DEPENDENCIA. SUBSECRETARÍA DIRECCiÓN OFICIO EXPEDIENTE R.F.C.

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1 DIRECCiÓN FISCALIZACiÓN FIS-A-II-1473/14 : ASUNTO: Se determina el crédito fiscal que se indica. RIVERA J\.1ELENDREZYAZMIN DEL ROCIO Adelita No. 215 Francisco E. García Zacatecas, Zac. C.P Esta Secretaría de Finanzas del Estado de Zacatecas, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 16 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; en los artículos 13 y 14 de la Ley de Coordinación Fiscal; en el ejercicio de las facultades fiscales de carácter público, previsto en lo dispuesto en las cláusulas Primera, Segunda primer párrafo, fracciones 1, 11,V Y VI, Tercera, Cuarta párrafos primero, segundo y último, Octava primer párrafo, fracción I incisos b) y d), y fracción 11inciso a), Novena primer y quinto párrafos, fracción I incisos a) y e), Décima párrafo primero, fracciones I y III del Convenio de Colaboración Administrativa en Materia Fiscal Federal, celebrado por el Gobierno Federal por conducto de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y el Gobierno del Estado de Zacatecas, con fecha 26 de febrero de 2009, publicado en el Diario Oficial de la Federación con fecha 19 de mayo de 2009 y en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Zacatecas de fecha 23 de mayo de 2009; en el suplemento del 3 al 41; artículos 8 y 1 17 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Zacatecas publicada en el suplemento del Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Zacatecas el 11 de julio de 1998, con últimas reformas publicadas en el mismo Órgano Oficial el 19 de abril de 2008, en relación con los artículos 1, 3, 17, 22 fracción Y 25 fracciones III, XXVI. XXVII, XXVIII Y XXXVIIde la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Zacatecas, publicada en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Zacatecas, el día 04 de agosto de 2012 en el suplemento No. 3 al No. 62; del Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Zacatecas; artículos 9, 10, 13, 25 fracción 11y último párrafo, 32 fracciones IV y IX, 39 Y 41 del Código Fiscal del Estado de Zacatecas publicado en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Zacatecas el día 29 de diciembre de 1984, reformado y adicionado según publicación en el mismo Órgano Oficial de fecha 9 de enero de 1988,30 de diciembre de 1998 y el 28 de diciembre de 2013, Decreto 41; artículos 1, 2, 3 fracciones IV, V Y VIII, 4 fracción n, inciso b), 5, 6 fracciones XIV, XV Y xxn, 21 fracción u, 24 fracciones u. VII, X, XVI, XV, XXVIIIY XXX Y 25 del Reglamento Interior de la Secretaría de Finanzas del Gobierno del Estado de Zacatecas. publicado en el Periódico Oñcial del Gobierno del Estado de Zacatecas, en el suplernento número 7 al número 25 de.+

2 FIS-A-Il-1473/14 Asunto. - Hoja 2 fecha 27 de marzo del 2013 Y los artículos 38, 42 primer párrafo: 48 fracción IX, 50, 51, 63 Y 70 del Código Fiscal de la Federación, y ejercidas las facultades de comprobación previstas en el artículo 42 fracción II del propio Código Fiscal de la Federación, esta Secretaría de Finanzas procede a determinar el crédito fiscal en materia de Impuesto Sobre la Renta, Impuesto al Valor Agregado e Impuesto Empresarial a Tasa Única por el ejercicio fiscal del O 1 de enero de al 31 de diciembre de 201 1, por el que se hubiera o debieron haber sido presentadas las declaraciones mensuales y la declaraciones anual del ejercicio sujeto a revisión, derivado de la revisión de gabinete practicada al amparo de la orden número GIF /2013, contenida en el oficio número FIS-A-i-0992/13 de fecha 23 de septiembre de 2013, girada por el Secretariode Fianzas del Estado de Zacatecas, Ing. Fernando Enrique Soto Acosta, mismo que fue notificado por estrados el día 08 de noviembre del 2013 en los estrados de la Dirección de Fiscalización dependiente de la Secretaría de Finanzas, ubicada en Boulevard Héroes de Chapultepec No Ciudad Gobierno en virtud de que la contribuyente y/o su representante legal no se encuentran localizables en el domicilio fiscal proporcionado para efectos del Registro Federal de Contribuyentes, y se ignora su ubicación actual ya que no existen antecedentes en esta Secretaríaque muestre algún cambio de domicilio, tal como consta en acta circunstanciada de fecha 25 de septiembre de 2013, levantada por el C. Manuel Hernández Saucedo, en ese entonces personal adscrito a la Dirección de Fiscalización. por lo tanto al ubicarse dicho contribuyente en el supuesto contemplado en la fracción III del artículo 134 del Código Fiscal de la Federación esta autoridad procedió a fijar en los estrados de la Dirección de Fiscalización, dependiente de la Secretaria de Finanzas, durante 15 días hábiles desde el día 16 de octubre del 2013, el oficio FIS-A-i-0992/13 de fecha 23 de septiembre de 2013, según acta de notificación por estrados levantada a folio , Y mediante el cual se solicita la documentación ahí citada la contribuyente revisada C. Yazmin del Rocío Rivera Melendrez. y una vez transcurrido el plazo establecido en el artículo 139, del Código Fiscal de la Federación, se tiene como fecha de su notificación del oficio FIS-A-I-0992/13, el día 08 de noviembre del 2013, levantándose su respectiva acta de constancia de notificación por estrados con folios , Y ; Y en dicho oficio se le solicita a la contribuyente que exhiba la declaración del ejercicio fiscal comprendido del 1 de enero de al 31 de diciembre de 201 1, así como diversa documentación e información relativa a la misma, que se señala a continuación:

