REPÚBLICA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR

Tamaño: px
Comenzar la demostración a partir de la página:

Download "REPÚBLICA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR"

Transcripción

1 RPC-SO-38-No EL CONSEJO DE EDUCACIÓN SUPERIOR Considerando: el artículo 353 de la Constitución de la República del Ecuador, establece: "El sistema de educación superior se regirá por: 1. Un organismo público de planificación, regulación y coordinación interna del sistema y de la relación entre sus distintos actores con la Función Ejecutiva (... )"; el artículo 166 de la Ley Orgánica de Educación (LOES), dispone: "El Consejo de Educación es el organismo de derecho público con personería jurídica, con patrimonio propio, independencia administrativa, financiera y operativa, que tiene por objetivo la planificación, regulación y coordinación interna del Sistema de Educación, y la relación entre sus distintos actores con la Función Ejecutiva y la sociedad ecuatoriana (... )"; mediante Resolución RPC-SE-13-No , de 21 de noviembre de 2013, publicada en la Gaceta Oficial del CES el 28 de noviembre de 2013, el Pleno de este Consejo de Estado aprobó el Reglamento de Régimen Académico, reformado a través de resoluciones RPC-SO-13-No , de 09 de abril de 2014; RPC-SO-45-No , de 17 de diciembre de 2014, publicado en la Gaceta Oficial del CES el 13 de enero de 2015; RPC-SO-18-No , de 06 de mayo de 2015; RPC-SO-22-No , de 10 de junio de 2015; RPC-SO- 31-No , de 02 de septiembre de 2015; RPC-SO-34-No , de 23 de septiembre de 2015; RPC-SE-03-No , de 22 de marzo de 2016; RPC-SO-17-No , de 04 de mayo de 2016, publicado en la Gaceta Oficial del CES el 20 de mayo de 2016; RPC-SO-42-No , de 23 de noviembre de 2016; RPC-SO-45-No , de 14 de diciembre de 2016; y, RPC-SO-l0- No , de 22 de marzo de 2017, publicado en la Gaceta Oficial del CES el 31 de marzo de 2017; el artículo 32 del Reglamento de Régimen Académico, prescribe: "Los proyectos de carreras y programas serán presentados, analizados y aprobados de conformidad con la normativa que para el efecto expida el CES (... )"; el artículo 78 del Reglamento de Régimen Académico, prescribe: "Se entenderá como pertinencia de carreras y programas académicos al cumplimiento del principio constitucional de pertinencia en el sistema de educación superior establecido en el artículo 107 de la LOES, promoviendo la articulación de la oferta formativa, de investigación y de vinculación con la sociedad, con el régimen constitucional del Buen Vivir, el Plan Nacional de Desarrollo, los planes regionales y locales, los requerimientos sociales en cada nivel territorial y las corrientes internacionales científicas y humanísticas de pensamiento. El CES priorizará la aprobación de carreras y programas académicos en concordancia con los lineamientos de pertinencia establecidos en la respectiva normativa"; Página 1 de 8

2 la Disposición Transitoria Tercera del Reglamento referido, manifiesta: "Una vez habilitada la plataforma informática para la presentación de proyectos de carreras, las les remitirán al CES, para su aprobación, los proyectos de rediseño de todas sus carreras que se encuentren en estado vigente, de acuerdo a las disposiciones del presente Reglamento, en los siguientes plazos máximos: (oo.) 5. En el caso de los institutos técnicos superiores, tecnológicos superiores y equivalentes, ubicados por el CEAACES en la categoría "en proceso de acreditación condicionados" y "en proceso de acreditación fuertemente condicionados", el plazo para el ingreso de los proyectos de rediseños de las carreras vigentes, se podrá extender hasta el 28 de febrero de 2017; y, para los institutos y conservatorios superiores "acreditados por el CEAACES", el plazo se extenderá hasta el 04 de junio del 2017 (oo.)"; la Disposición Transitoria Vigésima del Reglamento ibídem, señala: "Se entiende por rediseño curricular de las carreras vigentes, a los cambios que se producen en los procesos de organización del conocimiento y de los aprendizajes, como consecuencia de la aplicación de metodologías de planificación educativas acordes con lo establecido en el presente Reglamento (oo.)"; a través de Resolución RPC-SO-32-No , de 20 de agosto de 2014, el Pleno del CES expidió el Reglamento de Presentación y Aprobación de Carreras y Programas de las Instituciones de Educación, reformado a través de resoluciones RPC-SO-16-No , de 22 de abril de 2015; RPC-SO-36- No , de 07 de octubre de 2015; RPC-SO-44-No , de 02 de diciembre de 2015; RPC-SO-08-No , de 02 de marzo de 2016; RPC-SOll-No , de 23 de marzo de 2016; RPC-SO-22-No , de 08 de junio de 2016; RPC-SO-36-No , de 05 de octubre de 2016; RPC-SO-04- No , de 01 de febrero de 2017, publicado en la Gaceta Oficial del CES ello de febrero de 2017; RPC-SO-05-No.l , de 08 de febrero de 2017, publicado en la Gaceta Oficial del CES el 20 de febrero de 2017; RPC-SO-08- No , de 08 de marzo de 2017; y, RPC-SO-24-No , de 12 de julio de 2017; publicado en la Gaceta Oficial del CES el 13 de julio de 2017; el artículo 3 del Reglamento de Presentación y Aprobación de Carreras y Programas de las Instituciones de Educación, señala: "Para efectos de este Reglamento se entenderá por: (oo.) Rediseño curricular de carreras vigentes: Se entiende por rediseño curricular de una carrera vigente a los cambios que se introducen en el proyecto pedagógico curricular, de conformidad con lo establecido en la normativa vigente del Sistema de Educación (oo.)"; el artículo 5 del referido Reglamento, establece: "Las instituciones de educación superior presentarán al Consejo de Educación (CES) las solicitudes de aprobación de proyectos de carreras y programas, así como el rediseño de la oferta académica vigente de nivel técnico superior, tecnológico superior o sus equivalentes, y de grado, a través de la plataforma informática para la Página 2 de 8

