LA ACREDITACIÓN DE COMPETENCIAS PROFESIONALES EN LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE ANDALUCÍA

Tamaño: px
Comenzar la demostración a partir de la página:

Download "LA ACREDITACIÓN DE COMPETENCIAS PROFESIONALES EN LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE ANDALUCÍA"

Transcripción

1 1 LA ACREDITACIÓN DE COMPETENCIAS PROFESIONALES EN LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE ANDALUCÍA ELABORA: Centro de Referencia para la Orientación de Sevilla. Servicio Andaluz de Empleo. Septiembre 2011

2 2 ÍNDICE Módulo 1. EL Sistema Nacional de Cualificaciones y Formación Profesional (SNCFP) El Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales (CNCP) La cualificación profesional. Módulo 2. La acreditación de las competencias profesionales El sistema integrado de formación. Los títulos de formación profesional y los certificados de profesionalidad Formación Profesional para el Empleo Formación Profesional del Sistema Educativo El procedimiento de evaluación y acreditación de las competencias profesionales. Módulo 3. El Sistema Integrado de Información y Orientación Profesional El Papel del personal orientador en el procedimiento de evaluación y acreditación de competencias profesionales Modalidades de intervención. Módulo 4. El procedimiento de evaluación y acreditación de las competencias profesionales adquiridas a través de la experiencia laboral o de vías no formales de formación en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía El procedimiento de evaluación y acreditación. Justificación de las cualificaciones seleccionadas Orden conjunta de la Consejería de Educación y de la Consejería de Empleo de convocatoria para el procedimiento de evaluación y acreditación de competencias profesionales.

3 3 MÓDULO 1. EL SISTEMA NACIONAL DE CUALIFICACIONES Y FORMACIÓN PROFESIONAL (SNCFP) Ley Orgánica 5/2002, de 19 de Junio de las Cualificaciones y de la Formación Profesional Ley Orgánica 4/2011, de 11 de marzo, complementaria de la Ley de Economía Sostenible, por la que se modifica, entre otras, la Ley Orgánica 5/2002, de 19 de Junio de las Cualificaciones y de la Formación Profesional El Sistema Nacional de Cualificaciones y Formación Profesional, a partir de ahora SNCFP, integra la formación profesional, las cualificaciones y la acreditación, en un mismo sistema que responda a las demandas de la sociedad y oriente las diversas acciones formativas en coordinación con las políticas activas de empleo y de fomento de la libre circulación de las personas trabajadoras. Es el conjunto de instrumentos y acciones necesarios para promover y desarrollar la integración de las ofertas de la formación profesional, mediante el Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales (CNCP). Asimismo, busca promover y desarrollar la evaluación y acreditación de las correspondientes competencias profesionales, de forma que se favorezca el desarrollo profesional y social de las personas y se cubran las necesidades del sistema productivo. El SNCFP se crea para dar respuesta a las demandas de cualificación de las personas y de las empresas en una sociedad en continuo proceso de cambio e innovación. Las finalidades del SNCFP son: Capacitar a las personas trabajadoras para el ejercicio profesional. Promover una oferta formativa de calidad. Proporcionar información y orientación sobre formación profesional y cualificaciones para el empleo. Favorecer el espíritu emprendedor mediante la incorporación a la oferta formativa de acciones que capaciten para el desempeño de actividades empresariales y por cuenta propia. Evaluar y acreditar oficialmente la cualificación profesional, sea cual sea la forma de adquirirla. Favorecer la inversión pública y privada en la cualificación de las personas trabajadoras y aprovechar del mejor modo los recursos dedicados a formación profesional. El Sistema Nacional de Cualificaciones y Formación Profesional constituye el elemento central en torno al cual gira la reforma abordada sobre la formación profesional en nuestro país, y está formado por los siguientes instrumentos y acciones: 1. El Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales (artículo 7 de la Ley Orgánica 5/2002, de 19 de junio) ordena las cualificaciones profesionales identificadas en el sistema productivo en función de las competencias apropiadas para el ejercicio profesional que sean susceptibles de reconocimiento y acreditación. Comprende las cualificaciones profesionales más significativas del sistema productivo español, organizadas en familias profesionales y niveles e incluye el contenido de la formación profesional asociada a cada cualificación con una estructura modular. Constituye la base para elaborar la oferta formativa de los títulos y los certificados de profesionalidad.