3 ~---- DEPENDENCIA SECRETARÍADE FINANZASDEL ESTADODE ZACATECAS FIS-A-II-1473/14 GIF /20 13 Asunto.- Hoja 3 1) Fotocopia legible y original, para su cotejo, del aviso de inscripción al registro federal de contribuyentes, así como todos los avisos presentados de modificación al mismo. 2) Fotocopia legible y original, para su cotejo de las declaraciones provisionales, declaraciones definitivas y anualtes): y en su caso complementarias así como solicitudes de devolución de saldos a favor y avisos de compensación presentadas en su caso del ejercicio sujeto a revisión. 3) Libros de contabilidad, discos magnéticos, etc. 4) Pérdidas fiscales aplicadas, así como pérdidas fiscales pendientes de amortizar. 5) Fotocopia legible y original, para su cotejo de la Declaración Informativa anual de sueldos y salarios y subsidio para el empleo. 6) Integración analítica y mensual de los ingresos y del valor neto de los actos o actividades, con su respectiva documentación comprobatoria. 7) Integración analítica y mensual de sus compras, deducciones e impuesto al valor agregado acreditable, con su respectiva documentación comprobatoria. 8) Fotocopias legibles de los estados de cuenta bancarios. 9) Incluir hoja de trabajo de la determinación de los impuestos. 10)Contratos Vigentes. 11)Copia de las tarifas aplicadas. 12)Archivo de sus comprobantes fiscales electrónicos de Ingresos y Deducciones. Mediante oficio de observaciones número FIS-A-II-645/14 de fecha 13 de junio de 2014, girado por el L.C. y M.F. Álvaro Puente Ruvalcaba, en ese entonces Director de Fiscalización, mismo que fue notificado por estrados el día 27 de agosto de 2014, en los estrados de la Dirección de Fiscalización dependiente de la Secretaría de Finanzas, ubicada en Boulevard Héroes de Chapultepec No Ciudad Gobierno en virtud de que la contribuyente y/o su representante legal no fueron localizables en el domicilio fiscal proporcionado para efectos del Registro Federal de Contribuyentes, y se ignora su ubicación actual ya que no existen antecedentes en esta Secretaría que muestre algún cambio de domicilio, tal como consta en actas circunstanciadas de fecha 09 y 10 de julio de 2014, levantada por el C. Rubén Sandoval Casillas, personal adscrito a la Dirección de Fiscalización, por lo tanto al ubicarse dicho contribuyente en el supuesto contemplado en la fracción III del artículo 134 del Código Fiscal de la Federación esta autoridad procedió a fijar en los estrados de la Dirección de Fiscalización, dependiente de la

4 FIS-A-Il-1473/14 Asunto.- Hoja 4 Secretaría de Finanzas, durante 15 días hábiles desde el día 05 de agosto de 2014, el oficio FIS A-I1-645/ 14 de fecha 13 de junio de 2014, según acta de notificación por estrados levantada a folios , , Y , mediante el cual se le da a conocer las observaciones determinadas en la revisión a la C Yazmin del Rocio Rivera Melendrez, contribuyente revisada y una vez transcurrido el plazo establecido en el artículo 139, en relación con el artículo 134 fracción III del Código Fiscal de la Federación, se tiene como fecha de su notificación del oficio FIS-A-I1-645/14,el día 27 de agosto de 2014, levantándose su respectiva acta de constancia de notificación por estrados con folios , Y se dio cumplimiento a lo establecido en el artículo 48 primer párrafo fracción IV, del Código Fiscal de la Federación, dándole a conocer los hechos u omisiones conocidos, que entrañaron incumplimiento de las disposiciones fiscales, en relación a la revisión a su contabilidad efectuada por esta autoridad por el ejercicio comprendido del 1 de enero de al 31 de diciembre de 201 1, habiéndole otorgado el plazo legal señalado en la fracción \11, del mencionado artículo, se concluye lo siguiente: CONSIDERANDO ÚNICO En virtud de que la contribuyente no presentó ante esta Dirección de Fiscalización, dependiente de la Secretaríade Finanzas del Estado de Zacatecas, documentos, libros o registros dentro del plazo señalado en el artículo 48 primer párrafo, fracción \11, del Código Fiscal de la Federación, no ejerciendo a su favor el derecho concedido en dicho precepto, se le tienen por consentidos en términos del segundo párrafo del propio artículo 48, fracción VI, del mismo ordenamiento, los hechos consignados en el mencionado oficio de observaciones, que se reseñan a continuación: En virtud de que la C. Yazmin del Rovio Rivera Melendrez contribuyente revisada no proporcionó la información solicitada en el ofícto número FIS-A-i-0992/13 de fecha 23 de septiembre de 2013, dentro del plazo de quince días contados a partir del día siguiente a aquel en que surtió efectos la notificación del oficio otorgado de conformidad con lo establecido en el artículo 53 primero y segundo párrafos inciso C), del Código Fiscal de la Federación vigente. No obstante que el oficio a que se hace referencia en el párrafo anterior, quedó formalmente notitlcado según constancia de notificación por estrados el día 08 de noviembre de 2013, en el

5 FIS-A-Il-1473/14 Asunto.- Hoja 5 plazo en que el mismo se le concedió, no suministró los datos, informes y documentación que le fueron solicitados, motivo por el cual en el oficio número FIS-A-JI-1520/13 de fecha 12 de diciembre de 2013 de conformidad con lo dispuesto en los artículos 70 del Código Fiscal de la Federación y en virtud de que el contribuyente revisado infringió el artículo 85 fracción 1, del Código Fiscal de la Federación se le impuso una primer multa, prevista en el artículo 86 fracción l del Código Fiscal de la Federación misma que fue notificada por estrados el día 17 de febrero del 2014, en virtud de que la contribuyente no fue localizable en el domicilio manifestado ante el Registro Federal de Contribuyentes, tal corno consta en acta circunstanciada de fecha 20 de enero de 2014, levantada por el e. víctor Hugo Serrano García, personal adscrito a la Dirección de Fiscalización, por lo tanto esta autoridad procedió a fijar en los estrados de la Dirección de Fiscalización, dependiente de la Secretaria de Finanzas, durante 15 días hábiles desde el día 17 de febrero del 2014, el oficio FIS-A-JI-1520/13de fecha 12 de diciembre de 2013, según acta de notificación por estrados levantada a folios , Y mediante el cual se le impone la multa que ahí se indica a la C Yazmin del Rocio Rivera Melendrez, contribuyente revisada según y una vez transcurrido el plazo establecido en el artículo 139, en relación con el artículo 134 fracción III ambos del Código Fiscal de la Federación, se tiene corno fecha de notificación del oficio FIS-A-JI-1520/13, el 17 de febrero del 2014 según acta de constancia de notificación por estrados levantada con folios , Y Mediante oficio número FIS-A-JI-1520/13 de fecha 12 de diciembre de 2013, notificado por estrados el día 17 de febrero del 2014, expedido por el L.C. y M.F. Álvaro Puente Ruvalcaba, en ese entonces Director de Fiscalización de la Secretaría de Finanzas del Estado de Zacatecas, se le concedió un plazo adicional de quince (15) días, para que proporcionara la información y documentación solicitada, y a razón de haber vencido el plazo otorgado y no haber cumplido can lo solicitado, incurre en reincidencia y se hizo acreedora a que se le sancione por segunda vez por la comisión de la infracción que da corno consecuencia el incumplimiento a que se hace referencia. En virtud de que infringió el artículo 85 fracción 1del Código Fiscal de la Federación, se hace acreedor a la imposición de la multa máxima mediante oficio número FIS-A-I1-388/14 de fecha 14 de marzo de 2014, expedido por el i..c. y M.F. Álvaro Puente Ruvalcaba, en eses entonces Director de Fiscalización de la Secretaría de Finanzas del Estado de Zacatecas, establecida en el artículo 86 fracción l del mismo código, misma que fue notificada por estrados en virtud de que

