es: Punto Coordenadas geográficas del proyecto Ubicación (Sistema geo-referenciado WGS 84) X Y TIPO Polígono Polígono Polígono Polígono Polígono Polígono Polígono Polígono Polígono Polígono VI

8 Resumen Ejecutivo del Estudio de Impacto Ambiental y Plan de Manejo Ambiental Punto Ubicación (Sistema geo-referenciado WGS 84) X Y TIPO Polígono Polígono Polígono Polígono Polígono CARACTERIZACIÓN Y DIAGNÓSTICO DEL ÁREA REFERENCIAL DEL PROYECTO (LÍNEA BASE) La caracterización abarca la descripción del medio físico, medio biótico y aspectos socioeconómicos y culturales de la población que habita en la Zona de Influencia (ZIA), en donde se va a desarrollar el proyecto. En el medio físico se abordan temas tales como: Geología, geomorfología, hidrología, climatología, usos de suelos, calidad del agua, aire y paisaje natural; en este caso los factores físicos del área de estudio se encuentran inmersos al crecimiento urbano industrial, lo relevante en este sector fue el Río Pula y El Estero Cañal. Respecto al medio biótico la vegetación primaria ha sido retirada dando paso al crecimiento y mejora de la parroquia, a través de la edificación de viviendas y obras públicas, como las actividades agrícolas en las afueras del centro poblado, en su mayoría cultivos de arroz. Durante el recorrido en el área de influencia donde se ubicará el sistema de alcantarillado sanitario y pluvial de la parroquia Laurel, realizado por el equipo auditor, no se identificó especies de fauna y flora única, raras o en peligro. En cuanto al medio socioeconómico en el área referencial del proyecto del sistema de alcantarillado sanitario y pluvial de la parroquia Laurel, se evidenció que la población presenta diversas maneras de generación económica, tales como: Tiendas (víveres), así también en el área de influencia se observó lo enunciado a continuación: Sub Centro de Salud - dirigido por la Dra. Nicole Corella. VII

9 Resumen Ejecutivo del Estudio de Impacto Ambiental y Plan de Manejo Ambiental Colegio Fiscal Técnico Laurel Rectora Lcda. Aracely Segura. Instalaciones del Gobierno Autónomo Descentralizado parroquial de Laurel Presidente Sr. Fausto Moran Cesme. Escuela de Educación Básica N 1 Padre Juan de Velasco Director Lic. Blas Ron Alvarado. Instalaciones de los Bomberos de la parroquia Laurel dirigido por el Mayor Eddy Castro Iglesia Católica Parroquia Santa María de Laurel párroco Padre Jorge Aviles. Destacamento de Laurel dirigido por el Sargento Moreno Florencio (Comisión de Tránsito del Ecuador) DESCRIPCIÓN DEL PROYECTO Para el Nuevo Proyecto identificado como Construcción, Operación y Mantenimiento del Sistema de se prevé dos etapas cada una con un ciclo de vida: lo cual es detallado a continuación: o o El tiempo estimado para la etapa Constructiva es de diez (10) meses a partir de la obtención de los respectivos permisos y considerando que las condiciones climáticas lo permitan, tiempo en el cual culminará la construcción del Sistema de Alcantarillado Sanitario y Pluvial de la Parroquia Laurel. Mientras que para la Etapa de Operación y mantenimiento el Ciclo de vida de las Instalaciones será aproximadamente hasta el año 2035 Es de resaltar que el proyecto ha sido diseñado para cubrir una demanda de población de habitantes (año 2035) por lo que no se prevé proyecciones de ampliación. El sistema de aguas servidas está compuesto por red de colectores, estación de bombeo, tanque séptico de cámaras en serie, filtro anaerobio de flujo ascendente y disposición final en el río Pula. Fase de construcción de acuerdo al ciclo de vida Colocación de Campamento y obras provisionales Desbroce de áreas con arbustos y arboles Excavación y movimiento de tierra Movimiento de maquinarias y equipos Construcción de obras de hormigón armado Colocación de tuberías Abandono de la fase de construcción VIII

10 Resumen Ejecutivo del Estudio de Impacto Ambiental y Plan de Manejo Ambiental Es de mencionar que en las actividades de abandono de la fase de construcción se considera el desalojo de desechos y retiro de obras provisionales que se hayan instalado en el área. Fase de Operaciones y Mantenimiento de acuerdo al ciclo de vida Mantenimiento de las cajas de revisión y estación de bombeo Descarga de aguas en el cuerpo hídrico Operación y mantenimiento del sistema de tratamiento del agua residual Desalojo de residuos sólidos y lodos PLAN DE MANEJO AMBIENTAL El Plan de Manejo Ambiental para la etapa de construcción y el Plan de Manejo Ambiental para la etapa de operación del Proyecto Alcantarillado Sanitario y Pluvial de la Parroquia Rural Laurel del cantón Daule en la provincia del Guayas, está estructurado en subplanes de manejo, los mismos que identifican lo siguiente: Nombre del Plan Nombre el programa Identificación del programa, la numeración está compuesta por las letras que identifiquen el Plan, seguido de la numeración ordinal del programa. Objetivo, Responsable y Lugar de aplicación de cada uno de los programas. Aspecto ambiental Impacto ambiental Medidas propuestas Indicadores (Control y seguimiento cuantitativo) Medio de verificación Plazo (medido en meses) En cuanto a los planes que contendrá el Plan de Manejo Ambiental aplicable para la fase de construcción del Proyecto Alcantarillado Sanitario y Pluvial Parroquia Rural Laurel del cantón Daule en la provincia del Guayas están detallados a continuación: Plan de análisis de riesgos y de alternativas de prevención Plan de prevención y mitigación de impactos Plan de manejo de desechos Plan de comunicación, capacitación y educación ambiental Plan de relaciones comunitarias Plan de contingencias Plan de seguridad y salud en el trabajo Plan de monitoreo y seguimiento Plan de abandono y entrega del área Plan de rehabilitación de áreas afectadas IX

11 Estudio de Impacto Ambiental y Plan de Manejo Ambiental del Proyecto nuevo identificado como Construcción, Operación y Mantenimiento del Sistema de Alcantarillado Sanitario y Pluvial de La Parroquia Laurel 1. Resumen Ejecutivo El Resumen Ejecutivo contiene la información relevante de fácil utilización para los revisores y ejecutores del proyecto nuevo identificado como Construcción, Operación y Mantenimiento del Sistema de Alcantarillado Sanitario y Pluvial de la parroquia Laurel, el mismo que se presenta por separado de informe principal

12 2. Índice Estudio de Impacto Ambiental y Plan de Manejo Ambiental El índice se encuentra organizado de tal manera que el EsIA sea de fácil utilización para los revisores y ejecutores del proyecto nuevo identificado como Construcción, Operación y Mantenimiento del Sistema de Alcantarillado Sanitario y Pluvial de la parroquia Laurel : 1. Resumen Ejecutivo Índice Ficha Técnica Siglas y abreviaturas Marco Legal e Institucional Constitución de la República del Ecuador (Actualizado a octubre del 2008) Código Orgánico Integral Penal. 10 febrero, Ley de Gestión Ambiental. Suplemento N septiembre, Ley de Prevención y Control de la Contaminación Ambiental. R.O. Suplemento N 418 del 10 de septiembre del Ley de la Defensa Contra Incendios. 9 de marzo del Ley Orgánica de la Salud. R.O de diciembre, Ley de Aguas Codificación : R.O. No Mayo, Ley Forestal y de Conservación de Áreas Naturales y Vida Silvestre. Suplemento Viernes, 10 de septiembre del R. O. No Ley para la conservación y Uso sustentable de la biodiversidad Ley de aguas Codificación Código de Salud. R.O. No. 158, 8 Febrero, Texto Unificado de Legislación Ambiental Secundaria del Ministerio del Ambiente (TULSMA). R.O. Edición Especial Nº 2 - Marzo 31, De la Biodiversidad. TULSMA. Libro IV Reglamento a la Ley de Gestión Ambiental para la Prevención y Control de la Contaminación Ambiental. TULSMA. Libro VI, Título IV Reglamento para la prevención y control de la contaminación por sustancias químicas peligrosas, Desechos peligrosos y especiales. TULSMA. Libro VI, Título V. Acuerdo Ministerial 161 del 01 de Febrero del Reglamento sustitutivo al reglamento ambiental para las Operaciones Hidrocarburíferas en el Ecuador. R.O. Nº 265 del 13 de febrero del Reglamento de Prevención, Mitigación y protección contra Incendios. R.O. No. 114 Abril, Reglamento de Seguridad y Salud para la Construcción y Obras Públicas Reglamento de Seguridad y Salud de los Trabajadores y Mejoramiento del Medio Ambiente de Trabajo Acuerdo Ministerial N 068. Publicado en el Registro oficial 033 del Acuerdo Ministerial 006. Publicado el 18 de febrero del

13 5.22 Acuerdo Ministerial 026: Procedimientos para Registro de Generadores de Desechos Peligrosos, Gestión de Desechos Peligrosos previo al Licenciamiento Ambiental, y para el Transporte de Materiales Peligrosos. R.O. No. 334 Mayo 12, Acuerdo Ministerial 142. Expedir los listados nacionales de sustancias químicas peligrosas, desechos peligrosos y especiales. Registro Oficial Suplemento 856 de 21 de diciembre de Decreto Ejecutivo Reglamento de aplicación de los mecanismos de Participación Social establecidos en la Ley de Gestión Ambiental. R.O. Nº 332 Mayo 8, Acuerdo Ministerial 066. Instructivo al Reglamento de Aplicación de los Mecanismos de Participación Social establecido en el Decreto Ejecutivo No , publicado en el Registro Oficial No. 332 del 08 de mayo del R.O. Nº Lunes 15 de julio de Ordenanza que pone en vigencia y aplicación al Subsistema de Evaluación de Impactos Ambientales del Gobierno Provincial del Guayas. R.O. Nº 62 (Edición Especial) - 18 de Agosto del NTE INEN 2266:2013 Transporte, Almacenamiento y Manejo de Productos Químicos Peligrosos. Requisitos NTE INEN 2288:2000 Productos Químicos Industriales Peligrosos. Etiquetado de Precaución. Requisitos Norma Técnica Ecuatoriana NTE ISO : Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización (COOTAD). R.O. No Octubre, Convenios Internacionales Convenio de Brasilia Convenio de Estocolmo sobre Contaminantes Orgánicos Persistentes (COPs) Convenio de Rotterdam Protocolo de Kioto Acuerdo Regional sobre Movimiento Transfronterizos de Desechos Peligrosos, Panamá, República de Panamá 11 de Diciembre del Marco Institucional Definición del Área Referencial Caracterización y diagnóstico del Área Referencial del Proyecto (línea base) Caracterización socio ambiental Medio Físico Paisaje Natural Elementos Abióticos Elementos Bióticos Elementos Antrópicos Fase de campo Flora

14 Fauna Potenciales amenazas al ecosistema Socio económico Perfil Demográfico Alimentación y Nutrición Salud Educación Vivienda Actividades productivas Turismo Arqueología Transporte Inventario forestal y Valoración económica por la remoción de la cobertura vegetal Identificación de sitios contaminados o fuentes de contaminación Diagnóstico Ambiental Descripción del proyecto Antecedentes Objetivos Objetivo general Objetivos específicos Justificación Ubicación Ciclo de vida Costos Requisitos operacionales (documentos Legales) Procesos Actividades Fase de construcción de acuerdo al ciclo de vida Fase de Operaciones y Mantenimiento de acuerdo al ciclo de vida Listado de Insumos requeridos Listado de Mano de obra requerida Cronograma de construcción del Proyecto Responsabilidades Operativas Sustentabilidad del proyecto Distancias existentes Análisis de Alternativa Identificación, Evaluación y Valoración de Impactos Ambientales Introducción Metodología Parámetros de calificación y valoración de Impactos Parámetros de calificación Valoración de los Impactos

15 10.4 Identificación de las actividades a llevarse a cabo durante la Etapa de Construcción, Operación y Mantenimi9ento del Proyecto Impactos sobre la Línea Base Ambiental en la Etapa de Construcción, Operación y Mantenimiento del Proyecto Componentes de la Línea Base Impactos sobre el Componente Físico Impactos sobre del Recurso Agua Impacto sobre del recurso suelo Impactos sobre el componente Biótico Impactos sobre el Componente Socioeconómico Evaluación de los Impactos Ambientales generados durante la Etapa de Construcción, Operación y Mantenimiento del proyecto Matriz de Identificación de Impactos Ambientales Matrices de Evaluación Cuali Cuantitativa de los Impactos Ambientales Análisis de riesgo Riesgos del Proyecto al ambiente Riesgos del ambiente al proyecto Determinación del Área de Influencia o de Gestión Área de Influencia o de Gestión Área de Influencia directa Áreas sensibles Plan de manejo ambiental Plan de manejo ambiental Plan de manejo ambiental en la fase de construcción Plan de análisis de riesgos y de alternativas de prevención Plan de prevención y mitigación de impactos Plan de manejo de desechos Plan de comunicación, capacitación y educación ambiental Plan de relaciones comunitarias PLAN DE CONTINGENCIAS Plan de seguridad y salud ocupacional Plan de monitoreo y seguimiento Plan de abandono y entrega del área Plan de rehabilitación de áreas afectadas Plan de manejo ambiental de la fase de operación, mantenimiento y abandono Plan de análisis de riesgos y alternativas de prevención Plan de prevención y mitigación de impactos Plan de manejo de desechos Plan de comunicación, capacitación y educación ambiental Plan de relaciones comunitarias Plan de contingencias Plan de seguridad y salud en el trabajo

16 Plan de monitoreo y seguimiento Plan de abandono y entrega del área Plan de rehabilitación de áreas afectadas Cronograma valorado del plan de manejo ambiental (PMA) Glosario de Términos Referencias o bibliografía Firma de responsabilidad Anexos ÍNDICE DE TABLAS Tabla 1.- Marco Legal Ambiental Aplicable Tabla 2.- Tabla Nº 1 del Libro VI, Anexo Tabla 3.- Tabla 2 Del Reglamento de prevención de incendios Tabla 4.- Niveles Máximos de Ruido Permisibles por horas en jornada laboral Tabla 5.- Coordenadas geográficas del proyecto Tabla 6.- Temperatura media del aire en el Ecuador Semestral (enero junio) Tabla 7.- Paisaje del área referencial del sistema de alcantarillado sanitario y pluvial de la parroquia Laurel Tabla 8.- Flora Identificada en el Área de Influencia donde se Implantará el proyecto Tabla 9.- Flora identificada en el área de influencia del sistema de alcantarillado sanitario y pluvial de la parroquia Laurel Tabla 10.- Aves identificadas en el área de influencia Tabla 11.- Fauna identificada durante la realización del levantamiento biótico Tabla 12.- El Laurel, Porcentaje de la PEA por sexo, según rama de actividad año Tabla 13.- Total de viviendas particulares con personas presentes por tipo de vivienda - parroquia Laurel Tabla 14.- Total de viviendas particulares con personas presentes por tipo de material del techo o cubierta - parroquia Laurel Tabla 15.- Viviendas de Laurel Tabla 16.- Coordenadas geográficas del proyecto Tabla 17.- Cronograma valorado de construcción del sistema de alcantarillado sanitario de la parroquia Laurel Tabla 18.- Cronograma valorado de construcción del sistema de alcantarillado pluvial de la parroquia Laurel Tabla 19.- Identificación de los impactos Tabla 20.- Magnitud de los Impactos Tabla 21.- Importancia de los Impactos Tabla 22.- Parámetros de Calificación y Valoración de Impactos Tabla 23.- Valoración de los impactos Tabla 24.- Matriz de Identificación de los Impactos

17 Tabla 25.- Matriz de Evaluación de los Impactos Tabla 26.- Matriz de Análisis de Severidad de los Impactos Tabla 27.- Clasificación de los impactos significativos y no significativos por fase del proyecto Tabla 28.- Accidentes y/o emergencias que podrían presentarse durante la fase de construcción del proyecto Tabla 29.- Clasificación de contingencias previstas durante la etapa de construcción del proyecto Tabla 30.- cronograma valorado del plan de manejo ambiental (PMA) para la etapa de construcción, operación, mantenimiento y abandono ÍNDICE DE FIGURAS Figura 1.- Mapa de división política administrativa de parroquias del Cantón Daule Figura 2.- Ubicación de la parroquia Laurel en el cantón Daule de la provincia del Guayas Figura 3.- Río Pula y Estero Cañal Figura 4.- Precipitación normal semestral acumulada vs precipitación semestral acumulada Región Litoral e Insular Figura 5.- Anomalía de temperatura media de aire. Semestral (enero - junio) Figura 6.- Anomalía de la temperatura media del aire, semestre (enero - junio) Región Litoral e Insular Figura 7.- Sembríos de arroz en la parroquia Laurel Figura 8.- Grupos de edad y sexo de la población parroquial Figura 9.- Rama de actividad en Laurel Figura 10.- Prevalencia de retardo en talla (T/E -2DE) en la población de 0 a 60 meses, por provincias Figura 11.- Prevalencia de retardo en talla, y sobrepeso y obesidad en la población escolar (5 a 11 años), por provincias Figura 12.- Prevalencia de retardo en talla, y sobrepeso y obesidad en la población adolescente (12 a 19 años), por provincias Figura 13.- Prevalencia de sobrepeso (IMC ), obesidad (IMC 30.0), y, sobrepeso u obesidad (IMC 25.0) adultos (mayores de 19 años), por provincia y edad Figura 14.- Determinantes de los problemas nutricionales con enfoque de ciclo de vida Figura 15.- Recolección de basura en la parroquia Laurel Figura 16.- Mortalidad en un determinado año, expresado con relación a cada habitantes Figura 17.- Asistencia Actualmente a un establecimiento de enseñanza regular Figura 18.- Establecimientos de enseñanza regular al que asiste Figura 19.- Nivel de Instrucción Figura 20.- Eliminación de basura

18 Figura 21.- Ubicación del Proyecto Figura 22.- Mapa del área de Influencia donde se desarrollará el nuevo proyecto denominado Construcción, Operación y Mantenimiento del Sistema de Alcantarillado Sanitario y Pluvial de La Parroquia Laurel Figura 23.- Rio Pula Estero Cañal Figura 24.- Procedimientos para el caso de un derrame de combustible en tierra Figura 25.- Procedimiento para el caso de un siniestro

19 3. Ficha Técnica a) Tipo de Estudio Nombre del proyecto Dirección Actividad código CCAN Parroquia Cantón Provincia Estudio de Impacto Ambiental y Plan de Manejo Ambiental Categoría IV Construcción, Operación y Mantenimiento del Sistema de Alcantarillado Sanitario y Pluvial de La Parroquia Laurel Parroquia Laurel, Cantón Daule, Provincia del Guayas Construcción y Operación de Sistemas de Alcantarillado combinado (Alcantarillado y Planta de tratamiento) El Laurel Daule Guayas Superficie del área ,00 m 2 b) Ubicación cartográfica Ubicación (Sistema WGS 84 Zona 17 Sur) Este (X) Norte (Y)

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21 4. Siglas y abreviaturas Las siglas y abreviaturas que se utilizaron durante la elaboración del presente EsIA quedan claramente definidas y descritas en esta sección, lo que evitará al lector tener que buscar las palabras y siglas o abreviaturas en el texto. EsIA: Estudio de Impacto Ambiental PEA: La población económicamente activa PEI: Población Económicamente inactiva AID: Área de Influencia Directa MAE: Ministerio del Ambiente PMA: Plan de Manejo Ambiental PAR: Plan de análisis de riesgos y de alternativas de prevención PPM: Plan de prevención y Mitigación de Impactos PMD: Plan de Manejo de desechos PCC: Plan de comunicación, capacitación y educación ambiental PRC: Plan de relaciones comunitarias PDC: Plan de contingencia PSS: Plan de seguridad y salud Ocupacional PMS: Plan de Monitoreo y Seguimiento PCA: Plan de Abandono y entrega del área PRC: Plan de rehabilitación de áreas afectadas

22 5. Marco Legal e Institucional En este numeral se identificó el marco legal e institucional en el que se inscribe el proyecto, entre ellas: normas ambientales aplicables, normas constitucionales, tratados y convenios internacionales, leyes orgánicas, leyes ordinarias, normas regionales, ordenanzas distritales, decretos, reglamentos, ordenanzas, acuerdos y resoluciones, estándares técnicos sobre agua, suelo, aire y requerimientos establecidos en los niveles locales, nacionales, regionales e internacionales. Por lo que el Marco Legal Ambiental en el cual se sustenta el presente estudio es el siguiente: Tabla 1.- Marco Legal Ambiental Aplicable INSTRUMENTO Constitución de la República del Ecuador. Código Orgánico Integral Penal. DOCUMENTO CITADO R.O. Nº Octubre 20, Registro Oficial Nº Lunes 10 de febrero de 2014 Ley de Gestión Ambiental (Codificación 19). R.O. Suplemento No Septiembre, Ley de Prevención y Control de la Contaminación Ambiental. R.O. Suplemento No Septiembre, Ley de Defensa Contra Incendios. 9 de Marzo del 2009 Ley Orgánica de Salud. Ley 67, R. O. Suplemento No Diciembre, Ley de Aguas Codificación R.O. No Mayo, Ley Forestal y de Conservación de Áreas Naturales y Vida Silvestre Suplemento Viernes, 10 de septiembre del R. O. No. 418 Ley para la conservación y Uso sustentable de la biodiversidad

23 INSTRUMENTO DOCUMENTO CITADO Código de Salud R.O. No. 158, 8 Febrero, Texto Unificado de Legislación Ambiental Secundaria del Ministerio del Ambiente (TULSMA). R.O. Edición Especial Nº 2 - Marzo 31, Libro IV De La Biodiversidad TULSMA. Libro IV, Título VII y VIII Reglamento a la Ley de Gestión Ambiental para la Prevención y Control de la Contaminación Ambiental. TULSMA. Libro VI, Título IV. Reglamento para la prevención y control de la contaminación por sustancias químicas peligrosas, Desechos peligrosos y especiales TULSMA. Libro VI, Título V. Acuerdo Ministerial 161 del 01 de Febrero del 2012 Norma de Calidad Ambiental y de Descarga de Efluentes: Recurso Agua. TULSMA. Libro VI, Anexo 1 Norma de Calidad Ambiental del Recurso Suelo y Criterios de Remediación para Suelos Contaminados. TULSMA. Libro VI, Anexo 2. Norma de emisiones al aire desde fuentes fijas de combustión. Norma de calidad del aire ambiente o Nivel de inmisión. Límites Máximos Permisibles de Niveles de Ruido Ambiente para Fuentes Fijas y para Vibraciones. TULSMA. Libro VI, Anexo 3. TULSMA. Libro VI, Anexo 4. Acuerdo Ministerial No. 50, publicado en Registro Oficial 464 de 7 de Junio del 2011 TULSMA. Libro VI, Anexo 5. Norma de Calidad Ambiental para el Manejo y Disposición Final de Desechos Sólidos Nopeligrosos. TULSMA. Libro VI, Anexo

24 INSTRUMENTO DOCUMENTO CITADO Reglamento sustitutivo al reglamento ambiental para las Operaciones Hidrocarburíferas en el Ecuador. R.O. Nº 265 del 13 de febrero del Reglamento de Prevención, Mitigación y protección contra Incendios R.O. No. 114 Abril, 2009 Reglamento de Seguridad y Salud para la Construcción y Obras Públicas. Reglamento de Seguridad y Salud de los Trabajadores y Mejoramiento del Medio Ambiente de Trabajo. Acuerdo Ministerial N 068 R.O. No. 249 Jueves 10 de Enero del 2008 R.O. No Noviembre 17, Reformado mediante R.O. No. 374, Febrero 4, 1994 Publicado en el Registro oficial 033 del Acuerdo Ministerial 006 Acuerdo Ministerial 026: Procedimientos para Registro de Generadores de Desechos Peligrosos, Gestión de Desechos Peligrosos previo al Licenciamiento Ambiental, y para el Transporte de Materiales Peligrosos. Acuerdo Ministerial 142. Expedir los listados nacionales de sustancias químicas peligrosas, desechos peligrosos y especiales Acuerdo Ministerial 066. Instructivo al Reglamento de Aplicación de los Mecanismos de Participación Social establecido en el Decreto Ejecutivo No , publicado en el Registro Oficial No. 332 del 08 de mayo del 2008 Decreto Ejecutivo Reglamento de aplicación de los mecanismos de Participación Social establecidos en la Ley de Gestión Ambiental. Publicado el 18 de febrero del R.O. No. 334 Mayo 12, Registro Oficial Suplemento 856 de 21 de diciembre de 2012 R.O. Nº Lunes 15 de julio de 2013 R.O. Nº 332 Mayo 8,

25 INSTRUMENTO DOCUMENTO CITADO Ordenanza que pone en vigencia y aplicación al Subsistema de Evaluación de Impactos Ambientales del Gobierno Provincial del Guayas R.O. Nº 62 (Edición Especial) - 18 de Agosto del 2010 Instructivo Para la Regularización y Seguimiento Ambiental de Proyectos, Obras o Actividades en la Provincia del Guayas Publicado en la Página web del Gobierno Provincial del Guayas NTE INEN 2266:2013 Transporte, Almacenamiento y Manejo de Productos Químicos Peligrosos. Requisitos. NTE INEN 2288:2000 Productos Químicos Industriales Peligrosos. Etiquetado de Precaución. Requisitos. Año 2013 Año 2000 Norma Técnica Ecuatoriana NTE ISO :2013 Año 2013 Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización (COOTAD) R.O. No Octubre, Convenio de Basilea Convenio de Estocolmo sobre Contaminantes Orgánicos Persistentes (COPs) Convenio de Rotterdam Protocolo de Kioto Naciones Unidas 1998 Acuerdo Regional sobre Movimiento Transfronterizos de Desechos Peligrosos, Panamá, República de Panamá Año

26 5.1 Constitución de la República del Ecuador (Actualizado a octubre del 2008). Título II: Derechos Capítulo II. Derechos del buen vivir Art Se reconoce el derecho de la población a vivir en un ambiente sano y ecológicamente equilibrado, que garantice la sostenibilidad y el buen vivir, sumak kawsay. Se declara de interés público la preservación del ambiente, la conservación de los ecosistemas, la biodiversidad y la integridad del patrimonio genético del país, la prevención del daño ambiental y la recuperación de los espacios naturales degradados. Art El Estado promoverá, en el sector público y privado, el uso de tecnologías ambientalmente limpias y de energías alternativas no contaminantes y de bajo impacto. La soberanía energética no se alcanzará en detrimento de la soberanía alimentaria, ni afectará el derecho al agua. Capítulo séptimo Derechos de la naturaleza Art La naturaleza o Pacha Mama, donde se reproduce y realiza la vida, tiene derecho a que se respete integralmente su existencia y el mantenimiento y regeneración de sus ciclos vitales, estructura, funciones y procesos evolutivos. Toda persona, comunidad, pueblo o nacionalidad podrá exigir a la autoridad pública el cumplimiento de los derechos de la naturaleza. Para aplicar e interpretar estos derechos se observaran los principios establecidos en la Constitución, en lo que proceda. El Estado incentivará a las personas naturales y jurídicas, y a los colectivos, para que protejan la naturaleza, y promoverá el respeto a todos los elementos que forman un ecosistema. Art La naturaleza tiene derecho a la restauración. Esta restauración será independiente de la obligación que tienen el Estado y las personas naturales o jurídicas de Indemnizar a los individuos y colectivos que dependan de los sistemas naturales afectados. En los casos de impacto ambiental grave o permanente, incluidos los ocasionados por la explotación de los recursos naturales no renovables, el Estado establecerá los mecanismos más eficaces para alcanzar la restauración, y adoptará las medidas adecuadas para eliminar o mitigar las consecuencias ambientales nocivas. Capítulo I. Biodiversidad y Recursos Naturales Sección Primera: Naturaleza y Medio Ambiente Art La Constitución reconoce los siguientes principios ambientales:

27 1. El Estado garantizará un modelo sustentable de desarrollo, ambientalmente equilibrado y respetuoso de la diversidad cultural, que conserve la biodiversidad y la capacidad de regeneración natural de los ecosistemas, y asegure la satisfacción de las necesidades de las generaciones presentes y futuras. 2. Las políticas de gestión ambiental se aplicarán de manera transversal y serán de obligatorio cumplimiento por parte del Estado en todos sus niveles y por todas las personas naturales o jurídicas en el territorio nacional. 3. El Estado garantizará la participación activa y permanente de las personas, comunidades, pueblos y nacionalidades afectadas, en la planificación, ejecución y control de toda actividad que genere impactos ambientales. 4. En caso de duda sobre el alcance de las disposiciones legales en materia ambiental, éstas se aplicarán en el sentido más favorable a la protección de la naturaleza. Art El Estado adoptará las políticas y medidas oportunas que eviten los impactos ambientales negativos, cuando exista certidumbre de daño. En caso de duda sobre el impacto ambiental de alguna acción u omisión, aunque no exista evidencia científica del daño, el Estado adoptará medidas protectoras eficaces y oportunas. La responsabilidad por daños ambientales es objetiva. Todo daño al ambiente, además de las sanciones correspondientes, implicará también la obligación de restaurar integralmente los ecosistemas e indemnizar a las personas y comunidades afectadas. Cada uno de los actores de los procesos de producción, distribución, comercialización y uso de bienes o servicios asumirá la responsabilidad directa de prevenir cualquier impacto ambiental, de mitigar y reparar los daños que ha causado, y de mantener un sistema de control ambiental permanente. Las acciones legales para perseguir y sancionar por daños ambientales serán imprescriptibles. Art En caso de daños ambientales el Estado actuará de manera inmediata y subsidiaria para garantizar la salud y la restauración de los ecosistemas. Además de la sanción correspondiente, el Estado repetirá contra el operador de la actividad que produjera el daño las obligaciones que conlleve la reparación integral, en las condiciones y con los procedimientos que la ley establezca. La responsabilidad también recaerá sobre las servidoras o servidores responsables de realizar el control ambiental. Para garantizar el derecho individual y colectivo a vivir en un ambiente sano y ecológicamente equilibrado, el Estado se compromete a: 1. Permitir a cualquier persona natural o jurídica, colectividad o grupo humano, ejercer las acciones legales y acudir a los órganos judiciales y administrativos, sin perjuicio de su interés directo, para obtener de ellos la tutela efectiva en materia ambiental, incluyendo la posibilidad de solicitar medidas cautelares que permitan cesar la amenaza o el daño ambiental materia de litigio. La carga de la prueba sobre la inexistencia de daño potencial o real recaerá sobre el gestor de la actividad o el demandado

28 2. Establecer mecanismos efectivos de prevención y control de la contaminación ambiental, de recuperación de espacios naturales degradados y de manejo sustentable de los recursos naturales. 3. Regular la producción, importación, distribución, uso y disposición final de materiales tóxicos y peligrosos para las personas o el ambiente. 4. Asegurar la intangibilidad de las áreas naturales protegidas, de tal forma que se garantice la conservación de la biodiversidad y el mantenimiento de las funciones ecológicas de los ecosistemas. El manejo y administración de las áreas naturales protegidas estará a cargo del Estado. 5. Establecer un sistema nacional de prevención, gestión de riesgos y desastres naturales, basado en los principios de inmediatez, eficiencia, precaución, responsabilidad y solidaridad. Art Toda decisión o autorización estatal que pueda afectar al ambiente deberá ser consultada a la comunidad, a la cual se informará amplia y oportunamente. El sujeto consultante será el Estado. La ley regulará la consulta previa, la participación ciudadana, los plazos, el sujeto consultado y los criterios de valoración y de objeción sobre la actividad sometida a consulta. El Estado valorará la opinión de la comunidad según los criterios establecidos en la ley y los instrumentos internacionales de derechos humanos. Si del referido proceso de consulta resulta una oposición mayoritaria de la comunidad respectiva, la decisión de ejecutar o no el proyecto será adoptada por resolución debidamente motivada de la instancia administrativa superior correspondiente de acuerdo con la ley. Art El ejercicio integral de la tutela estatal sobre el ambiente y la corresponsabilidad de la ciudadanía en su preservación, se articulará a través de un sistema nacional descentralizado de gestión ambiental, que tendrá a su cargo la defensoría del ambiente y la naturaleza. Sección Sexta Agua Art El Estado garantizará la conservación, recuperación y manejo integral de los recursos hídricos, cuencas hidrográficas y caudales ecológicos asociados al ciclo hidrológico. Se regulará toda actividad que pueda afectar la calidad y cantidad de agua, y el equilibrio de los ecosistemas, en especial en las fuentes y zonas de recarga de agua. La sustentabilidad de los ecosistemas y el consumo humano serán prioritarios en el uso y aprovechamiento del agua

29 5.2 Código Orgánico Integral Penal. 10 febrero, 2014 Capítulo cuarto Delitos contra el ambiente y la naturaleza o Pacha Mama Sección primera Delitos contra la biodiversidad Artículo Invasión de áreas de importancia ecológica.- La persona que invada las áreas del Sistema Nacional de Áreas Protegidas o ecosistemas frágiles, será sancionada con pena privativa de libertad de uno a tres años. Se aplicará el máximo de la pena prevista cuando: 1. Como consecuencia de la invasión, se causen daños graves a la biodiversidad y recursos naturales. 2. Se promueva, financie o dirija la invasión aprovechándose de la gente con engaño o falsas promesas. Artículo Delitos contra la flora y fauna silvestres.- La persona que cace, pesque, capture, recolecte, extraiga, tenga, transporte, trafique, se beneficie, permute o comercialice, especímenes o sus partes, sus elementos constitutivos, productos y derivados, de flora o fauna silvestre terrestre, marina o acuática, de especies amenazadas, en peligro de extinción y migratorias, listadas a nivel nacional por la Autoridad Ambiental Nacional así como instrumentos o tratados internacionales ratificados por el Estado, será sancionada con pena privativa de libertad de uno a tres años. Se aplicará el máximo de la pena prevista si concurre alguna de las siguientes circunstancias: 1. El hecho se cometa en período o zona de producción de semilla o de reproducción o de incubación, anidación, parto, crianza o crecimiento de las especies. 2. El hecho se realice dentro del Sistema Nacional de Áreas Protegidas. Se exceptúan de la presente disposición, únicamente la cacería, la pesca o captura por subsistencia, las prácticas de medicina tradicional, así como el uso y consumo doméstico de la madera realizada por las comunidades en sus territorios, cuyos fines no sean comerciales ni de lucro, los cuales deberán ser coordinados con la Autoridad Ambiental Nacional. Sección segunda Delitos contra los recursos naturales Artículo Delitos contra el agua.- La persona que contraviniendo la normativa vigente, contamine, deseque o altere los cuerpos de agua, vertientes, fuentes, caudales ecológicos, aguas naturales afloradas o subterráneas de las cuencas hidrográficas y en

30 general los recursos hidrobiológicos o realice descargas en el mar provocando daños graves, será sancionada con una pena privativa de libertad de tres a cinco años. Se impondrá el máximo de la pena si la infracción es perpetrada en un espacio del Sistema Nacional de Áreas Protegidas o si la infracción es perpetrada con ánimo de lucro o con métodos, instrumentos o medios que resulten en daños extensos y permanentes. Artículo Delitos contra suelo.- La persona que contraviniendo la normativa vigente, en relación con los planes de ordenamiento territorial y ambiental, cambie el uso del suelo forestal o el suelo destinado al mantenimiento y conservación de ecosistemas nativos y sus funciones ecológicas, afecte o dañe su capa fértil, cause erosión o desertificación, provocando daños graves, será sancionada con pena privativa de libertad de tres a cinco años. Se impondrá el máximo de la pena si la infracción es perpetrada en un espacio del Sistema Nacional de Áreas Protegidas o si la infracción es perpetrada con ánimo de lucro o con métodos, instrumentos o medios que resulten en daños extensos y permanentes. Artículo Contaminación del aire.- La persona que, contraviniendo la normativa vigente o por no adoptar las medidas exigidas en las normas, contamine el aire, la atmósfera o demás componentes del espacio aéreo en niveles tales que resulten daños graves a los recursos naturales, biodiversidad y salud humana, será sancionada con pena privativa de libertad de uno a tres años. Sección tercera Delitos contra la gestión ambiental Artículo Gestión prohibida o no autorizada de productos, residuos, desechos o sustancias peligrosas.- La persona que, contraviniendo lo establecido en la normativa vigente, desarrolle, produzca, tenga, disponga, queme, comercialice, introduzca, importe, transporte, almacene, deposite o use, productos, residuos, desechos y sustancias químicas o peligrosas, y con esto produzca daños graves a la biodiversidad y recursos naturales, será sancionada con pena privativa de libertad de uno a tres años. Será sancionada con pena privativa de libertad de tres a cinco años cuando se trate de: 1. Armas químicas, biológicas o nucleares. 2. Químicos y Agroquímicos prohibidos, contaminantes orgánicos persistentes altamente tóxicos y sustancias radioactivas. 3. Diseminación de enfermedades o plagas. 4. Tecnologías, agentes biológicos experimentales u organismos genéticamente modificados nocivos y perjudiciales para la salud humana o que atenten contra la biodiversidad y recursos naturales

31 Si como consecuencia de estos delitos se produce la muerte, se sancionará con pena privativa de libertad de dieciséis a diecinueve años. 5.3 Ley de Gestión Ambiental. Suplemento N septiembre, 2004 La Ley de Gestión Ambiental (LGA) establece los principios y directrices de la política ambiental; determina las obligaciones, responsabilidades, niveles de participación de los sectores público y privado en la gestión ambiental y señala los límites permisibles, controles y sanciones en esta materia (Artículo 1). Título III: Instrumentos de gestión ambiental Capítulo II. De la evaluación de impacto ambiental y del control ambiental Art Las obras públicas privadas o mixtas, y los proyectos de inversión públicos o privados que puedan causar impactos ambientales, serán calificados previamente a su ejecución, por los organismos descentralizados de control, conforme el Sistema Único de Manejo Ambiental, cuyo principio rector será el precautelatorio. Art Para el inicio de toda actividad que suponga riesgo ambiental se deberá contar con la licencia respectiva, otorgada por el Ministerio del ramo. Art Los sistemas de manejo ambiental incluirán estudios de línea base; evaluación del impacto ambiental; evaluación de riesgos; planes de manejo; planes de manejo de riesgo; sistemas de monitoreo; planes de contingencia y mitigación; auditorías ambientales y planes de abandono. Una vez cumplidos estos requisitos y de conformidad con la calificación de los mismos, el Ministerio del ramo podrá otorgar o negar la licencia correspondiente. Art Los sistemas de manejo ambiental en los contratos que requieran estudios de impacto ambiental y en las actividades para las que se hubiere otorgado licencia ambiental, podrán ser evaluados en cualquier momento, a solicitud del Ministerio del ramo o de las personas afectadas. La evaluación del cumplimiento de los planes de manejo ambiental aprobados se realizará mediante la auditoría ambiental, practicada por consultores previamente calificados por el Ministerio del ramo, a fin de establecer los correctivos que deban hacerse. Art La evaluación del impacto ambiental comprenderá: a) La estimación de los efectos causados a la población humana, la biodiversidad, el suelo, el aire, el agua, el paisaje y la estructura y función de los ecosistemas presentes en el área previsiblemente afectada; b) Las condiciones de tranquilidad públicas, tales como: ruido, vibraciones, olores, emisiones luminosas, cambios térmicos y cualquier otro perjuicio ambiental derivado de su ejecución; y,

32 c) La incidencia que el proyecto, obra o actividad tendrá en los elementos que componen el patrimonio histórico, escénico y cultural. Art En obras de inversión públicas o privadas, las obligaciones que se desprendan del sistema de manejo ambiental, constituirán elementos del correspondiente contrato. La evaluación del impacto ambiental, conforme al reglamento especial será formulada y aprobada, previamente a la expedición de la autorización administrativa emitida por el Ministerio del ramo. Capítulo III De los Mecanismos de Participación Social Art Toda persona natural o jurídica tiene derecho a participar en la gestión ambiental, a través de los mecanismos que para el efecto establezca el Reglamento, entre los cuales se incluirán consultas, audiencias públicas, iniciativas, propuestas o cualquier forma de asociación entre el sector público y el privado. Se concede acción popular para denunciar a quienes violen esta garantía, sin perjuicio de la responsabilidad civil y penal por denuncias o acusaciones temerarias o maliciosas. El incumplimiento del proceso de consulta al que se refiere el artículo 88 de la Constitución Política de la República tomará inejecutable la actividad de que se trate y será causal de nulidad de los contratos respectivos. Título V De la Información y vigilancia Ambiental Art Toda persona natural o jurídica que, en el curso de sus actividades empresariales o industriales estableciere que las mismas pueden producir o están produciendo daños ambientales a los ecosistemas, está obligada a informar sobre ello al Ministerio del ramo o a las instituciones del régimen seccional autónomo. La información se presentará a la brevedad posible y las autoridades competentes deberán adoptar las medidas necesarias para solucionar los problemas detectados. En caso de incumplimiento de la presente disposición, el infractor será sancionado con una multa de veinte a doscientos salarios mínimos vitales generales. 5.4 Ley de Prevención y Control de la Contaminación Ambiental. R.O. Suplemento N 418 del 10 de septiembre del Capítulo I De la Prevención y Control de la Contaminación del Aire Art. 1.- Queda prohibido expeler hacia la atmósfera o descargar en ella, sin sujetarse a las correspondientes normas técnicas y regulaciones, contaminantes que, a juicio de los Ministerios de Salud y del Ambiente, en sus respectivas áreas de competencia, puedan perjudicar la salud y vida humana, la flora, la fauna y los recursos o bienes del estado o de particulares o constituir una molestia

33 Art. 2.- Para los efectos de esta Ley, serán consideradas como fuentes potenciales de contaminación del aire: a) Las artificiales, originadas por el desarrollo tecnológico y la acción del hombre, tales como fábricas, calderas, generadores de vapor, talleres, plantas termoeléctricas, refinerías de petróleo, plantas químicas, aeronaves, automotores y similares, la incineración, quema a cielo abierto de basuras y residuos, la explotación de materiales de construcción y otras actividades que produzcan o puedan producir contaminación; y, Art. 5.- Las instituciones públicas o privadas interesadas en la instalación de proyectos industriales, o de otras que pudieran ocasionar alteraciones en los sistemas ecológicos y que produzcan o puedan producir contaminación del aire, deberán presentar a los Ministerios de Salud y del Ambiente, según corresponda, para su aprobación previa, estudios sobre el impacto ambiental y las medidas de control que se proyecten aplicar. Capítulo II De la Prevención y Control de la Contaminación de las Aguas Art. 6.- Queda prohibido descargar, sin sujetarse a las correspondientes normas técnicas y regulaciones, a las redes de alcantarillado, o en las quebradas, acequias, ríos, lagos naturales o artificiales, o en las aguas marítimas, así como infiltrar en terrenos, las aguas residuales que contengan contaminantes que sean nocivos a la salud humana, a la fauna, a la flora y a las propiedades. Capítulo III De la Prevención y Control de la Contaminación de los Suelos Art Queda prohibido descargar, sin sujetarse a las correspondientes normas técnicas y regulaciones, cualquier tipo de contaminantes que puedan alterar la calidad del suelo y afectar a la salud humana, la flora, la fauna, los recursos naturales y otros bienes 5.5 Ley de la Defensa Contra Incendios. 9 de marzo del 2009 Esta ley cuenta con los siguientes capítulos CAPÍTULO I CAPÍTULO II CAPÍTULO III CAPÍTULO IV CAPÍTULO V CAPÍTULO VI De la organización Del Personal De las Contravenciones De la Competencia y el Procedimiento De los Recursos Económicos Disposiciones Generales

34 5.6 Ley Orgánica de la Salud. R.O de diciembre, En este documento señala en los Art. 95 y 96 respectivamente lo siguiente: La autoridad sanitaria nacional en coordinación con el Ministerio de Ambiente, establecerá las normas básicas para la preservación del ambiente en materias relacionadas con la salud humana, las mismas que serán de cumplimiento obligatorio para todas las personas naturales, entidades públicas, privadas y comunitarias y Toda persona natural o jurídica tiene la obligación de proteger los acuíferos, las frentes y cuencas hidrográficas que sirvan para el abastecimiento de agua para consumo humano. Se prohíbe realizar actividades de cualquier tipo, que pongan en riesgo de contaminación las fuentes de captación de agua. La autoridad sanitaria nacional, en coordinación con otros organismos competentes, tomarán medidas para prevenir, controlar, mitigar, remediar y sancionar la contaminación de las fuentes de agua para consumo humano. Titulo Único Capítulo I Del agua para consumo humano Art Declárese de prioridad nacional y de utilidad pública, el agua para consumo humano. Es obligación del Estado, por medio de las municipalidades, proveer a la población de agua potable de calidad, apta para el consumo humano. Toda persona natural o jurídica tiene la obligación de proteger los acuíferos, las frentes y cuencas hidrográficas que sirvan para el abastecimiento de agua para consumo humano. Se prohíbe realizar actividades de cualquier tipo, que pongan en riesgo de contaminación las fuentes de captación de agua. La autoridad sanitaria nacional, en coordinación con otros organismos competentes, tomarán medidas para prevenir, controlar, mitigar, remediar y sancionar la contaminación de las fuentes de agua para consumo humano. A fin de garantizar la calidad e inocuidad, todo abastecimiento de agua para consumo humano, queda sujeto a la vigilancia de la autoridad sanitaria nacional, a quien corresponde establecer las normas y reglamentos que permitan asegurar la protección de la salud humana. Art Se prohíbe a toda persona, natural o jurídica, descargar o depositar aguas servidas y residuales, sin el tratamiento apropiado, conforme lo disponga en el reglamento correspondiente, en ríos, mares, canales, quebradas, lagunas, lagos y otros sitios similares. Se prohíbe también su uso en la cría de animales o actividades agropecuarias