3 presentación de proyectos de carreras y programas de las Instituciones de Educación del Ecuador (... )"; el artículo 12 del Reglamento ibídem, señala: "Con base en los informes indicados la Coordinación de Planificación Académica del CES, elaborará un informe final en donde se podrá recomendar: a) Aprobar el proyecto; b) No aprobar el proyecto; y c) Solicitar a la IES ampliaciones o aclaraciones"; el artículo 16 del mencionado Reglamento, dispone: "El Pleno del CES, con sustento en el informe y el acuerdo de la Comisión Permanente respectiva, resolverá mediante resolución: a) Aprobar el proyecto; o, b) No aprobar el proyecto (... )"; el artículo 17 del citado Reglamento, indica: "La Resolución de aprobación de una carrera, programa o rediseño de carreras vigentes será notificada de manera inmediata por el CES a la SENESCYT, al CEAACES y a la institución de educación superior solicitante. La SENESCYT registrará la carrera o el programa en el Sistema Nacional de Información de Educación del Ecuador (SNIESE), para que conste dentro de la oferta académica vigente de la institución solicitante (... )"; el artículo 18 del Reglamento referido, determina: "Las carreras de nivel técnico y tecnológico o los programas aprobados tendrán una vigencia de hasta cinco (S) años, contados desde la fecha de expedición de la resolución de aprobación de la carrera o programa, lo cual será establecido por el CES en la misma resolución (... )"; el artículo 1 del Acuerdo , de 16 de diciembre de 2016, expedido por la Secretaría de Educación, Ciencia, e Innovación, dispone: "Declarar pertinentes, todos los proyectos de carrera de nivel técnico y tecnológico de los s es, Técnicos, s, Pedagógicos, de Artes y los Conservatorios es Públicos que sean presentados al Consejo de Educación para su aprobación"; el 09 de noviembre de 2016, el 17 de Julio, presentó al CES, el proyecto de rediseño curricular de la Carrera de en Mecánica Industrial; el 27 de diciembre de 2016, el Rumiñahui, presentó al CES, el proyecto de rediseño curricular de la Carrera de en Turismo; el 23 de enero de 2017, el Mayor Pedro Traversari, presentó al CES, el proyecto de rediseño curricular de la Carrera de en Hotelería; Página 3 de 8

4 el 22 de febrero de 2017, el Ángel Polibio Cháves, presentó al CES, el proyecto de rediseño curricular de la Carrera de en Desarrollo de Software; el 24 de febrero de 2017, el American College, presentó al CES, los proyectos de rediseño curricular de las carreras de en Turismo y de Guía Nacional de Turismo con nivel equivalente a Técnico ; el 24 de febrero y 28 de febrero de 2017, respectivamente, el República Federal de Alemania, presentó al CES, los proyectos de rediseño curricular de la carreras de Diseño Gráfico con nivel equivalente a y de en Desarrollo Ambiental; el 25 de febrero de 2017, el Japón, presentó al CES, el proyecto de rediseño curricular de la Carrera de en ; el 28 de febrero de 2017, el El Cóndor, presentó al CES, los proyectos de rediseño curricular de las carreras de Guía Nacional de Turismo con nivel equivalente a y de en Gastronomía; el 28 de febrero de 2017, el Sudamericano, presentó al CES, el proyecto de rediseño curricular de las carreras de en Marketing y de en Comercio Exterior; el 08 de marzo de 2017, el Bolivariano de, presentó al CES, el proyecto de rediseño curricular de la Carrera de en ; el 01 de abril de 2017, el José Chiriboga Grijalva, presentó al CES, el proyecto de rediseño curricular de la Carrera de en ; el 23 de abril de 2017, el Cordillera, presentó al CES, los proyectos de rediseño curricular de las carreras de en Marketing y de en Gestión y Producción de Servicios; el 25 de mayo de 2017, el Espíritu Santo, presentó al CES, los proyectos de rediseño curricular de las carreras de en Gestión de Operaciones Turísticas y de en Turismo; Página 4 de 8

5 el 25 de mayo de 2017, el de Artes Visuales, presentó al CES, los proyectos de rediseño curricular de las carreras de Producción Musical con nivel equivalente a y de Producción y Realización de Cine, Tv y Video con nivel equivalente a ; el 29 de mayo de 2017, la Escuela Politécnica Nacional, presentó al CES, el proyecto de rediseño curricular de la Carrera de en Desarrollo de Software; el 02 de junio de 2017, la Universidad de las Fuerzas Armadas-ESPE, presentó al CES, el proyecto de rediseño curricular de la Carrera de en Electromecánica; mediante Memorando CES-PG M, de 25 de septiembre de 2017, la Coordinación de Planificación Académica del CES, remitió a la Comisión Permanente de s y Conservatorios es de este Organismo, los informes técnicos finales de los proyectos de rediseño curricular de carreras, respecto de los cuales se recomienda aprobar los proyectos; en base a los informes técnicos finales de los proyectos de rediseño curricular de las referidas carreras, presentados por varias instituciones de educación superior del país, la Comisión Permanente de s y Conservatorios es del CES, evidenció la construcción de un modelo curricular y pedagógico, el mismo que contiene una descripción respecto del objeto de estudio de las carreras, perfil de egreso, estudio de demanda ocupacional, resultados de aprendizaje, modelo de investigación para los aprendizajes, modelo de prácticas pre-profesionales, modelo de integración curricular de las asignaturas, cursos o sus equivalentes, así como la descripción detallada de los programas de estudio, considerando contenidos mínimos y carga horaria en base al Reglamento de Régimen Académico vigente; la Comisión Permanente de s y Conservatorios es del CES, en su Décima Novena Sesión Ordinaria, desarrollada ello de octubre de 2017, una vez analizados los informes técnicos finales, respecto a los proyectos de rediseño curricular de carreras, presentados por varias instituciones de educación superior del país, mediante Acuerdo ACU-CPICS-SO-19-No.l , convino recomendar al Pleno del CES su aprobación; a través de Memorando CES-CPIC M, de 12 de octubre de 2017, el Presidente de la Comisión Permanente de s y Conservatorios es del CES, remitió para la aprobación del Pleno de este Organismo, los informes técnicos finales de rediseño curricular de carreras, presentados por varios instituciones de educación superior del país, así como el proyecto de resolución correspondiente; Página S de 8

