PROCEDIMIENTO DE TRABAJO OFICIAL DE MODELO DE REGLAMENTO INTERNO DE LOS DISTRITOS DE SALUD PÚBLICA. 1. JUSTIFICACIÓN Y OBJETIVO...

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2 PROCEDIMIENTO DE TRABAJO OFICIAL DE MODELO DE REGLAMENTO INTERNO DE LOS. 17/03/2014 Edición: 3 Página 2 de 23 ÍNDICE 1. JUSTIFICACIÓN Y OBJETIVO ÁMBITO DE APLICACIÓN PERSONAL IMPLICADO RESPONSABILIDADES DIFUSIÓN REVISIÓN EVALUACIÓN ANEXO: MODELO DE REGLAMENTO INTERNO DE LOS DISTRITOS DE SALUD PÚBLICA... 7

3 PROCEDIMIENTO DE TRABAJO OFICIAL DE MODELO DE REGLAMENTO INTERNO DE LOS. 17/03/2014 Edición: 3 Página 3 de JUSTIFICACIÓN Y OBJETIVO Este Procedimiento de Trabajo Oficial se elabora con el objeto de unificar el formato de los reglamentos internos de los Servicios Oficiales de los Distritos de Salud Pública de Castilla-La Mancha. Para este fin se ha preparado un modelo en el que se exponen los apartados con una descripción de los contenidos que en función de las características de cada Distrito deberán incluirse en los correspondientes reglamentos internos. 2. ÁMBITO DE APLICACIÓN Este Procedimiento de Trabajo Oficial es de aplicación a todos los Distritos de Salud Pública de Castilla-La Mancha. 3. PERSONAL IMPLICADO Veterinarios y Farmacéuticos Oficiales de Salud Pública, Farmacéuticos Titulares y Auxiliares de los Distritos. Jefes de Distrito. Servicios de Salud Pública, Drogodependencias y Consumo de los Servicios Periféricos de Sanidad y Asuntos Sociales. Servicio de Sanidad Alimentaria de la Consejería de Sanidad y Asuntos Sociales.

4 PROCEDIMIENTO DE TRABAJO OFICIAL DE MODELO DE REGLAMENTO INTERNO DE LOS. 17/03/2014 Edición: 3 Página 4 de RESPONSABILIDADES Veterinarios y Farmacéuticos Oficiales de Salud Pública, Farmacéuticos Titulares y Auxiliares Administrativos: - Elaborar con el Jefe de Distrito el reglamento interno del Distrito de Salud Pública, así como colaborar en su actualización periódica (al menos cada dos años). - Cumplir lo dispuesto en el reglamento interno. Jefes de Distrito: - Elaborar y mantener actualizado el reglamento interno del Distrito de Salud Pública con el resto de miembros de su equipo de trabajo. - Remitir a los Servicios Periféricos de Sanidad y Asuntos Sociales el reglamento interno del Distrito de Salud Pública, para su aprobación por el Jefe de Servicio de Salud Pública, Drogodependencias y Consumo. Servicio de Salud Pública, Drogodependencias y Consumo de los Servicios Periféricos de Sanidad y Asuntos Sociales: - Valorar y aprobar los reglamentos internos remitidos desde los Distritos de Salud Pública. - Remitir una copia de los reglamentos internos de cada Distrito una vez aprobados los mismos, así como cada vez que se proceda a una modificación o actualización de los mismos. Servicio de Sanidad Alimentaria de la Consejería de Sanidad y Asuntos Sociales: - Elaborar y mantener el Procedimiento de Trabajo Oficial del Modelo de Reglamento de Régimen Interno de los Distritos de Salud Pública.

5 PROCEDIMIENTO DE TRABAJO OFICIAL DE MODELO DE REGLAMENTO INTERNO DE LOS. 17/03/2014 Edición: 3 Página 5 de DIFUSIÓN La Dirección General de Salud Pública, Drogodependencias y consumo (Servicio de Sanidad Alimentaria) remitirá una copia de este procedimiento a los Servicios de Salud Pública, Drogodependencias y Consumo de los Servicios Periféricos de Sanidad y Asuntos Sociales, quienes se encargarán de su difusión a los Distritos de Salud Pública. Además, en la aplicación INEA se incluirá un vínculo para consultar por Internet la última revisión del procedimiento. Los Distritos de Salud Pública (J.D.) garantizarán la difusión del procedimiento y la aplicación del mismo por los Servicios Oficiales de Salud Pública del Distrito. 6. REVISIÓN Este procedimiento será revisado por la Dirección General de Salud Pública, Drogodependencias y Consumo (Servicio de Sanidad Alimentaria): Siempre que el marco normativo haga necesaria la introducción de nuevas medidas o la modificación de las aquí desarrolladas. Tras los resultados de evaluación en la aplicación del procedimiento. A instancias de los Servicios Periféricos/ I.C.S. en propuestas motivadas. A los dos años de su aprobación o última revisión. 7. EVALUACIÓN