6 FIS-A-U-1473/14 Asunto.- Hoja 6 el contribuyente no fue localizable en el domicilio señalado para efectos del Registro Federal de Contribuyentes, tal como consta en la acta circunstanciada de fecha 18 de marzo de 2014, levantada por el C. Manuel Hernández Saucedo, en ese entonces personal adscrito a la Dirección de Fiscalización, por lo tanto esta autoridad procedió a fijar en los estrados de la Dirección de Fiscalización, dependiente de la Secretaria de Finanzas, durante 15 días hábiles desde el día 15 de abril del 2014, el oficio FIS-A-Il de fecha 14 de marzo de 2014, según acta de notificación por estrados levantada con folios , Y , mediante el cual se le impone la multa que ahí se indica a la C. Yazmin del Rocio Rivera Melendrez, contribuyente revisada y una vez transcurrido el plazo establecido en el artículo 139, en relación con el artículo 134 fracción III ambos del Código Fiscal de la Federación. se tiene como fecha de notificación del oficio FIS-A-Il-388/14, el 15 de abril del 2014, según acta de constancia de notificación por estrados con folios , Y Derivado de lo anterior cabe mencionar que la contribuyente revisada no proporcionó la información solicitada en el oficio número FIS-A-I-0992/13 de fecha 23 de septiembre 2013 hasta la fecha de emisión del presente oficio de liquidación. Es importante señalar que la contribuyente revisada le fueron solicitados, mediante oficio número oficio número FIS-A-I-0992/13 de fecha 23 de septiembre de 2013, girado por el Secretario de Finanzas del Estado de Zacatecas lng. Fernando Enrique Soto Acosta; mismo oficio que fue notificado por estrados el día 08 de noviembre del 2013 en virtud de que la contribuyente ylo su representante legal no se encuentran localizables en el domicilio manifestado para efectos del Registro Federal de Contribuyentes, tal como consta en acta circunstanciada de fecha 25 de septiembre de 2013, levantada por el C. Manuel Hernández Saucedo, en ese entonces personal adscrito a la Dirección de Fiscalización, los libros de contabilidad, los cuales la contribuyente revisada tiene la obligación de llevar, dado que se encuentra sujeto a llevar contabilidad de conformidad con el Código Fiscal de la Federación, su Reglamento y el Reglamento de la Ley del Impuesto Sobre la Renta todos ellos vigentes en el ejercicio sujeto a revisión, conforme a lo establecido en el artículo 86 primer párrafo fracción I de la Ley del Impuesto Sobre la Renta vigente en el ejercicio fiscal sujeto a revisión, así como a lo establecido en el artículo 18 primer párrafo fracción I de la Ley de Impuesto Empresarial a Tasa Única y al artículo 32 primer párrafo fracción I de la Ley del Impuesto al Valor Agregado, ambos ordenamientos vigentes en el ejercicio 201 1; por lo que se encontraba obligada a llevar los

7 FIS-A-II-14 73/14 Asunto.- Hoja 7 sistemas y registros contables señalados en el Reglamento del Código Fiscal de la Federación, esto de acuerdo a lo que señala el artículo 28 primer párrafo fracción I del Código Fiscal de la Federación vigente en el ejercicio fiscal sujeto a revisión, para lo cual el artículo 29 primer párrafo del Reglamento del Código Fiscal de la Federación vigente en el ejercicio sujeto a revisión, señala que los sistemas y registros contables deberán llevarse por los contribuyentes mediante los instrumentos, recursos y sistemas de registro o procesamiento que mejor convenga a las características particulares de la actividad del contribuyente, en relación a lo cual el artículo 30 del Reglamento del Código Fiscal de la Federación citado establece que los contribuyentes podrán usar indistintamente los sistemas de registro manual, mecanizado o electrónico y que cuando se adopte el sistema de registro manual o mecánico, el contribuyente deberá llevar cuando menos el libro diario y mayor, y tratándose de sistema de registro electrónico llevarán como mínimo el libro mayor. Por lo anterior la contribuyente revisada C Yazmin del Rocio Rivera Melendrez no proporcionó la información y documentación solicitada mediante oficio número FIS-A-I-0992/ 13 de fecha 23 de septiembre de girado por el Secretario de Finanzas del Estado de Zacatecas Ing. Fernando Enrique Soto Acosta, dentro del plazo de quince días ya citados de acuerdo a lo establecido en el artículo 53 primer y segundo párrafos inciso C), del Código Fiscal de la Federación, notificado por estrados el día 08 de noviembre del 2013 en virtud de que la contribuyente no fue localizable en el domicilio manifestado para efectos del Registro Federal de Contribuyentes, tal como consta en acta circunstanciada de fecha 25 de septiembre de 2013, levantada por el C. Manuel Hernández Saucedo, en ese entonces personal adscrito a la Dirección de Fiscalización, por lo anterior esta autoridad solicitó información a la Comisión Nacional Bancaria y de Valores mediante oficio número FIS-A-III-181/20 13 de fecha 05 de diciembre de 2013, en donde se solicita una búsqueda a nivel nacional de todas las Instituciones de Crédito de tal manera que se envíen copia fotostática de los estados de cuenta bancarias que se encuentren abiertas a nombre de la contribuyente revisada C. Yazmin del Rocío Rivera Melendrez, correspondiente a los meses de enero de a diciembre de 201 1, información requerida en el desahogo de la revisión, a lo que la Comisión Nacional Bancaria y de Valores contestó y proporcionó a esta Dirección de Fiscalización dependiente de la Secretaría de Finanzas del Estado de Zacateca. proporcionando a esta Secretaría de Finanzas del Estado de Zacatecas mediante oficio número /TMD /20 14, expediente número 01/HV- 1077/14 de fecha 06 de febrero de 2014, recibido en la Secretaríade Finanzas del Gobierno del

