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1 5930 RESOLUCIÓN No. ~ 5 AGI) 2QM EL CONTRALOR GENERAL DEL ESTADO CONSIDERANDO: Que como resultado del estudio del informe del examen especial DR , practicado por la Dirección Regional 1 de la Contraloría General del Estado, en Guayas, a los subgrupos Disponibilidades, Anticipos de Fondos, Cuentas por Cobrar, Bienes de Administración e ingresos y Gastos, del Colegio Fiscal Dolores Sucre, cantón Guayaquil, provincia del Guayas, por el período comprendido entre el 1 de abril de 2006 y el 31 de mayo de 2009, se predeterminó glosa "... por 7 802,87 USD, en contra de la señora Inés Eugenia Fernández de Córdova Villalva, docente, por cuanto cobró remuneraciones sin laborar durante ocho meses por encontrarse fuera del país, de conformidad con lo siguiente: Del análisis a la asistencia de los docentes del Colegio Fiscal Dolores Sucre, para cumplir con sus obligaciones laborales, se estableció en el caso de una profesora del plantel las siguientes observaciones: Con comunicación innumerada de 13 de octubre de 2008, suscrita por esta servidora, dirigida al Rector (e), en la parte pertinente expresa:...reciba un cordial saludo, y aprovecho la oportunidad para solicitarle me conceda licencia por cinco días a partir de la presente fecha por calamidad dom éstica... La misma profesora, con comunicación innumerada de 17 de octubre de 2008, dirigida al Rector (e), expresa lo siguiente: "...La suscrita...catedrática del plantel, solicito a Ud. muy respetuosamente se sirva concederme permiso para no asistir al plantel del lunes 20 al viernes 31 del presente mes y año, por motivos de atender asuntos personales. Cabe indicar que para efecto de lo solicitado dejare el profesor de remplazo para no afectar mis actividades académ ica.... En otra comunicación innumerada de 25 de noviembre de 2008, la mencionada profesora, nuevamente se dirige al Rector (e), en los siguientes términos:...adjunto a la presente, remitió copia del certificado otorgado por el Dr..., mediante el cual recomienda descanso médico a la suscrita.- Así mismo adjunto el certificado otorgado por el médico a domicilio del Dispensario Norte del IESS, en el cual se concede descanso hasta el 28 de noviembre de En base a estos documentos, el Rector (e), en una nota al margen del oficio indicado, le acepta los justificativos por quince días, del 14 al 28 de noviembre. El 28 de noviembre de 2008, en comunicación suscrita por su apoderada solicita al Rector licencia por 19 días, en los siguientes términos: Oficina Matriz Av. Juan Montalvo E4-37 y Av. 6 de Diciembre. Teléfono: ( ). Quito-Ecuador Dirección de Responsabilidades

2 "... A nombre y en representación de MSc... Catedrática del Colegio Dolores Sucre de la ciudad de Guayaquil para lo cual acompaño copia del poder Especial otorgado en la Notaría de este cantón de Guayaquil, comparezco ante su autoridad para exponer lo siguiente:- De conformidad con los derechos señalados en las leyes que rigen para el Magisterio Fiscal, y en uso de sus facultades legales contempladas en el literal del art. 96 del Reglamento General a la Ley de Educación, solicito a Ud. Se conceda licencia desde el 1 de diciembre al 19 de diciembre del año en curso a M.Se...para atender asuntos estrictamente particulares y que son de dominio público.... En nota al margen en este documento el Rector (e) autoriza licencia con reemplazo del 1 al 19 de diciembre, y desde el 20 al 31 del mismo mes, no existe evidencia de permiso o trámite de licencia. En comunicación innumerada de 6 de enero de 2009, la profesora antes mencionada solicita al Director Provincial de Educación del Guayas, 15 días de permiso ocasional, sin obtener respuesta a su pedido. Con oficio 215 suscrito por el Rector (e), de 5 de febrero de 2009, dirigido al Director Provincial de Educación del Guayas, se resume todo lo expuesto en los párrafos precedentes, de la siguiente manera:...en atención a su comunicación N. 295 del 3 de febrero, recibida en el plantel el 5 de febrero de 2009, que se refiere a la asistencia de la docente MSC me permito adjuntar los informes de asistencia elaborados por la Vicerrectora de la Jornada Matutina, Dra - Así mismo, adjunto copia de los siguientes documentos que fueron ingresados oportunamente por la referida docente MSC.- oficio s/n del 13 de octubre del 2008, solicita licencia por cinco días por calamidad doméstica.