CONSEJERÍA DE JUSTICIA Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA

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1 Servicio Andluz de Slud Sevill, 12 de enero 2009 BOJA núm. 6 Págin núm. 7 octubre, del Gobierno de l Comunidd Autónom de Andlucí, por el rtículo 27.6 de l Ley 11/2007, de 22 de junio, de Acceso Electrónico de los Ciuddnos los Servicios Públicos, por el Decreto 191/2008, de 6 de myo, por el que se estblece l estructur orgánic de l Consejerí de Gobernción, y en bse l disposición dicionl tercer de l Orden de 12 de diciembre de 2006, DISPONGO Artículo 1. Convoctori de subvenciones pr el ño Se prueb l convoctori pr el ejercicio 2009 de concesión de subvenciones Entiddes Locles en ls siguientes línes: Líne 2 (AL2). Subvenciones destinds inversiones en Entiddes Locles. Líne 5 (PM2). Subvenciones destinds l dquisición, construcción, reform, reprción, conservción y equipmiento de centros de persons inmigrntes. Líne 7 (C1). Subvenciones pr el funcionmiento de servicios locles en mteri de consumo. Líne 8 (C2). Subvenciones pr inversiones locles en mteri de consumo. Líne 9 (PI1). Subvenciones pr el mntenimiento de ls Agrupciones Locles de Voluntrios de Protección Civil registrds en l Consejerí de Gobernción. Líne 10 (PI2). Subvenciones pr l implntción y equipmiento de los Plnes de Protección Civil de ámbito locl, homologdos por l Comisión de Protección Civil de Andlucí. El plzo de presentción de solicitudes será desde el dí 15 de enero de 2009 l 16 de febrero de 2009, mbos inclusive. Pr est convoctori, l vlorción que se refiere el rtículo 8.1 de l Orden, se relizrá sobre l liquidción del presupuesto del ño 2007 presentd en l Consejerí de Gobernción por ls Entiddes Locles. Pr este ejercicio 2009, ls subvenciones se concederán con crgo ls siguientes plicciones presupuestris: - Líne 2 (AL2): Concepto presupuestrio progrm 8.1.A. - Líne 5 (PM2): Concepto presupuestrio progrm 3.1.J. - Líne 7 (C1): Concepto presupuestrio progrm 4.4.H. - Líne 8 (C2): Concepto presupuestrio progrm 4.4.H. - Líne 9 (PI1): Concepto presupuestrio progrm 2.2.B. - Líne 10 (PI2): Concepto presupuestrio progrm 2.2.B. Artículo 2. Modificción de l Orden de 12 de diciembre de Se modific el rtículo 16.1 que qued redctdo del siguiente modo: «Artículo 16. Justificción. 1. Cundo se trte de subvenciones de pgo único del 100% de l cuntí, se justificrá l mism nte el órgno concedente, en el plzo de cutro meses desde l finlizción del plzo de ejecución estblecido en l resolución de concesión. De conformidd con lo dispuesto en el rtículo 30.1 de l Ley 38/2003, de 17 de noviembre, Generl de Subvenciones, l form de justificción de l subvención será l portción de l cuent justifictiv del gsto relizd en l form y con el contenido que se determin en el prtdo siguiente. Asimismo, el gsto se creditrá medinte declrción responsble.» 2. Se ñde un nuevo prtdo l rtículo 16: «7. Podrán considerrse gstos relizdos, unque no hyn sido efectivmente pgdos con nterioridd l finlizción del plzo de justificción, los gstos comprometidos medinte fcturs y demás documentos de vlor probtorio equivlente sobre los que hy recído un cto de reconocimiento y liquidción de l obligción.» Disposición finl únic. Entrd en vigor. L presente Orden entrrá en vigor el dí siguiente l de su publicción en el Boletín Oficil de l Junt de Andlucí. Sevill, 23 de diciembre de 2008 CONSEJERÍA DE JUSTICIA Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA CLARA E. AGUILERA GARCÍA Consejer de Gobiernción DECRETO 524/2008, de 16 de diciembre, por el que se reguln ls competencis y el procedimiento en mteri de incomptibiliddes del personl l servicio de l Administrción de l Junt de Andlucí y del Sector Público Andluz. L Comunidd Autónom de Andlucí, según lo dispuesto en el rtículo 76 del Esttuto de Autonomí pr Andlucí, ostent ls competencis de desrrollo legisltivo y ejecución en mteri de función públic en los términos del rtículo ª de l Constitución, y le corresponde l competenci comprtid sobre el régimen esttutrio, del personl l servicio de ls Administrciones ndluzs. Asimismo, el rtículo ª del referido texto esttutrio le tribuye l competenci exclusiv sobre el procedimiento dministrtivo derivdo de ls especiliddes de l orgnizción propi de l Comunidd Autónom. L Ley 53/1984, de 26 de diciembre, sobre Incomptibiliddes del personl l servicio de ls Administrciones Públics, que constituye l normtiv básic esttl en l mteri, consgró el principio fundmentl de l dedicción del personl un solo puesto o