ENMIENDAS ES Unida en la diversidad ES. Parlamento Europeo 2014/2243(INI) Proyecto de informe Jacqueline Foster (PE554.

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1 Parlamento Europeo Comisión de Transportes y Turismo 2014/2243(INI) ENMIENDAS Proyecto de informe Jacqueline Foster (PE v01-00) sobre el uso seguro de los sistemas de aeronaves pilotadas de forma remota (RPAS), comúnmente conocidos como vehículos aéreos no tripulados (UAV), en el ámbito de la aviación civil (2014/2243(INI)) AM\ doc PE v01-00 Unida en la diversidad

2 AM_Com_NonLegReport PE v /74 AM\ doc

3 1 Matthijs van Miltenburg Visto 1 bis (nuevo) Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, y en particular su artículo 4, apartado 2, letra g), el título VI y su artículo 16, 2 Matthijs van Miltenburg Visto 1 ter (nuevo) Vista la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea y, en particular, sus artículos 7 y 8, 3 Matthijs van Miltenburg Visto 1 quater (nuevo) Vista la Directiva 95/46/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 24 de octubre de 1995, relativa a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos AM\ doc 3/74 PE v01-00

4 personales y a la libre circulación de estos datos, 4 Matthijs van Miltenburg Visto 1 quinquies (nuevo) Visto el Dictamen del Supervisor Europeo de Protección de Datos sobre la Comunicación de la Comisión al Parlamento Europeo y al Consejo titulada «Una nueva era de la aviación - Abrir el mercado de la aviación al uso civil de sistemas de aeronaves pilotadas de forma remota de manera segura y sostenible», 5 Matthijs van Miltenburg, Izaskun Bilbao Barandica, Pavel Telička Visto 4 bis (nuevo) Visto el concepto de operaciones para vehículos aéreos no tripulados «Concept of Operations for Drones - A risk based approach to regulation of unmanned aircraft» de la Agencia Europea de Seguridad Aérea, 6 Dominique Riquet PE v /74 AM\ doc

5 Considerando A A. Considerando que, desde hace muchas décadas, los aficionados a la aviación han hecho volar modelos reducidos de aviones teledirigidos; que, en los últimos 15 años, la utilización de RPAS, comúnmente conocidos como UAV o drones, ha experimentado un rápido crecimiento; que, en particular, los RPAS de reducido tamaño, diseñados tanto para fines recreativos como de ocio, se han hecho cada vez más populares; A. Considerando que, desde hace muchas décadas, los aficionados a la aviación han hecho volar modelos reducidos de aviones teledirigidos; que, en los últimos 15 años, la utilización de RPAS, pertenecientes a la categoría más amplia de los UAV o drones, ha experimentado un rápido crecimiento; que, en particular, los RPAS de reducido tamaño, diseñados tanto para fines recreativos como de ocio, se han hecho cada vez más populares; 7 Dominique Riquet, Christine Revault D'Allonnes Bonnefoy Considerando B B. Considerando que esta tecnología, desarrollada en un primer momento para uso militar, se aplica actualmente con fines comerciales, lo cual entraña un desplazamiento de los límites legislativos; que, hoy en día, los RPAS también ofrecen importantes beneficios para diferentes usos civiles, como las inspecciones de seguridad y el control de infraestructuras (vías ferroviarias, presas y centrales eléctricas), la evaluación de catástrofes naturales, las labores agrícolas de precisión y los medios de comunicación; que el uso de RPAS también aporta notables beneficios medioambientales; B. Considerando que esta tecnología, desarrollada en un primer momento para uso militar, se aplica actualmente con fines comerciales, lo cual entraña un desplazamiento de los límites legislativos; que, hoy en día, los RPAS utilizados en el ámbito profesional también ofrecen importantes beneficios para diferentes usos civiles cuyo valor añadido aumenta con la distancia entre el aparato y el piloto que lo controla (vuelos fuera del alcance visual); que dichos usos, extremadamente diversos y con potencial para seguir desarrollándose en el futuro, incluyen en particular las inspecciones de seguridad y el control de infraestructuras (vías ferroviarias, presas y centrales eléctricas), la evaluación de catástrofes naturales, las labores agrícolas de precisión (agricultura AM\ doc 5/74 PE v01-00

6 sostenible), la producción mediática, la termografía aérea o incluso la entrega de paquetes en zonas aisladas; 8 Matthijs van Miltenburg, Izaskun Bilbao Barandica, Pavel Telička Considerando B B. Considerando que esta tecnología, desarrollada en un primer momento para uso militar, se aplica actualmente con fines comerciales, lo cual entraña un desplazamiento de los límites legislativos; que, hoy en día, los RPAS también ofrecen importantes beneficios para diferentes usos civiles, como las inspecciones de seguridad y el control de infraestructuras (vías ferroviarias, presas y centrales eléctricas), la evaluación de catástrofes naturales, las labores agrícolas de precisión y los medios de comunicación; que el uso de RPAS también aporta notables beneficios medioambientales; B. Considerando que esta tecnología, desarrollada en un primer momento para uso militar, se aplica actualmente con fines comerciales, lo cual entraña un desplazamiento de los límites legislativos; que, hoy en día, los RPAS también ofrecen importantes beneficios para diferentes usos civiles, como las inspecciones de seguridad y el control de infraestructuras (vías ferroviarias, presas y centrales eléctricas), la evaluación de catástrofes naturales, las labores agrícolas de precisión y los medios de comunicación; que el uso de RPAS también aporta notables beneficios medioambientales; que se puede prever el desarrollo rápido de nuevas aplicaciones en un futuro próximo, lo que refleja la naturaleza innovadora y dinámica de la industria de los RPAS; 9 Christine Revault D'Allonnes Bonnefoy Considerando B B. Considerando que esta tecnología, B. Considerando que esta tecnología, PE v /74 AM\ doc

