ANEXO 03 PROTOCOLOS PARA LA ATENCIÓN DE CASOS DE VIOLENCIA ESCOLAR

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1 Documento elaborado por la Dirección Gestión Escolar ANEXO 03 PROTOCOLOS PARA LA ATENCIÓN DE CASOS DE VIOLENCIA ESCOLAR I. VIOLENCIA ENTRE ESTUDIANTES PROTOCOLO 01 Entre estudiantes Violencia verbal, física (sin lesiones), psicológica, por internet/celular y/o sustracción 1 Asegurar que toda intervención sea respetuosa los rechos los niños y adolescentes. El Director es responsable la formación integral los estudiantes, promover la sana convivencia y la realización acciones para garantizar su protección. El responsable l SíseVe berá adjuntar en el portal los documentos sustentatorios según cada paso sarrollado. Se be garantizar la seguridad y confincialidad los datos personales los estudiantes en los documentos que se elaboren y en el portal l Normas a consirar Ley N 27337, Código los Niños y Adolescentes (Artículo 18 ). Ley N 29719, Ley que promueve la convivencia sin violencia en las IIEE y su Reglamento. Ley N 29733, Ley Protección Datos Personales. Paso Intervención Responsable Instrumento Plazo Entrevistar a los estudiantes por separado (evitar revictimización). Recabar información adicional estudiantes testigos, docentes y personal la IE, ser necesario. Convocar a reunión a los padres familia o aporados las y los estudiantes involucrados para informarles sobre la situación violencia presentada, las medidas a adoptarse y los acuerdos para la mejora la convivencia Coordinar con el tutor el sarrollo sesiones y otras actividas relacionadas a prevenir situaciones violencia escolar. Anotar el hecho violencia en el Libro Registro Incincias y reportarlo en el portal Informar el hecho y las acciones sarrolladas al CONEI y a la UGEL. Docentes Cartas compromiso (molo portal SíseVe Libro registro incincias Des el conocimiento l hecho violencia, hasta un máximo 07 días útiles. Derivación Orientar a los padres o aporados las y los estudiantes involucrados sobre los servicios Suscripción un Acta De acuerdo a la necesidas 1 Si bien en el SíseVe no se ha categorizado la violencia sin lesiones y con lesiones por razones practicidad en el reporte. Al momento la intervención esta es diferenciada. Página 1 10

2 Documento elaborado por la Dirección Gestión Escolar salud disponibles para la atención psicológica y/o médica. los o las estudiantes. Reunirse con el tutor o tutora l aula y conocer el avance las acciones realizadas para mejorar la convivencia entre los y las estudiantes. Solicitar informes escritos a las instituciones don se rivaron a los estudiantes. Promover reuniones periódicas con los padres o aporados para dar seguimiento a las acciones acordadas y jar constancia en un acta. Verificar la continuidad educativa las o los estudiantes involucrados (agredido/a, agresor/a y testigos). Seguimiento convivencia SíseVe Ficha seguimiento. Acta Es una acción permanente. Cierre Cerrar el caso cuando el hecho violencia ha cesado y se ha garantizado la protección los estudiantes involucrados, su permanencia en la IE y se evincia mejoras en la convivencia escolar. Informar a los padres o aporados los estudiantes sobre el sarrollo las acciones. Informar a la UGEL sobre el cierre l caso. convivencia SíseVe Cuando el hecho violencia ha cesado. PROTOCOLO 02 Entre estudiantes Violencia sexual y física (con lesiones y/o armas) Asegurar que toda intervención sea respetuosa los rechos los niños y adolescentes. El Director es responsable la formación integral los estudiantes, promover la sana convivencia y la realización acciones para garantizar su protección. El responsable l SíseVe berá adjuntar en el portal los documentos sustentatorios según cada paso sarrollado. Se be garantizar la seguridad y confincialidad los datos personales los estudiantes en los documentos que se elaboren y en el portal l Normas a consirar Ley N 27337, Código los Niños y Adolescentes (Artículo 18 ). Ley N 29719, Ley que promueve la convivencia sin violencia en las IIEE y su Reglamento. Ley N 29733, Ley Protección Datos Personales Paso Intervención Responsable Instrumento Plazo En caso violencia sexual, orientar y acompañar a los padres familia o aporados l Página 2 10 Acuerdos o Actas. Inmediatamente y ntro las 24 horas