8 FIS-A-I1-1473/14 Asunto.- Hoja 8 Estado de Zacatecas el día 20 de febrero de 2014, según sello de recibido al margen superior izquierdo de dicho oficio, en el cual remite y anexa fotocopia de los estados de cuenta bancarios a nombre de la contribuyente revisada Yazmin del Rocio Rivera Melendrez, de la Institución Bancaria denominada BBVA Bancomer SA, con número de cuenta de los meses de enero de 201 I a diciembre de 20 I 1, así como oficio número 214-3/TMD /2014, expediente número 01 /HV-I 077/14 de fecha 1I de febrero de 2014, recibido en la Secretaría de Finanzas del Estado del Gobierno del Estado de Zacateca s el día 25 de febrero de 2014, según sello de recibido al margen superior izquierdo de dicho oficio, en el cual remite y anexa fotocopia de los estados de cuenta bancarios a nombre de la contribuyente revisada Yazmin del Rocio Rivera Melendrez, de la Institución Bancaria denominada Banco Mercantil del Norte SA, con número de cuenta de los meses de enero de a diciembre de 201 1, así mismo, esta autoridad solicitó información por aportación de datos por terceros a la contribuyente Concreto Lanzado de Fresnillo, SA de CV, mediante oficio número FIS-A-I-O138/14 de fecha 13 de febrero de 2014, en donde se ordena la práctica de visita domiciliaria en relación a operaciones en su carácter de tercero, ha llevado a cabo con la contribuyente Yazmin del Rocio Rivera Melendrez, con, con domicilio en Adelita No. 215, Francisco E. García. Zacatecas, Zac., por el ejercicio fiscal del 1 de enero de al 31 de diciembre de Y al C. Juan Carrera Portillo mediante oficio número FIS-A-l- 0139/14 de fecha 13 de febrero de 2014, en donde se ordena la práctica de visita domiciliaria en relación a operaciones en su carácter de tercero, ha llevado a cabo con la contribuyente Yazmin del Rocio Rivera Melendrez. con, con domicilio en Adelita No. 215, Francisco E. García, Zacatecas, zac., por el ejercicio fiscal del 1 de enero de 201 I al 31 de diciembre de 201 I. Derivado de lo anterior, se hacen constar en este oficio los siguientes: HECHOS y OMISIONES CAUSALESPARA LA DETERMINACIÓNPRESUNTNADE LOS Por lo anterior esta Autoridad, determina que la Contribuyente Revisada Yazmin del Rocio Rivera Melendrez, se encuentra en causal de determinación presuntiva de los ingresos acumulables y utilidad fiscal para efectos de Impuesto Sobre la Renta, de los ingresos gravados

9 FIS-AU-1473/14 GIF /2013 Asunto.- Hoja 9 para efectos de Impuesto Empresarial a Tasa Única y del valor de los actos o actividades para efectos de Impuesto al Valor Agregado, establecida en el artículo 55 primer párrafo fracciones I y II del Código Fiscal de la Federación, mismo ordenamiento legal que establece que las autoridades fiscales podrán determinar presuntivamente el valor de actos o actividades cuando los contribuyentes omitan o no presenten los libros y registros de contabilidad, la cual la contribuyente se encuentra obligada a llevar de conformidad a lo establecido en los artículos 133 primer párrafo, fracción III de la Ley del Impuesto Sobre la Renta vigente en el ejercicio fiscal sujeto a revisión, así como a lo establecido en el artículo 18 primer párrafo fracción I de la Ley de Impuesto Empresarial a Tasa Única y al artículo 32 primer párrafo fracción I de la Ley del Impuesto al Valor Agregado, ambos ordenamientos vigentes en el ejercicio 201 1: por lo que se encontraba obligada a llevar los sistemas y registros contables señalados en el Reglamento del Código Fiscal de la Federación, esto de acuerdo a lo que señala el artículo 28 primer párrafo fracción 1 del Código Fiscal de la Federación vigente en el ejercicio fiscal sujeto a revisión, para lo cual el artículo 29 primer párrafo del Reglamento del Código Fiscal de la Federación vigente en el ejercicio sujeto a revisión, por lo que el valor de los actos o actividades se determinó de conformidad con lo establecido en el artículo 56 primer párrafo fracción IV del Código Fiscal de la Federación ordenamiento que establece en su parte conducente que para efectos de la determinación presuntiva, las autoridades calcularán el valor de los actos o actividades de los contribuyentes con otra información obtenida por las autoridades fiscales en el ejercicio de sus facultades de comprobación. Por lo que la contribuyente revisada al no haber proporcionado la información y documentación requerida consistente en los libros y registros de contabilidad que le fueron solicitados mediante oficio de solicitud de información y documentación número FIS-A-J.0992/13 de fecha 23 de septiembre de 2013, notificado el día 08 de noviembre de 2013, el cual al constituirse en su domicilio, no fue localizable a la contribuyente revisada Yazmin del Rocio Rivera Melendrez en el último domicilio manifestado ante el Registro Federal de Contribuyentes, ubicado en Adelita No. 215, Francisco E. García, Zacatecas, Zac., según acta circunstanciada levantada por el C. Manuel Hernández Sauceda, en ese entonces notificador adscrito a la Dirección de Fiscalización de la Secretaría de Finanzas del Gobierno del Estado de Zacatecas, con fecha 25 de septiembre de 2013, por lo que la notificación del oficio número FIS-A-I-0992/13 de fecha 23 de septiembre de 2013, se efectuó por estrados en el domicilio de la Dirección de Fiscalización de la Secretaría de Finanzas del Gobierno del Estado, que es el ubicado en Boulevard Héroes de

10 FIS-A-Il 1473/14 Asunto.- Hoja 10 Chapultepec No. 1902, Ciudad Gobierno de Zacatecas, Zac., de conformidad con lo establecido en el artículo 139, en relación con el artículo 134 fracción III ambos del Código Fiscal de la Federación, fijándose el oficio FIS A-I 0992/ 13 de fecha 23 de septiembre de 2013, emitido por el Ing. Fernando Enrique Soto Acosta en su carácter de Secretario de Finanzas del Estado de Zacatecas, desde el día 16 de octubre de 2013, durante 15 días hábiles, según acta de notificación por estrados levantada con folios , Y , por lo tanto una vez transcurrido el plazo citado surtió efectos de notificación el día 08 de noviembre de 2013, según constancia de notificación por estrados levantada con folios , Y , ya que se contabilizaron los días 17,18,21,22,23,24,25,28,29,30, Y 31 de octubre de 2013, y 4, 5,6 Y 7, de noviembre de 2013, por lo anterior se tiene como fecha de notificación el día 08 de noviembre de 2013, actualiza las causales de determinación presuntiva de sus ingresos establecidas en el artículo 55 primer párrafo fracción II y le serán determinados ingresos presuntos de conformidad con lo establecido en el artículo 56 primer párrafo, fracciones III y IV, ambos ordenamientos del Código Fiscal de la Federación vigentes en el ejercicio revisado, mismas disposiciones legales que en su parte conducente establecen lo siguiente: CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN. "Artículo 55. Las autoridades fiscales podrán determinar presuntivamente la utilidad fiscal de los contribuyentes, o el remanente distribuible de las personas que tributan conforme al Título III de la Ley del Impuesto Sobre la Renta, sus ingresos, y el valor de los actos, actividades o activos, por los que deban pagar contribuciones, cuando: Il. No presenten los libros y registros de contabilidad..." "Artículo 56. Para los efectos de la determinación presuntiva a que se refiere el artículo anterior, las autoridades fiscales calcularán los ingresos brutos de los contribuyentes, el valor de los actos, actividades o activos sobre los que proceda el pago de contribuciones, para el ejercicio de que se trate, indistintamente con cualquiera de los siguientes procedimientos:

