REPÚBLICA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR
|
|
- Andrés Figueroa Alvarado
- hace 5 años
- Vistas:
Transcripción
1 RPC-SO-8-No.8-0 EL CONSEJO DE EDUCACIÓN SUPERIOR Considerando: el artículo de la Constitución de la República del Ecuador, establece: "El sistema de educación superior se regirá por:. Un organismo público de planificación, regulación y coordinación interna del sistema y de la relación entre sus distintos actores con la Función Ejecutiva (... )"; el artículo de la Ley Orgánica de Educación Superior (LOES), dispone: "El Consejo de Educación Superior es el organismo de derecho público con personería jurídica, con patrimonio propio, independencia administrativa, financiera y operativa, que tiene por objetivo la planificación, regulación y coordinación interna del Sistema de Educación Superior, y la relación entre sus distintos actores con la Función Ejecutiva y la sociedad ecuatoriana (... )"; el artículo 9, literal j) de la LOES, determina que es atribución y deber del Consejo de Educación Superior (CES): "j) Aprobar la creación de carreras y programas de grado y posgrado en las instituciones universitarias y politécnicas"; mediante Resolución RPC-SE--No.0-0, de de noviembre de 0, publicado en la Gaceta Oficial del CES el 8 de noviembre de 0, el Pleno de este Consejo de Estado aprobó el Reglamento de Régimen Académico, reformado a través de resoluciones RPC-SO--No.-0, RPC-SO--No.-0, RPC-SO- 8-No.0-0, RPC-SO--No.-0, RPC-SO--No.0-0, RPC-SO-- No.9-0 y RPC-SE-0-No.00-0, de 09 de abril de 0, 7 de diciembre de 0, 0 de mayo de 0, 0 de junio de 0, 0 de septiembre de 0, de septiembre de 0 y de marzo de 0, respectivamente; el artículo 78 del Reglamento de Régimen Académico, prescribe: "Se entenderá como pertinencia de carreras y programas académicos al cumplimiento del principio constitucional de pertinencia en el sistema de educación superior establecido en el artículo 07 de la LOES, promoviendo la articulación de la oferta formativa, de investigación y de vinculación con la sociedad, con el régimen constitucional del Buen Vivir, el Plan Nacional de Desarrollo, los planes regionales y locales, los requerimientos sociales en cada nivel territorial y las corrientes internacionales científicas y humanísticas de pensamiento. El CES priorizará la aprobación de carreras y programas académicos en concordancia con los lineamientos de pertinencia establecidos en la respectiva normativa"; la Disposición General Séptima del Reglamento ibídem, señala: "A partir de la fecha de vigencia del presente Reglamento, las carreras o programas que apruebe el CES tendrán un período máximo de vigencia de años. Esta vigencia de la carrera o programa podrá ser modificada por el CES, previo informe del CEAACES relativo al proceso de evaluación y acreditación respectivo"; la Disposición Transitoria T ;rcera del Reglamento referido en el párrafo precedente, manifiesta: "U na vez habilitada la plataforma informática para la presentación de proyectos de carreras, las les remitirán al CES, para su aprobación, los proyectos de rediseño de todas sus carreras que se encuentren en Página de Alpallana E- Y Francisco Flor
2 estado vigente, de acuerdo a las disposiciones del presente Reglamento, en los siguientes plazos máximos:. Hasta el 0 de diciembre de 0 las carreras del campo amplio de educación.. Hasta el de julio de 0 las carreras de grado, de interés público, entre las cuales se incluirán la carreras de medicina, odontología, enfermería, obstetricia y derecho.. Hasta el de julio de 0 las carreras de las universidades y escuelas politécnicas de categoría C y D (o equivalentes).. Hasta el de octubre de 0 las demás carreras de grado.. En el caso de los institutos técnicos superiores, tecnológicos superiores y equivalentes, ubicados en las categorías B y C por el ex CON EA, el plazo para el ingreso de los proyectos de rediseños de las carreras vigentes, se podrá extender hasta el 0 de diciembre de 0; y, para los institutos y conservatorios superiores ubicados en la categoría A, el plazo se extenderá hasta el 0 de junio de 07 (... )"; a través de Resolución RPC-SO--No.8-0, de 0 de agosto de 0, el Pleno del CES expidió el Reglamento de Presentación y Aprobación de Carreras y Programas de las Instituciones de Educación Superior, reformado a través de resoluciones RPC-SO--No.87-0, RPC-SO--No.7-0, RPC-SO-- No.9-0, RPC-SO-08-No.0-0 y RPC-SO--No.7-0, de de abril de 0, 07 de octubre de 0, 0 de diciembre de 0, 0 de marzo de 0 y de marzo de 0, respectivamente; mediante la Plataforma Informática para la Presentación de Carreras y Programas de este Consejo de Estado, el de noviembre de 0, la Universidad Politécnica Salesiana presentó, al CES, el rediseño curricular de la Carrera de Mecatrónica, modalidad presencial; a través de Oficio CES-CPUE-0-0-0, de de marzo de 0, el Presidente de la Comisión Permanente de Universidades y Escuelas Politécnicas del CES, puso en conocimiento del PhD. Javier Herrán Gómez, rector de la Universidad Politécnica Salesiana, los informes de evaluación del rediseño curricular de la Carrera de Mecatrónica elaborados por la Secretaría de Educación Superior, Ciencia, Tecnología e Innovación (SENESCYT) y por el Facilitador Académico Externo para que, de ser pertinentes, se valoren las observaciones realizadas y se incluyan en el proyecto académico; mediante la Plataforma Informática para la Presentación de Carreras y Programas de este Consejo de Estado, el de abril de 0, la Unive rsidad Politécnica Salesiana presentó, al CES, rediseño curricular reformulado de la Carrera de Mecatrónica, modalidad presencial; la Comisión Permanente de Universidades y Escuelas Politécnicas del CES, en su Décima Novena Sesión Ordinaria, desarrollada el 0 de mayo de 0, una vez analizado el Informe Técnico respecto del rediseño curricular de la Carrera de Mecatrónica de la Universidad Politécnica Salesiana, mediante Acuerdo ACU-SO- 9-No.