ctividd públic, slvo ls excepciones estblecids, respetndo el ejercicio de ls ctividdes privds que no impidn o menoscben el estricto cumplimiento de sus deberes o comprometn su imprcilidd o independenci. Por otr prte, de conformidd con l disposición dicionl sext de l citd Ley, ls Comuniddes Autónoms dictrán ls norms preciss pr l ejecución de l mism, segurndo l necesri coordinción y uniformidd de criterios y procedimientos. En el mrco de l Comunidd Autónom de Andlucí y en desrrollo legisltivo y ejecución de l legislción básic esttl, se probó el Decreto 8/1985, de 22 de enero, sobre plicción l personl l servicio de l Administrción de l Junt de Andlucí y Orgnismos de ell dependientes de l Ley 53/1984, de 26 de diciembre, sobre Incomptibiliddes del personl l servicio de ls Administrciones Públics, y el Decreto 174/1989, de 18 de julio, por el que se regul el procedimiento pr los reconocimientos específicos de comptibilidd de proyectos y trbjos técnicos. L puest en mrch del Sistem Integrdo de Recursos Humnos (SIRhUS) y l experienci obtenid desde l probción de ls citds norms, consejn ctulizr el régimen de tribución de competencis y procedimiento que, en mteri

2 Servicio Andluz de Slud Págin núm. 8 BOJA núm. 6 Sevill, 12 de enero 2009 de incomptibiliddes del personl l servicio de l Administrción Públic, estblecen ls misms. El presente Decreto incide directmente en el desrrollo de l Administrción Electrónic de l Junt de Andlucí, trvés de l posibilidd de l presentción de solicitudes de comptibilidd en el Registro telemático único de l Junt de Andlucí credo por el Decreto 183/2003, de 24 de junio, por el que se regul l informción y tención l ciuddno y l trmitción de procedimientos dministrtivos por medios electrónicos (internet), pr lo cul será necesrio disponer de l firm electrónic reconocid, de conformidd con lo estblecido en l Ley 59/2003, de 19 de diciembre, de Firm Electrónic. En su virtud, de conformidd con el rtículo 21.3 de l Ley 6/2006, de 24 de octubre, del Gobierno de l Comunidd Autónom de Andlucí, propuest de l Consejer de Justici y Administrción Públic, de cuerdo con el Consejo Consultivo y previ deliberción del Consejo de Gobierno, en su reunión del dí 16 de diciembre, DISPONGO CAPÍTULO I Disposiciones generles Artículo 1. Objeto. El presente Decreto tiene por objeto regulr ls competencis y el procedimiento en mteri de utorizción y reconocimiento de comptibilidd del personl comprendido en su ámbito de plicción que pretend ejercer un segund ctividd públic o privd. Artículo 2. Ámbito de plicción. 1. El presente Decreto será de plicción : ) El personl l servicio de l Administrción Generl de l Junt de Andlucí y de sus gencis y demás entiddes de Derecho Público. b) El personl l servicio de ls socieddes mercntiles del sector público ndluz. c) El personl de los consorcios y fundciones cuyos presupuestos se doten ordinrimente en más de un 50 por 100 con subvenciones u otros ingresos procedentes de l Administrción de l Junt de Andlucí o de sus gencis y demás entiddes de Derecho Público. d) El personl docente y snitrio l servicio de l Administrción de l Junt de Andlucí, sí como el personl dependiente de ls Universiddes Públics de Andlucí. e) El personl l servicio de l Administrción de Justici, perteneciente los Cuerpos de Médicos Forenses, de Gestión Procesl y Administrtiv, de Trmitción Procesl y Administrtiv y de Auxilio Judicil, que preste sus servicios en el ámbito de l Comunidd Autónom de Andlucí. 2. En el ámbito delimitdo en el prtdo nterior, se entenderá incluido todo el personl, culquier que se l nturlez jurídic de l relción de empleo. Artículo 3. Autorizción o reconocimiento de comptibilidd. 1. El ejercicio de un segund ctividd públic o privd requerirá, con crácter previo su inicio, utorizción o reconocimiento de comptibilidd por el órgno competente, slvo ls ctividdes exceptuds del régimen de incomptibiliddes en el rtículo 19 de l Ley 53/1984, de 26 de diciembre, sobre Incomptibiliddes del personl l servicio de ls Administrciones Públics. 2. El reconocimiento de l comptibilidd pr el ejercicio con crácter genérico de ctividdes privds de Arquitectur, Ingenierí u otrs titulciones, deberá completrse con otro específico pr cd proyecto, trbjo técnico o intervención profesionl que requier licenci o resolución dministrtiv o visdo colegil. 