11 FIS A-Il-1473/14 Asunto.- Hoja 11 IlI. A partir de la información que proporcionen terceros a solicitud de las autoridades fiscales, cuando tengan relación de negocios con el contribuyente. N.- Con otra información obtenida por las autoridades fiscales en el ejercicio de sus facultades de comprobación." 1.- IMPUESTOSOBRELA RENTA. De las Personas físicas con actividades empresarialesy profesionales. A) Ingresos Acumulables. Ejercicio fiscal revisado.- Del 1 de Enero de 2011 al31 de Diciembre de De la revisión efectuada a los expedientes que obran en poder de esta Secretaríade Finanzas de Gobierno del Estado de Zacatecas a nombre de Yazmin del Rocio Rivera Melendrez. así como de los estados de cuenta bancarios a nombre de Yazmin del Rocio Rivera Melendrez, de la institución bancaria denominada BBVA Bancomer, S.A., por los meses de enero a diciembre todos de 201 1, con número de cuenta , a nombre de la contribuyente revisada; proporcionados por la Comisión Nacional Bancaria y de Valores mediante oficio número /TMD /20 14 de fecha 06 de febrero de 2014, recibido en esta Dirección de Fiscalización dependiente de la Secretaríade Finanzas del Gobierno del Estado de Zacatecas el día 20 de febrero de 2014 según sello que consta al margen superior izquierdo del oficio en cuestión; así corno los estados de cuenta bancarios a nombre de Yazmin del Rocío Rivera Melendrez, de la institución bancaria denominada Banco Mercantil del Norte, por los meses de enero a diciembre todos de 201 1, con número de cuenta , abierta a nombre de la contribuyente revisada; proporcionados por la Comisión Nacional Bancaria y de Valores mediante oficio número /TMD /20 14 de fecha 11 de febrero de 2014, girados por la Lic. Lucila Saúl Hernández en su carácter de Directora General Adjunta de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, recibido en esta Dirección de Fiscalización dependiente de la Secretaría de Finanzas del Gobierno del Estado de Zacatecas el día 25 de febrero de 2014 según sello que consta al margen superior izquierdo del oficio en cuestión; mismos que fueron proporcionados en respuesta a la solicitud de inforrnación y documentación que esta Dirección

12 FIS A-I1-1473/14 Asunto.- Hoja 12. de Fiscalización de la Secretaría de Finanzas del Gobierno del Estado de Zacatecas, mediante oficio FIS A-IlI 18 1/2013 de fecha 05 de diciembre de 2013 emitido por el lng. Fernando Enrique Soto Acosta. Secretario de Finanzas del Gobierno del Estado de Zacatecas, realizada a la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, así como información de aportación de datos por terceros que esta autoridad solicito a la contribuyente Concreto Lanzado de Fresnillo, SA de CV, mediante oficio número FIS A-I-O138/14 de fecha 13 de febrero de 2014, en donde se solicita la práctica de visita domiciliaria en relación a operaciones que en su carácter de tercero, ha llevó a cabo con la contribuyente Yazmin del Rocio Rivera Melendrez, con, con domicilio en Adelita No. 215, Francisco E. García, Zacatecas, Zac., por el ejercicio fiscal del 1 de enero de al 31 de diciembre de Y al C. Juan Cabrera Portillo mediante oficio número FIS-A+O 139/ 14 de fecha 13 de febrero de 2014, en donde se solicita la práctica de visita domiciliaria en relación a operaciones que en su carácter de tercero, ha llevado a cabo con la contribuyente Yazmin del Rocio Rivera Melendrez, con, con domicilio en Adelita No. 215, Francisco E. García, zacatecas. Zac., por el ejercicio fiscal del 1 de enero de al 31 de diciembre de 201 1, por lo anterior se conoció que la contribuyente revisada omitió declarar ingresos acumulables en cantidad de $9'901, resultado de comparar los ingresos acumulables determinados y los ingresos acumulables declarados, como a continuación se describe: CONCEPTO IMPORTE a) Ingresos acumulables determinados presuntivamente $9'901, Menos: b) Ingresos acumulables declarados 0.00 Igual: c) Ingresos omitidos presuntivamente $ 9'901, a).- Ingresos acumulables determinados presuntivamente. Los ingresos acumulables determinados presuntivamente en cantidad de $ 9'901, se describen por concepto de la siguiente manera:

13 FIS-A-II-1473/14 Asunto.- Hoja 13 Concepto Importe 1.- Ingresos determinados S 7'44 1, presuntivamente por facturas de ingresos por aportación de datos por terceros. Más: 2.- Ingresos acurnulables S determinados presuntivamente 2'459, por depósitos bancarios no identificados Igual: Ingresos acumulables S 9'901, determinados presuntivamente 1.- Ingresos acumulables determinados presuntivamente por facturas de ingresos por aportación de datos por terceros relacionados con la contribuyente revisada, en el ejercicio comprendido del de 1 de enero de al 31 de diciembre de A continuación se describen los ingresos acumulables determinados presuntivamente facturas de ingresos por aportación de datos por terceros por la cantidad de S 7'441, por cada contribuyente relacionado: Concepto Importe a.- Ingresos determinados S 7'093, presuntivamente por facturas de ingresos por aportación de datos por terceros de Concreto Lanzado de Fresnillo SA de cv.

