UNIVERSIDAD NACIONAL DE SAN MARTÍN TARAPOTO ESCUELA DE POSGRADO MANUAL DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES (MOF) Dr. ANIBAL QUINTEROS GARCIA
|
|
- Victoria Rosa Cordero Henríquez
- hace 8 años
- Vistas:
Transcripción
1 UNIVERSIDAD NACIONAL DE SAN MARTÍN TARAPOTO ESCUELA DE POSGRADO MANUAL DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES (MOF) DIRECTOR : Dr. ANIBAL QUINTEROS GARCIA Tarapoto, Octubre
2 PRESENTACIÓN El Manual de Organización y Funciones (MOF) de la Escuela de Posgrado de la UNSM-T, es un documento técnico normativo que contiene disposiciones básicas que regulan y fijan la estructura orgánica, funciones y relaciones de EPG hasta el nivel jerárquico. El Manual de Organización y Funciones es importante por cuanto es un instrumento de gestión institucional, el cual proporciona información a los Órganos de Gobierno, funcionarios y servidores públicos sobre sus funciones y ubicación dentro de la estructura general de la organización, así como las interrelaciones formales que corresponda. Asimismo facilita el proceso de inducción del personal nuevo y el adiestramiento y orientación del personal en servicio, permitiéndoles conocer con claridad sus funciones. 2
3 MANUAL DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES ESCUELA DE POSGRADO TITULO I GENERALIDADES 1º FINALIDAD.- El presente Manual de Organización y Funciones de la Escuela de Posgrado (EPG) de la Universidad Nacional San Martin - Tarapoto, tiene por finalidad, precisar su estructura orgánica, líneas de autoridad, responsabilidad, coordinación e instruir al personal respecto a los deberes y derechos del cargo que le ha sido asignado. 2º BASE LEGAL Su base legal es: a) Ley Universitaria Nº y sus modificatorias. b) Estatuto de la Universidad Nacional San Martín- Tarapoto. c) Reglamento General de la Universidad Nacional San Martín Tarapoto. d) Reglamento general de la Escuela de e) Reglamento de Organización y Funciones de la Escuela de Posgrado, de la UNSM-T. 3º AMBITO El ámbito de aplicación del presente Manual de Organización y Funciones comprende a toda la Escuela de Posgrado de la UNSM-T (EPG) y a sus respectivas secciones. TITULO II DEL DISEÑO ORGANIZACIONAL 4º Son Funciones de la Escuela de Posgrado: a) Planificar y organizar la educación a nivel de Posgrado coordinando con el Rectorado y las Secciones de Posgrado 3
4 respectivas, la oferta de los estudios y programas de Maestría, Doctorado, Segunda Especialización y Diplomados. b) Fomentar, promocionar y viabilizar a través de las Secciones de Posgrado eventos de alto nivel académico y científico. c) Coordinar con las secciones de Posgrado, la Oficina de Coordinación y Registro Académico de la Universidad Nacional de San Martín-Tarapoto, en lo pertinente a los registros académicos de los estudiantes a nivel de d) Aprobar los expedientes de los graduandos que hayan cumplido con los requis itos establecidos en las secciones de Posgrado, para optar el grado académico respectivo y elevar al Consejo Universitario para su ratificación. e) Gestionar la obtención de recursos para ser utilizados en el mejoramiento de la infraestructura de bienes y servicios, e impulsar la investigación a nivel de f) Editar la Revista Científica de la Escuela de g) Planificar, organizar, administrar y evaluar los programas de Maestrías, Doctorados, Diplomados y Segunda Especialización y currículos correspondientes de los programas ofertados. h) Planificar, organizar, administrar y evaluar la calidad de los servicios que presta y los que se encuentran bajo su responsabilidad. i) Promover, formular, ejecutar y evaluar, a través de sus diferentes organismos, proyectos y programas en los diferentes campos de estudio del más alto nivel que conducirán a la obtención de los grados académicos de Maestro y de Doctor, certificaciones de las menciones correspondientes. j) Organizar y administrar programas de docencia universitaria, especialistas e investigadores de alto nivel científico, tecnológico y humanístico. k) Organizar y administrar sus ingresos y los bienes de capital que constituyen su patrimonio. l) Establecer políticas, objetivos y estrategias de la EPG, dirigir su funcionamiento y evaluar sus actividades. m) Formular y aprobar el Plan Operativo de la Escuela de Posgrado y elevar al Consejo Universitario, para su ratificación respectiva. n) Formular y aprobar el presupuesto de la Escuela de Posgrado en concordancia con los presupuestos de las secciones de Posgrado y de su s recursos directamente recaudados, para su ratificación en el Consejo Universitario. o) Aprobar la revalidación de los grados académicos de Maestro o Doctor expedidos por universidades extranjeras, elevando al Consejo Universitario para su ratificación. 4
5 p) r) Aprobar el número de vacantes para el proceso de admisión de la Escuela y elevar al Consejo Universitario para su ratificación. s) t) Celebrar los Convenios con Instituciones Nacionales e Internacionales. u) v) Designar al Secretario Académico a propuesta del Director de la EPG. q) Reconocer a los Coordinadores de las secciones de Dirigir el Proceso de Admisión de la Escuela de Aprobar los planes curriculares de Maestrías y Doctorados, Diplomados y Segunda Especialización y sus modificatorias, propuestas por las secciones de Posgrado y elevar al Consejo Universitario para su ratificación. Administrar los recursos humanos, materiales y económicos de la EPG. w) Resolver los asuntos académicos y administrativos de de la Escuela 5º La Estructura Orgánica de la Escuela de Posgrado de la Universidad Nacional San Martin Tarapoto, es la siguiente: ÓRGANO DE GOBIERNO CONSEJO DIRECTIVO ÓRGANO DE DE LÍNEA : Dirección de la Escuela de : Coordinadores de Secciones. ÓRGANO DE APOYO ÓRGANOS CONSULTIVOS : Secretario Académico y Director de Estudios. : Comisiones Permanentes. 6º ORGANIGRAMA ESTRUCTURAL DE LA ESCUELA DE POSGRADO 5
6 ÓRGANO DE GOBIERNO CONSEJO DIRECTIVO SECRETARÍA ACADÉMICA DIRECTOR DE ESTUDIOS DIRECTOR DE LA ESCUELA CORDINADORES DE SECCIONES ÓRGANO DE APOYO ADMINISTRATIVO Secre taria. Imagen Institucional Oficina de Coordinación y Registro Académico 6
7 CUADRO DE DISTRIBUCIÓN DE CARGOS DE LA EPG DE LA UNSM - T Nº DE ORDEN CARGO CLASIFICADO NOMENCLATURA CODIGO CLASIFICACION TOTAL DE CARGOS Nº DEL CARGO EN EL CAP OBSERVACIO- NES 01 Director de EPG FP Coordinadores de Secciones. Electo Confianza FP EC Director de E studios Secretario Académico EC EC Órgano de Apoyo Administrativ o Secretaria I Personal Administrativo I. Personal Administrativo SP-AP SP-AP SP-AP PLANA DOCENTE Docente (principales y Asociados) RE De acuerdo a cada mención, 7
8 TITULO III CARTA FUNCIONAL DE LOS CARGOS CAPITULO I CONSEJO DIREC TIVO 1º CARGO.- Director. 2º UNIDAD ORGANICA.- Escuela de Posgrado, (EPG). 3º FUNCIONES.- a) Representar a la Escuela de Posgrado de la Universidad Nacional San Martín Tarapoto. b) Convocar y presidir las sesiones del Consejo Escuela de Directivo de la c) Cumplir y hacer cumplir la ley, el Estatuto y el Reglamento General de la Escuela de Posgrado, así como los acuerdos del Consejo Universitario y el Consejo Directivo de la Escuela de d) Presentar el proyecto del Plan Operativo Anual y Presupuesto al Consejo Directivo de la Escuela de Posgrado para su aprobación, en Consejo Universitario. e) Elevar al Rectorado. documentos académicos y administrativos de la Escuela de Posgrado para su aprobación en el Consejo Universitario. f) g) h) Promover la suscripción de convenios nacionales e internacionales. Someter a consid eración ante el Consejo Directivo de la EPG la memoria anual para su aprobación. Refrendar Certificados, diplomas y grados académicos, según sea el caso, i) Proponer al Consejo Directivo de la Escuela de Posgrado, la designación del Secretario Acadé mico. j) Emitir voto y en caso de empate votar en forma dirimente. 8