6 R~pubh { a d~1 Ecu"dol luego de conocer y analizar la recomendación realizada por la Comisión Permanente de s y Conservatorios es del CES, se estima pertinente acoger el contenido de la misma; y, En ejercicio de las atribuciones que le confiere la Ley Orgánica de Educación, RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar los siguientes proyectos de rediseño curricular de carreras, presentados por varias instituciones de educación superior del país, cuya descripción consta a continuación: No. INSTITUCIÓN NOMBRE DE LA CARRERA TíTULO AL QUE CONDUCE 1 en Tecnólogo en 17 de Julio Mecánica Industrial Mecánica Industrial 2 Rumiñahui en Turismo Tecnólogo en Turismo 3 Mayor Pedro Traversari en Hotelería Tecnólogo en Hotelería 4 en Tecnólogo en Desarrollo de Ángel Polibio Cháves Desarrollo de Software Software 5 American College en Turismo Tecnólogo en Turismo Guía Nacional de Turismo con Guía Nacional de Turismo 6 nivel equivalente a Técnico con nivel equivalente a American College Técnico Diseño Gráfico con nivel Diseñador Gráfico con nivel 7 equivalente a equivalente a Tecnólogo República Federal de Alemania 8 9 en Tecnólogo en República Federal de Alemania Desarrollo Ambiental Desarrollo Ambiental en Tecnólogo en Japón Guía Nacional de Turismo con Guía Nacional de Turismo 10 nivel equivalente a con nivel equivalente a El Cóndor Tecnólogo en Tecnólogo en El Cóndor Gastronomía Gastronomía Técnico en Tecnólogo en Sudamericano Marketing Marketing 13 Técnico Sudamericano en Comercio Exterior Tecnólogo en Comercio Exterior Página 6 de 8

7 14 Bolivariano de en Tecnólogo en 15 José Chiriboga Grijalva en Tecnólogo en 16 Cordillera en Marketing Tecnólogo en Marketing 17 Cordillera en Gestión y Producción de Servicios Tecnólogo en Gestión y Producción de Servicios 18 Espíritu Santo en Gestión de Operaciones Turísticas Tecnólogo Gestión de Operaciones Turísticas 19 Espíritu Santo en Turismo Tecnólogo en Turismo de Artes Visuales de Artes Visuales Producción Musical con nivel equivalente a Producción y Realización de Cine, Tv y Video con nivel equivalente a Productor Musical con nivel equivalente a Tecnólogo Productor y Realizador de Cine, Tv y Video con nivel equivalente a Tecnólogo 22 Escuela Politécnica Nacional en Desarrollo de Software Tecnólogo en Desarrollo de Software 23 Universidad de las Fuerzas Armadas -ESPE en Electromecánica Tecnólogo en Electromecánica Artículo 2.- Disponer a la Secretaría de Educación, Ciencia, e Innovación (SENESCYT), el cambio de estado de "vigente" a "no vigente habilitado para registro de títulos", de las carreras registradas en el Sistema Nacional de Información de la Educación del Ecuador (SNIESE), que constan en el ANEXO a la presente Resolución. Artículo 3.- Las carreras aprobadas en el artículo 1 de la presente Resolución, tendrán un período de vigencia de cinco (5) años, contados desde su aprobación. Artículo 4.- Las instituciones de educación superior ejecutarán las carreras aprobadas de conformidad con las mallas curriculares, que constan en los respectivos informes técnicos, anexos a la presente Resolución. Artículo 5.- Las carreras aprobadas podrán ser ofertadas a partir de la notificación de la SENESCYT, a las respectivas instituciones de educación superior, una vez que la información correspondiente a las mismas haya sido ingresada en el SNIESE, conforme a lo dispuesto en el artículo 17 del Reglamento de Presentación y Aprobación de Carreras y Programas de las Instituciones de Educación. Página 7 de 8

8 DISPOSICIONES GENERALES PRIMERA.- Notificar el contenido de la presente Resolución a las instituciones de educación superior referidas en el artículo 1. SEGUNDA.- Notificar el contenido de la presente Resolución a la Secretaría de Educación, Ciencia, e Innovación. TERCERA.- Notificar el contenido de la presente Resolución al Consejo de Evaluación, Acreditación y Aseguramiento de la Calidad de la Educación. CUARTA.- Notificar el contenido de la presente Resolución al Presidente de la Asamblea del Sistema de Educación. DISPOSICIÓN FINAL La presente Resolución entrará en vigencia a partir de su aprobación, sin perjuicio de su publicación en la Gaceta Oficial del Consejo de Educación. Dada en la ciudad de San Francisco de Quito, D.M., a los dieciocho (18) días del mes de octubre de 2017, en la Trigésima Octava Sesión Ordinaria del Pleno del CES, del año en curso. Dr. Enriqu ant s Jara PRESIDENTE CONSEJO DE EDUCACIÓN SUPERIOR ftt:t' MarcelCaídefón Vin~lla \ ~ECRETARIO GENERAL \ ONSEJO DE EDUCACIÓN SUPERIOR Al pallana E6-113 y Francisco Flor Página 8 de 8

9 ANEXO CAMBIO DE ESTADO DE "VIGENTE" A "NO VIGENTE HABILITADO PARA REGISTRO DE TÍTULOS", CARRERAS REGISTRADAS EN EL SISTEMA NACIONAL DE INFORMACIÓN DE LA EDUCACIÓN SUPERIOR DEL ECUADOR. No. INSTITUCIÓN NOMBRE DE LA NOMBRE DE LA CARRERA CODlGO SNIESE CARRERA VIGENTE APROBADA 1 Mecánica Industrial en 17 de Mecánica Industrial Julio 2 Hotelería y Turismo en Turismo Rumiñahui 3 Mayor Pedro Traversari Gestión Hotelera y Turística en Hotelería 4 Informática, Mención Análisis de en Ángel Sistemas Desarrollo de Polibio Cháves Software 5 Turística en American < Turismo College Guía Nacional de 6 Turismo con nivel Guía de Turismo American equivalente a College Técnico Diseño Gráfico con 7 República Diseño Gráfico y Multimedia nivel equivalente a Federal de Alemania 8 en República Salubridad y Medio Ambiente Desarrollo Federal de Ambiental Alemania 9 de Empresas en Japón Guía Nacional de Turismo con nivel 10 Turismo Gastronómico equivalente a El Cóndor

10 Gastronomía El Cóndor Mercadotecnia Sudamericano Aduanera Sudamericano Bolivariano de de Empresas José de Empresas Chiriboga Grijalva Marketing Interno y Externo Cordillera Cordillera Espíritu Santo Espíritu Santo de Artes Visuales de Artes Visuales Escuela Politécnica Nacional Universidad de las Fuerzas Armadas- ESPE Industrial y de la Producción Turismo, Mención Operación Turística Nacional e Internacional en Turismo Producción Sonora y Arreglos Musicales Producción y Realización de Cine, TVy Video en Análisis de Sistemas Informáticos en Electromecánica en Gastronomía en Marketing en Comercio Exterior en en en Marketing en Gestión y Producción de Servicios en Gestión de Operaciones Turísticas en Turismo Producción Musical con nivel equivalente a Producción y Realización de Cine, Tv y Video con nivel equivalente a en Desarrollo de Software en Electromecánica

REPÚBLICA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR

REPÚBLICA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR RPC-SO-46-No.810-2017 EL CONSEJODE EDUCACIÓN SUPERIOR Considerando: el artículo 353 de la Constitución de la República del Ecuador, establece: "El sistema de educación superior se regirá por: 1. Un organismo