-0, recomendó al Pleno del CES, su aprobación; luego de conocer y analizar la recomendación realizada por la Comisión Permanente de Universidades y Escuelas Politécnicas del CES, se estima pertinente acoger el contenido de la misma; a través de Resolución PRES-CES-No.0-0, de 0 de mayo de 0, se designó al doctor Enrique Santos Jara, Miembro Académico del CES, para que subrogue al Página de Alpallana E- Y Francisco Flor
3 Presidente de este Organismo durante el desarrollo de la Décima Octava Sesión Ordinaria del Pleno de este Consejo de Estado, que se llevará a cabo el de mayo de 0; y, En ejercicio de las atribuciones que le confiere la Ley Orgánica de Educación Superior, RESUELVE: Artículo.- Aprobar el rediseño curricular de la Carrera de Mecatrónica, presentado por la Universidad Politécnica Salesiana, cuya descripción co nsta a continuación: Tipo de trámite: Tipo de formación: Rediseño. Ingenierías, Arquitectura Ciencias Básicas. y Campo amplio: Ingeniería, Construcción. Industria y Campo específico: Campo detallado: Modalidad de aprendizaje: Número de paralelos: Número máximo de estudiantes por paralelo: Lugar donde se impartirá la carrera: Itinerarios Académicos: Ingeniería y profesiones afines. Mecatrónica. Presencial. Tres (0). Cuarenta (0). Sede Matriz, Cuenca.. Automatización de procesos industriales.. Biomecatrónica. NOMBRI "" (l,\i,, RI SOl < ION "\ LlIUU I~\ INS < ION (!III I.IlNIII( NI\ ~0l,\I).\l (,,, RPC-SO A0- NO.8-0 Mecatrónica Universidad Politécnica Salesiana Ingeniero/a en Mecatrónica Tercer Nivel Presencial Sede Matriz, Cuenca Artículo.- La carrera aprobada, de acuerdo al artículo precedente, tendrá un período de vigencia de cinco () años desde su aprobación. Artículo.- El plan de estudio y la malla curricular de la carrera aprobada en el artículo, constan en el ANEXO Y en el CD adjunto a la presente Resolución. Alpallana E- Y Francisco Flor Página de
4 Artículo.- La Universidad Politécnica Salesiana, en el plazo de noventa (90) días, previo a la apertura de la primera cohorte, deberá presentar al Consejo de Educación Superior el valor del arancel para su aprobación. El referido valor se deberá establecer de conformidad co n los parámetros establecidos en el artículo S del Reglamento para la Regulación de Aranceles, Matrículas y Derechos en las Instituciones de Educación Superior Particulares, expedido por este Consejo de Estado. Artículo.- Modificar el estado de "vigente" a "no vigente habilitado para registro de títulos", para la Carrera de Ingeniería Mecatrónica que consta registrada en el Sistema Nacional de Información de Educación Superior del Ecuador con código 979. DISPOSICIONES GENERALES PRIMERA.- Notificar el co ntenido de la presente Reso lu ción a la Unive rsidad Politécnica Salesiana. SEGUNDA.- Notificar el contenido de la presente Resolución a la Secretaría de Educación Superior, Ciencia, Tecnología e Innovación. TERCERA.- Notificar el contenido de la presente Resolución al Consejo de Evaluación, Acreditación y Aseguramiento de la Calidad de la Educación Superior. CUARTA.- Notificar el contenido de la presente Resolución al Presidente de la Asamblea del Sistema de Educación Superior. QUINTA.- Para la Carrera de Mecatrónica, se faculta a la Universidad Politécnica Salesiana otorgar las certificaciones de los itinerarios académicos:. Automatización de procesos industriales,. Biomecatrónica, según corresponda. DISPOSICIÓN FINAL La presente Resolución entrará en vigencia a partir de su aprobación, sin perjuicio de su publicación en la Gaceta Oficial del Consejo de Educación Superior. Dada en la ciudad de San Francisco de Quito, D.M., a los once () días del mes de mayo de 0, en la Décima Octava Sesión Ordinaria del Pleno del CES, del año en curso. ~ r. E:;sjOS Jara PRESIDENTE SUBROGANTE CONSEJO DE EDUCACIÓN SUPERIOR JL(-~/;/.~' ~~~~=-~,) Marcelo Calderonmiímlla SECRETARIO GENERAL \ ON"'O OE EOUCAClÓN SUPERIOR AlpalIana E- Y Francisco Flor Página de
5 ANEXO