9 k) Firmar conjuntamente con el Secretario Académico de la Escuela de Posgrado, las Actas aprobadas de las sesiones del Consejo Directivo l) Mantener un archivo de actas de las sesiones del Consejo Directivo. m) Proponer los Planes Curriculares de los programas de n) Proponer al Consejo Directivo las modificaciones del Reglamento General de la Escuela de ñ) Propiciar la elaboración, ejecución y evaluación de sus planes de desarrollo y de funcionamiento, de conformidad con los fines y principios de la Universidad y las políticas de la Escuela de o) Aplicar las medidas necesarias para el continuo mejoramiento del servicio académico que brinda la Escuela de Posgrado de acuerdo a los lineamientos de esta. p) Recibir los informes en forma permanente del Director de Estudios, sobre los avances académicos y económicos que conlleva el funcionamiento de los Programas de Posgrado en ejecución. q) Planificar, ejecutar y evaluar los sílabus de las asignaturas requeridas por la Escuela de Posgrado en las reuniones del Consejo Directivo, según el perfil académico profesional r) Propiciar, promover y desarrollar la investigación en función de la enseñanza y del desarrollo regional, nacional y universal, en reuniones del Consejo Directivo de la Escuela de s) Participar en la elaboración del horario de clases, según los cursos ofertados por la Escuela de t) Verificar el control de la asistencia y permanencia en el trabajo lectivo de los docentes adscritos u) w) Proponer y desarrollar la proyección social en el campo de su competencia. v) Proponer las políticas, planes de desarrollo y operativos de EPG. Coordinar y velar por la actualización permanente de los docentes de EPG x) Evaluar semestralmente el trabajo docente a través de encuestas, asignando el puntaje respectivo, lo cual le servirá para su ratificación o no en sesiones del Consejo Directivo. y) Supervigilar y velar por el normal funcionamiento de la Escuela de Posgrado y el mantenimiento de la disciplina en todas sus dependencias docentes y administrativas. z) Supervisar constantemente que los alumnos matriculados estén al día en sus pagos, caso contrario solicitar las medidas correctivas a tomar por el Consejo Directivo. 9
10 aa) Solicitar sanciones que serian aplicados a los estudiantes por faltas a la Escuela de Posgrado, siendo estas las siguientes: 1.- Amonestación. 2.- Suspensión. 3.- Separación definitiva del Programa bb) Todas las demás que le otorgue la Ley, el Estatuto y el presente Reglamento 4º JERARQUIA, AUTORIDAD Y COORDINACION.- 5º RESPONSABILIDAD.- a) b) Depende jerárquicamente del Rector Tiene autoridad sobre las unidades y áreas componentes de la Escuela de Posgrado a su cargo. c) Coordina con Directivos de otras dependencias de la Universidad, en asuntos relacionados con las funciones de la Escuela de Posgrado a su cargo. Puede efectuar coordinaciones con los Directores de otras Universidades, en asuntos de su competencia y con conocimiento del Consejo Directivo de la Escuela y del Rector, y puesta en conocimiento al Consejo Universitario. Tiene responsabilidad directa en cuanto al cumplimiento de las funciones y competencias de la Escuela de Posgrado a su cargo; así como de la integridad y buena conservación de los equipos e infraestructura de la EPG, debiendo informar cualquier situación irregular sobre éstos. 6º EXIGENCIAS PARA EL CARGO.- El Director de la Escuela de Posgrado de la Universidad Nacional San Martín Tarapoto, tiene el grado de decano, es un ciudadano peruano, profesor principal con grado académico de doctor, con diez años de docencia universitaria, de los cuales tres años deben ser en la categoría y cinco años en la UNSM-T. Es elegido por el Consejo Directivo de la Escuela de Posgrado, entre los docentes ordinarios a dedicación exclusiva que ostenten el grado académico de Doctor, reuniendo los más requisitos para ser Decano. 7º ESTA CONFORMADA EL CONSEJO DIRECTIVO: Por: a) El Director de la Escuela, quien lo preside. b) d) Los Coordinadores de Secciones de Posgrado c) Director de Estudios. Un Secretario Académico 10
11 8º ÓRGANO DE APOYO ADMINISTRATIVO. Estos dependen directamente del Director de la Escuela de Posgrado y están conformados, por: a. La Secretaria. b. La Oficina de Coordinación y Registro Académico. c. Personal de la Oficina de Imagen Institucional. CAPITULO II DEL ORGANO DE LINEA 1º UNIDAD ORGANICA.- Coordinador de Sección 2º CORDINADO R DE SECCION.- El Coordinador de la Sección de Posgrado es nombrado por el Consejo Directivo, a propuesta del Decano de la Facultad o Director de la Escuela de Para ser Coordinador de la Sección de Posgrado, se requiere tener Grado Académico de Doctor o Maestro y ser Profesor Principal o Asociado a Dedicación Exclusiva o Tiempo Completo. El Coordinador de la Sección de Posgrado ejerce su cargo por un período de dos años. Puede ser reelegido por una sola vez con los 2/3 de los votos emitidos 3º FUNCIONES.- a) Representar a la Sección de Posgrado ante las diversas instancias de la Universidad y del entorno, para los asuntos concernientes a sus funciones. a) Presentar al Consejo Directivo, previa coordinación con el Director de Estudios de la Escuela, los proyectos de creación de las Maestrías y Doctorados, Diplomados y Segunda Especialización y sus Menciones; así como las modificaciones de los planes curriculares, aprobados por la Sección de Posgrado, para su ratificación. b) Presentar a la Escuela de Posgrado, la distribución de la carga académica semestral para su conocimiento. c) Convocar periódicamente a los profesores de la sección a reuniones informativas y de coordinación. 11
12 d) Prever las necesidades de personal docente y administrativo para el periodo académico siguiente. e) Elaborar y presentar el informe académico y económico de cierre por semestre y anual del funcionamiento de la Sección de f) Informar oportunamente, a su Facultad, los acuerdos tomados en las sesiones del Consejo Directivo. g) Convocar y presidir las sesiones de las Secciones de Posgrado y hacer cumplir los acuerdos del Consejo Directivo. h) Elaborar, ejecutar y evaluar sus planes de desarrollo y de funcionamiento, de conformidad con los fines y principios de la Universidad y las políticas de la Escuela de i) Elaborar el calendario académico en coordinación con el Director de Estudios de la Escuela de j) Solicitar las medidas necesarias para el continuo mejoramiento del servicio académico que brinda la Escuela de Posgrado de acuerdo a los lineamientos de esta. k) Asignar a los docentes a propuesta del Comité Asesor respectivo, el trabajo de asesoramiento de investigación o tesis. l) Mantener un archivo de las actas de sesiones de las Secciones de m) Planificar, ejecutar y evaluar los silabus de las asignaturas requeridas por la Escuela de Posgrado en las reuniones del Consejo Directivo, según el perfil académico profesional. n) Promover y desarrollar la investigación en función de la enseñanza y del desarrollo regional, nacional internacional. o) Proponer y desarrollar la proyección social en el campo de su competencia. p) Participar semestralmente en la evaluación de desempeño académico, asignando el puntaje respectivo que le servirá para su ratificación o no, en sesiones del Consejo Directivo. q) r) Apoyar en la supervisión y control de asistencia y permanencia en el trabajo lectivo de los docentes adscritos, en coordinación con la Junta de Profesores de Sección y el Secretario Académico de la Sección. Ejecutar encuestas en cada semestre académico, del desarrollo de las asignaturas ofertadas, en coordinación con el Consejo Directivo y previa aprobación del Director de la Escuela de s) Cumplir funciones estipuladas en las normas de la Escuela de t) Participar en la elaboración del cuadro de horas ocupadas en los cursos ofertados por la Escuela de 12
13 u) Hacer el informe anual del funcionamiento de la Sección de v) Otras que asigne el Consejo Directivo y/o el Director de la Escuela de 4º JERARQUI A, AUTORIDAD Y COORDINACION.- a. Depende directamente del Consejo Directivo de la Escuela de b. Pertenece al Consejo Directivo de la Escuela de c. Representar a la Sección de Posgrado ante las diversas instancias de la Universidad y del entorno, para los asuntos concernientes a sus funciones. d. El Coordinador de la Sección de Posgrado tiene voz y voto en las sesiones del Consejo Directivo 5º RESPONSABILIDAD.- Tiene responsabilidad directa en cuanto al cumplimiento de las funciones asignadas. 6º EXIGENCIAS PARA EL CARGO.- Debe ser Profesor Principal o Asociado a Dedicación Exclusiva o Tiempo Completo. 7º EL ÓRGANO DE LÍNEA ESTA COMPUESTO.- a) Coordinador de la Sección de b) Secretario Académico de la Sección. c) Junta de Profesores de la Sección. 13