Más detalles

REPÚBLICA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR

REPÚBLICA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR RPC-SO-42-No.768-2017 EL CONSEJODE EDUCACIÓN SUPERIOR Considerando: el artículo 353 de la Constitución de la República del Ecuador, establece: "EI sistema de educación superior se regirá por: 1. Un organismo

Más detalles

REPÚBLICA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR

REPÚBLICA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR Republt c" del E( u"dor RPC-SO-12-No.226-2017 EL CONSEJO DE EDUCACIÓN SUPERIOR Considerando: el artículo 353 de la Constitución de la República del Ecuador, establece: "El sistema de educación superior

Más detalles

REPÚBLICA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR

REPÚBLICA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR Re puhlh.1 del Ee liador RPC-SO-20-No.385-2017 EL CONSEJO DE EDUCACIÓN SUPERIOR Considerando: el artículo 353 de la Constitución de la República del Ecuador, establece: "El sistema de educación superior

Más detalles

REPÚBLICA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR

REPÚBLICA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR RPC-SO-06-No.ll0-2017 EL CONSEJO DE EDUCACIÓN SUPERIOR Considerando: el artículo 353 de la Constitución de la República del Ecuador, establece: "El sistema de educación superior se regirá por: 1. Un organismo

Más detalles

REPÚBLICA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR. RPC-SO-06-No EL CONSEJO DE EDUCACIÓN SUPERIOR. Considerando:

REPÚBLICA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR. RPC-SO-06-No EL CONSEJO DE EDUCACIÓN SUPERIOR. Considerando: R ~ púb l i< a d ~1 EcuadoJ RPC-SO-06-No.112-2016 EL CONSEJO DE EDUCACIÓN SUPERIOR Considerando: el artículo 353 de la Constitución de la República del Ecuador, establece: "El sistema de educación superior

Más detalles

REPÚBLI CA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR

REPÚBLI CA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR REPÚBLI CA DEL ECUADOR RPC-SO-30-No.537-2016 EL CONSEJO DE EDUCACIÓN SUPERIOR Considerando: el artículo 353 de la Constitución de la República del Ecuador, establece: "El sistema de educación superior

Más detalles

REPÚBLICA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR

REPÚBLICA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR RPC-SO-06-No.l08-2017 EL CONSEJO DE EDUCACIÓN SUPERIOR Considerando: el artículo 353 de la Constitución de la República del Ecuador, establece: "El sistema de educación superior se regirá por: 1. Un organismo

Más detalles

REPÚBLICA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR

REPÚBLICA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR REPÚBLICA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR R':!publi ca del Ecuador RPC-SO-12-No.242-2017 EL CONSEJO DE EDUCACIÓN SUPERIOR Considerando: el artículo 353 de la Constitución de la República del

Más detalles

REPÚBLICA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR

REPÚBLICA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR RepubUca del Ecuador RPC-SO-21-No.333-2016 EL CONSEJO DE EDUCACIÓN SUPERIOR Considerando: el artículo 353 de la Constitución de la República del Ecuador, establece: "El sistema de educación superior se

Más detalles

REPÚBLICA DEL ECUADOR

REPÚBLICA DEL ECUADOR REPÚBLICA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR RPC-SO-41-No.851-20 16 EL CONSEJO DE EDUCACIÓN SUPERIOR Considerando: el artículo 353 de la Constitución de la República del Ecuador, establece: "El

Más detalles

REPÚBLICA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR

REPÚBLICA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR REPÚBLICA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR RPC-SO-41-No_855-2016 EL CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR Considerando: el articulo 353 de la Constitución de la República del Ecuador. establece: "El sistema

Más detalles

REPÚBLICA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR

REPÚBLICA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR REPÚBLICA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR R ~ puhh c A del Ecu..,dol RPC-SO-32-No.590-2017 EL CONSEJO DE EDUCACIÓN SUPERIOR Considerando: el artículo 353 de la Constitución de la República del

Más detalles

REPÚBLICA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR

REPÚBLICA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR RPC-SO-18-No.330-2017 EL CONSEJO DE EDUCACIÓN SUPERIOR Considerando: el artículo 353 de la Constitución de la República del Ecuador, establece: "El sistema de educación superior se regirá por: 1. Un organismo

Más detalles

REPÚBLICA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR

REPÚBLICA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR RPC-SO-29-No.500-2016 EL Considerando: el artículo 353 de la Constitución de la República del Ecuador, establece: "El sistema de educación superior se regirá por: 1. Un organismo público de planificación,

Más detalles

REPÚBLICA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR

REPÚBLICA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR REPÚBLICA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR RPC-SO-35-No.713-2016 EL CONSEJO DE EDUCACIÓN SUPERIOR Considerando: Que. el artículo 353 de la Constitución de la República del Ecuador, establece:

Más detalles

REPÚBLICA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR

REPÚBLICA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR Republl ca del Ecuador RPC-SO-I0-No.165-2017 EL CONSEJO DE EDUCACIÓN SUPERIOR Considerando: el artículo 353 de la Constitución de la República del Ecuador, establece: "El sistema de educación superior

Más detalles

REPÚBLICA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR

REPÚBLICA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR RPC-SO-17-No.260-2016 EL CONSEJO DE EDUCACIÓN SUPERIOR Considerando: el artículo 353 de la Constitución de la República del Ecuador, establece: "El sistema de educación superior se regirá por: 1. Un organismo

Más detalles

REPÚBLICA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR

REPÚBLICA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR REPÚBLICA DEL ECUADOR RPC -SO-33-No_662-2016 EL CONSEJO DE EDUCACIÓN SUPERIOR Considerando: el artículo 353 de la Constitución de la República del Ecuador, establece: "El sistema de educación superior

Más detalles

REPÚBLICA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR

REPÚBLICA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR RPC-SO-2 1-No.409-2017 EL CONSEJO DE EDUCACIÓN SUPERIOR Considerando: el artículo 353 de la Constitución de la República del Ecuador, establece: "El sistema de educación superior se regirá por: 1. Un organismo

Más detalles

REPÚBLICA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR. RPC-SO-OS-No.079-2016 EL CONSEJO DE EDUCACIÓN SUPERIOR. Considerando:

REPÚBLICA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR. RPC-SO-OS-No.079-2016 EL CONSEJO DE EDUCACIÓN SUPERIOR. Considerando: RPC-SO-OS-No.079-2016 EL CONSEJO DE EDUCACIÓN SUPERIOR Considerando: el artículo 353 de la Constitución de la República del Ecuador, establece: "El sistema de educación superior se regirá por: 1. Un organismo