- oficio s/n del 17 de octubre de 2008, solicita permiso del lunes 20 de octubre al viernes 31 de octubre de oficio s/n de 25 de noviembre de 2008, adjunta certificados médicos que le conceden descanso médico desde el 14 al 28 de noviembre del oficio s/n del 28 de noviembre de 2008, solicita se conceda licencia desde el 1 de diciembre al 19 de diciembre del copia del oficio s/n del 7 de enero del 2009, solicitud de 15 días de permiso ocasional acogiéndose a lo indicado en el artículo 147 del Reglamento a la Ley de Carrera Docente y Escalafón del Magisterio, desde el 7 hasta el 21 de enero del Por lo expuesto, y en uso de mis atribuciones concedidas en el artículo 96 del Reglamento a la Ley de Educación, autorice los permisos antes detallados, salvo la solicitud de permiso ocasional que le corresponde por competencia a su autoridad.... Con oficio 14 de 1 de abril de 2009, suscrito por el Rector (e), dirigido al Director Provincial de Educación, se indica:...adjunta la presente remito copia de la solicitud presentada por la MSC docente de este plantel, quien solicita se le conceda 30 días de licencia por causas debidamente ju stificadas... Con oficio 045 de 23 de abril de 2009 suscrito por el Rector (e), dirigido al Director Provincial de Educación, se informa:...adjunto a la presente remito copia de la solicitud presentada por la MSC docente de este plantel, por intermedio de su apoderada especial, quien solicita se le conceda 60 días de licencia sin sueldo por causas que debidamente justifica (SIC).- Con fecha 1 de abril solicité a Ud. Me informe la situación legal

3 de la mencionada docente, a fin de proceder de conformidad con lo establecido en las leyes y normas jurídicas; sin embargo, no he recibido respuesta al respecto.- Por lo expuesto insisto a Ud. me informe la situación legal de la docente, previo a conceder la mencionada licencia solicitada, y si existe alguna norma legal por la cual me abstenga de atender y resolver dicha petición.... Con oficio 059 de 5 de mayo de 2009, suscrito por el Rector (e) y dirigido a la Directora Provincial de Educación del Guayas, se hace referencia a las comunicaciones anteriores y se mencionan otros aspectos e importancia: "... Adjunto a la presente remito copias de los oficios 014 y 015 con fecha 1 y 23 de abril respectivamente, los cuales hacen referencia a las sendas comunicaciones de la docente MSC...., quien solicita se le conceda licencia por causas debidamente justificadas.- En razón de no recibir los criterios al respecto por parte del señor Director Provincial de Educación saliente, solicito a Ud. muy cordialmente disponer a la División de Asesoría Jurídica emita el informe respecto a la situación legal de la docente, y si existe alguna norma legal por la cual me abstenga de atender a resolver dichas peticiones. Con oficio 064 de 12 de mayo de 2009 suscrito por el Rector (e), dirigido a la Directora Provincial de Educación del Guayas, le hace nuevamente conocer las peticiones de la docente y le informa acerca de su inasistencia a sus labores:... Por medio de la presente le expreso un cordial y atento saludo, a la vez que me permito poner a su conocimiento que la docente MSC...., no se encuentra asistiendo normalmente al colegio para dictar sus horas clase desde el inicio del año lectivo hasta la presente fecha.- Adjunto también las comunicaciones remitidas por la docente MSC quien solicita se le conceda licencia por 30 días en amparo a lo señalado, en el literal J del art. 96 del Reglamento General a la Ley de Educación, y 60 días de licencia sin sueldo amparada en los derechos consagrados en la LOSCCA y su Reglamento.- Cabe indicar que las peticiones de la docente no han sido resueltas, en razón que solicité el criterio de la asesoría jurídica previo a em itir m i pronunciam iento.... En otro aspecto, con oficio 06-AAR-CDS de 27 de julio de 2009 la auditoria actuante solicitó al jefe provincial de Migración del Guayas, información sobre el movimiento migratorio de la profesora en mención, requerimiento que fue atendido con oficio 4201-CP2-SM de 30 de julio de 2009, al que se adjunta una certificación en la que consta lo siguiente: FECHA TIPO DE MOVIMIENTO PAIS DESTINO PROCEDENCIA VUELO Salida Estados Unidos Delta Arribo Estados Unidos Delta Salida Estados Unidos América A. En conocimiento de que se inició un sumario administrativo en contra de docente relacionada, con oficio 36-AAR-CDS de 8 de septiembre de 2009, se solicitó a la Directora Provincial de Educación del Guayas, información sobre su trámite, requerimiento atendido con oficio 584-CPDP-CVT-ADEN de 30 de septiembre de 2009, que en la parte pertinente expresa lo siguiente:...en el caso de los sumarios administrativos seguidos a la M sc...y...los informes finales y expedientes entregados por la subcomisión especial