7 desarrollada en un primer momento para uso militar, se aplica actualmente con fines comerciales, lo cual entraña un desplazamiento de los límites legislativos; que, hoy en día, los RPAS también ofrecen importantes beneficios para diferentes usos civiles, como las inspecciones de seguridad y el control de infraestructuras (vías ferroviarias, presas y centrales eléctricas), la evaluación de catástrofes naturales, las labores agrícolas de precisión y los medios de comunicación; que el uso de RPAS también aporta notables beneficios medioambientales; desarrollada en un primer momento para uso militar, se aplica actualmente con fines comerciales, lo cual entraña un desplazamiento de los límites legislativos; que, hoy en día, los RPAS de uso profesional también ofrecen importantes beneficios para diferentes usos civiles, como las inspecciones de seguridad y el control de infraestructuras (vías ferroviarias, presas y centrales eléctricas), la evaluación de catástrofes naturales, las labores agrícolas de precisión y los medios de comunicación; que el uso de RPAS en el ámbito profesional también aporta notables beneficios medioambientales; 10 Renaud Muselier Considerando B bis (nuevo) B bis. Considerando la capacidad de esta tecnología para sustituir al hombre en entornos peligrosos; 11 Christine Revault D'Allonnes Bonnefoy Considerando B bis (nuevo) B bis. Considerando que existen dos categorías de uso de los RPAS, a saber, los RPAS de uso profesional y los de uso recreativo, y que estas dos categorías, diferentes por naturaleza, deben ser AM\ doc 7/74 PE v01-00

8 objeto de distintos marcos normativos; 12 Renaud Muselier Considerando B ter (nuevo) B ter. Considerando el potencial de reducción de los gases de efecto invernadero que presenta la sustitución, para determinadas tareas, de aeronaves con un elevado consumo de combustibles fósiles por aeronaves pilotadas de forma remota, más pequeñas y ligeras y propulsadas por electricidad; 13 Marie-Christine Arnautu Considerando C C. Considerando que la legislación de la UE en vigor establece que la Agencia Europea de Seguridad Aérea (AA) es, en principio, la autoridad de certificación para los RPAS con una masa máxima de despegue de más de 150 kg; que los RPAS con una masa igual o inferior a 150 kg se encuentran bajo la jurisdicción de los Estados miembros; C. Considerando que todos los RPAS deberían quedar bajo la jurisdicción de los Estados miembros; PE v /74 AM\ doc

9 14 Matthijs van Miltenburg, Izaskun Bilbao Barandica, Pavel Telička Considerando D D. Considerando que existen o se están desarrollando normativas en materia de RPAS en Austria, Dinamarca, Francia, Alemania, Italia, Irlanda, España y el Reino Unido 1 ; que existen escuelas de vuelo autorizadas en Dinamarca, el Reino Unido y los Países Bajos y que en estos dos últimos países ya hay más de 500 pilotos con licencia para RPAS; &pageid= D. Considerando que existen o se están desarrollando normativas en materia de RPAS en numerosos Estados miembros; que existen muchas escuelas de vuelo autorizadas y que ya hay pilotos con licencia para RPAS; 15 Evžen Tošenovský Considerando D D. Considerando que existen o se están desarrollando normativas en materia de RPAS en Austria, Dinamarca, Francia, Alemania, Italia, Irlanda, España y el Reino Unido 1 ; que existen escuelas de vuelo autorizadas en Dinamarca, el Reino Unido y los Países Bajos y que en estos dos últimos países ya hay más de 500 pilotos con licencia para RPAS; 1 D. Considerando que existen o se están desarrollando normativas en materia de RPAS en Austria, Dinamarca, Francia, Alemania, Italia, Irlanda, España, el Reino Unido y la República Checa 1 ; que existen escuelas de vuelo autorizadas en Dinamarca, el Reino Unido y los Países Bajos y que en estos dos últimos países ya hay más de 500 pilotos con licencia para RPAS; 1 AM\ doc 9/74 PE v01-00

10 995&pageid= &pageid= Davor Škrlec Considerando D D. Considerando que existen o se están desarrollando normativas en materia de RPAS en Austria, Dinamarca, Francia, Alemania, Italia, Irlanda, España y el Reino Unido 1 ; que existen escuelas de vuelo autorizadas en Dinamarca, el Reino Unido y los Países Bajos y que en estos dos últimos países ya hay más de 500 pilotos con licencia para RPAS; &pageid= D. Considerando que existen o se están desarrollando normativas en materia de RPAS en Austria, Croacia, Dinamarca, Francia, Alemania, Italia, Irlanda, España y el Reino Unido 1 ; que existen escuelas de vuelo autorizadas en Dinamarca, el Reino Unido y los Países Bajos y que en estos dos últimos países ya hay más de 500 pilotos con licencia para RPAS; &pageid= Janusz Zemke, Bogusław Liberadzki, Gabriele Preuß, Christine Revault D'Allonnes Bonnefoy Considerando D D. Considerando que existen o se están desarrollando normativas en materia de RPAS en Austria, Dinamarca, Francia, Alemania, Italia, Irlanda, España y el Reino Unido 1 ; que existen escuelas de vuelo autorizadas en Dinamarca, el Reino Unido y los Países Bajos y que en estos dos D. Considerando que existen o se están desarrollando normativas en materia de RPAS en Austria, Dinamarca, Francia, Alemania, Italia, Irlanda, España, Polonia y el Reino Unido 1 ; que existen escuelas de vuelo autorizadas en Dinamarca, el Reino Unido y los Países Bajos y que en estos dos PE v /74 AM\ doc