3. De cuerdo con lo previsto en el rtículo 14 de l Ley 53/1984, de 26 de diciembre, los reconocimientos de comptibilidd no podrán modificr l jornd de trbjo y horrio de l person interesd y quedrán utomáticmente sin efecto en cso de cmbio de puesto en el sector público. CAPÍTULO II Competencis Artículo 4. Competencis del Consejo de Gobierno. Corresponderá l Consejo de Gobierno de l Junt de Andlucí ejercer ls competencis siguientes: ) Determinr medinte Decreto los supuestos en los que por rzón de interés público el personl incluido en el ámbito de plicción de l Ley 53/1984, de 26 de diciembre, podrá desempeñr un segundo puesto de trbjo o ctividd en el sector público, de conformidd con el rtículo 3.1 de l citd ley. b) Autorizr medinte cuerdo expreso l superción de los límites que, en cómputo nul, se estblecen pr ls remunerciones en el rtículo 7.1 de Ley 53/1984, de 26 de diciembre, por rzones de especil interés pr el servicio. c) Autorizr excepcionlmente pr supuestos concretos, medinte cuerdo, l pertenenci más de dos Consejos de Administrción u órgnos de Gobierno que se refiere el rtículo 8, párrfo segundo, de l Ley 53/1984, de 26 de diciembre. d) Determinr con crácter generl, en el ámbito de su competenci, los puestos del trbjo del sector público snitrio susceptibles de prestción tiempo prcil, en tnto se proced l regulción de est mteri por norm con rngo de Ley, de conformidd con lo dispuesto en el prtdo 1 de l disposición dicionl curt de l Ley 53/1984, de 26 de diciembre. e) Determinr con crácter generl, en el ámbito de su competenci, los puestos de crácter exclusivmente investigdor de los centros públicos de investigción susceptibles de prestción tiempo prcil, de conformidd con lo estblecido en el prtdo 3 de l disposición dicionl curt de l Ley 53/1984, de 26 de diciembre. Artículo 5. Competencis de l person titulr de l Consejerí de Justici y Administrción Públic. L utorizción, reconocimiento o denegción de l comptibilidd genéric o de l específic, l que lude el rtículo 3.2, del personl incluido en el ámbito de plicción del presente Decreto, pr desempeñr un segundo puesto o ctividd públic o privd, corresponderá l person titulr de l Consejerí de Justici y Administrción Públic. Artículo 6. Competencis en ls Universiddes Públics de Andlucí. L competenci pr utorizr, reconocer o denegr l comptibilidd del personl cuyo primer puesto de trbjo depend de ls Universiddes Públics de Andlucí, corresponderá l person titulr del Rectordo, conforme lo estblecido en l disposición dicionl decimoquint de l Ley 7/1996, de 31 de julio, del Presupuesto de l Comunidd Autónom de Andlucí pr 1996.

3 Servicio Andluz de Slud Sevill, 12 de enero 2009 BOJA núm. 6 Págin núm. 9 CAPÍTULO III Procedimiento Artículo 7. Instrucción de los procedimientos. 1. Ls solicitudes de comptibilidd genéric y específic se cumplimentrán en los modelos normlizdos que figurn como Anexos I, II y III l presente Decreto y se presentrán, preferentemente, en el Registro telemático único de l Administrción de l Junt de Andlucí, trvés del cceso l portl sin perjuicio de que ls misms puedn tmbién presentrse en los demás lugres estblecidos en el rtículo 38.4 de l Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de ls Administrciones Públics y del Procedimiento Administrtivo Común. Pr l presentción en el Registro telemático único, ls persons interesds deberán disponer de l firm electrónic reconocid, reguld en el rtículo 3.3 de l Ley 59/2003, de 19 de diciembre, de Firm Electrónic. 2. L instrucción de los procedimientos corresponderá l Inspección Generl de Servicios de l Junt de Andlucí. 3. Los órgnos responsbles de l gestión de personl de ls Consejerís, orgnismos, entiddes o centros en que l person interesd desempeñe su primer puesto o ctividd, fcilitrán l trmitción l person solicitnte de l utorizción o reconocimiento de comptibilidd. Artículo 8. Informe y propuest de resolución. 1. Cundo los puestos o ctividdes públics dependn de l Administrción de l Junt de Andlucí o de culquier de los orgnismos, entiddes y centros referidos en el rtículo 2, el informe preceptivo, l que se refiere el rtículo 9 de l Ley 53/1984, de 26 de diciembre, corresponderá l Inspector o l Inspector Generl de Servicios responsble de l trmitción de los expedientes de incomptibilidd y l propuest l person titulr de l Dirección Generl competente en mteri de incomptibiliddes. L informción necesri pr elborr dichs propuests e informes, se obtendrá trvés del Sistem Integrdo de Recursos Humnos (SIRhUS) y, en su cso, de ls Consejerís, orgnismos, entiddes y centros los que estén dscritos mbos puestos, que deberán fcilitrl en el plzo de diez dís desde que se recbd. 