4 encargada... Coordinadora y...vocal Miembro están a la fecha en conocimiento de la Comisión de Defensa Profesional, los cuales aún no han entregado una resolución oficial que podamos notificarle.... Con oficio 47 AAR-CDS de 29 de septiembre de 2009, el equipo de control solicitó a la Rectora (e) se informe sobre las últimas diligencias realizadas ante la Dirección Provincial de Educación, relacionadas al abandono del cargo. Ante el requerimiento con oficio 226 de 15 de octubre de 2009, se da a conocer la contestación de la Subsecretaría Regional de Educación contenida en el oficio de 21 de septiembre de 2009, que indica lo siguiente:...en atención a su oficio 197 de septiembre 9/09 en el cual comunica sobre el abandono de cargo de la MSc...docente del plantel, al respecto le informe a usted que el sumario por esta causa, se encuentra en trámites, por lo tanto el pago debe ser suspendido totalm ente... Por lo antes expuesto y de la documentación analizada se observó que la profesora en mención no ha laborado por el lapso de ocho meses, por encontrarse fuera del país, del 1 de octubre al 2 de noviembre de 2008, y, desde 15 de noviembre de 2008 hasta el 31 de mayo de 2009, fecha de corte del presente examen, sin registrar ingreso al país. Los justificativos presentados y aceptados por el Rector (e) guardan inconsistencias por tanto, la inasistencia de octubre a diciembre de 2008.y deenero a mayo de 2009 no está convalidada legalmente 4por lo que no debió procederse al pago de remuneraciones, asunto que fue dispuesto por el Rector (e) sin haber sido objetado por la Colectora. Estos servidores inobservaron los artículos 77 número 1 y 3 letra a), respectivamente de la Ley Orgánica de la Contraloría General del Estado y 96 letra a) y j) del Reglamento General a la Ley de Educación. Los pagos realizados por concepto de remuneraciones por el indicado período fueron de 7 802,87 USD, motivo de la responsabilidad cfflt Responden solidariamente los señores doctor Vicente Rodrigo Quevedo Chávez, rector, por cuanto en el período,de su gestión, autorizó el pago de sueldos a la docente e ingeniera comercial Sara María Martrus Vera, colectora, quien en su período de gestión, realizó el pago de sueldo a la docente sin objetarlos... II. Que por este motivo, el 30 de octubre de 2012 se predeterminaron las glosas Nos 9784 a 9786 en contra de deservidores del Colegio Fiscal Dolores Sucre, habiéndoseles notificado de acuerdo al siguiente detalle; dándoles a conocer el fundamento de la observación y concediéndoles el plazo de sesenta días, de conformidad con lo previsto en el artículo 53 número 1 de la Ley Orgánica de la Contraloría General del Estado, a fin de que contesten y presenten los documentos de descargo pertinentes. N Glosa y Nombres Notificación Fecha 9784 Inés Eugenia Fernández Prensa El Telégrafo De Córdova Villalva Docente

5 9785 Vicente Rodrigo Quevedo Chávez Personal Rector 9786 v. Sara María Martrus Vera Personal Colectora III. Que dentro del plazo legal, los administrados dan contestación a la glosa, mediante escritos ingresados a la Contraloría General del Estado según detalle que consta a continuación: Control de Comunicación N Fecha Vicente Rodrigo Quevedo Chávez Rector Sara María Martrus Vera Colectora Respecto al fundamento de la glosa, los administrados mediante comunicaciones que constan a fojas 8 y 38 del expediente administrativo en texto de igual tenor argumentan que...los permisos concedidos a la docente están amparados estrictamente en las disposiciones contenidas en el Reglamento General a la Ley de Educación y al Reglamento de la Ley de Carrera Docente y Escalafón del Magisterio Nacional (vigentes a esa fecha)......se le concedió 12 días de licencia amparada en el literalj) del artículo 96 del Reglamento General de la Ley de Educación; posteriormente se acogió a la licencia por enfermedad justificando con el correspondiente certificado médico del IESS amparada en el artículo 138 del Reglamento de la Ley de Carrera Docente y Escalafón del Magisterio Nacional: se le concedió 18 días de Ucencia amparada en el articulo j) del artículo 96 del Reglamento General a la Ley de Educación (con ello completaba 30 días que dispone la norma complementaria); y, finalmente se acoge a sus vacaciones anuales de conformidad con el literal I del artículo 5 de la Ley de Carrera Docente y Escalafón del Magisterio Nacional vigente a esa fecha y que textualmente disponía: Mediante comunicaciones A/ s 215, 045,059, 064 y 074 de fechas 5 de febrero del 2009, de 23 de abril del 2009, 05 de mayo de 2009, 12 de mayo de 2009 y 19 de mayo de 2009, respectivamente, informé a los señores Directores Provinciales de Educación, actuantes durante ese periodo, respecto de la situación de la docente MSC. Inés