3 Documento elaborado por la Dirección Gestión Escolar estudiante agredido a la policía o fiscalía. En caso violencia física, orientar y acompañar a los padres familia o aporados l estudiante agredido a un servicio salud y spués acudir a la policía o fiscalía. En caso que no se ubique a los padres familia o aporados, acompañar al estudiante a los servicios antes mencionados. Anotar el hecho violencia en el Libro Registro Incincias y reportarlo en el portal SíseVe Informe a la UGEL sobre los hechos suscitados y sobre la rivación a las instancias correspondientes. Portal Libro registro incincias haber conocido el hecho violencia. Coordinar con el tutor el sarrollo sesiones y otras actividas relacionadas a prevenir las situaciones violencia escolar. Informar el hecho y las acciones sarrolladas al CONEI y a la UGEL. Derivación Orientar a los padres familia o aporados para que accedan al apoyo especializado l CEM, la DEMUNA o l Centro Asistencia Legal Gratuita l MINJUS. convivencia SíseVe Ficha rivación (Molo en Portal SíseVe) De acuerdo a la necesidas los o las estudiantes. Reunirse con el tutor l aula para verificar la continuidad educativa los estudiantes y las medidas protección implementadas. Seguimiento Solicitar informes escritos a las instituciones adon se rivaron a los o las estudiantes. En caso violencia física, promover reuniones periódicas con los padres familia o aporados para asegurar el cumplimiento los compromisos acordados para la mejora la convivencia y jar constancia en un acta. convivencia SíseVe Ficha seguimiento. Acta Es una acción permanente. Página 3 10

4 Documento elaborado por la Dirección Gestión Escolar Cierre Cerrar el caso un hecho violencia sexual cuando se ha verificado el sarrollo estrategias para la prevención la violencia sexual y que no exista riesgo para los estudiantes involucrados. Cerrar el caso un hecho violencia física cuando la violencia haya cesado y se haya garantizado la protección los estudiantes involucrados, su permanencia en la IE y se evincia mejoras en la convivencia escolar. En ambos casos se be garantizar la continuidad educativa los estudiantes involucrados. convivencia SíseVe Tutor Documentos sustentatorios Cuando se tenga información la atención por los servicios. Página 4 10