4 4 2. Un procedimiento de reconocimiento, evaluación, acreditación y registro de las cualificaciones profesionales (artículo 8 de la Ley Orgánica 5/2002, de 19 de junio) adquiridas a través de la experiencia laboral o vías no formales de formación. 3. La información y orientación en materia de formación profesional y empleo (Título III de la Ley Orgánica 5/2002, de 19 de junio) como un servicio abierto y permanente de información a todas las personas que lo soliciten. 4. La evaluación y mejora de la calidad del Sistema Nacional de Cualificaciones y Formación Profesional (Título IV de la Ley Orgánica 5/2002, de 19 de junio) que proporcione la oportuna información sobre el funcionamiento de éste y sobre su adecuación a las necesidades formativas individuales y a las del sistema productivo. Instrumentos y Acciones Catalogo Nacional de Cualificaciones Profesionales Procedimiento de reconocimiento, evaluación, acreditación de la competencia La evaluación y mejora de la calidad del SNCP La información y orientación en formación profesional y empleo El Instituto Nacional de las Cualificaciones (INCUAL) es el instrumento técnico, dotado de capacidad e independencia de criterios, que apoya al Consejo General de Formación Profesional para alcanzar los objetivos del Sistema Nacional de Cualificaciones y Formación Profesional. La Ley Orgánica 5/2002, de las Cualificaciones y de la Formación Profesional, atribuye al INCUAL la responsabilidad de definir, elaborar y mantener actualizado el Catálogo Nacional de las Cualificaciones Profesionales y el correspondiente Catálogo Modular de Formación Profesional. La Ley Orgánica 5/2002, de las Cualificaciones y de la Formación Profesional y la posterior Ley Orgánica 4/2011, de 11 de marzo, complementaria de la Ley de Economía sostenible han supuesto una auténtica reforma en la formación profesional en España, estableciendo un Sistema Integral de Cualificación y Formación Profesional que ha integrado los tres subsistemas de la formación profesional formación reglada, formación ocupacional y formación continua- y ha establecido un único referente común de competencias, el Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales.

5 5 Esquema tras la implantación de la Ley 5/2002 CATÁLOGO NACIONAL DE CUALIFICACIONES Y FORMACIÓN PROFESIONAL FORMACIÓN PROFESIONAL ACREDITACIÓN Formación profesional en el Sistema Educativo Formación profesional para el empleo en la Administración Laboral Experiencia laboral y /o vías no formales de aprendizaje 1.1. EL CATÁLOGO NACIONAL DE CUALIFICACIONES PROFESIONALES (CNCP) Regulado por el RD 1128/2003, de 5 de septiembre. Modificado por el RD 1416/2005, de 25 de noviembre El Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales, es el instrumento del SNCFP que ordena las cualificaciones profesionales identificadas en el sistema productivo y establece, mediante un catálogo modular, la formación asociada a aquellas atendiendo a los requerimientos del empleo. Determina así el marco para establecer los títulos y los certificados de profesionalidad, que constituirán las ofertas de formación profesional referidas a aquel, así como, para la evaluación, el reconocimiento y la acreditación de las competencias profesionales adquiridas a través de la experiencia laboral o de vías no formales de formación, acreditación que será válida en todo el territorio nacional. Permite adecuar las diferentes ofertas formativas a las necesidades del mercado laboral haciendo transparentes sus acreditaciones al tejido empresarial. Mediante el CNCP se desarrollarán las siguientes funciones (artículo 3 del Real Decreto 1128/2003, de 5 de septiembre): a) Identificar, definir y ordenar las cualificaciones profesionales y establecer las especificaciones de la formación asociada a cada unidad de competencia. b) Establecer el referente para evaluar y acreditar las competencias profesionales adquiridas a través de la experiencia profesional o de vías no formales de formación. El Catálogo Nacional de las Cualificaciones Profesionales constituye la base para elaborar la oferta formativa conducente a la obtención de los títulos de formación profesional y de los certificados de profesionalidad y la oferta formativa modular y acumulable asociada a una unidad de competencia, así como de otras ofertas formativas adaptadas a colectivos con necesidades específicas. Asimismo, contribuirá con el resto de los instrumentos y acciones establecidos al desarrollo del Sistema Nacional de Cualificaciones y Formación Profesional en materia de información y orientación profesional y en la evaluación y mejora de la calidad del mismo