Fernández de Córdova de López, en virtud de que ninguna norma legal o reglamentarla se me concede la facultad para sancionar con suspensión o destitución de la docente, mucho menos por el principio constitucional de presunción de inocencia podrá haber dispuesto la suspensión de las remuneraciones, lo que es totalmente prohibido por la constitución y por la le y.... Como respaldo adjunta varios documentos, entre los que constan copias certificadas del Informe de asistencia, faltas justificadas, injustificadas y atrasos del personal docente titular y contratado de la jornada matutina correspondiente al mes de diciembre de 2008 suscrito por la Dra. Lesvia Eguez, Vicerrectora de Bachillerato (e); oficio de 5 de noviembre de 2008, documento a través del cual la MS Inés Fernández de Córdova, remite el certificado médico conferido por el galeno Dr. Washington Yoon, profesional que le concede reposo médico a partir del 14 de noviembre de 2008 por veinte y un

6 días; oficio de 28 de noviembre de 2008 suscrito por la referida docente a través del cual solicita licencia del 1 al 19 de diciembre de 2008; ( fs. 12 a 34); oficio No 064 de 12 de mayo de 2009 mediante el cual el Dr. Vicente Quevedo Chávez, rector ( e) informa a la señora Directora Provincial de Educación del Guayas que.. Cabe indicar que las peticiones de la docente no han sido resueltas, en razón de que solicite criterio de la asesoría jurídica previo emitir mi pronunciamiento... ; (fojas 41 a 55). Respecto a los argumentos y documentos remitidos por los administrados, es pertinente señalar que, el artículo 138 del Reglamento de la Ley de Carrera Docente y Escalafón del Magisterio Nacional faculta a la autoridad nominadora conceder a los profesionales de la educación licencia con sueldo, por enfermedad debidamente comprobada mediante certificado médico concedido o avalizado por el Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social, hasta por noventa días durante el transcurso del año calendario. Esta licencia será concedida por el respectivo director provincial de educación a los docentes de los niveles preprimario, primario, educación popular y establecimientos de educación especial, docentes administrativos, técnico-docentes, jefes y supervisores de su respectiva jurisdicción. En el presente caso, durante el examen especial auditoria evidenció que la señora Inés Eugenia Fernández de Córdova Villalva, cobró remuneraciones sin laborar durante ocho meses por encontrarse fuera del país, del primero de octubre al 2 de noviembre de 2008; y, desde el 15 de noviembre de 2008 hasta el 31 de mayo de 2009 fecha de corte del examen sin que su inasistencia al plantel educacional se encuentre convalidado con documentación sustentatoria que respalde las decisiones institucionales tomadas por la autoridad del plantel en base a la Ley y Reglamento General de la Ley de Educación referente a la inasistencia de la citada educadora.. Adicionalmente, a fojas 51 del expediente consta el oficio 064 de 12 de mayo de 2009 suscrito por el Dr. Vicente Quevedo Chávez, Supervisor Provincial de Educación Rector Encargado, a través del cual pone en conocimiento de la señora Directora provincial de Educación del Guayas "... que la docente MSC Inés Fernández de Córdova de López no se encuentra asistiendo normalmente al colegio para dictar sus horas clases desde el inicio del año lectivo hasta la presente fecha... "... Cabe indicar que las peticiones de la docente no han sido resueltas, en razón de que solicite criterio de la asesoría jurídica previo a emitir mi pronunciamiento.... De lo expuesto así como de la documentación remitida no se evidencia prueba alguna en base de la cual los administrados sustenten el pago de las remuneraciones a la señora docente sin haber asistido a prestar sus servicios en el plantel educacional por ocho meses conforme se demostró en la motivación de la glosa. Transcurrido el plazo legal la señora Inés Eugenia Fernández de Córdova Villalva, no ha dado contestación a la observación formulada en su contra, así como tampoco ha remitido las pruebas de descargo que contradigan las encontradas por el equipo auditor, según lo dispone el artículo 76 número 7 letra h) de la Constitución de la República del Ecuador, en concordancia con los artículos 53 número 1 de la Ley Orgánica de la Contraloría General del Estado y 27 del Reglamento Sustitutivo de Responsabilidades; razón por la cual, el presente juzgamiento, en lo que a ella respecta se dicta en rebeldía, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 28 bídem, sin perjuicio de que aspectos legales o los justificativos remitidos por el glosado solidario le favorezcan.