6 PROCEDIMIENTO DE TRABAJO OFICIAL DE MODELO DE REGLAMENTO INTERNO DE LOS. 17/03/2014 Edición: 3 Página 6 de 23 La Dirección General de Salud Pública, Drogodependencias y Consumo, los Servicios de Salud Pública, Drogodependencias y Consumo de los Servicios Periféricos de Sanidad y Asuntos Sociales y las Jefaturas de Distrito, en función de sus responsabilidades, evaluarán la aplicación de este procedimiento, con el fin de mejorar las actuaciones del control oficial y la seguridad alimentaria.

7 PROCEDIMIENTO DE TRABAJO OFICIAL DE MODELO DE REGLAMENTO INTERNO DE LOS. 17/03/2014 Edición: 3 Página 7 de ANEXO: MODELO DE REGLAMENTO INTERNO DE LOS DISTRITOS DE SALUD PÚBLICA

8 Página 8 de 23 REGLAMENTO INTERNO DE LOS Distrito de Salud de: Nº Edición Fecha Puntos Modificados 1 Edición original del reglamento interno del Distrito de Salud Pública Este Reglamento deberá actualizarse anualmente.

9 Página 9 de Introducción. ÍNDICE 2. Ámbito del Distrito: 2.1. Delimitación geográfica Distancias Recursos humanos Recursos materiales Distribución de industrias y establecimientos alimentarios Distribución de instalaciones de sanidad ambiental. 3. Funciones de los Inspectores Oficiales de Salud Pública: 3.1. De inspección y control sanitario De protección de la salud pública y del medio ambiente De educación para la salud De formación continuada De investigación De elaboración de informes, estadísticas y documentación. 4. Funciones del Jefe de Distrito de Salud: 4.1. Coordinar las actuaciones de los Servicios Oficiales de Salud Pública Coordinar las relaciones de los Servicios Oficiales de Salud Pública del Distrito Elaboración de informes, estadísticas y documentación Asumir la dirección de los SOSP del Distrito.

10 Página 10 de Aquellas otras que de acuerdo con sus funciones le sean encomendadas por el Jefe de de Servicio de Salud Pública, Drogodependencias y Consumo. 5. Funciones de los auxiliares administrativos: 5.1. Colaboración con el Jefe de Distrito y el resto del personal del Distrito en las labores administrativas, y en concreto en las de elaboración de informes, estadísticas y documentación Organización y mantenimiento del archivo de documentos del Distrito Organización y mantenimiento del sistema de registro interno de entradas y salidas de los documentos del Distrito Atención al público Aquellas otras que de acuerdo a su cualificación profesional le sean encomendadas por el Jefe de Distrito. 6. Metodología de trabajo: 6.1. La correcta realización de inspecciones o auditorías continuadas o periódicas en los establecimientos que lo requieran por sus características o porque la legislación vigente así lo establece La máxima accesibilidad a los servicios en cuanto a horario de atención al público, procurando la difusión del mismo a toda la población implicada La adecuada relación entre los miembros del Distrito y la población El uso sistemático de la documentación (Libro de Control Oficial de establecimientos alimentarios, actas, informes sanitarios, programa INEA, certificados, etc.).

11 Página 11 de El uso sistemático de los procedimientos de trabajo establecidos (Programas de Control Oficial, Manuales, Procedimientos de Trabajo Oficial, Circulares, Instrucciones, etc.) La adecuada coordinación entre los miembros del Distrito con el resto de las instituciones y organismos locales y provinciales sanitarios y no sanitarios La realización del trabajo en equipo de carácter multidisciplinar, lo que implica: Evaluación periódica. Sistema de archivo de la documentación sanitaria. Sistema de Registro Interno de Entrada y Salida de documentos. 7. Distribución de actividades: 7.1. Distribución funcional Distribución temporal. 8. Comunicaciones internas y externas y Reuniones de Distrito: 8.1. Comunicaciones internas y externas Reuniones de trabajo. 9. Disposición Adicional. 10. Diligencias.