11 últimos países ya hay más de 500 pilotos con licencia para RPAS; &pageid= últimos países ya hay más de 500 pilotos con licencia para RPAS; &pageid= Christine Revault D'Allonnes Bonnefoy Considerando D D. Considerando que existen o se están desarrollando normativas en materia de RPAS en Austria, Dinamarca, Francia, Alemania, Italia, Irlanda, España y el Reino Unido 1 ; que existen escuelas de vuelo autorizadas en Dinamarca, el Reino Unido y los Países Bajos y que en estos dos últimos países ya hay más de 500 pilotos con licencia para RPAS; &pageid= D. Considerando que existen o se están desarrollando normativas en materia de RPAS en Austria, Dinamarca, Francia 1 bis, Alemania, Italia, Irlanda, España y el Reino Unido 1 ; que existen escuelas de vuelo autorizadas en Dinamarca, el Reino Unido y los Países Bajos y que en estos dos últimos países ya hay más de 500 pilotos con licencia para RPAS; 1 bis &pageid= Dominique Riquet, Pavel Telička Considerando E AM\ doc 11/74 PE v01-00

12 E. Considerando que todas las normas en vigor en materia de RPAS en Europa están adaptadas a la evaluación del riesgo operativo; que dichas normas se definen en función del operador, por lo que no adoptan el enfoque centrado en la aeronave usado en el caso de la aviación tripulada; que el riesgo no solo depende del tipo de aparato, sino también de otros factores como la zona de vuelo, la experiencia del operador y el tipo específico de operación; E. Considerando que todas las normas en vigor en materia de RPAS en Europa están adaptadas a la evaluación del riesgo operativo; que dichas normas se definen en función del operador, por lo que no adoptan el enfoque centrado en la aeronave usado en el caso de la aviación tripulada; que el riesgo no solo depende del tipo de aparato, sino también de otros factores como la zona de vuelo, la altitud, la experiencia del operador y el tipo específico de operación; 20 Matthijs van Miltenburg, Izaskun Bilbao Barandica Considerando E E. Considerando que todas las normas en vigor en materia de RPAS en Europa están adaptadas a la evaluación del riesgo operativo; que dichas normas se definen en función del operador, por lo que no adoptan el enfoque centrado en la aeronave usado en el caso de la aviación tripulada; que el riesgo no solo depende del tipo de aparato, sino también de otros factores como la zona de vuelo, la experiencia del operador y el tipo específico de operación; E. Considerando que todas las normas en vigor en materia de RPAS en Europa están adaptadas a la evaluación del riesgo de seguridad operacional; que dichas normas se definen en función del operador, por lo que no adoptan el enfoque centrado en la aeronave usado en el caso de la aviación tripulada; que el riesgo no solo depende del tipo de aparato, sino también de otros factores como la zona de vuelo, la experiencia del operador, el tipo específico de operación y la capacidad del operador para gestionar situaciones imprevistas; 21 Renaud Muselier PE v /74 AM\ doc

13 Considerando E E. Considerando que todas las normas en vigor en materia de RPAS en Europa están adaptadas a la evaluación del riesgo operativo; que dichas normas se definen en función del operador, por lo que no adoptan el enfoque centrado en la aeronave usado en el caso de la aviación tripulada; que el riesgo no solo depende del tipo de aparato, sino también de otros factores como la zona de vuelo, la experiencia del operador y el tipo específico de operación; E. Considerando que todas las normas en vigor en materia de RPAS en Europa están adaptadas a la evaluación del riesgo operativo; que dichas normas se definen en función del tipo de operación, por lo que no adoptan el enfoque centrado en la aeronave usado en el caso de la aviación tripulada; que el riesgo no solo depende del tipo de aparato, sino también de otros factores como la zona de vuelo, la experiencia del operador y el tipo específico de operación; 22 Christine Revault D'Allonnes Bonnefoy Considerando E E. Considerando que todas las normas en vigor en materia de RPAS en Europa están adaptadas a la evaluación del riesgo operativo; que dichas normas se definen en función del operador, por lo que no adoptan el enfoque centrado en la aeronave usado en el caso de la aviación tripulada; que el riesgo no solo depende del tipo de aparato, sino también de otros factores como la zona de vuelo, la experiencia del operador y el tipo específico de operación; E. Considerando que todas las normas en vigor en materia de RPAS en Europa están adaptadas a la evaluación del riesgo operativo; que dichas normas se definen en función del operador, por lo que no adoptan el enfoque centrado en la aeronave usado en el caso de la aviación tripulada; que el riesgo no solo depende del tipo de aparato, sino también de otros factores como el tipo de uso, la zona de vuelo, la experiencia del operador y el tipo específico de operación; 23 Pavel Telička AM\ doc 13/74 PE v01-00

14 Considerando E E. Considerando que todas las normas en vigor en materia de RPAS en Europa están adaptadas a la evaluación del riesgo operativo; que dichas normas se definen en función del operador, por lo que no adoptan el enfoque centrado en la aeronave usado en el caso de la aviación tripulada; que el riesgo no solo depende del tipo de aparato, sino también de otros factores como la zona de vuelo, la experiencia del operador y el tipo específico de operación; E. Considerando que todas las normas en vigor en materia de RPAS en Europa están adaptadas a la evaluación del riesgo operativo; que dichas normas se definen en función del operador, por lo que no adoptan el enfoque centrado en la aeronave usado en el caso de la aviación tripulada; que el riesgo no solo depende de las características del aparato (peso, alcance operativo y velocidad), sino también de otros factores como la zona de vuelo, la experiencia del operador y el tipo específico de operación; 24 Dominique Riquet, Pavel Telička Considerando F F. Considerando que este sector tiene un inmenso potencial de crecimiento tanto para las grandes empresas como para la cadena de suministro compuesta por miles de pymes, potencial que abarca todo el arco de producción, desde los fabricantes hasta el usuario final; que resulta imperativo mantener unos niveles de exigencia reconocidos mundialmente en la fabricación de estos aparatos; F. Considerando que este sector tiene un inmenso potencial de crecimiento tanto para las grandes empresas como para la cadena de suministro compuesta por miles de pymes, potencial que abarca todo el arco de producción, desde los fabricantes hasta el usuario final; que resulta imperativo mantener unos niveles de exigencia reconocidos mundialmente en la fabricación de estos aparatos y promover al mismo tiempo el liderazgo europeo en este ámbito; PE v /74 AM\ doc