14 ÓRG ANO DE LINEA COORDINADORES DE SECCION JUNTA DE PROFESORES DE SECCION SECRETARIO ACADÉMICO D E SECCION 14
15 CAPITULO III DEL ORGANO DE APOYO 1º CARGO.- Director de Estudios de la Escuela de 2º UNIDAD ORGANICA.- Escuela de Posgrado de la UNSM-T. 3º DIRECTOR DE ESTUDIOS- Para ser Director de Estudios de la Escuela de Posgrado de la Universidad Nacional San Martin, se requiere tener Grado Académico de Doctor o Maestro y ser Profesor Principal o Asociado 4º FUNCIONES.- a) Formular las Políticas de desarrollo, los planes estratégicos académicos, los currículos, directivas y líneas de investigación. b) Evaluar los programas de Posgrado de la Escuela, la rigurosidad científica de la tesis y demás trabajos de investigación científica. c) Verificar el cumplimiento de pre requisitos exigidos para el otorgamiento de Grados y Títulos de la Escuela de d) Participar en la selección de postulantes al e) Coordinar con las Secciones de Posgrado la creación y funcionamiento de Diplomados, Doctorados, Maestrías o Segunda Especialización, acorde con los requerimientos del perfil profesional y especializado que demande la región. f) Orientar y supervisar el desarrollo académico de las Secciones de g) Elaborar estrategias de difusión para la oferta de Programas de h) Asistir a sesiones ordinaria s y extraordinarias del Consejo Directivo, con derecho a voz y voto. i) Informar al Director de la Escuela en forma permanente, los avances académicos y económicos que conlleva el funcionamiento de los Programas de Posgrado en ejecución. j) Elaborar el calendario académico en coordinación con las Secciones de 15
16 k) Apoyar en la implementación de la Biblioteca, hemeroteca, Laboratorio y auditorio, realizando el seguimiento respectivo l) Las demás funciones que le encomiende el Consejo Directivo de la Escuela de Posgrado y los dispositivos vigentes 5 º JERARQUIA, AUTORIDAD Y COORDINACION.- a. Depende directamente del Consejo Directivo de la Escuela de b. Coordina con el personal asignado a EPG, en asuntos relacionados con el cumplimiento de sus funciones y responsabilidades. 6º RESPONSABILIDAD.- Tiene responsabilidad directa en cuanto a las funciones asignadas en la Escuela de Informar al Director de la Escuela en forma permanente, los avances académicos y económicos que conlleva el funcionamiento de los Programas de Posgrado en ejecución. Asistir a sesiones ordinarias y extraordinarias del Consejo Directivo, con derecho a voz y voto 1º CARGO.- Secretaria Académica de la Escuela de 2º UNIDAD ORGANICA.- Escuela de Posgrado de la UNSM-T. 3º SECRETARÌA ACADÉMICA.- Debe ser un docente Principal o Asociado que tenga el grado académico de Maestro o Doctor. El Secretario Académico será designado por el Consejo Directivo a propuesta del Director de la Escuela de 4º FUNCIONES.- a) Organizar los asuntos Académicos de la Escuela de b) Suscribir y firmar los Diplomas y Grados Académicos de Maestro o Doctor expedidos por la Universidad. 16
17 c) Informar periódicamente al Director de la Escuela de Posgrado, las actividades relacionadas con la marcha de la Escuela d) Asistir a las sesiones del Consejo Directivo de Posgrado y llevar el Libro de Actas de sesiones. e) Refrendar y firmar certificados y constancias que otorgue la Escuela de f) Llevar el registro Académico, en coordinación con la Oficina de Coordinación y Registro Académico de la Universidad y las Secciones de Posgrado, preservar y custodiar los documentos de la Escuela de g) Presentar el Proyecto de las actividades Académicas de la Escuela de h) Citar, por encargo del Director de la Escuela, a sesiones ordinarias y extraordinarias del Consejo Directivo, participando en éstas con voz pero sin voto en calidad de Secretario de Actas. i) Firmar conjuntamente con el Director de la Escuela las Actas, aprobadas de las sesiones del Consejo Directivo de la Escuela de Posgrado j) Comunicar los acuerdos del Consejo Directivo de la Escuela de Posgrado a las instancias correspondientes. k) Mantener al día el Archivo de Actas de Sesiones de Consejo Directivo de la Escuela de Posgrado, las cuales deben ser aprobadas oportunamente. l) Elaborar las listas de los estudiantes con reserva de matrícula, retiro ó separación de la Escuela de Posgrado, y hacerlo conocer a las instancias correspondientes. m) Solicitar a los docentes de la Escuela, las Actas Finales de Notas en los formatos enviados a la Escuela de n) Verificar la conformidad de los certificados y constancias emitidas por la Escuela de Posgrado mediante un visto bueno en la última copia, para la firma del Director de la Escuela. o) Evaluar los expedientes para la obtención de Diplomados, Doctorados y Maestrías, que otorga la Escuela de Posgrado, sobre la base de las Actas Finales de Notas en los formatos enviados a la Escuela de p) Mantener actualizada la Base de Datos Académicos de la Escuela de q) Mantener actualizada la Base de Datos del Personal Docente de la Escuela de r) Las demás funciones que le encomiende el Director y el Consejo Directivo de la Escuela de Posgrado y los dispositivos vigentes. 17
18 5º JERARQUIA, AUTORIDAD Y COORDINACION.- a. Depende directamente del Consejo Directivo de la Escuela de b. Coordina con el personal asignado a EPG, en asuntos relacionados con el cumplimiento de sus funciones y responsabilidades. 6º RESPONSABILIDAD.- Tiene responsabilidad directa en cuanto a las funciones asignadas en la Escuela de Informar periódicamente al Director de la Escuela de Posgrado, las actividades relacionadas con la marcha de la EPG. Asistir a las sesiones del Consejo Directivo de Posgrado y llevar el Libro de Actas de sesiones. Llevar el Registro Académico, en coordinación con la Oficina de Coordinación y Registro A cadémico de la Universidad y las Secciones de Posgrado, preservar y custodiar los documentos de la Escuela de Posgrado CAPITULO IV ÓRGANOS CONSULTIVOS 1º CARGO.- Comisiones permanentes de la escuela de Posgrado de la UNSM-T. a) INVESTIGACIÓN Y DESARROLLO b) EXTENSIÓN Y PROYECCIÓN DE ESPECIALIDADES. c) PLANIFICACIÓN Y PRESUPUESTO. d) AUTOEVALUACIÓN Y ACREDITACIÓN. e) HORARIOS Y MATRICULAS 2º UNIDAD ORGANICA.- Escuela de Posgrado de la UNSM-T. 3º MIEMBRO DE LAS COMISIONES PER MANENTES- Están compuestas por catedráticos con el grado de Doctor o Maestro de las Facultades de la Universidad Nacional de San Martin-Tarapoto 4 º FUNCIONES DE LAS COMISIONES: 18
19 4.1.- Son funciones de la Comisión permanente de Autoevaluación y Acreditación: a) Coordinar con el Director de la Escuela de Posgrado los procesos de evaluación de la Escuela. b) Realizar, en coordinación con el Consejo Directivo el sistema de evaluación. c) Proponer y coordinar los procedimientos para obtener la acreditación de las ofertas que ofrece la Escuela de Son funciones de la Comisión permanente de Investigación: a) Evaluar los proyectos para financiamiento institucional e interinstitucional b) Promover la investigación multi e interdisciplinaria. c) Promover la participación de profesores y alumnos en la investigación. d) Actualizar el inventario de proyectos de investigación, publicaciones, premios y patentes. e) Apoyar en la formulación de una política de investigación de la Escuela de f) Coordinar la investigación con otras comisiones de la Escuela de Son funciones de la Comisión de Extensión y Proyección de la Escuela de Posgrado: a) Formula el Plan de Extensión y Proyección de la Escuela de Posgrado en coordinación con los órganos de apoyo de la Escuela. b) Asesorar al Director de la Escuela de Posgrado en la elaboración de un programa de promoción y orientación que trabaje con los alumnos de los últimos ciclos y de las diferentes facultades de pregrado con aptitudes para la investigación científica. c ) Generar el bienestar de los docentes y alumnos de la Escuela d) Proponer, Extensión elevar para su aprobación y ejecutar un plan de y Proyección institucional de la Escuela de promoción en la comunidad a nivel Posgrado que ayude a su nacional e internacional La comisión de Coordinación y Registro Académico tiene como funciones: 19