6 Itinerario Cuenca, Quito y Guayaquil: Itinerario Cuenca: Itinerario Guayaquil: Itinerario Quito:. Automatización de Procesos Industriales. Biomecatrónica. Mecatrónica para Refrigeración Industrial. Mecatrónica para Maquinaria Industrial UNIVERSIDAD POLITÉCNICA SALESIANA MALLA CURRICULAR - CARRERA DE MECATRÓNICA SEDES: CUENCA, QUITO Y GUAYAQUIL Nombre de la Asignatura 0 Horas del componente de docencia Horas del componente de práctica curricular Horas del componente de trabajo autónomo Total de horas por semestre Color que identifica las asignaturas de integración curricular Unidades de Organización Curricular Semestres Fundamentos Teóricos Praxis Profesional Campos de Formación Epistemología y Metodología de la Investigación Integración de Saberes, Contextos y Cultura Comunicación y Lenguajes TOTAL HORAS POR SEMESTRE( SEM.) Cálculo de una Variable 0 Química Software para Ingeniería Lógica 0 Introducción a la Ingeniería Mecatrónica Antropología Filosófico - Teológica Álgebra Lineal Ética Unidad Básica Estática Cálculo de Varias Variables Mecánica Newtoniana Fundamentos de Programación Dibujo Técnico, 00, 00 Técnicas de Investigación 0 Teoría Crítica Vida y Trascendencia Comunicación Oral y Escrita 0 0 Ecuaciones Diferenciales Dinámica del Cuerpo Rígido Probabilidad y Estadística Circuitos Eléctricos 0 Fundamentos de Materiales Matemática Aplicada en Ingeniería Métodos Numéricos y Elementos Finitos Electrónica Analógica 0 Mecánica de Materiales Materiales de Ingeniería y Manufactura Señales y Sistemas Instrumentación y Metrología Unidad Profesional 7 Máquinas Eléctricas Electrónica Digital Manufactura Asistida por Computador Ingeniería de Control Fundamentos de Termodinámica y Transferencia de Calor Microprocesadores y Sistemas Embebidos Diseño Mecánico Ingeniería de Control Moderno 7 0 Ciencia, Tecnología y Sociedad 0 0 Medio Ambiente y Energías Renovables Gestión de Mantenimiento 8 PLC y Redes Industriales Tecnologías de Manufactura 0 Anatomia Refrigeración Industrial y Acondicionamiento de Aire Aplicación de Servomotores Automatización Industrial Escritura Académica Diseño de Instalaciones de Manufactura Biomecánica 9 Modelado y Control en sistemas de Refrigeración Industrial 0 Unidad de Titulación 0 Diseño de acoplamientos de Servomotores Prácticas Preprofesionales 0 Diseño Mecatrónico Trabajo de Titulación Administración de Proyectos Industriales Robótica Industrial Órtesis y Prótesis Automatización de Sistemas de Refrigeración Industrial 0 Automatización e implementación de Servomecanismos Prácticas Preprofesionales Trabajo de Titulación 0 Nota: Los estudiantes deben aprobar la suficiencia de ofimática como requisito para tomar las asignaturas de tercer semestre. Los estudiantes deben aprobar la suficiencia del idioma Inglés como requisito para tomar asignaturas de séptimo semestre. El nivel de suficiencia es el nivel B del marco común Europeo.
REPÚBLI CA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR
REPÚBLI CA DEL ECUADOR RPC-SO-30-No.537-2016 EL CONSEJO DE EDUCACIÓN SUPERIOR Considerando: el artículo 353 de la Constitución de la República del Ecuador, establece: "El sistema de educación superior
Más detallesREPÚBLICA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR. RPC-SO-06-No EL CONSEJO DE EDUCACIÓN SUPERIOR. Considerando:
R ~ púb l i< a d ~1 EcuadoJ RPC-SO-06-No.112-2016 EL CONSEJO DE EDUCACIÓN SUPERIOR Considerando: el artículo 353 de la Constitución de la República del Ecuador, establece: "El sistema de educación superior
Más detallesREPÚBLICA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR
Republt c" del E( u"dor RPC-SO-12-No.226-2017 EL CONSEJO DE EDUCACIÓN SUPERIOR Considerando: el artículo 353 de la Constitución de la República del Ecuador, establece: "El sistema de educación superior
Más detallesREPÚBLICA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR
Re puhlh.1 del Ee liador RPC-SO-20-No.385-2017 EL CONSEJO DE EDUCACIÓN SUPERIOR Considerando: el artículo 353 de la Constitución de la República del Ecuador, establece: "El sistema de educación superior
Más detallesREPÚBLICA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR
REPÚBLICA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR RPC-SO-41-No_855-2016 EL CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR Considerando: el articulo 353 de la Constitución de la República del Ecuador. establece: "El sistema
Más detallesREPÚBLICA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR
RPC-SO-06-No.ll0-2017 EL CONSEJO DE EDUCACIÓN SUPERIOR Considerando: el artículo 353 de la Constitución de la República del Ecuador, establece: "El sistema de educación superior se regirá por: 1. Un organismo
Más detallesREPÚBLICA DEL ECUADOR
REPÚBLICA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR RPC-SO-41-No.851-20 16 EL CONSEJO DE EDUCACIÓN SUPERIOR Considerando: el artículo 353 de la Constitución de la República del Ecuador, establece: "El
Más detallesREPÚBLICA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR
RPC-SO-06-No.l08-2017 EL CONSEJO DE EDUCACIÓN SUPERIOR Considerando: el artículo 353 de la Constitución de la República del Ecuador, establece: "El sistema de educación superior se regirá por: 1. Un organismo
Más detallesREPÚBLICA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR
RPC-SO-29-No.500-2016 EL Considerando: el artículo 353 de la Constitución de la República del Ecuador, establece: "El sistema de educación superior se regirá por: 1. Un organismo público de planificación,
Más detallesREPÚBLICA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR
RPC-SO-17-No.260-2016 EL CONSEJO DE EDUCACIÓN SUPERIOR Considerando: el artículo 353 de la Constitución de la República del Ecuador, establece: "El sistema de educación superior se regirá por: 1. Un organismo