14 FIS-A-I1-1473/14 Asunto.- Hoja 14 Concepto Más: Importe b.- Ingresos determinados $348, presuntivamente por facturas de ingresos por aportación de datos por terceros de Juan Cabrera Portillo. Igual: Ingresos acumulables s 7'441, determinados presuntivamente por aportación de datos por terceros. a.- Ingresos acumulables determinados presuntivamente por facturas de ingresos por aportación de datos por terceros de Concreto Lanzado de Fresnillo SA de cv. Mediante oficio número FIS-A-I-O138/ 14 de fecha 13 de febrero de 2014, girado por el lng. Fernando Enrique Soto Acosta. en su carácter de Secretario de Finanzas del Estado de Zacatecas, donde se ordena la práctica de visita domiciliaria a la contribuyente Concreto Lanzado de Fresnillo SA de CV, en relación a operaciones en su carácter de tercero relacionado llevo a cabo con la C. Yazmin del Rocio Rivera Melendrez, el cual fue notificado legal y debidamente el día 18 de marzo de 2014, al C. Luis Alejandro Martínez García,en su calidad de contador y carácter de tercero compareciente de Concreto Lanzado de Fresnillo, SA de CV, según acta parcial de aportación de datos por terceros contenida en los folios números , , , , , Y , de fecha 13 de marzo de 2014, previo citatorio de fecha 12 de marzo de 2014, donde se solicito las operaciones que en su carácter de tercero, ha llevado a cabo con la contribuyente Yazmin del Rocio Rivera Melendrez con registro federal de contribuyente, con domicilio en Adelita No. 215, Francisco E. García,Zacatecas,Zac., por el ejercicio fiscal del 1 de enero de al 31 de diciembre de 201 1, para lo cual proporciono fotocopias de las facturas de compras, de los registros contables y fotocopias de las transferencias de pagos de dichas operaciones por el

15 FIS A II 1473/14 Asunto. Hoja 15 ejercicio fiscal comprendido del 1 de enero de al 31 de diciembre de 201 1, a nombre de la contribuyente revisada C. Yazmin del Rocío Rivera Melendrez, de las cuales se determinan ingresos presuntivamente por la cantidad de $7'093, mismos que se describe mensualmente a continuación. Mes ENEHO Ingresos determinados presuntivamente por facturas por aportación de terceros de Concreto Lanzado de Fresnillo SA de CV $45G FEBRERO MARZO ABRIL 340, MAYO 704, JUNIO 812, JULIO 887, AGOSTO 417, SEPTIEMBRE 850, OCTUBRE $441, NOVIEMBRE DICIEMBRE 397, TOTAL $7,093, Los ingresos acumulables determinados presuntivamente con facturas aportadas por Concreto Lanzado de Fresnillo SA de CV, tercero relacionado con negocios con la C. Yazmin del Rocío Rivera Melendrez, por la cantidad de $ 7'093,448.42, se describe a continuación: CLAVE NÚMERO FECHA RASTREO FACTl'RA FECHA TRANSFE TRANSFE TRANSFE MES CLlE.VTE ;-':L:MERO FACTl'RA IMPORTE!VA TOTAL RENClA RENClA RENClA CONCRETOLANZADO DE E;\IERO FRESNILLOSA DE CV 87 10/01/~011 S69,645.5~ SII S80, /01/ CONCRETOLANZADO DE E;\IERO FRE.. 'inillo SA DE CV 86 07/01/~011 87, , , /01/ CONCHETOL/\N' ADODE E;\IERO FRESNILLOSA DE CV 84 06/01/ , , , l:i /01/

16 FIS-A-II-1473/14 Asunto.- Hoja 16 CLAVE!'."l,'MERO FECHA RASTREO FACTURA FECHA TRANSFE TRANSFE TRA'ISFE MES CLlE1\'TE NL'MERO FACTURA IMPORTE!VA TOTAL RENCIA RENCIA REl'lCIA CONCRETOLANZADODE E!\:ERO FRESNILLOSA DECV 91 24/01/2011 S20,298,44 $3,247,75 S23, /01/ CONCRETOLANZ \DODE ENERO FRESNILLOSA DECV no ~1/OI! ,B ,09~.HO /01/ CONCHETOLA1\'Z:\[)ODE ENERO FRESNII.LOSA DECV BB 19/01 OII 134,4I:UlO 21,5()() , /01/ ENERO S456,882,76 $73, $529,984,00 CO:'lCHETOU\NZADOUI, FEllHl,HO FRESNILLOSA DECV 92 1O/02 ; 011 SI34,41:l.HO SI55, /02/ CONCI,ETOL \NZ \UOUE FEBH1,I,O FIU,-S!\:ILLOSA DECV 94 12/02! , , , /02/ CONCHETO!.\N'ZADODE FEBHEHO FRI,-SNILLOSA DECV 97 19/02/ , , , /02/ CONCRETOL.'\.''ZADODE FEBR,R() FRESNILLOSA DECV 99 22/02! , , , S 23/02/ FEBRERO $ $54, $396, CONCRETOLA:-''Z \DODE MARZO FRES!\:ILLOSA DECV /03! , $21, , /03/ CONCRETOLANZADODE MARZO FRES!\:ILLOSA DECV /03/ , , ,649, /03/ CONCRETOLANZADODE MAHZO FRF_SNlLLOSA DECV /03/ , , ,590, /03/ CO:'lCRETOLANZADODE MARZO FRES:'IILLOSA DECV /03/ , , , /03/ MARZO 5441,331,90 570,613,io $511,945,00 CONCRETOLA!'.'ZADODE \BRIL FHESNILLOSA DECV /04/2011 $43, , $51, /04/ CONCHETO1.A:-'7.ADODE ABRIL FRESNILLOSA DECV /04/ , , /04/ CONCRETOLANZADODE ABRIL FRESNILLOSA DECV /04/ , IS, /04/ CONCHETOLA:-'7.ADODE \BHIL FRI,-S:'IILLOSe\DECV /04/ , , /04/ CONCHETOL:\NZi\DO DE /\BHIL FRES!\:ILLOSA DECV 1~2 26/04/ , , () /04/ ABRIL 5346, , $402,164,20 CO!\:CHETOI.ANZADODE MAYO FRESNILLOSA DECV /05/2011 $21,89(L::;5 S3,503.4G S25, /05/ COr\CRETOI.ANZADODE MAYO FRE..'iNILI.OSA DECV /05/ ,700.0(J 19, , /05/ CONCRETOLA:-''ZADODE Ml\YO FHESNILLOSA DECV /05/ , , , /05/ CONCRETOL"'!'.'ZAI)()DE MAYO FRESNILLOSA DECV /05/ , , , /05/ CONCRETOLANZADODE MAYO FRESNILLOSA DECV /05/ , ,928,00 122, /05/ CONCHETOl.A;'1ZADODE MAYO FRESNILLOSA DECV /05/ , , , /05/ CONCHETOLANZADODE MAYO FRESNILLOSA DECV /05/ ,350,00 25,656,00 186, /05/ MAYO $764,672,41 s 122,347,59 $887,020,00