12 Página 12 de Introducción Para facilitar el buen funcionamiento y la organización del Distrito de Salud, se hace necesario disponer de un instrumento regulador que establezca las funciones de sus componentes y los procedimientos de coordinación del Distrito. El presente Reglamento interno del Distrito de Salud Pública de es un instrumento para cumplir con lo dispuesto en el Decreto 91/1990 de 24 de julio por el que se organizan los Servicios Veterinarios de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha y en la Ley 11/21, de , de los Servicios Oficiales Farmacéuticos de Castilla-La Mancha y demás disposiciones aplicables, así como en la Guía de Funciones de los Servicios Veterinarios Oficiales de Sanidad. 2. Ámbito del Distrito 2.1. Delimitación geográfica: Reflejará las distintas Zonas Básicas que conforman el Distrito de Salud, junto con los municipios que comprende cada una de ellas Recursos humanos: Se relacionarán todos los miembros que componen el Distrito (Jefe de Distrito, VOSP, FOSP, farmacéuticos titulares y auxiliares administrativos), indicando su dirección, teléfono, fax y correo electrónico Recursos materiales. Se relacionarán los medios materiales de trabajo con que cuenta el Distrito (mobiliario, instrumental, indumentaria, vehículos, ordenadores y material informático, libros, etc.).

13 Página 13 de Distribución de industrias y establecimientos alimentarios. Reflejará la relación numérica desglosada por cada uno de los códigos o claves de las industrias y establecimientos alimentarios objeto de inspección por los Inspectores Oficiales de Salud Pública del Distrito. Se hará constar la distribución por cada I.O.S.P. y el resumen total del Distrito Sanitario Distribución de instalaciones de sanidad ambiental. 3. Funciones de los Inspectores Oficiales de Salud Pública Las competencias de los Servicios Veterinarios de Sanidad y de los Servicios Oficiales Farmacéuticos, contempladas en el Decreto 91/1990, de 24 de julio y en la Ley 11/2001, respectivamente, pretenden conseguir una sanidad preventiva, programada y coordinada para lo cual se realizarán tareas de distinta índole que se detallan a continuación: 3.1. De inspección y control sanitario De industrias y establecimientos alimentarios Del sacrificio de reses porcinas para consumo familiar De reses muertas en actividades cinegéticas De alimentos de origen animal y vegetal en almacenamiento, distribución y venta De comedores colectivos De carnes de reses de lidia De entidades formadoras de manipuladores de alimentos De establecimientos y servicios de biocidas de uso ambiental y en la industria alimentaria.

14 Página 14 de De abastecimientos de agua De aguas de recreo: piscinas y zonas de baño De control de la legionelosis De establecimientos de piercing y tatuajes De protección de la salud pública y del medio ambiente Mediante el establecimiento de programas de lucha y control de zoonosis Mediante el establecimiento de programas de desinfección, desinsectación y desratización Otras actividades de sanidad ambiental relativas a actividades molestas, insalubres nocivas y peligrosas así como el establecer las medidas correctoras adecuadas sobre los factores o fuentes de riesgo para la salud de la población y la sanidad ambiental De Educación para la Salud. Los Inspectores Oficiales de Salud Pública programarán actividades de educación sanitaria dirigidas a grupos específicos de población: responsables de industrias y establecimientos comerciales de alimentación, amas de casa, escolares, asociaciones de consumidores y usuarios, etc. Estas actividades se podrán organizar tanto por iniciativa del propio inspector como por demanda de la población. Los Servicios Oficiales de Salud Pública colaborarán junto a otros sanitarios en el ámbito local en actividades de educación para la salud.

15 Página 15 de 23 Para contar con los medios necesarios para llevar a cabo estas actividades se procurará el apoyo de las Corporaciones Locales en las actividades de educación sanitaria así como el de otros organismos, industrias y asociaciones De Formación Continuada. Los Inspectores Oficiales de Salud Pública deben mantener unos conocimientos actualizados sobre las materias que se encuentran en el ámbito de su competencia. Todos los miembros del Distrito tienen el derecho a realizar formación continuada. En determinados casos podrá establecerse la obligatoriedad de la formación continuada. La formación continuada se llevará a cabo mediante cursos, seminarios, sesiones bibliográficas, acceso a la legislación, etc De investigación. Los miembros del Distrito podrán realizar estudios de investigación de forma paralela a su labor funcionarial, teniendo prioridad la recogida de datos para el diagnóstico de salud del Distrito De elaboración de informes, estadísticas y documentación. Todos los miembros del Distrito elaborarán y/o colaborarán en la elaboración de informes, estadísticas, documentación y partes de trabajo con relación a las funciones de cada uno.