Más detallesREPÚBLICA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR. RPC-SO-OS-No.079-2016 EL CONSEJO DE EDUCACIÓN SUPERIOR. Considerando:
RPC-SO-OS-No.079-2016 EL CONSEJO DE EDUCACIÓN SUPERIOR Considerando: el artículo 353 de la Constitución de la República del Ecuador, establece: "El sistema de educación superior se regirá por: 1. Un organismo
Más detallesREPÚBLICA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR
RepubUca del Ecuador RPC-SO-21-No.333-2016 EL CONSEJO DE EDUCACIÓN SUPERIOR Considerando: el artículo 353 de la Constitución de la República del Ecuador, establece: "El sistema de educación superior se
Más detallesREPÚBLICA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR
REPÚBLICA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR R':!publi ca del Ecuador RPC-SO-12-No.242-2017 EL CONSEJO DE EDUCACIÓN SUPERIOR Considerando: el artículo 353 de la Constitución de la República del
Más detallesREPÚBLICA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR
REPÚBLICA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR RPC-SO-35-No.713-2016 EL CONSEJO DE EDUCACIÓN SUPERIOR Considerando: Que. el artículo 353 de la Constitución de la República del Ecuador, establece:
Más detallesREPÚBLICA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR
RPC-SO-25-No.415-2016 EL Considerando: el artículo 353 de la Constitución de la República del Ecuador, establece: "El sistema de educación superior se regirá por: 1. Un organismo público de planificación,
Más detallesREPÚBLICA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR
REPÚBLICA DEL ECUADOR RPC -SO-33-No_662-2016 EL CONSEJO DE EDUCACIÓN SUPERIOR Considerando: el artículo 353 de la Constitución de la República del Ecuador, establece: "El sistema de educación superior
Más detallesREPÚBLICA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR
RPC-SO-17-No.259-2016 EL CONSEJO DE EDUCACIÓN SUPERIOR Considerando: el artículo 353 de la Constitución de la República del Ecuador, establece: "El sistema de educación superior se regirá por: 1. Un organismo
Más detallesREPÚBLICA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR
RPC-SO-46-No.810-2017 EL CONSEJODE EDUCACIÓN SUPERIOR Considerando: el artículo 353 de la Constitución de la República del Ecuador, establece: "El sistema de educación superior se regirá por: 1. Un organismo
Más detallesREPÚBLICA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACIÓN SUPERIOR
RPC-S0-27-No.471-2016 EL Considerando: el artículo 353 de la Constitución de la República del Ecuador, establece: "El sistema de educación superior se regirá por: l. Un organismo público de planificación,
Más detallesREPÚBLICA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR
RPC-SO-38-No.718-2017 EL CONSEJO DE EDUCACIÓN SUPERIOR Considerando: el artículo 353 de la Constitución de la República del Ecuador, establece: "El sistema de educación superior se regirá por: 1. Un organismo
Más detallesREPÚBLICA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR
INFORMACIÓN GENERAL REPÚBLICA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR Re publi ca del Ecuador RPC-SO-03-No.032-2016 EL CONSEJO DE EDUCACI ÓN SUPERIOR Consider ando: el artículo 353 de la Constitución
Más detallesREPÚBLICA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR
RPC-SO-10-No.165-2016 EL CONSEJO DE EDUCACIÓN SUPERIOR Considerando: el artículo 353 de la Constitución de la República del Ecuador, establece: "El sistema de educación superior se regirá por: 1. Un organismo
Más detallesREPÚBLICA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR
REPÚBLICA DEL ECUADOR _.... r.... RPC-SO-37-No.763-2016 EL Considerando: el artículo 353 de la Constitución de la República del Ecuador, establece: "El sistema de educación superior se regirá por: 1. Un
Más detallesREPÚBLICA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR
RPC-SO-18-No.330-2017 EL CONSEJO DE EDUCACIÓN SUPERIOR Considerando: el artículo 353 de la Constitución de la República del Ecuador, establece: "El sistema de educación superior se regirá por: 1. Un organismo
Más detallesREPÚBLICA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR
REPÚBLCA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPEROR RPC-SO-34-No.668-206 EL CONSEJO DE EDUCACiÓ N SUPEROR Considerando: Que Que Que el artículo 353 de la Constitución de la República del Ecuador establece:
Más detallesREPÚBLICA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR
RPC-SO-35-No.663-2017 EL CONSEJO DE EDUCACIÓN SUPERIOR Considerando: el artículo 353 de la Constitución de la República del Ecuador, establece: "El sistema de educación superior se regirá por: 1. Un organismo
Más detallesREPÚBLICA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR
REPÚBLICA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR R ~ puhh c A del Ecu..,dol RPC-SO-32-No.590-2017 EL CONSEJO DE EDUCACIÓN SUPERIOR Considerando: el artículo 353 de la Constitución de la República del
Más detallesREPÚBLICA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR
RPC-SO-09-No.14 7-2017 EL Considerando: el artículo 353 de la Constitución de la República del Ecuador, establece: "El sistema de educación superior se regirá por: 1. Un organismo público de planificación,
Más detallesREPÚBLICA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR
~,,,,~,,,,,,,, REPÚBLICA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR RPCSO34No_6722016 EL CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR Considerando: Que. el articulo 353 de la Constitución de la República del Ecuador,
Más detallesREPÚBLICA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR
RPC-SO-19-No.308-2016 EL CONSEJO DE EDUCACIÓN SUPERIOR Considerando: el artículo 353 de la Constitución de la República del Ecuador, establece: "El sistema de educación superior se regirá por: 1. Un organismo
Más detallesREPÚBLICA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR
CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR RPC-SO-17-No.264-2016 EL CONSEJO DE EDUCACIÓN SUPERIOR Considerando: el artículo 353 de la Constitución de la República del Ecuador, establece: "El sistema de educación superior
Más detallesREPÚBLICA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR. RPC-SO-06-No EL CONSEJO DE EDUCACIÓN SUPERIOR. Considerando:
R ~pub l i(,a dó!t Ecuadof RPC-SO-06-No.115-2016 EL CONSEJO DE EDUCACIÓN SUPERIOR Considerando: el artículo 353 de la Constitución de la República del Ecuador, establece: "El sistema de educación superior
Más detallesREPÚBLICA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR
RPC-SO-42-No.768-2017 EL CONSEJODE EDUCACIÓN SUPERIOR Considerando: el artículo 353 de la Constitución de la República del Ecuador, establece: "EI sistema de educación superior se regirá por: 1. Un organismo
Más detallesREPÚBLICA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR
REPÚBLICA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR RPC-SE-tO-No.02S-20t6 EL CONSEJO DE EDUCACIÓN SUPERIOR Considerando: el artículo 353 de la Constitución de la República del Ecuador, establece: "El sistema
Más detallesREPÚBLICA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR
RPC-SO-10-No.171 2017 EL CONSEJO DE EDUCACIÓN SUPERIOR Considerando: Que. el artículo 353 de la Constitución de la Repúbli ca del Ecuador, establece: "El sistema de educación superior se regirá por: 1.
Más detallesREPÚBLICA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR. Considerando:
i REPÚBLICA DEL ECUADOR RPC-SO-ll-No_178-2016 EL CONSEJO DE EDUCACIÓN SUPERIOR Considerando: el artículo 353 de la Constitución de la República del Ecuador, establece: "El sistema de educación superior
Más detallesREPÚBLICA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR
RPC-SO-II-No.177 2016 EL CONSEJO DE EDUCACIÓN SUPERIOR Considerando: el artículo 353 de la Constitución de la República del Ecuador. establece: "El sistema de educación superior se regirá por: 1. Un organismo
Más detallesREPÚBLICA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR
RPC-SO-17-No.266-2016 EL CONSEJO DE EDUCACIÓN SUPERIOR Considerando: el artículo 353 de la Constitución de la República del Ecuador. establece: "El sistema de educación superior se regirá por: 1. Un organismo
Más detallesREPÚBLICA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR
REPÚBLICA DEL ECUADOR RPC-SO-17-No.269-2016 EL CONSEJO DE EDUCACIÓN SUPERIOR Considerando: el artículo 353 de la Constitución de la República del Ecuador, establece: "El sistema de educación superior se
Más detallesREPÚBLICA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR
RPC-SO-30-No.529-20 EL CONSEJO DE EDUCACIÓN SUPERIOR Considerando: el artículo 353 de la Constitución de la República del Ecuador, establece: "El sistema de educación superior se regirá por: 1. Un organismo
Más detallesREPÚBLICA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR
Republl ca del Ecuador RPC-SO-I0-No.165-2017 EL CONSEJO DE EDUCACIÓN SUPERIOR Considerando: el artículo 353 de la Constitución de la República del Ecuador, establece: "El sistema de educación superior
Más detallesREPÚBLICA DEL ECUADOR
REPÚBLICA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR RPC-SO-09-No.151-2016 EL CONSEJO DE EDUCACIÓN SUPERIOR Consi derando: el artículo 35 3 de la Constitución de la República del Ecuador. establece: "El
Más detallesINFORMACIÓN GENERAL RESOLUCION
INFORMACIÓN GENERAL RESOLUCION REPÚBLICA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR Re p tlbll c ~ del Ec uador RPC-SO-36-No.466-2015 EL CONSEJO DE EDUCACIÓN SUPERIOR Considerando: el artículo 353 de la
Más detallesREPÚBLICA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR
REPÚBLICA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR RPC-SO-24-No_248-2013 EL CONSEJO DE EDUCACIÓN SUPERIOR Considerando: Que Que Que Que Que Que la Ley Orgánica de Educación Superior (LOES), en su artículo
Más detallesREPÚBLICA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR
RPC-SO-19-No.309 Z016 EL Considerando: Que. el artículo 353 de la Constitución de la República del Ecuador, establece: "El sistema de educación superior se regirá por: 1. Un organismo público de planificación,
Más detallesREPÚBLICA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR
REPÚBLICA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR Republi