17 R.F,C, SECRETARiA DE FINANZAS DEL FIS-A-I1-1473/14 Asunto,- Hoja 17 MES CLlE.'\'TE FACTL'RA FECI-IA NL'MERO FACTURA IMPORTE!VA TOTAL NÚMERO TRANSFE RE."1CIA FECHA TRA1'ISFE RE;\ICIA CLAVE RASTREO TRA.'ISFE RENClA.11';\110.I1'NI0.JUNIO.I\'NIO.11';\110.IlNIO JUNIO.IUNIO.I1'NIO.I1'NI0 CONCRETO LANZi\DO DE FHESNILLO S/\ DE CV i{;6 09/06/2011 S34.H4H.96 S5, /06/ CONCRETO U\:'iZ/\DO DE FHESNIU,O Si\ DE CV /0ll/ /06/ CONCRETO Li\NZ/\DO DE FHE.. 'inillo SA DE CV Ill~ 06/06/ ,5ll , /06/ CONCRETO LA,',ZADO DE FHESNILLO SA DE CV /06/ , , /06/ CONCRETO LANZADO DE FRESNILLO SA DE CV /06/ ,H , /06/ CO;\lCRETO LA!\.'ZADO DE FRESNILLO SA DE CV /06/ , , /06/ CONCRETO LANZADO DE FRESNILLO SA DE CV /06/ ,200.ao , /06/ CONCRETO L'\N" ADO DE FRESNILLO SA DE CV /06/ , , , /06/ CONCRETO Li'\"1ZADO DE FHESNILLO SA DE CV /06/ , , , /06/ CONCRETO IAN7ADO DE FRESNILLO SA DE CV /06/ , , /06/ CONCRETO L'\NZ.'\DO DE FHESNILLO SA DE CV / , /06/ JUNIO $812, s 129, $942, Il'UO.11'UD.I1'UO.ni.io.Jl'UO.Il'LlO.lLTUO.n.t.io.Il 'LID CONCRETO LA"1Z,'\DO DE FHESNILLO S,\ DE CV /07/ ,H /07/2011 CONCHETO U\,"1ZADO DE FRESNILLO SA DE CV 1B5 02/07/ , /07/2011 CONCRETO Lo\NZADO DE FHESNILLO SA DE CV /07/ , , , /07/2011 CONCRETO LANZADO DE FHE.. 'inillo SA DE CV / BO ,6BO /07/2011 CONCRETO LAN",\DO DE FHESNILLO S,\ DE CV 2DO 29/07/ ,6HI.90 5, , /07/201 1 CONCRETO LANZ,\DO DE FHES"'ILLO S,\ DE CV /07/ , ,592,00 105, /07/2011 CONCHETO LAN".I.ADO DE FHES"'ILLO SA DE CV /07/ , , /07/2011 CO;-';CRETO IAN"/ADO DE FHESNILLO SA DE CV /07/2011 I02, , /07/2011 CONCRETO L,\N'.l.ADO DE FHESNILLO SA DE CV ioo 18/07/2011 5, , /07/2011 JULIO $887, , SI,029, H884 CONCRETO Li\NZADO DE AGOSTO FRESNILLO SA DE CV /08/2011 S104, SI6, S121, /08/ CONCRETO L.A1\'ZADO DE AGOSTO FRESNILLO SA DE CV /08/ , /08/ CONCR,,",O LANZADO DE AGOSTO FRESNILLO SA DE CV /08/ , , /08/ AGOSTO CO!\.'CRETO L'\N'lADO DE FHESNILLO SA DE CV /08/ , , /08/ AGOSTO $417, , $483, CONCRETO L,\N" '\!)O DE SEIYI'IEMBHE FHESNILI.O SA DE CV 22:; 01/09nOII 5117.!l40.00 S18.H70.40 CONCHETO LANZADO DE SEPTIl'óMBRE FHESNILLO SA DE CV 2:31 03/09/201 1 CONCHETO L:\N"lADO DE SEfyrU,MBRE FHESNILLO Si\ m, CV /()!)/ H08.2H 114, H , /09/ , /09/ /09/

18 FIS-A-II-1473/14 Asunto.- Hoja 18 CLAVE 1o.'L'MERO FECHA RASTREO MES CLlEJ'o.'TE FACTURA FECHA TRAl\ISFE TRANSFE TRANSFE NLJMERO FACTURA IMPORTE NA TOTAL RENCIA RENCIA RENCIA CONCRETOLANZADODE SEPTIEMBRE FRESNILLOSA DECV 2: 8 02/09/2011 $ $19, $138, /09/ CONCRETOLANZADODE SEPTIE1'IBRE FRESNILLOSA DECV /09/2011 6, , /09/ CONCRETOLAI\'ZADODE SEPTIEMBRE FRESNILLOSA DECV /09/201 I 132, , , /09/ CONCRETOLAI\7.ADODE SEPTIEMBRE FRES:-<ILLOSA DECV /09/ , , /09/201 I CONCRETOLANZADODE SEf'TIEMBRE FRESNILLOSA DECV /09/ , , /09/ CONCRETOLANZAJ)ODE SEPTIEMBRE FRES/,;ILLOSi\ DECV 243 W/09/ , , /09/ CONCRETOLi\NZADODE SEPTIEMBRE FRESNILLOSA DECV 24H 24/UlJ/ , /09/201 I COl\:CRETOU\NZAJlO DE SEI'TIF:MBRE FRES:-"ILLOSA DECV /09/2011 8, /09/ SEPTIEMBRE $850, $136, S986, CO:-"CRETOLA:-<ZAJ)()DE OCT1'BRE FRESNILLOSA DECV / IrJ/20 11 S9, S S10, /10/ CO:-"CRETOL'\:-''ZAUODE OCTlIBRE FRESNILLOSA DECV 2Gb 06/10/ ,2(JO.OO 14, , /10/ CONCRETOLANZADODE OCTl'BRE FRESNILLOS.'\DE CV /10/ , , /10/ CONCRETOl.AIo.'ZADODE OCT1IBRE FRE..<;NII}JlSA DECV /10/ , ,560.00!:14, /10/ CONCRETOLANZADODE OCTUBHE FHESNILLOSA DECV /10/ , , , /10/ CONCRETOL'\Io.'ZADODE OCTUBRE FRESNilLO SA DECV /10/ , /10/ OCTUBRE $ $70, S CONCRLoTOLA1'<'ZADODE NOVIEMBRE FRESNILLOSA DECV /11/2011 S139, S22, S161, /11/ CONCRETOLA."''ZADODE NOVIEMBRE FRESNILLOSA DECV /11/ , , /11/ CONCRETOLANZADODE NOVlF;MBRE FRESNILLOSA DECV /11/ , , , /11/ CONCRETOLAI\'ZADODE NOVIEMBRE FRESNILLOSA DECV /11/ , , , /11/ CONCRETOLANZADODE NOVIEMBRE FRESl\:Il.LOS.'\ DECV :«;8 02/11/ , , /11/ CONCRETOLA.W.AJ)ODE NOVIEMBRE FRES:--IILLOSA DECV 21<7 26/11/ , , , /11/ CONCHi,TOLANZADODE NOVIEMBRE FHESNIU.OSA DECV /11/ , /11/201 I CONCHl,TO1..A1o.'Z,'\DO DE NOVIEMBRE FRESNU.OSA DECV 2H6 2S/11/ ()()0.OO /11/ CONCHETOLANZADODE NOVlEM13HE I'RE..<;1\:LLOSA DECV 2H9 2H/ll/ ,3G2.41 2, /11/ :--;OVlE.\1BRE S936, S149, SI,086, CONCRI.'TOLANZADODE DICIEMBRE FRESNILLOSA DECV /12/2011 $12, S2, S14, /12/ CO;\/CRETOL'\NZADO DE DICIEMBHE FRE..<;NILLOSA DECV :lol 06/12/ noo W,OOO.OO /12/201 I 98010