15 25 Franck Proust, Renaud Muselier Considerando F F. Considerando que este sector tiene un inmenso potencial de crecimiento tanto para las grandes empresas como para la cadena de suministro compuesta por miles de pymes, potencial que abarca todo el arco de producción, desde los fabricantes hasta el usuario final; que resulta imperativo mantener unos niveles de exigencia reconocidos mundialmente en la fabricación de estos aparatos; F. Considerando que este sector se caracteriza por una economía de servicios de alto valor añadido basada en una compleja cadena de valores: diseño, fabricación, operación, formación, tratamiento, almacenamiento, intercambio y aprovechamiento de la información; que, especialmente en Europa, dicho sector tiene un inmenso potencial de crecimiento tanto para las grandes empresas como para la cadena de suministro compuesta por miles de pymes, potencial que abarca todo el arco de producción, desde los fabricantes hasta el usuario final; que resulta imperativo mantener unos niveles de exigencia reconocidos mundialmente en la fabricación de estos aparatos, así como fomentar los conocimientos técnicos y la tecnología europea; 26 Matthijs van Miltenburg, Izaskun Bilbao Barandica, Pavel Telička Considerando F F. Considerando que este sector tiene un inmenso potencial de crecimiento tanto para las grandes empresas como para la cadena de suministro compuesta por miles de pymes, potencial que abarca todo el arco de producción, desde los fabricantes hasta el usuario final; que resulta imperativo mantener unos niveles de F. Considerando que este sector tiene un inmenso potencial de crecimiento económico tanto para las grandes empresas como para la cadena de suministro compuesta por miles de pymes, así como por empresas emergentes innovadoras, potencial que abarca todo el arco de producción, desde los fabricantes hasta el AM\ doc 15/74 PE v01-00

16 exigencia reconocidos mundialmente en la fabricación de estos aparatos; usuario final; que resulta imperativo mantener unas normas operativas y unos niveles de exigencia reconocidos mundialmente en la fabricación de estos aparatos; 27 Dominique Riquet, Christine Revault D'Allonnes Bonnefoy, Pavel Telička Considerando G G. Considerando que, habida cuenta de la rápida evolución de este mercado, los RPAS se están integrando, con acierto, en los programas aeronáuticos ya existentes, como la Empresa Común SAR para la investigación sobre la gestión del tránsito aéreo en el Cielo Único Europeo y Horizonte 2020; que el sector ya ha invertido importantes recursos financieros; G. Considerando que, habida cuenta de la rápida evolución de este mercado, los RPAS se están integrando, con acierto, en los programas aeronáuticos ya existentes, como la Empresa Común SAR para la investigación sobre la gestión del tránsito aéreo en el Cielo Único Europeo y Horizonte 2020; que el sector ya ha invertido importantes recursos financieros y se le animaría a invertir aún más si se facilitara el acceso de las pymes, mayoritarias en el sector, a la financiación; 28 Matthijs van Miltenburg, Izaskun Bilbao Barandica, Pavel Telička Considerando G G. Considerando que, habida cuenta de la rápida evolución de este mercado, los RPAS se están integrando, con acierto, en los programas aeronáuticos ya existentes, como la Empresa Común SAR para la G. Considerando que, habida cuenta de la rápida evolución de este mercado, los RPAS se están integrando, con acierto, en los programas aeronáuticos ya existentes, como la Empresa Común SAR para la PE v /74 AM\ doc

17 investigación sobre la gestión del tránsito aéreo en el Cielo Único Europeo y Horizonte 2020; que el sector ya ha invertido importantes recursos financieros; investigación sobre la gestión del tránsito aéreo en el Cielo Único Europeo y Horizonte 2020; que el sector ya ha invertido importantes recursos financieros; que una financiación adicional para investigación y desarrollo (I+D) será fundamental para apoyar esta nueva industria, así como para la integración segura de los RPAS en el espacio aéreo; 29 Franck Proust, Renaud Muselier Considerando H H. Considerando que, incluso en esta primera fase, tanto los Estados miembros como el sector industrial y la propia Comisión Europea ya han reconocido el potencial que abriga este mercado y han insistido en subrayar que todo marco de actuación debe favorecer el crecimiento con miras a competir a escala mundial; H. Considerando que, incluso en esta primera fase, tanto los Estados miembros como el sector industrial y la propia Comisión Europea ya han reconocido el potencial que abriga este mercado y han insistido en subrayar que todo marco de actuación debe favorecer el crecimiento del sector europeo con miras a competir a escala mundial; 30 Matthijs van Miltenburg, Izaskun Bilbao Barandica Considerando I I. Considerando que este mercado emergente brinda importantes oportunidades tanto en términos de inversión como de creación de empleo a lo largo de toda la cadena de suministro, sin I. Considerando que este mercado emergente brinda importantes oportunidades en términos de inversión, de innovación y de creación de empleo a lo largo de toda la cadena de suministro y AM\ doc 17/74 PE v01-00

18 olvidar que ha de protegerse el interés público; para el beneficio de la sociedad, sin olvidar que ha de protegerse el interés público, abarcando especialmente cuestiones relacionadas con la intimidad, la protección de datos, la rendición de cuentas y la responsabilidad civil; 31 Pavel Telička Considerando I I. Considerando que este mercado emergente brinda importantes oportunidades tanto en términos de inversión como de creación de empleo a lo largo de toda la cadena de suministro, sin olvidar que ha de protegerse el interés público; I. Considerando que este mercado emergente brinda importantes oportunidades en términos de inversión, de innovación y de creación de empleo a lo largo de toda la cadena de suministro, sin olvidar que ha de protegerse el interés público y que debe mantenerse un nivel elevado de seguridad en el espacio aéreo; 32 Marian-Jean Marinescu Considerando I bis (nuevo) I bis. Considerando que, incluso reconociendo el potencial económico de los RPAS, el desarrollo de RPAS deberá ser uno de los retos más importantes del futuro en lo relativo a la seguridad de la industria de la aviación y a la seguridad y protección de las personas y de las empresas; PE v /74 AM\ doc