Más detalles

REPÚBLICA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR

REPÚBLICA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR REPÚBLICA DEL RPC-SO-25-No.488-2017 EL CONSEJO DE EDUCACIÓN SUPERIOR Considerando: el artículo 26 de la Constitución de la República del Ecuador, manifiesta: "La educación es un derecho de las personas

Más detalles

REPÚBLICA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR. Considerando:

REPÚBLICA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR. Considerando: i REPÚBLICA DEL ECUADOR RPC-SO-ll-No_178-2016 EL CONSEJO DE EDUCACIÓN SUPERIOR Considerando: el artículo 353 de la Constitución de la República del Ecuador, establece: "El sistema de educación superior

Más detalles

REPÚBLICA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR

REPÚBLICA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR RPC-SO-35-No.663-2017 EL CONSEJO DE EDUCACIÓN SUPERIOR Considerando: el artículo 353 de la Constitución de la República del Ecuador, establece: "El sistema de educación superior se regirá por: 1. Un organismo

Más detalles

REPÚBLICA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR

REPÚBLICA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR RPC-SO-17-No.259-2016 EL CONSEJO DE EDUCACIÓN SUPERIOR Considerando: el artículo 353 de la Constitución de la República del Ecuador, establece: "El sistema de educación superior se regirá por: 1. Un organismo

Más detalles

REPÚBLICA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR

REPÚBLICA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR REPÚBLICA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR RPC-SO-24-No_248-2013 EL CONSEJO DE EDUCACIÓN SUPERIOR Considerando: Que Que Que Que Que Que la Ley Orgánica de Educación Superior (LOES), en su artículo

Más detalles

REPÚBLICA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR

REPÚBLICA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR RPC-SO-29-No.521-2016 EL CONSEJO DE EDUCACIÓN SUPERIOR Considerando: el artículo 350 de la Constitución de la República del Ecuador, establece: "El sistema de educación superior tiene como finalidad la

Más detalles

REPÚBLICA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR

REPÚBLICA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR REPÚBLICA DEL ECUADOR _.... r.... RPC-SO-37-No.763-2016 EL Considerando: el artículo 353 de la Constitución de la República del Ecuador, establece: "El sistema de educación superior se regirá por: 1. Un

Más detalles

REPÚBLICA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR

REPÚBLICA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR RPC-SO-II-No.177 2016 EL CONSEJO DE EDUCACIÓN SUPERIOR Considerando: el artículo 353 de la Constitución de la República del Ecuador. establece: "El sistema de educación superior se regirá por: 1. Un organismo

Más detalles

REPÚBLICA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR

REPÚBLICA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR RPC-SO-09-No.14 7-2017 EL Considerando: el artículo 353 de la Constitución de la República del Ecuador, establece: "El sistema de educación superior se regirá por: 1. Un organismo público de planificación,

Más detalles

REPÚBLICA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR

REPÚBLICA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR RPC-SO-10-No.165-2016 EL CONSEJO DE EDUCACIÓN SUPERIOR Considerando: el artículo 353 de la Constitución de la República del Ecuador, establece: "El sistema de educación superior se regirá por: 1. Un organismo

Más detalles

REPÚBLICA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR

REPÚBLICA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR REPÚBLICA DEL ECUADOR RPC-SO-17-No.269-2016 EL CONSEJO DE EDUCACIÓN SUPERIOR Considerando: el artículo 353 de la Constitución de la República del Ecuador, establece: "El sistema de educación superior se

Más detalles

REPÚBLICA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR

REPÚBLICA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR INFORMACIÓN GENERAL REPÚBLICA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR Re publi ca del Ecuador RPC-SO-03-No.032-2016 EL CONSEJO DE EDUCACI ÓN SUPERIOR Consider ando: el artículo 353 de la Constitución

Más detalles

REPÚBLICA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR

REPÚBLICA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR RPC-SO-30-No.529-20 EL CONSEJO DE EDUCACIÓN SUPERIOR Considerando: el artículo 353 de la Constitución de la República del Ecuador, establece: "El sistema de educación superior se regirá por: 1. Un organismo

Más detalles

REPÚBLICA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR

REPÚBLICA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR Repúbli ca del Ecu;MIOf RPC-SO-21-No.339-2016 EL CONSEJO DE EDUCACIÓN SUPERIOR Considerando: el artículo 353 de la Constitución de la República del Ecuador, establece: "El sistema de educación superior

Más detalles

REPÚBLICA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR

REPÚBLICA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR REPÚBLCA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPEROR RPC-SO-34-No.668-206 EL CONSEJO DE EDUCACiÓ N SUPEROR Considerando: Que Que Que el artículo 353 de la Constitución de la República del Ecuador establece:

Más detalles

REPÚBLICA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR

REPÚBLICA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR RPC-SO-25-No.415-2016 EL Considerando: el artículo 353 de la Constitución de la República del Ecuador, establece: "El sistema de educación superior se regirá por: 1. Un organismo público de planificación,

Más detalles

REPÚBLICA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR. RPC-SO-14-No EL CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR. Considerando:

REPÚBLICA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR. RPC-SO-14-No EL CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR. Considerando: RPC-SO-14-No.220-2016 EL Considerando: el articulo 353 de la Constitución de la República del Ecuador, establece; "El sistema de educación superior se regirá por: 1. Un organismo público de planificación,

Más detalles

REPÚBLICA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR

REPÚBLICA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR RPC-SO-8-No.8-0 EL CONSEJO DE EDUCACIÓN SUPERIOR Considerando: el artículo de la Constitución de la República del Ecuador, establece: "El sistema de educación superior se regirá por:. Un organismo público

Más detalles

REPÚBLICA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACIÓN SUPERIOR

REPÚBLICA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACIÓN SUPERIOR RPC-S0-27-No.471-2016 EL Considerando: el artículo 353 de la Constitución de la República del Ecuador, establece: "El sistema de educación superior se regirá por: l. Un organismo público de planificación,

Más detalles

REPÚBLICA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR

REPÚBLICA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR ~,,,,~,,,,,,,, REPÚBLICA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR RPCSO34No_6722016 EL CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR Considerando: Que. el articulo 353 de la Constitución de la República del Ecuador,

Más detalles

REPÚBLICA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR

REPÚBLICA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR R.publi(~ del Ecuildo!' RPC-SO-30-No.531-2016 EL Considerando: el artículo 353 de la Constitución de la República del Ecuador, establece: "El sistema de educación superior se regirá por: 1. Un organismo

Más detalles

REPÚBLICA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR

REPÚBLICA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR RPC-SE-1S-No.OS8-2013 EL Considerando: Que, el artículo 166 de la Ley Orgánica de Educación Superior (LOES), establece: "El Consejo de Educación Superior es el organismo de derecho público, con personería

Más detalles

REPÚBLICA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR

REPÚBLICA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR RPC-SO-10-No.171 2017 EL CONSEJO DE EDUCACIÓN SUPERIOR Considerando: Que. el artículo 353 de la Constitución de la Repúbli ca del Ecuador, establece: "El sistema de educación superior se regirá por: 1.