Más detallesREPÚBLICA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR
REPÚBLIA DEL EUADOR ONSEJO DE EDUAiÓN SUPERIOR Repúbli ca del Ec-uador RP-SO-21-No.336-2016 EL ONSEJO DE EDUAIÓN SUPERIOR onsiderando: el artículo 353 de la onstitución de la República del Ecuador, establece:
Más detallesREPÚBLICA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR
RPC-SE-1S-No.OS8-2013 EL Considerando: Que, el artículo 166 de la Ley Orgánica de Educación Superior (LOES), establece: "El Consejo de Educación Superior es el organismo de derecho público, con personería
Más detallesUNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR FACULTAD DE JURISPRUDENCIA, CIENCIAS POLÍTICAS Y SOCIALES INSTITUTO DE INVESTIGACIÓN Y POSGRADO
INFORMACIÓN GENERAL UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR FACULTAD DE JURISPRUDENCIA, CIENCIAS POLÍTICAS Y SOCIALES INSTITUTO DE INVESTIGACIÓN Y POSGRADO ESPECIALIZACIÓN EN CONTRATACIÓN PÚBLICA RESOLUCIÓN RPC-SO-03-No.032-2016
Más detallesREPÚBLICA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR
RPC-SO-42-No.434-2013 EL CONSEJO DE EDUCACIÓN SUPERIOR Considerando: Que, el artículo 166 de la Ley Orgánica de Educación Superior (LOES), establece: "El Consejo de Educación Superior es el organismo de
Más detallesREPÚBLICA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR
Repúbli ca del Ecu;MIOf RPC-SO-21-No.339-2016 EL CONSEJO DE EDUCACIÓN SUPERIOR Considerando: el artículo 353 de la Constitución de la República del Ecuador, establece: "El sistema de educación superior
Más detallesREPÚBLICA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR. RPC-SO-14-No EL CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR. Considerando:
RPC-SO-14-No.220-2016 EL Considerando: el articulo 353 de la Constitución de la República del Ecuador, establece; "El sistema de educación superior se regirá por: 1. Un organismo público de planificación,
Más detallesREPÚBLICA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR
RPC-SO-29-No.521-2016 EL CONSEJO DE EDUCACIÓN SUPERIOR Considerando: el artículo 350 de la Constitución de la República del Ecuador, establece: "El sistema de educación superior tiene como finalidad la
Más detallesREPÚBLICA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR
REPÚBLCA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPEROR RPC-SO-38-No_78-206 EL CONSEJO OE EDUCACÓN SUPEROR Considerando: el artfculo 353 de la Constitución de la República del Ecuador, establece: "El sistema
Más detallesREPÚBLICA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR
R.publi(~ del Ecuildo!' RPC-SO-30-No.531-2016 EL Considerando: el artículo 353 de la Constitución de la República del Ecuador, establece: "El sistema de educación superior se regirá por: 1. Un organismo
Más detallesREPÚBLICA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR
REPÚBLICA DEL ECUADOR RPC-SO-32-No.614-2016 EL Considerando: el artículo 353 de la Constitución de la República del Ecuador, establece: "El sistema de educación superior se regirá por: 1. Un organismo
Más detallesREPÚBLICA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR
REPÚBLICA DEL RPC-SO-25-No.488-2017 EL CONSEJO DE EDUCACIÓN SUPERIOR Considerando: el artículo 26 de la Constitución de la República del Ecuador, manifiesta: "La educación es un derecho de las personas
Más detallesREPÚBLICA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR
RPC-SO-2 1-No.409-2017 EL CONSEJO DE EDUCACIÓN SUPERIOR Considerando: el artículo 353 de la Constitución de la República del Ecuador, establece: "El sistema de educación superior se regirá por: 1. Un organismo
Más detallesREPÚBLICA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR
REPÚBLCA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPEROR RPC-SO-34-No.675 2016 EL CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPEROR Considerando: el artículo 353 de la Constitución de la República del Ecu ador; establece: "El sistema
Más detallesREPÚBLICA DEL ECUADOR
i REPÚBLICA DEL ECUADOR RPC-SO-33-No.639-2016 EL CONSEJO DE EDUCACIÓN SUPERIOR Considerando: el artículo 353 de la Constitución de la República del Ecuador. establece: "El sistema de educación superior
Más detallesREPÚBLICA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR
REPÚBLICA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR RPC-SO-29-No.490-2016 EL CONSEJO DE EDUCACIÓN SUPERIOR Considerando: el artículo 353 de la Constitución de la República del Ecuador, establece: "El sistema
Más detallesREPÚBLICA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR
RPC-SO-13-No.146-2014 EL CONSEJO DE EDUCACIÓN SUPERIOR Considerando: el artículo 353 de la Constitución de la República del Ecuador, establece: "El sistema de educación superior se regirá por: 1. Un organismo
Más detallesNORMATIVA PARA APERTURA DE COHORTES PROGRAMAS DE POSTGRADO
NORMATIVA PARA APERTURA DE COHORTES PROGRAMAS DE POSTGRADO Resolución del Consejo de Educación Superior 44 Documento Institucional 2014 de 22-ene.-2014 Estado: Vigente NOTA GENERAL: Normativa Apertura
Más detallesREPÚBLICA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR
REPÚBLICA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR RPC-SO-25-No.422-2016 EL CONSEJO DE EDUCACIÓN SUPERIOR Considerando: el artículo 353 de la Constitución de la República del Ecuador, establece: "El sistema