5 Documento elaborado por la Dirección Gestión Escolar II. VIOLENCIA DEL PERSONAL DE LA IE A ESTUDIANTES PROTOCOLO 03 Personal la IE a estudiantes Violencia verbal y/o psicológica Asegurar que toda intervención sea respetuosa los rechos los niños y adolescentes, que no se realicen entrevistas o preguntas que revictimicen, sin exposición a situaciones riesgo y sin suscribir conciliaciones entre el agresor y los padres o aporados los estudiantes agredidos. El Director es responsable la formación integral los estudiantes, promover la sana convivencia y durante todo el proceso intervención la IE be garantizar la protección y seguridad las y los estudiantes afectados por el hecho violencia. El Director es responsable la formación integral los estudiantes, promover la sana convivencia y la realización acciones para garantizar su protección. El responsable l SíseVe berá adjuntar en el portal los documentos sustentatorios según cada paso sarrollado. Se be garantizar la seguridad y confincialidad los datos personales los estudiantes en los documentos que se elaboren y en el portal l Normas a consirar Ley N 27337, Código los Niños y Adolescentes (Artículo 4, 16, 18 y 38 ). Ley N 29444, Ley Reforma Magisterial y su Reglamento. Ley N 29733, Ley Protección Datos Personales. Ley N 30403, Ley que prohíbe el uso l castigo físico y humillante contra los niños, niñas y adolescentes. R.M. N ED, Lineamientos para la prevención y protección las y los estudiantes contra la violencia ejercida por personal las instituciones educativas. Paso Intervención Responsable Instrumento Plazo Derivación Reunión con los padres familia o aporados l estudiante. De no existir una nuncia escrita, se levanta un acta nuncia don se scriben los hechos ocurridos y se establecen medidas protección. Comunicar el hecho a la UGEL, remitiendo acta nuncia suscrita por los padres familia o aporados. Asimismo orientarlos para comunicar el hecho a la Policía Nacional o al Ministerio Público. Coordinar con el Comité TOE para establecer un cronograma acompañamiento a la o el estudiante y supervisión al presunto/a agresor/a para evitar posibles represalias. De no estar reportado, anotar el hecho violencia en el Libro Registro Incincias y reportarlo en el portal Orientar a los padres familia o aporados para la rivación la o el estudiante afectado por el hecho violencia a un servicio salud para la atención psicológica. Docentes. Docentes. Acta nuncia Oficio a la UGEL con copia a la Comisión Permanente Procesos Administrativos Disciplinarios para Docentes (CPPADD). Libro registro incincias Ficha rivación. (Molo en Portal SíseVe). Dentro las 24 horas conocido el hecho. De acuerdo a la necesidad l estudiante. Página 5 10

6 Documento elaborado por la Dirección Gestión Escolar Asegurar que el o la estudiante continúe asistiendo a clases y reciba el apoyo emocional y académico respectivo. Seguimiento Reunirse con el tutor o tutora l aula y conocer el avance las acciones realizadas para la mejora los aspectos socioemocionales y pedagógicos l estudiante. Convocar a reuniones periódicas a los padres familia o aporados la o el estudiantes, para informar las acciones ejecutadas por la IE. En caso se haya rivado al estudiante a un servicio especializado, solicitar informe progreso a la misma. Docentes Ficha seguimiento. Portal permanente. Cierre Se cierra el caso cuando el hecho violencia ha cesado y se ha garantizado la protección la o el estudiante afectado, su permanencia en la IE y se evincia mejoras en el aspecto socioemocional l estudiante. Dicha medida se informa a los padres o aporados. Portal Cuando se tenga información la atención por los servicios. PROTOCOLO 04 Personal la IE a estudiantes Violencia física Asegurar que toda intervención sea respetuosa los rechos los niños y adolescentes, que no se realicen entrevistas o preguntas que revictimicen, sin exposición a situaciones riesgo y sin suscribir conciliaciones entre el agresor y los padres o aporados los estudiantes agredidos. El Director es responsable la formación integral los estudiantes, promover la sana convivencia y durante todo el proceso intervención la IE be garantizar la protección y seguridad las y los estudiantes afectados por el hecho violencia. El responsable l SíseVe berá adjuntar en el portal los documentos sustentatorios según cada paso sarrollado. Se be garantizar la seguridad y confincialidad los datos personales los estudiantes en los documentos que se elaboren y en el portal l Si el Director es el causante l hecho violencia, la nuncia la pue realizar cualquier integrante la comunidad educativa. Normas a consirar Ley N 27337, Código los Niños y Adolescentes (Artículo 4, 16, 18 y 38 ). Ley N 29444, Ley Reforma Magisterial y su Reglamento. Ley N 29733, Ley Protección Datos Personales. Ley N 30403, Ley que prohíbe el uso l castigo físico y humillante contra los niños, niñas y adolescentes. R.M. N ED, Lineamientos para la prevención y protección las y los estudiantes contra la violencia ejercida por personal las instituciones educativas. Página 6 10