Más detalles

REGLAMENTO DE CARRERAS DE LAS INSTITUCIONES DE EDUCACION SUPERIOR

REGLAMENTO DE CARRERAS DE LAS INSTITUCIONES DE EDUCACION SUPERIOR REGLAMENTO DE CARRERAS DE LAS INSTITUCIONES DE EDUCACION SUPERIOR Resolución del Consejo de Educación Superior 358 Registro Oficial Edición Especial 854 de 25-ene.-2017 Estado: Vigente RPC-SO-32-NO.358-2014

Más detalles

REPÚBLICA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR

REPÚBLICA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR REPÚBLICA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR RPC-SE-tO-No.02S-20t6 EL CONSEJO DE EDUCACIÓN SUPERIOR Considerando: el artículo 353 de la Constitución de la República del Ecuador, establece: "El sistema

Más detalles

REPÚBLICA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR

REPÚBLICA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR RPC-SO-17-No.264-2016 EL CONSEJO DE EDUCACIÓN SUPERIOR Considerando: el artículo 353 de la Constitución de la República del Ecuador, establece: "El sistema de educación superior

Más detalles

REPÚBLICA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR

REPÚBLICA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR REPÚBLICA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR Republi

Más detalles

NORMATIVA PARA APERTURA DE COHORTES PROGRAMAS DE POSTGRADO

NORMATIVA PARA APERTURA DE COHORTES PROGRAMAS DE POSTGRADO NORMATIVA PARA APERTURA DE COHORTES PROGRAMAS DE POSTGRADO Resolución del Consejo de Educación Superior 44 Documento Institucional 2014 de 22-ene.-2014 Estado: Vigente NOTA GENERAL: Normativa Apertura

Más detalles

REPÚBLICA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR. RPC-SO-06-No EL CONSEJO DE EDUCACIÓN SUPERIOR. Considerando:

REPÚBLICA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR. RPC-SO-06-No EL CONSEJO DE EDUCACIÓN SUPERIOR. Considerando: R ~pub l i(,a dó!t Ecuadof RPC-SO-06-No.115-2016 EL CONSEJO DE EDUCACIÓN SUPERIOR Considerando: el artículo 353 de la Constitución de la República del Ecuador, establece: "El sistema de educación superior

Más detalles

REPÚBLICA DEL ECUADOR

REPÚBLICA DEL ECUADOR REPÚBLICA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR RPC-SO-09-No.151-2016 EL CONSEJO DE EDUCACIÓN SUPERIOR Consi derando: el artículo 35 3 de la Constitución de la República del Ecuador. establece: "El

Más detalles

INFORMACIÓN GENERAL RESOLUCION

INFORMACIÓN GENERAL RESOLUCION INFORMACIÓN GENERAL RESOLUCION REPÚBLICA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR Re p tlbll c ~ del Ec uador RPC-SO-36-No.466-2015 EL CONSEJO DE EDUCACIÓN SUPERIOR Considerando: el artículo 353 de la

Más detalles

REPÚBLICA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR

REPÚBLICA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR RPC-SO-42-No.434-2013 EL CONSEJO DE EDUCACIÓN SUPERIOR Considerando: Que, el artículo 166 de la Ley Orgánica de Educación Superior (LOES), establece: "El Consejo de Educación Superior es el organismo de

Más detalles

Comisión Permanente de Universidades yescuelas Dr»litAr*mr>or<

Comisión Permanente de Universidades yescuelas Dr»litAr*mr>or< OUINbtJU Ut tuuuaulun buh'tkiuk Comisión Permanente de Universidades yescuelas Dr»litAr*mr>or< (J^aCíÍO *KPr Acuerdo No. ACU-CPUEP-SO-013-No.l51-2017 LA COMISIÓN PERMANTENTE DE UNIVERSIDADES Y ESCUELAS

Más detalles

REPÚBLICA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR

REPÚBLICA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR RPC-SO-32-No.358-2014 EL CONSEJO DE EDUCACIÓN SUPERIOR Considerando: el artículo 353 de la Constitución de la República del Ecuador, establece: "El sistema de educación superior se regirá por: 1. Un organismo

Más detalles

REPÚBLICA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR

REPÚBLICA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR RPC-SO-19-No.308-2016 EL CONSEJO DE EDUCACIÓN SUPERIOR Considerando: el artículo 353 de la Constitución de la República del Ecuador, establece: "El sistema de educación superior se regirá por: 1. Un organismo

Más detalles

REPÚBLICA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR

REPÚBLICA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR REPÚBLIA DEL EUADOR ONSEJO DE EDUAiÓN SUPERIOR Repúbli ca del Ec-uador RP-SO-21-No.336-2016 EL ONSEJO DE EDUAIÓN SUPERIOR onsiderando: el artículo 353 de la onstitución de la República del Ecuador, establece:

Más detalles

REPÚBLICA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR

REPÚBLICA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR Relmbli (d del EcuadOf RPC-SO-24-No.299-2015 EL CONSEJO DE EDUCACIÓN SUPERIOR Considerando: el artículo 76, numeral 7, literal m) de la Constitución de la República del Ecuador, establece: "En todo proceso

Más detalles

REPÚBLICA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR

REPÚBLICA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR RPC-SO-17-No.266-2016 EL CONSEJO DE EDUCACIÓN SUPERIOR Considerando: el artículo 353 de la Constitución de la República del Ecuador. establece: "El sistema de educación superior se regirá por: 1. Un organismo

Más detalles

REPÚBLICA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR

REPÚBLICA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR R'!publu a del Ecuador RPC-SO-21-No.406-2017 EL CONSEJO DE EDUCACIÓN SUPERIOR Considerando: el artículo 353 de la Constitución de la República del Ecuador, establece: "El sistema de educación superior

Más detalles

UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR FACULTAD DE JURISPRUDENCIA, CIENCIAS POLÍTICAS Y SOCIALES INSTITUTO DE INVESTIGACIÓN Y POSGRADO

UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR FACULTAD DE JURISPRUDENCIA, CIENCIAS POLÍTICAS Y SOCIALES INSTITUTO DE INVESTIGACIÓN Y POSGRADO INFORMACIÓN GENERAL UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR FACULTAD DE JURISPRUDENCIA, CIENCIAS POLÍTICAS Y SOCIALES INSTITUTO DE INVESTIGACIÓN Y POSGRADO ESPECIALIZACIÓN EN CONTRATACIÓN PÚBLICA RESOLUCIÓN RPC-SO-03-No.032-2016

Más detalles

REPÚBLICA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR

REPÚBLICA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR REPÚBLCA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPEROR RPC-SO-38-No_78-206 EL CONSEJO OE EDUCACÓN SUPEROR Considerando: el artfculo 353 de la Constitución de la República del Ecuador, establece: "El sistema

Más detalles

REPÚBLICA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR. RPC-SO-032-No El CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR. Considerando:

REPÚBLICA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR. RPC-SO-032-No El CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR. Considerando: CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR. ".~... ~ I ' "... RPC-SO-032-No.226-2012 El CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR Considerando: el artículo 166 de la Ley Orgánica de Educación Superior (LOES), establece que: "El

Más detalles

REPÚBLICA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR

REPÚBLICA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR REPÚBLCA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPEROR RPC-SO-34-No.675 2016 EL CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPEROR Considerando: el artículo 353 de la Constitución de la República del Ecu ador; establece: "El sistema

Más detalles

REPÚBLICA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR

REPÚBLICA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR RPC-SO-15-No.298-2017 EL CONSEJO DE EDUCACIÓN SUPERIOR Considerando: el artículo 353 de la Constitución de la República del Ecuador, establece: "El sistema de educación superior se regirá por: 1. Un organismo

Más detalles

REPÚBLICA DEL ECUADOR

REPÚBLICA DEL ECUADOR RPC-SO-39-No.739-20 17 EL CONSEJO DE EDUCACIÓN SUPERI OR Considerando: el artículo 349 de la Constitución de la República del Ecuador, establece: "El Estado garantizará al personal docente, en todos los

Más detalles

REPÚBLICA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR. RPC-SO-04-No EL CO NSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR. Considerando:

REPÚBLICA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR. RPC-SO-04-No EL CO NSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR. Considerando: REPÚBLICA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR ~... r,_ RPC-SO-04-No.048-2015 EL CO NSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR Considerando: Que. Que, Que, Que, Que, el artículo 353 de la Constitución de la República

Más detalles

REPÚBLICA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR

REPÚBLICA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR RPC-SO-13-No.146-2014 EL CONSEJO DE EDUCACIÓN SUPERIOR Considerando: el artículo 353 de la Constitución de la República del Ecuador, establece: "El sistema de educación superior se regirá por: 1. Un organismo

Más detalles

REPÚBLICA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR

REPÚBLICA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR RPC-SO-18-No.293-2016 EL CONSEJO DE EDUCACIÓN SUPERIOR Considerando: el artículo 353 de la Constitución de la República del Ecuador, establece: "El sistema de educación superior se regirá por: 1. Un organismo

Más detalles

RESOLUCIÓN OCAS-SE N o 1 EL ÓRGANO COLEGIADO ACADÉMICO SUPERIOR CONSIDERANDO

RESOLUCIÓN OCAS-SE N o 1 EL ÓRGANO COLEGIADO ACADÉMICO SUPERIOR CONSIDERANDO RESOLUCIÓN OCAS-SE-23122015-N o 1 EL ÓRGANO COLEGIADO ACADÉMICO SUPERIOR CONSIDERANDO Que, el artículo 27 de la Constitución de la República del Ecuador, señala: La educación se centrará en el ser humano

Más detalles

REPUBLICA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACION SUPERIOR. RPC-S0-035-No EL CONSEJO DE EDUCACION SUPERIOR. Considerando:

REPUBLICA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACION SUPERIOR. RPC-S0-035-No EL CONSEJO DE EDUCACION SUPERIOR. Considerando: RPC-S0-035-2012 EL Considerando:, el Art. 353 de la Constituci6n de la Republica del Ecuador establece que: " /sistema de educaci6n superior se regira por: 1. Un organismo publico de p/anificaci6n, regulaci6n

Más detalles

REPÚBLICA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR

REPÚBLICA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR RPC-SO-15-No.230-2016 EL CONSEJO DE EDUCACIÓN SUPERIOR Considerando: Que el artículo 26 de la Constitución de la República del Ecuador, determina: "La educación es un derecho de las personas a lo largo

Más detalles

REPÚBLICA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR

REPÚBLICA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR REPÚBLICA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR RoepubU ca d'!l Ecuador RPC-SO-08-No.139-2016 EL CONSEJO DE EDUCACIÓN SUPERIOR Considerando: el artículo 82 de la Constitución de la República del Ecuador,

Más detalles

EL CONSEJO DE EVALUACIÓN, ACREDITACIÓN Y ASEGURAMIENTO DE LA CALIDAD DE LA EDUCACIÓN SUPERIOR: CONSIDERANDO:

EL CONSEJO DE EVALUACIÓN, ACREDITACIÓN Y ASEGURAMIENTO DE LA CALIDAD DE LA EDUCACIÓN SUPERIOR: CONSIDERANDO: EL CONSEJO DE EVALUACIÓN, ACREDITACIÓN Y ASEGURAMIENTO DE LA CALIDAD DE LA EDUCACIÓN SUPERIOR: CONSIDERANDO: Que, el Art. 26 de la Constitución de la República del Ecuador establece que: La educación es

Más detalles

REPÚBLICA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACION SUPERIOR

REPÚBLICA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACION SUPERIOR CONSEJO DE EDUCACION SUPERIOR F."",,.,...,...,. RPC-SO-08-No.139-2016 EL CONSEJO DE EDUCACIÓN SUPERIOR Considerando: Que. Que. el artículo 82 de la Co nstitución de la República del Ecuador, manifiesta:

Más detalles

REPÚBLICA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR

REPÚBLICA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR RPC-SO-19-No.309 Z016 EL Considerando: Que. el artículo 353 de la Constitución de la República del Ecuador, establece: "El sistema de educación superior se regirá por: 1. Un organismo público de planificación,

Más detalles

REPÚBLICA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR

REPÚBLICA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR Rel)ubli c,l del Ecuador RPC-SO-14-No.221-2016 EL CONSEJO DE EDUCACIÓN SUPERIOR Considerando: el artículo 76, numeral 5 de la Constitución de la República del Ecuador, dispone: "En todo proceso en el que