35 Los desechos infecciosos, especiales, tóxicos y peligrosos para la salud, deben ser tratados técnicamente previo a su eliminación y el depósito final se realizará en los sitios especiales establecidos para el efecto por los municipios del país. Para la eliminación de desechos domésticos se cumplirán las disposiciones establecidas para el efecto. Las autoridades de salud, en coordinación con los municipios, serán responsables de hacer cumplir estas disposiciones. Art Todo establecimiento industrial, comercial o de servicios, tiene la obligación de instalar sistemas de tratamiento de aguas contaminadas y de residuos tóxicos que se produzcan por efecto de sus actividades. Las autoridades de salud, en coordinación con los municipios, serán responsables de hacer cumplir esta disposición. Capítulo III Calidad del aire y de la contaminación acústica Art La autoridad sanitaria nacional, en coordinación con la autoridad ambiental nacional y otros organismos competentes, dictará las normas técnicas para prevenir y controlar todo tipo de emanaciones que afecten a los sistemas respiratorio, auditivo y visual. Todas las personas naturales y jurídicas deberán cumplir en forma obligatoria dichas normas. Art Toda actividad laboral, productiva, industrial, comercial, recreativa y de diversión; así como las viviendas y otras instalaciones y medios de transporte, deben cumplir con lo dispuesto en las respectivas normas y reglamentos sobre prevención y control, a fin de evitar la contaminación por ruido, que afecte a la salud humana. Art Los empleadores protegerán la salud de sus trabajadores, dotándoles de información suficiente, equipos de protección, vestimenta apropiada, ambientes seguros de trabajo, a fin de prevenir, disminuir o eliminar los riesgos, accidentes y aparición de enfermedades laborales. 5.7 Ley de Aguas Codificación : R.O. No Mayo, 2004 Título I Disposiciones Generales Art El Estado garantiza a los particulares el uso de las aguas, con la limitación necesaria para su eficiente aprovechamiento en favor de la producción

36 Capítulo II De la Contaminación Art Prohíbase toda contaminación de las aguas que afecte a la salud humana o al desarrollo de la flora o de la fauna. El Consejo Nacional de Recursos Hídricos, en colaboración con el Ministerio de Salud Pública y las demás entidades estatales, aplicará la política que permita el cumplimiento de esta disposición. Se concede acción popular para denunciar los hechos que se relacionan con contaminación de agua. La denuncia se presentará en la Defensoría del Pueblo. Nota: De conformidad con el D.E (R.O. 346, 27-V-2008) el Consejo Nacional de Recursos Hídricos fue reorganizada mediante la figura de Secretaría Nacional del Agua, como una entidad de derecho público adscrita a la Presidencia de la República. Asume por tanto, todas sus competencias, atribuciones, funciones, representaciones y delegaciones constantes en leyes, reglamentos y demás instrumentos normativos, con excepción de las que por su naturaleza corresponden al Instituto Nacional de Riego. 5.8 Ley Forestal y de Conservación de Áreas Naturales y Vida Silvestre. Suplemento Viernes, 10 de septiembre del R. O. No De las áreas naturales y de la flora y fauna silvestres Capítulo I Del Patrimonio Nacional de Áreas Naturales Art El patrimonio de áreas naturales del Estado se halla constituido por el conjunto de áreas silvestres que se destacan por su valor protector, científico, escénico, educacional, turístico y recreacional, por su flora y fauna, o porque constituyen ecosistemas que contribuyen a mantener el equilibrio del medio ambiente. Corresponde al Ministerio de Agricultura y Ganadería, mediante Acuerdo, la determinación y delimitación de las áreas que forman este patrimonio, sin perjuicio de las áreas ya establecidas por leyes especiales, decretos o acuerdos ministeriales anteriores a esta Ley. Art Las áreas naturales del patrimonio del Estado se clasifican para efectos de su administración, en las siguientes categorías: a) Parques nacionales; b) Reserva ecológica; c) Refugio de vida silvestre; d) Reservas biológicas;

37 e) Áreas nacionales de recreación; f) Reserva de producción de fauna; y, g) Área de caza y pesca Art El patrimonio de áreas naturales del Estado deberá conservarse inalterado. A este efecto se formularán planes de ordenamiento de cada una de dichas áreas. Este patrimonio es inalienable e imprescriptible y no puede constituirse sobre el ningún derecho real. Capitulo II De la Administración del Patrimonio de Áreas Naturales Art Las tierras y recursos naturales de propiedad privada comprendidos dentro de los límites del patrimonio de áreas naturales serán expropiadas o revertirán al dominio del Estado, de acuerdo con las leyes de la materia. Capitulo III De la Conservación de la Flora y Fauna Silvestres Art El patrimonio de áreas naturales del Estado se manejara con sujeción a programas específicos de ordenamiento, de las respectivas unidades de conformidad con el plan general sobre esta materia. En estas áreas solo se ejecutarán las obras de infraestructura que autorice el Ministerio de Agricultura y Ganadería. Art En las unidades del patrimonio de áreas naturales del Estado, que el Ministerio de Agricultura y Ganadería determine, se controlará el ingreso del público y sus actividades, incluyendo la investigación científica. En los Reglamentos se fijarán las tarifas de ingresos y servicios y los demás requisitos que fueren necesarios. Art La flora y fauna silvestres son de dominio del Estado y corresponde al Ministerio de Agricultura y Ganadería su conservación, protección y administración, para lo cual ejercerá las siguientes funciones: a) Controlar la cacería, recolección, aprehensión, transporte y tráfico de animales y otros elementos de la fauna y flora silvestres; b) Prevenir y controlar la contaminación del suelo y de las aguas, así como la degradación del medio ambiente; c) Proteger y evitar la eliminación de las especies de flora y fauna silvestres amenazadas o en proceso de extinción; d) Establecer zoocriaderos, viveros, jardines de plantas silvestres y estaciones de investigación para la reproducción y fomento de la flora y fauna silvestres;

38 e) Desarrollar las actividades demostrativas de uso y aprovechamiento doméstico de la flora y fauna silvestres, mediante métodos que eviten menoscabar su integridad; f) Cumplir y hacer cumplir los convenios nacionales e internacionales para la conservación de la flora y fauna silvestres y su medio ambiente; y, g) Las demás que le asignen la Ley y el Reglamento. Art El aprovechamiento de la flora y fauna silvestres no comprendidas en el patrimonio de áreas naturales del Estado, será regulado por el Ministerio de Agricultura y Ganadería, el que además determinará las especies cuya captura o utilización, recolección y aprovechamiento estén prohibidos. Art Cualquiera que sea la finalidad, prohíbase ocupar las tierras del patrimonio de áreas naturales del Estado, alterar o dañar la demarcación de las unidades de manejo u ocasionar deterioro de los recursos naturales en ellas existentes. Se prohíbe igualmente, contaminar el medio ambiente terrestre, acuático o aéreo, o atentar contra la vida silvestre, terrestre, acuática o aérea, existente en las unidades de manejo. 5.9 Ley para la conservación y Uso sustentable de la biodiversidad Título I Del objeto y principios de la ley Capítulo I Del Objeto de la Ley Artículo 1.- La Ley para la Conservación y Uso Sustentable de la Biodiversidad tiene por objeto proteger, conservar, restaurar la biodiversidad y regular e impulsar su utilización sustentable; establece los principios generales y normas para la conservación y uso sustentable de la biodiversidad y sus servicios, el acceso a los recursos genéticos, la bioseguridad, la rehabilitación y restauración de ecosistemas degradados y la recuperación de especies amenazadas de extinción, y los mecanismos de protección de los derechos sobre la biodiversidad en materia administrativa, civil y penal. Artículo 2.- Para efectos de esta Ley, se entenderá por biodiversidad o diversidad biológica a la variabilidad de organismos vivos de cualquier fuente y los derivados de los mismos, incluidos: los ecosistemas terrestres y marinos, otros ecosistemas acuáticos y, los complejos ecológicos de los que forman parte; comprende la diversidad dentro de cada especie, entre especies y de los ecosistemas. La biodiversidad ecuatoriana además comprende las especies migratorias que por causas naturales se encuentren en el territorio nacional

39 La biodiversidad constituye la base del capital natural del país, capaz de proporcionar un flujo constante de bienes y servicios, cuya conservación y utilización sustentable permitan satisfacer las necesidades humanas y garantizar el sustento y la salud de la población. Artículo 3.- El Estado tiene derecho soberano sobre su biodiversidad cuyos componentes constituyen bienes nacionales de uso público. Los derechos constituidos sobre bienes de propiedad privada y comunal deberán ejercitarse de conformidad con las limitaciones y objetivos establecidos en la Constitución, en otras leyes relacionadas y en esta Ley. El Estado determinará en coordinación con los sectores públicos y privado, y con los pueblos indígenas, afroecuatorianos y comunidades locales, las condiciones para la conservación y el uso sustentable de la biodiversidad y sus servicios. Artículo 4. - Para fines de aplicación de esta Ley, se excluye del ámbito de la misma a los seres humanos, sus células y en general todos sus recursos genéticos derivados. También se excluye el intercambio de recursos genéticos, sus productos derivados, los recursos biológicos que los contienen, o de los componentes intangibles asociados a estos, que realicen las comunidades indígenas, afroecuatorianas y locales entre sí, y para su propio consumo, basadas en sus prácticas consuetudinarias. Título III De la conservación de la biodiversidad Artículo 17.- La conservación de la biodiversidad se realizará in-situ o ex-situ dependiendo de sus características ecológicas, niveles de endemismo, peligro de extinción y erosión genética, conforme a las directrices de la Estrategia Nacional de Biodiversidad y sus correspondientes planes de acción, que serán formulados por el Ministerio del Ambiente. Capítulo I De la Conservación In Situ Artículo 18.- Adicionalmente al Sistema Nacional de Áreas Naturales Protegidas, serán objeto prioritario de conservación in situ, las áreas, regiones, ecosistemas, especies, poblaciones, razas o variedades animales y vegetales que, indistintamente resguarden la capacidad de soporte de la oferta ambiental de bienes y servicios para las actividades de producción y consumo sustentable y representen altos valores de uso o de opción ligados a los requerimientos socio-económicos y culturales locales, nacionales e internacionales, y que: a) Constituyan centros de endemismo o posean altos niveles de biodiversidad, o. b) Tengan particular significado religioso, sagrado, o cultural, o. c) Se encuentren amenazadas o sufran erosión genética

40 Sección IV De Otros Mecanismos e Instrumentos para la Conservación In Situ Artículo 49.- El Ministerio del Ambiente reconocerá y promoverá el desarrollo de mecanismos e instrumentos para la conservación in situ de la biodiversidad y sus funciones, que involucren mecanismos de iniciativa privada, pública o modalidades mixtas distintas a las del Sistema Nacional de Áreas Naturales Protegidas. Los procedimientos para la aplicación de estos mecanismos e instrumentos se sujetarán a lo establecido en la legislación nacional vigente y en las normas que establezca el Ministerio del Ambiente. Artículo 50.- Se reconoce a las Servidumbres Ecológicas como un mecanismo para la conservación de áreas privadas, de conformidad con lo definido en el Glosario que forma parte integrante de la presente Ley. El propietario de un predio sobre el cual se ha constituido una Servidumbre Ecológica, podrá enajenarlo o constituir otros derechos reales sobre el mismo. La Servidumbre Ecológica podrá transmitirse por acto entre vivos y sucesión por causa de muerte y podrán constituirse por tiempo limitado o a perpetuidad. Los mecanismos para establecer servidumbres ecológicas se atendrán a lo dispuesto en el Código Civil con relación a Servidumbres. Capítulo IV De la Protección de Especies Endémicas y Amenazadas de Extinción Artículo 59.- Es obligación del Estado la protección en el territorio nacional de las especies endémicas y amenazadas de extinción. A tal efecto, el Ministerio del Ambiente en coordinación con otras entidades públicas y privadas, promoverá, regulará, ejecutará y controlará las acciones enfocadas a la conservación, investigación y recuperación de estas especies, preferentemente mediante la protección de sus hábitats. Artículo 60.- Se prohíbe la cacería, captura, recolección, tenencia, transporte, comercialización interna y exportación de especímenes, elementos constitutivos y subproductos de especies silvestres amenazadas de extinción que consten en la lista CITES y aquellas que emita periódicamente el Ministerio del Ambiente, excepto para actividades de investigación y de conservación ex situ, debidamente autorizadas por el Ministerio del Ambiente. Capítulo V De la Introducción y Control de las Especies Exóticas Artículo 61.- El Ministerio del Ambiente, en coordinación con las entidades públicas, privadas nacionales o internacionales involucradas, en especial con aquellas que

41 disponen de información científico-técnica pertinente, regulará, controlará o prohibirá la introducción y el manejo de especies exóticas al territorio nacional y dentro del mismo, en base a una evaluación de riesgo. Artículo 62.- Se prohíbe la introducción de especies exóticas en el Sistema Nacional de Áreas Naturales Protegidas, excepto para fines de control biológico científicamente justificado y aprobado por el Ministerio del Ambiente. Los respectivos planes de manejo de cada área establecerán medidas para el control y erradicación de las especies exóticas previamente introducidas en dichas áreas. Capítulo II De la Biodiversidad Silvestre Terrestre Artículo 66.- El uso de la biodiversidad silvestre terrestre se realizará de conformidad con lo establecido en esta Ley. El Ministerio del Ambiente establecerá los criterios e indicadores de sustentabilidad que serán la base de los planes de manejo para el uso de la biodiversidad silvestre terrestre, cuyo cumplimiento será supervisado periódicamente por este Ministerio. Artículo 67.- Las actividades de cacería, captura, recolección y comercialización de especímenes, elementos constitutivos y subproductos de especies silvestres terrestres, en todo el territorio nacional estarán reguladas por el Ministerio del Ambiente el cual establecerá las especies, períodos, vedas totales o parciales, permanentes o temporales, áreas geográficas, armas e instrumentos permitidos y prohibidos, y demás requisitos para la ejecución de estas actividades de conformidad con lo establecido por esta Ley, su Reglamento General de Aplicación y otras regulaciones emitidas por el Ministerio del Ambiente. Estas actividades deberán contar con las respectivas autorizaciones otorgadas por el Ministerio del Ambiente, previo el cumplimiento de respectivos requisitos. Artículo 68.- La exportación e importación de especímenes, elementos constitutivos y subproductos de especies silvestres terrestres, estará sujeta a las disposiciones de esta Ley, de los instrumentos internacionales vigentes en la materia, y de las regulaciones emitidas por el Ministerio del Ambiente. Capítulo VII De la Bioseguridad Artículo 82.- El Ministerio del Ambiente regulará: a) El desarrollo, la manipulación, la transferencia incluyendo la importación y exportación, el transporte, el uso contenido, la liberación, la comercialización y la utilización de organismos vivos modificados, sus productos y el tratamiento de sus desechos; y, b) Todos los procesos en la cadena de producción y las prácticas que impliquen la utilización

42 de la tecnología del ADN recombinante y técnicas moleculares en laboratorios, hospitales e industrias. Artículo 83.- El Ministerio del Ambiente, como autoridad nacional competente, velará por el cumplimiento de la presente Ley en materia de bioseguridad y las resoluciones que adopte tomarán en consideración el informe técnico emitido por los ministerios competentes. De igual manera, coordinará con las entidades públicas y privadas involucradas en el tema, la elaboración del Reglamento Nacional sobre Bioseguridad. El Ministerio del Ambiente podrá delegar a entidades públicas o privadas de alta tecnología las funciones de evaluación, de riesgo, auditoría y control de las actividades que impliquen la utilización de organismos vivos modificados. Artículo 84.- A fin de proteger el ambiente, la biodiversidad y la salud humana, la transferencia o el ingreso de un organismo vivo modificado al territorio nacional estarán sujetos a un procedimiento de evaluación de riesgo, de conformidad con el Reglamento respectivo. Cada organismo vivo modificado deberá ser objeto de análisis individual, sin excepciones, y la autoridad competente podrá aceptar o negar la solicitud de guía de transferencia o ingreso. Artículo 85.- Los Principios de Precaución y de Consentimiento Fundamentado Previo de la presente Ley se aplicarán como mecanismos obligatorios en todo lo concerniente a las actividades de manipulación, utilización, liberación, transferencia y comercialización de organismos vivos modificados. Los sectores en los que se utilice o se planeé utilizar la tecnología del ADN recombinante y técnicas moleculares, como en la medicina e industria farmacéutica, agricultura (cultivos y pastos), ganadería y avicultura, productos veterinarios incluyendo vacunas, acuacultura y piscicultura, industria alimenticia, microorganismos de uso variado para bioremediación y biofertilización, deberán sujetarse a los principios mencionados. El Reglamento Nacional de Bioseguridad definirá el mecanismo mediante el cual se aplicarán tales principios en materia de bioseguridad. Artículo 86.- El Consentimiento Fundamentado Previo debe ser otorgado por el Estado, como requisito previo a la negociación o suscripción de contratos en todo lo concerniente a las actividades de manipulación, utilización, liberación, transferencia y comercialización de organismos vivos modificados dentro del territorio nacional o bioseguridad. Mediante reglamento se definirá el mecanismo mediante el cual se aplicarán tales principios en materia de bioseguridad

43 5.10 Ley de aguas Codificación Título I Disposiciones Generales Art El Estado garantiza a los particulares el uso de las aguas, con la limitación necesaria para su eficiente aprovechamiento en favor de la producción. Capítulo II De la Contaminación Art Prohíbase toda contaminación de las aguas que afecte a la salud humana o al desarrollo de la flora o de la fauna. El Consejo Nacional de Recursos Hídricos, en colaboración con el Ministerio de Salud Pública y las demás entidades estatales, aplicará la política que permita el cumplimiento de esta disposición. Se concede acción popular para denunciar los hechos que se relacionan con contaminación de agua. La denuncia se presentará en la Defensoría del Pueblo. Nota: De conformidad con el D.E (R.O. 346, 27-V-2008) el Consejo Nacional de Recursos Hídricos fue reorganizada mediante la figura de Secretaría Nacional del Agua, como una entidad de derecho público adscrita a la Presidencia de la República. Asume por tanto, todas sus competencias, atribuciones, funciones, representaciones y delegaciones constantes en leyes, reglamentos y demás instrumentos normativos, con excepción de las que por su naturaleza corresponden al Instituto Nacional de Riego 5.11 Código de Salud. R.O. No. 158, 8 Febrero, Libro II De las Acciones en el Campo de Protección de la Salud Título I Del Saneamiento Ambiental Capítulo I Disposiciones Generales Art. 6.- Saneamiento Ambiental es el conjunto de actividades dedicadas a acondicionar y controlar el ambiente en que vive el hombre, a fin de proteger su salud. Art. 7.- El saneamiento ambiental está sujeto a la política general de salud, a las normas y a los reglamentos que proponga la Dirección Nacional de Salud, estableciendo

44 las atribuciones propias de las municipalidades y de otras instituciones de orden público o privado. Art. 9.- No podrá efectuarse la construcción, reparación o modificación de una obra pública o privada que, en una u otra forma, se relacione con agua potable, canalización o desagües, sin la aprobación de la autoridad de salud, a la que se enviarán los planos y memorias técnicas respectivas, previamente a su ejecución. Terminadas las obras, no podrán iniciar su operación, sin permiso previo de la autoridad de salud, la que las inspeccionará periódicamente. Art Los propietarios de terrenos sin construir, situados en el perímetro urbano, están obligados a mantenerlos con el respectivo cerramiento. Art Ninguna persona podrá eliminar hacia el aire, el suelo o las aguas, los residuos sólidos, líquidos o gaseosos, sin previo tratamiento que los conviertan en inofensivos para la salud. Los reglamentos y disposiciones sobre molestias públicas, tales como ruidos, olores desagradables, humos, gases tóxicos, polvo atmosférico emanaciones y otras, serán establecidos por la autoridad de salud. Capítulo II Del Abastecimiento de Agua Potable para Uso Humano Art El Ministerio de Salud Pública mantendrá bajo vigilancia técnica y sanitaria todo suministro de agua potable, a fin de asegurar su pureza y calidad, pudiendo clausurar el servicio que no cumpla con las normas y disposiciones vigentes. Art Nadie podrá descargar, directa o indirectamente, substancias nocivas o indeseables en forma tal que puedan contaminar o afectar la calidad sanitaria del agua y obstruir, total o parcialmente, las vías de suministros. Art En los lugares donde no exista agua potable se promoverán, patrocinarán y realizarán programas para su abastecimiento, con la participación activa de la comunidad. Art La tenencia, producción, importación, expendio, transporte, distribución, utilización y eliminación de las substancias tóxicas y productos de carácter corrosivo o irritante, inflamable o comburente, explosivas o radioactivas, que constituyan un peligro para la salud, deben realizarse en condiciones sanitarias que eliminen tal riesgo y sujetarse al control y exigencias del reglamento pertinente. Particularmente se prohíbe la elaboración, expendio y uso de los llamados diablillos y de los petardos, buscapiés, camaretas y demás artefactos pirotécnicos peligrosos

45 Art Se prohíbe el expendio de sustancias y productos cuya venta al público pueda dar origen a accidentes o intoxicaciones, productos que serán comisados, si las circunstancias lo requieren. Capítulo V De la Recolección y Disposición de Basuras Art Las basuras deben ser recolectadas y eliminadas sanitariamente. Toda persona está obligada a mantener el aseo de las ciudades, pueblos, comunidades y domicilios en los que vive, estando impedida de botar basuras en los lugares no autorizados o permitir que se acumulen en patios, predios o viviendas. Toda unidad de vivienda debe contar con un recipiente higiénico para el depósito de la basura, de acuerdo con el diseño aprobado. Art Las municipalidades están en la obligación de realizar la recolección y disposición final de basuras, de acuerdo con métodos técnicos. Art Queda terminantemente prohibido emplear a menores de edad, en la recolección, eliminación o industrialización de basuras. Capitulo IX De los Establecimientos Industriales y Otros Art Toda persona que desee realizar trabajos de edificación, reparación o modificación de un inmueble para instalar un establecimiento industrial, debe solicitar permiso previo y presentar los planos correspondientes. Terminada la obra y antes de su funcionamiento debe obtener la autorización que acredite que se ha cumplido con todos los requisitos que motivaron la concesión del permiso. Art Se ordenará el traslado de aquellas industrias, depósitos de explosivos o materiales que constituyan un peligro para la salud, seguridad y bienestar de la población, si técnicamente dichos peligros no pueden subsanarse Texto Unificado de Legislación Ambiental Secundaria del Ministerio del Ambiente (TULSMA). R.O. Edición Especial Nº 2 - Marzo 31, 2003 El objetivo del Texto Unificado de Legislación Secundaria del Ministerio del Ambiente del Ecuador, es actualizar la legislación en materia ambiental y permitir ubicar con exactitud la normativa vigente en cada materia. Está estructurado como sigue: Título Preliminar: De las Políticas Ambientales del Ecuador Libro I: De la Autoridad Ambiental Libro II: De la Gestión Ambiental Libro III: Del Régimen Forestal

46 Libro IV: De la Biodiversidad Libro V: De la Gestión de los Recursos Costeros Libro VI: De la Calidad Ambiental Libro VII: Régimen Especial: Galápagos Libro VIII: Del Instituto para el Ecodesarrollo Regional Amazónico ECORAE Libro IX: Del Sistema de Derechos o Tasas por los Servicios que Presta el Ministerio del Ambiente y por el Uso y Aprovechamiento de Bienes Nacionales que se Encuentren Bajo su Cargo y Protección De la Biodiversidad. TULSMA. Libro IV. Capítulo VII De las Prohibiciones Art Está prohibida, en cualquier día o época del año, la cacería de las especies, aves o mamíferos, que componen la fauna silvestre y que constan en el Anexo 1 del presente Título, calificadas como amenazadas o en peligro de extinción. No está asimismo permitido la cacería en áreas o zonas determinadas y mientras duren las vedas. Art No está permitido utilizar la licencia de cacería, con fines comerciales o industriales; entendiéndose, en consecuencia, que no puede comercializarse la carne y otros productos a través de la cacería deportiva Art No está permitida la práctica de la cacería, que no sea la de naturaleza deportiva o de subsistencia; por lo tanto, la que quiera efectuarse para fines comerciales, para extracción y procesamiento de pieles y cueros, elaboración de prendas de vestir, fabricación de objetos, adornos, artesanías y todo tipo de transformación de partes del cuerpo del animal, está prohibida. Se exceptúa de esta disposición el espécimen que luego de cazado por un cazador deportivo, éste dispone de parte o todo el cuerpo del animal para proceder a elaborar un trofeo de caza. En estos casos, el cazador reportará tal hecho al Club o Asociación a la que pertenece; dicha institución autorizará por escrito la confección del trofeo de caza, de todo lo cual informará oportunamente a la Dirección de Biodiversidad y Áreas Protegidas. Art Se prohíbe la cacería de especimenes de fauna silvestre para taxidermia, sin la autorización previa de la autoridad competente y en los términos de la presente regulación. Se prohíbe dentro de las épocas de veda y fuera de las temporadas de caza, la comercialización, transporte y distribución de la carne de los animales sujetos al control establecido en la presente regulación. Art Se prohíbe sin excepción alguna, transferir a terceros la licencia de cacería y cobrar dinero u otros valores por el uso de la misma. Art Se prohíbe la utilización de instrumentos y armas no autorizados para cacería y las prácticas de esta actividad o relacionadas con ella, como son: utilización de explosivos, cebos y cacería en período de cría, la destrucción de nidos, el

47 envenenamiento, la utilización de anestésicos y la alteración de los hábitats de las especies, madrigueras y nidos. Se exceptúa de la prohibición a la que se refiere el inciso anterior, la utilización de trampas y armas tradicionales, empleadas necesariamente para la cacería de subsistencia, bajo el control pertinente de la autoridad competente. Art Se prohíbe perturbar y atentar contra la vida de animales silvestres en todo el país, con las excepciones previstas en esta regulación. Art Se prohíbe la recolección de huevos, captura o aprehensión de neonatos y crías de animales silvestres, sin la autorización correspondiente. Art No está permitido en las cacerías deportiva y de subsistencia, el uso de faros halógenos o vehículos motorizados con dispositivos especiales, durante el horario que se inicia a las 18H30 hasta las 5H30 del día siguiente. Art Se podrá efectuar práctica de cacería nocturna cuando ésta se realice a pie o caballo, utilizando linternas de frente cuya lámpara no exceda de 120 mm. de diámetro. Art Se prohíbe a los inspectores oficiales de vida silvestre, funcionarios del Ministerio del Ambiente y miembros del servicio de Vigilancia Verde, la obtención de licencia para cacería. Art Se prohíbe toda clase de cacería, en las Áreas del Patrimonio Nacional, tales como: Parques Nacionales, reservas ecológicas, refugios de vida silvestre, reservas biológicas existentes y las que se crearen en el futuro. Art Se prohíbe la comercialización de la carne producto de la cacería de subsistencia fuera de los límites de las comunidades campesinas e indígenas, en donde reside el cazador de subsistencia que los hubiese cazado. Capítulo VIII Disposiciones Generales Art Quien incumpla cualquiera de las regulaciones establecidas en el presente Libro IV, será sancionado, según el caso, acorde a lo determinado en el Título IV, De las Infracciones y su Juzgamiento de la Ley Forestal y de Conservación de Áreas Naturales y Vida Silvestre; todo ello sin perjuicio de la acción penal correspondiente si hubiere lugar. Art Los Clubes o Asociaciones de Caza y Pesca, y los que más adelante se constituyan, se inscribirán obligatoriamente en el Ministerio del Ambiente y se sujetarán al cumplimiento de esta regulación; serán calificadas y en consecuencia tendrán capacidad para solicitar la expedición de licencias de cacería para sus afiliados, siempre y cuando entre sus objetivos se encuentre el cuidado y protección del medio ambiente, la flora y fauna silvestres. Exclusivamente, los Clubes o Asociaciones de Caza y Pesca podrán solicitar y obtener las licencias de cacería para sus asociados

48 5.14 Reglamento a la Ley de Gestión Ambiental para la Prevención y Control de la Contaminación Ambiental. TULSMA. Libro VI, Título IV. Sección II Art Principios Generales Toda acción relacionada a la gestión ambiental deberá planificarse y ejecutarse sobre la base de los principios de sustentabilidad, equidad, consentimiento informado previo, representatividad validada, coordinación, precaución, prevención, mitigación y remediación de impactos negativos, solidaridad, corresponsabilidad, cooperación, reciclaje y reutilización de desechos, conservación de recursos en general, minimización de desechos, uso de tecnologías más limpias, tecnologías alternativas ambientalmente responsables y respeto a las culturas y prácticas tradicionales y posesiones ancestrales. Igualmente deberán considerarse los impactos ambientales de cualquier producto, industrializados o no, durante su ciclo de vida. Art Principio Precautorio En caso de existir peligro de un daño grave o irreversible al ambiente, la ausencia de certidumbre científica, no será usada por ninguna entidad reguladora nacional, regional, provincial o local, como una razón para posponer las medidas costo-efectivas que sean del caso para prevenir la degradación del ambiente. Capítulo V Del Regulado Sección I De los Deberes y Derechos del Regulado Art Reporte anual. Es deber fundamental del regulado reportar ante la entidad ambiental de control, por lo menos una vez al año, los resultados de los monitoreos correspondientes a sus descargas, emisiones y vertidos de acuerdo a lo establecido en su PMA aprobado. Art Responsabilidad por Sustancias Peligrosas Aquellas actividades que almacenen, procesen o transporten sustancias peligrosas, para terceros deberán cumplir con el presente Libro VI De la Calidad Ambiental y sus normas técnicas. El propietario de las sustancias peligrosas, no queda exento de la presente disposición, y deberá responder conjunta y solidariamente con las organizaciones que efectúen para él las acciones referidas en este artículo. La responsabilidad es solidaria e irrenunciable. Art Información de Situaciones de Emergencia El regulado está obligado a informar a la entidad ambiental de control cuando se presenten situaciones de emergencia, accidentes o incidentes por razones de fuerza mayor que puedan generar cambios sustanciales de sus descargas, vertidos o emisiones,

49 con referencia a aquellas autorizadas por la entidad ambiental de control. Así, reportará de manera inmediata, en un plazo no mayor a 24 horas, las siguientes situaciones: a) Necesidad de parar en forma parcial o total un sistema de tratamiento, para un mantenimiento que dure más de veinticuatro (24) horas; b) Fallas en los sistemas de tratamiento de las emisiones, descargas o vertidos cuya reparación requiera más de veinticuatro (24) horas; c) Emergencias, incidentes o accidentes que impliquen cambios sustanciales en la calidad, cantidad o nivel de la descarga, vertido o emisión; y, d) Cuando las emisiones, descargas o vertidos contengan cantidades o concentraciones de sustancias consideradas peligrosas. Art Situaciones de Emergencia Cuando en el ambiente se produzcan descargas, vertidos o emisiones accidentales o incidentales, inclusive aquellas de fuerza mayor o caso fortuito, la entidad ambiental de control exigirá que el regulado causante realice las acciones pertinentes para controlar, remediar y compensar a los afectados por los daños que tales situaciones hayan ocasionado y evaluará el funcionamiento del plan de contingencias aprobado. Sin perjuicio de las sanciones administrativas o las acciones civiles y penales a que haya lugar. Art Prueba de Planes de Contingencia Los planes de contingencias deberán ser implementados, mantenidos, y probados periódicamente a través de simulacros. Los simulacros deberán ser documentados y sus registros estarán disponibles para la entidad ambiental de control. La falta de registros constituirá prueba de incumplimiento de la presente disposición. Disposiciones Transitorias Primera.- Las actividades o proyectos que se encuentren en funcionamiento y que no cuenten con un estudio de impacto ambiental aprobado deberán presentar una auditoría ambiental inicial de cumplimiento con las regulaciones ambientales vigentes ante la entidad ambiental de control. La auditoría ambiental inicial debe incluir un plan de manejo ambiental. La AA inicial o EIA Expost cubre la ausencia de un EIA Reglamento para la prevención y control de la contaminación por sustancias químicas peligrosas, Desechos peligrosos y especiales. TULSMA. Libro VI, Título V. Acuerdo Ministerial 161 del 01 de Febrero del 2012 Ámbito de Aplicación Art El presente reglamento regula las fases de gestión y los mecanismos de prevención y control de la contaminación por sustancias químicas peligrosas, desechos peligrosos y especiales en el territorio nacional al tenor de los procedimientos y normas técnicas previstos en las leyes de Gestión Ambiental y de Prevención y Control de la

50 Contaminación Ambiental, en sus respectivos reglamentos y en los Convenios Internacionales relacionados con esta materia, suscritos y ratificados por el Estado. En este marco y reconociendo las especificidades de la gestión de las sustancias químicas peligrosas, por una parte, y de los desechos peligrosos y especiales, el presente cuerpo normativo regula de forma diferenciada, las fases de la gestión integral y parámetros correspondientes a cada uno de ellos. Art Las sustancias químicas peligrosas son aquellas que se encuentran en los Listados Nacionales de Sustancias Químicas Peligrosas aprobados por la Autoridad Ambiental Nacional. Estarán incluidas las sustancias químicas prohibidas, peligrosas y de uso severamente restringido que se utilicen en el Ecuador, priorizando las que por magnitud de su uso o por sus características de peligrosidad, representen alto riesgo potencial o comprobado para la salud y el ambiente. Los Listados Nacionales de Sustancias Químicas Peligrosas podrán ser actualizados mediante acuerdos ministeriales. Art A efectos del presente reglamento, los desechos peligrosos son: a) Los desechos sólidos, pastosos, líquidos o gaseosos resultantes de un proceso de producción, transformación, reciclaje, utilización o consumo y que contengan alguna sustancia que tenga características corrosivas, reactivas, tóxicas, inflamables, biológico - infecciosas y/o radioactivas, que representen un riesgo para la salud humana y el ambiente de acuerdo a las disposiciones legales aplicables; y, b) Aquellos que se encuentran determinados en los listados nacionales de desechos peligrosos, a menos que no tengan ninguna de las características descritas en el literal anterior. Estos listados serán establecidos y actualizados mediante acuerdos ministeriales. Para determinar si un desecho debe o no ser considerado como peligroso, la caracterización del mismo deberá realizarse conforme las normas técnicas establecidas por la Autoridad Ambiental Nacional y/o el INEN, o en su defecto normas técnicas aceptadas a nivel internacional. En lo relacionado a la gestión de los desechos peligrosos con contenidos de material radioactivo sea de origen natural o artificial serán regulados y controlados por la normativa específica emitida por el Ministerio de Electricidad y Energía Renovable a través de la Subsecretaría de Control, Investigación y Aplicaciones Nucleares o aquella que la reemplace, lo cual no exime al generador de proveer de la información sobre estos desechos a la Autoridad Ambiental Nacional. Art A efectos del presente reglamento los desechos especiales son: a) Aquellos desechos, que sin ser peligrosos, por su naturaleza, pueden impactar el entorno ambiental o la salud, debido al volumen de generación y/o difícil degradación y para los cuales se debe implementar un sistema de recuperación, reuso y/o reciclaje con

51 el fin de reducir la cantidad de desechos generados, evitar su inadecuado manejo y disposición, así como la sobresaturación de los rellenos sanitarios municipales; b) Aquellos cuyo contenido de sustancias que tenga características corrosivas, reactivas, tóxicas, inflamables, biológico-infecciosas y/o radioactivas, no superen los límites de concentración establecidos en la normativa ambiental que se expida para el efecto y para los cuales es necesario un manejo ambiental adecuado y mantener un control - monitoreo periódico. Para determinar si un desecho debe o no ser considerado como especial, la caracterización del mismo deberá realizarse conforme las normas técnicas establecidas por la Autoridad Ambiental Nacional y/o el INEN, o en su defecto por normas técnicas aceptadas a nivel internacional; y, c) Aquellos que se encuentran determinados en el listado nacional de desechos especiales. Estos listados serán establecidos y actualizados mediante acuerdos ministeriales. Art Se hallan sujetos al cumplimiento y aplicación de las disposiciones del presente reglamento todas las personas naturales o jurídicas, públicas o privadas, nacionales o extranjeras, que dentro del territorio nacional participen en cualquiera de las fases y actividades de gestión de sustancias químicas peligrosas, desechos peligrosos y especiales, en los términos de los artículos precedentes. Capítulo III Sobre los sistemas de gestión de sustancias químicas peligrosas, desechos peligrosos y especiales. Sección I Gestión integral de las sustancias químicas peligrosas Art La gestión de las sustancias químicas peligrosas está integrado por las siguientes fases: 1) Abastecimiento, que comprende importación, formulación y fabricación. 2) Acondicionamiento, que comprende: envasado, etiquetado. 3) Almacenamiento. 4) Transporte. 5) Comercialización. 6) Utilización. Art La transferencia (entrega/recepción) de sustancias químicas peligrosas, entre las fases del sistema de gestión establecido, queda condicionada a la verificación de la vigencia del registro de sustancias químicas peligrosas otorgado al importador, formulador, fabricante y acondicionador. El Ministerio del Ambiente establecerá los mecanismos y herramientas necesarias para el efecto. Las personas que realicen la entrega - recepción sin la verificación respectiva responderán solidariamente

52 Art Es obligación de todas las personas naturales o jurídicas registradas realizar una declaración anual de la gestión de las sustancias químicas peligrosas, para lo cual la Autoridad Ambiental Nacional establecerá los mecanismos y herramientas necesarias. El incumplimiento de esta disposición conllevará la cancelación del registro y aplicación de sanciones, conforme la normativa ambiental aplicable. Art Las actividades de prestación de servicio de almacenamiento y transporte de sustancias químicas peligrosas deberán presentar una declaración anual sobre la gestión de las mismas, pudiendo prestar servicio únicamente a las personas naturales o jurídicas que cuentan con el registro de sustancias químicas peligrosas. El incumplimiento de esta disposición conllevará a la aplicación de sanciones, conforme la normativa ambiental aplicable. El procedimiento para dar cumplimiento a esta disposición será emitido mediante acuerdo ministerial. Sección II Gestión integral de los desechos peligrosos y especiales Art La gestión integral de los desechos peligrosos y especiales tiene las siguientes fases: a) Generación; b) Almacenamiento; c) Recolección; d) Transporte; y, e) Sistemas de eliminación y disposición final. Para corrientes de desechos peligrosos o especiales, tales como: desechos aceitosos, eléctricos, electrónicos y otros considerados por la Autoridad Ambiental Nacional que requieran un régimen especial de gestión, se establecerá un reglamento especial, sin perjuicio de la aplicación obligatoria de las disposiciones contenidas en este acuerdo. Art Todas las personas que intervengan en cualquiera de las fases de la gestión integral de los desechos peligrosos y especiales, se asegurarán que el personal que se encargue del manejo de estos desechos, tenga la capacitación necesaria y cuenten con el equipo de protección apropiado, a fin de precautelar su salud. Art La transferencia (entrega/recepción) de desechos peligrosos y/o especiales, entre las fases del sistema de gestión establecido, queda condicionada a la verificación de la vigencia del registro otorgado al generador y el alcance de la regulación ambiental de los prestadores de servicio para la gestión de desechos peligrosos y/o especiales. Parágrafo I De la Generación Art Todo generador de desechos peligrosos y especiales es el titular y responsable del manejo de los mismos hasta su disposición final, siendo su responsabilidad:

53 a. Responder conjunta y solidariamente con las personas naturales o jurídicas que efectúen para él la gestión de los desechos de su titularidad, en cuanto al cumplimiento de la normativa ambiental aplicable antes de la entrega de los mismos y en caso de incidentes que involucren manejo inadecuado, contaminación y/o daño ambiental. La responsabilidad es solidaria e irrenunciable; b. Tomar medidas con el fin de reducir o minimizar la generación de desechos peligrosos y especiales; c. Obtener obligatoriamente el registro de generador de desechos peligrosos y/o especiales ante el Ministerio del Ambiente o las autoridades ambientales de aplicación responsable, para lo cual el Ministerio del Ambiente establecerá los procedimientos aprobatorios respectivos mediante acuerdo ministerial; d. Almacenar los desechos peligrosos y especiales en condiciones técnicas de seguridad y en áreas que reúnan los requisitos previstos en el presente reglamento, normas INEN y/o normas nacionales e internacionales aplicables evitando su contacto con los recursos agua y suelo y verificando la compatibilidad de los mismos; e. Disponer de instalaciones adecuadas y técnicamente construidas para realizar el almacenamiento de los desechos peligrosos y/o especiales, con accesibilidad a los vehículos que vayan a realizar el traslado de los mismos; f. Identificar y/o caracterizar los desechos peligrosos y/o especiales generados, de acuerdo a la norma técnica correspondiente; g. Realizar la entrega de los desechos peligrosos y/o especiales para su adecuado manejo, únicamente a personas naturales o jurídicas que cuenten con la regularización ambiental correspondiente emitida por el Ministerio del Ambiente o por la Autoridad Ambiental de Aplicación Responsable; h. Antes de entregar sus desechos peligrosos y/o especiales, el generador deberá demostrar ante la autoridad ambiental competente que no es posible someterlos a algún sistema de eliminación y/o disposición final dentro de sus instalaciones, bajo los lineamientos técnicos establecidos en la normativa ambiental emitida por el Ministerio del Ambiente o por el INEN; en caso de ser necesario se complementará con las normas internacionales aplicables; i. Elaborar, formalizar y custodiar el manifiesto único de movimiento de los desechos peligrosos y/o especiales para su gestión; este documento crea la cadena de custodia desde la generación hasta la disposición final; j. Regularizar su actividad conforme lo establece la normativa ambiental ante el Ministerio del Ambiente o las autoridades ambientales de aplicación responsables; k. Para generadores que tengan dos o más establecimientos en donde se generen desechos peligrosos, el registro será individual para cada uno de los establecimientos y se obtendrán ante el Ministerio del Ambiente o la Autoridad Ambiental de Aplicación Responsable para la jurisdicción correspondiente; l. Declarar anualmente ante el Ministerio del Ambiente o Autoridad Ambiental de Aplicación Responsable acreditada para su aprobación, la generación y manejo de desechos peligrosos y/o especiales. Esta declaración la realizará cada generador por registro

54 otorgado de manera anual. La información consignada en este documento estará sujeta a comprobación por parte de la autoridad competente, quien podrá solicitar informes específicos cuando lo requiera. El incumplimiento de esta disposición conllevará la cancelación del registro sin perjuicio de las sanciones administrativas, civiles y penales a que hubiere lugar; m. Mantener un registro (bitácora) de los movimientos de entrada y salida de desechos peligrosos y especiales en su área de almacenamiento, en donde se hará constar la fecha de los movimientos (entradas/salidas), nombre del desecho, su origen, cantidad (transferida/almacenada) y destino; n. Entregar al Ministerio del Ambiente o la Autoridad Ambiental de Aplicación Responsable correspondiente la información adicional o complementaria que sea necesaria; o. Proceder a la actualización del registro otorgado en caso de modificaciones en la información; y, p. Para generadores que ya cuentan con licencia ambiental de su actividad y que están en capacidad de gestionar sus propios desechos peligrosos y/o especiales, deben actualizar su Plan de Manejo Ambiental a fin de reportar dicha gestión a la autoridad ambiental competente. Las operaciones de transporte de desechos peligrosos y/o sustancias químicas peligrosas, y/o eliminación de desechos peligrosos y/o especiales que realicen, deben cumplir con los aspectos técnicos y legales establecidos en la normativa ambiental aplicable; en caso de ser necesario se complementará con las normas internacionales aplicables. Art El generador reportará al Ministerio del Ambiente o a la Autoridad Ambiental de Aplicación Responsable, los accidentes producidos durante la generación y manejo de los desechos peligrosos y/o especiales. El ocultamiento de esta información recibirá la sanción prevista en la legislación ambiental aplicable. Parágrafo II Del Almacenamiento Art Dentro de esta etapa de la gestión, los desechos peligrosos o especiales deben permanecer envasados, almacenados y etiquetados, aplicando para el efecto, las normas técnicas pertinentes establecidas por el Ministerio del Ambiente y el INEN, o en su defecto normas técnicas aceptadas a nivel internacional aplicables en el país. Los envases empleados en el almacenamiento deben ser utilizados únicamente para este fin, tomando en cuenta las características de peligrosidad y de incompatibilidad de los desechos peligrosos o especiales con ciertos materiales. Para el caso de desechos peligrosos con contenidos de material radioactivo sea de origen natural o artificial, el envasado, almacenamiento, y etiquetado deberá además cumplir con la normativa específica emitida por autoridad reguladora del Ministerio de Electricidad y Energía Renovable a través de la Subsecretaría de Control, investigación y Aplicaciones Nucleares o aquella que la reemplace