19 33 Renaud Muselier Considerando I bis (nuevo) I bis. Considerando que corresponde a la Unión Europea elaborar cuanto antes un marco legislativo que regule exclusivamente el uso civil de los RPAS; 34 Renaud Muselier Considerando I ter (nuevo) I ter. Considerando que el marco legislativo europeo debe permitir, por un lado, que el sector siga innovando y desarrollándose en las mejores condiciones posibles y, por otro, que los ciudadanos tengan la certeza de que tanto los bienes y las personas, como sus datos personales y su intimidad, gozan de una protección eficaz; 35 Renaud Muselier Considerando I quater (nuevo) AM\ doc 19/74 PE v01-00

20 I quater. Considerando que dicha legislación no puede constituir una mera revisión de la normativa aérea, sino que debe abordar otros ámbitos, entre ellos el espectro electromagnético y el sistema de seguros; 36 Davor Škrlec Considerando I I. Dimensión internacional suprimido 37 Davor Škrlec Apartado 1 1. Señala que muchos consideran que los Estados Unidos representan el principal mercado para la utilización de los RPAS, si bien se trata de un uso centrado en las operaciones militares; subraya, no obstante, que Europa lidera el sector civil, con operadores frente a operadores en el resto del mundo; suprimido PE v /74 AM\ doc

21 38 Matthijs van Miltenburg, Izaskun Bilbao Barandica, Pavel Telička Apartado 1 1. Señala que muchos consideran que los Estados Unidos representan el principal mercado para la utilización de los RPAS, si bien se trata de un uso centrado en las operaciones militares; subraya, no obstante, que Europa lidera el sector civil, con operadores frente a operadores en el resto del mundo; 1. Señala que muchos consideran que los Estados Unidos representan el principal mercado para la utilización de los RPAS, si bien se trata de un uso centrado en las operaciones militares; subraya, no obstante, que Europa lidera el sector civil y debe hacer todo lo posible por fomentar su firme postura competitiva; 39 Renaud Muselier Apartado 1 1. Señala que muchos consideran que los Estados Unidos representan el principal mercado para la utilización de los RPAS, si bien se trata de un uso centrado en las operaciones militares; subraya, no obstante, que Europa lidera el sector civil, con operadores frente a operadores en el resto del mundo; 1. Señala que muchos consideran que los Estados Unidos representan el principal mercado para la utilización de los RPAS, si bien se trata de un uso centrado en las operaciones militares; subraya, no obstante, que Europa lidera el sector civil, con operadores (400 en el Reino Unido, 300 en Alemania, en Francia, 250 en Suecia, etc.) frente a operadores en el resto del mundo; 40 Davor Škrlec Apartado 2 AM\ doc 21/74 PE v01-00

22 2. Constata que Japón, por su parte, cuenta con un gran número de operadores de RPAS y con dos décadas de experiencia, especialmente en la utilización de estos sistemas en trabajos agrícolas de precisión, como la fumigación de los cultivos; recuerda que este país fue el primero en autorizar, a mediados de los años noventa, la utilización de esta tecnología en las actividades agrícolas, y que el número de operadores se multiplicó en pocos años; suprimido 41 Davor Škrlec Apartado 3 3. Toma nota de que Israel cuenta con un sector de la fabricación muy dinámico, pero claramente especializado en el uso militar de los RPAS; destaca que un servicio de navegación aérea civil y militar integrado facilita actualmente la integración de esos sistemas en el espacio aéreo israelí; suprimido 42 Marie-Christine Arnautu Apartado 3 PE v /74 AM\ doc

23 3. Toma nota de que Israel cuenta con un sector de la fabricación muy dinámico, pero claramente especializado en el uso militar de los RPAS; destaca que un servicio de navegación aérea civil y militar integrado facilita actualmente la integración de esos sistemas en el espacio aéreo israelí; 3. Toma nota de que Israel cuenta con un sector de la fabricación muy dinámico, pero claramente especializado en el uso militar de los RPAS, en particular contra la población civil en el territorio palestino ocupado y, muy probablemente, en el espacio aéreo sirio en contravención del Derecho internacional, y destaca que un servicio de navegación aérea civil y militar integrado facilita actualmente la integración de esos sistemas en el espacio aéreo israelí; 43 Davor Škrlec Apartado 4 4. Señala que Australia, China (donde se fabrican muchos de los RPAS de menor tamaño) y Sudáfrica forman parte de los otros 50 países que están desarrollando RPAS en la actualidad; suprimido 44 Davor Škrlec Apartado 5 5. Insiste en que debe reconocerse la dimensión mundial de los RPAS y pide a la Comisión que lo tenga plenamente en suprimido AM\ doc 23/74 PE v01-00

24 cuenta; 45 Davor Škrlec Subtítulo 1 La situación en los Estados miembros de la UE La situación a nivel mundial y en la UE 46 Davor Škrlec Apartado 6 6. Destaca que todos los Estados miembros desarrollan algún tipo de actividad en el ámbito de los RPAS, ya sea en relación con su fabricación o explotación; 6. Destaca que todos los Estados importantes del mundo y los Estados miembros de la UE desarrollan algún tipo de actividad en el ámbito de los RPAS, ya sea en relación con su fabricación o explotación o con la gestión de los problemas que surgen; por consiguiente, insta a la Comisión a proponer lo antes posible un marco legislativo en términos de competencia leal, seguridad, protección y protección de datos; 47 Dominique Riquet, Christine Revault D'Allonnes Bonnefoy, Pavel Telička PE v /74 AM\ doc