7 Documento elaborado por la Dirección Gestión Escolar Paso Intervención Responsable Instrumento Plazo Asegurar la atención médica inmediata. Reunirse con los padres familia o aporados l estudiante. De no existir una nuncia escrita se levanta un acta nuncia don se scriben los hechos ocurridos y se establecen medidas protección. El Director, en compañía los padres familia o aporados l estudiante agredido, comunica inmediatamente el hecho ocurrido a la Policía Nacional o el Ministerio Público, y adjuntan acta nuncia. Supervisar al presunto agresor/a, para evitar posibles represalias contra el estudiante. Comunicar el hecho a la UGEL inmediatamente, remitiendo acta nuncia suscrita por los padres familia o aporados. Anotar el hecho violencia en el Libro Registro Incincias y reportarlo en el portal Actas Oficio a la UGEL con copia a la Comisión Permanente Procesos Administrativos Disciplinarios para Docentes (CPPADD). Libro registro incincias. Dentro las 24 horas conocido el hecho. En caso violencia física con lesiones en un plazo 24 horas Derivación Orientar a los familiares para la rivación la o el estudiante agredido/a a un servicio salud, para que reciba apoyo psicológico. Brindar orientación a los padres familia o aporados l estudiante agredido para que accedan al apoyo l Centro Emergencia Mujer, la DEMUNA o l Centro Asistencia Legal Gratuita l MINJUS. Ficha rivación. (Molo en Portal SíseVe) De acuerdo a la necesidas los estudiantes. Seguimiento Cierre Asegurar que la o el estudiante agredido/a continúe asistiendo a clases y se le brin el apoyo emocional y académico respectivo. Promover reuniones periódicas con los padres familia o aporados la o el estudiante agredido para dar seguimiento a las acciones acordadas. Se cierra el caso cuando se ha garantizado la protección l estudiante, su continuidad educativa y se encuentra recibiendo soporte socioemocional especializado. Docentes Ficha seguimiento. Portal permanente. Cuando se tenga información la atención por los servicios. Página 7 10

8 Documento elaborado por la Dirección Gestión Escolar PROTOCOLO 05 Personal la IE a estudiantes Violencia sexual Asegurar que toda intervención sea respetuosa los rechos los niños y adolescentes, que no se realicen entrevistas o preguntas que revictimicen, sin exposición a situaciones riesgo y sin suscribir conciliaciones entre el agresor y los padres o aporados los estudiantes agredidos. El Director es responsable la formación integral los estudiantes, promover la sana convivencia y durante todo el proceso intervención la IE be garantizar la protección y seguridad las y los estudiantes afectados por el hecho violencia. El responsable l SíseVe berá adjuntar en el portal los documentos sustentatorios según cada paso sarrollado. Se be garantizar la seguridad y confincialidad los datos personales los estudiantes en los documentos que se elaboren y en el portal l El Director be: Separar preventivamente a la o el docente. Ley N Art. 44 por los presuntos litos violación contra la libertad sexual, hostigamiento sexual en agravio un estudiante (...) así como por incurrir en actos violencia que atenten contra los rechos fundamentales la persona y contra el patrimonio. Si el Director es el causante l hecho violencia, la nuncia la pue realizar cualquier integrante la comunidad educativa. Normas a consirar Ley N 27337, Código los Niños y Adolescentes (Artículo 18 ). Ley N 29444, Ley Reforma Magisterial y su Reglamento. Ley N 29733, Ley Protección Datos Personales. R.M. N ED, Lineamientos para la prevención y protección las y los estudiantes contra la violencia ejercida por personal las instituciones educativas. Paso Intervención Responsable Instrumento Plazo Reunión con los padres familia o aporados l estudiante. De no existir una nuncia escrita, se levanta un acta nuncia don se scriben los hechos ocurridos y se establecen medidas protección. El Director, en compañía los padres familia o aporados la o el estudiante agredido, comunica inmediatamente el hecho ocurrido a la Policía Nacional o al Ministerio Público, y adjunta el acta nuncia. Asimismo, se informa a la UGEL. De no encontrarse los padres o aporados, la nuncia la efectuará el director la IE directamente ante los servicios mencionados. Se separa preventivamente al personal la IE presunto/a SíseVe Docentes Actas. R.D. separando preventivamente a la o el supuesto/a agresor/a. Oficio a la UGEL informando sobre la separación la o el docente presunto/a agresor/a, con copia a la Comisión Permanente Procesos Administrativos Disciplinarios para Docentes (CPPADD). Dentro 24 horas tectado o conocido el caso. Página 8 10