20 a) Supervisar la aplicación del currículo, así como el sistema de evaluación académica de la Escuela en coordinación con el Consejo Directivo. b) Llevar el registro y control de graduados y efectuar estudios de seguimiento de los egresados para ofrecer nuevas propuestas. c) Mantener el archivo académico a nivel de la Escuela. d) Coordinar la computarizaciòn del procesamiento de datos académicos en forma actualizada con criterio de idoneidad, moralidad, honradez y objetividad. e) Apoyar la labor académica de la Escuela de f) Emite informes al Director de la Escuela sobre la situación académica de los estudiantes. g) Procesar las políticas, los planes y proyectos tendientes a elevar los niveles académicos y pedagógicos de la Escuela de Posgrado y de los procesos de enseñanza y aprendizaje. h) Organizar y administrar el servicio de Biblioteca Especializada de la Escuela de i) Todas las demás funciones que estipule su reglamento interno La Comisión de Planificación y Presupuesto tiene las siguientes funciones: a) Elaborar, analizar, evaluar y proponer planes de desarrollo y funcionamiento de la Escuela de b) Coordinar, consolidar y evaluar el presupuesto de la Escuela de Posgrado c) Formular, analizar, interpretar y publicar las estadísticas e indicadores de la Escuela de d) Todas las demás funciones que estipule su reglamento interno Las funciones de la Comisión de Bienes y Prestación de Servicios son: a) Registrar y controlar los bienes existentes en la Escuela de b) Elaborar, analizar, evaluar y proponer proyectos de prestación de servicios a la comunidad. c) Todas las demás funciones que estipule su reglamento interno La Comisión de Horario y Matrícula. 20
21 a) Coordina con el Consejo Directivo de la Escuela de Posgrado el proceso de matrícula. b) Elabora los Horarios en coordinación con los docentes y Controla las matrículas de los alumnos de la Escuela, tomando en cuenta su situación económica y académica c) Racionaliza el uso de las aulas y coordina el uso de laboratorios y otros servicios académicos. d) Todas las demás funciones que estipule su reglamento interno. 5º JERARQUIA, AUTORIDAD Y COORDINACION.- cc) Depende directamente del Consejo Directivo de la Escuela de dd) Coordina con el personal asignado a EPG, en asuntos relacionados con el cumplimiento de sus funciones y responsabilidades. 6º RESPONSABILIDAD.- Tiene responsabilidad directa en cuanto a las funciones asignadas en la Escuela de Informar al Consejo Directivo y Director de la Escuela de Posgrado, en forma permanente, los avances académicos y económicos que conlleva el funcionamiento de los Programas de Posgrado en ejecución. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS PRIMERA. - El cumplimiento del presente Manual de Organización y Funciones, es de responsabilidad de todo el personal que integra la Escuela de Posgrado de la Universidad Nacional de San Martin Tarapoto... SEGUNDA.- El Manual de Organización y Funciones de la Escuela de Posgrado, puede ser reestructurado por necesidad institucional o por disposición superior, enmarcándose dentro de las normas legales pertinentes. 21
22 DISPOSICIONES TRANSITORIAS El presente Reglamento entra en vigencia a partir de su aprobación por el Consejo Directivo de la Escuela de Posgrado y ratificado por el Consejo Universitario de la UNSM-T. 22
23 DIRECTOR DE LA ESCUELA CORDINADOR DE SECCIONES DIRECTOR DE ESTUDIOS SECRETARÍA ACADÉMICA SECRETARIO ACADÉMICO ÓRGANO DE GOBIERNO CONSEJO DIRECTIVO ÓRGANO DE LINEA ORGANO DE APOYO ÓRGANO DE APOYO ADMINISTRATIVO Secretaria. Imagen Institucional Oficina de Coordinación y Registro Académico COORDINADOR DE SECCION JUNTA DE PROFESORES DE SECCION DIRECTOR DE ESTUDIOS SECRETARIO ACADÉMICO DE SECCION ÓRGANO CONSULTIVO, COMISIONES PERMANENTES INVESTIGACIÓN Y DESARROLLO EXTENSIÓN Y PROYECCIÓN DE ESPECIALIDADES. PLANIFICACIÓN Y PRESUPUESTO. AUTOEVALUACIÓN Y ACREDITACIÓN. HORARIOS Y MATRICULAS agv 23
MANUAL DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES. (MOF OFICINA DE IMAGEN INSTITUCIONAL)
MANUAL DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES. (MOF OFICINA DE IMAGEN INSTITUCIONAL) 2011 PRESENTACIÓN El Manual de Organización y Funciones de la Oficina de Imagen Institucional, es un documento técnico normativo
Más detallesUNIVERSIDAD CIENTIFICA DEL SUR INSTITUTO SISE UNIDAD DE SERVICIOS ODONTOLOGICOS UNIDAD DE SERVICIOS CORPORATIVOS UNIDAD PECUARIA DE CAPACITACION E
UNIVERSIDAD CIENTIFICA DEL SUR INSTITUTO SISE UNIDAD DE SERVICIOS ODONTOLOGICOS UNIDAD DE SERVICIOS CORPORATIVOS UNIDAD PECUARIA DE CAPACITACION E INVESTIGACION MANUAL DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES DE LA
Más detallesMANUAL DE ORGANIZACIÓN DIRECCIÓN DE LA SEDE DEL LITORAL (DSL)
DIRECCIÓN DE LA SEDE DEL LITORAL (DSL) ELABORADO POR: VISTO BUENO: (FIRMA Y SELLO) VISTO BUENO: (FIRMA Y SELLO) VISTO BUENO: (FIRMA Y SELLO) Dirección de Ingeniería de Información FECHA: 01 / 06 / 2010
Más detallesREGLAMENTO GENERAL INSTITUTO PROFESIONAL LATINOAMERICANO DE COMERCIO EXTERIOR - IPLACEX TITULO I DE LA DEFINICIÓN Y ÁMBITO DEL REGLAMENTO
REGLAMENTO GENERAL INSTITUTO PROFESIONAL LATINOAMERICANO DE COMERCIO EXTERIOR - IPLACEX TITULO I DE LA DEFINICIÓN Y ÁMBITO DEL REGLAMENTO Artículo 1 El presente Reglamento es el conjunto de normas que
Más detallesE s c u e l a d e P o s g r a d o Universidad Peruana Los Andes
1 E s c u e l a d e P o s g r a d o INTRODUCCIÓN a Escuela de Posgrado, como una de las Unidades Académicas de la, viene desarrollando integralmente las actividades académicas, administrativas y de gobierno.
Más detallesCONSEJO ACADÉMICO. RESOLUCIÓN No. 03 de 2010. (Abril 29 de 2010)
CONSEJO ACADÉMICO RESOLUCIÓN No. 03 de 2010 (Abril 29 de 2010) Por la cual se reglamenta el servicio del Centro de Cómputo Académico, se crea el Comité del Centro de Cómputo Académico y se establecen sus
Más detallesMANUAL DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES
CORPORACIÓN PERUANA DE AEROPUERTOS Y AVIACIÓN COMERCIAL S.A. 2013 GERENCIA CENTRAL DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS CORPORACIÓN PERUANA DE AEROPUERTOS Y AVIACIÓN COMERCIAL S.A. GERENCIA CENTRAL DE ADMINISTRACIÓN
Más detallesUNIVERSIDAD POLITECNICA DEL SUR DE ZACATECAS
1 UNIVERSIDAD POLITECNICA DEL SUR DE ZACATECAS REGLAMENTO DEL SISTEMA INTEGRAL DE TUTORIAS CAPITULO I DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1.- El presente Reglamento tiene por objeto normar la programación,
Más detallesUniversidad Nacional de Ingeniería
Universidad Nacional de Ingeniería Reglamento de Estudios de Postgrado y de Especialización (Aprobado: Consejo Universitario Sesión Ordinaria Nº 7 del 05-04-2006) BASE LEGAL Constituye base legal del Presente
Más detallesREGLAMENTO DE LAS ACTIVIDADES DE POSGRADO DE LA ESCUELA DE NUTRICIÓN Y DIETÉTICA
Res. Nº 17 de C.D.C. de 9/XII/2008 Distr. Nº 670/08 D.O. 19/II/2009 REGLAMENTO DE LAS ACTIVIDADES DE POSGRADO DE LA ESCUELA DE NUTRICIÓN Y DIETÉTICA I METAS Y FINES Art. 1o.- La Escuela de Nutrición y
Más detallesREGLAMENTO GENERAL DE ESTUDIOS SUPERIORES DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL AUTÓNOMA DE MÉXICO
REGLAMENTO GENERAL DE ESTUDIOS SUPERIORES DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL AUTÓNOMA DE MÉXICO El Consejo Universitario en sesión del 18 de mayo de 1967, aprobó este ordenamiento en los siguientes términos: CAPÍTULO
Más detallesCAPÍTULO I GENERALIDADES
REGLAMENTO DE CONTROL DE ACTIVIDADES LECTIVAS Y NO LECTIVAS DE PERSONAL DOCENTE DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DEL CALLAO (Aprobado mediante Resolución N 884-2014-R de fecha 11 de diciembre de 2014) CAPÍTULO
Más detallesREGISTRADO CSU- 556. Expte. 3397/2010. Bahía Blanca, 7 de setiembre 2011 VISTO:
REGISTRADO CSU- 556 Expte. 3397/2010 VISTO: Bahía Blanca, 7 de setiembre 2011 La resolución de la Asamblea Universitaria AU-18/11 que aprueba la creación del Centro de Estudios Regionales Profesor Félix
Más detallesSección 1. Naturaleza jurídica, objetivos y funciones. Artículo 1. Naturaleza jurídica.