2. Cundo el primer puesto o ctividd públic depend de otr Administrción Públic y el segundo puesto o ctividd esté dscrito l Administrción de l Junt de Andlucí, el informe preceptivo y fvorble, l que se refiere el rtículo 9 de l Ley 53/1984, de 26 de diciembre, pr l concesión, en su cso, de l utorizción de comptibilidd, corresponderá l Inspector o l Inspector Generl de Servicios responsble de l trmitción de los expedientes de incomptibilidd. Artículo 9. Plzos de resolución. 1. Ls solicitudes de comptibilidd pr el desempeño de un segundo puesto o ctividd en el sector público serán resuelts y notificds en el plzo de tres meses. 2. Ls solicitudes de comptibilidd referids ctividdes privds serán resuelts y notificds en el plzo de dos meses. 3. El reconocimiento específico de comptibilidd pr cd proyecto, trbjo técnico o intervención profesionl que se refiere el rtículo 3.2, se resolverá y notificrá en el plzo de un mes. Artículo 10. Silencio dministrtivo. Sin perjuicio de l obligción de dictr y notificr resolución expres, ls solicitudes de comptibilidd podrán entenderse desestimds por silencio dministrtivo si, trnscurrido el plzo máximo estblecido, no se hubier dictdo y notificdo l resolución, de conformidd con lo estblecido en el rtículo 2.1 y el Anexo II de l Ley 9/2001, de 12 de julio, por l que se estblece el sentido del silencio dministrtivo y los plzos de determindos procedimientos como grntís procedimentles pr los ciuddnos. Artículo 11. Declrción de ctividdes y ejercicio de opción. 1. Cundo el personl comprendido en el ámbito de plicción del presente Decreto cced por culquier título un nuevo puesto del sector público, deberá formulr declrción de ls ctividdes públics y privds que viniere desempeñndo. 2. De conformidd con el rtículo 10 de l Ley 53/1984, de 26 de diciembre, quienes ccedn un nuevo puesto del sector público por culquier título que con rreglo l citd Ley resulte incomptible con el que viniern desempeñndo, hbrán de optr por uno de ellos dentro del plzo de tom de posesión. 3. A flt de opción en el plzo señldo, se entenderá que optn por el nuevo puesto, psndo en el puesto que viniern desempeñndo l situción que en cd cso correspond de cuerdo con l normtiv plicble. 4. Si se trtr de puestos susceptibles de comptibilidd, previ utorizción, deberán instrl en los diez primeros dís del plzo de tom de posesión, entendiéndose éste prorrogdo en tnto se notifique l resolución de comptibilidd. Artículo 12. Prevención y control. De conformidd con lo estblecido en el rtículo 20.3 de l Ley 53/1984, de 26 de diciembre, los órgnos los que compet l dirección, inspección o jeftur de los diversos servicios en ls Consejerís, orgnismos, entiddes y centros docentes y snitrios públicos dependientes de l Administrción de l Junt de Andlucí, cuidrán bjo su responsbilidd de velr por el cumplimiento de l normtiv sobre incomptibiliddes en que pued incurrir el personl su crgo. Todo ello,sin perjuicio de l intervención de l Inspección Generl de Servicios de l Junt de Andlucí en l coordinción e impulso del control de ls incomptibiliddes. Artículo 13. Régimen disciplinrio. De conformidd con lo previsto en el rtículo 20.1 de l Ley 53/1984, de 26 de diciembre, el incumplimiento de lo dispuesto en l citd Ley será snciondo conforme l régimen disciplinrio de plicción, sin perjuicio de l ejecutividd de l incomptibilidd en que se hy incurrido. Artículo 14. Comunicciones. De conformidd con el rtículo 18 de l Ley 53/1984, de 26 de diciembre, ls resoluciones de comptibilidd que se concedn se comunicrán, por l Dirección Generl competente en mteri de incomptibiliddes, l Dirección Generl de l Función Públic de l Consejerí de Justici y Administrción Públic, pr su inscripción en el Registro Generl de Personl, l cul será requisito indispensble, en los csos de desempeño de un segundo puesto o ctividd en el sector público, pr que puedn creditrse hberes por dicho puesto o ctividd. Asimismo, comunicrá dichs resoluciones l Consejerí, orgnismo, entidd, centro o Administrción Públic en que l person interesd desempeñe el primer puesto o ctividd y, en su cso, quéll en l que vy desempeñr el segundo puesto o ctividd. Disposición dicionl únic. Informción trvés de internet y órgnos responsbles de personl. 1. Con objeto de fomentr el conocimiento de l normtiv de incomptibiliddes del personl l servicio de l Administrción de l Junt de Andlucí y del sector público ndluz, en l págin web de l Consejerí de Justici y Administrción Públic se insertrá l normtiv correspondiente est mteri.