55 Art El almacenamiento de desechos peligrosos y/o especiales en las instalaciones, no podrá superar, los doce (12) meses. En casos justificados mediante informe técnico, se podrá solicitar a la autoridad ambiental una extensión de dicho período que no excederá de 6 meses. Durante el tiempo que el generador esté almacenando desechos peligrosos dentro de sus instalaciones, este debe garantizar que se tomen las medidas tendientes a prevenir cualquier afectación a la salud y al ambiente, teniendo en cuenta su responsabilidad por todos los efectos ocasionados. Art En caso de inexistencia de una instalación de eliminación y/o disposición final, imposibilidad de accesos a ella u otros casos justificados, la autoridad ambiental podrá autorizar el almacenamiento de desechos peligrosos por períodos prolongados, superiores a los establecidos en el artículo precedente. En este caso, el Ministerio del Ambiente determinará los lineamientos técnicos para el control del almacenamiento de los desechos peligrosos. Art Las personas naturales o jurídicas que prestan el servicio de almacenamiento de desechos peligrosos y/o especiales estarán sujetos a la regularización establecida en el SUMA, pudiendo prestar servicio únicamente a los generadores registrados. Art Los lugares para el almacenamiento de desechos peligrosos deben cumplir con las siguientes condiciones mínimas: a. Ser lo suficientemente amplios para almacenar y manipular en forma segura los desechos peligrosos, así como contar con pasillos lo suficientemente amplios, que permitan el tránsito de montacargas mecánicos, electrónicos o manuales, así como el movimiento de los grupos de seguridad y bomberos en casos de emergencia; b. Estar separados de las áreas de producción, servicios, oficinas y de almacenamiento de materias primas o productos terminados; c. No almacenar desechos peligrosos con sustancias químicas peligrosas; d. El acceso a estos locales debe ser restringido, únicamente se admitirá el ingreso a personal autorizado provisto de todos los implementos determinados en las normas de seguridad industrial y que cuente con la identificación correspondiente para su ingreso; e. En los casos en que se almacenen desechos peligrosos de varios generadores cuya procedencia indique el posible contacto o presencia de material radioactivo, la instalación deberá contar con un detector de radiaciones adecuadamente calibrado y en caso de hallazgos al respecto proceder a informar inmediatamente al Ministerio de Electricidad y Energía Renovable a través de la Subsecretaría de Control, Investigación y Aplicaciones Nucleares o aquella que la reemplace; f. Contar con un equipo de emergencia y personal capacitado en la aplicación de planes de contingencia; g. Las instalaciones deben contar con pisos cuyas superficies sean de acabado liso, continuo e impermeable o se hayan impermeabilizado, resistentes química y estructuralmente a los desechos peligrosos que se almacenen, así como contar con una

56 cubierta a fin de estar protegidos de condiciones ambientales tales como humedad, temperatura, radiación y evitar la contaminación por escorrentía; h. Para el caso de almacenamiento de desechos líquidos, el sitio debe contar con cubetos para contención de derrames o fosas de retención de derrames cuya capacidad sea del 110% del contenedor de mayor capacidad, además deben contar con trincheras o canaletas para conducir derrames a las fosas de retención con capacidad para contener una quinta parte de lo almacenado; i. Contar con señalización apropiada con letreros alusivos a la peligrosidad de los mismos, en lugares y formas visibles; j. Contar con sistemas de extinción contra incendios. En el caso de hidrantes, estos deberán mantener una presión mínima de 6kg/cm2 durante 15 minutos; y, k. Contar con un cierre perimetral que impida el libre acceso de personas y animales. Excepcionalmente se podrán autorizar sitios de almacenamiento que no cumplan con algunas de estas condiciones tales como piscinas, lagunas artificiales u otros, si se justifica técnicamente que no afectan a la salud y el ambiente. Art Todo envase durante el almacenamiento temporal de desechos peligrosos y/o especiales debe llevar la identificación correspondiente de acuerdo a las normas técnicas emitidas por el Ministerio del Ambiente o el INEN y las normas internacionales aplicables al país. La identificación será con marcas de tipo indeleble, legible, ubicadas en sitios visibles y de un material resistente a la intemperie Art Los desechos peligrosos y especiales serán almacenados considerando los criterios de compatibilidad, de acuerdo a lo establecido en las normas técnicas emitidas por el Ministerio del Ambiente o el INEN y las normas internacionales aplicables al país, no podrán ser almacenados en forma conjunta en un mismo recipiente y serán entregados únicamente a personas naturales o jurídicas que cuenten con la regulación ambiental emitida por el Ministerio del Ambiente o por las autoridades ambientales de aplicación responsable. Art El generador que transfiera desechos peligrosos y/o especiales a un prestador de servicio (gestor) autorizado para el almacenamiento de los mismos, debe llevar la cadena de custodia de estos desechos a través de la consignación de la información correspondiente de cada movimiento en el manifiesto único. Art El prestador de servicios (gestor) de almacenamiento conforme al alcance de su licencia ambiental o ficha ambiental aprobada, debe llevar un libro de registro (bitácora) de los movimientos (fechas) de entrada y salida de desechos peligrosos indicando el origen, cantidades, características y destino final que se dará a los mismos y debe realizar la declaración anual de la gestión de los desechos almacenados, bajo los lineamientos que se emitan para el efecto

57 Parágrafo III De la Recolección Art Dentro de esta etapa de la gestión, los desechos peligrosos y especiales deberán ser recolectados, en forma tal que no afecte la salud de los trabajadores ni al ambiente y se asegure una separación del flujo de residuos. Art La recolección y transporte de desechos peligrosos deberá realizarse en transporte que cuente con la respectiva licencia ambiental otorgada por el Ministerio del Ambiente o por las autoridades ambientales de aplicación responsable, según lo establecido en el Parágrafo IV del presente reglamento. Art Las personas naturales o jurídicas que presten el servicio de recolección y transporte de desechos peligrosos y/o desechos especiales, en el marco del alcance de su licencia ambiental o ficha ambiental aprobada, pueden prestar este servicio únicamente a los generadores registrados. Además están sujetos a la presentación de la declaración anual de su gestión de acuerdo a los mecanismos establecidos para el efecto por parte de la Autoridad Ambiental Nacional. Art Queda prohibida la mezcla de desechos especiales con desechos peligrosos, ya que si esto llega a ocurrir, la mezcla completa debe manejarse como desecho peligroso. Anexo 1 Norma de Calidad Ambiental y de Descarga de Efluentes: Recurso Agua. 1. Objeto La norma tiene como objetivo la Prevención y Control de la Contaminación Ambiental, en lo relativo al recurso agua. La presente norma técnica determina o establece: Los límites permisibles, disposiciones y prohibiciones para las descargas en cuerpos de aguas o sistemas de alcantarillado; Los criterios de calidad de las aguas para sus distintos usos; y, Métodos y procedimientos para determinar la presencia de contaminantes en el agua. Criterios generales para la descarga de efluentes Normas generales para descarga de efluentes, tanto al sistema de alcantarillado, como a los cuerpos de agua El regulado deberá mantener un registro de los efluentes generados, indicando el caudal del efluente, frecuencia de descarga, tratamiento aplicado a los efluentes, análisis

58 de laboratorio y la disposición de los mismos, identificando el cuerpo receptor. Es mandatorio que el caudal reportado de los efluentes generados sea respaldado con datos de producción En las tablas # 11, 12 y 13 de la presente norma, se establecen los parámetros de descarga hacia el sistema de alcantarillado y cuerpos de agua (dulce y marina), los valores de los límites máximos permisibles, corresponden a promedios diarios. La Entidad Ambiental de Control deberá establecer la normativa complementaria en la cual se establezca: La frecuencia de monitoreo, el tipo de muestra (simple o compuesta), el número de muestras a tomar y la interpretación estadística de los resultados que permitan determinar si el regulado cumple o no con los límites permisibles fijados en la presente normativa para descargas a sistemas de alcantarillado y cuerpos de agua Se prohíbe la utilización de cualquier tipo de agua, con el propósito de diluir los efluentes líquidos no tratados Las aguas residuales que no cumplan previamente a su descarga, con los parámetros establecidos de descarga en esta Norma, deberán ser tratadas mediante tratamiento convencional, sea cual fuere su origen: público o privado. Por lo tanto, los sistemas de tratamiento deben ser modulares para evitar la falta absoluta de tratamiento de las aguas residuales en caso de paralización de una de las unidades, por falla o mantenimiento Se prohíbe descargar sustancias o desechos peligrosos (líquidos-sólidossemisólidos) fuera de los estándares permitidos, hacia el cuerpo receptor, sistema de alcantarillado y sistema de aguas lluvias Normas de descarga de efluentes a un cuerpo de agua o receptor: Agua dulce y agua marina Las normas locales para descargas serán fijadas considerando los criterios de calidad establecidos para el uso o los usos asignados a las aguas. Las normas guardarán siempre concordancia con la norma técnica nacional vigente, pudiendo ser únicamente igual o más restrictiva y deberán contar con los estudios técnicos y económicos que lo justifiquen. En los tramos del cuerpo de agua en donde se asignen usos múltiples, las normas para descargas se establecerán considerando los valores más restrictivos de cada uno de los parámetros fijados para cada uno Los municipios serán las autoridades encargadas de realizar los monitoreos a la calidad de los cuerpos de agua ubicados en su jurisdicción, llevando los registros

59 correspondientes, que permitan establecer una línea base y de fondo que permita ajustar los límites establecidos en esta Norma en la medida requerida. Anexo 2 Norma de Calidad Ambiental del Recurso Suelo y Criterios de Remediación para Suelos Contaminados. 1. Objeto La norma tiene como objetivo la Prevención y Control de la Contaminación Ambiental en lo relativo al recurso suelo, determina o establece lo siguiente: a. Normas de aplicación general para suelos de distintos usos. b. Criterios de calidad de un suelo. c. Criterios de remediación para suelos contaminados. d. Normas técnicas para evaluación de la capacidad agrológica del suelo. 4. Requisitos 4.1 Normas de Aplicación General Para la prevención y control de la contaminación del suelo, se establecen los siguientes criterios: Prevenir y reducir la generación de residuos sólidos municipales, industriales, comerciales y de servicios, incorporando técnicas apropiadas y procedimientos para su minimización, reúso y reciclaje. Durante las diferentes etapas del manejo de residuos industriales, comerciales y de servicios se prohíbe: El depósito o confinamiento de residuos no peligrosos y peligrosos en suelos de conservación ecológica o áreas naturales protegidas Sobre las actividades generadoras de desechos sólidos no peligrosos Toda actividad productiva que genere desechos sólidos no peligrosos, deberá implementar una política de reciclaje o reúso de los desechos. Si el reciclaje o reúso no es viable, los desechos deberán ser dispuestos de manera ambientalmente aceptable. Las industrias y proveedores de servicios deben llevar un registro de los desechos generados, indicando volumen y sitio de disposición de los mismos. Por ningún motivo se permite la disposición de desechos en áreas no aprobadas para el efecto por parte de la entidad ambiental de control Sobre las actividades que generen desechos peligrosos Los desechos considerados peligrosos generados en las diversas actividades industriales, comerciales agrícolas o de servicio, deberán ser devueltos a sus proveedores, quienes se encargarán de efectuar la disposición final del desecho mediante métodos de eliminación establecidos en las normas técnicas ambientales y regulaciones expedidas para el efecto Sobre el manejo, almacenamiento y disposición de residuos peligrosos

60 El almacenamiento, transporte y disposición de residuos peligrosos, deberán ser manejados de acuerdo a lo establecido en las normas y regulaciones expedidas para el efecto. Las personas que generan residuos peligrosos, deben llevar una bitácora mensual sobre la generación de sus residuos peligrosos, donde se incluirá las características del desecho, volumen, procedencia y disposición final del mismo. Se debe transportar los residuos peligrosos en los vehículos que cuenten con todas las condiciones previstas en las normas técnicas y regulaciones expedidas para el efecto. Las personas que realicen esta actividad, deben contar con el permiso de la Entidad Ambiental de Control correspondiente. Las áreas de almacenamiento deberán reunir como mínimo, a más de las establecidas en la Norma Técnica Ambiental para el Manejo de Desechos Peligrosos, con las siguientes condiciones: Estar separadas de las áreas de producción, servicios, oficinas y de almacenamiento de materias primas o productos terminados. Estar ubicadas en zonas donde se minimicen los riesgos por posibles emisiones, fugas, incendios, explosiones e inundaciones. Contar con pasillos lo suficientemente amplios, que permitan el tránsito de montacargas mecánicos, electrónicos o manuales, así como el movimiento de los grupos de seguridad y bomberos en casos de emergencia. Contar con sistemas para la prevención y respuesta a incendios. Anexo 3 Norma de Emisiones al aire desde fuentes fijas de combustión. 1 Objeto La presente norma tiene como objetivo principal el preservar o conservar la salud de las personas, la calidad del aire ambiente, el bienestar de los ecosistemas y del ambiente en general. Para cumplir con este objetivo, esta norma establece los límites permisibles de emisiones al aire desde diferentes actividades. La norma provee los métodos y procedimientos destinados a la determinación de las emisiones al aire que se verifiquen desde procesos de combustión en fuentes fijas. Se provee también de herramientas de gestión destinadas a promover el cumplimiento con los valores de calidad de aire ambiente establecidos en la normativa pertinente. 4. Requisitos 4.1 De los Límites Permisibles de Emisiones al Aire Para Fuentes Fijas de Combustión De las fuentes fijas significativas de emisiones al aire

61 Para la aplicación de la presente norma técnica, se definen fuentes fijas significativas y fuentes fijas no significativas, de emisiones al aire por proceso de combustión Serán designadas como fuentes fijas no significativas todas aquellas que utilizan combustibles fósiles sólidos, líquidos, gaseosos, o cualquiera de sus combinaciones, y cuya potencia calorífica (heat input) sea menor a tres millones de vatios (3 x 106 W), o, diez millones de unidades térmicas británicas por hora (10 x 106 BTU/h). Estas fuentes fijas de combustión no estarán obligadas a efectuar mediciones de sus emisiones actuales, y deberán proceder según se indica en el siguiente artículo Las fuentes fijas no significativas, aceptadas como tal por parte de la Entidad Ambiental de Control, demostrarán cumplimiento con la normativa mediante alguno de los siguientes métodos: a. El registro interno, y disponible ante la Entidad Ambiental de Control, del seguimiento de las prácticas de mantenimiento de los equipos de combustión, acordes con los programas establecidos por el operador o propietario de la fuente, o recomendados por el fabricante del equipo de combustión; b. Resultados de análisis de características físicas y químicas del combustible utilizado, en particular del contenido de azufre y nitrógeno en el mismo; c. La presentación de certificados por parte del fabricante del equipo de combustión en cuanto a la tasa esperada de emisiones de contaminantes, en base a las características del combustible utilizado. d. Mediante inspección del nivel de opacidad de los gases de escape de la fuente; e. Mediante el uso de altura de chimenea recomendada por las prácticas de ingeniería; f. Otros que se llegaren a establecer Para la verificación de cumplimiento por parte de una fuente fija no significativa con alguno de los métodos descritos, el operador u propietario de la fuente deberá mantener los debidos registros o certificados, a fin de reportar a la Entidad Ambiental de Control con una frecuencia de una vez por año No obstante de lo anterior, las fuentes fijas no significativas podrán ser requeridas, por parte de la Entidad Ambiental de Control, de efectuar evaluaciones adicionales de sus emisiones, en el caso de que estas emisiones excedan o comprometan las concentraciones máximas permitidas, a nivel del suelo, de contaminantes del aire. Estas últimas concentraciones de contaminantes en el aire ambiente se encuentran definidas en la norma correspondiente a calidad de aire. Anexo 4 Norma de Calidad del Aire Ambiente. La presente norma técnica es dictada bajo el amparo de la Ley de Gestión Ambiental y del Reglamento a la Ley de Gestión Ambiental para la Prevención y Control de la

62 Contaminación Ambiental y se somete a las disposiciones de éstos, es de aplicación obligatoria y rige en todo el territorio nacional. La presente norma técnica establece: Los objetivos de calidad del aire ambiente. Los límites permisibles de los contaminantes, criterio y contaminantes no convencionales del aire ambiente. Los métodos y procedimientos para la determinación de los contaminantes en el aire ambiente. 1 Objeto La presente norma tiene como objeto principal el preservar la salud de las personas, la calidad del aire ambiente, el bienestar de los ecosistemas y del ambiente en general. Para cumplir con este objetivo, esta norma establece los límites máximos permisibles de contaminantes en el aire ambiente a nivel de suelo. La norma también provee los métodos y procedimientos destinados a la determinación de las concentraciones de contaminantes en el aire ambiente Normas generales para concentraciones de contaminantes criterio en el aire ambiente Para los contaminantes criterio del aire, definidos en , se establecen las siguientes concentraciones máximas permitidas. La Autoridad Ambiental Nacional establecerá la frecuencia de revisión de los valores descritos en la presente norma de calidad de aire ambiente. La Autoridad Ambiental de Aplicación Responsable acreditada ante el Sistema Único de Manejo Ambiental utilizará los valores de concentraciones máximas de contaminantes del aire ambiente aquí definidos, para fines de elaborar su respectiva ordenanza o norma sectorial. La Autoridad Ambiental de Aplicación Responsable acreditada ante el Sistema Único de Manejo Ambiental podrá establecer normas de calidad de aire ambiente de mayor exigencia que los valores descritos en esta norma nacional, esto si los resultados de las evaluaciones de calidad de aire que efectúe dicha autoridad indicaren esta necesidad. Material Particulado menor a 10 micrones (PM10).- El promedio aritmético de la concentración de PM10 de todas las muestras en un año no deberá exceder de cincuenta microgramos por metro cúbico (50 g/m3). El promedio aritmético de monitoreo continuo durante 24 horas, no deberá exceder de cien microgramos por metro cúbico (100 g/m3). Se considera sobrepasada la norma de calidad del aire para material particulado PM10 cuando el percentil 98 de las concentraciones de 24 horas registradas durante un período anual en cualquier estación monitora sea mayor o igual a (100 g/m3)

63 Dióxido de azufre (SO2).- La concentración SO2 en 24 horas no deberá exceder ciento veinticinco microgramos por metro cúbico (125 g/m3), la concentración de este contaminante para un período de diez minutos, no debe ser mayor a quinientos microgramos por metro cúbico (500 g/m3). El promedio aritmético de la concentración de SO2 de todas las muestras en un año no deberá exceder de sesenta microgramos por metro cúbico (60 g/m3). Monóxido de carbono (CO).- La concentración de monóxido de carbono de las muestras determinadas de forma continua, en un período de 8 (ocho) horas, no deberá exceder diez mil microgramos por metro cúbico ( g/m3) no más de una vez al año. La concentración máxima en (1) una hora de monóxido de carbono no deberá exceder treinta mil microgramos por metro cúbico ( g/m3) no más de una vez al año. Dióxido de nitrógeno (NO2).- El promedio aritmético de la concentración de Dióxido de nitrógeno, determinado en todas las muestras en un año, no deberá exceder de cuarenta microgramos por metro cúbico (40 g/m3). La concentración máxima en (1) una hora no deberá exceder doscientos microgramos por metro cúbico (200 g/m3). Anexo 5 Límites Permisibles de Niveles de Ruido Ambiente para Fuentes Fijas y Fuentes Móviles, y para Vibraciones. 1. Objeto La presente norma tiene como objetivo el preservar la salud y bienestar de las personas, y del ambiente en general, mediante el establecimiento de niveles máximos permisibles de ruido. La norma establece además los métodos y procedimientos destinados a la determinación de los niveles de ruido en el ambiente, así como disposiciones generales en lo referente a la prevención y control de ruidos. Se establecen también los niveles de ruido máximo permisibles para vehículos automotores y de los métodos de medición de estos niveles de ruido. Finalmente, se proveen de valores para la evaluación de vibraciones en edificaciones. 4 Requisitos 4.1 Límites máximos permisibles de niveles de ruido ambiente para fuentes fijas Niveles máximos permisibles de ruido Niveles máximos permisibles de niveles de ruido ambiente para fuentes fijas

64 Los niveles de presión sonora equivalente, NPSeq, expresados en decibeles, en ponderación con escala A, que se obtengan de la emisión de una fuente fija emisora de ruido, no podrán exceder los valores que se fijan en la siguiente tabla. Tabla 2.- Tabla Nº 1 del Libro VI, Anexo 5 Tabla N º 1 Niveles Máximos de Ruido Permisibles según Uso del Suelo TIPO DE ZONA SEGÚN USO DE SUELO NIVEL DE PRESIÓN SONORA EQUIVALENTE NPS eq [db(a)] DE 06H00 A 20H00 DE 20H00 A 06H00 Zona hospitalaria y educativa Zona Residencial Zona Residencial mixta Zona Comercial Zona Comercial mixta Zona Industrial Fuente: Anexo 5 Límites Permisibles de Niveles de Ruido Ambiente para Fuentes Fijas y Fuentes Móviles, y para Vibraciones Los métodos de medición del nivel de presión sonora equivalente, ocasionado por una fuente fija, y de los métodos de reporte de resultados, serán aquellos fijados en esta norma Para fines de verificación de los niveles de presión sonora equivalente estipulados en la Tabla 1, emitidos desde la fuente de emisión de ruidos objeto de evaluación, las mediciones se realizarán, sea en la posición física en que se localicen los receptores externos a la fuente evaluada, o, en el límite de propiedad donde se encuentra ubicada la fuente de emisión de ruidos. Anexo 6 Norma de Calidad Ambiental para el Manejo y Disposición Final de Desechos Sólidos No Peligrosos. 1. Objeto La norma tiene como objetivo la Prevención y Control de la Contaminación Ambiental, en lo relativo al recurso aire, agua y suelo

65 El objetivo principal de la presente norma es salvaguardar, conservar y preservar la integridad de las personas, de los ecosistemas y sus interrelaciones y del ambiente en general. Las acciones tendientes al manejo y disposición final de los desechos sólidos no peligrosos deberán realizarse en los términos de la presente Norma Técnica. 4. Desarrollo 4.1 De las responsabilidades en el manejo de los desechos sólidos Los municipios determinarán el área de influencia inmediata de toda actividad que genere desechos, siendo los generadores los responsables de mantener limpias dichas áreas. Corresponde al generador efectuar la limpieza de las aceras, bordillos, incluyendo la cuneta formada entre la vereda y la calle, de sus viviendas o negocios, siendo responsables por omisión ante el municipio de la ciudad: a) Los propietarios y/o arrendatarios o administradores de los edificios, comercios, industrias, etc. b) Los propietarios de negocios, cuando se trate de comercios o tiendas situadas en la planta baja Los productos del barrido y limpieza de la vía pública por parte de los ciudadanos, en ningún caso deberán ser abandonados en la calle, sino que deberán almacenarse en recipientes apropiados y entregarse al servicio de recolección domiciliaria de desechos sólidos Las industrias generadoras, poseedoras y/o terceros que produzcan o manipulen desechos peligrosos deben obligatoriamente realizar la separación en la fuente de los desechos sólidos normales de los peligrosos, evitando de esta manera una contaminación cruzada en la disposición final de los desechos Las industrias generadoras, poseedoras y/o terceros que produzcan o manipulen desechos peligrosos deben obligatoriamente facilitar toda la información requerida a los municipios, sobre el origen, naturaleza, composición, características, cantidades, forma de evacuación, sistema de tratamiento y destino final de los desechos sólidos. Así también brindarán las facilidades necesarias al personal autorizado de los municipios, para que puedan realizar inspecciones, labores de vigilancia y control El aseo de los alrededores de contenedores de almacenamiento de uso privado, será responsabilidad de los usuarios. 4.2 De las prohibiciones en el manejo de desechos sólidos Se prohíbe limpiar en la vía pública o espacios públicos, vehículos livianos, de transporte pesado, hormigoneras, buses y otros, siendo responsables de esta disposición

66 el propietario del vehículo y el conductor, estando ambos obligados a limpiar la parte del espacio público afectado y a reparar los daños causados Se prohíbe arrojar o depositar desechos sólidos fuera de los contenedores de almacenamiento Se prohíbe la localización de contenedores de almacenamiento de desechos sólidos en áreas públicas. Sin embargo la entidad de aseo podrá permitir su localización en tales áreas, cuando las necesidades del servicio lo hagan conveniente, o cuando un evento o situación específica lo exija Se prohíbe la quema de desechos sólidos en los contenedores de almacenamiento de desechos sólidos Se prohíbe quemar desechos sólidos a cielo abierto Se prohíbe mezclar desechos sólidos peligrosos con desechos sólidos no peligrosos Se prohíbe la disposición de desechos industriales peligrosos provenientes de plantas de tratamiento o de los desechos sólidos generados del proceso de producción, en rellenos sanitarios para desechos sólidos no peligrosos. 4.4 Normas generales para el almacenamiento de desechos sólidos no peligrosos Los recipientes para almacenamiento de desechos sólidos en el servicio ordinario deben ser de tal forma que se evite el contacto de éstos con el medio y los recipientes podrán ser retornables o no retornables. En ningún caso se autoriza el uso de cajas, saquillos, recipientes o fundas plásticas no homologadas y envolturas de papel Cuando se trate de contenedores de desechos sólido de propiedad pública, la entidad de aseo procederá a su mantenimiento y reposición, pudiendo imputar el costo correspondiente a los ciudadanos que causen perjuicios a los mismos Los recipientes retornables para almacenamiento de desechos sólidos en el servicio ordinario deben contar con las siguientes características: a) Peso y construcción que faciliten el manejo durante la recolección. b) Los recipientes para desechos sólidos de servicio ordinario deberán ser de color opaco preferentemente negro. c) Construidos en material impermeable, de fácil limpieza, con protección al moho y a la corrosión, como plástico, caucho o metal. d) Dotados de tapa con buen ajuste, que no dificulte el proceso de vaciado durante la recolección

67 e) Construidos en forma tal que estando cerrados o tapados no permitan la entrada de agua, insectos o roedores, ni el escape de líquidos por sus paredes o por el fondo. f) Bordes redondeados y de mayor área en la parte superior, de forma que facilite la manipulación y el vaciado. g) Capacidad de acuerdo a lo que establezca la entidad de aseo. Los recipientes retornables para almacenamiento de desechos sólidos en el servicio ordinario, deberán ser lavados por el usuario con una frecuencia tal que sean presentados en condiciones sanitarias inobjetables Cuando se utilicen fundas de material plástico o de características similares como recipientes no retornables, el usuario deberá presentarlas cerradas con nudo o sistema de amarre fijo El espacio y los contenedores destinados al almacenamiento de los desechos sólidos deben mantenerse en perfectas condiciones de higiene y limpieza. Las características de la construcción y las normas que deberán cumplir estos espacios serán fijadas por las municipalidades en coordinación con la empresa prestadora del servicio de recolección de desechos sólidos El almacenamiento de los desechos sólidos especiales se hará siempre mediante el uso de elementos apropiados que brinden las seguridades necesarias a fin de evitar derrames o vertidos hacia el exterior, y deberán estar bajo los lineamientos técnicos que establezca en cada caso la entidad de aseo. En caso de producirse tales vertidos los responsables están obligados a limpiar el espacio público afectado Los desechos sólidos provenientes del barrido de interiores de edificaciones deberán ser almacenados junto con los desechos sólidos originados en los mismos. 4.7 Normas generales para la recolección y transporte de desechos sólidos no peligrosos Los usuarios deben sacar a la vía sus recipientes o fundas con los desechos sólidos, sólo en el momento en que pase el vehículo recolector, salvo el caso de que se posea cestas metálicas donde colocar las fundas. Las cestas deben estar ubicadas a una altura suficiente, de tal manera que se impida el acceso a ellas de los niños y de animales domésticos 5.16 Reglamento sustitutivo al reglamento ambiental para las Operaciones Hidrocarburíferas en el Ecuador. R.O. Nº 265 del 13 de febrero del Art. 1.- Ámbito. El presente Reglamento Ambiental y sus Normas Técnicas Ambientales incorporadas se aplicará a todas las operaciones hidrocarburíferas y afines que se llevan a efecto en el país

68 El presente Reglamento tiene por objeto regular las actividades hidrocarburíferas de exploración, desarrollo y producción, almacenamiento, transporte, industrialización y comercialización de petróleo crudo, derivados del petróleo, gas natural y afines, susceptibles de producir impactos ambientales en el área de influencia directa, definida en cada caso por el Estudio Ambiental respectivo. Art Manejo y almacenamiento de crudo y/o combustibles. Para el manejo y almacenamiento de combustibles y petróleo se cumplirá con lo siguiente: a) Instruir y capacitar al personal de operadoras, subcontratistas, concesionarios y distribuidores sobre el manejo de combustibles, sus potenciales efectos y riesgos ambientales así como las señales de seguridad correspondientes, de acuerdo a normas de seguridad industrial, así como sobre el cumplimiento de los Reglamentos de Seguridad Industrial del Sistema PETROECUADOR vigentes, respecto al manejo de combustibles; b) Los tanques, grupos de tanques o recipientes para crudo y sus derivados así como para combustibles se regirán para su construcción con la norma API 650, API 12F, API 12D, UL 58, UL 1746, UL 142 o equivalentes, donde sean aplicables; deberán mantenerse herméticamente cerrados, a nivel del suelo y estar aislados mediante un material impermeable para evitar filtraciones y contaminación del ambiente, y rodeados de un cubeto técnicamente diseñado para el efecto, con un volumen igual o mayor al 110% del tanque mayor; c) Los tanques o recipientes para combustibles deben cumplir con todas las especificaciones técnicas y de seguridad industrial del Sistema PETROECUADOR, para evitar evaporación excesiva, contaminación, explosión o derrame de combustible. Principalmente se cumplirá la norma NFPA-30 o equivalente; d) Todos los equipos mecánicos tales como tanques de almacenamiento, tuberías de productos, motores eléctricos y de combustión interna estacionarios así como compresores, bombas y demás conexiones eléctricas, deben ser conectados a tierra; e) Los tanques de almacenamiento de petróleo y derivados deberán ser protegidos contra la corrosión a fin de evitar daños que puedan causar filtraciones de petróleo o derivados que contaminen el ambiente; f) Los sitios de almacenamiento de combustibles serán ubicados en áreas no inundables. La instalación de tanques de almacenamiento de combustibles se realizará en las condiciones de seguridad industrial establecidas reglamentariamente en cuanto a capacidad y distancias mínimas de centros poblados, escuelas, centros de salud y demás lugares comunitarios o públicos; g) Los sitios de almacenamiento de combustibles y/o lubricantes de un volumen mayor a 700 galones deberán tener cunetas con trampas de aceite. En plataformas offshore, los tanques de combustibles serán protegidos por bandejas que permitan la recolección de combustibles derramados y su adecuado tratamiento y disposición;

69 5.17 Reglamento de Prevención, Mitigación y protección contra Incendios. R.O. No. 114 Abril, 2009 Capítulo I Ámbito de Aplicación Art. 1.- Las disposiciones del Reglamento de Prevención, Mitigación y Protección Contra Incendios, serán aplicadas en todo el territorio nacional, para los proyectos arquitectónicos y de ingeniería, en edificaciones a construirse, así como la modificación, ampliación, remodelación de las ya existentes, sean públicas, privadas mixtas, y que su actividad sea de comercio, prestación de servicios, educativas, hospitalarias, alojamiento, concentración de público, industrias, transportes, almacenamiento y expendio de combustibles, explosivos, manejo de productos químicos peligrosos y de toda actividad que represente riesgo de siniestro. Adicionalmente esta norma se aplicará a aquellas actividades que por razones imprevistas, no consten en el presente reglamento, en cuyo caso se someterán al criterio técnico profesional del Cuerpo de Bomberos de su jurisdicción en base a la Constitución Política del Estado, Normas INEN, Código Nacional de la Construcción, Código Eléctrico Ecuatoriano y demás normas y códigos conexos vigentes en nuestro país. Toda persona natural y/o jurídica, propietaria, usuaria o administrador, así como profesionales del diseño y construcción, están obligados a cumplir las disposiciones contempladas en el presente Reglamento de Prevención, Mitigación y Protección Contra Incendios, basados en Normas Técnicas Ecuatorianas INEN. Capitulo II Precauciones Estructurales Art. 3.- Las precauciones estructurales proveen a una edificación de la resistencia necesaria contra un incendio, limitando la propagación del mismo y reduciendo al mínimo el riesgo personal y estructural. Extintores portátiles contra incendios Art Todo establecimiento de trabajo, comercio, prestación de servicios, alojamiento, concentración de público, parqueaderos, industrias, transportes, instituciones educativas públicas y privadas, hospitalarios, almacenamiento y expendio de combustibles, productos químicos peligrosos, de toda actividad que representen riesgos de incendio; deben contar con extintores de incendio del tipo adecuado a los materiales usados y a la clase de riesgo. Art El Cuerpo de Bomberos de cada jurisdicción, determinará el tipo de agente extintor que corresponda de acuerdo a la edificación y su funcionalidad, estos se instalarán en las proximidades de los sitios de mayor riesgo o peligro, de preferencia junto a las salidas y en lugares fácilmente identificables, accesibles y visibles desde cualquier punto del local, además no se debe obstaculizar la circulación (NFPA 10)

70 Art Se colocará extintores de incendios de acuerdo a la Tabla 2, esta exigencia es obligatoria para cualquier uso y para el cálculo de la cantidad de extintores a instalarse. No se tomará en cuenta aquellos que formen parte de las bocas de incendios equipadas (BIE). En los lugares de mayor riesgo de incendio se colocarán extintores adicionales del tipo y capacidad requerida. Además se proveerá de medidas complementarias según las características del material empleado. Los subsuelos y sótanos de edificios que sean destinados a cualquier uso, con superficie de pisos iguales o superiores a quinientos metros cuadrados (500 m2), deben disponer de sistemas automáticos de extinción de incendios. Tabla 3.- Tabla 2 Del Reglamento de prevención de incendios

71 Art Para el mantenimiento y recarga de extintores se debe considerar los siguientes aspectos: a) La inspección lo realizará un empleado designado por el propietario, encargado o administrador, que tenga conocimiento del tema debidamente sustentado bajo su responsabilidad. Esto se lo hace para asegurar que el extintor esté completamente cargado y operable, debe estar en el lugar apropiado, que no haya sido operado o alterado y que no evidencie daño físico o condición que impida la operación del extintor. La inspección debe ser mensual o con la frecuencia necesaria cuando las circunstancias lo requieran mediante una hoja de registro; b) El mantenimiento y recarga debe ser realizado por personas previamente certificadas, autorizadas por el cuerpo de bomberos de cada jurisdicción, los mismos que dispondrán de equipos e instrumentos apropiados, materiales de recarga, lubricantes y los repuestos recomendados por el fabricante; c) Los extintores contarán con una placa y etiqueta de identificación de la empresa, en la que constarán los siguientes datos: fecha de recarga, fecha de mantenimiento, tipo de agente extintor, capacidad, procedencia e instrucciones para el uso, todos estos datos estarán en español o la lengua nativa de la jurisdicción; d) Al extintor se lo someterá a una prueba hidrostática cada seis (6) años. Estarán sujetos de mantenimiento anual o cuando sea indicado específicamente luego de realizar una inspección; e) Todos los extintores deben ser recargados después de ser utilizados o cuando se disponga luego de realizada una inspección si el caso así lo amerita; f) Los extintores cuando estuvieren fuera de un gabinete, se suspenderán en soportes o perchas empotradas o adosadas a la mampostería, a una altura de uno punto cincuenta (1.50) metros del nivel del piso acabado hasta la parte superior del extintor. En ningún caso el espacio libre entre la parte inferior del extintor y el piso debe ser menor de cuatro (4) pulgadas (10 centímetros); y, g) El certificado de mantenimiento del extintor, será emitido por la empresa que realiza este servicio bajo su responsabilidad, con la constatación del Cuerpo de Bomberos de la jurisdicción. Especificaciones técnicas para la seguridad y prevención contra incendios Art Durante la construcción de alguna obra de cualquier tipo, deben tomarse las precauciones necesarias para evitar incendios, y suprimirlo mediante el equipo adecuado. Esta protección debe proporcionarse tanto al área ocupada por la obra y sus riesgos colindantes Disposiciones generales de protección contra Incendios para toda edificación Art Las edificaciones que fueren objeto de ampliación, remodelación o cambio de uso, en una superficie mayor a cien metros cuadrados (100 m2) sujetas al control del cuerpo de bomberos, deben sujetarse a las disposiciones del presente reglamento conforme a su nuevo uso de suelo

72 Art Si las obras aumentaren el riesgo de incendio por la nueva disposición funcional o formal, o por la utilización de materiales altamente inflamables, el Cuerpo de Bomberos de cada jurisdicción tendrá la potestad para prohibir y/o suspender su ejecución. Art En las construcciones ya existentes, y que no hayan sido edificadas de acuerdo con las normas reglamentarias de protección contra incendio, debe suplir estas medidas de seguridad. Y las que no sean factibles de ejecución se compensarán con las que el Cuerpo de Bomberos de cada jurisdicción determine como las más idóneas Reglamento de Seguridad y Salud para la Construcción y Obras Públicas. R.O. No. 249 Jueves 10 de Enero del 2008 Título Segundo Disposiciones Generales Capítulo 1 Obligaciones de Empleadores Art. 3.- Los empleadores del sector de la construcción, para la aplicación efectiva de la seguridad y salud en el trabajo deberán: a) Formular y poner en práctica la política empresarial y hacerla conocer a todo el personal. Prever los objetivos, recursos y programas en materia de seguridad y salud en el trabajo, al interior de las obras; b) Identificar y evaluar los riesgos, en forma inicial y periódica, con la finalidad de planificar adecuadamente las acciones preventivas; c) Combatir y controlar los riesgos en su origen, en el medio de transmisión y en el trabajador, privilegiando el control colectivo al individual. En caso de que las medidas de prevención colectivas resulten insuficientes, el empleador deberá proporcionar, sin costo alguno para el trabajador, las ropas y los equipos de protección individual adecuados; d) Programar la sustitución progresiva y con la brevedad posible de los procedimientos, técnicas, medios, sustancias y productos peligrosos por aquellos que produzcan un menor o ningún riesgo para el trabajador; e) Elaboración y puesta en marcha de medidas de prevención, incluidas las relacionadas con los métodos de trabajo y de producción, que garanticen un mayor nivel de protección de la seguridad y salud de los trabajadores; f) Mantener un sistema de registro y notificación de los accidentes de trabajo, incidentes y enfermedades profesionales y de los resultados de las evaluaciones de riesgos realizadas y las medidas de control propuestas, registro al cual tendrán acceso las autoridades correspondientes, empleadores y trabajadores; g) Investigar y analizar los incidentes, accidentes y enfermedades de trabajo, con el propósito de identificar las causas que los originaron y adoptar acciones correctivas y preventivas tendientes a evitar la ocurrencia de hechos similares;

73 h) Informar a los trabajadores por escrito y por cualquier otro medio sobre los riesgos laborales a los que están expuestos; y capacitarlos a fin de prevenirlos, minimizarlos y eliminarlos; i) Establecer los mecanismos necesarios para garantizar que sólo aquellos trabajadores que hayan recibido la capacitación adecuada, puedan acceder a las áreas de alto riesgo; j) Designar según el número de trabajadores la naturaleza de sus actividades, un trabajador delegado de seguridad, un comité de seguridad y salud y establecer un servicio de salud en el trabajo, conforme la Legislación Ambiental Nacional vigente; k) Fomentar la adaptación del trabajo y de los puestos de trabajo a las capacidades de los trabajadores, habida cuenta de su estado de salud física y mental, teniendo en cuenta la ergonomía y las demás disciplinas relacionadas con los diferentes tipos de riesgos psicosociales en el trabajo; l) Cumplir y hacer cumplir a intermediarios, contratistas y tercerizadoras todas las normas vigentes en materia laboral y de seguridad y salud en el trabajo; planes de prevención de riesgos y afiliación al Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social; m) Presentar en el Ministerio de Trabajo, para su aprobación el Reglamento Interno de Seguridad y Salud o, en su caso, los planes mínimos de prevención de riesgos para obras o servicios específicos a prestar. Tales documentos deberán ser revisados y actualizados cada dos años y siempre que las condiciones laborales se modifiquen, con la participación de empleadores y trabajadores; n) Registrar en el Ministerio de Trabajo y Empleo, el Comité Paritario de Seguridad y Salud, así como el Reglamento Interno de Higiene y Seguridad a que se refiere el artículo 434 del Código del Trabajo y enviar copia de los mismos al Seguro General de Riegos del Trabajo del IESS; o) Afiliar a los trabajadores al Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social, IESS; e, p) Implantar un programa de prevención de riesgos el mismo que contemplará los siguientes aspectos: Política en Seguridad y Salud en el Trabajo. Plan o manual de Seguridad y Salud en el Trabajo. Reglamento interno de Seguridad y Salud en el Trabajo. Procedimientos para las actividades de la organización. Instrucciones de trabajo. Registros del Sistema de Prevención de Riegos. Art. 4.- Los empleadores serán responsables de que los trabajadores se sometan a los exámenes médicos de preempleo, periódicos y de retiro, acorde con los riesgos a que están expuestos en sus labores. Art. 5.- Los empleadores, de manera individual o colectiva, deberán instalar y aplicar sistemas de respuesta a emergencias en caso de accidentes mayores: Incendio, explosión, escape o derrame de sustancias, desastres naturales u otros eventos de fuerza mayor

74 Capitulo II Obligaciones y derechos de los Trabajadores Art. 6.- Los trabajadores tienen las siguientes obligaciones en materia de Seguridad y Salud en el Trabajo: a) Cumplir con las normas, reglamentos e instrucciones de los programas de seguridad y salud en el trabajo que se apliquen en el lugar de trabajo, así como con las instrucciones que les impartan sus superiores jerárquicos directos; b) Cooperar en el cumplimiento de las obligaciones que competen al empleador; c) Usar adecuadamente los instrumentos y materiales de trabajo, así como los equipos de protección individual y colectiva; d) Operar o manipular equipos, maquinarias, herramientas u otros elementos únicamente cuando hayan sido autorizados y capacitados; e) Informar a sus superiores jerárquicos directos acerca de cualquier situación de trabajo que a su juicio entrañe, por motivos razonables, un peligro para la vida o la salud de los trabajadores; f) Cooperar y participar en el proceso de investigación de los accidentes de trabajo y las enfermedades profesionales cuando la autoridad competente lo requiera o cuando a su parecer los datos que conocen ayuden al esclarecimiento de las causas que los originaron; g) Velar por el cuidado integral de su salud física y mental, así como por el de los demás trabajadores que dependan de ellos, durante el desarrollo de sus labores; h) Informar oportunamente sobre cualquier dolencia que sufran y que se haya originado como consecuencia de las labores que realizan o de las condiciones y ambiente de trabajo. i) Someterse a los exámenes médicos programados por el médico del centro de trabajo así como a los procesos de rehabilitación integral; y, j) Participar en los organismos paritarios, en los programas de capacitación y otras actividades destinadas a prevenir los riesgos laborales que organice su empleador o la autoridad competente Art. 7.- Todo trabajador tendrá acceso y se le garantizará el derecho a la atención de primeros auxilios en casos de emergencia derivados de accidentes de trabajo o de enfermedad común repentina. Art. 8.- Todos los trabajadores tienen derecho a desarrollar sus labores en un ambiente de trabajo adecuado y propicio para el pleno ejercicio de sus facultades físicas y mentales, que garanticen su salud, seguridad y bienestar. Art. 9.- Los trabajadores serán informados sobre los riesgos laborales vinculados a las actividades que realizan en sus puestos de trabajo y la forma de prevenirlos

75 Art Los trabajadores o sus representantes podrán solicitar a la autoridad competente la realización de una inspección al centro de trabajo, cuando consideren que no existen condiciones adecuadas de seguridad y salud en el mismo. Este derecho comprende el de estar presentes durante la realización de la respectiva diligencia y en caso de considerarlo conveniente, dejar constancia de sus observaciones en el acta de inspección. Art Sin perjuicio de cumplir con sus obligaciones laborales, los trabajadores tienen derecho a interrumpir su actividad cuando, por motivos razonables, consideren que existe un peligro inminente que ponga en riesgo su seguridad o la de otros trabajadores. En tal supuesto, no podrán sufrir perjuicio alguno, a menos que hubieran obrado de mala fe o cometido negligencia grave. Art Los trabajadores podrán a cambiar de puesto de trabajo o de tarea por razones de salud, rehabilitación, reinserción y recapacitación, previo informe técnico que así lo recomiende. Art Los trabajadores tienen derecho a conocer los resultados de los exámenes médicos, de laboratorio o estudios especiales practicados con ocasión de la relación laboral. Asimismo, tienen derecho a la confidencialidad de dichos resultados. Titulo Tercero Organización de la seguridad y salud Capítulo I Sistema de prevención de riesgos Laborales Art Unidad de Seguridad y Servicio Médico.- Conforme lo determinan los reglamentos de seguridad y salud de los trabajadores y de funcionamiento de servicios médicos de empresa y siendo la construcción un sector calificado como de alto riesgo, los centros de trabajo con número mayor a cincuenta trabajadores deberán contar con la Unidad de Seguridad y el Servicio Médico, liderados por profesionales con formación especializada en la materia y debidamente acreditados ante el Ministerio de Trabajo y Empleo. Las funciones de cada una de estas instancias, lo disponen los citados reglamentos. Art Responsable de prevención de riesgos.- Para el caso de obras o centros de trabajo con número inferior al mencionado en el artículo anterior, el empleador nominará el responsable de prevención de riesgos quien acreditará formación en seguridad y salud en el trabajo. Art Comité paritario de seguridad y salud.- En toda obra de construcción con número de trabajadores superior a quince, se conformarán y funcionarán acorde al Art. 14 del Reglamento de seguridad y salud de los trabajadores, los comités paritarios de seguridad y salud