Más detallesREPÚBLICA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR
RPC-SO-15-No.230-2016 EL CONSEJO DE EDUCACIÓN SUPERIOR Considerando: Que el artículo 26 de la Constitución de la República del Ecuador, determina: "La educación es un derecho de las personas a lo largo
Más detallesREPÚBLICA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR
RPC-SO-1 2-No_245-2017 EL CONSEJO DE EDUCACIÓN SUPERIOR Considerando: el artículo 353 de la Constitución de la República del Ecuador. establece: "El sistema de educación superior se regirá por: 1. Un organismo
Más detallesREPÚBLICA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR
RPC-SO-17-No.270-2016 EL CONSEJO DE EDUCACIÓN SUPERIOR Considerando: el artículo 26 de la Constitución de la República del Ecuador, establece: "La educación es un derecho de las personas a lo largo de
Más detallesREPÚBLICA DEL ECUADOR. EL CONSEJO DE EDUCAC ión SUPERIOR. RPC-SO-31-No.S SS CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR. Considerando:
CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR RPC-SO-31-No.S SS-2016 EL CONSEJO DE EDUCAC ión SUPERIOR Considerando: Que. el articulo 353 de la Constitución de la República del Ecuador. establece: "El sistema de educación
Más detallesREPÚBLICA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR
REPÚBLICA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR RPC-SO-34-No.682-206 EL CONSEJO DE EDUCACIÓN SUPERIOR Considerando: el artículo 353 de la Constitución de la República del Ecuador establece: "El sistema
Más detallesUNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR FACULTAD DE JURISPRUDENCIA, CIENCIAS POLÍTICAS Y SOCIALES INSTITUTO DE INVESTIGACIÓN Y POSGRADO
INFORMACIÓN GENERAL UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR FACULTAD DE JURISPRUDENCIA, CIENCIAS POLÍTICAS Y SOCIALES INSTITUTO DE INVESTIGACIÓN Y POSGRADO MAESTRÍA EN DERECHO PENAL, MENCIÓN EN DERECHO PROCESAL
Más detallesREPÚBLICA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR. RPC-SO-032-No El CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR. Considerando:
CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR. ".~... ~ I ' "... RPC-SO-032-No.226-2012 El CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR Considerando: el artículo 166 de la Ley Orgánica de Educación Superior (LOES), establece que: "El
Más detallesREPÚBLICA DEL ECUADOR. Considerando:
REPÚBLICA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR RPC-SO-43-No.879-2016 EL CONSEJO DE EDUCACiÓ N SUPERIOR Considerando: el artfculo 353 de la Constitución de la República del Ecuador, establece: "El
Más detallesREPÚBLICA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR. Considerando:
REPÚBLICA DEL ECUADOR RPC-SE-17-No.068-2016 EL CONSEJO DE EDUCACIÓN SUPERIOR Considerando: el artículo 353 de la Constitución de la República del Ecuador, establece: "El sistema de educación superior se
Más detallesUNIVERSIDAD DE NARIÑO FACULTAD DE INGENIERÍA DEPARTAMENTO DE ELECTRÓNICA PLAN DE ESTUDIOS INGENIERÍA ELECTRÓNICA PRIMER SEMESTRE HORAS TEOR. PRAC.
PRIMER SEMESTRE MATERIA PRERREQUISITO CRÉDITOS 109 Algebra Lineal 4 0 101 Cálculo Diferencial 4 0 24 Fundamentos de Programación 2 2 510 Introducción a la Ingeniería Electrónica 2 0 1 6418 Física I 4 2
Más detallesREPÚBLICA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR
Relmbli (d del EcuadOf RPC-SO-24-No.299-2015 EL CONSEJO DE EDUCACIÓN SUPERIOR Considerando: el artículo 76, numeral 7, literal m) de la Constitución de la República del Ecuador, establece: "En todo proceso
Más detallesREPÚBLICA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR
RPC-SO-18-No.293-2016 EL CONSEJO DE EDUCACIÓN SUPERIOR Considerando: el artículo 353 de la Constitución de la República del Ecuador, establece: "El sistema de educación superior se regirá por: 1. Un organismo
Más detallesREPÚBLICA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR
REPÚBLICA DEL ECUADOR RPC-SO-31-No_583-2016 EL CONSEJO DE EDUCACIÓN SUPERIOR Considerando: el articulo 353 de la Constitución de la República del Ecuador, establece: "El sistema de educación superior se
Más detallesMALLA MICROCURRICULAR - CARRERA INGENIERÍA INDUSTRIAL
Unidad Nombre Asignatura Básica 5 6 MALLA MCROCURRCULAR - CARRERA NGENERÍA NDUSTRAL Docencia Práctica Aprendizaje Autónomo por período Cálculo de una Variable 96 96 8 0 Fundamentos teóricos Algebra Lineal
Más detallesComisión Permanente de Universidades yescuelas Dr»litAr*mr>or<
OUINbtJU Ut tuuuaulun buh'tkiuk Comisión Permanente de Universidades yescuelas Dr»litAr*mr>or< (J^aCíÍO *KPr Acuerdo No. ACU-CPUEP-SO-013-No.l51-2017 LA COMISIÓN PERMANTENTE DE UNIVERSIDADES Y ESCUELAS
Más detallesREPÚBLICA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR
REPÚBLICA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR RPC-SO-44-No.896-Z016 EL CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR Considerando: el artfculo 353 de la Constitución de la República del Ecuador, establece: "El sistema
Más detallesREPÚBLICA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACION SUPERIOR
