Fiscalidad Internacional: LATAM (Brasil,Chile y Perú) José Mª Leis (Socio PwC España)
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- Gustavo Peña Tebar
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1 Fiscalidad Internacional: LATAM (Brasil,Chile y Perú) José Mª Leis (Socio PwC España)
2 Índice 1. Brasil 2. Chile 3. Perú PricewaterhouseCoopers, S.L Paseo de la Castellana 259 Torre B Madrid
3 Brasil Residencia fiscal Serán considerados Residentes Fiscales en Brasil las siguientes personas: 1) Ciudadanos con nacionalidad brasileña si: Han residido en Brasil durante el ejercicio fiscal. Han estado localizados fuera de Brasil y no han comunicado a las autoridades fiscales brasileñas su desplazamiento. En este caso serán considerados residentes fiscales en Brasil en los 12 meses siguientes a su salida del país. Han adquirido la nacionalidad Brasileña y residen en Brasil. 2) Ciudadanos con otra nacionalidad si: Disponen de una visa permanente en Brasil. Disponen de una visa temporaria ( V ) : Expatriados de una compañía brasileña que prestan servicios en beneficio de una entidad local en Brasil, permaneciendo en Brasil más de 183 días de forma consecutiva o no consecutiva dentro de un periodo de 12 meses. Disponen de una visa temporaria técnica: Empleados con un contrato de servicios firmado entre una compañía brasileña y una extranjera. Tributación Residentes Fiscales en Brasil Como regla general los Residentes Fiscales tributan por sus rendimientos de fuente mundial. Los extranjeros residentes con visa permanente o con visa temporaria: tributan por sus rendimientos de fuente mundial desde la fecha de llegada a Brasil. No residentes Fiscales en Brasil Rentas de fuente brasileña.
4 Brasil Obligación de retener Si la empresa brasileña paga el salario o si paga la española con refacturación: obligación de retenciones mensuales para la empresa brasileña. Si paga la española sin refacturación: no hay obligación de retener (el empleador hará declaraciones mensuales). Obligación de retener Si Otras la empresa rentaschilena paga el Rendimientos salario o si paga de capital la española mobiliario: con refacturación: obligación de retenciones mensuales - Intereses: para sometidos la empresa a tributación chilena. en Brasil a una Si paga la española sin refacturación: escala de no tipos hay progresivos obligación entre de retener el 15% y (el 22,5%. empleador hará declaraciones mensuales). - Dividendos: relativos a inversiones en el exterior Otras rentas están sujetos a tributación en Brasil de forma Rendimientos de capital mobiliario: mensual sometidos (cálculo a través al Impuesto del sistema Global Carnê-leão). Complementario. Rendimientos de capital inmobiliario: sujetos al Impuesto de Primera Categoría y Global Seguridad Complementario Social o Adicional. Convenio de SS entre España y Brasil. Seguridad Social Las personas que perciban rendimientos del trabajo de fuente brasileña están obligadas a efectuar cotizaciones a la Seguridad Social brasileña Convenio de SS entre España y Chile (exención por un periodo de tres años).
5 Brasil Escala de gravamen Residentes Fiscales: Mensual Desde (BRL*) Hasta (BRL*) Tipo Descuento ,98 exento , ,65 7,5% 142, , ,05 15% 354, , ,68 22,5% 636, ,68-27,5% 869,36 Global Desde (BRL*) Hasta (BRL*) Tipo Descuento , , ,72 7,5% 1.687, , ,74 15% 4.189, , ,55 22,5% 7.534, ,55-27,5% ,70 * Real Brasileño: Tipo medio de cambio EUR/BRL enero- noviembre 2016 = 3,43 No Residentes Fiscales: Tipo fijo del 25% Declaración de la Renta Sistema de retención mensual sobre los rendimientos percibidos por el contribuyente (cálculo a través del sistema Carnê-leão). La declaración de la renta deberá ser presentada antes del ultimo día hábil del mes de abril del ejercicio siguiente. CRF? Sí
6 Certificado Residencia Fiscal Brasil
7 Chile Residencia fiscal Residente o domiciliado en Chile desde el primer día con alguna de las siguientes condiciones: Permanencia en territorio chileno más de seis meses consecutivos en un año o más de un total de seis meses dentro de un periodo de dos años consecutivos. Domicilio en Chile, entendido como presencia en Chile con ánimo de permanecer en el país. Tributación Residentes en Chile Los extranjeros residentes: sólo tributan por rentas de fuente chilena durante los tres primeros años. Resto: Tributación por renta de fuente mundial. No residentes en Chile Tributación por rentas de fuente chilena mediante el Impuesto Adicional. tipo fijo general: 35% Obligación de retener Si la empresa chilena paga el salario o si paga la española con refacturación: obligación de retenciones mensuales para la empresa chilena. Si paga la española sin refacturación: no hay obligación de retener. Otras rentas Seguridad Social Rendimientos de capital mobiliario: sometidos al Impuesto Global Complementario (escala de tipos progresivo). Rendimientos de capital inmobiliario: sujetos al Impuesto de Primera Categoría y Global Complementario o Adicional. Convenio de SS entre España y Chile (art. 7 Convenio: exención por un periodo de tres años).