25 Apartado 7 bis (nuevo) 7 bis. Señala que la falta de una normativa armonizada a escala de la UE podría impedir el desarrollo de un mercado europeo de los RPAS, ya que las autorizaciones nacionales no suelen obtener el reconocimiento mutuo de los demás Estados miembros; 48 Renaud Muselier Apartado 8 8. Considera que el sector de los RPAS reclama que las autoridades competentes elaboren sin demora una normativa de ámbito mundial que garantice el desarrollo transfronterizo de dichos sistemas; subraya que, si no se toma ninguna medida con carácter urgente, se corre el riesgo de que el potencial económico y los efectos positivos de los RPAS no se vean plenamente realizados; 8. Considera que el sector de los RPAS reclama que las autoridades competentes elaboren sin demora una normativa de ámbito europeo que garantice el desarrollo transfronterizo de dichos sistemas; subraya que, si no se toma ninguna medida con carácter urgente, se corre el riesgo de que el potencial económico y los efectos positivos de los RPAS no se vean plenamente realizados; 49 Matthijs van Miltenburg, Izaskun Bilbao Barandica, Pavel Telička Apartado 8 8. Considera que el sector de los RPAS 8. Considera que el sector de los RPAS AM\ doc 25/74 PE v01-00

26 reclama que las autoridades competentes elaboren sin demora una normativa de ámbito mundial que garantice el desarrollo transfronterizo de dichos sistemas; subraya que, si no se toma ninguna medida con carácter urgente, se corre el riesgo de que el potencial económico y los efectos positivos de los RPAS no se vean plenamente realizados; requiere urgentemente normas europeas para garantizar el desarrollo de RPAS transfronterizos, fomentando simultáneamente el establecimiento de una normativa de ámbito mundial; considera que se requiere un marco jurídico europeo claro para garantizar la inversión y el desarrollo de un sector europeo de RPAS competitivo; subraya que, si no se toma ninguna medida con carácter urgente, se corre el riesgo de que el potencial económico y los efectos positivos de los RPAS no se vean plenamente realizados; 50 Marian-Jean Marinescu Apartado 8 8. Considera que el sector de los RPAS reclama que las autoridades competentes elaboren sin demora una normativa de ámbito mundial que garantice el desarrollo transfronterizo de dichos sistemas; subraya que, si no se toma ninguna medida con carácter urgente, se corre el riesgo de que el potencial económico y los efectos positivos de los RPAS no se vean plenamente realizados; 8. Considera que el sector de los RPAS reclama que las autoridades competentes elaboren sin demora una normativa armonizada de ámbito mundial que garantice el desarrollo transfronterizo de dichos sistemas; subraya que, si no se toma ninguna medida con carácter urgente, se corre el riesgo de que el potencial económico y los efectos positivos de los RPAS no se vean plenamente realizados y se genera un riesgo de protección y seguridad; 51 Davor Škrlec Apartado 8 PE v /74 AM\ doc

27 8. Considera que el sector de los RPAS reclama que las autoridades competentes elaboren sin demora una normativa de ámbito mundial que garantice el desarrollo transfronterizo de dichos sistemas; subraya que, si no se toma ninguna medida con carácter urgente, se corre el riesgo de que el potencial económico y los efectos positivos de los RPAS no se vean plenamente realizados; 8. Considera que el sector de los RPAS reclama que las autoridades competentes internacionales y de la UE elaboren sin demora una normativa de ámbito mundial y europeo, respectivamente, que garantice el desarrollo transfronterizo de dichos sistemas; subraya que, si no se toma ninguna medida con carácter urgente, se corre el riesgo de que el potencial económico y los efectos positivos de los RPAS no se vean plenamente realizados; 52 Renaud Muselier Apartado 8 bis (nuevo) 8 bis. Considera que la pronta adopción de un marco europeo claro, eficaz y sólido podría impulsar el avance de las conversaciones relativas a la elaboración de unas normas mundiales sobre el uso de los drones; 53 Renaud Muselier Apartado 8 ter (nuevo) 8 ter. Opina que esta futura legislación deberá distinguir claramente entre el uso profesional y el uso recreativo de los AM\ doc 27/74 PE v01-00

28 RPAS; 54 Dominique Riquet, Christine Revault D'Allonnes Bonnefoy, Pavel Telička Apartado 9 9. Destaca que la seguridad y la protección son elementos clave para las operaciones y normativas en materia de RPAS; 9. Destaca que la seguridad y la protección son elementos clave para las operaciones y normativas en materia de RPAS; considera que el futuro marco regulador europeo debería adaptarse a los riesgos específicos relacionados con los vuelos fuera del alcance visual, sin que por ello se desincentive este tipo de vuelos; 55 Renaud Muselier Apartado 9 9. Destaca que la seguridad y la protección son elementos clave para las operaciones y normativas en materia de RPAS; 9. Destaca que la seguridad y la protección son elementos clave para las operaciones y normativas en materia de RPAS y que deben ser proporcionales a los riesgos; 56 Matthijs van Miltenburg, Izaskun Bilbao Barandica, Pavel Telička Apartado 10 PE v /74 AM\ doc

29 10. Subraya que la protección de datos y la privacidad también resultan fundamentales a la hora de facilitar el crecimiento y la integración segura de los RPAS en la aviación civil, de conformidad con el artículo 8 de la Carta de los Derechos Fundamentales de la UE y el artículo 16 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE); 10. Subraya que la protección de datos y la privacidad son clave para fomentar un apoyo amplio para el empleo de RPAS civiles, por lo que también resultan fundamentales a la hora de facilitar el crecimiento y la integración segura de los RPAS en la aviación civil, de conformidad con el artículo 8 de la Carta de los Derechos Fundamentales de la UE y el artículo 16 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE), y, por consiguiente, pide a la Comisión que fomente el establecimiento de normas sobre los conceptos de protección de la intimidad desde el diseño y de protección de la intimidad por defecto; 57 Davor Škrlec Apartado Subraya que la protección de datos y la privacidad también resultan fundamentales a la hora de facilitar el crecimiento y la integración segura de los RPAS en la aviación civil, de conformidad con el artículo 8 de la Carta de los Derechos Fundamentales de la UE y el artículo 16 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE); 10. Subraya que la protección de datos y la privacidad también resultan fundamentales a la hora de facilitar el crecimiento y la integración segura de los RPAS en la aviación civil, respetando estrictamente la Directiva 95/46/CE sobre protección de los datos personales y de conformidad con el artículo 8 de la Carta de los Derechos Fundamentales de la UE y el artículo 16 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE); AM\ doc 29/74 PE v01-00