76 Art Delegado de seguridad y salud.- En los lugares de trabajo, donde el número de trabajadores no supere a quince, ellos nominarán un representante: el delegado de seguridad y salud, quien conjuntamente con el responsable de prevención de riesgos actuará como organismo paritario al interior de la obra. Capitulo II Art Responsabilidad Solidaria en Materia de Prevención y Protección Contra Los Riesgos Del Trabajo.- A efectos de la responsabilidad solidaria entre empleadores, en materia de seguridad y salud en el trabajo se considerará lo siguiente: a) Propietario de la obra.- Es responsabilidad del propietario, contratar la ejecución de la obra con personas naturales o jurídicas cumplidoras de las obligaciones que en materia de seguridad y salud en el trabajo establece la legislación vigente; b) Diseñadores y planificadores.- Los diseñadores y planificadores deberán aplicar normas y preceptos preventivos desde la fase de diseño, en estricto apego a la normativa legal vigente. Deberán además incluir en presupuesto de obra, el rubro correspondiente a los programas de prevención de riesgos laborales; c) Constructor.- El constructor con fundamento en la identificación y evaluación de los riesgos de los puestos de trabajo, está obligado a la formulación y ejecución de los programas de prevención y protección respecto a los riesgos del trabajo en los diferentes procesos de avance de la obra. Asignará los recursos correspondientes para el desarrollo de estos programas y tomará cuentas de su cumplimiento a los responsables. Cuando la ejecución de la obra precise la intervención de intermediarios, tercerizadoras, contratistas y subcontratistas, el constructor o quien haga sus veces, requerirá de estos, su registro en el Ministerio de Trabajo, los reglamentos internos de seguridad y salud o los planes preventivos diseñados en función de los factores de riesgo propios de la obra o servicio a ejecutar. La presentación: de estos documentos será parte del proceso contractual y constarán en los contratos respectivos; d) Tercerizadores de servicios complementarios, contratistas y subcontratistas: Los tercerizadores, contratistas y subcontratistas, son responsables de la aplicación de la normativa vigente en materia de seguridad y salud para con sus trabajadores. Desarrollarán acciones de prevención y protección que se ajusten a los riesgos inherentes a la obra o servicio a prestar; e) Intermediarios laborales.- Las personas naturales o jurídicas intermediarios del sector de la construcción están obligados a seleccionar de manera adecuada el personal idóneo que se ajuste a las competencias y requerimientos del puesto de

77 trabajo. Son además responsables de la entrega de información y capacitación general en materia de seguridad y salud en el trabajo; f) Fiscalizadores.- Los fiscalizadores realizarán acciones de verificación del cumplimiento de los programas preventivos planificados y comprometidos por los empleadores a través de reglamentos internos o planes mínimos de prevención de riesgos, presentados al constructor; g) Residentes de obra y supervisores.- Participar activamente en los programas de prevención de riesgos en los que sean requeridos, controlar el cumplimiento de las acciones de capacitación y adiestramiento en cada puesto de trabajo. Reportar a la Unidad de Seguridad y Salud o al responsable de prevención de riesgos, en su caso, todos los accidentes, incidentes y situaciones de riesgo para los trabajadores. Colaborar en las inspecciones y auditorías de seguridad, investigación de accidentes- incidentes y enfermedades ocupacionales. Coordinar con el Técnico de Seguridad los procedimientos de trabajo y vigilar el cumplimiento de los planes de prevención y protección de los trabajadores de terceros; y, h) Maestros mayores.- En caso de fungir como contratistas asumirán las responsabilidades descritas en el literal d) de este artículo. De ser parte de la plantilla del constructor, apoyarán el trabajo preventivo del residente de obra. Disposiciones Generales Cuarta.- Todas los presupuestos referenciales de ejecución de trabajos de construcción contarán con los rubros necesarios que cubran con los programas preventivos y de capacitación en materia de prevención de riesgos, protección colectiva y personal, dependiendo del tipo de obra y su naturaleza de ejecución. Quinta.- Lo descrito en el párrafo anterior, no podrá ser incluido en rubros de impacto ambiental ni se los considerará como medidas de mitigación de los mismos, por ser plenamente identificados como de prevención de riesgos laborales. Sexta.- Para todos aquellos aspectos normativos no incluidos en el presente reglamento en relación con las condiciones y medio ambiente de trabajo, se estará a lo dispuesto en el Instrumento Andino de Seguridad y Salud, Reglamento de Seguridad y Salud de los Trabajadores y en las demás normas nacionales e internacionales vigentes

78 5.19 Reglamento de Seguridad y Salud de los Trabajadores y Mejoramiento del Medio Ambiente de Trabajo. R.O. No Noviembre 17, Título I Disposiciones Generales Art. 1.- Ámbito de aplicación.- Las disposiciones del presente Reglamento se aplicarán a toda actividad laboral y en todo centro de trabajo, teniendo como objetivo la prevención, disminución o eliminación de los riesgos del trabajo y el mejoramiento del medio ambiente de trabajo. Art Obligaciones de los Empleadores.- Son obligaciones generales de los personeros de las entidades y empresas públicas y privadas, las siguientes: 1. Cumplir las disposiciones de este Reglamento y demás normas vigentes en materia de prevención de riesgos. 2. Adoptar las medidas necesarias para la prevención de los riesgos que puedan afectar a la salud y al bienestar de los trabajadores en los lugares de trabajo de su responsabilidad. 3. Mantener en buen estado de servicio las instalaciones, máquinas, herramientas y materiales para un trabajo seguro. 4. Organizar y facilitar los Servicios Médicos, Comités y Departamentos de Seguridad, con sujeción a las normas legales vigentes. 5. Entregar gratuitamente a sus trabajadores vestido adecuado para el trabajo y los medios de protección personal y colectiva necesarios. 6. Efectuar reconocimientos médicos periódicos de los trabajadores en actividades peligrosas; y, especialmente, cuando sufran dolencias o defectos físicos o se encuentren en estados o situaciones que no respondan a las exigencias psicofísicas de los respectivos puestos de trabajo. 8. Especificar en el Reglamento Interno de Seguridad e Higiene, las facultades y deberes del personal directivo, técnicos y mandos medios, en orden a la prevención de los riesgos de trabajo. 9. Instruir sobre los riesgos de los diferentes puestos de trabajo y la forma y métodos para prevenirlos, al personal que ingresa a laborar en la empresa. 10. Dar formación en materia de prevención de riesgos, al personal de la empresa, con especial atención a los directivos técnicos y mandos medios, a través de cursos regulares y periódicos. 11. Adoptar las medidas necesarias para el cumplimiento de las recomendaciones dadas por el Comité de Seguridad e Higiene, Servicios Médicos o Servicios de Seguridad. Art Obligaciones de los Trabajadores.- 1. Participar en el control de desastres, prevención de riesgos y mantenimiento de la higiene en los locales de trabajo cumpliendo las normas vigentes

79 2. Asistir a los cursos sobre control de desastres, prevención de riesgos, salvamento y socorrismo programados por la empresa u organismos especializados del sector público. 3. Usar correctamente los medios de protección personal y colectiva proporcionados por la empresa y cuidar de su conservación. 4. Informar al empleador de las averías y riesgos que puedan ocasionar accidentes de trabajo. Si éste no adoptase las medidas pertinentes, comunicar a la Autoridad Laboral competente a fin de que adopte las medidas adecuadas y oportunas. 5. Cuidar de su higiene personal, para prevenir al contagio de enfermedades y someterse a los reconocimientos médicos periódicos programados por la empresa. 6. No introducir bebidas alcohólicas ni otras substancias tóxicas a los centros de trabajo, ni presentarse o permanecer en los mismos en estado de embriaguez o bajo los efectos de dichas substancias. 7. Colaborar en la investigación de los accidentes que hayan presenciado o de los que tengan conocimiento. 8. Acatar en concordancia con el Art. 11, numeral siete del presente Reglamento las indicaciones contenidas en los dictámenes emitidos por la Comisión de Evaluación de las Incapacidades del IESS, sobre cambio temporal o definitivo en las tareas o actividades que pueden agravar las lesiones o enfermedades adquiridas dentro de la propia empresa, o anteriormente. Art Ruidos y Vibraciones.- 3. Las máquinas que produzcan ruidos o vibraciones se ubicarán en recintos aislados si el proceso de fabricación lo permite, y serán objeto de un programa de mantenimiento adecuado que aminore en lo posible la emisión de tales contaminantes físicos. 4. (Reformado por el Art. 31 del D.E. 4217, R.O. 997, 10-VIII-1988) Se prohíbe instalar máquinas o aparatos que produzcan ruidos o vibraciones, adosados a paredes o columnas excluyéndose los dispositivos de alarma o señales acústicas. 6. Se fija como límite máximo de presión sonora el de 85 decibeles escala A del sonómetro, medidos en el lugar en donde el trabajador mantiene habitualmente la cabeza, para el caso de ruido continuo con 8 horas de trabajo. No obstante, los puestos de trabajo que demanden fundamentalmente actividad intelectual, o tarea de regulación o de vigilancia, concentración o cálculo, no excederán de 70 decibeles de ruido. 7. (Reformado por el Art. 34 del D.E. 4217, R.O. 997, 10-VIII-1988) Para el caso de ruido continuo, los niveles sonoros, medido en decibeles con el filtro "A" en posición lenta, que se permitirán, estarán relacionados con el tiempo de exposición según la siguiente tabla: Tabla 4.- Niveles Máximos de Ruido Permisibles por horas en jornada laboral Nivel sonoro /db (A-lento) Tiempo de exposición por jornada/hora

80 Nivel sonoro /db (A-lento) Tiempo de exposición por jornada/hora Fuente: Reglamento de Seguridad y Salud de los Trabajadores y Mejoramiento del Medio Ambiente de Trabajo. Art Iluminación, Niveles Mínimos.- 1. Todos los lugares de trabajo y tránsito deberán estar dotados de suficiente iluminación natural o artificial, para que el trabajador pueda efectuar sus labores con seguridad y sin daño para los ojos. Título III Aparatos, Máquinas y Herramientas Capítulo I Instalaciones de Máquinas Fijas Art Ubicación.- En la instalación de máquinas fijas se observarán las siguientes normas: 1. Las máquinas estarán situadas en áreas de amplitud suficiente que permita su correcto montaje y una ejecución segura de las operaciones. 2. Se ubicarán sobre suelos o pisos de resistencia suficiente para soportar las cargas estáticas y dinámicas previsibles. Capítulo V Manipulación y Almacenamiento Art Manipulación de las Cargas.- 1. La elevación y descenso de las cargas se harán lentamente, evitando toda arrancada o parada brusca y efectuándose siempre que sea posible, en sentido vertical para evitar el balanceo. 2. Cuando sea necesario arrastrar las cargas en sentido oblicuo se tomarán las máximas garantías de seguridad. 3. Los operadores de los aparatos de izar evitarán siempre transportar las cargas por encima de lugares donde estén los trabajadores o donde la eventual caída de la carga puedan provocar accidentes que afecten a los trabajadores. 5. No se dejarán los aparatos de izar con cargas suspendidas. 6. Cuando los aparatos funcionen sin carga, el maquinista elevará el gancho lo suficiente para que pase libremente sobre personas y objetos. 7. Se prohíbe viajar sobre cargas, ganchos o eslingas vacías

81 8. Cuando no queden dentro del campo visual del maquinista todas las zonas por las que debe pasar la carga, se empleará uno o varios trabajadores para dirigir la maniobra. 9. Se prohíbe la permanencia y paso innecesario de cualquier trabajador en la vertical de las cargas. 10. Se prohíbe el descenso de la carga en forma de caída libre, siendo éste controlado por motor, freno o ambos. 11. Los operadores de los aparatos de izar y los trabajadores que con estos aparatos se relacionan, utilizarán los medios de protección personal adecuados a los riesgos a los que estén expuestos. Capítulo IV Transportadores de Materiales Art Normas Generales.- 1. Todos los elementos de los transportadores tendrán suficiente resistencia para soportar las cargas que tengan que transportar. 2. Los pisos, plataformas y pasillos a lo largo de los transportadores se conservarán libres de obstáculos, serán antideslizantes y dispondrán de drenaje para evitar la acumulación de líquidos. Tendrán un ancho mínimo de 450 milímetros. 3. Cuando se efectúe el paso sobre transportadores, se instalarán puentes cuyas gradas y barandillas tendrán las condiciones reglamentarias. 4. Cuando los transportadores se encuentren a nivel del piso o en fosos, se protegerán con barandillas y rodapiés. 5. Los transportadores elevados que crucen sobre lugares de trabajo, estarán dotados de planchas y pantallas inferiores para recoger los materiales que pudieren caerse de los mismos. 6. Las tolvas cuya parte superior esté situada a más de 900 milímetros de altura sobre los pisos o plataformas de trabajo, se protegerán de acuerdo con las normas previstas para las aberturas de piso. 7. Para la carga de materiales a granel, se dispondrá de tolvas para la alimentación de los transportadores. 8. Se dispondrá de frenos para la parada de la maquinaria y de dispositivos para evitar que el transportador pueda funcionar en servicio inverso al previsto. 9. Se prohíbe viajar a los trabajadores sobre los transportadores no habilitados para tal fin. 10. Los transportadores impulsados mecánicamente, estarán provistos, en las estaciones de carga y descarga y en los extremos de impulsión y de retorno de dispositivos de parada para detener la maquinaria del transportador en caso de emergencia. Art Manipulación de Materiales.- 1. El transporte o manejo de materiales en lo posible deberá ser mecanizado, utilizando para el efecto elementos como carretillas, vagonetas, elevadores, transportadores de bandas, grúas, montacargas y similares

82 2. Los trabajadores encargados de la manipulación de carga de materiales, deberán ser instruidos sobre la forma adecuada para efectuar las citadas operaciones con seguridad. 5. Los operarios destinados a trabajos de manipulación irán provistos de las prendas de protección personal apropiadas a los riesgos que estén expuestos. Art Almacenamiento de Materiales.- 1. Los materiales serán almacenados de forma que no se interfiera con el funcionamiento adecuado de las máquinas u otros equipos, el paso libre en los pasillos y lugares de tránsito y el funcionamiento eficiente de los equipos contra incendios y la accesibilidad a los mismos. 2. El apilado y desapilado debe hacerse en las debidas condiciones de seguridad, prestándose especial atención a la estabilidad de la ruma y a la resistencia del terreno sobre el que se encuentra. 5. Cuando en el apilado y desapilado se utilicen montacargas de cuchilla el almacenamiento deberá efectuarse sobre plataformas ranuradas que permitan la introducción y levantamiento seguro de la carga. 6. Los maderos, los tubos, troncos y, en general los objetos de forma cilíndrica o escuadra y alargada, se apilarán en filas horizontales, evitando salientes en los pasillos, y nunca en vertical u oblicuo. Se calzará siempre adecuadamente la fila inferior con las cuñas proporcionadas al tamaño de la ruma. Capítulo VI Vehículos de Carga y Transporte Art Circulación de Vehículos.- 1. Los pisos de la fábrica sobre los cuales se efectúa habitualmente la circulación, estarán suficientemente nivelados para permitir un transporte seguro, y se mantendrán sin huecos, salientes u otros obstáculos. Título V Protección Colectiva Capítulo III Instalación de Extinción de Incendios Art Se consideran instalaciones de extinción las siguientes: bocas de incendio, hidrantes de incendios, columna seca, extintores y sistemas fijos de extinción. Art Extintores Móviles.- 4. Los extintores se situarán donde exista mayor probabilidad de originarse un incendio, próximos a las salidas de los locales, en lugares de fácil visibilidad y acceso y a altura no superior a 1.70 metros contados desde la base del extintor

83 Se colocarán extintores adecuados junto a equipos o aparatos con especial riesgo de incendio, como transformadores, calderos, motores eléctricos y cuadros de maniobra y control. Cubrirán un área entre 50 a 150 metros cuadrados, según el riesgo de incendio y la capacidad del extintor. En caso de utilizarse en un mismo local extintores de diferentes tipos, se tendrá en cuenta la posible incompatibilidad entre la carga de los mismos. Capítulo IV Incendios - Evacuaciones de Locales Art Evacuación de Locales.- 1. La evacuación de los locales con riesgos de incendios, deberá poder realizarse inmediatamente y de forma ordenada y continua. 2. Todas las salidas estarán debidamente señalizadas y se mantendrán en perfecto estado de conservación y libres de obstáculos que impidan su utilización. 4. Todo operario deberá conocer las salidas existentes. 5. No se considerarán salidas utilizables para la evacuación, los dispositivos elevadores, tales como ascensores y montacargas. 6. La empresa formulará y entrenará a los trabajadores en un plan de control de incendios y evacuaciones de emergencia; el cual se hará conocer a todos los usuarios. Art Salidas de Emergencia.- 1. Cuando las instalaciones normales de evacuación, no fuesen suficientes o alguna de ellas pudiera quedar fuera de servicio, se dotará de salidas o sistemas de evacuación de emergencia. 2. Las puertas o dispositivos de cierre de las salidas de emergencia, se abrirán hacia el exterior y en ningún caso podrán ser corredizas o enrollables. 3. Las puertas y dispositivos de cierre, de cualquier salida de un local con riesgo de incendio, estarán provistas de un dispositivo interior fijo de apertura, con mando sólidamente incorporado. 4. Las salidas de emergencia tendrán un ancho mínimo de 1,20 metros, debiendo estar siempre libres de obstáculos y debidamente señalizados. Capítulo IX Rótulos y Etiquetas de Seguridad Art Normas Generales.- 1. Toda sustancia peligrosa llevará adherida a su embalaje dibujos o textos de rótulos o etiquetas que podrán ir grabados, pegados o atados al mismo, y que en ningún caso sustituirán a la señalización de seguridad existente

84 Los dibujos y textos se grabarán en color negro indeleble, y los colores de los rótulos o etiquetas serán resistentes al agua Acuerdo Ministerial N 068. Publicado en el Registro oficial 033 del Art De la categoría IV (Licencia Ambiental Categoría IV).- Dentro de ésta categoría se encuentran catalogados los proyectos, obras o actividades cuyos impactos y/o riesgos ambientales, son considerados de alto impacto. Todos los proyectos, obras o actividades catalogados dentro de ésta categoría, deberán regularizarse ambientalmente a través de la obtención de una licencia ambiental, que será otorgada por la autoridad ambiental competente, mediante el SUIA. Para la obtención de la licencia ambiental, el promotor de estos proyectos, obras o actividades, deberá regularizarse mediante el SUIA, conforme al manual de procedimientos previsto para ésta categoría, y acorde a los lincamientos que establezca la autoridad ambiental competente. Una vez que el promotor culmine con el procesó; y ha cargado en el sistema toda la información y los documentos necesarios acorde a su proyecto, obra o actividad, la autoridad ambiental competente resolverá su solicitud pudiendo: 1. Emitir pronunciamiento favorable al Estudio de Impacto Ambiental en el término previsto de 30 días y conferir la respectiva licencia ambiental, conforme al manual de ésta categoría; u, 2. Observar y solicitar al promotor se completen los requisitos necesarios para la regularización del proyecto, obra o actividad en el término de 30 días, caso contrario en el término de 90 días el sistema SUIA archivará el proceso del proyecto, obra o actividad; o, 3. Rechazar en el caso que el proyecto, obra o actividad no cumpla con los requerimientos previstos para ésta categoría, conforme a la normativa ambiental aplicable, los manuales y el catálogo de categorización ambiental nacional. Capítulo VII De la Participación Ciudadana Art Participación ciudadana.- La participación ciudadana en la gestión ambiental tiene como finalidad considerar e incorporar los criterios y las observaciones de la ciudadanía, especialmente la población directamente afectada por un proyecto, obra o actividad, sobre las variables ambientales relevantes de los estudios ambientales y planes de manejo ambiental, siempre y cuando sea técnica y económicamente viable, para que

85 las actividades o proyectos que puedan causar impactos ambientales se desarrollen de manera adecuada, minimizando y/o compensando estos impactos a fin de mejorar las condiciones ambientales para la realización del proyecto, obra o actividad en todas sus fases. La participación ciudadana en la gestión ambiental se rige por los principios de legitimidad y representatividad y se define como un esfuerzo tripartito entre i) las instituciones del Estado; ii) la ciudadanía; y, iii) el promotor interesado en realizar una actividad o proyecto. Por lo tanto, los procesos de información pública, recolección de criterios y observaciones deberán dirigirse prioritariamente a: 1. La población en el área de influencia del proyecto, obra o actividad; 2. Los organismos seccionales que representan la población referida en el literal anterior; 3. Las organizaciones de diferente índole que representan a la población o parte de ella en el área de influencia del proyecto, obra o actividad; sin perjuicio de que estos procesos estén abiertos a otros grupos y organizaciones de la sociedad civil interesados en la gestión ambiental. Capítulo VIII Del Seguimiento Ambiental Art Seguimiento ambiental.- El Seguimiento Ambiental de un proyecto, obra o actividad tiene por objeto asegurar que las variables ambientales relevantes y el cumplimiento de los planes de manejo ambiental, se lleven en la forma en que fueron aprobados, y evolucionen según lo establecido en la documentación que forma parte de dicho estudio ambiental. Además, el seguimiento ambiental de un proyecto, obra o actividad, proporciona información para analizar la efectividad del sub-sistema de manejo ambiental y de las políticas ambientales preventivas, garantizando su mejoramiento continuo. El seguimiento ambiental puede consistir de varios mecanismos: a) Para la Ficha Ambiental y Plan de Manejo Ambiental el mecanismo de control y seguimiento será a través de un informe del cumplimiento del plan de manejo ambiental, el mismo será presentado por el proponente del proyecto, obra o actividad al primer año de emitida la licencia ambiental y luego cuando la Autoridad Ambiental lo requiera. b) Para la Declaratoria de Impacto Ambiental y el Estudio de Impacto Ambiental, el mecanismo de control y seguimiento será a través de la auditoría ambiental de cumplimiento al plan de manejo ambiental, que se realizará al primer año de emitida la licencia ambiental, y posteriormente cada dos años Acuerdo Ministerial 006. Publicado el 18 de febrero del Art. Periodicidad de la Auditoria Ambientales.- La Autoridad Ambiental de control deberá de emitir un informe para:

86 a) Aprobar el informe de auditoria b) Observar el informe de auditoría y en consecuencia, disponer la presentación de información complementaria y/o aclaratoria, disponer la ejecución de los estudios y efectuar las recomendaciones técnicas que fueron del caso. c) Rechazar el informe de auditoría en el caso de inconsistencia metodológicas técnicas o legales que deslegitime los resultados del mismo y no se los pueda corregir. La autoridad ambiental podrá realizar inspecciones para verificar los resultados del informe de auditoría ambiental, la correctora identificación y determinación de los hallazgos y la coherencia del Plan de Acción establecido. Previa la aprobación de las auditorías ambientales de cumplimiento los sujetos de control deberán cancelar las tasas respectivas por aprobación, control y seguimiento. Disposiciones Generales Primera.- Deróguese el Catalogo de Categorización Ambiental Nacional, expedido mediante Acuerdo Ministerial Nº 68, publicado en Registro Oficial Suplemento 33 del 31 de Julio del Tercera.- sustitúyase la palabra Declaratoria de Impacto Ambiental por Declaración de Impacto Ambiental. Cuarta.- Se derogan los siguientes artículos: Art. 60 y 62 del Capítulo III, Título IV, del libro VI del Texto Unificado de Legislación Ambiental Secundaria. Disposición Transitoria Segunda.- Los procesos de regularización ambiental que iniciaron previo a la expedición de este Acuerdo Ministerial culminarán conforme a la normativa con la que iniciaron, respetando el principio de seguridad jurídica Acuerdo Ministerial 026: Procedimientos para Registro de Generadores de Desechos Peligrosos, Gestión de Desechos Peligrosos previo al Licenciamiento Ambiental, y para el Transporte de Materiales Peligrosos. R.O. No. 334 Mayo 12, Art. 1.- Toda persona natural o jurídica, pública o privada, que genere desechos peligrosos deberá registrarse en el Ministerio del Ambiente, de acuerdo al procedimiento de registro de generadores de desechos peligrosos determinado en el Anexo A

87 5.23 Acuerdo Ministerial 142. Expedir los listados nacionales de sustancias químicas peligrosas, desechos peligrosos y especiales. Registro Oficial Suplemento 856 de 21 de diciembre de 2012 Art. 1.- Serán consideradas sustancias químicas peligrosas, las establecidas en el Anexo A del presente acuerdo. Art. 2.- Serán considerados desechos peligrosos, los establecidos en el Anexo B del presente acuerdo. Art. 3.- Serán considerados desechos especiales los establecidos en los Anexo C del presente acuerdo Disposiciones Generales Primera.- El articulado del presente instrumento será aplicado sin perjuicio de las demás disposiciones establecidas con respecto a los conceptos de sustancias químicas peligrosas, desechos peligrosos y especiales, definidos en el Acuerdo Ministerial No. 161 publicado en el Registro Oficial No. 631 del 01 de febrero de 2012, sobre el Reglamento para la Prevención y Control de la Contaminación por Sustancias Químicas Peligrosas, Desechos Peligrosos y Especiales. Segunda.- La categoría de Desecho Especial, únicamente y para fines administrativos, implica que la regularización ambiental en cuanto a la gestión de transporte y/o almacenamiento son sujetos de categorización de acuerdo al artículo 15 del SUMA, lo cual implica que podría ser Ficha Ambiental o Licencia Ambiental, dependiendo el análisis técnico. En cuanto a los sistemas de eliminación o disposición final, estos serán regulados a través de una licencia ambiental, de acuerdo a los lineamientos técnico legales establecidos para el efecto. Tercera.- En lo relacionado a la gestión de los desechos peligrosos con contenidos de material radioactivo sea de origen natural o artificial, serán regulados y controlados por la normativa específica emitida por el Ministerio de Electricidad y Energía Renovable a través de la Subsecretaría de Control, Investigación y Aplicaciones Nucleares o aquella que la reemplace, lo cual no exime al generador de proveer de la información sobre estos desechos a la Autoridad Ambiental Nacional Decreto Ejecutivo Reglamento de aplicación de los mecanismos de Participación Social establecidos en la Ley de Gestión Ambiental. R.O. Nº 332 Mayo 8, Título II Ámbito del reglamento Art. 2.- Ámbito: El presente reglamento regula la aplicación de los artículos 28 y 29 de la Ley de Gestión Ambiental, en consecuencia, sus disposiciones serán los parámetros

88 básicos que deban acatar todas las instituciones del Estado que integren el Sistema Nacional Descentralizado de Gestión Ambiental, sus delegatarios y concesionarios. Art. 4.- Fines: Este reglamento tiene como principales fines los siguientes: a) Precisar los mecanismos determinados en la Ley de Gestión Ambiental a ser utilizados en los procedimientos de participación social; b) Permitir a la autoridad pública conocer los criterios de la comunidad en relación a una actividad o proyecto que genere impacto ambiental; c) Contar con los criterios de la comunidad, como base de la gobernabilidad y desarrollo de la gestión ambiental; y, d) Transparentar las actuaciones y actividades que puedan afectar al ambiente, asegurando a la comunidad el acceso a la información disponible Título III De la Participación Social Art. 9.- Alcance de la Participación Social: La participación social es un elemento transversal y trascendental de la gestión ambiental. En consecuencia, se integrará principalmente durante las fases de toda actividad o proyecto propuesto, especialmente las relacionadas con la revisión y evaluación de impacto ambiental. La participación social en la gestión ambiental tiene como finalidad considerar e incorporar los criterios y las observaciones de la ciudadanía, especialmente la población directamente afectada de una obra o proyecto, sobre las variables ambientales relevantes de los estudios de impacto ambiental y planes de manejo ambiental, siempre y cuando sea técnica y económicamente viable, para que las actividades o proyectos que puedan causar impactos ambientales se desarrollen de manera adecuada, minimizando y/o compensando estos impactos a fin de mejorar la condiciones ambientales para la realización de la actividad o proyecto propuesto en todas sus fases. La participación social en la gestión ambiental se rige por los principios de legitimidad y representatividad y se define como un esfuerzo tripartito entre los siguientes actores: a) Las instituciones del Estado; b) La ciudadanía; y, c) El promotor interesado en realizar una actividad o proyecto. La información a proporcionarse a la comunidad del área de influencia en función de las características socio-culturales deberá responder a criterios tales como: lenguaje sencillo y didáctico, información completa y veraz, en lengua nativa, de ser el caso; y procurará un alto nivel de participación. Art Momento de la Participación Social: La participación social se efectuará de manera obligatoria para la autoridad ambiental de aplicación responsable, en coordinación

89 con el promotor de la actividad o proyecto, de manera previa a la aprobación del estudio de impacto ambiental. Art Sin perjuicio de las disposiciones previstas en este reglamento, las instituciones del Estado del Sistema Nacional Descentralizado de Gestión Ambiental, dentro del ámbito de sus competencias, pueden incorporar particularidades a los mecanismos de participación social para la gestión ambiental, con el objeto de permitir su aplicabilidad Acuerdo Ministerial 066. Instructivo al Reglamento de Aplicación de los Mecanismos de Participación Social establecido en el Decreto Ejecutivo No , publicado en el Registro Oficial No. 332 del 08 de mayo del R.O. Nº Lunes 15 de julio de 2013 Art. 1.- Entiéndase por Proceso de Participación Social (PPS) al diálogo social e institucional en el que la Autoridad Ambiental competente informa a la población sobre la realización de posibles actividades y/o proyectos, y consulta la opinión de la ciudadanía informada sobre los impactos socio-ambientales esperados y la pertinencia de las acciones a tomar, con la finalidad de recoger sus opiniones, observaciones y comentarios, e incorporar aquellas que sean justificadas y factibles técnicamente en el Estudio de Impacto y Plan de Manejo Ambiental, y que son de cumplimiento obligatorio en el marco de la Licencia Ambiental del proyecto. De esta manera, se asegura la legitimidad social del proyecto y el ejercicio del derecho de participación de la ciudadanía en las decisiones colectivas. Art. 2- El Proceso de Participación Social (PPS) se realizará de manera obligatoria en todos los proyectos o actividades que requieran de licencia ambiental tipo II, III y IV. Art. 2- El Proceso de Participación Social (PPS) se realizará de manera obligatoria en todos los proyectos o actividades que requieran de licencia ambiental tipo II, III y IV. Disposiciones Transitorias Primera.- Aquellos proyectos en ejecución que no hayan iniciado el Proceso de Participación Social (PPS) a la firma del presente Acuerdo Ministerial, deberán sujetarse a lo establecido en el presente Instructivo. Segunda.- Los Procesos de Participación Social que hayan iniciado antes del presente Acuerdo Ministerial se acogerán a lo dispuesto al procedimiento anterior hasta su culminación. Tercera.- La inclusión de nuevas actividades en Licencias existentes, reevaluaciones, alcances, modificaciones sustanciales del proyecto, Auditorías Ambientales de Cumplimiento, siempre y cuando sean base para obtener la Licencia Ambiental, deberán sujetarse a lo establecido en el presente Instructivo

90 5.26 Ordenanza que pone en vigencia y aplicación al Subsistema de Evaluación de Impactos Ambientales del Gobierno Provincial del Guayas. R.O. Nº 62 (Edición Especial) -18 de Agosto del 2010 Artículo 1.- Alcance de la Ordenanza. Mediante este instrumento se establecen y regulan las etapas, requisitos y procedimientos del Subsistema de Evaluación de Impacto Ambiental (ElA) por parte del Gobierno Provincial del Guayas, dentro de su jurisdicción. con sujeción a los elementos v requisitos definidos por la Ley de Gestión Ambiental, el Reglamento del Sistema Único de Manejo Ambiental (SUMA) previsto en el Título1. Libro V, del Texto Unificado de legislación Secundaria del Ministerio del Ambiente (TULSMA) y otras normas que tengan que ver con materia ambiental. Título III De la licencia ambiental Artículo 12.- Definición v alcance de la licencia ambiental. La Licencia Ambiental es la autorización que otorga el Gobierno Provincial del Guayas a una persona natural o jurídica, pública, privada o mixta, nacional o extranjera. Para la ejecución, operación, cierre y/o abandono de provectos o actividades. En ella se establecen los requisitos, obligaciones y condiciones que el beneficiario debe cumplir para prevenir, mitigar o corregir impactos ambientales negativos, que el provecto o actividad pueda causar al ambiente. Artículo 13.- Obligatoriedad de la licencia ambiental. Para aquellas actividades que vienen funcionando sin Licencia Ambiental, deberán someterse al proceso de licenciamiento ambiental, para el efecto, deberán solicitar, en un término de 90 días después de publicada esta ordenanza, la Categorización Ambiental determinada en. El Subsistema de Evaluación de Impactos Ambientales de la Provincia del Guayas, sin perjuicio de las sanciones aplicables de conformidad con la legislación vigente. En el caso de provectos o actividades, que cuenten con una Licencia Ambiental otorgada por el Ministerio del Ambiente del Ecuador (MAE), deben presentar una copia notariada de la Licencia Ambiental y su respectivo Estudio de Impacto Ambiental y Plan de Manejo Ambiental a la Autoridad Ambiental Provincial del Guayas a través de la Dirección Coordinadora de Medio Ambiente y Agua, en un término de 90 días, después de publicada esta ordenanza. para electos de establecer una base de promotores dentro de la provincia de Guayas. Artículo 14.- Emisión de la licencia ambiental. En caso de notificación de aprobación del Estudio de Impacto Ambiental (EsIA) o del Estudio de Impacto Ambiental Ex Post sometidos a consideración, y canceladas las tasas

91 por servicios administrativos de Gestión y Calidad Ambiental, el promotor del provecto o actividad, solicitará a! Gobierno Provincial del Guayas la emisión de la Licencia Ambiental, para lo cual la Dirección Coordinadora de Medio Ambiente y Agua informará al Prefecto, sobre el cumplimiento de todos los requisitos previo a la emisión de la Licencia Ambiental v su respectivo considerando. El Prefecto Provincial del Guayas mediante Resolución notificará y entregara al promotor el original de la Licencia Ambiental, la misma que rige desde la fecha de su suscripción. Artículo 15.- Garantía de fiel cumplimiento y pólizas ambientales. El promotor del provecto o actividad licenciada ambientalmente presentará una garantía bancaria a favor del Gobierno Provincial del Guayas, por el monto total del valor establecido para las medidas de control y seguimiento establecidos en el Plan de Manejo Ambiental. La garantía tendrá una vigencia de 12 meses, renovables automáticamente para períodos posteriores, y es de carácter incondicional, irrevocable y de cobro inmediato, a la sola presentación del documento que indique que el promotor o representante del provecto o actividad licenciado ha incumplido con el compromiso de ejecutar el Plan de Manejo Ambiental. Las empresas estatales y las instituciones del estado están exoneradas de esta garantía, sin embargo son responsables pecuniariamente por daños al ambiente y a terceros, dando cumplimiento a lo que determina el Decreto Ejecutivo No. 817 de fecha 07 de enero del La Póliza de Responsabilidad Civil o Cobertura de Riesgo Ambiental, puede ser tramitada como una Garantía o Seguro por daños a terceros o de responsabilidad civil equivalente al 20% de la inversión total del provecto o actividad. Artículo 16.- Exoneración por emergencia. La Autoridad Ambiental Provincial del (mayas podrá conceder una exoneración a la obligatoriedad de iniciar un proceso de licenciamiento ambiental cuando existan circunstancias de emergencia declarada por la Autoridad Competente bajo su responsabilidad civil, penal y pecuniaria, que hagan imprescindible la adopción de una acción o la ejecución del proyecto o actividad, para evitar un peligro inminente y sustancial a la vida, a la salud, ambiente o a la propiedad. La exención tendrá vigencia mientras duren los motivos que provocaron la emergencia, luego de lo cual se deberá iniciar el proceso de licenciamiento ambiental para la fase en la que se encuentre el proyecto o actividad. Artículo 17.-Juzgamiento y competencia. El competente para conocer las contravenciones y establecer sanciones relativas al juzgamiento de las mismas, es el

92 Comisario Ambiental Provincial, según ordenanza respectiva que se creará oportunamente. Disposiciones Transitorias Segunda. Hasta que se emita oficialmente la Guía Técnica para la Evaluación de Impactos Ambientales en la Provincia del Guayas, las categorizaciones ambientales y pasos siguientes a cumplir por parte del Promotor, se realizarán en función de lo establecido en el Subsistema de Evaluaciones de Impactos Ambientales de la Provincia del Guayas NTE INEN 2266:2013 Transporte, Almacenamiento y Manejo de Productos Químicos Peligrosos. Requisitos. 1. Objeto 1.1 Esta norma establece los requisitos que se deben cumplir para el transporte, almacenamiento y manejo de materiales peligrosos. 2. Alcance 2.2 Esta norma se aplica a las actividades de producción, comercialización, transporte, almacenamiento y manejo de materiales peligrosos. 6. Requisitos 6.1 Requisitos específicos Personal El manejo de materiales peligrosos debe hacerse cumpliendo lo dispuesto en las Leyes y Reglamentos nacionales vigentes y convenios internacionales suscritos por el país Todas las personas naturales o jurídicas que almacenen, manejen y transporten materiales peligrosos, deben garantizar que cuando se necesite cargar o descargar la totalidad o parte de su contenido, el transportista y el usuario deben instalar señalización o vallas reflectivas de alta intensidad o grado diamante con la identificación del material peligroso, que aíslen la operación, con todas las medidas de seguridad necesarias Toda empresa que maneje materiales peligrosos debe contar con procedimientos e instrucciones operativas formales que le permitan manejar en forma segura dichos materiales a lo largo del proceso: a) Embalaje. Rotulado y etiquetado. b) Producción c) Carga d) Descarga e) Almacenamiento f) Manipulación g) Disposición adecuada de residuos

93 h) Descontaminación y limpieza Quienes manejen materiales peligrosos deben garantizar que todo el personal que esté vinculado con la operación cumpla con los siguientes requisitos: Contar con los equipos de seguridad adecuados y en buen estado, de acuerdo a lo establecido en la Hoja de Seguridad de Materiales Instrucción y entrenamiento específicos, documentados, registrados y evaluados de acuerdo a un programa, a fin de asegurar que posean los conocimientos y las habilidades básicas para minimizar la probabilidad de ocurrencia de accidentes y enfermedades ocupacionales. Se recomienda que el programa de capacitación incluya como mínimo los siguientes temas: a) Reconocimiento e identificación de materiales peligrosos. b) Clasificación de materiales peligrosos. c) Aplicación de la información que aparece en las etiquetas, hojas de seguridad de materiales, tarjetas de emergencia y demás documentos de transporte. d) Información sobre los peligros que implica la exposición a estos materiales. e) Manejo, mantenimiento y uso del equipo de protección personal. f) Planes de respuesta a emergencias. g) Manejo de la guía de respuesta en caso de emergencia en el transporte Todo el personal vinculado con la gestión de materiales peligrosos debe tener conocimiento y capacitación acerca del manejo y aplicación de las hojas de seguridad de materiales (Anexo B), con la finalidad de conocer sus riesgos, los equipos de protección personal y cómo responder en caso de que ocurran accidentes con este tipo de materiales. La información debe estar en idioma español y contendrá 16 secciones: 1. Identificación del material y del proveedor 2. Identificación de peligros 3. Composición e información de los ingredientes peligrosos. 4. Primeros auxilios. 5. Medidas de lucha contra incendios. 6. Medidas que deben tomarse en caso de derrame accidental. 7. Manejo y almacenamiento. 8. Control de exposición / protección individual. 9. Propiedades físicas y químicas. 10. Estabilidad y reactividad 11. Información toxicológica. 12. Información ecotoxicológica. 13. Información relativa a la eliminación de los productos. 14. Información relativa al transporte. 15. Información sobre la reglamentación. 16. Otras informaciones

94 Los conductores deben tener un listado de los teléfonos para notificación en caso de una emergencia: del transportista, del comercializador, destinatarios y organismos de socorro, localizados en la ruta a seguir El transportista controlará que los vehículos que transporten materiales peligrosos, estén dotados del equipamiento básico destinado a enfrentar emergencias, consistente en al menos de: 1 extintor tipo ABC, con una capacidad de 2,5 kg ubicado en la cabina del vehículo y 2 extintores PQS (Polvo Químico Seco), tipo ABC (u otro agente de extinción aceptable al tipo de carga que transporte) con una capacidad mínima de 9 kg de carga neta, dependiendo del volumen de carga, ubicados en el exterior de la unidad, equipo de primeros auxilios, 2 palas, 1 zapapico, 2 escobas, fundas plásticas resistentes, cintas de seguridad, kit de cuñas para taponamiento, aserrín o material absorbente, equipo de comunicación y equipo de protección personal adecuado según la hoja de seguridad. En caso de vehículos tipo cisterna se debe adicionar un arnés con su respectiva línea de vida Los conductores son responsables de que en vehículos de carga y transporte de materiales peligrosos no se transporten pasajeros, solamente se aceptará al personal asignado al vehículo El transportista y los conductores son responsables de acatar y de hacer respetar la prohibición de fumar y comer durante el traslado de materiales peligrosos y en presencia de vehículos de carga peligrosa El conductor no debe recibir carga de materiales peligrosos, si el expedidor no le hace entrega de la documentación de embarque que consta de: Guía de embarque (ver Anexo A), hoja de seguridad de materiales peligrosos en idioma español (ver Anexo B) y tarjeta de emergencia (ver Anexo C) Selección de ruta El transportista solicitará a las autoridades competentes la determinación de la ruta del transporte, y de acuerdo a la peligrosidad del producto se le proporcionará resguardo, con relación a las regulaciones pertinentes Para la determinación de la ruta se seleccionarán las horas de menor congestión vehicular y peatonal que ofrezca un mínimo riesgo al tráfico o a terceros. Se evitará en lo posible zonas densamente pobladas o especialmente vulnerables a la contaminación Cuando inevitablemente se tenga que cruzar centros poblados se eliminaran las paradas innecesarias Las vías escogidas deben ser marginales y en lo posible se deben evitar: curvas cerradas, vías estrechas, declives pronunciados o tramos que presenten especial dificultad al conductor

95 Etiquetas para la identificación de embalajes / envases. a) Las etiquetas deben ser de materiales resistentes a la manipulación y la intemperie, pueden ser adheribles o estar impresas en el empaque, adicionalmente llevar marcas indelebles y legibles, que certifiquen que están fabricadas conforme a las normas respectivas. b) Las etiquetas deben ajustarse al tamaño del envase y dependerán del tipo de contenedor sobre el cual habrán de ser colocadas (Anexo F). La dimensión de las etiquetas debe ser de 100mm *100mm. (Anexo H). Para los envases menores a 20 litros o 25 kilogramos, las etiquetas deben abarcar por lo menos el 25% de la superficie de la cara lateral de mayor tamaño. c) Las etiquetas deben estar escritas en idioma español y los símbolos gráficos o diseños incluidos de las etiquetas deben aparecer claramente visibles (Anexo F). d) Los códigos de colores se deben aplicar de acuerdo a lo indicado en la tabla del Anexo E Vehículos Los vehículos dedicados al transporte de materiales peligrosos deben cumplir con un mínimo de características especiales: a) El tipo, capacidad y dimensiones de sus carrocerías, deben contar con una estructura que permita contener o estibar el material peligroso de tal manera que no se derrame o se escape. b) También deben contar con elementos de carga y descarga, compuertas y válvulas de seguridad, de emergencia y mantenimiento, así como también de indicadores gráficos, luces reglamentarias y sistemas de alarma, aviso en caso de accidentes y sistema de comunicación para emergencias. c) Deben disponer de un equipo básico de emergencia para control de derrames. d) Deben tener los dispositivos que le permitan situar los rótulos para la identificación de los materiales peligrosos que transporta. e) Para efectos de limpieza de derrames, el transportista es responsable de que el vehículo cuente con materiales e implementos de recolección. Algunos elementos que pueden ser de ayuda en caso de derrame son: e.1) Paños absorbentes seleccionados de acuerdo a las características de la sustancia. Son idóneos para responder ante situaciones provocadas por derrames de líquidos. Tienen una buena capacidad de absorción y un manejo fácil y cómodo. e.2) Cordones o barreras absorbentes seleccionadas de acuerdo a las características de la sustancia a confinar. Son un medio eficaz y económico para recoger vertidos. Los tramos están disponibles en varias longitudes interconectables entre sí para formar cercos de cualquier longitud. e.3) Una pala de plástico antichispas. e.4) Bolsas de polietileno de alta densidad, para depositar temporalmente los materiales de los derrames. e.5) Masillas epoxy para reparar fisuras

96 g) El vehículo debe contar con un dispositivo sonoro o pito, que se active en el momento en que se encuentre en movimiento de reversa. h) Todas las partes metálicas del vehículo deben mantener continuidad eléctrica a fin de asegurar una adecuada descarga a tierra, mediante cables flexibles conectados eléctricamente a las partes metálicas, atornillados y conectados a puntos metálicos limpios y pulidos que evidencien buena conductividad eléctrica. i) Ninguna llanta o neumático del vehículo debe tener defectos en las lonas o bandas de rodamiento. j) El labrado o surco de las llantas o neumáticos, no debe tener una profundidad restante inferior a 1,6 mm, siendo este el límite máximo del desgaste permitido y al llegar a esta profundidad el reemplazo de las llantas es obligatorio. k) Deben estar equipados con parachoques frontal, posterior y laterales, respetando los diseños originales del fabricante, para evitar que otros vehículos choquen directamente Apilamiento a) Los materiales peligrosos deben ser apilados cumpliendo la matriz de incompatibilidad indicada en el Anexo K. b) Los envases no deben estar colocados directamente en el piso sino sobre plataformas o paletas. c) Los envases con materiales líquidos deben apilarse con las tapas hacia arriba. d) Los envases deben apilarse respetando la resistencia de sus materiales, de tal forma que no se dañen unos con otros. e) La altura de apilado debe aplicarse de acuerdo al tipo de embalaje/envase, clase de peligro y cumpliendo las normas nacionales e internacionales vigentes Compatibilidad: Durante el apilamiento y manejo general de los materiales peligrosos no se deben apilar o colocar juntos los siguientes materiales: a) Materiales tóxicos con alimentos, semillas o productos agrícolas comestibles. b) Combustibles con comburentes. c) Explosivos con fulminantes o detonadores. d) Líquidos inflamables con comburentes Almacenamiento a) Identificación del material. Es responsabilidad del fabricante y del comercializador de materiales peligrosos su identificación y etiquetado de conformidad con la presente norma. b) Compatibilidad. Durante el almacenamiento y manejo general de materiales peligrosos no se debe mezclar los siguientes materiales: b.1) Materiales tóxicos con alimentos o semillas o cultivos agrícolas comestibles. b.2) Combustibles con comburentes. b.3) Explosivos con fulminantes o detonadores. b.4) Líquidos inflamables con comburentes. b.5) Material radioactivo con otro cualquiera. b.6) Sustancias infecciosas con ninguna otra