16 Página 16 de 23 En concreto se deberá mantener actualizado el Programa informático INEA, fundamentalmente en cuanto a la actualización de censos e incorporación de los resultados de las actuaciones de control oficial. 4. Funciones del Jefe de Distrito de Salud Pública. Además de las funciones propias de los VOSP o FOSP, según el caso, como responsable de los Servicios Oficiales de Salud Pública de su Distrito le están encomendadas las siguientes funciones: 4.1. Coordinar las actuaciones de los Servicios Oficiales de Salud Pública Administrar y controlar los recursos y servicios asignados para el correcto funcionamiento del Distrito Distribuir las cargas de trabajo y establecer un cronograma de actuaciones de los Inspectores Oficiales de Salud Pública, o supervisar los elaborados por éstos Revisar la documentación generada por los Inspectores Oficiales de Salud Pública Evaluar el desarrollo de las distintas actividades de los Inspectores Oficiales de Salud Pública Evaluar los resultados obtenidos en el Distrito Coordinar las relaciones de los Servicios Oficiales de Salud Pública con otros servicios administrativos actuantes en el área de su competencia Establecer actividades de investigación de manera aislada o conjunta con los miembros de los Equipos de Atención Primaria Facilitar y potenciar la participación ciudadana de forma efectiva.

17 Página 17 de Elaboración de informes, estadísticas y documentación Entregar toda la documentación necesaria para el desarrollo de las actividades de los Servicios Oficiales de Salud Pública Proporcionar de forma periódica información sanitaria del Distrito Facilitar la información que le sea solicitada desde los Servicios Periféricos de Sanidad y Asuntos Sociales o el I.C.S Asumir la dirección de los Servicios Oficiales de Salud Pública del Distrito Supervisar el cumplimiento del horario laboral por parte de los miembros del Distrito Autorizar las ausencias de los miembros del Distrito y coordinar las sustituciones de las mismas Convocar reuniones de coordinación con los miembros del Distrito e informar al Jefe del Servicio de Salud Pública, Drogodependencias y Consumo de su celebración y resultados Aquellas otras que de acuerdo con sus funciones le sean encomendadas por el Jefe de de Servicio de Salud Pública, Drogodependencias y Consumo. 5. Funciones de los auxiliares administrativos. Los auxiliares administrativos tendrán las siguientes funciones: 5.1. Colaboración con el Jefe de Distrito y el resto del personal del Distrito en las labores administrativas, y en concreto en las de elaboración de informes, estadísticas y documentación, así como la actualización de la aplicación INEA.

18 Página 18 de Organización y mantenimiento del archivo de documentos del Distrito Organización y mantenimiento del sistema de registro interno de entradas y salidas de los documentos del Distrito Atención al público Aquellas otras que de acuerdo a su cualificación profesional le sean encomendadas por el Jefe de Distrito. 6. Metodología de trabajo. La metodología de trabajo será tal que permita garantizar: 6.1. La correcta realización de inspecciones o auditorías continuadas o periódicas en los establecimientos que lo requieran por sus características o porque la legislación vigente así lo establece La máxima accesibilidad a los servicios en cuanto a horario de atención al público, procurando la difusión del mismo a toda la población implicada La adecuada relación entre los miembros del Distrito y la población El uso sistemático de la documentación (Libro de Control Oficial de establecimientos alimentarios, actas, informes sanitarios, certificados, programa INEA, etc.) El uso sistemático de los procedimientos de trabajo establecidos (Programas de Control Oficial, Manuales, Procedimientos de Trabajo Oficial, Circulares, Instrucciones, etc.) La adecuada coordinación entre los miembros del Distrito con el resto de las instituciones y organismos locales y provinciales sanitarios y no sanitarios La realización del trabajo en equipo de carácter multidisciplinar, lo que implica:

19 Página 19 de Establecer objetivos comunes en el Distrito según su idiosincrasia Coordinación funcional así como complementariedad y colaboración mutua entre los miembros del Distrito Participación en la toma de decisiones y evaluación continuada del Distrito Reconocimiento de las capacidades y competencias de cada miembro del Distrito Distribución de funciones y actividades. Se realizará una distribución en la que todos los IOSP participen en la supervisión de todas las actividades e industrias alimentarias, salvo aquéllas que legalmente deban ser desempeñadas por alguna titulación específica (caso de mataderos, salas de despiece o almacenes frigoríficos de carnes frescas que exigen el control por parte de un Veterinario Oficial) Evaluación periódica. Cada miembro del Distrito llevará a cabo la evaluación sistemática realizada con periodicidad mensual que recogerá las actividades realizadas comparándolas con las previstas, así como los logros obtenidos (mayor participación en actos de educación sanitaria, adopción de actitudes positivas por parte de los manipuladores, eliminación o corrección de fuentes de contaminación medio ambiental, etc.) Sistema de archivo de la documentación sanitaria. El Jefe de Distrito y los Servicios Oficiales de Salud Pública, están obligados a disponer de un sistema de archivo de la documentación sanitaria en el que se garantice la confidencialidad de los informes.