CONSEJO DE EDUCACION SUPERIOR F."",,.,...,...,. RPC-SO-08-No.139-2016 EL CONSEJO DE EDUCACIÓN SUPERIOR Considerando: Que. Que. el artículo 82 de la Co nstitución de la República del Ecuador, manifiesta:
Más detallesREPÚBLICA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR
Rel)ubli c,l del Ecuador RPC-SO-14-No.221-2016 EL CONSEJO DE EDUCACIÓN SUPERIOR Considerando: el artículo 76, numeral 5 de la Constitución de la República del Ecuador, dispone: "En todo proceso en el que
Más detallesREPUBLICA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACION SUPERIOR. RPC-S0-035-No EL CONSEJO DE EDUCACION SUPERIOR. Considerando:
RPC-S0-035-2012 EL Considerando:, el Art. 353 de la Constituci6n de la Republica del Ecuador establece que: " /sistema de educaci6n superior se regira por: 1. Un organismo publico de p/anificaci6n, regulaci6n
Más detallesREPÚBLICA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR
R'!publu a del Ecuador RPC-SO-21-No.406-2017 EL CONSEJO DE EDUCACIÓN SUPERIOR Considerando: el artículo 353 de la Constitución de la República del Ecuador, establece: "El sistema de educación superior
Más detallesMALLA CURRICULAR DE INGENIERÍA EN TELECOMUNICACIONES
MALLA CURRICULAR DE INGENIERÍA EN TELECOMUNICACIONES UNIDAD CURRICULAR BÁSICA UNIDAD CURRICULAR PROFESIONAL UNIDAD CURRICULAR DE Resuelve problemas relacionados con la ingeniería aplicando sólidos conocimientos
Más detallesREPÚBLICA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACiÓN SU PERIOR
REPÚBLICA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACiÓN SU PERIOR ~_. "" (,... RPC-SO-42 -No.866-2016 EL CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR Considerando: el artículo 353 de la Constitución de la República del Ecuador, establece:
Más detallesREPÚBLICA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR
REPÚBLICA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR R~públ i(.a del Ecuador RPC-SO-21-No.239-2015 EL CONSEJO DE EDUCACIÓN SUPERIOR Considerando: el artículo 61 de la Constitución de la República del Ecuador,
Más detallesREPÚBLICA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR
REPÚBLICA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR RoepubU ca d'!l Ecuador RPC-SO-08-No.139-2016 EL CONSEJO DE EDUCACIÓN SUPERIOR Considerando: el artículo 82 de la Constitución de la República del Ecuador,
Más detallesREPÚBLICA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR
REPÚBLICA DEL ECUADOR RPC-SO-28-No.474-2016 EL Considerando: Que. el artículo 353 de la Constitución de la Re pública del Ecuador, establece: "El sistema de educación superior se regi rá por: 1. Un orga
Más detallesACUERDO 014 (Acta 59 del 29 de octubre de 2012)
ACUERDO 014 (Acta 59 del 29 de octubre de 2012) Por la cual se modifica la Resolución CF-783 de 2011 del Consejo de la Facultad de Minas para especificar los créditos, las agrupaciones y las asignaturas
Más detallesREPÚBLICA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR
Republlu del E(Uldo. RPC-SO-30-No.523-2016 EL CONSEJO DE EDUCACIÓN SUPERIOR Considerando: el artículo 353 de la Constitución de la República del Ecuador, establece: El sistema de educación superior se
Más detallesACUERDO 013 (Acta 59 del 29 de octubre de 2012)
ACUERDO 013 (Acta 59 del 29 de octubre de 2012) Por la cual se modifica la Resolución CF-782 de 2011 del Consejo de la Facultad de Minas para especificar los créditos, las agrupaciones y las asignaturas
Más detallesREPÚBLICA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR. RPC-SO-39-No EL CONSEJO DE EDUCACIÓN SUPERIOR. Considerando:
REPÚBLICA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR RPC-SO-39-No.3-2016 EL CONSEJO DE EDUCACIÓN SUPERIOR Considerando: Que. el artículo 353 de la Constitución de la Repúb lica del Ecuador, establece: "El
Más detallesUNIVERSIDAD CATÓLICA SANTO TORIBIO DE MOGROVEJO VICERRECTORADO ACADÉMICO
Página 1 de 11 UNIVERSIDAD CATÓLICA SANTO TORIBIO DE MOGROVEJO VICERRECTORADO ACADÉMICO FACULTAD DE:INGENIERÍA ESCUELA PROFESIONAL DE:INGENIERÍA MECÁNICA ELÉCTRICA PLAN CURRICULAR: CARRERA PROFESIONAL:
Más detallesREPÚBLICA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR
REPÚBLICA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR RPC-SO-31-No.S77-2016 EL CONSEJO DE EDUCACIÓN SUPERIOR Considerando: el artícul o 353 de la Constitución de la República del Ec uador. establece: "El
Más detallesCONSEJO ACADÉMICO. RESOLUCIÓN No. 26. (08 de agosto de 2006)
RESOLUCIÓN No. 26 (08 de agosto de 2006) POR LA CUAL SE APRUEBA LA REESTRUCTURACIÓN DEL PLAN DE ESTUDIOS DEL PROGRAMA DE INGENIERIA ELECTRÓNICA DE LA FACULTAD SEDE SECCIONAL SOGAMOSO EL CONSEJO ACADÉMICO
Más detallesREPÚBLICA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR
RPC-SO-04-No.051-2018 EL CONSEJO DE EDUCACIÓN SUPERIOR Considerando: el artículo 226 de la Constitución de la República del Ecuador, determina: "Las instituciones del Estado, sus organismos, dependencias,
Más detallesREPÚBLICA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR
REÚBLICA EL ECUAOR CONSEJO E EUCACiÓN SUERIOR RC-SO-31-No.573-2016 EL CONSEJO E EUCACIÓN SUERIOR Considerando: Que. el artículo 353 de la Constitución de la República del Ecuador. establece: "El sistema
Más detalles