4 Servicio Andluz de Slud Págin núm. 10 BOJA núm. 6 Sevill, 12 de enero Los órgnos responsbles de l gestión de personl de ls Consejerís, orgnismos, entiddes y centros docentes y snitrios públicos dependientes de l Administrción de l Junt de Andlucí, fcilitrán l informción necesri en mteri de incomptibilidd l personl su servicio. Disposición trnsitori únic. Procedimientos y inicidos. Los procedimientos en mteri de incomptibiliddes del personl incluido en el ámbito de plicción del presente Decreto que se encuentren inicidos l entrd en vigor del presente Decreto, continurán trmitándose conforme ls norms vigentes en l fech de l inicición. Disposición derogtori únic. Derogción normtiv. Quedn derogdos el Decreto 8/1985, de 22 de enero, sobre plicción l personl l servicio de l Administrción de l Junt de Andlucí y Orgnismos de ell dependientes de l Ley 53/1984, de 26 de diciembre, sobre Incomptibiliddes del personl l servicio de ls Administrciones Públics y el Decreto 174/1989, de 18 de julio, por el que se regul el procedimiento pr los reconocimientos específicos de comptibilidd de proyectos y trbjos técnicos, sí como cunts disposiciones de igul o inferior rngo se opongn lo estblecido en el presente Decreto. Disposición finl primer. Desrrollo y ejecución. Se hbilit l Consejer de Justici y Administrción Públic, pr dictr ls disposiciones necesris pr el desrrollo y ejecución de lo estblecido en el presente Decreto. Disposición finl segund. Entrd en vigor. El presente Decreto entrrá en vigor el dí siguiente l de su publicción en el Boletín Oficil de l Junt de Andlucí. Sevill, 16 de diciembre de 2008 EVANGELINA NARANJO MÁRQUEZ Consejer de Justici y Administrción Públic CONSEJERÍA DE EMPLEO MANUEL CHAVES GONZÁLEZ Presidente de l Junt de Andlucí INSTRUCCIÓN 4/2008, de 23 de diciembre, de l Dirección Gerenci del Servicio Andluz de Empleo, por l que se estblecen ls directrices de gestión de yuds en el mrco del pln extrordinrio pr l mejor de l emplebilidd de ls persons demndntes de empleo estblecido por l Orden de 31 de octubre de 2008 que se cit. L Disposición finl primer de l Orden de 31 de octubre de 2008, por l que se estblece el pln extrordinrio pr l mejor de l emplebilidd de ls persons demndntes de empleo y se reguln y convocn ls yuds pr l ejecución del mismo, fcult l Dirección Gerenci del Servicio Andluz de Empleo, instnci de ls Direcciones Generles de Emplebilidd e Intermedición Lborl, de Fomento e Iguldd en el Empleo, y de Formción pr el Empleo, en sus respectivs competencis específics, dictr cunts instrucciones sen necesris pr l correct plicción e interpretción de l presente Orden. En bse lo nterior, l Dirección Gerenci del Servicio Andluz de Empleo, l objeto de propicir ctuciones homogénes en l gestión de ls yuds contemplds en el mrco del Pln Memt dict ls siguientes INSTRUCCIONES 1. Cpítulo I. Disposiciones generles. ) Artículo 2.1.b): En relción l requisito de que l person desempled hy procedido inscribirse como demndnte de empleo en el plzo máximo de 30 dís desde el cese de ctividd, en el supuesto de incpcidd temporl creditd (IT), dicho plzo comenzrá contr o se renudrá, en su cso, desde l obtención del lt médic. b) Artículo 2.1.c): Pr el cómputo de l menos seis meses de contrtción o ctividd en los doce meses nteriores l demnd de empleo, se tenderá l período entre l fech de inicio y fin de l contrtción (con lt en Seguridd Socil, contbilizndo período entre fechs de inicio y fin), sin tener en cuent l prcilidd del contrto. Pr el cso de trbjdores grícols, se contbilizrán 180 jornds reles trbjds en los últimos 12 meses. Así mismo, el período de 6 meses se debe entender como cómputo totl dentro de los últimos 12 meses, pudiéndose contbilizr l sum de períodos inferiores los 6 meses, siempre que estén dentro del período de lod 12 estblecido. c) Artículo 3.6.b): Ls cuss pr justificr l no sistenci o prticipción en ls ctuciones del Pln Memt y su creditción documentl, deberán tenerse en cuent ls que se relcionn continución: - Mternidd, pternidd, enfermedd o ccidente, que se credit con el prte de bj previsto en l normtiv de Seguridd Socil, o por prte de consult u hospitlizción expedido por fculttivo del SAS. - Mtrimonio o ncimiento de un hijo de l person demndnte, que se credit con el Libro de Fmili, inscripción en le Registro Civil, informe del hospitl o centro snitrio, etc. - Enfermedd grve o fllecimiento del cónyuge o prientes hst el segundo grdo de finidd o consnguinidd, que se credit con certificdo médico, o prte de bj médico o certificdo de defunción y documentción de l relción de prentesco. - Trsldo de domicilio hbitul, que se credit con un declrción escrit de l person demndnte que justificrá un dí por trsldo si es en l mism loclidd de residenci o tres dís si es en loclidd distint. - Cumplimiento de un deber inexcusble de crácter público o personl, que se credit con certificdo de su cumplimiento