19 ESTADO DE ZACA TECAS FIS-A-II-1473/14 Asunto.- Hoja 19 CLAVE NÚMERO FECHA RASTREO FACTt.:RA FECHA TRANSFE TRANSFE TRANSFE MES CLlE... 'TE NÚMERO FACTL'RA IMPORTE NA TOTAL REr" CIA RENCIA RENCIA CO:-';CRIc."TOLA:>''ZADO DE DICIEMBRE FRESNILLO S,\ DE cv /12/2011 SI SI o /12/ CONCHETO LANZADO DE DICIEMBHE FRESNILLO SA DE CV /12/ , /12/ CONCHETO LA:--.'Zl\[)() DE DICIEMBHE FHES",ILLO Si\ DE CV /12/ H2,(j /12/ DICIEMBRE $ S S GRA... TOTAL $ s $8' Los ingresos determinados presuntivamente, por la cantidad de S 7'093,448.42, se conocieron de las facturas de compras que la Contribuyente Concreto Lanzado de Fresnillo SA de CV, proporciono a esta Autoridad, a través de aportación de datos por terceros relacionados con la contribuyente revisada, de acuerdo al artículo 56 primer párrafo, fracción 1IIdel Código Fiscal de la Federación vigente en el ejercicio sujeto a revisión. La contribuyente revisada tiene la obligación del pago del impuesto sobre la renta de conformidad con las disposiciones fiscales como lo establecen los artículos 120 primer párrafo fracción I y 122 primero y segundo párrafos, de la Ley del Impuesto Sobre la Renta vigente en el ejercicio sujeto a revisión, mismos preceptos que se transcriben a continuación en su parte conducente: LEY DEL IMPUESTOSOBRELA RENTA. "Artículo 120. Están obligadas al pago del irnpuesto establecido en esta Sección, las personas físicas que perciban ingresos derivados de la realización de actividades empresariales o de la prestación de servicios profesionales. 1.- Ingresos por actividades empresariales, los provenientes de la realización de actividades comerciales, industriales, agrícolas, ganaderas, de pesca o silvícolas." "Artículo 122. Para los efectos de esta Sección, los ingresos se consideran acumulables en el momento en que sean efectivamente percibidos.

20 FIS-A-II-1473/14 Asunto.- Hoja 20 Los ingresos se consideran efectivamente percibidos cuando se reciban en efectivo, en bienes o en servicios, aun cuando aquéllos correspondan a anticipos, a depósitos o a cualquier otro concepto, sin importar el nombre con el que se les designe... b.- Ingresos acumulables determinados presuntivamente por facturas de ingresos por aportación de datos por terceros de Juan Cabrera Portillo. Mediante oficio número FIS-A.J.O139/14 de fecha 13 de febrero de 2014, girado por el Ing. Fernando Enrique Soto Acosta, en su carácter de Secretario de Finanzas del Estado de Zacatecas, donde se ordena la práctica de visita domiciliaria al contribuyente C. Juan Cabrera Portillo, en relación a operaciones en su carácter de tercero relacionado llevo a cabo con la C. Yazmin del Rocio Rivera Melendrez, el cual fue notificado legal y debidamente el día 06 de marzo de 2014, al C. Juan Cabrera Portillo, en su calidad de contribuyente visitado, según acta parcial de de aportación de datos por terceros contenida en los folios números , , , Y , de fecha 06 de marzo de 2014, previo citatorio de fecha 05 de marzo de 2014, donde se solicito las operaciones que en su carácter de tercero, ha llevado a cabo con la contribuyente Yazmin del Rocio Rivera Melendrez con registro federal de contribuyentes, con domicilio en Adelita No. 215, Francisco E. García, Zacatecas,Zac., por el ejercicio fiscal del 1 de enero de al 31 de diciembre de 201 1, para lo cual proporciono fotocopias de las facturas de compras, de los registros contables y fotocopias de las transferenciasde pagos de dichas compras por el ejercicio fiscal comprendido del 1 de enero de al 31 de diciembre de 201 1, a nombre de la contribuyente revisada C. Yazmin del Rocio Rivera Melendrez, de las cuales se determinan ingresos presuntivamente por la cantidad de $348, mismos que se describe mensualmente a continuación. Mes Ingresos determinados presuntivamente por facturas por aportación de terceros de Juan Cabrera Portillo Enero $0.00 Febrero 0.00

21 FIS-A-Il-1473/14 GIF /2013 Asunto.- Hoja 21 Mes Ingresos determinados presuntivamente por facturas por aportación de terceros de Juan Cabrera Portillo Marzo $0.00 Abril 0.00 MélYO Junio Julio 0.00 Agosto 0.00 Septiembre Octubre Noviembre 0.00 Diciembre H Total $ Los ingresos acumulables determinados presuntivamente con facturas aportadas por el C. Juan Cabrera Portillo. tercero relacionado con negocios con la C. Yazmin del Rocio Rivera Melendrez contribuyente revisada por la cantidad de S 348,165.75, se describe a continuación: CLAVEDE FACTURA FECHA NÚMERODE FECHADE RASTREODE LA MES CLIENTE NÚMERO FACTURA IMPORTE IVA TOTAL TRA."ISFEREJ\'CIATRASFERENCIA TRA."ISFEREJ\'CIA JUANCABRERA MAYO PORTILLO /05/ , /05/ JUANCABREHA.ILiNIO PORTILLO /06/201 I 536, , , /06/201 I 622.IL:ANCABREHA SEPTIEMBHE POHTILLO /09/ , , , /09/ JUANCABHEHA OCTUBHE POHTILLO /10/ , ,691,59 570,264, /10/ lUANCABHEHA DICIEMBHE POHTILLO 295 LV 12/ , , , /12/ GRA.,\; TOTAL 5348, , ,872,28

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