6 6 Estructura del Catálogo Nacional de Cualificación Profesional El Real Decreto 1128/2003, de 5 de septiembre, por el que se regula el Catálogo Nacional de las Cualificaciones Profesionales, define la estructura y el contenido del Catálogo y de sus componentes: cualificaciones, unidades de competencia y módulos formativos asociados del Catálogo Modular de Formación Profesional. Asimismo, establece los procedimientos básicos para la elaboración y actualización de ambos. El CNCP comprende las cualificaciones profesionales organizadas en familias profesionales y niveles de cualificación, teniendo en cuenta criterios de la UE y es la base para la elaboración de la oferta formativa de títulos de formación profesional y certificados de profesionalidad. El Gobierno determina la estructura y las cualificaciones que forman parte del mismo, asegurando su actualización, de forma que atienda a la evolución de las necesidades del sistema productivo y los referentes profesionales europeos. Se han definido 26 familias profesionales -siguiendo criterios de afinidad de la competencia profesional de las ocupaciones y puestos de trabajo detectados y requeridos en la actividad productiva- y 5 niveles de cualificación, de acuerdo al grado de conocimiento, iniciativa, autonomía, responsabilidad y complejidad, entre otros, precisos para realizar dicha actividad laboral. La relación de familias profesionales y los niveles de cualificación se encuentran en los Anexos I y II del RD 1128/2003 respectivamente. Familias Profesionales Agraria (AGA) Marítimo-Pesquera (MAP) Industrias Alimentarias (INA) Química (QUI) Imagen Personal (IMP) Sanidad (SAN) Seguridad y Medio Ambiente (SEA) Fabricación Mecánica (FME) Electricidad y Electrónica (ELE) Energía y Agua (ENA) Instalación y Mantenimiento (IMA) Industrias Extractivas (IEX) Transporte y Mantenimiento de Vehículos Edificación y Obra Civil (EOC) Vidrio y Cerámica (VIC) Madera, Mueble y Corcho (MAM) Textil, Confección y Piel (TCP) Artes Gráficas (ARG) Imagen y Sonido (IMS) Informática y Comunicaciones (IFC) Administración y Gestión (ADG) Comercio y Marketing (COM) Servicios Socioculturales y a la Comunidad (SSC) Hostelería y Turismo (HOT) Actividades Físicas y Deportivas (AFD) Artes y Artesanías (ART) Familias profesionales y niveles de cualificación Niveles de cualificación N Competencia en un conjunto reducido de actividades de i trabajo relativamente simples correspondientes a procesos v normalizados, siendo los conocimientos teóricos y las e capacidades prácticas a aplicar limitados. l 1 N i v e l 2 N i v e l 3 N i v e l 4 N i v e l 5 Competencia en un conjunto de actividades profesionales bien determinadas con la capacidad de utilizar los instrumentos y técnicas propias, que concierne principalmente a un trabajo de ejecución que puede ser autónomo en el límite de dichas técnicas. Requiere conocimientos de los fundamentos Técnico/as y científicos de su actividad y capacidades de comprensión y aplicación del proceso. Competencia en un conjunto de actividades profesionales que requieren el dominio de diversas técnicas y puede ser ejecutado de forma autónoma. Comporta responsabilidad de coordinación y supervisión de trabajo Técnico/a y especializado. Exige la comprensión de los fundamentos Técnico/as y científicos de las actividades y la evaluación de los factores del proceso y de sus repercusiones económicas. Competencia en un amplio conjunto de actividades profesionales complejas realizadas en una gran variedad de contextos que requieren conjugar variables de tipo Técnico/a, científico, económico u organizativo para planificar acciones, definir desarrollar proyectos, procesos, productos o servicios. Competencia en un amplio conjunto de actividades profesionales de gran complejidad, realizadas en diversos contextos, a menudo impredecibles, que implica planificar acciones o idear productos, procesos o servicios. Gran autonomía personal. Responsabilidad frecuente en la asignación de recursos, en el análisis, diagnóstico, diseño, planificación, ejecución y evaluación.

7 LA CUALIFICACIÓN PROFESIONAL La cualificación profesional se define como el conjunto de competencias profesionales con significación para el empleo que pueden ser adquiridas mediante formación modular u otros tipos de formación y a través de la experiencia laboral. La competencia profesional de una persona es el reflejo del conjunto de conocimientos y capacidades que le permiten el ejercicio de una actividad profesional conforme a las exigencias de la producción y el empleo. La cualificación profesional es el referente para la acreditación de las competencias profesionales incluidas en los títulos de formación profesional y certificados de profesionalidad. No constituye una oferta formativa en sí sino que describe y recoge las competencias profesionales con significación para el empleo. Son el referente para la elaboración de los títulos y certificados de profesionalidad Cualificaciones Profesionales Definen estándares de competencia No constituyen ofertas formativas Actualmente existen más de 600 cualificaciones aprobadas en Consejo de Ministros y publicadas en el BOE. Todas estas cualificaciones profesionales se han ido incluyendo en los correspondientes Anexos de los sucesivos Reales Decretos en los que se establecen, con su formación asociada, constituida por los módulos formativos, que se han ido incorporando al Catálogo Modular de Formación Profesional. Las Cualificaciones Profesionales se pueden consultar en la base de datos de Cualificaciones de la página Web del INCUAL