8 Chile Escala de gravamen Residentes Escala de tasas del Impuesto Único de Segunda Categoría (Mensual) Vigencia Rige a contar del Renta Imponible Mensual desde - hasta Tipo 0,0 UTM a 13,5 UTM 0% - Descuento 13,5 UTM a 30 UTM 4% 0,54 UTM 30 UTM a 50 UTM 8% 1,74 UTM 50 UTM a 70 UTM 13,5% 4,49 UTM 70 UTM a 90 UTM 23% 11,14 UTM 90 UTM a 120 UTM 30,4% 17,80 UTM 120 UTM en adelante 35% 23,32 UTM * UTM = Unidad Tributaria Mensual = 68 USD
9 Chile Escala de gravamen Residentes Escala de tasas del Impuesto Global Vigencia Rige a contar del Renta Imponible Mensual desde - hasta Tipo 0,0 UTA a 13,5 UTA 0% 0 13,5 UTA a 30 UTA 4% 0,54 UTA Descuento 30 UTA a 50 UTA 8% 1,74 UTA 50 UTA a 70 UTA 13,5% 4,49 UTA 70 UTA a 90 UTA 23% 11,14 UTA 90 UTA a 120 UTA 30,4% 17,80 UTA 120 UTA en adelante 35% 23,32 UTA * UTA = Unidad Tributaria Anual = 68 USD x 12 meses = 816 USD Declaración de la Renta CRF? Las retenciones mensuales deben abonarse dentro de los 12 días siguientes al mes en consideración. La declaración de la renta deberá ser presentada en abril del ejercicio siguiente. Las devoluciones se efectúan en mayo del ejercicio siguiente. Sí
10 Certificado Residencia Fiscal Chile
11 Perú Residencia fiscal Residente o domiciliado en Perú cuando permanece en el país por más de 183 días durante un periodo de 12 meses, siendo considerado Residente a partir del 1 de enero del ejercicio siguiente al de cumplimiento del requisito anterior. Tributación Residentes en Perú Renta de fuente mundial. No residentes en Perú Rentas de fuente peruana. Obligación de retener Si la empresa peruana paga salario y el empleado es residente fiscal: obligación de retener de la empresa peruana. Si paga la española o el empleado es no residente: no hay obligación de retener (el empleador hará declaraciones mensuales). Otras rentas Seguridad Social Rendimientos de capital mobiliario: - Intereses: de fuente peruana exentos, el resto sujetos al tipo fijo del 5%. - Dividendos: sujetos a tributación al tipo fijo del 6,8% (2016), 8% (2017 y 2018) Rendimientos de capital inmobiliario: sujetos a tributación como ganancia patrimonial a una tasa efectiva de 5%. Convenio de SS entre España y Perú. Aportaciones del 13% del salario a la ONP Oficina de Normalización Previsional : retención por el empleador Contribución del 9% del salario ESSALUD: retención efectuada por el empleador Aportaciones obligatorias del 12% del salario a la AFP (Administradora de Fondo de Pensiones): - Retenciones efectuadas por empleador, - Aportaciones deducibles (Ley Nº29903 de Reforma del Sistema Privado de Pensiones, de 19 de julio de 2012)
12 Perú Escala de gravamen Domiciliados Desde (UTA*) Hasta (UTA*) Tipo 0 5 8% % % % 45 En adelante 30% * La UTA ( Unidad Tributaria Anual ) en el ejercicio 2016 equivale a USD aproximadamente * Tipo medio de cambio EUR/PEN del BE a noviembre de 2016 = 3,75 No Residentes Tipo fijo del 30% Declaración de la Renta En caso de que sea necesario, deberá presentarse la Declaración entre marzo y abril del ejercicio siguiente. CRF? No existe Convenio para evitar la Doble Imposición Internacional firmado
13 Comparativa pago impuestos Salario Bruto (Euros) España (Euros) Brasil (Euros) Chile (Euros) Perú (Euros) , 50 (28%) 9.366, 36 (18%) 3.533, 55 (7%) 6.471, 46 (12%) , 50 (35%) , 58 (23%) , 73 (18%) , 13 (20%) , 50 (38%) , 51 (24%) , 32 (25%) , 13 (23%)
14 El presente documento ha sido preparado a efectos de orientación general sobre materias de interés y no constituye asesoramiento profesional alguno. No deben llevarse a cabo actuaciones en base a la información contenida en este documento, sin obtener el específico asesoramiento profesional. No se efectúa manifestación ni se presta garantía alguna (de carácter expreso o tácito) respecto de la exactitud o integridad de la información contenida en el mismo y, en la medida legalmente permitida. Landwell - PricewaterhouseCoopers Tax & Legal Services, S.L., sus socios, empleados o colaboradores no aceptan ni asumen obligación, responsabilidad o deber de diligencia alguna respecto de las consecuencias de la actuación u omisión por su parte o de terceros, en base a la información contenida en este documento o respecto de cualquier decisión fundada en la misma Landwell - PricewaterhouseCoopers Tax & Legal Services, S.L. Todos los derechos reservados. "PwC" se refiere a Landwell - PricewaterhouseCoopers Tax & Legal Services, S.L., firma miembro de PricewaterhouseCoopers International Limited; cada una de las cuales es una entidad legal separada e independiente.
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