REGLAMENTO DE RÉGIMEN INTERNO DE LA ESCUELA DE DOCTORADO STUDII SALAMANTINI (Aprobado en el Consejo de Gobierno de 30 de noviembre de 2011 y modificado en la sesión del Consejo de Gobierno de 29 de enero
Más detallesProceso para el Trabajo de Grado
Página 1 de 6 1. Objetivo y Alcance Describir los criterios requeridos para la graduación de estudiantes que han cumplido con los requisitos definidos por la Universidad de Pamplona. Inicia con la Aprobación
Más detallesACUERDO No. 03. (Noviembre 10 de 2009) Modificado Acuerdo No. 6 de 2010
ACUERDO No. 03 (Noviembre 10 de 2009) Modificado Acuerdo No. 6 de 2010 Por el cual se adopta el nuevo Reglamento de Posgrados de la Corporación Universidad Libre. La H Consiliatura de la Universidad Libre
Más detallesACUERDO NÚMERO 0001 DE 2006 (Agosto 23) POR EL CUAL SE ADOPTA EL REGLAMENTO OPERATIVO DE LA COMISIÓN DE CALIDAD DE LA FORMACIÓN PARA EL TRABAJO- CCAFT
ACUERDO NÚMERO 0001 DE 2006 (Agosto 23) POR EL CUAL SE ADOPTA EL REGLAMENTO OPERATIVO DE LA COMISIÓN DE CALIDAD DE LA FORMACIÓN PARA EL TRABAJO- CCAFT LA COMISIÓN DE CALIDAD DE LA FORMACIÓN PARA EL TRABAJO-
Más detallesEMPRESAS PÚBLICAS DE MEDELLÍN E.S.P. DIRECCIÓN CONTROL INTERNO PROYECTO NORMALIZACIÓN ACTIVIDAD DE AUDITORÍA INTERNA
DCI-PN-EA-01 VERSIÓN 02 Página 2 de 12 TABLA DE CONTENIDO 1. INTRODUCCIÓN... 3 2. ROL... 3 3. PROFESIONALIDAD... 3 4. AUTORIDAD... 4 5. ORGANIZACIÓN... 4 6. INDEPENDENCIA Y OBJETIVIDAD... 5 7. ALCANCE...
Más detallesREGLAMENTO DEL DEPARTAMENTO DE ESTUDIOS DE POSTGRADO DE CENTRO UNIVERSITARIO DE OCCIDENTE C O N S I D E R A N D O
REGLAMENTO DEL DEPARTAMENTO DE ESTUDIOS DE POSTGRADO DE CENTRO UNIVERSITARIO DE OCCIDENTE C O N S I D E R A N D O Que es deber de la Universidad de San Carlos de Guatemala apoyar los estudios de postgrado
Más detallesREGLAMENTO DEL CENTRO DE INVESTIGACIÓN EDUCATIVA GEORGINA CALDERÓN
UNIVERSIDAD PEDAGÓGICA EXPERIMENTAL LIBERTADOR INSTITUTO DE MEJORAMIENTO PROFESIONAL DEL MAGISTERIO SUBDIRECCIÓN DE INVESTIGACIÓN Y POSTGRADO COORDINACIÓN DE INVESTIGACIÓN REGLAMENTO DEL CENTRO DE INVESTIGACIÓN
Más detallesCONEAU. Comisión Nacional de Evaluación y Acreditación Universitaria MINISTERIO DE EDUCACION. 1 2009 - Año de homenaje a Raúl Scalabrini Ortiz
1 RESOLUCIÓN Nº: 765/09 ASUNTO: Acreditar la carrera de Especialización en Gestión Cultural y Políticas Culturales, de la Universidad Nacional de General San Martín, Instituto de Altos Estudios Sociales,
Más detallesManual de Organización y Funciones I. PRESENTACION
I. PRESENTACION La Facultad de Ciencias Económicas Administrativas y Contables de La Universidad Nacional Pedro Ruiz Gallo,es un órgano de línea con carácter ejecutivo que dirige y controla las actividades
Más detallesOFICINA GENERAL DE DESARROLLO TÉCNICO
OFICINA GENERAL DE DESARROLLO TÉCNICO 1. ORGANIGRAMA ESTRUCTURAL DIRECCIÓN NACIONAL OFICINA DE DESARROLLO TECNICO 2. FUNCIONES GENERALES. a. Coordinar, conducir y evaluar el proceso de planeamiento estratégico
Más detallesREGLAMENTO DE LA ESCUELA DE MEDICINA. CAPÍTULO I Disposiciones Generales
1 REGLAMENTO DE LA ESCUELA DE MEDICINA CAPÍTULO I Disposiciones Generales Artículo 1.- La Escuela de Medicina es una de las entidades a través de la cual el IUNIR, realiza su función docente, de investigación
Más detallesREGLAMENTO DEL SISTEMA DE INVESTIGACIÓN, INNOVACIÓN, TRANSFERENCIA TECNOLÓGICA
REGLAMENTO DEL SISTEMA DE INVESTIGACIÓN, INNOVACIÓN, TRANSFERENCIA TECNOLÓGICA EL HONORABLE CONSEJO GUBERNATIVO DEL INSTITUTO TECNOLÓGICO SUPERIOR BLUE HILL CONSIDERANDO: Que, de conformidad con la Constitución
Más detallesPor la cual se adopta la Política de Gestión Documental en la Universidad Central. EL RECTOR DE LA UNIVERSIDAD CENTRAL,
Página 1 de 6 Por la cual se adopta la Política de Gestión Documental en la Universidad Central. EL RECTOR DE LA UNIVERSIDAD CENTRAL, en uso de sus facultades estatutarias, y CONSIDERANDO: Que la Ley 594
Más detallesSecretaría General REGLAMENTO DE LA ESCUELA DE TEATRO TÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES
REGLAMENTO DE LA ESCUELA DE TEATRO TÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES Art. 1 : La Escuela de Teatro de la Pontificia Universidad Católica de Chile es la Unidad encargada de la formación superior del arte
Más detallesREGLAMENTO DE PROGRAMAS Magíster Facultad de Arquitectura Diseño y Estudios Urbanos
REGLAMENTO DE PROGRAMAS Magíster Facultad de Arquitectura Diseño y Estudios Urbanos TITULO I DEL REGLAMENTO Y OBJETIVOS DE LOS PROGRAMAS DE MAGISTER DE LA FACULTAD DE ARQUITECTURA, DISEÑO Y ESTUDIOS URBANOS
Más detallesOFICINA DE ASUNTOS INTERNACIONALES Y COOPERACIÓN INTERUNIVERSITARIA
Se cambió el nombren a Oficina de Cooperación Técnica Internacional en el Estatuto de la UNSM 2004 OFICINA DE ASUNTOS INTERNACIONALES Y COOPERACIÓN INTERUNIVERSITARIA FUNCIÓN GENERAL DE LA OFICINA DE ASUNTOS
Más detallesREGLAMENTO GENERAL DE ESTUDIOS DE POSGRADO DE LA UACH
REGLAMENTO GENERAL DE ESTUDIOS DE POSGRADO DE LA UACH CAPITULO I DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1.- Son estudios de posgrado los que se realizan después de licenciatura, conforme a las disposiciones
Más detallesOFICINA GENERAL DE IMAGEN INSTITUCIONAL Y EXTENSIÓN CULTURAL
OFICINA GENERAL DE IMAGEN INSTITUCIONAL Y EXTENSIÓN CULTURAL 1. ORGANIGRAMA FUNCIONAL DIRECCIÓN NACIONAL OFICINA DE IMAGEN INSTITUCIONAL Y EXTENSION CULTURAL 2. FUNCIONES GENERALES. a. Elaborar y proponer
Más detallesMANUAL DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES PRESIDENCIA EJECUTIVA
MANUAL DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES PRESIDENCIA EJECUTIVA Aprobado en Sesión de Directorio N 2061 de fecha 25 Junio 2015 ELABORADO POR: APROBADO POR: 1 de 6 ÍNDICE 1 INTRODUCCIÓN 3 1.1 Finalidad 3 1.2 Alcance
Más detallesMANUAL DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES DE LA DIRECCIÓN DE LA CARRERA DE VETERINARIA Y ZOOTECNIA
FACULTAD DE VETERINARIA Y Página : Página 1 de 12 MANUAL DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES DE LA DIRECCIÓN DE LA CARRERA DE VETERINARIA Y Av. Honorio Delgado 430 Urb. Ingeniería San Martin de Porres www.upch.edu.pe
Más detallesUNIVERSIDAD DE CUENCA
UNIVERSIDAD DE CUENCA El H. Consejo Universitario de la Universidad de Cuenca, en uso de las atribuciones que le confiere el Art. 8, del Estatuto Universitario, expide el siguiente: REGLAMENTO DE POSTGRADOS
Más detallesREGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES
REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES DEL CONTENIDO Y ALCANCE TÍTULO PRELIMINAR Art.1º Art.2º El presente reglamento, es un instrumento normativo de gestión institucional que establece la naturaleza,
Más detallesREGLAMENTO GENERAL DEL DEPARTAMENTO DE IDIOMAS
REGLAMENTO GENERAL DEL DEPARTAMENTO DE IDIOMAS Título Primero Definiciones y estructuras Artículo 1º. El Departamento de Idiomas es un centro de apoyo a la docencia, que tiene por objeto la enseñanza de
Más detallesANEXO I REGLAMENTO GENERAL DE PROYECTOS DE INVESTIGACION Y DESARROLLO (PID) DE LA
ANEXO I REGLAMENTO GENERAL DE PROYECTOS DE INVESTIGACION Y DESARROLLO (PID) DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE CATAMARCA ARTÍCULO 1º.- DENOMINACIÓN Y OBJETIVOS: Se denomina Proyectos de Investigación y Desarrollo