97 b.7) Ácidos con Bases. b.8) Oxidantes (comburentes) con reductores. b.9) Otros (ver tabla de incompatibilidad química en el Anexo K) Prevención y planes de emergencias a) Planes de prevención a.1) La Empresa debe diseñar e implementar planes y programas de prevención que elimine o reduzca el riesgo asociado a una actividad donde exista la posibilidad de producirse una emergencia. Los planes y programas serán diseñados en función del análisis de riesgos y pueden incluir actividades de: capacitación, entrenamiento, inspecciones planeadas y no planeadas, auditorias, simulacros y eventos de concienciación. b) Planes de emergencia b.1) El manejo de emergencias es responsabilidad del fabricante, almacenador, comercializador y transportista. Para optimizar estas acciones se coordinará con los organismos públicos y privados que tengan relación con el tema. Toda Empresa debe contar con un plan de emergencia que contemple, al menos, los siguientes elementos: b.1.1) Nombres, dirección y teléfono de al menos dos personas responsables con los que se pueda hacer contacto en caso de una emergencia. b.1.2) Evaluación de los riesgos, que incluye el análisis de los recursos humanos y materiales disponibles, vías de evacuación, mapas de riesgos. b.1.3) Listado de recursos a utilizar para la atención a la emergencia tales como: extintores, mangueras, brigadistas ó personal entrenado, kits para derrames, medios de comunicación entre otros. b.1.4) Hojas de seguridad de materiales (MSDS por sus siglas en inglés) y tarjetas de emergencia que contenga la información descrita en los Anexos A, B. b.1.5) Características constructivas de las instalaciones y de los medios de transporte. b.1.6) Identificación de centros nacionales o regionales de información toxicológica y atención en casos de accidentes con materiales peligrosos, a fin de que puedan dar orientaciones inmediatas sobre primeros auxilios y tratamiento médico, y resulten accesibles en todo momento por teléfono o radio NTE INEN 2288:2000 Productos Químicos Industriales Peligrosos. Etiquetado de Precaución. Requisitos. 1. Alcance 1.1 Esta norma se aplica a la preparación de etiquetas de precaución de productos químicos peligrosos, como se definen en ella, usados bajo condiciones ocupacionales de la industria. Recomienda solamente el lenguaje de advertencia, más no cuando o donde deben ser adheridas a un recipiente. 3.1 La etiqueta de precaución para cualquier producto químico peligroso debe estar basada sobre los riesgos que éste implica

98 3.2 La siguiente materia tema debe ser considerada para inclusión de las etiquetas de precaución: 1. Identidad del producto o componente (s) peligroso (s), 2. palabra clave, 3. declaración de riesgos, 4. medidas de precaución, 5. instrucciones en caso de contacto o exposición, 6. antídotos, 7. notas para médicos, 8. instrucciones en caso de incendio, derrame o goteo, y 9. instrucciones para manejo y almacenamiento de recipientes. 3.3 La identificación del producto o de su (s) componente (s) peligroso (s) debe ser adecuada para permitir la selección de la acción apropiada en caso de exposición (ver Anexo A). La identificación no debe estar limitada a una designación no descriptiva o a un nombre comercial. Si el producto es una mezcla, deben ser identificados aquellos productos químicos (compuestos) que contribuyen sustancialmente a los riesgos. 3.4 La palabra clave debe indicar el relativo grado de gravedad de un riesgo en el orden descendente de PELIGRO!, ADVERTENCIA! y CUIDADO!. Cuando un producto presenta más de un riesgo, solo se usa la palabra clave correspondiente a la clase de mayor riesgo (para efectos crónicos graves, ver el Anexo B, Sección B.6). 3.5 La inclusión de la palabra VENENO y la calavera con las tibias cruzadas debe estar limitada a los productos químicos altamente tóxicos. Cuando se usan, esta leyenda no reemplaza a la palabra clave. 3.6 La declaración de riesgos debe dar noticia del riesgo o riesgos (tales como ALTAMENTE INFLAMABLE Y NOCIVO SI ES ABSORBIDO POR LA PIEL) que estén presentes en conexión con el acostumbrado y razonablemente previsible manejo o uso del producto. Con productos que posean más de uno de tales riesgos, debe incluirse una declaración apropiada por cada riesgo significativo. Por lo general, el riesgo más grave debe colocarse primero (para efectos crónicos graves, ver el Anexo B, Sección B.8). 3.7 Las medidas de precaución (tales como "MANTÉNGASE LEJOS DEL CALOR, CHISPAS Y LLAMAS" Y "EVÍTESE INHALAR EL POLVO") deben complementar la declaración de riesgos proporcionando medidas sencillas que deben tomarse para evitar lesiones causadas por el riesgo o riesgos. 3.8 Las instrucciones en caso de contacto o exposición deben ser incluidas donde los resultados de contacto o exposición justifican tratamiento inmediato (Primer auxilio) y donde pueden tomarse medidas simples de remedio con seguridad antes de disponer de

99 asistencia médica. Ellas deben estar limitadas a procedimientos basados en métodos y materiales fácilmente disponibles. Las medidas simples de remedio (tales como lavado o retiro de la ropa) deben estar incluidas donde ellas servirán para reducir o evitar lesiones graves a partir del contacto o exposición. 3.9 Las instrucciones en caso de incendio y derrame o goteo deben ser incluidas cuando sea aplicable para proveer a las personas que manejan los recipientes durante su embarque y almacenamiento con disposiciones apropiadas para confinar y extinguir los incendios y para limpiar los derrames y goteos. Estas deben ser tan simples y breves como sea posible y recomendar el material apropiado para el control Deben incluirse instrucciones para el manejo y almacenamiento de recipientes para proporcionar información adicional para aquellos productos químicos que requieren procedimientos especiales o poco usuales de manejo y almacenamiento Los antídotos que pueden ser administrados por una persona no experta deben ser incluidos en la etiqueta cuando sean aplicables, bajo la designación "Antídoto". Los antídotos que deben ser administrados por un médico tanto como otras medidas terapéuticas útiles, diferentes del tratamiento simple de apoyo, deben ser incluidos en la etiqueta bajo la designación "Nota para médicos" Recipientes de plástico con o sin empacado adicional (para líquidos y semilíquidos). Mantener bien tapado para impedir goteo. Mantener el recipiente fuera del sol y lejos del calor. No dejar caer sobre o resbalar junto a objetos agudos o cortantes. Nunca usar presión para vaciarlo. El recipiente no es un recipiente a presión. Mantener luces, fuego y chispas lejos del recipiente. El recipiente no debe ser anegado ni usado para otros propósitos. Reemplazar el tapón después de cada retiro. Escurrir completamente los recipientes y ajustar las tapas antes de devolverlos. No usar el recipiente como vaso de disolución o mezcla. Retirar la tapa con cuidado para reducir la posible presión interior Sacos de despacho. Proteger de contacto directo con agua o humedad excesiva. Deben usarse solamente los sacos marcados "Para uso en almacén abierto". Nunca almacenarlos sobre el suelo. - Mantener fuera del sol y lejos del calor. No dejar caer sobre o resbalar junto a objetos agudos o cortantes. En caso de perforación, usar un saco adicional más grande y cerrarlo adecuadamente

100 5.29 Norma Técnica Ecuatoriana NTE ISO :2013 Objetivos: Proveer una guía para implementar la señalización en los centros de trabajo Proporcionar los lineamientos básicos enarcados en la legislación vigente y aplicable concernientes a seguridad y salud 5.30 Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización (COOTAD). R.O. No Octubre, Objetivos Los objetivos del presente Código: a) La autonomía política, administrativa y financiera de los gobiernos autónomos descentralizados, en el marco de la unidad del Estado ecuatoriano; b) La profundización del proceso de autonomías y descentralización del Estado, con el fin de promover el desarrollo equitativo, solidario y sustentable del territorio, la integración y participación ciudadana, así como el desarrollo social y económico de la población; c) El fortalecimiento del rol del Estado mediante la consolidación de cada uno de sus niveles de gobierno, en la administración de sus circunscripciones territoriales, con el fin de impulsar el desarrollo nacional y garantizar el pleno ejercicio de los derechos' sin discriminación alguna, así como la prestación adecuada de los servicios públicos; d) La organización territorial del Estado ecuatoriano equitativa y solidaria, que compense las situaciones de injusticia y exclusión existentes entre las circunscripciones territoriales; e) La afirmación del carácter intercultural y plurinacional del f) Estado ecuatoriano g) La democratización de la gestión del gobierno central y de los gobiernos autónomos descentralizados, mediante el impulso de la participación ciudadana; h) La delimitación del rol y ámbito de acción de cada nivel de gobierno, para evitar la duplicación de funciones y optimizar la administración estatal: i) La definición de mecanismos de articulación, coordinación y corresponsabilidad entre los distintos niveles de gobierno para una adecuada planificación y gestión pública: j) La distribución de los recursos en los distintos niveles de gobierno, conforme con los criterios establecidos en la Constitución de la República para garantizar su uso eficiente; y. k) La consolidación de las capacidades rectora del gobierno central en el ámbito de sus competencias; coordinadora y articuladora de los gobiernos intermedio

101 5.31 Convenios Internacionales A continuación se listan algunos convenios con relación a la gestión de de desechos peligrosos. El Ecuador es signatario de los siguientes convenios: Convenio de Basilea y Convenio para eliminación de COPs Convenio de Brasilia El Ecuador es signatario del Convenio de Basilea para el Control de los Movimientos Transfronterizos de los Desechos Peligrosos y su Eliminación suscrito y aprobado por 116 países el 22 de marzo de Entró en vigencia a partir del 05 de mayo de 1992, y fue ratificado por el Ecuador, el 23 de Febrero de 1993 (Registro Oficial 432, 3-V-94; 2.- Enmiendas Registro Oficial 276, 16-III-98). El Gobierno del Ecuador a través de este convenio aceptó internacionalmente que será responsable de la contaminación por el mal manejo de los desechos peligrosos de acuerdo al Art.4....Cada parte tomará las medidas apropiadas para:...c) Velar por que las personas que participen en el manejo de los desechos peligrosos y otros desechos dentro de ella adopten las medidas necesarias para impedir que ese manejo dé lugar a una contaminación y, en caso de que se produzca ésta, para reducir al mínimo sobre la salud humana y el medio ambiente. En el Convenio de Basilea se adoptó la clasificación de desechos donde éstos son clasificados de acuerdo a las propiedades y de acuerdo a la actividad que los genera. De acuerdo al Artículo 4.2 del Convenio de Basilea, cada Parte tomará las medidas apropiadas para: a) Reducir al mínimo la generación de desechos en ella, teniendo en cuenta los aspectos sociales, tecnológicos y económicos; b) Establecer instalaciones adecuadas de eliminación para el manejo ambientalmente racional de los desechos peligrosos y otros desechos, cualquiera que sea el lugar donde se efectúa su eliminación que, en la medida de lo posible, estará situado dentro de ella. c) Velar porque las personas que participan en el manejo de los desechos peligrosos y otros desechos dentro de ella se adopten las medidas necesarias para impedir que ese manejo dé lugar a una contaminación y, en caso de que se produzca ésta, para reducir al mínimo sus consecuencias sobre la salud humana y el medio ambiente; d) Velar porque el movimiento transfronterizo de los desechos peligrosos y otros desechos se reduzca al mínimo compatible con un manejo ambientalmente racional y eficiente de esos desechos, y que se lleve a cabo de forma que protejan la salud humana y el medio ambiente de los efectos nocivos que puedan derivarse de ese movimiento;

102 e) No permitir la exportación de desechos peligrosos y otros desechos a un Estado o grupo de Estados pertenecientes a una organización de integración económica y/o política que sean Partes, particularmente a países en desarrollo, que hayan prohibido en su legislación todas la importaciones, o si tiene razones para creer que tales desechos no serán sometidos a un manejo ambientalmente racional, de conformidad con los criterios que adopten las Partes en su primera reunión. f) Exigir que se proporcione información a los Estados interesados sobre el movimiento transfronterizo de desechos peligrosos y otros desechos propuesto, con arreglo a lo dispuesto en el Anexo V A, para que se declaren abiertamente los efectos del movimiento propuesto, sobre la salud humana y el medio ambiente; g) Impedir la importación de desechos peligrosos y otros desechos si tiene razones para creer que tales desechos no serán sometidos a un manejo ambientalmente racional; h) Cooperar con otras Partes y organizaciones interesadas directamente y por conducto de la Secretaría en actividades como la difusión de información sobre los movimientos transfronterizos de desechos peligrosos y otros desechos, a fin de mejorar el manejo ambientalmente racional de esos desechos e impedir su tráfico ilícito; Convenio de Estocolmo sobre Contaminantes Orgánicos Persistentes (COPs) El convenio de Estocolmo es un tratado global para proteger la salud humana y el ambiente de los contaminantes orgánicos persistentes (COPs). Los contaminantes orgánicos persistentes tienen propiedades tóxicas, son resistentes a la degradación, se bioacumulan y son transportados por el aire, el agua y las especies migratorias través de las fronteras internacionales y depositados lejos del lugar de su liberación, acumulándose en ecosistemas terrestres y acuáticos. Los COPs son un grupo de 12 compuestos químicos que se dividen en dos categorías, productos químicos y productos de liberación no intencionada: Aldrina, Endrina, Clordano, Dieldrina, Heptacloro, Mirex, Toxafeno y DDT (restringido), Hexaclorobenceno (HCB), Bifenilos policlorados (PCB) Dibenzoparadioxinas (dioxinas) y dibenzofuranos policlorados (furanos) (PCDD/PCDF) El Convenio de Estocolmo sobre Contaminantes Orgánicos Persistentes fue adoptado en una conferencia de plenipotenciarios el 22 de Mayo del 2001 en la ciudad de Estocolmo, Suecia. El Ecuador es signatario del convenio y fue ratificado el 20 de julio del 2004 mediante su publicación en el Registro Oficial No El convenio se ratifica 90 días después que el gobierno respectivo entrega el instrumento de ratificación. Al momento en

103 Ecuador se están desarrollando algunas actividades con el objetivo de cumplir cronogramas de trabajo y metas en materia de COPs a nivel regional, este es el caso del programa de inventario de sustancias PCB llevado a cabo por el Ministerio del Ambiente. El Anexo C Producción no intencional, Parte II del Convenio dice lo siguiente:..las dibenzoparadioxinas y los dibenzofuranos policlorados, el hexaclorobenceno, y los bifenilos policlorados se forman y se liberan de forma no intencionada a partir de procesos térmicos, que comprenden materia orgánica y cloro, como resultado de una combustión incompleta o de reacciones químicas. La parte II del anexo menciona cuatro categorías de fuentes industriales con el potencial de formación y liberación relativamente elevada de estos productos químicos al medio ambiente : a) Incineradoras de desechos, incluidas las co-incineradoras de desechos municipales, peligrosos o médicos o de fango cloacal; b) Desechos peligrosos procedentes de la combustión en hornos de cemento; c) Producción de pasta de papel utilizando cloro elemental o productos químicos que producen cloro elemental para el blanqueo; d) Los siguientes procesos térmicos de la industria metalúrgica: En la implementación de la convención los gobiernos tomarán medidas para eliminar o reducir la emisión de los COPs dentro del medio ambiente. El Convenio de Estocolmo en sus diferentes artículos promueve la utilización de mejores técnicas disponibles para la disposición de desechos, para la limpieza de sitios contaminados además de la adopción de prácticas que permitan minimizar la generación de los COPs. El Convenio promueve la adopción de un plan a escala local, regional donde las estrategias y acciones sean descritas y posteriormente monitoreadas. PCBs (Bifenilos Policlorados) Una obligación para las partes es eliminar el uso de Bifenilos policlorados (PCBs) en los equipos (transformadores y capacitores) por el año 2025 y hacer esfuerzos hacia un manejo ambientalmente amigable de los desechos de PCB para el Más de 100 países en la actualidad se encuentran preparando Planes Nacionales de implementación del Convenio, incluyendo inventarios y planes de acción para la eliminación de PCBs. Como el trabajo de implementación recién comienza, existe la posibilidad de un incremento considerable de la demanda para los servicios de financiamiento y comerciales con relación al manejo y disposición de los PCBs Convenio de Rotterdam En 1998, los gobiernos decidieron reforzar el procedimiento adoptando el Convenio de Rotterdam, que establece un vínculo jurídico para el Consentimiento Fundamentado Previo CFP. El CFP exigía de los exportadores que comerciaban productos incluidos en

104 una lista de sustancias peligrosas que obtuvieran el consentimiento fundamentado previo de los importadores antes de emprender sus operaciones. El Convenio establece una primera línea de defensa al otorgar a los países importadores los medios y la información que necesitan para reconocer peligros potenciales y excluir productos químicos que no puedan manejar en forma segura. Si un país es consiente la importación de productos químicos, el Convenio promueve la utilización sin riesgos del mismo mediante normas de etiquetado, asistencia técnica y otras formas de apoyo. También vela por que los exportadores cumplan con dichas normas. El Convenio de Rotterdam entró en vigor de Febrero de El Ecuador es signatario de este convenio y ratificó el mismo el 4 de Mayo del Protocolo de Kioto Naciones Unidas 1998 Protocolo de Kioto, el cual es un acuerdo internacional que tiene por objetivo reducir las emisiones de seis gases que causan el calentamiento global: dióxido de carbono (CO2), gas metano (CH4) y óxido nitroso (N2O), además de tres gases industriales fluorados: Hidrofluorocarbonos (HFC), Perfluorocarbonos (PFC) y Hexafluoruro de azufre (SF6), en un porcentaje aproximado de al menos un 5%, dentro del periodo que va desde el año 2008 al 2012, en comparación a las emisiones al año Acuerdo Regional sobre Movimiento Transfronterizos de Desechos Peligrosos, Panamá, República de Panamá 11 de Diciembre del 1992 Considerando que hay evidencia de gestiones por parte de personas naturales y jurídicas para la importación de Desechos Peligrosos hacia la Región Centroamericana y reconociendo la necesidad de tomar acciones inmediatas ante el tráfico ilegal de tales desechos. Conscientes de los daños irreversibles que pueden causarse a la salud humana y a los recursos naturales. Reconociendo la soberanía de los Estados para prohibir la importación y el tránsito de desechos peligrosos a través de sus territorios por razones de seguridad sanitarias y ambientales. Reconociendo también el creciente consenso en Centro América para prohibir el movimiento transfronterizo de los desechos peligrosos y su eliminación en los países del istmo

105 Convencidos además, que es necesario emitir regulaciones que controlen eficazmente el movimiento transfronterizo de los desechos peligrosos. Manifestando también su compromiso para enfrentar de manera responsable el problema de los desechos peligrosos originados dentro y fuera de la región centroamericana; y tomando en cuenta las Pautas y Principios sobre Manejo Ambientalmente Saludable de los Desechos Peligrosos adoptados por el Consejo Directivo del Programa de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente (PNUMA) en El Cairo, según Resolución 14/30 del 17 de Junio de 1987; la recomendación del Comité de Expertos de las Naciones Unidas sobre el Transporte de Substancias Peligrosas (1957); la Carta de los Derechos Humanos; Instrumentos y Reglamentos adoptados dentro del Sistema de Naciones Unidas; artículos relevantes del Convenio de Basilea sobre control del Movimiento Transfronterizo de Desechos Peligrosos y su Eliminación, (1989), el cual permite el establecimiento de acuerdos regionales que pueden ser iguales o más restrictivos que las propias provisiones de ésta; el Artículo 39 de la Convención de Lomé IV relativo al Movimiento Internacional de Desechos Peligrosos y Radioactivos recomendaciones pertinentes formuladas por la Comisión Centroamericana de Ambiente y Desarrollo (CCAD) y la Comisión Centroamericana Interparlamentaria de Ambiente y Desarrollo (CICAD); y estudios y propuestas presentadas por Organizaciones Regionales e Internacionales Marco Institucional Dirección de Medio Ambiente del Gobierno Provincial del Guayas Mediante resolución Nº 074 del 9 de marzo del 200, el Ministerio del Ambiente confirió al Gobierno Provincial del Guayas la acreditación como Autoridad Ambiental de Aplicación responsable, con lo cual está facultado para avaluar y aprobar estudios de impacto ambiental, fichas ambientales, planes de manejo ambiental y emitir licencias ambientales. 6. Definición del Área Referencial Para la descripción de este numeral se ha tomado como referencia el certificado de intercesión, coordenadas específicas del proyecto, jurisdicción política administrativa y sistemas hídricos. El área referencial del Nuevo Proyecto identificado como Construcción, Operación y Mantenimiento del Sistema de, es el Cantón Daule, parroquia Laurel; es de mencionar que el proyecto abarcará la zona rural consolidada de la parroquia, es decir el centro poblacional de Laurel. Los límites políticos de la parroquia son los siguientes: Norte: Cantón Santa Lucía

106 Sur: Parroquias Juan Bautista Aguirre y Daule. Este: Cantones Urbina Jado y Samborondón. Oeste: Parroquias Limonal y Daule. Figura 1.- Mapa de división política administrativa de parroquias del Cantón Daule Fuente: Además de ello, el proyecto no intersecta con el Sistema Nacional de Áreas Protegidas (SNAP), Bosques y Vegetación Protectora (BVP) y Patrimonio Forestal del Estado (PFE), conforme lo indicado en el oficio MAE-SUIA-VMA (Anexo 3), Certificado de Intersección enmarcado en las siguientes coordenadas: Tabla 5.- Coordenadas geográficas del proyecto Ubicación Punto (Sistema geo-referenciado WGS 84) X Y TIPO Polígono Polígono

107 Punto Ubicación (Sistema geo-referenciado WGS 84) X Y TIPO Polígono Polígono Polígono Polígono Polígono Polígono Polígono Polígono Polígono Polígono Polígono Polígono Polígono Adicionalmente podemos indicar que se evidenció el río Pula el cual baña con sus sinuosidades a la parroquia; así también se observó el estero El Cañal afluente del rio Pula este se encuentra en la zona norte del centro poblacional de Laurel

108 7. Caracterización y diagnóstico del Área Referencial del Proyecto (línea base) 7.1 Caracterización socio ambiental La caracterización abarca la descripción del medio físico, medio biótico y aspectos socioeconómicos y culturales de la población que habita en el área de referencia en donde se va a desarrollar el proyecto. En la Tabla 5 se presentan las coordenadas UTM. Elipsoide y Datum Horizontal Sistema Geodésico Mundial WGS 84 Zona 17 Sur del área urbana parroquial de Laurel, coordenadas que se tomaron como referencia para el levantamiento de la Línea Base Ambiental. Esta sección se describe los siguientes elementos: Medio Físico En este numeral se abordan temas tales como: Geología, geomorfología, hidrología, climatología, usos de suelos, calidad del agua, aire y paisaje natural. La metodología utilizada para efectuar la caracterización de este componente ambiental fue la siguiente: Elaboración de un Formato de Visita, el mismo que sirvió para la recopilación de datos durante la visita in situ a la comunidad de Laurel. Visita de campo in situ al área de influencia directa e indirecta de la comunidad para obtener una visión más amplia del sector. Lectura de literatura de estudios efectuados en la zona, referente a geología, geomorfología, hidrología, climatología, tipos y usos de suelo. Sistematización de la información recolectada Las fuentes de información a la cual se recurrió para llevar a cabo la caracterización del componente físico ambiental, se detallan a continuación: Indicadores climatológicos y meteorológicos de INAMHI. Estudios anteriores del sector e investigaciones de entidades públicas y privadas. Estudio de suelo realizados por el promotor del proyecto. Boletín Climatológico Semestral Enero - Junio 2014 Página web: Página web: Página web:

109 Características Parroquia Laurel Esta población perteneciente al Cantón Daule surgió, (según testimonios orales) por el año 1890 con el nombre El Cañal. El escritor Dauleño Emiliano Caicedo Marcos, en la segunda edición de libro "Apuntes Históricos y Estadísticos de Daule" editado en 1902, menciona a El Cañal como recinto de la Parroquia Daule. El escritor Carlos Matamoros Jara autor del libro "Geografía Regional del Cantón Daule" editado en 1911, ratifica que El Cañal es un recinto de Daule y además lo ubica mediante un croquis. Cuenta que llego al poblado un sacerdote quien al contemplar absorto la gran cantidad de árboles de Laurel existentes en la orilla del río, piensa en sus adentros que el nombre del poblado debía ser Laurel. Entonces habla a los moradores de la necesidad de cambiar el nombre de la población y efectivamente lo logra, de allí por qué se llama Laurel. Las primeras familias que se asentaron en este lugar se dedicaron a la agricultura y al comercio. Por la década de los 40 se establecieron, muchos comerciantes chinos que posteriormente emigraron a Quevedo y Vinces. La primera iglesia se construyó en honor al Señor de Los Milagros entre Recién en 1957, se proveyó de energía eléctrica a la población, planta dotada por el consejo provincial. En el Campo se presentaron enfrentamientos entre los latifundistas y los precaristas que reclamaban un pedazo de tierra para trabajar. En el recinto de El Laurel las fuerzas vivas creyeron conveniente presentar ante el Consejo Municipal de Daule, un Proyecto que eleve a El Laurel a la categoría de Parroquia Civil. Por esta razón el Consejo Cantonal de Daule, presidido por Eduardo Jurado Glaessel, resolvió durante sesión de Consejo del 29 de Noviembre de 1972, aprobar en primera instancia la creación de la parroquia El Laurel, Resolución que volvió a ser ratificada en la sesión del 4 de Diciembre del mismo año. Por un reclamo de la parroquia Santa Lucia, no se pudo concretar este pedido, puesto que los Lucíamos, objetaban que la posible nueva parroquia iba a desmembrar su integridad territorial, por eso jamás se sancionó la mencionada ordenanza. Se retomó el proyecto de parroquialización, lo que ocurrió el 3 de julio de 1984 cuando una numerosa delegación de la población acudió al Consejo Municipal de Daule. El 13 de Agosto se recibió una delegación del recinto Laurel precedida por el Dr. Francisco Obando rector del Colegio Fiscal Laurel, en esta reunión se expusieron las razones históricas y comerciales, para que Laurel sea elevado a la categoría de Parroquia Civil

110 Los Concejales de la época se comprometieron a resolver a la brevedad posible el justo requerimiento, por lo que en sesión del 28 de Octubre de 1984, la Concejal Fresia Pazmiño de López, eleva moción la aprobación de los nuevos límites de la futura parroquia, fijados por La Comisión de Límites de la República, moción que fue apoyada por el Concejal Aníbal Henríquez. El 14 de Diciembre de 1986 Laurel festejó su triunfo de la Parroquialización mediante el Registro Oficial Nº - 12 de Noviembre El Ilustre Concejo Cantonal de Daule, de conformidad con la facultad que le concede el artículo 10 de la ley de Régimen Municipal vigente en ese entonces crea la parroquia rural El Laurel. Laurel es una de las cuatro parroquias rurales que pertenece al Cantón Daule, de la provincia del Guayas. Está situada al norte del cantón Daule, a la altura del Km. 56 de la Vía Guayaquil- Daule- Balzar. Su extensión territorial es de 35 Km². Su Cabecera Parroquial se encuentra al margen izquierdo del río Pula. Límites Norte: Cantón Santa Lucia Sur: Parroquia rural Juan Bautista Aguirre del Cantón Daule Este: Parroquia rural Junquillal del Cantón Salitre Oeste: Parroquia rural de Limonal del Cantón Daule A continuación, se presenta la ubicación de la parroquia Laurel en el cantón Daule de la provincia del Guayas: Figura 2.- Ubicación de la parroquia Laurel en el cantón Daule de la provincia del Guayas Fuente:

111 Geología y Geomorfología Geología y Geomorfología Regional.- En este sector de la Provincia del Guayas se desarrolla una llanura aluvial donde predominan sedimentos del cuaternario y terrenos superficiales del reciente y es una zona plana predominante. Por las características litológicas los materiales son de fácil erosión especialmente cuando las precipitaciones se relacionan con la presencia del Fenómeno El Niño. En los siguientes párrafos se describe la litología que predomina en el sitio de estudio. Litología.- En el área de estudio existe a nivel regional los sedimentos del aluvial Reciente (Holoceno). Muchos autores definen estos materiales como pertenecientes al Cuaternario Indiferenciado. Hidrología El Cuaternario Aluvial Constituye la zona inundable actual del río Daule y sus tributarios, con una extensión muy ancha que pertenece al Holoceno, es decir con una edad menor a años y cuyo espesor se estima en 30 metros. Los sedimentos del Cuaternario están constituidos por arcilla y limo principalmente depositados en la época de inundación. También, se encuentran gravas y arenas sueltas, depositadas en los meandros de los diferentes ríos. Estos meandros son el resultado del carácter muy dinámico del sistema de drenaje que cambian rápidamente de curso durante la estación invernal, por lo que el terreno en época de lluvias que se prolongan en largo plazo, es de carácter inundable. La Hidrología provincial presenta un sistema que enmarca al río Guayas con sus afluentes Daule y Babahoyo, que a su vez reciben varios tributarios como el Tachel y Puca, para el primero y Vinces, Jujan, Pita y Chimbo para el segundo. Todo este conjunto ha formado la más densa red fluvial de la Costa. Mientras que en el área de estudio donde se implementará el sistema de alcantarillado sanitario y pluvial se evidenció el Río Pula como el Estero El Cañal, estas fuentes hídricas se las evidencian en la siguiente figura:

112 Figura 3.- Río Pula y Estero Cañal Climatología Región Litoral.- Los porcentajes de variación de precipitación acumulada en la región Litoral, durante el semestre 2014, oscilaron entre -45% (Portoviejo) a -1% (La Concordia), los incrementos de pluviosidad en cambio oscilaron entre 2% (Pto. Ila) a 40% (Sto. Domingo A.). Los mayores decrementos acumulados de precipitación se registraron en la estaciones de Portoviejo que registró un acumulado semestral de mm siendo inferior en -45% a su valor normal de mm, Sta. Rosa A., con mm, siendo inferior en -39% a su normal climatológica de mm, en la zona de Pichilingue que registró un acumulado de mm, inferior en -24% a su valor normal de mm; en tanto que las estaciones localizadas hacia el norte e interior costero registraron incrementos pluviométricos, así Esmeraldas registró mm, siendo superior en 35% a su normal climatológica de mm, Sto. Domingo A., acumuló mm, siendo superior en 40% a su valor normal de mm, lo indicado se puede observar en la siguiente figura: Figura 4.- Precipitación normal semestral acumulada vs precipitación semestral acumulada Región Litoral e Insular Fuente: Boletín Climatológico Semestral

113 Temperatura media del aire La temperatura media del aire presentó una tendencia de anomalías positivas tanto en el Ecuador Continental como Insular durante el primer semestre del Figura 5. Figura 5.- Anomalía de temperatura media de aire. Semestral (enero - junio) 2014 Fuente: Boletín Climatológico Semestral 2014 Región Litoral e Insular.- La región litoral en general registro anomalías positivas al finalizar el semestre 2014, presentándose los mayores incrementos en las estaciones de Zaruma (1.3 C), Sta. Rosa y Puerto Ila (0.7 C), Babahoyo (0.5 C), Portoviejo y Milagro (0.4 C); únicamente la estación de Chone marco una anomalía negativa de -0.2 C. La región Insular el calentamiento térmico fue de 1.2 C. (Figura 6. Tabla 6)

114 Figura 6.- Anomalía de la temperatura media del aire, semestre (enero - junio) Región Litoral e Insular Fuente: Boletín Climatológico Semestral 2014 Tabla 6.- Temperatura media del aire en el Ecuador Semestral (enero junio) 2014 Fuente: Boletín Climatológico Semestral

115 Uso actual del suelo. En lo concerniente a la Cobertura Vegetal y Uso Actual de los suelos de la provincia, es necesario indicar a que se refiere cobertura y el uso del suelo. Cobertura, es toda vegetación natural correspondiente a un área o territorio, que incluye principalmente: bosques, matorrales, sabanas, vegetación de agua dulce, terrenos con escasa vegetación y áreas agropecuarias en uso. (Diccionario Enciclopédico Dominicano de Medio Ambiente). Uso, dentro de las definiciones de carácter general hemos de tener en cuenta el concepto de uso del suelo, entendido como cualquier tipo de utilización humana de un terreno, incluido el subsuelo y el vuelo que le correspondan, y en particular su urbanización y edificación. El uso de la tierra como conclusión, es la modificación antrópica del ambiente natural o naturaleza en ambiente construido como campos de cultivo, pasturas, asentamientos urbanos. (Enciclopedia libre, WIKIPEDIA). Con las definiciones descritas sobre cobertura y uso de suelos, indicamos que en la parroquia Laurel, el suelo es agrícola (en su mayoría sembríos de arroz Figura 7) y pecuario. Figura 7.- Sembríos de arroz en la parroquia Laurel Calidad de agua Durante la visita a la comunidad se evidenció que en varios sectores del Río Pula presenta contaminación por residuos sólidos, así también un morador del sector mencionó que las aguas lluvias y domésticas son descargadas en el rio lo cual genera malos olores esporádicamente, además de afectar al ecosistema existente en el mismo

116 Calidad de aire Durante la visita realizada por el personal técnico, se logró evidenciar que no existen fuentes contaminantes que alteren la calidad del aire, no existen molestias de ruido y la zona transmite calma Paisaje Natural El paisaje está considerado como la expresión perceptual del medio físico, es decir, detectado por los sentidos, relacionando a la población con el medio natural en el que se desarrollan sus actividades. Por este motivo, resulta de vital importancia que el desarrollo de las sociedades humanas tenga en cuenta este aspecto a fin de lograr una mejor calidad de vida. Una clasificación, mayoritariamente aceptada, de los elementos que constituyen un paisaje, es en las recientes teorías del paisaje, la que hace referencia a su naturaleza abiótica, biótica o antrópica. Algunos de los elementos del paisaje pueden considerarse simultáneamente bióticoantrópico, como por ejemplo un pastizal, o abiótico-antrópico, como sería el caso de un núcleo urbano adaptado a una ladera o una bahía A su vez en un mismo paisaje aparecen estos elementos combinados en mayor o menor medida, permitiendo su clasificación. Así podemos hablar de paisaje natural si los elementos dominantes son el abiótico y el biótico, es decir si no ha sido modificado por la acción del hombre Elementos Abióticos Los elementos abióticos son los relacionados con la geología y clima, tales como ríos, barrancos, bahías o montañas, paisajes nevados o erosionados. Los elementos abióticos evidenciados en el área de influencia donde se desarrollará la Red de Alcantarillado Sanitario y Pluvial de la parroquia Laurel tenemos al Río Pula (Figura 3) que baña con sus costas a la parroquia, como también el Estero El Cañal Elementos Bióticos Por elementos bióticos se entiende los relacionados con la vida, es decir la flora y la fauna, dando lugar a las diferentes comunidades naturales. Durante el levantamiento de la línea base ambiental de la red del Sistema de alcantarillado sanitario y pluvial de la parroquia Laurel en su área de influencia, se

117 evidenció especies de flora y fauna la cual esta descrita en el numeral del presente documento. Cabe recalcar, que la flora y fauna evidenciada corresponden a especias adaptadas a vivir bajo cambios y alteraciones generadas por el hombre Elementos Antrópicos Algunos de los elementos antrópicos evidenciados en el área referencial del proyecto del sistema de alcantarillado sanitario y pluvial de la parroquia Laurel, son los enunciados a continuación: Sub Centro de Salud - dirigido por la Dra. Nicole Corella. Colegio Fiscal Técnico Laurel Rectora Lcda. Aracely Segura. Instalaciones del Gobierno Autónomo Descentralizado parroquial de Laurel Presidente Sr. Fausto Moran Cesme. Escuela de Educación Básica N 1 Padre Juan de Velasco Director Lic. Blas Ron Alvarado. Instalaciones de los Bomberos de la parroquia Laurel dirigido por el Mayor Eddy Castro Iglesia Católica Parroquia Santa María de Laurel párroco Padre Jorge Aviles. Destacamento de Laurel dirigido por el Sargento Moreno Florencio (Comisión de Tránsito del Ecuador) A continuación, se evidencia fotográficamente el paisaje observado en el área de influencia de la red de alcantarillado sanitario y pluvial de la parroquia Laurel: Tabla 7.- Paisaje del área referencial del sistema de alcantarillado sanitario y pluvial de la parroquia Laurel Fotos tomadas durante el levamiento de la línea base en el sector donde se construirá el sistema de alcantarillado sanitario y pluvial en la Parroquia Laurel

118 Fotos tomadas durante el levamiento de la línea base en el sector donde se construirá el sistema de alcantarillado sanitario y pluvial en la Parroquia Laurel Medio Biótico El área Urbana de la parroquia Laurel donde se emplazará el sistema de alcantarillado sanitario y pluvial, se encuentra totalmente intervenida por asentamientos poblacionales. La vegetación primaria ha sido retirada dando paso al crecimiento y mejora de la parroquia, a través de la edificación de viviendas y obras públicas, como las actividades agrícolas en las afueras del centro poblado, en su mayoría cultivos de arroz. Durante el recorrido en el área de influencia donde se ubicará el sistema de alcantarillado sanitario y pluvial de la parroquia Laurel, realizado por el equipo auditor, no se identificó especies de fauna y flora única, raras o en peligro. Es de resaltar que para este proyecto no se requirió de un estudio detallado ni se realizó un inventario forestal y la valoración forestal en concordancia con el Acuerdo Ministerial N 134 y el Acuerdo N 076, debido a que el área de influencia se encuentra totalmente intervenida por viviendas, vías y cultivos de arroz. Sin embargo, se ha realizado una descripción en aspectos como flora y fauna terrestre y acuática identificadas en la zona durante la visita de campo para el levantamiento de Línea base ambiental, y las especies más representativas, pues existen especies de flora y fauna que tienen poca importancia para la conservación biológica, mayoritariamente son especies colonizadoras Fase de campo Para el levantamiento de información del componente biótico se efectuó observaciones a lo largo del sistema de alcantarillado sanitario y pluvial de la parroquia Laurel, y se elaboró un inventario de especies de flora y fauna, para obtener una base de información bilógica

119 Así también se llevó a cabo encuestas a los moradores sobre las especies de flora y fauna evidenciadas por ellos y se verificó con información bibliográfica. Posteriormente, se presentó las tablas con el listado de especies de flora, aves, mamíferos, reptiles, anfibios, peces de agua dulce así como de algunos invertebrados evidenciados en el sector. Se llevó a cabo el trabajo de campo previamente detallado, adaptando la metodología de Evaluación Ecológica Rápida de Sobrevila y Bath, 1993: Los nombres científicos y comunes de las especies reportadas en el levantamiento de medio biótico se basaron de acuerdo con la nomenclatura vigente según el libro The Birds of Ecuador, (Ridgely & Greenfield, 2001), Mamíferos del Ecuador (Tirira, 1999) y Anfibios y Reptiles (Almendáriz, 1991) y Anfibios del Ecuador: lista de especies y distribución altitudinal (Coloma y Quiguango-Ubillús, 2004) y Reptiles del Ecuador: lista de especies y distribución altitudinal (Coloma, Quiguango-Ubillús, Ron, Torres-Carvajal, 2006). La taxonomía de los insectos sigue la propuesta por Egüez y Castro (1999), IUCN Odonata Specialist Group, REGIONAL, REPORTS 2001 y la de los arácnidos la taxonomía mencionada en Levi y Levi, (1996) Flora A continuación, se presenta la flora evidenciada en el área de influencia del sistema de alcantarillado sanitario y pluvial de la parroquia Laurel: Tabla 8.- Flora Identificada en el Área de Influencia donde se Implantará el proyecto FAMILIA NOMBRE CIENTÍFICO NOMBRE VULGAR MORACEAE ARECACEAE HELICONIACEAE Ficus microcarpa Artopus altilis Roystonea regia Cocos nucifera Elaeis guineensis Pritchardia pacifica Heliconia latispoths Heliconia reticulata Heliconia stricta Ficus Frutipan Palma real Cocotero Palma africana Palma abanico Heliconia Heliconia Heliconia

120 FAMILIA NOMBRE CIENTÍFICO NOMBRE VULGAR EUPHORBIACEAE RUTACEAE MINOSACEAE ROSACEAE POACEAE CYPERACEAE Ricinus communis Cnidoscolus chayanansa Codiaeum variegatum Citrus sp. Citrus aurantium Inga manabiensis Inga sp. Prosopis sp. Prunus domestica Roseae sp. Panicum maximan Zea maiz Eleusine indica Panicum maximum cv común Oryza sativa Axonopus micay Higuerilla Chaya Crotón Limón Naranja Guaba grande Guaba de mono Algarrobo Ciruelo Rosa Pasto guinea Maíz Paja de burro Saboyo/pasto guinea Arroz Micay CARYOPHILLACEAE Dianthus sp. Clavel ANACARDIACEAE Mangifera indica Mango MUSACEAE Musa paradisiaca Banano CYCADACEAE Cycas revoluta Palma sagú CARICACEAE Carica papaya Papaya STRELITZIACEA Ravenala madagascariensis Palma de viajero ASTERACEAE Hianthus annuus Girasol AGAVACEAE Cordiline terminalis Hawaiana roja

121 FAMILIA NOMBRE CIENTÍFICO NOMBRE VULGAR RUBIACEAE Ixiora sp. Ixiona roja MALVACEAE Hibiscus rosa-sinensis Peregrina AMARANTACEA Amarantus hybridus Bledo LILIACEAE Aloe vera Sábila PLANTAGINACEAE Plantago major Llantén PASSIFLORACEAE Passiflora quadrangularis Badea COMBRETACEAE Terminalia catappa Almendro NYCTAGINACEAE Bougainvillea spp. Flor de papel LAURACEAE Laurus sp. Laurel OXALIDACEAE Averrhoa carambola Carambolas AMARANTHACEAE Chenopodium ambrosoides Paico CUCURBITACEAE Cucúrbita máxima Zapallo BEGONIACEAE Begonia semperflores Begonia CUPRESSACEAE Cupressus sp. Ciprés AREACEAE Iriartea deltoidea Palmito ANACARDIACEAE Spondia sp. Ciruelo BALSAMINACEAE Impatiens sp. Flor de la alegría MALVACEAE Malva syvestris Malva RUTACEAE Ruta sp. Ruda RUBIACEAE Mirinda citrifolia Noni PONTEDERIACEAE Eichhornia crassipes Jacinto de agua común PTERIDACEAE Ceratopteris pteridioides Helecho de agua SALVINIACEAE salvinia auriculata Crestilla

122 FAMILIA NOMBRE CIENTÍFICO NOMBRE VULGAR ARACEAE Caladium bicolor Corazón de jesús FABACEA Tamarindus indica Tamarindo A continuación, se presenta gráficamente varias de las plantas identificadas en el área de estudio. Tabla 9.- Flora identificada en el área de influencia del sistema de alcantarillado sanitario y pluvial de la parroquia Laurel Fotografías tomadas durante el levantamiento de la línea base Noni Zapallo Conclusiones de la flora identificada El área de estudio presenta un ecosistema formado en su totalidad por especies típicas de las zonas rurales y cultivos propios de la zona agrícola costeña, como también se evidenció árboles frutales y plantas ornamentales. Sin embargo, las especies predominantes son plantas ornamentales adaptadas a cambios físicos, las que han sido descritas en la tabla anterior, por lo antes indicado se logró la identificación de 42 familias Fauna Avifauna Del análisis de información secundaria y después del análisis de la visita in-situ al área de estudio se identificó especies de aves las mismas que se encuentran distribuidas en las

123 familias: Columbidae, Cuculidae, Cathartidae, Anatidae, Turdidae, Corvidae, Ardeidae, etc. Familia COLUMBIDAE PHASIANIDAE Tabla 10.- Aves identificadas en el área de influencia Nombre Científico Nombre Vulgar Columbia livia Paloma x Método de registro O C E Claravis pretiosa Tortolitas x Gallus gallus Gallina x Coturnix cotirnix Codorniz x CATHARTIDAE Coragyps atratus Gallinazo x ANATIDAE Cairina moschats Pato x HIRUNDINIDAE Hirundo rustica Golondrina x TURDIDAE Sialia currucoides Azulejo x TROCHILIDAE Ensifera ensifera Colibrí pico espada X ICTERIDAE Cacicus sp Cacique X PSITTACIDAE Forpus coelestis Viviñas X CUCULIDAE CORVIDAE Crotophaga ani Cyanocorax mystacalis Garrapatero piquiliso Urraca coliblanca ARDEIDAE Egretta alba Garza blanca X X Método de registro Observación directa (O): Cantos (C): Encuestas (E) X X X Cabe indicar, que las aves por ser migratorias esto les ha facilitado el adaptarse a las condiciones y dinámica del lugar. En la Mastofauna, los mamíferos por sus características biológicas entre estas la adaptación, resistencia y sensibilidad a los cambios ambientales generados por el ser humano se identificaron especies domésticas como: Canis familiaris (Perro doméstico) felis catus (Gato doméstico) así también especies de los Ordenes: Rodentia Mus musculus (ratón) y Rattus rattus (rata). Artiodactyla Bos Taurus (vaca), Sus scrofa domestica (Cerdo) y Ovis sp. (Oveja) Perissodactyla Equus caballus (Caballo)