8 8 Cualificación profesional Educación Infantil (SSC322_3) Real Decreto 295/2004, de 20 de febrero Cualificación profesional Atención Sociosanitaria a personas en el domicilio (SSC089_2) Real Decreto 295/2004, de 20 de febrero Cualificación profesional Atención Sociosanitaria a personas dependientes en instituciones sociales (SSC320_2) Real Decreto 1368/2007, de 19 de octubre Cualificación profesional Transporte Sanitario (SAN025_2) Real Decreto 295/2004, de 20 de febrero y Real Decreto 1087/2005, de 16 de septiembre Cualificación profesional Atención sanitaria a múltiples víctimas y catástrofes (SAN122_2) Real Decreto 1087/2005, de 16 de septiembre Las cualificaciones profesionales deben contener, los siguientes elementos: a) Datos de identificación de la cualificación profesional: denominación oficial, familia profesional en la que se incluye, nivel de cualificación según las exigencias competenciales requeridas por la actividad productiva y un código alfanumérico que consta del acrónimo profesional, 3 dígitos y, separado por un guión bajo, el nivel de la cualificación. b) La competencia general: describe de forma abreviada el cometido y las funciones del ejercicio profesional. c) Las unidades de competencia: las que corresponden a esa cualificación con su código identificador. d) El entorno profesional: indica, con carácter orientador, el contexto profesional en que se desempeña la cualificación. Comprende varios subapartados: el ámbito profesional, los sectores productivos y las ocupaciones o puestos de trabajo relacionados. e) La formación asociada estructurada en módulos formativos (MF): Incluye orientación sobre el número necesario de horas de formación, el código identificador y cada uno de los módulos formativos asociados a las UC y la duración de cada módulo. Estructura de la Cualificación Profesional CUALIFICACIÓN Datos de identificación Competencia General Entorno profesional UNIDADES DE Unidad de competencia 1 Unidad de competencia 2 Unidad de competencia N FORMACIÓN ASOCIADA Módulo formativo 1 Módulo formativo 2 Módulo formativo N Ver Documentos Apoyo Documento 1: Cualificaciones de referencia para la convocatoria prevista

9 9 La Unidad de Competencia Las cualificaciones profesionales se organizan en unidades de competencia (UC). La UC es un conjunto de realizaciones profesionales que tienen valor y significado en el empleo. Esto quiere decir que deben ser identificables y reconocibles en el mundo laboral. La unidad de competencia es el agregado mínimo de competencias profesionales susceptible de reconocimiento, evaluación y acreditación parcial a los efectos previstos en la Ley Orgánica 5/2002, de 19 de junio, de las Cualificaciones y de la Formación Profesional. La unidad de competencia es la moneda de cambio o el referente común de los sistemas de formación profesional y puede capitalizarse para fomentar el aprendizaje a lo largo de la vida. Las unidades de competencia con su estructura completa pueden consultarse en el Anexo correspondiente del Real Decreto que establece la cualificación profesional a la que pertenecen. En la página Web del INCUAL pueden consultarse todas las unidades de competencia por familias profesionales Ejemplo de una unidad de competencia concreta de cada cualificación UC1027_3 Establecer y mantener relaciones fluidas con la comunidad educativa y coordinadora con las familias, el equipo educativo y con otros profesionales. Cualificación profesional Educación Infantil (SSC322_3) UC0249_2 Desarrollar intervenciones de atención física domiciliaria dirigidas a personas con necesidades de atención socio-sanitaria. Cualificación profesional Atención Sociosanitaria a personas en el domicilio (SSC089_2) UC1016_2 Preparar y apoyar las intervenciones de atención a las personas y a su entorno en el ámbito institucional indicadas por el equipo interdisciplinar. Cualificación profesional Atención Sociosanitaria a personas dependientes en instituciones sociales (SSC320_2) UC0070_2 Prestar al paciente soporte vital básico y apoyo al soporte vital avanzado. Cualificación profesional Transporte Sanitario (SAN025_2) UC0361_2 Prestar atención sanitaria inicial a múltiples víctimas. Cualificación profesional Atención sanitaria a múltiples víctimas y catástrofes (SAN122_2) El módulo formativo El módulo formativo es el bloque coherente de formación asociado a cada unidad de competencia que configura una cualificación. Cada módulo formativo tiene un formato normalizado que incluye los datos de identificación y las especificaciones de la formación. En los datos de identificación encontramos la unidad de competencia a la que está asociado y la duración de la formación expresada en horas. Las ofertas formativas podrán graduar, para su impartición, la duración del módulo formativo en función del colectivo destinatario, la modalidad de la formación, el número de alumnos/as y otros criterios objetivos.