Más detallesACUERDO NÚMERO 001 DE 2015 (09 de Marzo de 2015) Por el cual se crea la Escuela de Posgrados y Extensión de UNINAVARRA
Página 1 de 8 ACUERDO NÚMERO 001 DE 2015 (09 de Marzo de 2015) Por el cual se crea la Escuela de Posgrados y Extensión de UNINAVARRA EL CONSEJO SUPERIOR DE LA FUNDACIÓN UNIVERSITARIA NAVARRA en uso de
Más detallesNORMAS REGULADORAS DE LOS CENTROS DE ESTUDIOS
Firmante: Q3018001B - SECRETARIO GENERAL - NORMAS REGULADORAS DE LOS CENTROS DE ESTUDIOS (APROBADO EN CONSEJO DE GOBIERNO DE 24/6/2008) EXPOSICIÓN DE MOTIVOS Los profesores e investigadores de la Universidad
Más detallesOFICINA DE COOPERACION TECNICA INTERNACIONAL
UNIVERSIDAD NACIONAL DE SAN MARTIN TARAPOTO OFICINA DE COOPERACION TECNICA INTERNACIONAL MANUAL DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES I. INTRODUCCIÓN La UNSM-T fue creada por Decreto Ley Nº 22803 del 18-12-1979
Más detallesBuenos Aires, 02 de agosto de 2012. Carrera Nº 20.664/10
1 RESOLUCIÓN N : 726/12 ASUNTO: Acreditar la carrera de Especialización en Diseño Mobiliario, de la Universidad de Buenos Aires, Facultad de Arquitectura, Diseño y Urbanismo, que se dicta en la Ciudad
Más detallesREGLAMENTO DEL PROGRAMA DE POSGRADO DEPARTAMENTO DE GEOGRAFÍA Y TURISMO 2015
UNIVERSIDAD NACIONAL DEL SUR DEPARTAMENTO DE GEOGRAFIA Y TURISMO REGLAMENTO DEL PROGRAMA DE POSGRADO DEPARTAMENTO DE GEOGRAFÍA Y TURISMO 2015 El Programa de Posgrado del Departamento de Geografía y Turismo
Más detalles51 FACULTAD DE CIENCIAS JURIDICAS Y SOCIALES
SISTEMA DE ESTUDIOS DE POSTGRADO 51 FACULTAD DE CIENCIAS JURIDICAS Y SOCIALES CAPITULO I DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1o. Definición. Son estudios de postgrado los que se realicen después de haber
Más detallesla Universidad. aprobación para la Doctorados. 3. Especialidades marco encargada de Postgrado
Reglamento General de Estudios de Postgrado TÍTULO I NORMAS GENERALES Artículo 1 El presente Reglamento contiene las normas generales bajo las cuales se desarrolla la actividad académica de postgrado en
Más detallesPrograma Académico de Movilidad Estudiantil PAME-UDUAL
Programa Académico de Movilidad Estudiantil PAME-UDUAL Capítulo General REGLAMENTO GENERAL DEL PROGRAMA 1. Con el propósito de instrumentar el intercambio académico entre las universidades miembros de
Más detallesREGLAMENTO DE FUNCIONAMIENTO DE LA CARRERA DE ESPECIALIZACIÓN EN DERECHO DE LOS NEGOCIOS DE LA UNS
REGLAMENTO DE FUNCIONAMIENTO DE LA CARRERA DE ESPECIALIZACIÓN EN DERECHO DE LOS NEGOCIOS DE LA UNS ARTÍCULO 1: La Carrera de Posgrado de Especialización en Derecho de los Negocios estará organizada de
Más detallesTEXTO REFUNDIDO DEL REGLAMENTO GENERAL DE ESTUDIOS DE POST-GRADO
TEXTO REFUNDIDO DEL REGLAMENTO GENERAL DE ESTUDIOS DE POST-GRADO TITULO I DE LA DIRECCION DE INVESTIGACION Y POST-GRADO Art. Nº1 A la Dirección de Investigación y Post-Grado de la Vicerrectoría Académica
Más detallesREGLAMENTO GENERAL DEL CENTRO UNIVERSITARIO DE OCCIDENTE
REGLAMENTO GENERAL DEL CENTRO UNIVERSITARIO DE OCCIDENTE CAPITULO I Fines y objetivos Artículo 1. El Centro Universitario de Occidente es un organismo académico de educación superior, de la Universidad
Más detallesESPECIALIZACIÓN LECTURA, ESCRITURA Y EDUCACIÓN. El Programa de Lectura, escritura y educación tiene como objetivos
FACULTAD LATINOAMERICANA DE CIENCIAS SOCIALES Sede Argentina Ayacucho 555 (1026) Buenos Aires Tel.: 5238-9300 Fax: 4375-1373 flacso@flacso.org.ar www.flacso.org.ar ESPECIALIZACIÓN LECTURA, ESCRITURA Y
Más detallesDescripción de Cargos. Escuela de Informática y Telecomunicaciones
Escuela de Informática y Telecomunicaciones Abril de 2010 Descripción de cargos Director de Escuela El Director de Escuela es la autoridad responsable de dicha organización académica. Será designado por
Más detallesREGLAMENTO GENERAL DE ESTUDIOS CONDUCENTES A LOS GRADOS ACADEMICOS DE MAGISTER Y DOCTOR TITULO I DISPOSICIONES GENERALES.
209 REGLAMENTO GENERAL DE ESTUDIOS CONDUCENTES A LOS GRADOS ACADEMICOS DE MAGISTER Y DOCTOR Artículo 1 Decreto Universitario N 0028011 de 5 de octubre de 2010 TITULO I DISPOSICIONES GENERALES El presente
Más detallesENCUESTA A DIRECTIVOS
UNIVERSIDAD PEDAGÓGICA Y TECNOLÓGICA DE COLOMBIA VICERRECTORIA ACADÉMICA COMISIÓN DE VERIFICACIÓN DE CONDICIONES DE CALIDAD INSTITUCIONAL ENCUESTA A DIRECTIVOS Señor(a) Directivo(a): En desarrollo del
Más detallesREGLAMENTO PROGRAMA DE MAGÍSTER EN CIENCIA ACTUARIAL
REGLAMENTO PROGRAMA DE MAGÍSTER EN CIENCIA ACTUARIAL TITULO I De las Normas Generales Artículo 1º El presente Reglamento establece las disposiciones generales y normas para la administración académica
Más detallesCONEAU. Comisión Nacional de Evaluación y Acreditación Universitaria MINISTERIO DE EDUCACION. 1 2010 - Año del Bicentenario de la Revolución de Mayo
1 RESOLUCIÓN N : 908/10 ASUNTO: Acreditar la carrera de Maestría en Desarrollo y Gestión del Turismo, modalidad a distancia, de la Universidad Nacional de Quilmes, Secretaría de Posgrado. Buenos Aires,
Más detallesREGLAMENTO INTERIOR DE LAS ACADEMIAS
REGLAMENTO INTERIOR DE LAS ACADEMIAS Aprobado en la sesión extraordinaria del H. Consejo Universitario de fecha 13 de junio de 2001 publicado en la Gaceta Universitaria No. 81 correspondiente a los meses
Más detallesREGLAMENTO PARA EL SISTEMA DE DOCENCIA NO ESCOLARIZADO
REGLAMENTO PARA EL SISTEMA DE DOCENCIA NO ESCOLARIZADO 1 REGLAMENTO PARA EL SISTEMA DE DOCENCIA NO ESCOLARIZADO CAPÍTULO I FUNDAMENTACIÓN Y PRINCIPIOS ARTÍCULO 1.- El presente Ordenamiento tiene como fundamento
Más detallesUNIVERSIDAD NACIONAL DEL CALLAO
UNIVERSIDAD NACIONAL DEL CALLAO REGLAMENTO DEL CICLO DE TALLER DE ELABORACIÓN DE INFORME DE EXPERIENCIA LABORAL PROFESIONAL PARA LA OBTENCIÓN DEL TÍTULO DE ESPECIALISTA DE LA SECCIÓN DE POSGRADO DE LA
Más detallesAprobado mediante: Resolución Ministerial 014 de 23 de enero de 2013 SISTEMA DE PROGRAMACIÓN DE OPERACIONES
Aprobado mediante: Resolución Ministerial 014 de 23 de enero de 2013 SISTEMA DE REGLAMENTO ESPECÍFICO TITULO I GENERALIDADES CAPITULO I DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1. Objetivo y ámbito de aplicación
Más detallesATRIBUCIONES, ARTÍCULO 50 DE LA LEY DE TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA DEL ESTADO DE CHIHUAHUA
ATRIBUCIONES, ARTÍCULO 50 DE LA LEY DE TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA DEL ESTADO DE CHIHUAHUA Artículo 50.- El Consejo General, sesionará en público y tendrá las siguientes atribuciones
Más detallesRÉGIMEN PARA EL CONTROL DE GESTIÓN DE LOS DOCENTES- INVESTIGADORES DEL CEA DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE CÓRDOBA
RÉGIMEN PARA EL CONTROL DE GESTIÓN DE LOS DOCENTES- INVESTIGADORES DEL CEA DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE CÓRDOBA TÍTULO I: DE LOS FUNDAMENTOS Y ALCANCES ARTÍCULO 1: El control de la gestión de los docentes-investigadores
Más detallesBANCO CENTRAL DE RESERVA DEL PERÚ
MARZO 2011 1/20 INDICE PÁGINA 1. Presidente 3 2. Gerente General 4 3. Gerente Central 5 4. Gerente 6 5. Secretario General 7 6. Abogado Consultor 8 7. Subgerente 9 8. Jefe de Sucursal 10 9. Asesor 11 10.