124 Las especies descritas en mastofauna fueron evidenciadas durante la visita in situ realizada por el grupo consultor durante el levantamiento de línea base ambiental. Herpetología En el área de estudio se puede encontrar fácilmente las siguientes especies: Orden Squamata Lacertidae (Lagartijas) Equis (Bothrops asper) Falsa coral (Oxyrhopus petola) Huaijera (Chironius carinatus flavopiotus) Orden Anura Sapo común (Bufo bufo). No se registraron por observación directa a este grupo de especies como se mencionó anteriormente, fueron registradas por los relatos de las personas que habitan en la parroquia Laurel, de esta manera se menciona la presencia de 4 especies de reptiles y una especie de anfibio. Entomología (Macroinvertebrados) Dentro del área de estudio se evidenció especies de los órdenes: Dípteros (moscas y mosquito) Himenópteros (abejas y avispas) Lepidópteros (mariposas y polillas) Ortóptera (saltamontes y grillos) Ictiología (Río Pula) Cabe mencionar que por encontrarse la zona de emplazamiento del sistema de alcantarillado sanitario y pluvial de la parroquia Laurel cerca del rio Pula la fauna íctica constituye un importante recurso natural, tanto en su papel ecológico al igual que económico. También se pueden considerar excelentes indicadores de la calidad del agua, debido a su acentuada especialización ecológica y la alta sensibilidad al cambio de temperatura y la falta de oxígeno. A continuación, se presenta un registro de especies en fauna íctica de vertebrados de la Super-Clase OSTEICHTHYES) del Río Pula: Dica

125 Vieja Guanchiche Raspabalsa Bocachico Dama Larvas de peces (micro-invertebrados) Barbudo Campeche Tilapia Raton Cheri Guavina Bagre Bio Anguila Vieja montañera Es muy importante mencionar que no se registraron por observación directa a este grupo de especies como se mencionó anteriormente, fueron registradas por los relatos de las personas que habitan en la parroquia Laurel dedicada a la pesca artesanal, de esta manera se menciona la presencia de 17 especies de osteichthyes. En la siguiente tabla se presentan evidencias fotográficas de la fauna evidenciada en el área donde se ubicará el sistema de alcantarillado sanitario y pluvial de la parroquia Laurel: Tabla 11.- Fauna identificada durante la realización del levantamiento Biótico FOTOGRAFÍAS Perro Pato

126 FOTOGRAFÍAS Oveja Gallina Cerdos Análisis del componente fauna A pesar de la constante intervención del hombre, en el sitio donde se emplazará la red del sistema de alcantarillado sanitario y pluvial de la Parroquia Laurel presenta una diversidad en cuanto a su flora (la misma que fue detallada en el numeral ), lo cual ayuda a que las aves se presenten en el lugar de estudio como la presencia de cultivos fuera del centro poblado. Los mamíferos evidenciados corresponden a especies domésticas (perros, gatos, vaca y caballos) especies que se han adaptado a vivir bajo el dominio del hombre. Mientras que los reptiles evidenciados son propios de climas tropicales, en cuanto a las especies ictiológicas descritas corresponden a las evidenciadas durante la pesca artesanal ejecutada por los moradores en el Rio Pula Potenciales amenazas al ecosistema El ecosistema del punto de descarga se verá afectado por la Perdida de hábitat, por posibles descargas de aguas mal tratadas alterando sus factores físicos y químicos, desencadenando la muerte de especies de este ecosistema como de especies que necesitan de este hábitat para su reproducción Socio económico Para realizar la caracterización del medio socioeconómico y cultural del área de influencia referencial, se aplicó la siguiente metodología: VI Censo Nacional de Población y Vivienda realizado por el INEC Plan de Desarrollo y Ordenamiento Territorial GAD El Laurel

127 Encuesta Nacional de Salud y Nutrición, Ministerio de Salud Pública y el Instituto de Estadísticas y Censos. Reconocimiento del área de influencia directa e indirecta. Durante la visita in situ se efectuó la toma de fotos del área de influencia como también la realización de encuestas. Recopilación de datos primarios en el área de influencia ambiental, visitas in situ y revisión de literatura referente al sector. Mientras que para la descripción del Área de Influencia Directa se utilizó información primaria generada durante la visita de campo, donde se llevó a cabo las encuestas Conocer a mi vecino y toma de fotos del área de influencia directa del proyecto en mención. A continuación, se describe cada uno de los aspectos considerados en este numeral: Perfil Demográfico Los datos demográficos de la parroquia Laurel se detallan a continuación: Población Según el censo de Población y Vivienda del 2010 la parroquia Laurel tiene una población de habitantes con una distribución por sexo de 52% hombres y el 48% mujeres. Composición de la población por sexo y edad Esta parroquia es considerada la parroquia rural del cantón Daule con mayor número de habitantes. Con una densidad poblacional de 177 habitantes por Km²; de los cuales, el 61% se centra en la población de 15 a 64 años, el 30% en niños/as. De este porcentaje de la población se concentra en un 10.03% en los niños y el 9.81% en las niñas de 10 y 14 años, seguido de la población de niños/as de 5 a 9 años, con un 9.95% de niños y el 9,84% son niñas. Mientras que el 9% se centra en la población de 65 años y más

128 Figura 8.- Grupos de edad y sexo de la población parroquial Fuente: Plan de Desarrollo y Territorial GAD El Laurel (VI Censo de Población y V de Vivienda, 2010) Densidad Poblacional La densidad de la población (también denominada formalmente población relativa, para diferenciarla de la absoluta) se refiere a la distribución del número de habitantes a través del territorio de una unidad funcional o administrativa (continente, país, provincia, cantón, parroquia, etc.). Esta parroquia es considerada la parroquia rural del cantón Daule con mayor número de habitantes. Con una densidad poblacional de 177 habitantes por Km². Población económicamente activa (PEA) En la siguiente tabla se puede evidenciar la Población Económicamente activa de Laurel

129 Tabla 12.- El Laurel, Porcentaje de la PEA por sexo, según rama de actividad año 2010 Fuente: Plan de Desarrollo y Territorial GAD El Laurel (VI Censo de Población y V de Vivienda, 2010) Figura 9.- Rama de actividad en Laurel Fuente: Plan de Desarrollo y Territorial GAD El Laurel (VI Censo de Población y V de Vivienda, 2010) Como se puede apreciar en la Figura 9, la actividad agropecuaria es predominante en la parroquia Laurel, ni siquiera la suma del resto de actividades la iguala. Seguidas muy de

130 lejos están quienes se dedican al comercio al por mayor y al por menor, esto es equivalente al 6,5% de hombres y al 3,3% de mujeres que conforman la PEA de Laurel Alimentación y Nutrición El Abastecimiento de alimentos en la parroquia Laurel, se da a través de despensas ubicadas en el sector. Respecto a problemas nutricionales, durante la Encuesta Nacional de Salud y Nutrición realizada por el Ministerio de Salud Pública y el Instituto de Estadísticas y Censos, se menciona que la Provincia del Guayas en una significancia media de prevalencia de retardo en talla (T/E -2DE) en la población de 0 a 60 meses, tal como se muestra a continuación: Figura 10.- Prevalencia de retardo en talla (T/E -2DE) en la población de 0 a 60 meses, por provincias T/E: Talla por edad Fuente: Encuesta Nacional de Salud y Nutrición, Ministerio de Salud Pública y el Instituto de Estadísticas y Censos En la siguiente figura se evidencia la Prevalencia de retardo en talla, y sobrepeso y obesidad en la población escolar (5 a 11 años), por provincias, evidenciando que Guayas se encuentra en un retardo de talla menor al 20%, mientras que en sobrepeso y obesidad se encuentra cercano al 44,1%:

131 Figura 11.- Prevalencia de retardo en talla, y sobrepeso y obesidad en la población escolar (5 a 11 años), por provincias T/E: Talla por edad. IMC/E: Índice de masa corporal para la edad. Fuente: Encuesta Nacional de Salud y Nutrición, Ministerio de Salud Pública y el Instituto de Estadísticas y Censos. En la siguiente figura se evidencia la Prevalencia de retardo en talla, y sobrepeso y obesidad en la población adolescente (12 a 19 años), por provincias, evidenciando que Guayas se encuentra en un retardo de talla menor al 20%, mientras que en sobrepeso y obesidad se encuentra mayor al 12.6%: Figura 12.- Prevalencia de retardo en talla, y sobrepeso y obesidad en la población adolescente (12 a 19 años), por provincias T/E: Talla por edad. IMC/E: Índice de masa corporal para la edad. Fuente: Encuesta Nacional de Salud y Nutrición, Ministerio de Salud Pública y el Instituto de Estadísticas y Censos

132 En la siguiente figura se evidencia la Prevalencia de sobrepeso (IMC ), obesidad (IMC 30.0), y, sobrepeso u obesidad (IMC 25.0) adultos (mayores de 19 años), por provincia y edad, evidenciando que Guayas se encuentra en menor a 75.9%: Figura 13.- Prevalencia de sobrepeso (IMC ), obesidad (IMC 30.0), y, sobrepeso u obesidad (IMC 25.0) adultos (mayores de 19 años), por provincia y edad IMC/E: Índice de masa corporal para la edad. Fuente: Encuesta Nacional de Salud y Nutrición, Ministerio de Salud Pública y el Instituto de Estadísticas y Censos. A continuación, se muestra un cuadro de determinantes de los problemas nutricionales con enfoque de ciclo de vida: Figura 14.- Determinantes de los problemas nutricionales con enfoque de ciclo de vida Fuente: Peña M Alianza para la Nutrición y el Desarrollo; Adaptado por Freire

133 El acceso del agua en el sector, conforme a las encuestas realizadas es a través de la red pública (Agua tratada). La misma que es utilizada para la preparación de alimentos, baño y lavado de ropa, esta agua no es empleada para el consumo humano dado a que presenta un exceso de cloro. La energía eléctrica es proporcionada por la Corporación Nacional Eléctrica (CNEL), no cuentan con sistema de alcantarillado, sin embargo la recolección de basura se da tres veces por semana. A continuación, se puede evidencia la recolección de basura en la parroquia Laurel, esta actividad es realizada por el vehículo recolector de Basura de la Municipalidad de Daule. Figura 15.- Recolección de basura en la parroquia Laurel Salud Para la atención de salud de la población de la parroquia y recintos cercanos se cuenta con un SUB-CENTRO DE SALUD que es una unidad operativa que realiza actividades básicas de fomento, prevención y promoción. En la actualidad este Sub Centro de Salud es dirigido por la Dra. Nicole Corella, quien nos indicó que las enfermedades más constantes en los niños y adultos menores son: gripe y enfermedades estomacales, mientras que en los adultos mayores se presenta la diabetes. Según los entrevistados, las causas más comunes que originan estas enfermedades en la población son: limitados hábitos de higiene y escasa información sobre prevención de enfermedades comunes. Respecto a prácticas de medicina tradicional, los encuestados indicaron que en el sector si se realizan ese tipo de prácticas pero únicamente caceras (dolor de estómago, gripe)

134 Tasa de Mortalidad en General De acuerdo a lo indicado por el Sistema de Indicadores Sociales del Ecuador SIISE las personas que murieron en un determinado año, expresado con relación a cada habitantes se presenta en la siguiente figura: Figura 16.- Mortalidad en un determinado año, expresado con relación a cada habitantes Fuente: Educación Niveles de escolaridad.- Según datos del Censo Poblacional y Vivienda del 2010, saben leer y escribir la población de la parroquia hombres y mujeres y no sabe leer ni escribir 782 hombres y 687 mujeres. De los cuales según el siguiente gráfico asiste a un establecimiento de enseñanza regular hombres y Mujeres Figura 17.- Asistencia Actualmente a un establecimiento de enseñanza regular Fuente: Plan de Desarrollo y Territorial GAD El Laurel (VI Censo de Población y V de Vivienda, 2010)

135 De los cuales según el censo del 2010, 320 estudian fuera de la parroquia. El establecimiento de enseñanza regular al que asisten hombres y mujeres es fiscal (Estado), 171 mujeres y 168 hombres a instituciones particulares como lo indica la siguiente figura: Figura 18.- Establecimientos de enseñanza regular al que asiste Fuente: Plan de Desarrollo y Territorial GAD El Laurel (VI Censo de Población y V de Vivienda, 2010) El nivel de Instrucción más alto que asistió o asiste en la parroquia según Censo Poblacional y de Vivienda del 2010 es de hombres mujeres a nivel primario. A nivel secundario 867 hombres y 822 mujeres. Mientras que 565 hombres y 491 mujeres no tienen ningún nivel de instrucción como lo detalla la siguiente figura: Figura 19.- Nivel de Instrucción Fuente: Plan de Desarrollo y Territorial GAD El Laurel (VI Censo de Población y V de Vivienda, 2010)

136 En la parroquia Laurel se puedo evidenciar 4 Centros Educativos entre ellas: Colegio Fiscal Técnico Laurel Rectora Lcda. Aracely Segura. Escuela de Educación Básica N 1 Padre Juan de Velasco Director Lic. Blas Ron Alvarado Escuela de Educación Básica María Eulalia Avilés Escuela Plan Internacional Vivienda A continuación se evidencia el total de viviendas particulares con personas presentes por tipo de vivienda, existente en la parroquia Laurel conforme lo indicado en los datos del VI Censo de Población y V de Vivienda 2010: Tabla 13.- Total de viviendas particulares con personas presentes por tipo de vivienda - parroquia Laurel Laurel Casa/Villa Departamen to en casa o edificio Cuarto(s) en casa de inquilinato Mediagua Rancho Covacha Choza Otra vivienda particular Total Área Rural Fuente: VI Censo de Población y V de Vivienda, En la siguiente tabla se detalla el total de viviendas particulares con personas presentes por tipo de material del techo o cubierta en la parroquia Laurel conforme lo indicado en los datos del VI censo de población y V de vivienda año Tabla 14.- Total de viviendas particulares con personas presentes por tipo de material del techo o cubierta - parroquia Laurel LAUREL Hormigón (losa, cemento) Asbesto (eternit, eurolit) Zinc Teja Palma, paja u hoja Otros materiales Total Fuente: VI Censo de Población y V de Vivienda, 2010 En la siguiente tabla se presenta el tipo de vivienda observada en la parroquia Laurel:

137 Tabla 15.- Viviendas de Laurel Fotos tomadas durante el levantamiento de la Línea base Ambiental Estratificación Durante la realización de la encuesta en la parroquia Laurel, se logró identificar que existe el Gobierno Autónomo Descentralizado Parroquial Rural Laurel. Es de resaltar que el área más frecuentada para las reuniones son las instalaciones de la Junta Parroquial. Respecto a la Legalización de predios, las viviendas son propias a través de escritura de derecho de posesión conforme a lo comentado por los encuestados Infraestructura física Para llegar a la Parroquia Laurel existe una vía de segundo orden la cual se encuentra en buen estado. Respecto a los servicios básicos tenemos: Servicio de Agua La parroquia Laurel dispone de una Planta de tratamiento de agua.- Los habitantes de la cabecera parroquial cuentan con un tanque elevado, el mismo que distribuye agua tratada por medio de tuberías a 767 usuarios cubriendo casi todos los sectores menos el sector 8 donde no existen tendido de tuberías domiciliarias Servicios de Energía Eléctrica y Alumbrado Público Según datos del Censo Poblacional y Vivienda del 2010 indica que de hogares el 90% de la Población tiene acceso a energía eléctrica de servicio público y un 10% no tiene acceso

138 De los cuales el 67% es de uso exclusivo, el 25% no tiene medidor y el 8% es de uso común en varias viviendas. Existe una agencia de la Empresa Eléctrica de la Corporación Nacional de Electricidad en la Cabecera Parroquial que brinda sus servicios a toda la parroquia. Según algunos moradores de los recintos manifiestan que en ocasiones existen cortos circuitos en especial en la época invernal o cuando hay grandes corrientes de vientos y polvos. En algunos sectores de la Cabecera Parroquial carecen de luminarias como el sector 8, mientras otras están quemadas. Saneamiento Ambiental Básico Acceso al servicio de recolección de basura.- Según datos del INEC El 77% de basura la queman, 21% es por carro de basura, y el 1% la entierran o la arrojan en terreno baldío o quebrada. La Cabecera Parroquial es la única que cuenta con este servicio que se da 3 veces a la semana los días lunes, jueves, sábados pero el carro recolector de basura que pasa por la calle principal no realiza el recorrido en los diferentes sectores. Figura 20.- Eliminación de basura Fuente: Plan de Desarrollo y Territorial GAD El Laurel (VI Censo de Población y V de Vivienda, 2010) Saneamiento sanitario. Según datos del INEC Existen 969 hogares conectados a pozo séptico, 679 no tienen, 444 conectados a pozo ciego y 17 conectados a red pública de alcantarillado y 9 descargan directamente al río o quebrada. De los cuales 1790 el servicio higiénico o escusado del hogar es de uso exclusivo, 644 no tiene y 234 son compartidos con otros hogares. En la Cabecera Parroquial al igual que las localidades el sistema de eliminación de excretas es por medio de letrinas o pozos ciegos elaboradas por sus propios esfuerzos, algunos están en mal estado

139 La cabecera cuenta con un sistema de canalización de aguas lluvias, sin embargo, el bajo nivel del casco urbano y la proximidad del río dificultan el drenaje y el funcionamiento de la canalización. No existe un sistema de alcantarillado Actividades productivas Acorde a datos del INEC, la extensión territorial de la provincia del Guayas es de 15,707.41Km², de Daule es de Km² y de la parroquia Laurel es de 36,61Km². Esta extensión equivale al 0.90% de la provincia del Guayas y al 30.55% del cantón Daule. La misma fuente indica que en toda la provincia del Guayas existen 253,618 hectáreas de cultivos permanentes y 254,445 de ciclo transitorio (cortos). En la parroquia El Laurel, se identificaron 31 recintos más la Cabecera Parroquial (El Laurel) y en todos ellos se evidenció actividad agrícola. Los cultivos existentes en la parroquia son en su mayoría de ciclo corto, debido en parte a que se carece de sistemas de riego (a pesar de su cercanía al río Pula). Esta actividad se incrementa generalmente en época lluviosa (de diciembre a mayo). Entre los productos que se cultivan se destaca el arroz como principal; también existen otros cultivos como: mango, melones, ciruelas y tamarindo en menores cantidades. Algunos productos son comercializados (valor de cambio) y otros sirven para el sustento de la propia población (valor de uso). Actualmente, la actividad agrícola se la realiza en forma precaria, ya que los agricultores no cuentan con la tecnificación ni el conocimiento óptimo para el cultivo; adicionalmente, el agua no llega a todos los rincones, ni se distribuye de forma tecnificada. Tan solo se cuenta con agua en ciertos sectores, abastecidos con pequeños canales de riego, construidos por autogestión y en las riberas del Daule, se alquilan bombas para obtener agua del mismo Turismo El turismo comprende las actividades que lo hacen las personas (turistas) durante sus viajes y estancias en lugares distintos al de su entorno habitual, por un período consecutivo inferior a un año y mayor a un día, con fines de ocio, por negocios o por otros motivos. La parroquia Laurel cuenta con una extensión de playa con comedores tipo cabañas para el desarrollo de la actividad turística. Por encontrarse en el interior del Litoral ecuatoriano, estas playas presentan una singular ventaja, única en países tropicales; se trata de un Balneario de Agua Dulce, poco común en el Ecuador. La playa se encuentra en la Cabecera Parroquial Laurel. Aunque, este espacio cuenta con cabañas donde es posible escuchar música nacional y degustar platos típicos de la zona; su infraestructura no es la

140 óptima para recibir masivamente a los turistas nacionales y extranjeros que visiten el lugar. Adicional, la parroquia Laurel presenta características climáticas, y diversidad de flora que le permitiría desarrollar el turismo ecológico. El turismo ecológico o ecoturismo es una nueva tendencia del Turismo Alternativo diferente al Turismo tradicional; es un enfoque para las actividades turísticas en el cual se privilegia la sustentabilidad, la preservación, la apreciación del medio (tanto natural como cultural) que acoge y sensibiliza a los viajantes. A pesar del potencial turístico de la parroquia, en Laurel, existen pocos sitios para el hospedaje de turistas; se encontraron pocos hoteles; lo cual significa: la no preparación de la población para desarrollar un crecimiento turístico acelerado Arqueología Durante las encuestas realizadas a la población de Laurel, nos indicaron que hasta la actualidad no se han evidenciado presencia de vestigios arqueológicos en el sector. Adicionalmente, se llevó a cabo la búsqueda de información secundaria respecto a levantamientos arqueológicos en el área pero no se han efectuado estudios en la zona ni se han encontrado restos arqueológicos durante actividades de construcción. Es de resaltar, que no se presenta la certificación emitida por el INPC que respalde que en el sector donde se construirá el proyecto no existe presencia de vestigios arqueológicos, debido a que es un área totalmente intervenida por infraestructura física y actividades agrícolas, entre estas: Sub Centro de Salud Colegio Fiscal Técnico Laurel Instalaciones del Gobierno Autónomo Descentralizado parroquial de Laurel Escuela de Educación Básica N 1 Padre Juan de Velasco. Instalaciones de los Bomberos de la parroquia Laurel. Iglesia Católica Parroquia Santa María de Laurel. Destacamento de Laurel (Comisión de Tránsito del Ecuador). Sembríos de arroz (sector agrícola) Transporte El acceso a la parroquia Laurel es por una vía terrestre de segundo orden, el tipo de transporte que puede acceder hasta esta parroquia del cantón Daule es transporte terrestre: Carros particulares, cooperativa de transporte, taxis, camionetas, tricimotos y moto lineales

141 7.1.5 Inventario forestal y Valoración económica por la remoción de la cobertura vegetal Debido a que el proyecto se construirá en una comunidad totalmente intervenida por viviendas y vías de acceso no aplica la realización de un inventario forestal y valoración económica por la remoción de cobertura vegetal nativa Identificación de sitios contaminados o fuentes de contaminación Durante las encuestas realizadas a los habitantes de la parroquia Laurel, ellos mencionaros que en el sector se da la contaminación del Río Pula, por la descarga de las aguas lluvias y aguas domésticas en este rio. 7.2 Diagnóstico Ambiental El presente diagnóstico ambiental representa la problemática de los medios: físico, biótico y aspectos socioeconómicos y culturales del área objeto de estudio. Respecto al medio físico, en el área de estudio se evidenció el rio Pula y el estero Cañal como los enunciados a continuación: Infraestructura civil: (hormigón armado). o UPC Unidad de Policía Comunitaria. o Cabina telefónica o Restaurant o Unidades Educativas Vías de acceso (segundo orden). Pequeñas áreas verdes artificiales (jardines) y arbóreas de las viviendas acentuadas en este parroquia. En relación al medio biótico, el área de estudio presenta un ecosistema formado en su totalidad por especies típicas de las zonas rurales y cultivos propios de la zona agrícola costeña, como también se evidenció árboles frutales y plantas ornamentales. Sin embargo, las especies predominantes son plantas ornamentales adaptadas a cambios físicos, por lo antes indicado se logró la identificación de 42 familias. A pesar de la constante intervención del hombre, en el sitio donde se emplazará el sistema de alcantarillado sanitario y pluvial de la parroquia Laurel presenta una diversidad en cuanto a su flora, lo cual ayuda a que las aves se presenten en el lugar de estudio

142 Los mamíferos evidenciados corresponden a especies domésticas (perros, gatos, vaca, ovejas, cerdos y caballos) especies que se han adaptado a vivir bajo el dominio del hombre. Mientras que los reptiles evidenciados son propios de climas tropicales, en cuento a las especies ictiológicas descritas corresponden a las evidenciadas por los moradores en el Rio Pula. Respecto al medio socioeconómico, para llegar a la parroquia Laurel es por una vía terrestre de segundo orden en buen estado, el tipo de transporte que ingresa a esta parroquia es: carros particulares, cooperativa de transporte, taxis y camionetas. Laurel cuenta con agua potable, la energía eléctrica es proporcionada por la Corporación Nacional de Electricidad, las aguas servidas se eliminan a través de pozo séptico, la recolección de basura se da tres veces por semana. Este servicio es proporcionado por el Municipio de Daule. 8. Descripción del proyecto 8.1 Antecedentes Los antecedentes del proceso de regulación ambiental es el cumplimiento de la Normativa Ambiental expresado en el Acuerdo Ministerial 006: Reformar el Título I y IV del Texto Unificado de Legislación Secundaria del Ministerio del Ambiente: Art 13. Sustitúyase el artículo 35 del capítulo IV del Título I del libro VI del Texto Unificado de Legislación Ambiental por lo siguiente: De la Falta de licencias Ambientales.- los proyectos obras o actividades nuevas y en funcionamiento deben cumplir con el proceso de regularización ambiental de conformidad con este Reglamento, Manuales y Procedimientos, Normativa Ambiental Aplicable, obteniendo la licencia ambiental correspondiente, en caso de no hacerlo serán objeto de sanciones previstas en la normativa ambiental aplicable; a cargo de la autoridad ambiental competente, sin perjuicio de las acciones civiles, penales o administrativas que se deriven de su incumplimiento Como al cumplimiento del oficio 4934-DGA-GPG-2014, que aprueban los Términos de Referencia (TdRs) para la elaboración del Estudio de Impacto Ambiental y Plan de Manejo Ambiental, del Nuevo Proyecto identificado como Construcción, Operación y Mantenimiento del Sistema de Alcantarillado Sanitario y Pluvial de La Parroquia Laurel

143 8.2 Objetivos Objetivo general Tiene por objetivo la construcción operación y mantenimiento del sistema de alcantarillado sanitario y pluvial, incluido el sistema de tratamiento de las aguas residuales domésticas previo a su descarga al Río Pula Objetivos específicos Mejorar la calidad de vida de los habitantes de la parroquia que se benefician de la implementación del proyecto. Minimizar los impactos hacia el medio ambiente por las actividades de la etapa de Construcción, Operación, Mantenimiento y Abandono aplicando un Plan de Manejo Ambiental, uno para la fase de Construcción y otro para la fase de Operación y Mantenimiento del sistema de Alcantarillado Sanitario y pluvial. Mitigar la contaminación hacia el Río Pula. 8.3 Justificación El Gobierno Autónomo Descentralizado de la Ilustre Municipalidad del Cantón Daule impulsando el desarrollo del área de saneamiento, prevé mejorar la calidad y la cobertura de los servicios de infraestructura sanitaria paralelamente al crecimiento poblacional y consecuente a la demanda de los mismos. Dentro de las políticas para la atención a sus habitantes, el GAD municipal ha realizado estudios del sistema de Alcantarillado Sanitario y Pluvial para la Parroquia Laurel; esto con la finalidad de dotar y cubrir las demandas requeridas de saneamiento para la población beneficiada. La realidad en que se halla inmersa la población al no contar con un sistema eficiente de cobertura y tratamiento de las aguas servidas, hace que en calidad de autoridades del cantón se ejecuten las acciones tendientes a solventar los problemas que se presentan con relación a la cobertura del servicio y a la calidad del tratamiento El sistema actual con el que se cuenta la población es pozos sépticos los cuales llegan a ser un sistema no saludable para la población y el ambiente, además de que en ciertos sectores la descargas de las aguas se las realiza directamente al cuerpo hídrico. Por lo que es trascendental desarrollar el sistema de alcantarillado sanitario y Pluvial de la parroquia Laurel, en conjunto con el sistema de tratamiento de las aguas residuales domésticas previo a su descarga al Río Pula

144 8.4 Ubicación La Parroquia Rural Laurel, se encuentra ubicado a 56 km al norte del cantón Guayaquil en la vía hacia Balzar, a un lado de la mencionada carretera a orillas del río Pula. Su ubicación geográfica es: Punto Tabla 16.- Coordenadas geográficas del proyecto Ubicación (Sistema geo-referenciado WGS 84) X Y TIPO Polígono Polígono Polígono Polígono Polígono Polígono Polígono Polígono Polígono Polígono Polígono Polígono Polígono

145 Punto Ubicación (Sistema geo-referenciado WGS 84) X Y TIPO Polígono Polígono A continuación, se muestra una figura donde se ubica el proyecto: Figura 21.- Ubicación del Proyecto Fuente: Google Earth. Se encuentra ubicado en un área de topografía regular plana con pequeñas variaciones a 50 km de Guayaquil en la carretera Guayaquil Balzar. Respecto a la Parroquia Laurel, se encuentra a una altitud promedio de metros sobre el nivel del mar (m.s.n.m.), aproximadamente. La Parroquia Rural tiene un área de ha aproximadamente, y se encuentra ubicada en la margen derecha del río Pula

146 Es de resaltar que el área a servir con los sistemas indicados, comprende toda la parroquia, incluyendo áreas de expansión futura. 8.5 Ciclo de vida Para el Nuevo Proyecto identificado como Construcción, Operación y Mantenimiento del Sistema de se prevé dos etapas cada una con un ciclo de vida: lo cual es detallado a continuación: o o El tiempo estimado para la etapa Constructiva es de diez (10) meses a partir de la obtención de los respectivos permisos y considerando que las condiciones climáticas lo permitan, tiempo en el cual culminará la construcción del Sistema de Alcantarillado Sanitario y Pluvial de la Parroquia Laurel. Mientras que para la Etapa de Operación y mantenimiento el Ciclo de vida de las Instalaciones será aproximadamente hasta el año 2035 Es de resaltar que el proyecto ha sido diseñado para cubrir una demanda de población de habitantes (año 2035) por lo que no se prevé proyecciones de ampliación. 8.6 Costos Los costos de la construcción del Sistema de Alcantarillado Sanitario de la Parroquia Laurel, tendrá un costo referencial de $ ,35 más IVA $ ,76 mientras que el sistema de alcantarillado Pluvial un costo de $ ,79 más IVA $ , Requisitos operacionales (documentos Legales) Para la implementación del Nuevo Proyecto identificado como Construcción, Operación y Mantenimiento del Sistema de Alcantarillado Sanitario y Pluvial de La Parroquia Laurel se ha otorgado los siguientes permisos: o Certificado de Categorización. o Aprobación de los Términos de Referencia. 8.8 Procesos Descripción y criterios generales del sistema de aguas servidas. El sector carece de sistema de recolección de aguas servidas por lo que se ha planteado un sistema independiente de recolección, tratamiento y disposición final en el río Pula

147 El sistema de aguas servidas está compuesto por red de colectores, estación de bombeo, tanque séptico de cámaras en serie, filtro anaerobio de flujo ascendente y disposición final en el río Pula. Memorias de cálculo Población, dotación y consumo La cantidad de población y demás datos complementarios se han obtenido del último censo del 2010 alcanzando los habitantes, por lo que al final del período de diseño año 2035 la población será de habitantes. Se ha considerado para este diseño una dotación de 150 lt/hb/día, 2 lt/hb/año de incrementó hasta el final del período de diseño que será de 200 lt/hb/día, dotación que satisface todas las necesidades de una persona. u = a * r(exp)(n - 1) r = 1,01 población = 9882 AÑO orden población , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , ,

148 El consumo se incrementará en 2 lt/per/año, es decir: Número total de personas = hb. Consumo por persona y por día = 150 litros Consumo al final de período de diseño 2 x = 200 lt/per/día Consumo doméstico = 200 litros/per/día x = ,00 lt/día Parámetros de diseño Consumo doméstico = ,00 lt/día Coeficiente de retorno = 0,8 Caudal que va a la alcantarilla = 0.80 x ,00 lt/día = lt/seg. Coeficiente de mayoración se utilizará la fórmula de Hrmon para la determinación del mismo: Normas de diseño Aguas de infiltración y aguas ilícitas Se considerará una tolerancia para los efectos de infiltración, dimensionando las alcantarillas de tal manera que se deje en la tubería un volumen no ocupado, sobre la altura neta de diseño de las aguas negras. Para conseguirlo, el criterio aplicado es el siguiente: Para tuberías de 160 mm a 300 mm. (Q/Q menor o igual a 0.50). En donde: d = profundidad neta del flujo de diseño de aguas negras D= diámetro de tubería q= Caudal de diseño Q= Caudal a tubo lleno. Caudales de diseño El caudal de diseño corresponde al caudal medio diario multiplicado por el coeficiente de mayoración. Diámetros de la red El diámetro mínimo de la red es de 200 mm para colectores principales y secundarios 160 mm para colectores terciario

149 La velocidad mínima prevista es de 0,6 m/s para los colectores. Trazado de la red Cálculos hidráulicos Para el cálculo hidráulico se utiliza la fórmula de Manning en la cual la tubería trabajará por gravedad parcialmente llena. Fórmula V = 1/n * RH 2/3* S½ Donde V = Velocidad en m/s n = Coeficiente de rugosidad RH = Radio Hidráulico = Área / Perímetro mojado s = Pendiente m/m. Colectores principales y secundarios Las tuberías superiores o iguales a 200 milímetros serán de hormigón, en caso contrario serán de PVC Ramales domiciliarios Los ramales domiciliarios serán de PVC de 160 mm de diámetro. Obras complementarias Las cámaras de inspección se colocarán en los siguientes lugares: Al comienzo de todo colector Para los casos en que los colectores pasen frente a las residencias a profundidades mayores a 2,5 m, se construirán ramales terciarios a profundidades menores y se conectarán en una cámara más adelante. En toda intersección de colectores En todo cambio de dirección En todo cambio de pendiente En todo cambio de diámetro. Las cajas de inspección se colocarán una por cada residencia y cuando la distancia entre ellas sea mayor a 20 metros

150 Diámetro de alcantarilla para aguas negras 8 a 18 Distancia máximas entre cámaras de inspección 120 m Estación de bombeo La estación de bombeo será instalada lo más cerca posible al sistema de tratamiento. Se propone construir una estación de pozo húmedo equipado con dos bombas sumergibles. Dos bombas manejarán, cada una de ellas, el 100 % del caudal máximo de diseño. Se ha decidido proyectar este tipo de bombas, considerando que requieren un mantenimiento mínimo. Cálculo de pozo húmedo De acuerdo a los fabricantes, las bombas sumergibles pueden trabajar satisfactoriamente con 10 arranques por hora. Para el presente diseño se han utilizado 6 arranques por hora, esto es T = 600 seg. V = (T * Q) / 4 V = Volumen requerido (l) T = Tiempo mínimo de un ciclo de bombeo o tiempo entre dos arranques sucesivos (s). Q = Caudal de bombeo (l/s) El caudal máximo de aguas servidas es = lt/seg. Las bombas trabajarán alternadamente y cada una manejará el 100 % del caudal de diseño. El pozo húmedo será diseñado para el total del caudal de diseño. Q = lt/seg. T = 6 minutos V = (20.84 * 600) / 4 = 3126 litros Se adoptan las siguientes dimensiones: Diámetro del pozo = 2.5 m Altura de bombeo útil = 1.00 m V = 4.90 m

151 Pérdida de carga en la impulsión. Para 4" y Q = lt/seg. S fu = 10,674 x Q1,852 / (C1,852 x D4,871) S ft = Sfu * L Q = lt/seg. C = 140 (para PVC usado) L = 20 m S fu = 0,06476 m/m S ft = 1.30 m Se considera un 30 % adicional de pérdidas de carga por ser aguas negras. S ft = 1.69 m Las bombas serán de tipo sumergible con las siguientes características o similar. Capacidad 100 % del caudal de diseño Cantidad 2 unidades Altura geométrica = 4.15 m Carga = 5 m Altura dinámica = 9.15 m Marca: Flyps o Similar Modelo: CP 3102 MT; 5 HP Capacidad de manejo de sólidos: hasta 3". Tratamiento propuesto y disposición final Para la Parroquia Laurel se ha diseñado un sistema de tratamiento anaeróbico que consiste en tanque séptico de dos cámaras en serie y filtro anaerobio de flujo ascendente. Se espera una eficiencia de remoción de materia orgánica mayor al 80 %. Tanque séptico Para el diseño del sistema de tratamiento, se hará empleando la Norma de la Asociación Brasilera de Normas Técnicas NB-41, cuyo objetivo básico es fijar las condiciones exigibles para construcción de las fosas sépticas y disposición del efluente, de tal modo que se preserve la higiene, la seguridad y el confort de los predios en zonas desprovistas de redes de recolección

152 Para el tratamiento primario de las aguas residuales domésticas, se plantea la utilización de tanque séptico de cámaras en serie. En los que se espera obtener las siguientes eficiencias: - Remoción de sólidos en suspensión 50 á 70% - Reducción de bacilos coliformes 40 á 60% - Reducción de la DBO 30 á 60% - Remoción de grasas y aceites 70 á 90% La unidad específica propuesta para el tratamiento de las aguas residuales es la de tanque séptico de cámaras en serie. Esta unidad está constituida de compartimientos interligados, en los cuales se procesan conjuntamente los fenómenos de decantación y digestión, con predominancia de la digestión en el primer compartimiento. Para el cálculo del volumen útil, se utiliza la siguiente fórmula: V = 1,3 N (CT Lf) Dónde: V = Volumen (litros) N = Número de personas C = Contribución de aguas residuales (litros/pers-día) = 245 T = Tiempo de retención (días) = 0,5 Lf= Contribución de lodos frescos (litros/pers-día) = 1 Para dimensiones y relaciones de largo, ancho y alto del tanque séptico de cámaras en serie se han observado los siguientes parámetros de dimensionamiento de las normas en referencia. Ancho interno mínimo (b) = 0,80 m Profundidad útil mínimo (h) = 1,20 m Relación entre largo (L) y ancho (b): 2 >= L/b =< 4 La primera y la segunda cámaras deben tener un volumen útil respectivamente de 2/3 y 1/3 de el volumen útil total. El largo de la primera cámara es de 2/3 del largo total y de la segunda 1/3. Los bordes inferiores de las aberturas de paso entre las cámaras deben estar a 2/3 de la profundidad útil. Los bordes superiores de las aberturas de paso entre las cámaras deben estar mínimos a 0,30 m abajo del nivel del líquido. El área de las aberturas de paso entre las cámaras debe ser de 5% a 10% de la sección transversal útil de la fosa séptica

153 Filtro anaerobio Es una unidad de tratamiento biológico del efluente de la fosa séptica, cuyo medio filtrante se mantiene ahogado. El cálculo se lo efectúa con la siguiente fórmula: V = 1, 6 NCT S = V/1, 8 Dónde: V = volumen útil (litros) N = número de contribuyentes C = contribución per-cápita (lt/pers*día) T = período de retención (días) S = Sección horizontal El diseño de esta unidad adicional, previa a la disposición final en estero existente, se lo ha hecho para lograr una mayor estabilización de la materia orgánica. De esta forma, cuando el efluente final llegue a la masa de agua, las demandas de oxígeno requeridas en el cuerpo receptor, serán menores hasta lograr su estabilización. 8.9 Actividades Fase de construcción de acuerdo al ciclo de vida Colocación de Campamento y obras provisionales Desbroce de áreas con arbustos y arboles Excavación y movimiento de tierra Movimiento de maquinarias y equipos Construcción de obras de hormigón armado Colocación de tuberías Abandono de la fase de construcción Es de mencionar que en las actividades de abandono de la fase de construcción se considera el desalojo de desechos y retiro de obras provisionales que se hayan instalado en el área. Para una descripción más detallada, se menciona a continuación las especificaciones técnicas y especificaciones constructivas del sistema de alcantarillado Sanitario y Pluvial de la Parroquia Laurel

154 Especificaciones técnicas & especificaciones constructivas Materiales Se RECOMIENDA utilizar Tubería de PVC rígido tipo estructural, Tipo B, de acuerdo con la norma ISO CD y , de extrusión simultánea de doble pared, interior lisa y exterior corrugada. La unión será por sellado elastomérico. Como alternativa se puede utilizar tubería de hormigón. Transporte Es la práctica ideal usar vehículos de superficie de carga lisa para transportar tuberías y accesorios. Se deben dejar libres las campanas alternando campanas y espigos, para evitar deformaciones innecesarias que impidan el normal ensamble del sistema. Cuando se transporten distintos diámetros en el mismo viaje, los diámetros mayores deben colocarse primero, en la parte baja del montón. Se recomienda amarrar los tubos, sin que al hacerlo se produzcan cortaduras en los tubos, colocando una protección de cartón o caucho entre el tubo y los amarres. Se recomienda no colocar cargas sobre las tuberías en los vehículos de transporte. Especificaciones constructivas Excavaciones de zanjas La excavación como el relleno de zanjas para tubería y colectores del Sistema Pluvial y del Sistema Sanitario, será efectuada de acuerdo con la norma ASTM 2321 y con los trazados indicados en los planos, excepto cuando se encuentre inconvenientes imprevistos en cuyo caso aquellos deberán ser alterados de conformidad con el criterio técnico de la fiscalización. Los tramos de tubería comprendidos entre los dos pozos consecutivos seguirán una línea recta y tendrán una sola gradiente. La zanja será lo suficientemente ancha para permitir libremente el trabajo de los obreros colocadores de tubería o constructores de colectores y para la ejecución de un buen relleno. Se recomienda que, el ancho de las zanjas sea mayor que el diámetro exterior del tubo más 0,60 y no sea mayor que 0.70 debiéndose acatar en todo caso las dimensiones que aparecen en el plano del proyecto

155 Para profundidades entre 0.8 y 2,00 m, las paredes de la zanja serán verticales, sin taludes. Para profundidades entre 2,00 y 4,00 m, las paredes tendrán un talud 1.8 que se extiende hasta el fondo de la zanja, debiéndose colocar los entibados respectivos, conforme a las disposiciones de la Fiscalización. En ningún caso, la excavación efectuada con maquinaria deberá llegar tan cerca de la rasante fijada, para ocasionar inconveniente en el terreno situado debajo de esa rasante, el último material por excavar deberá ser removido con pico y pala antes de ser colocada la tubería o construido los colectores. En casos especiales y para seguridad a los trabajos de excavación de la zanja, será necesario el apuntalamiento o entibado de las paredes de ésta, para evitar desplomes o accidentes. Los detalles del entibado serán puestos en conocimiento de la Fiscalización para su aprobación. Si el fondo de alguna excavación de zanja fuera removido más de lo indicado en los planos de lo requerido en estas especificaciones, será rellenado con grava escogida que será colocada en capas sucesivas de 10 cm suficientemente apisonadas. Cuando el material existente o debajo de la rasante es impropio para la fundación, este material será removido hasta la profundidad y ancho necesario y será reemplazado por material seleccionado de acuerdo al acápite anterior. Colocación relleno y apisonado Después de que el eje y pendiente de la zanja hayan sido fijado de acuerdo con los planos y perfiles, el fondo de esta se acondicionará de tal manera que cada tubo tenga un apoyo firme y uniforme en toda su longitud. El fondo de las zanjas deberá ser cuidadosamente aplanado de manera de hacer asentar la parte exterior del tubo en una superficie que sea por lo menos 60% del ancho de la tubería. Cada tubo deberá quedar completamente introducido en el borde o campana del tubo precedente y su revés fijado de acuerdo con el alineamiento y la pendiente (de abajo hacia arriba) con la campana hacia arriba. A medida que los tubos sean colocados, será puesta a mano a cada lado del centro de cada sección para mantener en sitio. El relleno debe efectuarse lo más rápido después de la instalación de la tubería. Esto protege la tubería contra rocas que caigan en la zanja; elimina la posibilidad de desplazamiento o de flote en caso de inundación. También elimina la erosión en el soporte de la tubería

156 Pozos de revisión Se construirá el pozo de acuerdo con el diseño para un pozo circular tipo estándar y deberá tener las siguientes características: para tuberías, una base de asiento de forma circular, de un metro veinte centímetros de espesor, realizada con hormigón armado tal como se indica el detalle correspondiente, o de acuerdo al diámetro del tubo. Las tapas de sus respectivos cercos, serán de hierro fundido circulares de 0.60 m. de diámetro interno y peso total de 100 kilos, asentados directamente sobre el anillo del cuello de hormigón armado y rematada al pozo. La planta del pozo será enlucida con mortero de cemento 1:2 y con el espesor de 0.02 m se formará un canal para circulación de las aguas siguiendo el eje de éste, pues realizándose en los pozos el cambio de sección de las tuberías o los colectores, éste deberá realizarse en forma paulatina mediante un canal a través de la planta del pozo. La profundidad del canal será igual al radio del tubo o máximo 0.20 m. Cajas domiciliarias y sumideros Serán de las características anotadas en los planos del proyecto y se instalarán conforme a las disposiciones allí indicadas y lo que ordene el Ingeniero Fiscalizador de la obra. Tanque séptico Las paredes del tanque séptico serán de hormigón armado, enlucido interiormente. Las losas y tapas serán de hormigón armado, construido correctamente con las medidas indicadas anteriormente. Las tuberías de entrada y salida del tanque serán de PVC rígido. El invert de la tubería de entrada deberá estar a 5 cm encima del nivel normal del agua y sumergido 0.30 cm en el líquido. El invert del tubo de salida irá al nivel del agua y se sumerge a 50 cm. Las tapas serán de hormigón armado y se construirá, de tal forma que garantice la completa hermeticidad del tanque. Filtro anaerobio Las tuberías y accesorios de entrada y salida del filtro serán de PVC tipo desagüe. Los filtros anaeróbicos serán cuadrados, de hormigón armado, con las medidas y características indicadas en los planos

157 Las losas de fondo y cubierta serán de hormigón armado. La piedra será grava No.4 clasificada, o sea que no deberá existir piedra de menor tamaño, ni tierra que obstruya el filtro, para mayor seguridad la piedra deberá ser lavada. Las tapas de inspección deberán ser visibles a cualquier cota que se rellene. Las losetas de fondo falso serán pre-fabricadas y de hormigón armado, los orificios podrán ser pasantes D=1". Deberá observarse todos los detalles indicados en los planos. Morteros, hormigones y mampostería El cemento a usarse para morteros y hormigones será Portland de reconocida calidad elaborada conforme a las especificaciones estándar y pruebas para cemento Portland de la asociación Americana para prueba de materiales (ASTM-C- 1500). La arena a usarse en el hormigón y en mortero de cemento deberá ser silícica, completamente limpia de impurezas, tamizada o lavada si fuera necesario. No contendrá arcilla, detritus orgánicas extrañas. La arena debe ser tamizada y no deberá dejar pasar más de 30 de su peso por un tamiz de 50 mallas por pulgada y tubo, su volumen deberá pasar a través de un tamiz de 1/4 de pulgada. Sólo deberá prepararse la cantidad de mortero necesario para el empleo inmediato y usarla antes de lo que el fraguado comience. La grava o ripio que se use en el hormigón deberá ser piedra triturada de forma cúbica, dura resistente, limpia y libre de materias extrañas, de tales tamaños que la más gruesa atraviesa el tamiz de una pulgada y la menos gruesa será retenida por una malla de 1/4 de pulgada. El agua a usarse para la elaboración del mortero y el cemento deberá ser libre de aceite, ácidos, álcalis y substancias orgánicas, sujeta a la aprobación de la Fiscalización mediante el análisis químico respectivo. El hormigón será mezclado en máquina apropiadas, sujeta a la aprobación del Fiscalizador. El hormigón deberá ser revuelto por lo menos durante un minuto después de que todos los componentes se hayan introducido en el tambor de la mezcladora. Cuando el hormigón sea trabajado a mano, la arena y el cemento serán mezclados en seco, en una caja para mortero hasta que tenga un color uniforme