7 IV. Que analizados tanto el informe del examen especial como el memorando de antecedentes registrados en el archivo con el número DIRES , al igual que las contestaciones y documentos remitidos se concluye que los señores: Inés Eugenia Fernández de Córdova Villalva, docente, en el ejercicio de sus funciones y período de gestión, cobró remuneraciones sin laborar durante ocho meses por encontrarse fuera del país, inobservando lo establecido en el artículo 138 del Reglamento de la Ley de Carrera Docente y Escalafón del Magisterio Nacional, que dispone Los profesionales de la educación tendrán derecho a licencia con sueldo, por enfermedad debidamente comprobada mediante certificado médico concedido o avalizado por el Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social, hasta por 90 días durante el transcurso del año calendario, y la Norma de Control Interno Documentación de respaldo y su archivo, hallándose comprendido en el artículo 52 de la Ley Orgánica de la Contraloría General del Estado, relativo a que, La responsabilidad civil culposa nace de una acción u omisión culposa aunque no intencional de un servidor público o un tercero, autor o beneficiario, de un acto administrativo emitido, sin tomar aquellas cautelas, precautelas o precauciones necesarias para evitar resultados perjudiciales directos o indirectos a los bienes y recursos públicos. Vicente Rodrigo Quevedo Chávez, rector, y Sara María Martrus Vera, colectora, quienes en el ejercicio de sus funciones y períodos de su gestión, al autorizar y realizar el pago de sueldos a la docente, inobservaron el artículo 96 y 131 de la Ley de Educación referente a los deberes y atribuciones del rector y colector que señala letras: a) Cumplir y hacer cumplir las normas legales, reglamentarias y más disposiciones impartidas por las autoridades competentes, i) Responsabilizarse, solidariamente con el colector, del manejo de los fondos del e sta b le c im ie n to y e) Suscribir, conjuntamente con el rector, cheques y comprobantes de pago, y las Normas de Control Interno Control Interno Previo y Control previo al pago, hallándose comprendidos en el artículo 52 de la Ley Orgánica de la Contraloría General del Estado, referente a que, La responsabilidad civil culposa nace de una acción u omisión culposa aunque no intencional de un servidor público o un tercero, autor o beneficiario, de un acto administrativo emitido, sin tomar aquellas cautelas, precautelas o precauciones necesarias para evitar resultados perjudiciales directos o indirectos a los bienes y recursos públicos. Por lo manifestado, en ejercicio de las facultades que le confiere la Ley, RESUELVE: I. CONFIRMAR la responsabilidad civil subsidiaria, predeterminada mediante glosas Nos 9784 a 9786 de 30 de octubre de 2012, por 7 802,87 USD en contra de los señores: Inés Eugenia Fernández de Córdova Villalva, (beneficiaría de los pagos) Solidarios señores Vicente Rodrigo Quevedo Chávez, rector; y, Sara María Martrus Vera, colectora del Colegio Fiscal Dolores Sucre del cantón Guayaquil, provincia del Guayas. II. De conformidad con lo previsto en el artículo 57 número 1 de la Ley Orgánica de la Contralaría General del Estado, remitir copia certificada de la presente resolución al señor Director de Patrocinio, Recaudación y Coactivas, de la Contraloría General del Estado, a fin de que una vez que se encuentre ejecutoriada disponga la emisión y recaudación de un título de crédito solidario por 7 802,87 USD, cuyos intereses deberán ser calculados a partir del 31 de

8 mayo de 2009 (fecha de corte del examen) de acuerdo con la disposición legal del artículo 84 número 4, de la citada Ley. El funcionario recaudador comunicará sobre la emisión detallada de los títulos de crédito en referencia a la Dirección de Responsabilidades de la Contraloría General del Estado, según lo dispuesto en el inciso cuarto del artículo 57 de la norma señalada. Notifíquese, Pe 1" 1 1 ~ 1 Estado Ab: Daniel Fernández de Córdova Director de Responsabilidades, encargado

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