Más detalles

REPÚBLICA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR

REPÚBLICA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR RPC-SO-04-No.051-2018 EL CONSEJO DE EDUCACIÓN SUPERIOR Considerando: el artículo 226 de la Constitución de la República del Ecuador, determina: "Las instituciones del Estado, sus organismos, dependencias,

Más detalles

REGLAMENTO FUNCIONAMIENTO INSTITUCIONES EDUCACION SUPERIOR CEAACES

REGLAMENTO FUNCIONAMIENTO INSTITUCIONES EDUCACION SUPERIOR CEAACES REGLAMENTO FUNCIONAMIENTO INSTITUCIONES EDUCACION SUPERIOR CEAACES Resolución del Ceaaces 50 Registro Oficial 451 de 04-mar.-2015 Estado: Vigente No. 004-050-CEAACES-2013 EL CONSEJO DE EVALUACION, ACREDITACION

Más detalles

REPÚBLICA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR

REPÚBLICA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR REPÚBLICA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR RPC-SO-29-No.490-2016 EL CONSEJO DE EDUCACIÓN SUPERIOR Considerando: el artículo 353 de la Constitución de la República del Ecuador, establece: "El sistema

Más detalles

REPÚBLICA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR

REPÚBLICA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR RPC-SO-17-No.270-2016 EL CONSEJO DE EDUCACIÓN SUPERIOR Considerando: el artículo 26 de la Constitución de la República del Ecuador, establece: "La educación es un derecho de las personas a lo largo de

Más detalles

REPÚBLICA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR

REPÚBLICA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR RPC-SO-ll-No.181-2016 EL CONSEJO DE EDUCACIÓN SUPERIOR Considerando: el artículo 353 de la Constitución de la República del Ecuador, establece: "El sistema de educación superior se regirá por: 1. Un organismo

Más detalles

REPÚBLICA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCAC ión SUPERIOR

REPÚBLICA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCAC ión SUPERIOR , "-"...,... RPC SO 33 No.629 2016 EL CONSEJO DE EDUCACi ÓN SUPERIOR Co nsiderando: Qu e, el artícu lo 350 de la Constitución de la República del Ecuador, establece: "El sistema de educación superior ti

Más detalles

REPÚBLICA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR

REPÚBLICA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR RPC-SO-45-No.917-2016 EL CONSEJO DE EDUCACIÓN SUPERIOR SOBRE EL RECURSO EXTRAORDINARIO DE REVISIÓN INTERPUESTO POR RAÚL OSWALDO ARIAS ARROYO EN CONTRA DEL OFICIO CES-PRO-2016-0646-0, DE 29 DE ABRIL DE

Más detalles

REPÚBLICA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR

REPÚBLICA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR REPÚBLICA DEL ECUADOR RPC-SO-31-No_583-2016 EL CONSEJO DE EDUCACIÓN SUPERIOR Considerando: el articulo 353 de la Constitución de la República del Ecuador, establece: "El sistema de educación superior se

Más detalles

REPÚBLICA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR

REPÚBLICA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR REPÚBLICA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR RPC-SO-44-No.896-Z016 EL CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR Considerando: el artfculo 353 de la Constitución de la República del Ecuador, establece: "El sistema

Más detalles

REPÚBLICA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR

REPÚBLICA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR REPÚBLICA DEL ECUADOR RPC-SO-32-No.614-2016 EL Considerando: el artículo 353 de la Constitución de la República del Ecuador, establece: "El sistema de educación superior se regirá por: 1. Un organismo

Más detalles

UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR FACULTAD DE JURISPRUDENCIA, CIENCIAS POLÍTICAS Y SOCIALES INSTITUTO DE INVESTIGACIÓN Y POSGRADO

UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR FACULTAD DE JURISPRUDENCIA, CIENCIAS POLÍTICAS Y SOCIALES INSTITUTO DE INVESTIGACIÓN Y POSGRADO INFORMACIÓN GENERAL UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR FACULTAD DE JURISPRUDENCIA, CIENCIAS POLÍTICAS Y SOCIALES INSTITUTO DE INVESTIGACIÓN Y POSGRADO MAESTRÍA EN DERECHO PENAL, MENCIÓN EN DERECHO PROCESAL

Más detalles

EL CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR

EL CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR RPC-SO-29-No.489-2016 EL Considerando: el artículo 350 de la Constitución de la República del Ecuador, establece: "El sistema de educación superior tiene como finalidad la formación académica y profesional

Más detalles

REPÚBLICA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR. Considerando:

REPÚBLICA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR. Considerando: REPÚBLICA DEL ECUADOR RPC-SE-17-No.068-2016 EL CONSEJO DE EDUCACIÓN SUPERIOR Considerando: el artículo 353 de la Constitución de la República del Ecuador, establece: "El sistema de educación superior se

Más detalles

REPUBLlCA DEL ECUADOR. RPC SO 32 No EL CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR. Considerando:

REPUBLlCA DEL ECUADOR. RPC SO 32 No EL CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR. Considerando: REPUBLlCA DEL ECUADOR RPC SO 32 No.358 2014 EL Considerando: Que, Que, Que. Que. Que. Que. Que, Que, el artícu lo 353 de la Constitución de la República del Ecuador, establece: "El sistema de educación

Más detalles

REPÚBLICA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR

REPÚBLICA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR República del Ecuador RPC-SO-34-No.447-2015 EL CONSEJO DE EDUCACIÓN SUPERIOR Considerando: el artículo 61 de la Constitución de la República del Ecuador, determina: "Las ecuatorianas y ecuatorianos gozan

Más detalles

REPÚBLICA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR

REPÚBLICA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR RPC-SO-09-No.152-2016 EL CONSEJO DE EDUCACIÓN SUPERIOR Considerando: el artículo 361 de la Constitución de la República del Ecuador, determina: "El Estado ejercerá la rectoría del sistema a través de la

Más detalles

REPÚBLICA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR

REPÚBLICA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR REPÚBLICA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR R~públ i(.a del Ecuador RPC-SO-21-No.239-2015 EL CONSEJO DE EDUCACIÓN SUPERIOR Considerando: el artículo 61 de la Constitución de la República del Ecuador,

Más detalles

REPÚBLICA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR. RPC-SE-04-No EL CONSEJO DE EDUCACIÓN SUPERIOR. Considerando:

REPÚBLICA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR. RPC-SE-04-No EL CONSEJO DE EDUCACIÓN SUPERIOR. Considerando: Rel)ubli< a de l Ecuador RPC-SE-04-No.021-2013 EL CONSEJO DE EDUCACIÓN SUPERIOR Considerando: el artículo 351 de la Constitución de la República del Ecuador, establece: "El Sistema de Educación Superior

Más detalles