158 El ripio o piedra picada se extenderá en una plataforma de madera o metal, en una capa de espesor uniforme, se humedecerá luego y se le agregará el mortero y la mezcla se revolverá con palas, hasta que el conjunto quede perfectamente unido. Después de que los materiales estén húmedos, se realizará el trabajo rápidamente, hasta que el hormigón este colocado íntegramente en el lugar destinado, con todas las medidas requeridas para un hormigonado correcto y se mantendrá el hormigón hasta que este haya fraguado completamente. Toda la mampostería deberá quedar bien construida. Todo trabajo con relación a los trazados, niveles y rasantes deberá ser preciso, según los datos que se indican en los planos de perfiles. Durante y después de la ejecución de las obras, se deberá retirar todos los desperdicios y restos de materiales de los sitios de trabajo y se deberá dejar estos en condiciones satisfactorias Fase de Operaciones y Mantenimiento de acuerdo al ciclo de vida Mantenimiento de las cajas de revisión y estación de bombeo Descarga de aguas en el cuerpo hídrico Operación y mantenimiento del sistema de tratamiento del agua residual Desalojo de residuos sólidos y lodos Para una descripción más detallada, se menciona a continuación el manual de operación y mantenimiento del sistema de alcantarillado sanitario y pluvial de la parroquia Laurel. Manuales de operación y mantenimiento El sistema previsto requiere un mantenimiento mínimo. El sistema de alcantarillado estará a cargo de la operadora del cantón Daule EMAPA - DAULE, que posee personal, equipos y herramientas adecuados para la operación y mantenimiento de estos sistemas. Mantenimiento Preventivo Son instrucciones que deben ejecutarse sistemáticamente, con periodicidad definida. Se incluyen las siguientes:

159 Inspección interna de cada componente (cámaras, sumideros, colectores, redes domiciliarias) y una inspección superficial de áreas inundadas, evidencias de filtraciones de tuberías, etc. Verificación periódica de conexiones ilícitas, infiltraciones y/o obstrucciones no visibles, a través del uso de colorantes. Mantenimiento periódico de los componentes del sistema, con limpieza y desobstrucción de las unidades del sistema. Estas actividades deben efectuarse continuamente, de tal manera que abarquen todo el sistema. El registro de estas acciones se realizará en el Formulario, previamente elaborado, que no se incluyen, debido a que deben seguirse los que proponga en el futuro la empresa de Agua Potable y Alcantarillado de Daule EMAPA DAULE. Mantenimiento de Emergencia y Correctivo Las actividades de emergencia incluyen el mantenimiento inmediato y no admiten programación alguna. Estos problemas resultan de emergencias producidas por roturas de tuberías y obstrucciones, así como también los problemas en los sumideros, cámaras, cajas domiciliarias y tirantes. Las actividades correctivas incluyen la sustitución y reubicación de tuberías. Mantenimiento del sistema de tratamiento En el sistema de tratamiento se considera las siguientes unidades: Sistema de tratamiento que consiste en tanque séptico seguido de filtro anaeróbico. Tanque séptico y el filtro anaeróbico El tanque séptico y el filtro anaeróbico requieren una inspección visual semanal y extracción de lodos digeridos cada 4 ó 6 meses. La limpieza de los tanques sépticos se lo hará con los carros hidrosuccionadores de EMAPA DAULE, utilizando las tapas que se deben colocar en conforme se indica en los planos. La limpieza del filtro anaeróbica debe hacerse de tal manera de que se permita un retro lavado para quitar partículas que no pueden pasar del lecho de piedras en el sentido ascendente. No se debe emplear desinfectante en el tanque séptico y filtro anaeróbico

160 Para la limpieza del filtro anaeróbico, se debe dejar previsto una acometida de agua potable de 2, con su respectiva válvula y tubería flexible, en la caseta de bombeo. El procedimiento de limpieza, a realizarse cada dos meses, es el siguiente: a) Tapar las entradas del tanque séptico al filtro anaeróbico; así como también tapar las salidas del filtro anaeróbico. b) Se llenará con agua por la parte superior del filtro anaeróbico, hasta unos 40 á 50 centímetros por encima del borde superior del vertedero del filtro anaeróbico. c) Con una motobomba portátil, se succionarán los lodos desde la caja de entrada del filtro anaeróbico hacia la estación de bombeo. Métodos de Seguridad. Las cámaras de inspección son espacios confinados en los cuales existe mucho peligro por la contaminación atmosférica, los problemas de deficiencia de oxígeno, las infecciones por insectos y roedores, la presencia de virus y la exposición a substancias toxicas. Estos pueden generar enfermedades contagiosas y de peligro para la salud de los operarios. Los operadores deben tomar las siguientes precauciones, entre otras: Ser previamente inmunizados a los posibles contagios o infecciones que se puedan dar lugar en la zona de trabajo, tales como: Tifoidea, Polio y Tétanos, principalmente. Uso de desinfectantes e insecticidas en el pozo para evitar la presencia de insectos y roedores que puedan, constituirse en fuentes de infección. El operario encargado de ingresar al pozo debe estar en perfecto estado físico. Un modelo de las medidas de seguridad a tomarse, antes de inspeccionar las cámaras de revisión para asegurar y salvaguardar la salud de los integrantes de la cuadrilla y personal técnico, se indica a continuación: Instalar vallas y conos de seguridad tanto para el tránsito vehicular y peatonal. Dejar transcurrir por lo menos 15 minutos luego de destapado el pozo, antes de penetrar en el mismo. Esto permitirá la salida de gases peligrosos para la salud del operador. Destapar las cámaras aguas arriba y aguas abajo de la zona de trabajo, para permitir una mejor ventilación. En este caso, se deberá proteger con vallas de seguridad todas las cámaras abiertas

161 Utilización de herramientas adecuadas para destapar las tapas. Evitar que la tapa resbale y caiga sobre los operarios. El operario que baje a la cámara deberá estar previsto de un cinturón de seguridad sólidamente fijado a un elemento exterior, mediante una manilla y cabo de seguridad. La iluminación dentro de las cámaras se obtendrá exclusivamente mediante lámparas portátiles. Ningún operario bajará al pozo, si no está previamente acompañado en el exterior, por otro operario para cualquier situación de emergencia. Protección del medio ambiente El sistema de tratamiento previsto requiere un mínimo de área y su objetivo principal es remover materia orgánica, previo su disposición al Río Pula Desde el punto de vista visual, no habrá mayor impacto por cuanto serán construidas con estructuras de hormigón, lo cual es una característica de zona para residencia urbana. Desde el punto de vista visual se apreciará una estructura de hormigón en un área que va a ser de vegetación con una ocupación pequeña. Zonas de seguridad y de mitigación En el área del sistema de tratamiento se implementarán pequeñas áreas verdes con plantas ornamentales Listado de Insumos requeridos Insumos Tuberías, Hormigón simple Agua cemento Aditivos Arena Piedra grava No.4 clasificada Maquinaria Retro excavadora Herramientas varias

162 8.9.4 Listado de Mano de obra requerida Operador de retroexcavadora Maestro de obra Peón Cronograma de construcción del Proyecto A continuación en las (Tablas 17 y 18); se presentan los cronogramas valorados de construcción de los sistemas de alcantarillado sanitario y pluvial de la parroquia Laurel. Es de mencionar la fase del construcción del proyecto es 10 meses

163 Alcantarillado Sanitario y Pluvial de La Parroquia Laurel Tabla 17.- Cronograma valorado de construcción del sistema de alcantarillado sanitario de la parroquia Laurel ELABORADO POR: ING. JORGE ISAAC VITERI VERA I. M UNICIPALIDAD DEL CANTÓN DAULE PRESUPUESTO ESTIMATIVO PARA CONSTRUCCION DEL SISTEMA DE ALCANTARILLADO SANITARIO DE LA PARROQUIA LAUREL, CANTÓN DAULE FECHA: ene-12 ITEM DESCRIPCIÓN PRECIO TOTAL MESES A SUMINISTROS COLECTORES , , , , ,00 B COLOCACIÓN COLECTORES , , , , , , , , ,54 C CAMARAS DE H. A. Y TAPAS 7437, , , , , , , ,53 D TIRANTES 51455, , , , , ,19 E PLANTA DE TRATAMIENTO , , , , , ,05 F DESCARGA 775,08 775,08 TOTAL ,35 AVANCE PROGRAMADO , , , , , , , , ,32 775,08 AVANCE ACUMULADO , , , , , , , , , ,35 PORCENTAJE DE AVANCE DE OBRA % 11,80 12,92 13,00 13,00 9,84 9,84 9,84 9,84 9,84 0,06 PORCENTAJE DE AVANCE DE OBRA ACUMULADO % 11,80 24,73 37,73 50,73 60,57 70,42 80,26 90,10 99,94 100,

164 Alcantarillado Sanitario y Pluvial de La Parroquia Laurel Tabla 18.- Cronograma valorado de construcción del sistema de alcantarillado pluvial de la parroquia Laurel CONTRATISTA: ING. JORGE ISAAC VITERI VERA I. M UNICIPALIDAD DEL CANTÓN DAULE PRESUPUESTO ESTIMATIVO PARA CONSTRUCCION DEL SISTEMA DE ALCANTARILLADO PLUVIAL DE LA PARROQUIA LAUREL, CANTÓN DAULE OBRA: FECHA: ITEM DESCRIPCIÓN PRECIO TOTAL MESES A COLECTORES , , , , ,02 B COLOCACIÓN COLECTORES , , , , , , , , ,60 C CAMARAS DE H. A. Y TAPAS , , , , , , ,38 D TIRANTES 80451, , , , , , ,60 E DESCARGAS 30753, , , , ,26 TOTAL ,79 AVANCE PROGRAMADO , , , , , , , , , ,26 AVANCE ACUMULADO , , , , , , , , , ,79 PORCENTAJE DE AVANCE DE OBRA % 11,06 16,04 17,42 18,34 7,28 7,28 7,81 7,81 6,43 0,53 PORCENTAJE DE AVANCE DE OBRA ACUMULADO % 11,06 27,10 44,52 62,86 70,14 77,42 85,23 93,04 99,47 100,

165 Alcantarillado Sanitario y Pluvial de La Parroquia Laurel 8.10 Responsabilidades Operativas Las responsabilidades operativas para el proyecto Construcción, Operación y Mantenimiento del Sistema de Alcantarillado Sanitario y Pluvial de La Parroquia Laurel estarán distribuidas de la siguiente manera: Etapa de Operación y Mantenimiento: Departamento de Obras Públicas Municipales 8.11 Sustentabilidad del proyecto De acuerdo a los requerimientos y necesidades del sistema de alcantarillado sanitario y pluvial, se ha optado considerar durante la construcción del sistema tecnologías que generen menos impacto hacia el ambiente, entre ellos están: Colocar Señalética respectiva para evitar accidentes. Construcción de un área de almacenamiento de desechos no peligrosos 8.12 Distancias existentes Debido a que el proyecto comprende la construcción de un sistema de alcantarillado sanitario y pluvial, las distancias son mínimas entre el proyecto (en cada una de sus fases) y los elementos visibles (calles veredas, arboles, viviendas, locales comerciales, cuerpos de agua: río Pula, estero El Cañal). Por lo que durante la etapa de funcionamiento pasara a formar parte de la parroquia Laurel. 9. Análisis de Alternativa El sistema de saneamiento es una infraestructura básica e indispensable para los habitantes de la parroquia Laurel. Este sistema asegura los requerimientos mínimos de calidad de vida, en cuanto a salud pública, protección y mejoramiento del medio ambiente. Se considera una obligación de los gobiernos a través de sus entidades competentes de ofrecer a todos los ciudadanos los servicios básicos como salud pública, educación, luz, agua potable y también alcantarillado sanitario, sin importar las características de los centros de población, su tamaño, importancia y capacidad económica. El Gobierno Autónomo Descentralizado Ilustre Municipalidad del Cantón Daule, preocupado de dotar a la población de la parroquia de Laurel de este servicio básico, y a través de la administración de su alcalde, implementará el proyecto: Construcción, Operación y Mantenimiento del Sistema de Alcantarillado Sanitario y Pluvial de La Parroquia Laurel. Este importante proyecto contempla un sistema separado (independiente) de alcantarillado sanitario, que recolecta y transporta las aguas residuales domésticas, y un sistema de alcantarillado pluvial, que recolecta y transporta las aguas lluvias; una estación de bombeo será instalada lo más cerca posible al sistema de tratamiento. Además, este proyecto contempla el sistema de tratamiento de aguas servidas compuesto

166 Alcantarillado Sanitario y Pluvial de La Parroquia Laurel por red de colectores, estación de bombeo, tanque séptico de cámaras en serie, filtro anaerobio de flujo ascendente y disposición final en el río Pula. Es importante indicar que para la ejecución del proyecto se cumplirá con todas las normas y regularizaciones vigentes. Por lo antes expuesto el análisis de alternativas no aplica para el presente estudio, debido a que la única alternativa seria la no ejecución del proyecto lo cual afectaría en mayor intensidad a la parroquia Laurel y al Río Pula (Cuerpo de agua que en la actualidad recibe los efluentes no tratados generados por los habitantes del sector) por la mala disposición de las aguas domésticas y aguas lluvias. 10. Identificación, Evaluación y Valoración de Impactos Ambientales 10.1 Introducción La identificación de los impactos es una valoración, que se produce sobre el ambiente por un determinado proyecto. Esta valoración tanto del elemento ambiental como el de calidad ambiental, no puede ser objetiva, mientras que la determinación del efecto ambiental producido es posiblemente el único parámetro puramente objetivo con el que se cuenta para la valoración. El objetivo de la identificación y clasificación de impactos ambientales es valorar adecuadamente las acciones sobre el ambiente de forma que puedan encuadrarse dentro del proceso de toma de decisiones sobre el entorno. Esto permite decidir si la realización del proyecto es o no aceptable desde un punto de vista ambiental. La identificación de las actividades del proyecto nos ayudará a conocer el proceso de las acciones que se van a realizar durante la fase de Construcción, Operación y Mantenimiento del mismo. Ello va a permitir conocer o determinar qué consecuencias ocasionarán sus actividades sobre los parámetros medioambientales, y sus consecuencias posteriores sobre los diferentes factores afectados Metodología La metodología usada para la identificación y clasificación de los impactos en las diferentes fases del proyecto es la Matriz de Leopold, que corresponde a una matriz de las llamadas causa-efecto, las que consisten en un listado de acciones humanas y otro de indicadores de impacto ambiental, que se relacionan en un diagrama matricial. Esta Matriz fue desarrollada en los años 70 por el Servicio Geológico del Departamento del Interior de Estados Unidos, para ser aplicada en proyectos de construcción, operación y funcionamiento; sin embargo ha ido expandiéndose su aplicabilidad a diversos tipos de proyectos. La evaluación de impactos a través de la Matriz de Leopold consta de varios pasos:

167 Alcantarillado Sanitario y Pluvial de La Parroquia Laurel Identificación de las acciones de implementación del proyecto y de las componentes del medio físico, biótico y socio económico cultural afectado. Estimación subjetiva de la magnitud del impacto, siendo el signo (+) un impacto positivo y el signo (-) un impacto negativo. Evaluación subjetiva de la importancia, en una escala de 1 a 3. La Matriz de Leopold consiste en un listado de acciones que pueden causar impactos ambientales versus elementos naturales y sociales. Ambos elementos se colocan en abscisas diferentes. Tabla 19.- Identificación de los impactos NATURALEZA DE LOS IMPACTOS IMPACTO POSITIVO + IMPACTO NEGATIVO - El cuarto paso para la utilización de la Matriz de Leopold consiste en la evaluación de los impactos existentes en el proyecto, para lo cual valoramos lo siguiente: La magnitud, la cual se define como el grado, extensión o escala del impacto. La importancia, la cual refleja la significación humana del impacto. El puntaje asignado a importancia es un proceso normativo o subjetivo, mientras que el puntaje asignado a magnitud puede ser relativamente objetivo o empírico. A continuación, se muestra la Tabla 20, que detalla las diferentes características a evaluar para determinar la magnitud de los impactos ambientales provocados por la construcción, operación y mantenimiento del Sistema de Alcantarillado Sanitario y Pluvial de la Parroquia Laurel: Tabla 20.- Magnitud de los Impactos MAGNITUD Duración Intensidad Influencia Permanente P Alta Regional R Temporal T Media Local L Momentáneo M Baja Puntual p Duración Se refiere al área de influencia teórica del impacto en relación con el entorno del proyecto. Permanente 3 Temporal 2 Momentáneo

168 Alcantarillado Sanitario y Pluvial de La Parroquia Laurel Intensidad Este término se refiere al grado de incidencia de la acción sobre el factor, en el ámbito específico que actúa. La valoración estará comprendida entre 1 y 3, en el que el 3 expresará una destrucción total del factor en el área en la que se produce el efecto, y 1 una afección mínima. Los valores comprendidos entre estos dos términos reflejarán situaciones intermedias. Alta 3 Media 2 Baja 1 Influencia Se refiere al área de influencia teórica del impacto en relación con el entorno del proyecto. Regional 3 Local 2 Puntual 1 Con respecto a la importancia de un impacto ambiental, esta expresa un orden de jerarquía que se asigna al impacto considerado; constituye una síntesis del riesgo de ocurrencia del impacto, de la posibilidad de anular los efectos de la acción de forma natural (Reversibilidad), de la posibilidad de rescatar el medio o parte de él con actividades antropogénicas (Recuperabilidad) o si la incidencia de la acción es beneficiosa o no para el medio socio económico (Carácter Favorable). Un Impacto se lo considera significativo localmente si las acciones producto de la actividad causen directa o indirectamente un cambio medible. Tabla 21.- Importancia de los Impactos IMPORTANCIA Ocurrencia Reversibilidad Recuperabilidad Carácter Favorable Muy Probable Mp Irreversible Iv Irrecuperable Ic Favorable F Probable Pr Poco reversible Pv Poco Recuperable Pc Poco Favorable Pf Poco Probable Pp Reversible Rv Recuperable Rc Desfavorable Df Ocurrencia Se refiere a lo que tan seguido se da el problema en el ambiente. Muy probable 3 Probable 2 Poco probable 1 Reversibilidad Se refiere a la posibilidad de reconstrucción del factor afectado como consecuencia de la acción acometida, es decir, la posibilidad de retornar a las condiciones iníciales previa a la acción, por medios naturales. Irreversible

169 Alcantarillado Sanitario y Pluvial de La Parroquia Laurel Poco reversible 2 Reversible1 Recuperabilidad Se refiere a la recuperabilidad de la zona afectada pero por medios humanos Irrecuperable 3 Poco recuperable 2 Recuperable 1 Carácter Genético Favorable 3 Poco favorable 2 Desfavorable 1 Los valores de magnitud van precedidos de un signo positivo (+) o negativo (-), según se trate de efectos en provecho o desmedro del medio ambiente, respectivamente, entendiéndose como provecho aquellos factores que mejoran la calidad ambiental. La forma como cada acción propuesta afecta a los parámetros ambientales analizados, se puede visualizar a través de los promedios positivos y promedios negativos para cada columna, que no son más que la suma cuadrículas marcadas cuya magnitud tenga el signo positivo y negativo respectivamente Parámetros de calificación y valoración de Impactos Parámetros de calificación Los parámetros de Calificación son los lineamientos que se tomaron como base para la evaluación en base a la magnitud y la importancia de los impactos ambientales, incluyen: Duración, Intensidad, Influencia, Ocurrencia, Reversibilidad, Recuperabilidad y Carácter Genérico. Los Parámetros de Calificación y Valoración de Impactos, junto con su símbolo se detallan en la siguiente tabla: Tabla 22.- Parámetros de Calificación y Valoración de Impactos MAGNITUD IMPORTANCIA Duración Intensidad Influencia Ocurrencia Reversibilidad Recuperabilidad Carácter genérico Permanente P Alta Regional R Muy Probable Mp Irreversible Iv Irrecuperable Ic Favorable F Temporal T Media Local L Probable Pr Poco Reversible Pv Poco Recuperable Pc Poco Favorable Pf Momentáneo m Baja Puntual p Poco Probable Pp Reversible Rv Recuperable Rc Desfavorable Df

170 Alcantarillado Sanitario y Pluvial de La Parroquia Laurel Valoración de los Impactos Una vez identificados los impactos ambientales, se analizó la severidad de los impactos y seguido a esto se determinó la Valoración de los mismos. Para ello, se tomó como referencia la Valoración de Impactos, tanto al medio biótico, físico y socioeconómico del área, resumido en la siguiente tabla: Tabla 23.- Valoración de los impactos VALORACIÓN DE IMPACTOS DE MEDIOS FÍSICO Y BIÓTICO VALORACIÓN DE IMPACTOS DE MEDIO SOCIO ECONÓMICO IMPACTOS NEGATIVO POSITIVO NEGATIVO POSITIVO SEVERO 15 ALTO 15 SEVERO 12 ALTO 12 MODERADO < 15 > 9 MEDIAN O <15 > 9 MODERADO < 12 > 7,5 MEDIANO < 12 >7,5 COMPATIBLE 9 BAJO 9 COMPATIBLE 7,5 BAJO 7,5 POSITIVO NEGATIVO Con los respectivos resultados del proceso de Evaluación de Impacto Ambiental se realizó un análisis de las posibles soluciones a tomarse para lograr la prevención, mitigación o compensación de los efectos negativos, es decir, un Plan de Manejo Ambiental. En lo referente a la evaluación, a la vista del impacto y del resultado del citado dictamen, se resume la calificación global del efecto de la acción y su magnitud, según la escala de los niveles de impactos. Los parámetros utilizados en la definición de los impactos es la siguiente: Impacto Compatible.- Carencia del impacto o recuperación inmediata tras el cese de la actividad. No se necesitan prácticas protectoras. Menor a 9 ptos. Impacto Moderado.- la recuperación de las condiciones iniciales requiere cierto tiempo. No se precisan prácticas protectoras. De 9 a menos de 15 ptos. Impacto Severo.- La magnitud del impacto exige para la recuperación de las condiciones del medio, la adecuación de prácticas protectoras. La recuperación, aún con estas prácticas exige un período de tiempo dilatado. De 15 ptos. o más. Una vez definida la valoración de los impactos, se procedió a clasificarlos en significativos y no significativos, ya sea positivo o negativo a la comunidad y medio ambiente. Donde los impactos significativos, serán los que la recuperación de las condiciones del medio se emplee prácticas protectoras, es decir, impactos severos. Mientras que los impactos no significativos, serán los que se encuentran dentro del grupo de impactos compatibles y moderados, los cuales no requieren medidas protectoras, pero que sí necesitan aplicar actividades tendientes para prevenir impactos negativos

171 Alcantarillado Sanitario y Pluvial de La Parroquia Laurel 10.4 Identificación de las actividades a llevarse a cabo durante la Etapa de Construcción, Operación y Mantenimi9ento del Proyecto Durante las fases de construcción, operación y mantenimiento del proyecto se han identificado las siguientes actividades o acciones con potencial de generar un impacto positivo o negativo sobre el ambiente. Acciones durante la Fase de Construcción: Colocación de Campamento y obras provisionales Desbroce de áreas con arbustos y arboles Excavación y movimiento de tierra Movimiento de maquinarias y equipos Construcción de obras de hormigón armado Colocación de tuberías Abandono de la fase de construcción Es de mencionar que en las actividades de abandono de la fase de construcción se considera el desalojo de desechos y retiro de obras provisionales que se hayan instalado en el área. Acciones durante la Fase de Operación y Mantenimiento: Mantenimiento de las cajas de revisión y estación de bombeo Descarga de aguas en el cuerpo hídrico Operación y mantenimiento del sistema de tratamiento del agua residual Desalojo de residuos sólidos y lodos 10.5 Impactos sobre la Línea Base Ambiental en la Etapa de Construcción, Operación y Mantenimiento del Proyecto Componentes de la Línea Base Impactos sobre el Componente Físico Para la valoración de los Impactos negativos sobre el componente físico se tomó en consideración los recursos aire, agua, suelo y paisaje, además la manera como las actividades de construcción, operación y mantenimiento del proyecto afecten dichos recursos. Este recurso ha sido analizado desde su potencial impacto por la generación de Material Particulado, Gases de Combustión, Olores Ofensivos y Ruido Ambiente generados durante la construcción, operación y mantenimiento del proyecto. Generación de Material Particulado Las actividades propias de la etapa de operación y mantenimiento del proyecto no generarán emisiones de polvo significativas al ambiente

172 Alcantarillado Sanitario y Pluvial de La Parroquia Laurel Aunque la generación de polvo y afectación del ambiente se resaltará durante la etapa de construcción y posible abandono, específicamente en el momento de excavación y movimiento de tierra y durante transporte de maquinarias y equipos. Generación de gases de combustión Se prevé generación de gases de combustión durante la etapa de construcción debido al uso de maquinaria y equipos que utilizan combustibles fósiles para su funcionamiento. Generación de olores ofensivos Se prevé generación de olores en la etapa de operación y mantenimiento del sistema de tratamiento debido a la presencia de materias flotantes que al impedir el paso de la luz solar eliminan la producción de oxígeno a través del proceso de fotosíntesis o por la escasa población de algas. Generación de Ruido Ruido Ambiente Ruido ambiente es considerado como el nivel de presión sonora que es generado por las actividades de construcción y operación del proyecto una vez que comience su funcionamiento. Básicamente las acciones que aumentarán el nivel presión de presión sonora serán el uso de equipos y maquinarias. También el nivel de presión sonora se verá afectado por las actividades que se lleven a cabo durante la limpieza de los tanques sépticos del sistema de tratamiento Impactos sobre del Recurso Agua Se analizó el impacto producido por las descargas de aguas residuales durante las dos etapas. Disposición de aguas residuales Durante la etapa de construcción no se generará efluentes. Sin embargo, la implementación del proyecto, que incluye el tratamiento de las aguas domésticas, contribuirá a la protección ambiental y mejorar la calidad del agua del cuerpo hídrico al cual se prevé descargar. Esto debido a que las aguas domésticas previo al proyecto, son descargadas directamente al Río Pula sin ningún tipo de tratamiento Impacto sobre del recurso suelo El área del proyecto se encuentra asentado dentro de una zona mayoritariamente consolidada como zona poblada y a consecuencia de esto, la zona está totalmente intervenida, por lo que no se identifican impactos sobre suelos cultivables o de potencial uso agrícola

173 Alcantarillado Sanitario y Pluvial de La Parroquia Laurel Adicionalmente, se analizó el Impacto sobre el recurso suelo por el manejo de los desechos sólidos generados durante la construcción, operación y mantenimiento del proyecto, desde su generación, hasta la disposición final de los mismos, lo cual amerita en ciertas ocasiones los servicios prestados por organismos especializados en el manejo de Desechos. Disposición de Desechos Sólidos Se generarán las siguientes clases de Desechos Sólidos: DESECHOS SÓLIDOS DESECHOS SÓLIDOS NO PELIGROSOS DESECHOS SÓLIDOS PELIGROSOS En cuanto a la generación de desechos sólidos, se presentará un mayor impacto durante la etapa de construcción por la generación de escombros, material pétreo, los envases y fundas de los insumos, aceites y grasas lubricantes usados, desechos sanitarios, entre otros. Durante la etapa de operación y mantenimiento existirán desechos sólidos y lodos provenientes del mantenimiento del sistema de Tratamiento de Aguas Servidas Impactos sobre el componente Biótico En el componente biótico se identifica y evalúa la interacción entre las fases del proyecto y los posibles impactos negativos sobre los recursos de flora y fauna del sitio. Erradicación de la vegetación La flora característica de la zona ha sido desplazada, por ser una zona donde actualmente existe asentamiento poblacional, por lo que no se genera ningún tipo de impacto a la vegetación terrestre producto de las actividades de construcción operación y mantenimiento del proyecto. Perturbación de hábitats y poblaciones La presencia de animales en el área de construcción y operación del proyecto es casi nula por ser un área intervenida, no existiendo por tanto impacto negativo de las actividades a la fauna terrestre ni a las aves identificados en el sector

174 Alcantarillado Sanitario y Pluvial de La Parroquia Laurel Impactos sobre el Componente Socioeconómico El componente socioeconómico está comprendido por el medio humano, el mismo que incluye el medio físico y la relación de las personas con dicho ambiente. De igual forma, analiza las alteraciones de la calidad de vida de las personas. Tráfico Se prevé un aumento de tráfico durante la fase de construcción, debido a las actividades propias del proyecto, paso de maquinarias, equipos, vehículos que transportarán materiales, insumos, desechos y personas. Empleo y Beneficio Económico Generación de empleo La ejecución del proyecto generará directa o indirectamente empleo, el cual está relacionado con la contratación de personal, envueltas en el proyecto desde el diseño del proyecto Sistema de alcantarillado sanitario y pluvial, construcción de los mismos y funcionamiento. Salud y Seguridad Con respecto a la salud y seguridad de los pobladores, se consideró dos impactos: Impacto Positivo: Debido a la construcción del proyecto habrá personal de obra en el área de implementación del proyecto, los cuales alertarán sobre cualquier tipo de accidentes o incidentes que registren. Impacto Negativo: Generación de polvo, gases de combustión y ruido que puede afectar a los pobladores del área de influencia del proyecto en caso de no implementar adecuadamente medidas tendientes a evitar estos impactos. Aumento de plusvalía del sector La implementación del Sistema de Alcantarillado Sanitario y Pluvial provocará los siguientes impactos ambientales positivos: Evitar el uso de pozos sépticos en las viviendas que se beneficiarán del proyecto. Aumenta el interés de construcciones de casas, unidades educativas, locales comerciales, etc. alrededor del sector que se conectará al Sistema de Alcantarillado Sanitario y Pluvial Evaluación de los Impactos Ambientales generados durante la Etapa de Construcción, Operación y Mantenimiento del proyecto. La Evaluación del Impacto Ambiental puede definirse como la identificación y clasificación de los impactos (efectos) relativos a los componentes físicos, biológicos y socioeconómicos del entorno. Esta fase nos permite valorar en qué medida los impactos identificados afecta el

175 Alcantarillado Sanitario y Pluvial de La Parroquia Laurel ambiente y a la calidad de vida. Para posteriormente clasificarlos y luego medir el grado de eficacia de las Medidas Ambientales introducidas sobre cada factor Matriz de Identificación de Impactos Ambientales La matriz de identificación de Impactos Ambientales es utilizada como método de identificación de la naturaleza de los impactos (negativos o positivos) causado a cada uno de los componentes ambientales durante la etapa de construcción, operación y mantenimiento del Sistema de Alcantarillado Sanitario y Pluvial de la Parroquia Laurel, arrojando resultados cuali-cuantitativos y realizando un análisis de las relaciones de causalidad entre la acción dada y sus posibles efectos. Los efectos ambientales y las actividades de la Fase de Construcción, Operación y Mantenimiento del proyecto se encuentran agrupados en la siguiente tabla:

176 Nuevo Proyecto identificado como Construcción, Operación y Mantenimiento del Sistema de Alcantarillado Sanitario y Pluvial de La Parroquia Laurel Tabla 24.- Matriz de Identificación de los Impactos IDENTIFICACIÓN DE IMPACTOS AMBIENTALES SISTEMA DE ALCANTARILLADO SANITARIO Y PLUVIAL DE LA PARROQUIA LAUREL MATRIZ 1 ELEMENTOS AMBIENTALES ACTIVIDADES DEL PROYECTO FASE DE CONSTRUCCIÓN Colocación de Campamento y obras provisionales Desbroce de áreas con arbustos y arboles Excavación y movimiento de tierra Movimiento de maquinarias y equipos Construcción de obras de hormigón armado Colocación de tuberías Abandono de la fase de construcción FASE DE OPERACIÓN Y MANTENIMIENTO Mantenimiento de las cajas de revisión y estación de bombeo Descarga de aguas en el cuerpo hídrico Operación y mantenimiento del sistema de tratamiento del agua residual Desalojo de residuos sólidos y lodos 1. Medio Físico AIRE: Material Particulado Gases de Combustión Olores ofensivos Ruido SUELO: Generación de desechos AGUA: Cuerpo Hídrico 2.- Medio Biótico Flora Fauna Paisaje 3.- Medio Socioeconómico Tráfico Empleo y Beneficio Salud y Seguridad Aumento de Plusvalía del Sector

177 Alcantarillado Sanitario y Pluvial de La Parroquia Laurel Matrices de Evaluación Cuali Cuantitativa de los Impactos Ambientales Los resultados de la Identificación de la Naturaleza de los Impactos (cualitativa) están presentados en la Tabla 24 que resume las interacciones de las diferentes actividades del proyecto y los efectos ambientales que dichas actividades pueden ocasionar. Los resultados de la valoración y evaluación cuantitativa se obtienen analizando la magnitud e importancia de los diversos efectos ambientales, sean éstos positivos o negativos. Las actividades utilizadas para identificar los impactos de mayor incidencia para los medios físico, biótico y socioeconómico dentro de las tres fases del proyecto fueron las más relevantes que se llevarán a cabo dentro del proyecto. A continuación se presenta la Matriz de Evaluación de Impactos Ambientales y posterior a esta, se muestra la tabla del Análisis de Severidad de Impactos Ambientales del proyecto en estudio, cuya finalidad es clasificar los impactos en significativos y no significativos

178 Nuevo Proyecto identificado como Construcción, Operación y Mantenimiento del Sistema de Alcantarillado Sanitario y Pluvial de La Parroquia Laurel Tabla 25.- Matriz de Evaluación de los Impactos MAGNITUD IMPORTANCIA Duración Intensidad Influencia Ocurrencia Reversibilidad Recuperabilidad Carácter genérico Permanente P Alta Regional R Muy Probable Mp Irreversible Iv Irrecuperable Ic Favorable F Temporal T Media Local L Probable Pr Poco Reversible Pv Poco Recuperable Pc Poco Favorable Pf Momentáneo m Baja Puntual p Poco Probable Pp Reversible Rv Recuperable Rc Desfavorable Df

179 Nuevo Proyecto identificado como Construcción, Operación y Mantenimiento del Sistema de Alcantarillado Sanitario y Pluvial de La Parroquia Laurel Tabla 26.- Matriz de Análisis de Severidad de los Impactos VALORACIÓN DE IMPACTOS DE MEDIOS FÍSICO Y BIÓTICO VALORACIÓN DE IMPACTOS DE MEDIO SOCIO ECONÓMICO NEGATIVO POSITIVO NEGATIVO POSITIVO SEVERO 15 ALTO 15 SEVERO 12 ALTO 12 MODERADO <15 > 9 MEDIANO <15 > 9 MODERADO < 12 >7,5 MEDIANO < 12 >7,5 COMPATIBLE 9 BAJO 9 COMPATIBLE 7,5 BAJO 7,5 IMPACTOS NEGATIVO POSITIVO

180 Alcantarillado Sanitario y Pluvial de La Parroquia Laurel De acuerdo a la Tabla 26, los Impactos negativos más significativos en orden de mayor a menor afectación son: Riesgo de Salud y Seguridad de los trabajadores y pobladores, Pérdida de vegetación, pérdida de especies, Alteración de Paisaje, Generación de Olores ofensivos, Generación de Gases de Combustión, Generación de Desechos, Generación de Ruido, Generación de Polvo, Aumento del tráfico, para los cuales es necesario adoptar medidas de prevención y mitigación. Como impacto Positivo hemos identificado la Generación de Empleo y Beneficio, mejora de la calidad de descarga de aguas residuales al cuerpo hídrico y el aumento de plusvalía del sector. Mediante los resultados obtenidos en la Severidad de los impactos de las actividades de construcción, operación y mantenimiento del proyecto en los diferentes elementos ambientales, podemos determinar cuáles son los impactos significativos y no significativos por fase del mismo, en la tabla mostrada a continuación: Tabla 27.- Clasificación de los impactos significativos y no significativos por fase del proyecto IMPACTO FASE DEL PROYECTO SIGNIFICATIVO NO SIGNIFICATIVO NATURALEZA Generación de Material Particulado Generación de Gases de Combustión Construcción X Negativo Construcción X Negativo Generación de Olores Ofensivos Operación y Mantenimiento X Negativo Generación de Ruido Construcción Operación y Mantenimiento X Negativo Generación de Desechos Construcción Operación y Mantenimiento X Negativo Cuerpo Hídrico/Generación de aguas residuales Operación y Mantenimiento X Positivo Perdida de Vegetación Construcción X Negativo Perdida de Especies Construcción X Negativo Alteración del Paisaje Construcción Operación y Mantenimiento X Negativo Aumento de Tráfico Construcción Operación y Mantenimiento X Negativo Generación de empleo Construcción Operación y Mantenimiento X Positivo

181 Alcantarillado Sanitario y Pluvial de La Parroquia Laurel IMPACTO FASE DEL PROYECTO SIGNIFICATIVO NO SIGNIFICATIVO NATURALEZA Riesgo de Salud y Seguridad de los trabajadores y Pobladores Construcción Operación y Mantenimiento X Negativo Aumento de plusvalía Operación y Mantenimiento X Positivo En la Tabla 27 se puede evidenciar que no existirán impactos negativos significativos durante la construcción, Operación y Mantenimiento del proyecto, debido a que el área donde se implementará es una zona totalmente intervenida y por ello, no habrá una afectación mayor hacia el medio biótico y físico. Ni las actividades durante la construcción del proyecto serán de alto riesgo. De igual forma, es de resaltar nuevamente que es un proyecto de gran beneficio para la población de la Parroquia Laurel y para la conservación del recurso agua. Así también es de resaltar que este proyecto es un saneamiento ambiental, a pesar de que en la etapa de construcción se evidencian impactos negativos, una vez que entre a la etapa de operación y mantenimiento el proyecto generará impactos positivos en la comunidad y al ambiente en general. 11. Análisis de riesgo El riesgo es la probabilidad de ocurrencia de un evento extremo causante de daños con una determinada magnitud en un determinado lugar y en un determinado momento. El riesgo se refiere a personas como a bienes naturales que están amenazados por determinados fenómenos naturales. El manejo de riesgos surge de las necesidades de alcanzar una mejor calidad de vida para la población, prever contingencias y emergencias, minimizar los impactos que se producen por los procesos naturales de intersección entre el hombre y su entorno ambiental. La planificación de obras sean estas públicas o privadas debe de incluir la identificación, conocimiento y análisis de los riesgos naturales y antrópicos, con el propósito de establecer estrategias y acciones que permitan evitar para dichos riesgos se conviertan en desastres. Cabe indicar que no es posible evitar la ocurrencia de un fenómeno natural, razón por la cual se debe de precautelar el proyecto, mediante la implementación de mecanismos para disminuir el impacto que pudiera ocasionar la ocurrencia de fenómenos naturales de fenómenos sobre el proyecto y su entorno físico y social. El análisis de riesgo no solo permite conocer la presencia de factores naturales o humanos que puedan generar las condiciones de un desastre, sino la posibilidad de intervenir sobre ellos

182 Alcantarillado Sanitario y Pluvial de La Parroquia Laurel A continuación, se detallan los riesgos evidenciados en el proyecto del sistema de alcantarillado sanitario y pluvial de la parroquia Laurel, tanto del proyecto al Ambiente como del Ambiente al proyecto: 11.1 Riesgos del Proyecto al ambiente Entre los riesgos identificados del proyecto al ambiente están: Incendio Estructurales. Riesgos Laborales Asistencia Pre-hospitalaria. Derrames de productos peligrosos. Contaminación. Deslizamientos. Tráfico. Agresión civil, delincuencia, hurtos, robos, étc. Descargas Eléctricas. Rebose del tanque séptico del sistema de tratamiento. Caída de trabajadores y población en general en zanjas abiertas Riesgos del ambiente al proyecto La Cabecera Parroquial esta adyacente al río Pula y el estero El Cañal por lo que es propenso a inundaciones en época invernal o en fenómenos naturales, además de presentar: Sismos (amenaza baja). Sequías. Vientos. Deslizamientos (media) Incendios forestales 12. Determinación del Área de Influencia o de Gestión Se identificó el área de influencia o de gestión al nuevo proyecto denominado Construcción, Operación y Mantenimiento del Sistema de Alcantarillado Sanitario y Pluvial de La Parroquia Laurel, considerando el diagnóstico de la Línea Base del área referencial del proyecto, la descripción y alcance de las actividades del proyecto como la identificación y evaluación de los impactos positivos y /o negativos Área de Influencia o de Gestión Para la determinación del área de influencia o de gestión en la que se manifiestan los impactos ambientales significativos de la actividad del nuevo proyecto denominado Construcción, Operación y Mantenimiento del Sistema de Alcantarillado Sanitario y Pluvial de La Parroquia Laurel se llevó a cabo la siguiente metodología: Reconocimiento del área total del proyecto Se efectuó una visita al sector donde se desarrollará las actividades del nuevo proyecto denominado Construcción, Operación y Mantenimiento del Sistema de

183 Alcantarillado Sanitario y Pluvial de La Parroquia Laurel Alcantarillado Sanitario y Pluvial de La Parroquia Laurel y se observó el tipo de poblaciones asentadas a su alrededor. Diagnóstico de los resultados de Línea base del área referencial del proyecto. Se analizó las actividades a realizarse durante la fase de construcción y operación del proyecto. Se revisó el Certificado de Intersección emitido mediante oficio MAE-SUIA-VMA , donde se ratifica que el área donde se implementará el proyecto al nuevo proyecto denominado Construcción, Operación y Mantenimiento del Sistema de Alcantarillado Sanitario y Pluvial de La Parroquia Laurel no intersecta con el Sistema Nacional de Áreas Protegidas (SNAP), Bosques y Vegetación Protectora (BVP), y Patrimonio Forestal del Estado (PFE). Adicionalmente, se analizó tres criterios que tienen relación con el alcance geográfico y las características físicas del sector donde se ubicará el proyecto, detallado a continuación: Límite de proyecto.- Encierra el espacio físico (considerado en metros) del entorno natural respecto al área donde se ubicará el proyecto. Para ello, se define un espacio territorial para el área de influencia directa. Límites espaciales y administrativos.- Está relacionado con los límites jurídicos Administrativos de una actividad. Comprende a todos los elementos identificados en el espacio territorial respecto al área donde se ubicará el proyecto, tales como infraestructuras civiles de interés colectivo, organizaciones públicas o privadas, áreas protegidas, ríos/lagos/estanques, abastecimiento de agua para consumo humano previo tratamiento, instituciones educativas, centros de asistencia médica, asentamientos humanos, acopio de derivados de hidrocarburos, monumentos o sitios de valor económico o arqueológico, etc. Límites ecológicos.- Están determinados por la escalas temporales y espaciales sin limitarse al área productiva donde los impactos pueden evidenciarse de modo inmediato, sino que se extiende más allá en función de potenciales impactos que puedan generar la actividad evaluada. Está relacionado con derrames o fugas de productos químicos, riesgos de explosiones e incendios. Por lo que en base a lo analizado, se considera como área de influencia o de gestión a la parroquia Laurel Área de Influencia directa Se denomina Área de Influencia Directa (AID) porque es el área territorial donde los impactos potencialmente pueden afectar con mayor intensidad y de una manera inmediata a los componentes ambientales (físico, biótico y socioeconómico-cultural) durante la implantación de un nuevo proyecto

184 Alcantarillado Sanitario y Pluvial de La Parroquia Laurel En base a la identificación de los elementos relevantes del sector donde se ubicará el nuevo proyecto denominado Construcción, Operación y Mantenimiento del Sistema de Alcantarillado Sanitario y Pluvial de La Parroquia Laurel se definió que el área de influencia directa es de 400 metros a la redonda, esto es debido a que el sector se encuentra intervenido por población y agricultura así como vías de segundo y tercer orden, además se ha estimado que la actividad de la ejecución del proyecto en sus diferentes fases se predice que genera impactos medianamente significativos, como un impacto positivo el tratamiento de las aguas residuales domesticas previo a su descarga al río Pula. A continuación, se detalla los nombres de los locales comerciales e instituciones educativas observadas en el área de influencia directa donde se implementará el nuevo proyecto denominado Construcción, Operación y Mantenimiento del Sistema de Alcantarillado Sanitario y Pluvial de La Parroquia Laurel : Agroquímicos Mateo Rivas Agroveterinaria Parraga Comercial Alvarado Peluquería Doménica Agripac Laurel Agencia # 143 La librería del Laurel Comercial Articréditos Colegio Fiscal Técnico LAUREL Escuela de Educación Básica Nº 1 Padre Juan de Velasco La Figura 22 muestra el mapa del área de influencia directa de las instalaciones donde se implementará el nuevo proyecto denominado Construcción, Operación y Mantenimiento del Sistema de Alcantarillado Sanitario y Pluvial de la parroquia Laurel

185 Figura 22.- Mapa del área de Influencia donde se desarrollará el nuevo proyecto denominado Construcción, Operación y Mantenimiento del Sistema de SIMBOLOGÍA Área de Influencia Río Pula Estero El Cañal