Más detallesMANUAL DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES DE LA GERENCIA GENERAL DE RELACIONES PÚBLICAS
MANUAL DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES DE LA GERENCIA GENERAL DE RELACIONES PÚBLICAS 2 0 1 0 GERENCIA GENERAL DE PLANEAMIENTO, PRESUPUESTO Y RACIONALIZACION 1 I. P R E S E N T A C I Ó N El Manual de Organización
Más detallesREGLAMENTO DE FUNCIONAMIENTO DEL CONSEJO ASESOR DE MEDIO AMBIENTE.
REGLAMENTO DE FUNCIONAMIENTO DEL CONSEJO ASESOR DE MEDIO AMBIENTE. INDICE CAPITULO I. ORGANIZACIÓN CAPITULO II. MIEMBROS CAPITULO III. PLENO Y GRUPOS DE TRABAJO CAPITULO IV. REUNIONES DEL PLENO Y DE LOS
Más detallesPROCEDIMIENTO SELECCIÓN, CONTROL Y MANTENIMIENTO DE AUDITORES BASC
Página 1 de 5 1. OBJETIVO Establecer los requisitos que debe cumplir un auditor del Sistema de Gestión en Control y Seguridad BASC, avalado por WBO y definir las actividades de mantenimiento y control
Más detallesMANUAL DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES
MANUAL DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES (MOF) DE LA GERENCIA GENERAL DE RELACIONES PÚBLICAS (2011) GERENCIA GENERAL DE PLANEAMIENTO, PRESUPUESTO Y RACIONALIZACION 1 I. P R E S E N T A C I O N El Manual de Organización
Más detallesUNIVERSIDAD TECNOLÓGICA DE CHIHUAHUA REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DE LAS ACADEMIAS DEFINICIÓN Y OBJETIVO ORGANIZACIÓN
UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA DE CHIHUAHUA REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DE LAS ACADEMIAS DEFINICIÓN Y OBJETIVO Artículo 1.- Las academias son órganos colegiados de carácter consultivo, integradas
Más detallesREGLAMENTACIÓN DEL TRABAJO DE GRADO Aprobado con carácter transitorio por el Consejo de Facultad. Acta 155 dic. 4 de 1995.
UNIVERSIDAD DE ANTIOQUIA FACULTAD DE CIENCIAS SOCIALES Y HUMANAS DEPARTAMENTO DE SOCIOLOGÍA REGLAMENTACIÓN DEL TRABAJO DE GRADO Aprobado con carácter transitorio por el Consejo de Facultad. Acta 155 dic.
Más detallesCONSEJERÍA DE EDUCACIÓN
5991 CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN ORDEN de 2 de marzo de 2010 por la que se regula el desarrollo del Practicum correspondiente al título de Máster Universitario de Formación del Profesorado de Educación Secundaria
Más detallesCARGO : DIRECTOR DE SISTEMA ADMINISTRATIVO III No. HOJA: 018 DIRECTOR GENERAL No. CAP : 019 D5-05-295-3 F - 4
SECRETARÍA GENERAL 1. ORGANIGRAMA FUNCIONAL DIRECCIÓN NACIONAL SECRETARIA GENERAL DIRECCIÓN TÉCNICA DE LA BIBLIOTECA NACIONAL DEL PERU 2.FUNCIONES GENERALES. Son funciones de la Secretaría General: a.
Más detallesMaestría en Administración Negocios con Orientación en Dirección en Recursos Humanos
Universidad del Salvador Facultad de Ciencias de la Administración Maestría en Administración Negocios con Orientación en Dirección en Recursos Humanos ANEXO 1 Resolución Decanal Nº 237/11 REGLAMENTO DE
Más detallesUNIVERSIDAD DE PANAMÁ VICERRECTORÍA ACADÉMICA REGLAMENTO PARA EVALUACIÓN DE TÍTULOS Y OTROS ESTUDIOS
UNIVERSIDAD DE PANAMÁ VICERRECTORÍA ACADÉMICA DIRECCIÓN DE CURRÍCULAR Y EVALUACIÓN DE TÍTULOS Y OTROS ESTUDIOS REGLAMENTO PARA EVALUACIÓN DE TÍTULOS Y OTROS ESTUDIOS Artículo 1: La Evaluación de un Título
Más detallesBuenos Aires, 02 de agosto de 2012. Carrera Nº 20.663/10
1 RESOLUCIÓN N : 725/12 ASUNTO: Acreditar la carrera de Especialización en Biodiseño y Productos Mecatrónicos, de la Universidad de Buenos Aires, Facultad de Arquitectura, Diseño y Urbanismo, que se dicta
Más detallesREPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA DEL MINISTERIO DE CIENCIA Y TECNOLOGÍA DESPACHO DE LA MINISTRA
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA MINISTERIO DE CIENCIA Y TECNOLOGÍA DESPACHO DE LA MINISTRA REGLAMENTO DEL PROGRAMA CIENTÍFICO TECNOLÓGICO DE INVESTIGACIÓN DENOMINADO: ACADEMIA DE SOFTWARE LIBRE (ASL)
Más detallesT Í T U L O V I DEL CICLO DE VERANO NIVELACIÓN Y AVANCE ACADÉMICO CAPÍTULO I DEL OBJETIVO, REQUISITOS E INSCRIPCIÓN
T Í T U L O V I DEL CICLO DE VERANO NIVELACIÓN Y AVANCE ACADÉMICO CAPÍTULO I DEL OBJETIVO, REQUISITOS E INSCRIPCIÓN Art.216º Art.217º Art.218º Art.219º Art.220º Art.221º Art.222º OBJETIVO La Universidad
Más detallesMANUAL DE INTEGRACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DEL COMITÉ DE OBRAS PÚBLICAS
MANUAL DE INTEGRACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DEL COMITÉ DE OBRAS PÚBLICAS INTRODUCCIÓN El presente manual se integra en cumplimiento a lo dispuesto en el Artículo 25 de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados
Más detallesC O N S I D E R A N D O
EL CONSEJO UNIVERSITARIO DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL EXPERIMENTAL DE GUAYANA En uso de la atribución que le confiere el artículo 14, numeral 28 del Reglamento General de la Institución, C O N S I D E R
Más detallesCONEAU. Comisión Nacional de Evaluación y Acreditación Universitaria MINISTERIO DE EDUCACION. Buenos Aires, 10 de noviembre de 2010
1 RESOLUCIÓN N : 817/10 ASUNTO: Acreditar la carrera de Especialización en Prácticas, Medios y Ámbitos Educativo Comunicacionales, de la Universidad Nacional de La Plata, Facultad de Periodismo y Comunicación
Más detallesUNIVERSIDAD NACIONAL DE COLOMBIA DIRECCIÓN NACIONAL DE EXTENSIÓN Y EDUCACIÓN CONTINUA. RESOLUCIÓN No. 001 DE 2005
UNIVERSIDAD NACIONAL DE COLOMBIA DIRECCIÓN NACIONAL DE EXTENSIÓN Y EDUCACIÓN CONTINUA RESOLUCIÓN No. 001 DE 2005 Por la cual se reglamentan los programas de diplomado en la Universidad Nacional de Colombia
Más detallesPONTIFICIA UNIVERSIDAD CATOLICA DE CHILE Escuela de Ingeniería
REGLAMENTO DEL PROGRAMA DE POSTGRADO EN INGENIERIA Septiembre, 2007 TITULO I DEFINICIÓN Art. 1: El Programa de Postgrado en Ingeniería depende de la Escuela de Ingeniería y es conducente a los grados académicos
Más detallesNORMAS DE FUNCIONAMIENTO DEL CLUB DEPORTIVO FILIAL DE LA UNIVERSIDAD PUBLICA DE NAVARRA
NORMAS DE FUNCIONAMIENTO DEL CLUB DEPORTIVO FILIAL DE LA UNIVERSIDAD PUBLICA DE NAVARRA DISPOSICIONES GENERALES Art. 1.- El Club Deportivo Universidad Pública de Navarra es un club filial sin personalidad
Más detallesACUERDO NÚMERO 2012-232 CARRERA DE ENFERMERIA. UNIVERSIDAD ARTURO PRAT. CIUDAD DE IQUIQUE
ACUERDO NÚMERO 2012-232 CARRERA DE ENFERMERIA. UNIVERSIDAD ARTURO PRAT. CIUDAD DE IQUIQUE En la sesión del Consejo de Acreditación del Área de Salud de la Agencia Acreditadora AKREDITA Q.A. de fecha 31
Más detallesFICHAS DE PUESTOS DE TRABAJO
Catálogo de Puestos de Trabajo del Personal de Administración y Servicios Funcionario 13 de Marzo de 2007 I N D I C E FICHAS DE PUESTOS DE TRABAJO Grupo A Grupo B Grupo C Jefe de Servicio 11 Jefe de la
Más detallesSu conducción recaerá sobre el Coordinador del Proyecto, quien será el representante de éste ante la CNBS y el Comité de Alto Nivel.