30 58 Matthijs van Miltenburg, Izaskun Bilbao Barandica Apartado Insiste en que, a corto plazo, desde la perspectiva de la gestión del tráfico aéreo, ya se cuenta con procedimientos operativos que permiten a los RPAS volar fuera de zonas específicas y restringidas; recuerda que muchos RPAS civiles y militares vuelan en corredores aéreos específicos con un aumento de los criterios habituales de separación usados en el caso de las aeronaves tripuladas; 12. Insiste en que, a corto plazo, desde la perspectiva de la gestión del tráfico aéreo, ya se cuenta con procedimientos operativos que permiten a los RPAS volar fuera de zonas específicas y restringidas; 59 Renaud Muselier Apartado 12 bis (nuevo) 12 bis. Destaca la importancia que revisten los vuelos fuera del alcance visual para el desarrollo del sector y considera que la legislación europea debe fomentar esta modalidad operativa; 60 Olga Sehnalová Apartado 13 PE v /74 AM\ doc

31 13. Señala que el impacto de los RPAS en el tráfico de aeronaves tripuladas es limitado en vista del pequeño porcentaje de RPAS existentes en comparación con las aeronaves tripuladas; reconoce, no obstante, que las presiones asociadas a la gestión del tráfico aéreo pueden aumentar como consecuencia del incremento bienvenido del número de RPAS para fines deportivos y recreativos, por lo que pide a las autoridades competentes que tengan en cuenta este factor para garantizar de forma continuada un nivel eficiente de la gestión del tráfico aéreo en los Estados miembros; 13. Señala que el impacto de los RPAS en el tráfico de aeronaves tripuladas es limitado en vista del pequeño porcentaje de RPAS existentes en comparación con las aeronaves tripuladas; reconoce, no obstante, que las presiones asociadas a la gestión del tráfico aéreo pueden aumentar como consecuencia del incremento del número de RPAS para fines deportivos y recreativos, que puede amenazar en determinados casos la seguridad del tráfico aéreo. Pide a las autoridades competentes que tengan en cuenta este factor para garantizar de forma continuada un nivel eficiente de la gestión del tráfico aéreo en los Estados miembros Or. cs 61 Matthijs van Miltenburg, Izaskun Bilbao Barandica, Pavel Telička Apartado Señala que el impacto de los RPAS en el tráfico de aeronaves tripuladas es limitado en vista del pequeño porcentaje de RPAS existentes en comparación con las aeronaves tripuladas; reconoce, no obstante, que las presiones asociadas a la gestión del tráfico aéreo pueden aumentar como consecuencia del incremento bienvenido del número de RPAS para fines deportivos y recreativos, por lo que pide a las autoridades competentes que tengan en cuenta este factor para garantizar de forma continuada un nivel eficiente de la gestión del tráfico aéreo en los Estados miembros; 13. Reconoce el impacto de los RPAS en el tráfico de aeronaves tripuladas; señala que las presiones asociadas a la gestión del tráfico aéreo pueden aumentar como consecuencia del incremento bienvenido del número de RPAS para fines civiles, y pide a las autoridades competentes que tengan en cuenta este factor para garantizar de forma continuada un nivel eficiente de la gestión del tráfico aéreo en los Estados miembros; AM\ doc 31/74 PE v01-00

32 62 Marian-Jean Marinescu Apartado Señala que el impacto de los RPAS en el tráfico de aeronaves tripuladas es limitado en vista del pequeño porcentaje de RPAS existentes en comparación con las aeronaves tripuladas; reconoce, no obstante, que las presiones asociadas a la gestión del tráfico aéreo pueden aumentar como consecuencia del incremento bienvenido del número de RPAS para fines deportivos y recreativos, por lo que pide a las autoridades competentes que tengan en cuenta este factor para garantizar de forma continuada un nivel eficiente de la gestión del tráfico aéreo en los Estados miembros; 13. Señala que el impacto de los RPAS en el tráfico de aeronaves tripuladas es limitado en vista del pequeño porcentaje de RPAS existentes en comparación con las aeronaves tripuladas; reconoce, no obstante, que las presiones asociadas a la gestión del tráfico aéreo pueden aumentar como consecuencia del incremento bienvenido del número de RPAS para fines deportivos y recreativos, por lo que pide que las autoridades competentes y la futura normativa de la UE tengan en cuenta este factor para garantizar de forma continuada un nivel eficiente de la gestión del tráfico aéreo en los Estados miembros; 63 Olga Sehnalová Apartado Subraya que, a largo plazo, las soluciones técnicas y normativas deben, de preferencia, permitir a los RPAS utilizar el espacio aéreo junto a cualquier otro usuario de dicho espacio, sin que se impongan a este último nuevos requisitos de equipo; señala que hay un gran número de RPAS de reducido tamaño que vuelan por debajo de los 500 pies, a la misma altura que aeronaves tripuladas; subraya que, aunque los proveedores de servicios de navegación 14. Subraya que, a largo plazo, las soluciones técnicas y normativas deben, de preferencia, permitir a los RPAS utilizar el espacio aéreo junto a cualquier otro usuario de dicho espacio, sin que se impongan a este último nuevos requisitos de equipo; señala que hay un gran número de RPAS de reducido tamaño que vuelan por debajo de los 500 pies, a la misma altura que aeronaves tripuladas y por ese motivo deberían limitarse claramente las alturas PE v /74 AM\ doc