9 Documento elaborado por la Dirección Gestión Escolar agresor/a y se pone a disposición la UGEL. En la institución educativa privada, bajo responsabilidad, el promotor be informar a la UGEL sobre el hecho, adjuntando copia la nuncia hecha ante la Policía Nacional o el Ministerio Público. Libro registro incincias. Una vez realizadas las acciones, el caso se reporta en el SíseVe y se anota en el Libro Registro Incincias. Se apoyará a otros estudiantes afectados indirectamente por el hecho violencia, realizando acciones que contribuyan a restablecer la convivencia y la seguridad en la escuela. Se pue solicitar apoyo a la UGEL, Centro Emergencia Mujer (CEM), la DEMUNA y/o las entidas especializadas la sociedad civil. Derivación Brindar orientación a los padres familia o aporados para que acudan al Centro Emergencia Mujer, a la DEMUNA, a las Oficinas Defensa Pública l Ministerio Justicia y Derechos Humanos u otras entidas, según corresponda. Ficha rivación. (Molo en Portal SíseVe) De acuerdo a las necesidas las familias los estudiantes Seguimiento Asegurar la permanencia la o el estudiante víctima violencia sexual en la IE o sistema educativo y garantizar que se le brin el apoyo emocional y académico respectivo. Docentes Ficha seguimiento. permanente Cierre Se cierra el caso cuando se ha garantizado la protección l estudiante y su permanencia en la escuela. y recibe soporte socioemocional por personal especializado. Documentos sustentatorios Cuando se tenga información la atención por los servicios. Página 9 10

10 Documento elaborado por la Dirección Gestión Escolar CRITERIOS OBLIGATORIOS PARA EL CIERRE DE CASOS EN LAS INSTITUCIONES EDUCATIVAS Con la finalidad facilitar el cierre casos hemos extraído, los protocolos, los pasos para cerrar un caso, y añadimos algunas las observaciones necesarias para una mayor claridad. El director la institución educativa asegurará que el caso reportado al SíseVe se cierre: a. En todos los casos don haya cesado la violencia escolar y se han implementado medidas protección, que incluyen el acompañamiento socioafectivo a las o los estudiantes involucrados. b. En los casos violencia sin lesiones entre estudiantes, cuando los padres o madres familia o aporados y las o los estudiantes involucrados, han cumplido con los compromisos y acuerdos para la mejora la convivencia y el cese la violencia. La institución educativa tendrá un plazo máximo cuarentaicinco (45) días hábiles para hacer seguimiento a su cumplimiento. c. En casos violencia escolar con lesiones entre estudiantes, cuando el caso se comunicó a la Comisaria o Fiscalía, y, asimismo se garantizó el cese la violencia y las medidas protección a las y los estudiantes en la institución educativa. d. Cuando el hecho se informó a la UGEL en casos incintes violencia verbal o psicológica cometida por personal la institución educativa en agravio las o los estudiantes. Asimismo, se ha asegurado el cese la violencia y las medidas protección a las y los estudiantes en la institución educativa. e. Cuando se pone a disposición la UGEL a la o el presunto/a agresor/a como medida preventiva, cuando el hecho violencia cometida por personal la institución educativa en agravio las o los estudiantes constituye un presunto lito violación a la libertad sexual, hostigamiento sexual y lesiones. Asimismo, el hecho ha sido nunciado en la Comisaria o Fiscalía. *** Página 10 10

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