186 12.3 Áreas sensibles Durante el levantamiento de la Línea Base Ambiental para el desarrollo del presente estudio se evidenció áreas sensibles que pueden ser afectadas por las actividades del nuevo proyecto identificado como Construcción, Operación y Mantenimiento del Sistema de Alcantarillado Sanitario y Pluvial de La Parroquia Laurel tales como: Río Pula Estero el Cañal Es de recordar que el Rio Pula receptará las aguas provenientes del sistema de tratamiento de aguas servidas de la Parroquia Laurel. A continuación, se presentan las imágenes de los cuerpos hídricos del sector: Figura 23.- Rio Pula Estero Cañal Es por ello, que el Plan de Manejo Ambiental se incluirán medidas tendientes a la prevención y mitigación de impactos ambientales negativos a estas áreas. 13. Plan de manejo ambiental Una vez que se han identificado, analizado y cuantificado los impactos ambientales derivados del Proyecto Alcantarillado Sanitario y Pluvial Parroquia Rural Laurel del cantón Daule en la provincia del Guayas, se ha preparado un Plan de Manejo Ambiental aplicable para la fase de construcción y uno aplicable para la fase de operación del proyecto, con su correspondiente cronograma valorado de implementación, los mismos que consisten en abarcar los siguientes aspectos: Analizar las acciones posibles de realizar para aquellas actividades que, según lo detectado en la valoración cualitativa de impactos, impliquen un impacto no deseado. Identificar responsabilidades institucionales para la atención de necesidades que no son de responsabilidad directa del promotor y diseñar los mecanismos de coordinación. Describir los procesos, tecnologías, diseño, operación y otros que se hayan considerado, para reducir los impactos ambientales negativos cuando corresponda

187 Descripción de los impactos positivos, a fin de mantener y potencializar los mismos durante las fases del proyecto, obra o actividad; los mencionados impactos serán incluidos en los diferentes programas y subprogramas del plan de manejo ambiental. Incluir una temporalidad de los procesos de control ambiental y de actualización de la información: se requiere hacer revisiones periódicas a los EsIA y PMA. Tanto las estrategias de control como de actualización deben ser dinámicas. Por lo que, el Plan de Manejo Ambiental para la etapa de construcción y el Plan de Manejo Ambiental para la etapa de operación del Proyecto Alcantarillado Sanitario y Pluvial Parroquia Rural Laurel del cantón Daule en la provincia del Guayas, está estructurado en sub-planes de manejo, los mismos que identificará lo siguiente: Nombre del Plan Nombre el programa Identificación del programa, la numeración está compuesta por las letras que identifiquen el Plan, seguido de la numeración ordinal del programa. Objetivo, Responsable y Lugar de aplicación de cada uno de los programas. Aspecto ambiental Impacto ambiental Medidas propuestas Indicadores (Control y seguimiento cuantitativo) Medio de verificación Plazo (medido en meses) 13.1 Plan de manejo ambiental Una vez que se han identificado, analizado y cuantificado los impactos ambientales derivados del Proyecto Alcantarillado Sanitario y Pluvial Parroquia Rural Laurel del cantón Daule en la provincia del Guayas, se ha preparado un Plan de Manejo Ambiental aplicable para la fase de construcción y uno aplicable para la fase de operación del proyecto, con su correspondiente cronograma valorado de implementación, los mismos que consisten en abarcar los siguientes aspectos: Analizar las acciones posibles de realizar para aquellas actividades que, según lo detectado en la valoración cualitativa de impactos, impliquen un impacto no deseado. Identificar responsabilidades institucionales para la atención de necesidades que no son de responsabilidad directa del promotor y diseñar los mecanismos de coordinación. Describir los procesos, tecnologías, diseño, operación y otros que se hayan considerado, para reducir los impactos ambientales negativos cuando corresponda. Descripción de los impactos positivos, a fin de mantener y potencializar los mismos durante las fases del proyecto, obra o actividad; los mencionados impactos serán incluidos en los diferentes programas y subprogramas del plan de manejo ambiental. Incluir una temporalidad de los procesos de control ambiental y de actualización de la información: se requiere hacer revisiones periódicas a los EsIA y PMA. Tanto las estrategias de control como de actualización deben ser dinámicas

188 Por lo que, el Plan de Manejo Ambiental para la etapa de construcción y el Plan de Manejo Ambiental para la etapa de operación del Proyecto Alcantarillado Sanitario y Pluvial Parroquia Rural Laurel del cantón Daule en la provincia del Guayas, está estructurado en sub-planes de manejo, los mismos que identificará lo siguiente: Nombre del Plan Nombre el programa Identificación del programa, la numeración está compuesta por las letras que identifiquen el Plan, seguido de la numeración ordinal del programa. Objetivo, Responsable y Lugar de aplicación de cada uno de los programas. Aspecto ambiental Impacto ambiental Medidas propuestas Indicadores (Control y seguimiento cuantitativo) Medio de verificación Plazo (medido en meses) Plan de manejo ambiental en la fase de construcción En cuanto a los planes que contendrá el Plan de Manejo Ambiental aplicable para la fase de construcción del Proyecto Alcantarillado Sanitario y Pluvial Parroquia Rural Laurel del cantón Daule en la provincia del Guayas están detallados a continuación: Plan de análisis de riesgos y de alternativas de prevención: Corresponde a la descripción del uso de cualquier substancia peligrosa o la instalación de maquinarias o infraestructuras riesgosas identificando áreas o zonas de potencial afectación. Se debe describir además la potencialidad de accidentes como explosiones, derrames etc. Plan de prevención y mitigación de impactos: Corresponde a las acciones tendientes a minimizar los impactos negativos sobre el ambiente en las diferentes etapas de las operaciones del proyecto. Plan de manejo de desechos: Comprende las medidas y estrategias concretas a aplicarse durante la construcción del Proyecto Alcantarillado Sanitario y Pluvial Parroquia Rural Laurel del cantón Daule en la provincia del Guayas, para prevenir, tratar, reciclar/reusar y disponer los diferentes desechos no peligrosos. Programa de manejo de desechos peligrosos Incluirá las acciones a tomar en base al acuerdo ministerial No. 161 Reglamento para la prevención y control de la contaminación por sustancias químicas peligrosas, desechos peligrosos, y especiales, Acuerdo ministerial No.026 Procedimientos para el registro de generadores de desechos peligrosos, gestión de desechos peligrosos previo al licenciamiento ambiental y para el transporte de materiales peligrosos y Acuerdo Ministerial No.142 Listados nacionales de sustancias químicas peligrosas,

189 desechos peligrosos y especiales, en los casos que de acuerdo a la actividad se identifique la necesidad de considerarlos. Plan de comunicación, capacitación y educación ambiental: Comprende un programa de capacitación sobre los elementos y la aplicación del PMA a todo el personal, tanto de la etapa constructiva, la etapa de operación del proyecto. Plan de relaciones comunitarias: Comprende un programa de actividades a ser desarrolladas por el promotor del proyecto con las comunidades directamente involucradas, y actores sociales del área de influencia del mismo, este incluye: Programa de información y comunicación: Establecen las medidas de difusión del EIA, los mecanismos de información de las actividades a ejecutar, del avance del proyecto y del cumplimiento de los acuerdos y demás medidas del PMA Programa de compensación e indemnización: Establece los lineamientos para la aplicación de medidas de compensación en las comunidades ubicadas en el área de influencia directa del proyecto relacionado con los impactos negativos generados y los bienes y servicios ambientales que se vean afectados; así como de los mecanismos y procedimientos de indemnización a propietarios de predios perjudicados. Programa de contratación de mano de obra local: Describe políticas y procedimientos a utilizar para la para la contratación de personal del área de influencia del proyecto. Programa de educación ambiental: está dirigido a la comunidad y otros actores sociales del área de influencia del proyecto. Plan de contingencias: Comprende el detalle de las acciones, así como listados y cantidades de equipos, materiales y personal para enfrentar los eventuales accidentes y emergencias en la infraestructura o manejo de insumos, en las diferentes etapas del Proyecto Alcantarillado Sanitario y Pluvial Parroquia Rural Laurel del cantón Daule en la provincia del Guayas basado en un análisis de riesgos. Se incluirá la definición y asignación de responsabilidades para el caso de ejecución de sus diferentes etapas (flujograma y organigrama), las estrategias de cooperación operacional así como un programa de entrenamientos y simulacros. En caso de que la contingencia no logre contener el evento, se deberá automáticamente establecer un plan de restauración integral que abarque la remediación del sitio afectado, compensación e indemnización. Plan de seguridad y salud en el trabajo: Comprende las normas establecidas por la empresa constructora internamente para preservar la salud y seguridad de los empleados inclusive las estrategias de su difusión, se incluirán todas las acciones que se determinan en la legislación ambiental aplicable. Plan de monitoreo y seguimiento: El Estudio de Impacto Ambiental (EsIA) definirá los sistemas de seguimiento, evaluación, monitoreo ambiental, salud pública del área

190 de influencia, relaciones comunitarias, tendientes a controlar adecuadamente los impactos identificados en el Estudio de Impacto Ambiental (EsIA) y el cumplimiento del Plan de Manejo Ambiental (PMA) así como las acciones correctivas propuestas en el mismo. Plan de abandono y entrega del área: Comprende el diseño de las actividades a cumplirse una vez concluida la operación, la manera de proceder al abandono y entrega del área del proyecto a la empresa. Plan de rehabilitación de áreas afectadas: Comprende las medidas, estrategias y tecnologías a aplicarse en el proyecto para rehabilitar las áreas afectadas (reestablecer cobertura vegetal, garantizar estabilidad y duración de las obras, étc) De identificarse sitios contaminados o fuentes de contaminación, previa a ejecutar este plan, se deberá proceder conforme a las directrices establecidas en el Anexo IV de los Términos de Referencia para proyectos categoría IV. Así mismo en el caso de existir contingencias generadas por el proyecto, la restauración deberá lograr el retorno de las condiciones originales del ecosistema, considerará las directrices establecidas en el Anexo IV de los Términos de Referencia para proyectos categoría IV y los lineamientos establecidos por la Autoridad Ambiental. En la medida PPM-01 se recomienda colocar baterías sanitarias de acuerdo a los frentes de trabajo, las cuales deberán limpiarse mediante el proveedor de servicios de la misma y guardar los registros respectivos como respaldo de la realización de la actividad. Mientras que las diferentes medidas del presente Plan de Manejo Ambiental son aplicables obligatoriamente durante cada una de las actividades de la fase de construcción del proyecto. En cuanto al costo tentativo de la implementación del proyecto previsto para el tiempo de construcción es de $6.495,00; que básicamente encierra los valores de los monitoreos, capacitaciones e informes. A continuación, se presentan las medidas ambientales consideradas en los planes de manejo ambiental en la etapa de construcción del proyecto: Plan de análisis de riesgos y de alternativas de prevención Durante la etapa de construcción del Proyecto Alcantarillado Sanitario y Pluvial Parroquia Rural Laurel del cantón Daule en la provincia del Guayas no se prevé el uso de substancias peligrosas detallados en el Acuerdo Ministerial Nº142: LISTADOS NACIONALES DE SUSTANCIAS QUÍMICAS PELIGROSAS, DESECHOS PELIGROSOS Y ESPECIALES o instalaciones de maquinarias u estructuras riesgosas que tengan la potencialidad de generar accidentes como explosiones, derrames, etc. Esto debido a que durante esta etapa, la maquinaria a utilizarse será abastecida en los centros de distribución autorizados de combustible. Respecto a materiales y equipos a utilizarse, estos se han detallado ampliamente en el numeral 8 del presente documento, donde se puede evidenciar lo anteriormente expuesto

191 Alcantarillado Sanitario y Pluvial de La Parroquia Laurel Plan de prevención y mitigación de impactos PLAN DE PREVENCIÓN Y MITIGACIÓN DE IMPACTOS PROGRAMACIÓN DE LAS OBRAS CIVILES, CONTROL DE DESECHOS Y EFLUENTES Objetivos: Evitar la interrupción de las obras civiles y retraso en el cronograma de entrega de la obra y evitar molestias a los vecinos. Lugar de aplicación: Área del proyecto Responsable: Contratista de obra PPM-01 ASPECTO AMBIENTAL IMPACTO IDENTIFICADO MEDIDAS PROPUESTAS INDICADORES MEDIO DE VERIFICACIÓN PLAZO (MESES) Generación desechos de Molestias a los vecinos por mala disposición de desechos Obtención del permiso para disponer los desechos generados durante la construcción de la obra: Permiso emitido por la M.I. Municipalidad de Daule para disponer los escombros y desechos en el Área de Disposición de desechos del cantón o en el sitio que sea designado. El proyecto cuenta con el permiso para disponer correctamente los desechos generados durante la construcción de la obra Permiso para la disposición de escombros y desechos generados durante la etapa de construcción en el área señalada por la M.I. Municipalidad de Daule. 1 mes

192 Alcantarillado Sanitario y Pluvial de La Parroquia Laurel PLAN DE PREVENCIÓN Y MITIGACIÓN DE IMPACTOS PROGRAMACIÓN DE LAS OBRAS CIVILES, CONTROL DE DESECHOS Y EFLUENTES Objetivos: Evitar la interrupción de las obras civiles y retraso en el cronograma de entrega de la obra y evitar molestias a los vecinos. Lugar de aplicación: Área del proyecto Responsable: Contratista de obra PPM-01 ASPECTO AMBIENTAL IMPACTO IDENTIFICADO MEDIDAS PROPUESTAS INDICADORES MEDIO DE VERIFICACIÓN PLAZO (MESES) Generación de Molestia a los Vecinos Afectación a los Vecinos Programación adecuada de las obras civiles: Se deberá cumplir con jornadas laborales, las mismas deben empezar a partir de las 8h00 y terminar a las 17h00, para evitar molestias en el sector, especialmente en casos de uso de maquinarias que generen niveles de ruido demasiado elevados. De igual forma, las maquinarias no deberán ser utilizadas en horas posteriores a las 17h00, ni antes de las 8h00. Es importante que los trabajos se den de manera profesional, en especial supervisar que las tuberías en los alcantarillados no estén superpuestas a las tuberías de agua. Cero quejas de los vecinos. Cronograma de planificación de las obras civiles. Registros del libro de obras. 1 mes

193 Alcantarillado Sanitario y Pluvial de La Parroquia Laurel PLAN DE PREVENCIÓN Y MITIGACIÓN DE IMPACTOS PROGRAMACIÓN DE LAS OBRAS CIVILES, CONTROL DE DESECHOS Y EFLUENTES Objetivos: Evitar la interrupción de las obras civiles y retraso en el cronograma de entrega de la obra y evitar molestias a los vecinos. Lugar de aplicación: Área del proyecto Responsable: Contratista de obra PPM-01 ASPECTO AMBIENTAL IMPACTO IDENTIFICADO MEDIDAS PROPUESTAS INDICADORES MEDIO DE VERIFICACIÓN PLAZO (MESES) Habilitar área para el campamento de obra Debido a que la mano de obra para la construcción del alcantarillado deberá ser en su mayoría de la localidad, no es necesario instalar baterías sanitarias portátiles en exceso, ya que este personal habita cerca del proyecto. Generación de desechos y efluentes domésticos Impacto en el suelo y agua, también la presencia de insectos, roedores y enfermedades. En cuanto a la instalación de un comedor, tampoco es aplicable, puesto que los obreros tendrán una hora, de 12h00 a 13h00 para retirarse a sus casas. Sin embargo, se instalará 1 oficina, 1 bodega de almacenamiento de producto, 1 baño para oficina y 1 baño para el campamento. Campamento de obra del proyecto. Fotografía de las obras provisionales instaladas. 1 mes El personal técnico se alojará en un departamento alquilado o en la cabecera cantonal durante la ejecución de la obra, así mismo su alimentación será en lugares cercanos al proyecto. Es de resaltar que el proyecto se construirá dentro de la parroquia LAUREL, por lo que no es necesario ubicar comedores para que los técnicos no se desplacen a grandes distancias para su alimentación

194 Alcantarillado Sanitario y Pluvial de La Parroquia Laurel PLAN DE PREVENCIÓN Y MITIGACIÓN DE IMPACTOS PROGRAMACIÓN DE LAS OBRAS CIVILES, CONTROL DE DESECHOS Y EFLUENTES Objetivos: Evitar la interrupción de las obras civiles y retraso en el cronograma de entrega de la obra y evitar molestias a los vecinos. Lugar de aplicación: Área del proyecto Responsable: Contratista de obra PPM-01 ASPECTO AMBIENTAL IMPACTO IDENTIFICADO MEDIDAS PROPUESTAS INDICADORES MEDIO DE VERIFICACIÓN PLAZO (MESES) Generación de aguas residuales domésticas provenientes de las baterías sanitarias Generación de olores desagradables Afectación del recurso agua por la mala disposición de efluentes domésticos Afectación al personal y vecinos por olores desagradables Se deberá limpiar los baños portátiles periódicamente, mediante el proveedor de servicio de los mismos Baños portátiles en buen estado de limpieza Baños portátiles X100 Registro de mantenimiento de los baños portátiles 1 mes Generación de desechos Afectación al recurso suelo por incorrecta disposición de desechos Contaminación de suelo Disponer la implementación de un centro de acopio para desechos no peligrosos. Las áreas de almacenamiento temporal se encuentran ubicadas en lugares impermeables Registro fotográfico de las áreas de almacenamiento temporal 1 mes

195 Alcantarillado Sanitario y Pluvial de La Parroquia Laurel PLAN DE PREVENCIÓN Y MITIGACIÓN DE IMPACTOS PROGRAMACIÓN DE LAS OBRAS CIVILES, CONTROL DE DESECHOS Y EFLUENTES Objetivos: Evitar la interrupción de las obras civiles y retraso en el cronograma de entrega de la obra y evitar molestias a los vecinos. Lugar de aplicación: Área del proyecto Responsable: Contratista de obra PPM-01 ASPECTO AMBIENTAL IMPACTO IDENTIFICADO MEDIDAS PROPUESTAS INDICADORES MEDIO DE VERIFICACIÓN PLAZO (MESES) Generación de áreas no dispuestas para la acumulación de materiales Afectación al recurso suelo por incorrecta disposición de insumos Contaminación de suelo Afectación a la calidad del material de construcción. Disponer de un área de almacenamiento con piso, techo y paredes para colocar los materiales de construcción en el interior de la instalación. Las áreas de almacenamiento de insumos cuentan con protección de humedad. Registro fotográfico del área de almacenamiento de insumos. 1 mes Generación de desechos Peligrosos Afectación al recurso suelo por incorrecta disposición de desechos peligrosos - Para el almacenamiento de los desechos peligrosos durante la fase de construcción, se deberá disponer de un área destinada al acopio de este tipo de desecho. Las áreas de almacenamiento deberán reunir como mínimo los siguientes requisitos: o Estar separadas de áreas bajas, inundables. o Estar alejadas de las zonas de tránsito de animales y personas. o Deberán ser techadas y debidamente señalizadas. o Estar ubicadas sobre una superficie impermeable. o Estar señalizadas adecuadamente. o Los recipientes que se utilicen (tambores, canecas, etc.) se colocarán sobre paletas de madera, y deberán poseer tapa. o Los operarios encargados del manejo de desechos peligrosos deberán contar con el entrenamiento, los equipos y materiales necesarios. o Deberá establecerse un programa para prevenir, controlar y contrarrestar los derrames o fugas de los desechos generados y almacenados. o Contar con un cubeto técnicamente diseñado para contención de derrames, con un volumen igual o mayor al 110% del tanque mayor, con una base impermeable, para evitar la infiltración de combustibles al suelo durante un derrame. Áreas de almacenamiento de desechos peligrosos con los requisitos establecidos Áreas de almacenamiento de desechos peligrosos X100 Registro fotográfico de la(s) área(s) de almacenamiento de desechos peligrosos. Registro fotográfico de la(s) área(s) de almacenamiento de desechos peligrosos correctamente rotuladas. 1 mes

196 Alcantarillado Sanitario y Pluvial de La Parroquia Laurel PLAN DE PREVENCIÓN Y MITIGACIÓN DE IMPACTOS PROGRAMA DE CONTROL DE RUIDO, MATERIAL PARTICULADO Y GASES DE COMBUSTIÓN Objetivos: Evitar la interrupción de las obras civiles y retraso en el cronograma de entrega de la obra y evitar molestias a los vecinos. Lugar de aplicación: Área del proyecto Responsable: Contratista de obra PPM-02 ASPECTO AMBIENTAL IMPACTO IDENTIFICADO MEDIDAS PROPUESTAS INDICADORES MEDIO DE VERIFICACIÓN PLAZO (MESES) Generación de ruido, material particulado y gases de combustión Afectación al ambiente Mantenimiento mecánicos de equipos y uso de la lona Todo vehículo o maquinaria pesada que transporte materiales de construcción y de desalojo de escombros, deben encontrarse en buen estado mecánico y con el balde de transporte en perfecto estado de tal manera que no permita la disgregación del material transportado sobre las vías. Además, se deberá velar por el uso de la lona en los transportes de carga para cubrir los materiales con el fin de evitar su caída en las calles o vías. Número de Vehículos y maquinaria en buen estado Número de Vehículos y maquinaria X100 Fotografías Registro de Mantenimiento de los vehículos y maquinarias para la construcción del proyecto. 1 mes Generación de material particulado Afectación al medio circundante por material particulado Molestias a los vecinos por la generación de polvo Riego de áreas de trabajo y paso de los equipos En caso de excesiva generación de polvo, se humedecerá el área para su respectivo control, ya sea durante el transporte de material o en el proceso constructivo. Se lleva a cabo el riego de vías Registro fotográfico del riego de las vías 1 mes

197 Alcantarillado Sanitario y Pluvial de La Parroquia Laurel Objetivos: Evitar la contaminación de los cuerpos hídricos del sector Lugar de aplicación: Área del proyecto Responsable: Contratista de obra PLAN DE PREVENCIÓN Y MITIGACIÓN DE IMPACTOS PROGRAMA DE CUIDADO DE AREAS SENSIBLES PPM-03 ASPECTO AMBIENTAL IMPACTO IDENTIFICADO MEDIDAS PROPUESTAS INDICADORES MEDIO DE VERIFICACIÓN PLAZO (MESES) Generación de áreas no ubicadas para la disposición de desechos Contaminación de los cuerpos hídricos por mala disposición de desechos. Queda terminantemente prohibido arrojar desechos o escombros a los cuerpos de agua existentes. Los cuerpos hídricos, se encuentran libres de desechos. Fotografías de los cauces del cuerpo hídrico 1 mes

198 Alcantarillado Sanitario y Pluvial de La Parroquia Laurel Plan de manejo de desechos PLAN DE MANEJO DE DESECHOS PROGRAMA DE CONTROL Y MANEJO DE DESECHOS SÓLIDOS NO PELIGROSOS Objetivos: Efectuar la segregación correcta de los desechos no peligrosos generados durante la construcción, establecer un correcto manejo de la generación de desechos sólidos no peligrosos. Lugar de aplicación: Área del proyecto Responsable: Contratista de obra ASPECTO AMBIENTAL IMPACTO IDENTIFICADO MEDIDAS PROPUESTAS INDICADORES MEDIO DE VERIFICACIÓN Los desechos sólidos no peligrosos no deberán almacenarse o disponerse al aire libre o en recipientes improvisados, especialmente los orgánicos. PMD-01 PLAZO (MESES) Generación desechos peligrosos de no Afectación del recurso suelo por la mala disposición de desechos generados durante las actividades de construcción del proyecto Para ello, se deberá contar con contenedores (Estaciones de reciclaje) para el almacenamiento de los desechos sólidos no peligrosos correctamente separados, estratégicamente ubicados en las diferentes áreas del proyecto. Posterior a ello, serán trasladados al centro de acopio de desechos no peligrosos Desechos no peligrosos correctamente almacenados previo a su disposición Desechos no peligrosos X100 Registro fotográfico de las Estaciones de reciclaje y áreas de almacenamiento de desechos no peligrosos previo a su disposición 1 mes Estos materiales podrán ser comercializados por los trabajadores o donados a entidades caritativas. Realizar la entrega del material reciclable a empresas recicladoras y llevar registro de las mismas

199 Alcantarillado Sanitario y Pluvial de La Parroquia Laurel PLAN DE MANEJO DE DESECHOS PROGRAMA DE CONTROL Y MANEJO DE DESECHOS SÓLIDOS NO PELIGROSOS Objetivos: Efectuar la segregación correcta de los desechos no peligrosos generados durante la construcción, establecer un correcto manejo de la generación de desechos sólidos no peligrosos. Lugar de aplicación: Área del proyecto Responsable: Contratista de obra ASPECTO AMBIENTAL IMPACTO IDENTIFICADO MEDIDAS PROPUESTAS INDICADORES MEDIO DE VERIFICACIÓN PMD-01 PLAZO (MESES) Generación desechos peligrosos de no Afectación del recurso suelo por la mala disposición de desechos generados durante las actividades de construcción del proyecto Promover el reúso de los insumos utilizados en las labores de construcción (cartones, tablestacas, tablas, etc.). El material que se encuentre deteriorado será desechado en el área donde haya dispuesto la M.I. Municipalidad de Daule. Realizar la entrega del material reciclable a empresas recicladoras y llevar registro de las mismas. Realizar la entrega de la chatarra a empresas recicladoras y Llevar registros de la misma. Desechos no peligrosos correctamente segregados y entregados para su disposición final Desechos no peligrosos generados X100 Registro de entrega de material reciclable Registro de entrega de chatarra 1 mes

200 Alcantarillado Sanitario y Pluvial de La Parroquia Laurel PLAN DE MANEJO DE DESECHOS PROGRAMA DE CONTROL Y MANEJO DE DESECHOS SÓLIDOS NO PELIGROSOS Objetivos: Efectuar la segregación correcta de los desechos no peligrosos generados durante la construcción, establecer un correcto manejo de la generación de desechos sólidos no peligrosos. Lugar de aplicación: Área del proyecto Responsable: Contratista de obra ASPECTO AMBIENTAL IMPACTO IDENTIFICADO MEDIDAS PROPUESTAS INDICADORES MEDIO DE VERIFICACIÓN PMD-01 PLAZO (MESES) Generación desechos peligrosos de no Afectación del recurso suelo por la mala disposición de desechos generados durante las actividades de construcción del proyecto Evitar acumulaciones innecesarias de los desechos mediante el desalojo oportuno. Supervisar la correcta disposición de los desechos en los recipientes de segregación. El fiscalizador de las obras de construcción deberá hacer cumplir las medidas recomendadas. Los desechos no peligrosos están siendo manejados correctamente Registro fotográfico de las actividades que se llevan a cabo para el correcto manejo de desechos no peligrosos 1 mes

201 Alcantarillado Sanitario y Pluvial de La Parroquia Laurel PLAN DE MANEJO DE DESECHOS PROGRAMA DE MANEJO DE ESCOMBROS Objetivos: Efectuar la segregación correcta de los desechos no peligrosos generados durante la construcción, establecer un correcto manejo de la generación de desechos sólidos no peligrosos. Lugar de aplicación: Área del proyecto Responsable: Contratista de obra ASPECTO AMBIENTAL IMPACTO IDENTIFICADO MEDIDAS PROPUESTAS INDICADORES MEDIO DE VERIFICACIÓN PMD-02 PLAZO (MESES) Área para acopio temporal de escombros Generación Escombros de Contaminación del recurso suelo y contaminación del recurso agua. Habilitar un área que sirva de acopio temporal de los escombros generados durante las labores de construcción del proyecto. El área de acopio temporal de los escombros deberá estar techada. Los escombros como material pétreo deberán estar recubiertos con lonas o sacos para evitar su dispersión en el ambiente; como estar correctamente señalizado. Centro de acopio temporal de escombros. Registro fotográfico del área de acopio de escombros 1 mes

202 Alcantarillado Sanitario y Pluvial de La Parroquia Laurel PLAN DE MANEJO DE DESECHOS PROGRAMA DE MANEJO DE ESCOMBROS Objetivos: Efectuar la segregación correcta de los desechos no peligrosos generados durante la construcción, establecer un correcto manejo de la generación de desechos sólidos no peligrosos. Lugar de aplicación: Área del proyecto Responsable: Contratista de obra ASPECTO AMBIENTAL Generación Escombros de IMPACTO IDENTIFICADO Contaminación del recurso suelo y contaminación del recurso agua. MEDIDAS PROPUESTAS INDICADORES MEDIO DE VERIFICACIÓN El material pétreo de buena calidad extraído durante las actividades de excavaciones y apertura de zanjas, será utilizado en el relleno de zonas bajas o para la nivelación y compactación del terreno. Mientras que el material pétreo de mala calidad, será utilizado en las áreas verdes y aquel que no sea reutilizado, deberá ser dispuesto en el lugar en cual se haya obtenido la autorización. Los escombros generados durante las labores de construcción, deberán almacenarse y disponerse únicamente en el lugar en el que se haya obtenido la autorización. Evitar acumulaciones innecesarias de los desechos mediante el desalojo oportuno. De ninguna manera los desechos de desalojos se depositarán en drenajes naturales, riveras de estero, en carreteras u cualquier lugar que no sea en el cual se haya obtenido el permiso respectivo. Supervisar la correcta disposición de los desechos en los recipientes de segregación. Los escombros son dispuestos en el lugar previamente obtenido el permiso. Libro de obra. PMD-02 PLAZO (MESES) 1 mes

203 Alcantarillado Sanitario y Pluvial de La Parroquia Laurel PLAN DE MANEJO DE DESECHOS PROGRAMA DE GESTIÓN DE DESECHOS PELIGROSOS Objetivos: Establecer un correcto manejo de los desechos peligrosos generados durante la etapa de construcción del proyecto Disponer correctamente de los desechos peligrosos. Lugar de aplicación: área del proyecto Responsable: Contratista de obra ASPECTO AMBIENTAL IMPACTO IDENTIFICADO MEDIDAS PROPUESTAS INDICADORES MEDIO DE VERIFICACIÓN PMD-03 PLAZO (MESES) Generación desechos peligrosos de Afectación al recurso suelo por derrame de aceite usado de la maquinaria pesada Afectación del recurso suelo por la mala disposición de desechos peligrosos - Para evitar la generación de aceites usados y filtros (desechos peligrosos) en el campamento de trabajo, el mantenimiento mecánico de las maquinarias, equipos pesados y vehículos livianos, vinculados con las obras de construcción del proyecto, se deberá realizar en autoservicios o talleres mecánicos autorizados por los organismos respectivos. Mantenimientos de maquinaria y equipos realizados en talleres mecánicos autorizados Mantenimientos de maquinaria y equipos X100 Registro de mantenimiento de maquinaria y equipos en talleres mecánicos autorizados 1 mes

204 Alcantarillado Sanitario y Pluvial de La Parroquia Laurel PLAN DE MANEJO DE DESECHOS PROGRAMA DE GESTIÓN DE DESECHOS PELIGROSOS Objetivos: Establecer un correcto manejo de los desechos peligrosos generados durante la etapa de construcción del proyecto Disponer correctamente de los desechos peligrosos. Lugar de aplicación: área del proyecto Responsable: Contratista de obra ASPECTO AMBIENTAL IMPACTO IDENTIFICADO MEDIDAS PROPUESTAS INDICADORES MEDIO DE VERIFICACIÓN PMD-03 PLAZO (MESES) Generación de desechos peligrosos Afectación al recurso suelo por derrame de aceite usado de la maquinaria pesada Afectación del recurso suelo por la mala disposición de desechos peligrosos - Se deberá llevar un control mensual de la generación de los desechos peligrosos, el cual deberá estar disponible en todo momento para propósitos de control, evaluaciones y de auditoría ambiental. Este control debe incluir la siguiente información: o Área de origen del desecho. o Fecha de producción del desecho. o Fecha de envío del desecho a su disposición final. o Cantidad de desecho generada. o Método de disposición utilizado con el desecho. o Responsable por la manipulación del desecho (se debe incluir firma de responsabilidad). - Informar de forma inmediata a la Autoridad Competente (Gobierno Provincial del Guayas) de accidentes producidos durante la generación y manejo de los desechos peligrosos. El ocultamiento de esta información recibirá la sanción prevista conforme el Reglamento para la Prevención y Control de la Contaminación por Desechos Peligrosos. Control mensual de la generación de los desechos peligrosos Meses de la fase de construcción Informe sobre accidentes ocurridos durante el manejo de desechos peligrosos entregados a la Autoridad competente Accidentes ocurridos durante el manejo de desechos peligrosos X100 X100 Control mensual de la generación de desechos peligrosos. Oficio de entrega del Informe sobre accidentes ocurridos durante el manejo de desechos peligrosos con el sello de recibido en el Gobierno Provincial del Guayas. 1 mes

205 Alcantarillado Sanitario y Pluvial de La Parroquia Laurel PLAN DE MANEJO DE DESECHOS PROGRAMA DE GESTIÓN DE DESECHOS PELIGROSOS Objetivos: Establecer un correcto manejo de los desechos peligrosos generados durante la etapa de construcción del proyecto Disponer correctamente de los desechos peligrosos. Lugar de aplicación: área del proyecto Responsable: Contratista de obra ASPECTO AMBIENTAL IMPACTO IDENTIFICADO MEDIDAS PROPUESTAS INDICADORES MEDIO DE VERIFICACIÓN PMD-03 PLAZO (MESES) Generación desechos peligrosos de Afectación al recurso suelo por derrame de aceite usado de la maquinaria pesada Afectación del recurso suelo por la mala disposición de desechos peligrosos - La constructora deberá obligatoriamente contar con el Registro de Generador de Desechos Peligrosos emitido por el Ministerio del Ambiente. Esto conforme a lo establecido en el literal c del Art. 181 del Reglamento para la prevención y control de la contaminación por sustancias químicas peligrosas, desechos peligrosos y especiales. Debido a que la constructora es la que durante el mantenimiento de vehículos y maquinarias dentro del área del proyecto va a generar desechos peligrosos. La constructora contratada para llevar a cabo la construcción del proyecto cuenta con el Registro de generador de desechos peligrosos emitido por el MAE. Registro de generador de desechos peligrosos de la constructora emitido por el MAE. 1 mes

206 Alcantarillado Sanitario y Pluvial de La Parroquia Laurel PLAN DE MANEJO DE DESECHOS PROGRAMA DE GESTIÓN DE DESECHOS PELIGROSOS Objetivos: Establecer un correcto manejo de los desechos peligrosos generados durante la etapa de construcción del proyecto Disponer correctamente de los desechos peligrosos. Lugar de aplicación: área del proyecto Responsable: Contratista de obra ASPECTO AMBIENTAL IMPACTO IDENTIFICADO MEDIDAS PROPUESTAS INDICADORES MEDIO DE VERIFICACIÓN PMD-03 PLAZO (MESES) Generación de desechos peligrosos Afectación al recurso suelo por derrame de aceite usado de la maquinaria pesada Afectación del recurso suelo por la mala disposición de desechos peligrosos - Realizar la entrega de los desechos peligrosos y material contaminado con hidrocarburos, únicamente a empresas autorizadas para el transporte y la disposición final de desechos peligrosos. Esta debe tener Licencia Ambiental vigente emitida por el Ministerio del Ambiente. - La entrega se realizará únicamente a transportistas y gestores de desechos peligrosos que tengan Licencia Ambiental vigente, bajo la modalidad del "Manifiesto único de entrega, transporte y recepción de desechos peligrosos". - La empresa constructora deberá solicitar a sus contratistas a cargo del transporte y disposición final de estos desechos: o Licencia Ambiental de la(s) empresa(s) que ejecutará el transporte de desechos peligrosos desde el Campamento de Obra hasta el sitio de disposición final, otorgada por la Autoridad Ambiental Nacional. o Licencia Ambiental de la compañía Gestora, o de Eliminación, de los desechos peligrosos, otorgada por la Autoridad Ambiental Nacional. Los desechos peligrosos se entregaron a un gestor ambiental autorizado para su transporte y disposición final Desechos peligrosos X100 Cadena de custodia de los desechos peligrosos Licencia ambiental de los gestores contratados 1 mes

207 Alcantarillado Sanitario y Pluvial de La Parroquia Laurel Objetivos: Lugar de aplicación: Área del proyecto Responsable: Contratista de obra ASPECTO AMBIENTAL IMPACTO IDENTIFICADO PLAN DE MANEJO DE DESECHOS PROGRAMA DE MANEJO DE EFLUENTES MEDIDAS PROPUESTAS INDICADORES MEDIO DE VERIFICACIÓN PMD-04 PLAZO (MESES) Generación de aguas residuales domésticas provenientes de las baterías sanitarias Generación de olores desagradables Afectación del recurso agua por la mala disposición de efluentes domésticos Afectación al personal y vecinos por olores desagradables Se deberá limpiar los baños portátiles periódicamente, mediante el proveedor de servicio de los mismos. Baños portátiles en buen estado de limpieza Baños portátiles X100 Registro de mantenimiento de los baños portátiles 1 mes

208 Alcantarillado Sanitario y Pluvial de La Parroquia Laurel Plan de comunicación, capacitación y educación ambiental PLAN DE COMUNICACIÓN, CAPACITACION Y EDUCACION AMBIENTAL PROGRAMA DE CAPACITACIÓN Y ENTRENAMIENTO Objetivos: Que todos los trabajadores conozcan las medidas del plan de manejo ambiental del proyecto de construcción del proyecto. Lugar de aplicación: Área del proyecto Responsable: Contratista de obra ASPECTO AMBIENTAL IMPACTO IDENTIFICADO MEDIDAS PROPUESTAS INDICADORES MEDIO DE VERIFICACIÓN PCC-01 PLAZO (MESES) Deterioro ambiente al Afectación al medio y al personal de obra por malas prácticas de trabajo. Inadecuada Gestión Ambiental - Reunir a todos los trabajadores que formen parte de la construcción del proyecto y darles a conocer las medidas que conforman el Plan de Manejo Ambiental. Contenido de la Capacitación: o Introducción y Definiciones Generales (5 minutos). o Explicación detallada de cada una de las medidas a seguir por el personal de obra. (30 minutos). o Correcta actitud en el trabajo: puntualidad, responsabilidad, cumplimiento (5 minutos). o Uso de Implementos de Protección Personal (10 minutos). o Uso y manejo de equipos y extintores (10 minutos). o Manejo de desechos (20 minutos). Tiempo total aproximado de duración de la charla: 1 hora 20 minutos. El mismo será dado por el contratista de la obra y deberá registrarse. Trabajadores capacitados sobre el Plan de Manejo Ambiental Trabajadores de la obra X100 Registro de capacitación sobre el Plan de Manejo Ambiental de la etapa de construcción del proyecto. 2 meses Cada vez que ingrese un trabajador, se le deberá efectuar una capacitación sobre el Plan de Manejo Ambiental aprobado

209 Alcantarillado Sanitario y Pluvial de La Parroquia Laurel Plan de relaciones comunitarias PLAN DE RELACIONES COMUNITARIAS PROGRAMA DE INFORMACIÓN Y COMUNICACIÓN Objetivos: Cumplir con lo dispuesto en el acuerdo ministerial 006. Lugar de aplicación: Área del proyecto Responsable: Promotor del proyecto ASPECTO AMBIENTAL IMPACTO IDENTIFICADO MEDIDAS PROPUESTAS INDICADORES MEDIO DE VERIFICACIÓN PRC-01 PLAZO (MESES) Percepción ciudadana Deterioro de la relación Promotor- Comunidad Posterior a la entrega del Borrador del Estudio de Impacto Ambiental del Proyecto Alcantarillado Sanitario y Pluvial Parroquia Rural Laurel del cantón Daule en la provincia del Guayas a la Dirección de Medio Ambiente del Gobierno Provincial del Guayas, se llevará a cabo la difusión pública conforme a las disposiciones del Decreto Ejecutivo 1040 y su instructivo, coordinada entre el Promotor, Consultor Ambiental y La Autoridad Ambiental de la Dirección de Medio Ambiente. Se entregará el informe de Sistematización de criterios del Proceso de Participación Social del Proyecto y definitivo del Estudio de Impacto Ambiental del Proyecto junto con los respaldos que evidencian su ejecución a la Dirección de Medio Ambiente del Gobierno Provincial del Guayas. El Promotor del proyecto llevó a cabo el proceso de participación social del Estudio de Impacto Ambiental del proyecto, previo a la entrega del documento final a la AAAr. Informe del proceso de participación social del Estudio de Impacto Ambiental del proyecto. Posterior a la aprobación del borrador del Estudio de Impacto Ambiental

210 Alcantarillado Sanitario y Pluvial de La Parroquia Laurel Objetivos: Cumplir con lo dispuesto en el acuerdo ministerial 006. Lugar de aplicación: Área del proyecto Responsable: Promotor del proyecto ASPECTO AMBIENTAL IMPACTO IDENTIFICADO PLAN DE RELACIONES COMUNITARIAS PROGRAMA DE INFORMACIÓN Y COMUNICACIÓN MEDIDAS PROPUESTAS INDICADORES MEDIO DE VERIFICACIÓN PRC-01 PLAZO (MESES) Percepción ciudadana Deterioro de la relación Promotor- Comunidad Acercamiento comunitario Durante la etapa de construcción del Proyecto Alcantarillado Sanitario y Pluvial Parroquia Rural Laurel del cantón Daule en la provincia del Guayas se deberá mantener un canal abierto de diálogo con la comunidad para escuchar sus inquietudes, comentarios y reclamos netamente ambientales, los que deberán ser resueltos en la brevedad posible. Número de reclamos de la comunidad tramitados Número de reclamos recibidos por parte de la comunidad X 100 Inquietudes, comentarios y reclamos realizados por la ciudadanía con respecto al cuidado del ambiente. Informe de resolución de inquietudes comentarios y reclamos 1er Mes

211 Alcantarillado Sanitario y Pluvial de La Parroquia Laurel PLAN DE RELACIONES COMUNITARIAS PROGRAMA DE COMPENSACIÓN E INDEMNIZACIÓN Objetivos: Mantener una buena relación entre contratista y habitantes de la comunidad Lugar de aplicación: Área del proyecto Responsable: Contratista de obra ASPECTO AMBIENTAL IMPACTO IDENTIFICADO MEDIDAS PROPUESTAS INDICADORES MEDIO DE VERIFICACIÓN PRC-02 PLAZO (MESES) Componente socioeconómico Afectación de bienes Se tendrá especial cuidado en no dañar los bienes de la población (casas, cercas, entre otras), caso contrario debe ser reparado inmediatamente. Número de bienes de la comunidad reparados Número de bienes de la comunidad afectados X 100 Registro fotográfico 1 mes

212 Alcantarillado Sanitario y Pluvial de La Parroquia Laurel PROGRAMA DE RELACIONES COMUNITARIAS PROGRAMA DE CONTRATACION DE MANO DE OBRA LOCAL Objetivos: Dar prioridad de empleo a los habitantes del sector. Lugar de aplicación: Área del proyecto Responsable: Contratista de obra ASPECTO AMBIENTAL IMPACTO IDENTIFICADO MEDIDAS PROPUESTAS INDICADORES MEDIO DE VERIFICACIÓN PRC-03 PLAZO (MESES) Componente socioeconómico Afectación al componente socioeconómico -Es recomendable la contratación de mano de obra de la población de las áreas localizadas en el trazado del proyecto. -Previo a la contratación, se deberá realizar la capacitación necesaria de la mano de obra, entrega de equipos de protección personal y cumplir con lo dispuesto en el plan de Seguridad y Salud en el Trabajo La mayor parte de trabajadores son habitantes de la parroquia. Observación directa 1 mes

213 Alcantarillado Sanitario y Pluvial de La Parroquia Laurel PROGRAMA DE RELACIONES COMUNITARIAS PROGRAMA DE EDUCACIÓN AMBIENTAL Objetivos: Trabajadores y comunidad se beneficiada con el conocimiento de buenas prácticas ambientales Lugar de aplicación: Área del proyecto Responsable: Promotor del proyecto ASPECTO AMBIENTAL IMPACTO IDENTIFICADO MEDIDAS PROPUESTAS INDICADORES MEDIO DE VERIFICACIÓN PRC-04 PLAZO (MESES) Componente socioeconómico Afectación al componente socioeconómico Se dictarán talleres dirigidos a la comunidad y a los diferentes actores sociales del área de influencia para hacer conciencia sobre los efectos de la contaminación en los recursos naturales y en la salud así como de la importancia del cuidado de los recursos naturales. Número de talleres realizados Número de talleres programados X 100 Registro de asistencia a talleres 1 mes

214 Alcantarillado Sanitario y Pluvial de La Parroquia Laurel PLAN DE CONTINGENCIAS El Plan de Contingencias es una herramienta de gestión para encontrarse preparados con el fin de evitar o en su defecto, para enfrentar un accidente, fenómeno natural o emergencia que se presente durante la etapa de construcción y funcionamiento del proyecto. Adecuado a sus requerimientos, en función de la actividad y de los riesgos potenciales de la zona, como por ejemplo: la ocurrencia de accidentes laborales, eventos naturales (sismos), incendios en las instalaciones, entre los más importantes Objetivo Establecer un plan de contingencias desarrollado en base a prevenir los accidentes que se pudieran presentar durante las actividades de construcción, operación y mantenimiento del Proyecto Niveles de responsabilidades para el Plan de Contingencia Durante la etapa de construcción, el nivel de responsabilidad es el siguiente: Autoridad superior Superintendencia de obras Jefe de contingencia Supervisor ambiental/seguridad Jefe de Brigadas Brigada contra incendios y explosiones Brigadas de conflictos sociales Brigadas de accidentes terrestres, transporte y salud Brigadas de Desastres naturales Tipos de accidentes y/o emergencia posibles durante la fase de construcción del proyecto. A continuación se enlistan los accidentes y/o emergencias que pueden presentarse durante la construcción del proyecto

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