33 aérea no ofrecen servicios de gestión del tráfico aéreo a esta altitud, tienen la responsabilidad de suministrar suficiente información para que los dos tipos de aeronaves puedan compartir el mismo espacio aéreo; constata que Eurocontrol apoya a los Estados en la creación de un enfoque común de las cuestiones planteadas, así como en pos de la armonización siempre que sea posible; de vuelo a las que pueden utilizarse sistemas aéreos no tripulados; subraya que, aunque los proveedores de servicios de navegación aérea no ofrecen servicios de gestión del tráfico aéreo a esta altitud, tienen la responsabilidad de suministrar suficiente información para que los dos tipos de aeronaves puedan compartir el mismo espacio aéreo; constata que Eurocontrol apoya a los Estados en la creación de un enfoque común de las cuestiones planteadas, así como en pos de la armonización siempre que sea posible; Or. cs 64 Renaud Muselier Apartado Subraya que, a largo plazo, las soluciones técnicas y normativas deben, de preferencia, permitir a los RPAS utilizar el espacio aéreo junto a cualquier otro usuario de dicho espacio, sin que se impongan a este último nuevos requisitos de equipo; señala que hay un gran número de RPAS de reducido tamaño que vuelan por debajo de los 500 pies, a la misma altura que aeronaves tripuladas; subraya que, aunque los proveedores de servicios de navegación aérea no ofrecen servicios de gestión del tráfico aéreo a esta altitud, tienen la responsabilidad de suministrar suficiente información para que los dos tipos de aeronaves puedan compartir el mismo espacio aéreo; constata que Eurocontrol apoya a los Estados en la creación de un enfoque común de las cuestiones planteadas, así como en pos de la armonización siempre que sea posible; 14. Subraya que, a largo plazo, las soluciones técnicas y normativas deben, de preferencia, permitir a los RPAS utilizar el espacio aéreo junto a cualquier otro usuario de dicho espacio; señala que hay un gran número de RPAS de reducido tamaño que vuelan por debajo de los 500 pies, a la misma altura que aeronaves tripuladas; subraya que, aunque los proveedores de servicios de navegación aérea no ofrecen servicios de gestión del tráfico aéreo a esta altitud, tienen la responsabilidad de suministrar suficiente información para que los dos tipos de aeronaves puedan compartir el mismo espacio aéreo; constata que Eurocontrol apoya a los Estados en la creación de un enfoque común de las cuestiones planteadas, así como en pos de la armonización siempre que sea posible; AM\ doc 33/74 PE v01-00

34 65 Renaud Muselier Apartado 14 bis (nuevo) 14 bis. Considera fundamental la cuestión de la identificación de los drones, con independencia de su tamaño; subraya que conviene aportar soluciones que tengan en cuenta el uso recreativo o comercial de los drones; 66 Dominique Riquet, Christine Revault D'Allonnes Bonnefoy, Pavel Telička Apartado Considera que es necesario desarrollar un marco regulador claro, global, armonizado y proporcionado sobre la base de una evaluación de riesgos, que evite la imposición de regulaciones onerosas para las empresas susceptibles de mermar las inversiones y la creación de empleo; 15. Considera que es necesario desarrollar un marco regulador claro, global, armonizado y proporcionado sobre la base de una evaluación de riesgos, que evite la imposición de regulaciones desproporcionadas para las empresas que puedan mermar la innovación, las inversiones y la creación de empleo; destaca la importancia de que las futuras normas distingan claramente entre los RPAS de uso profesional y los de uso recreativo; 67 Renaud Muselier PE v /74 AM\ doc

35 Apartado Considera que es necesario desarrollar un marco regulador claro, global, armonizado y proporcionado sobre la base de una evaluación de riesgos, que evite la imposición de regulaciones onerosas para las empresas susceptibles de mermar las inversiones y la creación de empleo; 15. Considera que es necesario desarrollar con presteza un marco regulador europeo claro, armonizado y proporcionado sobre la base de una evaluación de riesgos, que tenga en cuenta los distintos usos y que evite la imposición de regulaciones onerosas para las empresas susceptibles de mermar las inversiones y la creación de empleo; opina que este marco debe inscribirse en una perspectiva a largo plazo que contemple las posibles evoluciones y variantes de estas tecnologías en el futuro; 68 Matthijs van Miltenburg, Izaskun Bilbao Barandica Apartado Considera que es necesario desarrollar un marco regulador claro, global, armonizado y proporcionado sobre la base de una evaluación de riesgos, que evite la imposición de regulaciones onerosas para las empresas susceptibles de mermar las inversiones y la creación de empleo; 15. Considera que es necesario desarrollar un marco regulador claro, europeo, armonizado y proporcionado sobre la base de una evaluación de riesgos, que evite la imposición de regulaciones onerosas para las empresas susceptibles de mermar las inversiones, la creación de empleo y la innovación del sector de los RPAS; 69 Davor Škrlec Apartado 15 AM\ doc 35/74 PE v01-00

36 15. Considera que es necesario desarrollar un marco regulador claro, global, armonizado y proporcionado sobre la base de una evaluación de riesgos, que evite la imposición de regulaciones onerosas para las empresas susceptibles de mermar las inversiones y la creación de empleo; 15. Considera que es necesario desarrollar un marco regulador para la UE claro, global, armonizado y proporcionado, propuesto por la Comisión y decidido conjuntamente entre el Consejo Europeo y el Parlamento Europeo, que se establezca sobre la base de una evaluación de riesgos, que debe definir un alcance claro en términos de criterios de peso, velocidad y altitud e incluir, entre otros, normas de seguridad y protección eficientes, una protección de datos estricta y una competencia comercial leal; 70 Christine Revault D'Allonnes Bonnefoy Apartado Considera que es necesario desarrollar un marco regulador claro, global, armonizado y proporcionado sobre la base de una evaluación de riesgos, que evite la imposición de regulaciones onerosas para las empresas susceptibles de mermar las inversiones y la creación de empleo; 15. Considera que es necesario desarrollar un marco regulador claro, global, armonizado y proporcionado sobre la base de una evaluación de riesgos y que, sin perjuicio de la seguridad y la protección de los RPAS, evite la imposición de regulaciones onerosas para las empresas susceptibles de mermar las inversiones y la creación de empleo; 71 Janusz Zemke, Bogusław Liberadzki, Christine Revault D'Allonnes Bonnefoy, Gabriele Preuß Apartado 15 PE v /74 AM\ doc

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