u otros medios de prueb que justificrá por el tiempo indispensble pr su relizción. - Presentción cobertur de oferts de empleo, que requerirán creditrse medinte documento justifictivo sólo en el cso en que ésts no se hubiern relizdo directmente en el SAE, que justificrá por el tiempo indispensble pr su relizción. - Por relizción de exámenes, pr l obtención de título cdémico, profesionl o lborl, ejercicios de oposiciones, convoctori públic de empleo, crné de conducir, pruebs de selección pr obtención de empleo..., que se creditrán con los certificdos de su relizción que justificrá por el tiempo indispensble pr su relizción. - Por cuss de fuerz myor notoris que imposibiliten l comprecenci (inundciones, huelg de trnsporte...), que se creditn con declrción escrit de l person demndnte que justificrá por el tiempo indispensble pr su relizción. - L creditción de l condición de víctim de violenci de género. - L creditción de l prticipción y/o sistenci progrms de desintoxicción o rehbilitción. Posibilidd de reincorporción: Cbe l reincorporción en el Pln Memt, siempre que cumpl los requisitos estblecidos en el rtículo 2 y l Crt de Compromiso suscrit en su

5 Servicio Andluz de Slud Sevill, 6 de febrero 2009 BOJA núm. 25 Págin núm. 17 CONSEJERÍA DE INNOVACIÓN, CIENCIA Y EMPRESA ACUERDO de 27 de enero de 2009, del Consejo de Gobierno, por el que se prueb l creción y puest en mrch del progrm «Empres 24 hors». El Consejo de Gobierno de l Junt de Andlucí, en su reunión del 28 de bril de 2008, h credo el grupo de trbjo pr impulsr l gilizción de trámites en l dministrción utonómic. Entre ls funciones signds, destc l relizción de un informe reltivo ls posibiliddes de profundizr en l gilizción y simplificción dministrtiv en los ámbitos de l tención direct l ciuddní, l elborción de disposiciones de crácter generl y l respuest inicitivs empresriles. En este informe, en primer lugr, se trt de concretr l posibilidd de hcer relidd dicho principio de simplificción dministrtiv, fruto del cul se consig un reducción sustncil de los tiempos y plzos de resolución de los procedimientos dministrtivos, logrndo un myor eficci y eficienci en l ctividd dministrtiv; todo ello enmrcdo en el principio de buen dministrción, que comprende el derecho de l ciuddní que sus suntos sen resueltos en un plzo rzonble, consgrdo en l Ley de l Administrción de l Junt de Andlucí. Por otr prte, el Decreto 10/2008, de 19 de bril, de ls Vicepresidencis y sobre reestructurción de Consejerís, en su rtículo 6.2, sign l Consejerí de Innovción, Cienci y Empres l plnificción, gestión, promoción y evlución de los progrms y cciones reltivos l fomento de vocciones empresriles, l formción de emprendedores y pequeños empresrios, el fomento del utoempleo y l difusión de l cultur empresril. De cuerdo con todo lo nterior, prece oportuno rticulr un Pln que permit simplificr y gilizr los procedimientos dministrtivos dirigidos ls empress, con l finlidd de lcnzr un horro de costes en ls misms, en su relción con l Administrción de l Junt de Andlucí. El Progrm «Empres 24 Hors», dentro del primer cutrimestre del ño 2009, tendrá como finlidd poner disposición de los empresrios un serie de medids que reduzcn l mínimo todos quellos trámites burocráticos y dministrtivos que son necesrios pr l creción de culquier empres y culquier ctividd empresril. En su virtud, propuest del Consejero de Innovción, Cienci y Empres, y previ deliberción del Consejo de Gobierno, en su reunión de 27 de enero de 2009, ACUERDA Primero. Aprobción del Progrm «Empres 24 Hors». Se prueb l puest en mrch del Progrm «Empres 24 Hors». Segundo. Gestión del Progrm. L Consejerí de Innovción, Cienci y Empres, trvés de l Agenci de Innovción y Desrrollo de Andlucí (IDEA), rticulrá los mecnismos de gestión y los recursos económicos necesrios pr l puest en mrch de dicho Progrm en el plzo de dos meses. Tercero. Objetivo. El Pln tendrá los siguientes objetivos: - L Agenci de Innovción ofrecerá un «Bnco de Empress» credo por l Administrción Autonómic con el fin de reducir 24 hors unos trámites que, en condiciones normles, supondrí pr el empresrio un crg de tiempo importnte, disponiendo de su empres de form cómod, ágil y segur. - El «Bnco de Empress» ofrecerá un mplio ctálogo de socieddes limitds y constituids disposición de los interesdos. Ests socieddes estrán debidmente inscrits en el Registro Mercntil, provists del Código de Identificción Fiscl (CIF), y con grntí de inctividd hst el mismo momento de l trnsmisión l comprdor, con tod su documentción perfectmente leglizd y regulrizd, incluyendo escriturs notriles de constitución, compr-vent de prticipciones sociles y de formlizción de cuerdos sociles, libro de socios y de cts, lt de ctividd desrrollr por l empres el mismo dí de l compr y cuent bncri biert nombre de l sociedd. - L Agenci IDEA dispondrá de un web donde los emprendedores podrán comprobr el