20 Página 20 de Sistema de Registro Interno de Entrada y Salida de documentos. Deberá establecerse un sistema de entrada y salida de documentos, sin perjuicio de la colaboración de los Centros de Salud o Corporaciones Locales donde se ubiquen los Servicios Oficiales de Salud Pública. 7. Distribución de actividades Distribución funcional. Se realizará un cronograma de actividades para cada uno de los miembros del Distrito. Para la distribución de cargas entre los SOSP asignados al Distrito se tomará como base el censo de industrias y establecimientos de alimentación, y se tendrá en cuenta: a) Lo establecido en la legislación vigente en cuanto a presencia continuada o periódica de los inspectores en determinadas industrias o establecimientos. b) Aquellas otras actividades que requieran la presencia de un Inspector Oficial que supervise, someta a observación, emita informes y certificaciones, elabore estadísticas y partes y realice actos de educación para la salud Distribución temporal. Se determinará el horario de las funciones a realizar en mataderos, mercados, piscinas, puntos de abastecimiento de aguas de consumo, establecimientos e industrias alimentarias, educación para la Salud,

21 Página 21 de 23 etc. La distribución temporal se hará por semanas y meses, y deberá revisarse como mínimo una vez al mes o cuando cambie la programación de las actividades previstas o cuando las condiciones de trabajo lo hagan necesario. El cumplimiento del horario laboral por los miembros del Distrito de Salud vendrá determinado por la normativa de aplicación en materia de personal. 8. Comunicaciones internas y externas y reuniones de Distrito Comunicaciones internas y externas. Las comunicaciones internas entre los miembros del Distrito o de estos con los niveles del Servicio Oficial de Salud Pública integrados en los Servicios Periféricos de Sanidad y Asuntos sociales /I.C.S. o en la Consejería de Sanidad y Asuntos Sociales tendrán en cuenta dos principios básicos: la confianza mutua y el procedimiento administrativo común. Las comunicaciones externas con otras administraciones, con los operadores de empresas alimentarias o con la población general se basarán en el procedimiento administrativo común Reuniones de trabajo. Las reuniones de trabajo constituyen una herramienta básica de cohesión del Servicio Oficial de Salud Pública y resultan útiles para coordinar y supervisar adecuadamente el funcionamiento del Distrito.

22 Página 22 de 23 Estas reuniones se convocarán con una periodicidad al menos de carácter mensual, aunque en la medida de lo posible sería deseable tender a reuniones más frecuentes. A estas reuniones asistirán todos los miembros del equipo y estarán moderadas por el Jefe de Distrito. Servirán para debatir sobre el trabajo y los programas en funcionamiento, unificar criterios de actuación y recoger sugerencias; en ellas se proporcionará material a los inspectores y éstos a su vez entregarán la documentación generada al Jefe de Distrito. 9. Disposición Adicional. El funcionamiento del Distrito de Salud puede revelar como necesaria alguna normativa sobre aspectos no contemplados en este documento o la modificación de los aquí expuestos, por lo que el Distrito podrá periódicamente proponer su adecuación a las necesidades reales del mismo, remitiendo tales propuestas al Jefe del Servicio de Salud Pública, Drogodependencias y Consumo, para someterlas a su aprobación.

23 Página 23 de 23 DILIGENCIA: Para hacer constar que el presente reglamento interno de los Servicios Oficiales de Salud Pública fue debatido y aprobado por todos sus integrantes quienes, de común acuerdo, se comprometen a su cumplimiento y desarrollo en el ejercicio de sus funciones, considerándose expresión de su deseo el servicio público a la comunidad, en su área de influencia y en el ámbito de sus competencias., a de de 20 DILIGENCIA: Para hacer constar que el presente reglamento interno de funcionamiento de los Servicios Oficiales de Salud Pública del Distrito de ha sido OFICIALMENTE APROBADO. Toledo, de de 20 EL/LA JEFE/A DE SERVICIO DE SALUD PÚBLICA, DROGODEPENDENCIAS Y CONSUMO Fdo.:

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