Unidad Coordinadora del Proyecto (UCP) La Unidad Coordinadora del Proyecto es el órgano de Línea del Comité de Alto Nivel en la ejecución del Proyecto y reporta a la presidencia de la Comisión, por encontrarse
Más detallesAprobar la siguiente reglamentación para la Comisión Académica de Posgrado, las Subcomisiones Académicas de Posgrado de Área, y el Director de
Fecha de emisión EL CONSEJO DE LA FACULTAD DE INGENIERÍA DE LA UNIVERSIDAD DE LA REPÚBLICA EN SESIÓN ORDINARIA DE FECHA 26 DE ABRIL DE 2012, ADOPTO LA SIGUIENTE RESOLUCIÓN: 803. (Exp. Nº 061900-000581-11)
Más detallesSISTEMA DE GARANTÍA DE
SISTEMA DE GARANTÍA DE CALIDAD DEL TÍTULO MASTER UNIVERSITARIO EN GESTIÓN ESTRATÉGICA Y Índice Pág. Presentación 1 A. Responsables del Sistema de Garantía de Calidad del Título 2 A.1. Estructura del Sistema
Más detallesUNIVERSIDAD NACIONAL IISANTIAGO AN_TUNEZ DE MA YOLO" ~o{ución ~ctora{ g. o 592-2012-VN.M.ft9J.
UNIVERSIDAD NACIONAL IISANTIAGO AN_TUNEZ DE MA YOLO" ~o{ución ~ctora{ g. o 592-2012-VN.M.ft9J. Huaraz, 1 3 JUl 2012 Visto el Oficio N 034-2012-UNASAM-OGCU/J, de fecha 03 de julio de 2012, del Jefe de la
Más detallesNombre del Puesto. Jefe Departamento de Presupuesto. Jefe Departamento de Presupuesto. Director Financiero. Dirección Financiera
Nombre del Puesto Jefe Departamento de Presupuesto IDENTIFICACIÓN Nombre / Título del Puesto: Puesto Superior Inmediato: Dirección / Gerencia Departamento: Jefe Departamento de Presupuesto Director Financiero
Más detallesEsquema del Cuadro de Mando
Esquema del Cuadro de Mando Eje Estrategico Objetivos Estratégicos (Pocos 1 a 3 por cada eje) Objetivos Operativos (al menos 4 o 5 por cada OE) Acciones ( 1 a 3 por cada oo) Responsables ( con nombre y
Más detallesCAPITULO 1 DISPOSICIONES GENERALES
REGLAMENTO PARA EFECTUAR LAS INVERSIONES FINANCIERAS DEL INCOP CAPITULO 1 DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1. Del ámbito de aplicación. Este reglamento establece los lineamientos para realizar las inversiones
Más detallesDIRECTRICES PARA LA CONSTRUCCION DE CURSOS DESARROLLADOS POR LA DIRECCIÓN DE EDUCACIÓN VIRTUAL
Primera Universidad privada de Cartagena Fundada en 1970 DIRECTRICES PARA LA CONSTRUCCION DE CURSOS DESARROLLADOS POR LA DIRECCIÓN DE EDUCACIÓN VIRTUAL Cartagena de Indias, D. T. y C. Aprobado el 17 de
Más detallesREGLAMENTO DE PRÁCTICAS PROFESIONALES PARA PROGRAMAS ACADÉMICOS DE PREGRADO
REGLAMENTO DE PRÁCTICAS PROFESIONALES PARA PROGRAMAS ACADÉMICOS DE PREGRADO El Consejo Académico de la Fundación Universitaria Católica del Norte, en uso de sus facultades legales y estatutarias, y mediante
Más detallesSe aprueban las políticas del posgrado en los términos siguientes: Políticas y Normas de Posgrado
POLÍTICAS Y NORMAS DE POSGRADO Se aprueban las políticas del posgrado en los términos siguientes: Políticas y Normas de Posgrado Presentación En el marco de la Planeación Estratégica 2000 2010 de la UIA,
Más detallesMODIFICAN REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES DEL MINISTERIO DE COMERCIO EXTERIOR Y TURISMO
MODIFICAN REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES DEL MINISTERIO DE COMERCIO EXTERIOR Y TURISMO EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: D.S. N 001-2010-MINCETUR Que, mediante Decreto Supremo N 005-2002-MINCETUR,
Más detallesPLAN OPERATIVO CENTRO DE EXTENSIÓN UNIVERSITARIA Y PROYECCIÓN SOCIAL (CEUPS) - FACULTAD EDUCACIÓN 2011
UNIVERSIDAD NACIONAL MAYOR DE SAN MARCOS Universidad del Perú, DECANA DE AMÉRICA FACULTAD DE EDUCACIÓN Centro de Extensión Universitaria y Proyección Social PLAN OPERATIVO CENTRO DE EXTENSIÓN UNIVERSITARIA
Más detallesSon funciones de la Unidad de Archivo las que a continuación se describen:
Son funciones de la Unidad de Archivo las que a continuación se describen: 1. Guardar y custodiar los documentos propios de la Secretaría de Relaciones Exteriores, sus direcciones y unidades, con el fin
Más detallesREGLAMENTO DE FUNCIONAMIENTO DE LA CARRERA DE ESPECIALIZACIÓN EN DERECHO DE FAMILIA, INFANCIA Y ADOLESCENCIA DE LA UNS
REGLAMENTO DE FUNCIONAMIENTO DE LA CARRERA DE ESPECIALIZACIÓN EN DERECHO DE FAMILIA, INFANCIA Y ADOLESCENCIA DE LA UNS ARTÍCULO 1: La Carrera de Posgrado de Especialización en Derecho de Familia, Infancia
Más detallesUNIVERSIDAD TÉCNICA DEL NORTE REGLAMENTO PARA EL SEGUIMIENTO DE GRADUADOS Y BOLSA DE TRABAJO DE LA UNIVERSIDAD TÉCNICA DEL NORTE
UNIVERSIDAD TÉCNICA DEL NORTE REGLAMENTO PARA EL SEGUIMIENTO DE GRADUADOS Y BOLSA DE TRABAJO DE LA UNIVERSIDAD TÉCNICA DEL NORTE CONSIDERANDO: Que el artículo 350 de la Constitución de la República del
Más detallesUNIVERSIDAD AUTÓNOMA METROPOLITANA. UNIDAD IZTAPALAPA División de Ciencias Biológicas y de la Salud
UNIVERSIDAD AUTÓNOMA METROPOLITANA UNIDAD IZTAPALAPA División de Ciencias Biológicas y de la Salud Especialización en Biotecnología Diploma: Especialización en Biotecnología PLAN DE ESTUDIOS I. OBJETIVO
Más detallesRESOLUCIÓN N : 535/04 ASUNTO
1 RESOLUCIÓN N : 535/04 ASUNTO: Acreditar la Carrera de Maestría en Administración y Dirección de Empresas y Negocios de la Universidad de Concepción del Uruguay, Facultad de Ciencias Económicas, que se
Más detallesInstituto Nacional de Defensa Civil INDECI MANUAL DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES DE LA OFICINA DE PLANIFICACIÓN Y PRESUPUESTO
Instituto Nacional de Defensa Civil INDECI MANUAL DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES DE LA OFICINA DE PLANIFICACIÓN Y PRESUPUESTO 1 ESQUEMA DE CONTENIDO I. Función General 3 II. Funciones Específicas 3 III. Organigrama
Más detalles