listdo de socieddes su disposición que les permitirá l elección de quéll que se juste sus necesiddes. No obstnte, dichs socieddes contrán con un mplio objeto socil que permit desrrollr el myor número de ctividdes sin necesidd de cmbir sus esttutos. - Un vez firmd l compr-vent de l sociedd en notrí, l Agenci IDEA se encrgrá de tod l trmitción que permit l entreg de l sociedd en 24 hors. Curto. Eficci. El presente Acuerdo surtirá efectos el dí siguiente l de su publicción en el Boletín Oficil de l Junt de Andlucí. Sevill, 27 de enero de 2009 FRANCISCO VALLEJO SERRANO Consejero de Innovción, Cienci y Empres CONSEJERÍA DE JUSTICIA Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA CORRECCIÓN de errores del Decreto 524/2008, de 16 de diciembre, por el que se reguln ls competencis y el procedimiento en mteri de incomptibiliddes del personl l servicio de l Administrción de l Junt de Andlucí y del Sector Público Andluz (BOJA núm. 6, de ). Advertido error por omisión de los Anexos I, II y II del Decreto 524/2008, de 16 de diciembre, por el que se reguln ls competencis y el procedimiento en mteri de incomptibiliddes del personl l servicio de l Administrción de l Junt de Andlucí y del Sector Público Andluz, publicdo en el BOJA núm. 6, de 12 de enero de 2009, los que hce referenci el rtículo 7.1 de su prte dispositiv, procede l publicción de los mismos. Sevill, 13 de enero de 2009 MANUEL CHAVES GONZÁLEZ Presidente de l Junt de Andlucí

6 Págin núm. 18 BOJA núm. 25 Sevill, 6 de febrero 2009 ANVERSO ANEXO I JUNTA DE ANDALUCIA CÓDIGO IDENTIFICATIVO CONSEJERÍA DE JUSTICIA Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA Dirección Generl de Inspección y Evlución de Servicios Nº REGISTRO, FECHA Y HORA COMPATIBILIDAD GENÉRICA PARA EL EJERCICIO DE ACTIVIDADES PÚBLICAS O PRIVADAS SOLICITUD 1 DATOS PERSONALES APELLIDOS Y NOMBRE SEXO DNI DOMICILIOA EFECTOS DE NOTIFICACIÓN Nº ESC. Nº PISO PUERTA C. POSTAL TELÉFONO CORREO ELECTRÓNICO 2 DATOS DEL PUESTO PÚBLICO PRINCIPAL DENOMINACIÓN DEL PUESTO CONSEJERÍA/ORGANISMO/EMPRESA PÚBLICA/ FUNDACIÓN/OTROS CENTRO DE TRABAJO C. POSTAL LUNES: de VIERNES: de HORARIO DE TRABAJO DE MAÑANA MIÉRCOLES: de DOMINGO: de JUEVES: de LUNES: de VIERNES: de HORARIO DE TRABAJO DE TARDE MIÉRCOLES: de DOMINGO: de JUEVES: de OBSERVACIONES (000352/3D) 3 ACTIVIDAD DATOS DE LA PRIMERA ACTIVIDAD A COMPATIBILIZAR PÚBLICA: PRIVADA: DOMICILIO DEL CENTRO DE TRABAJO En l Junt de Andlucí Por cuent propi En otrs Administrciones Por cuent jen ORGANISMO/EMPRESA CÓD. POSTAL LUNES: de VIERNES: de HORARIO DE TRABAJO DE MAÑANA MIÉRCOLES: de DOMINGO: de JUEVES: de LUNES: de VIERNES: de HORARIO DE TRABAJO DE TARDE MIÉRCOLES: de DOMINGO: de JUEVES: de OBSERVACIONES

7 Sevill, 6 de febrero 2009 BOJA núm. 25 Págin núm ACTIVIDAD DATOS DE LA SEGUNDA ACTIVIDAD A COMPATIBILIZAR PÚBLICA: PRIVADA: En l Junt de Andlucí Por cuent propi En otrs Administrciones Por cuent jen ORGANISMO/EMPRESA REVERSO ANEXO I DOMICILIO DEL CENTRO DE TRABAJO CÓD. POSTAL LUNES: de VIERNES: de HORARIO DE TRABAJO DE MAÑANA MIÉRCOLES: de DOMINGO: de JUEVES: de LUNES: de VIERNES: de HORARIO DE TRABAJO DE TARDE MIÉRCOLES: de DOMINGO: de JUEVES: de OBSERVACIONES 5 ACTIVIDAD DATOS DE LA TERCERA ACTIVIDAD A COMPATIBILIZAR PÚBLICA: PRIVADA: En l Junt de Andlucí Por cuent propi En otrs Administrciones Por cuent jen ORGANISMO/EMPRESA DOMICILIO DEL CENTRO DE TRABAJO CÓD. POSTAL LUNES: de VIERNES: de HORARIO DE TRABAJO DE MAÑANA MIÉRCOLES: de DOMINGO: de JUEVES: de LUNES: de VIERNES: de HORARIO DE TRABAJO DE TARDE MIÉRCOLES: de DOMINGO: de JUEVES: de OBSERVACIONES 6 DOCUMENTACIÓN ADJUNTA ACTIVIDAD PRIVADA POR CUENTA AJENA: Certificción de horrio expedido por l empres, en cso de ctividd privd por cuent jen. 7 SOLICITUD, DECLARACIÓN, LUGAR, FECHA Y FIRMA L person bjo firmnte DECLARA, bjo su expres responsbilidd, que son ciertos cuntos dtos figurn en este impreso, sí como en l documentción djunt, en su cso, y SOLICITA l comptibilidd pr ls ctividdes enumerds en los prtdos nteriores. En de de EL/LA INTERESADO/A /3D Fdo.: ILMO/A. SR/A. DIRECTOR/A GENERAL DE INSPECCIÓN Y EVALUACIÓN DE SERVICIOS. PROTECCIÓN DE DATOS En cumplimiento de lo dispuesto en l Ley Orgánic 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Dtos de Crácter Personl, l Consejerí de Justici y Administrción Públic le inform que los dtos personles obtenidos medinte l cumplimentción de este documento/impreso/formulrio y demás que se djuntn vn ser incorpordos, pr su trtmiento, en un fichero utomtizdo. Asimismo, se le inform que l recogid y trtmiento de dichos dtos tienen como finlidd l trmitción del expediente de comptibilidd genéric. De cuerdo con lo previsto en l citd Ley Orgánic, puede ejercitr los derechos de cceso, rectificción, cncelción y oposición dirigiendo un escrito l Dirección Generl de Inspección y Evlución de Servicios de l Consejerí de Justici y Administrción Públic.

8 Págin núm. 20 BOJA núm. 25 Sevill, 6 de febrero 2009 ANEXO II JUNTA DE ANDALUCIA CÓDIGO IDENTIFICATIVO CONSEJERÍA DE JUSTICIA Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA Dirección Generl de Inspección y Evlución de Servicios Nº REGISTRO, FECHA Y HORA COMPATIBILIDAD ESPECÍFICA 1 DATOS PERSONALES APELLIDOS Y NOMBRE SEXO DNI SOLICITUD DOMICILIOA EFECTOS DE NOTIFICACIÓN Nº ESC. Nº PISO PUERTA C. POSTAL TELÉFONO CORREO ELECTRÓNICO 2 DATOS DEL PUESTO PÚBLICO PRINCIPAL DENOMINACIÓN DEL PUESTO CONSEJERÍA/ORGANISMO/EMPRESA PÚBLICA/ FUNDACIÓN/OTROS CENTRO DE TRABAJO C. POSTAL 3 DATOS DEL RECONOCIMIENTO ESPECÍFICO QUE SOLICITA Título/Nombre (del trbjo relizr): Tipo de Trbjo: Informe. Proyecto. Memori. Ejecución/Dirección. Certificdo. Dirección comprtid. Otro. Promotor Loclidd: L relizción del trbjo requiere o requerirá de lgún tipo de intervención Administrtiv? Autorizción/Licenci o Permiso Orgnismo: Visdo Orgnismo: Control Orgnismo: Ayud Finncier Orgnismo: Provinci: (000615/2D) 4 DOCUMENTACIÓN ADJUNTA Documento credittivo de l dirección de obr comprtid. Anexo III - Certificción credittiv del órgno competente. 5 LUGAR, FECHA Y FIRMA L person bjo firmnte DECLARA, bjo su expres responsbilidd, que son ciertos cuntos dtos figurn en este impreso y SOLICITA l comptibilidd pr l ctividd reseñd en el prtdo nterior. En de de EL/LA INTERESADO/A Fdo.: ILMO/A. DIRECTOR/A GENERAL DE INSPECCIÓN Y EVALUACIÓN DE SERVICIOS. PROTECCIÓN DE DATOS En cumplimiento de lo dispuesto en l Ley Orgánic 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Dtos de Crácter Personl, l Consejerí de Justici y Administrción Públic le inform que los dtos personles obtenidos medinte l cumplimentción de este documento/impreso/formulrio y demás que se djuntn vn ser incorpordos, pr su trtmiento, en un fichero utomtizdo. Asimismo, se le inform que l recogid y trtmiento de dichos dtos tienen como finlidd l trmitción del expediente de comptibilidd específic. De cuerdo con lo previsto en l citd Ley Orgánic, puede ejercitr los derechos de cceso, rectificción, cncelción y oposición dirigiendo un escrito l Dirección Generl de Inspección y Evlución de Servicios de l Consejerí de Justici y Administrción Públic.

9 Sevill, 6 de febrero 2009 BOJA núm. 25 Págin núm. 21 ANEXO III JUNTA DE ANDALUCIA CÓDIGO IDENTIFICATIVO CONSEJERÍA DE JUSTICIA Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA Dirección Generl de Inspección y Evlución de Servicios Nº REGISTRO, FECHA Y HORA COMPATIBILIDAD ESPECÍFICA CERTIFICACIÓN ACREDITATIVA D/ª.: en clidd de CERTIFICA: 1.- Que l person cuyos dtos se especificn en l presente solicitud, tiene el siguiente horrio lborl: 2.- Que el proyecto pr el que solicit comptibilidd requiere de (2) sí / no 3.- Que l ctividd solicitd tiene relción direct con ls funciones del puesto público que desempeñ. sí / no En de de EL/LA (1) Fdo.: /A03D (1) Tods ls resoluciones de comptibilidd específic deberán ir compñds de est certificción cumplimentd por: - El/l Secretrio/ Generl Técnico/ en el cso de Servicios Centrles o Secretrio/ Generl en el cso de Orgnismos Autónomos. - El/l Secretrio/ Generl de l Delegción Provincil correspondiente, en el supuesto de Servicios Periféricos. - El/l Responsble de Personl, en el supuesto de otrs entiddes, empress públics, centros, etc. (2) Autorizción, licenci, permiso, visdo, culquier tipo de control o yud finncier.

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