10 10 Las especificaciones de la formación se expresarán a través de las capacidades y sus correspondientes criterios de evaluación, así como los contenidos que permitan alcanzar dichas capacidades. Estas especificaciones se incluirán en las ofertas formativas conducentes a la obtención de títulos de formación profesional y certificados de profesionalidad referidas al Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales. El catálogo modular de Formación Profesional es el conjunto de módulos formativos asociados a las distintas UC de las cualificaciones profesionales. Proporciona un referente común para la integración de las ofertas de formación profesional que permita la capitalización y el fomento del aprendizaje a lo largo de la vida. Las Administraciones públicas en el ámbito de sus competencias consolidarán una red estable de centros de formación profesional que permita armonizar la oferta y avanzar en la calidad de la misma. Esta red estará constituida por: a) Los centros integrados públicos y privados concertados de formación profesional. b) Los centros públicos y privados concertados del sistema educativo que oferten formación profesional. c) Los Centros de Referencia Nacional. d) Los centros públicos del Sistema Nacional de Empleo. e) Los centros privados acreditados del Sistema Nacional de Empleo que ofertan formación profesional para el empleo.

11 11 MÓDULO 2. LA ACREDITACIÓN DE LAS COMPETENCIAS PROFESIONALES La acreditación de las cualificaciones profesionales tiene dos vertientes: Por un lado los títulos de formación profesional, el de grado medio y el de grado superior, y los certificados de profesionalidad que acreditan las correspondientes competencias profesionales incluidas en las cualificaciones profesionales del CNCP. Los procedimientos de evaluación, expedición y registro de estos títulos y certificados están regulados por la normativa específica del Ministerio correspondiente, actualmente el Ministerio de Educación y el de Trabajo e Inmigración. También pueden adquirirse las competencias profesionales de una cualificación profesional de nivel 1 con los Programas de Cualificación Profesional Inicial. Por otro, la evaluación y acreditación de las competencias profesionales adquiridas a través de la experiencia laboral o de vías no formales de formación (a partir de ahora PEACP). Ésta se realiza a través del procedimiento establecido en el RD 1224/2009, de 17 de julio que vamos a ver posteriormente con detenimiento. Ya en la LO 5/2002, de 19 de junio, quedaba patente que no sólo a través de acciones formativas formales puede adquirirse la competencia profesional, sino que la experiencia laboral y las vías no formales de formación son una vía que va a permitir adquirir dicha competencia y que el procedimiento de evaluación y acreditación de competencias profesionales lo va a posibilitar. Formas para adquirir la competencia profesional Vías formales de formación Experiencia laboral y personal Vías no formales de formación Títulos Certificados de Profesionalidad PEACP Procedimiento de evaluación y acreditación de competencias profesionales ACREDIITACIIÓN

12 EL SISTEMA INTEGRADO DE FORMACIÓN. LOS TÍTULOS DE FORMACIÓN PROFESIONAL Y LOS CERTIFICADOS DE PROFESIONALIDAD. El Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales constituye la base para elaborar la oferta formativa conducente a la obtención de títulos de formación profesional, de certificados de profesionalidad y de la oferta formativa modular y acumulable asociada a una unidad de competencia, así como otras ofertas formativas adaptadas a colectivos con necesidades especiales. Las Administraciones educativas y laborales establecerán de mutuo acuerdo, previa consulta al Consejo General de Formación Profesional, los indicadores y requisitos mínimos de calidad de la oferta formativa referida a este catálogo, que garanticen los aspectos fundamentales de un Sistema Integrado de Formación. Los Ministerios de Educación y Trabajo adecuarán los módulos de los títulos de formación profesional y de los certificados de profesionalidad a las modificaciones de aspectos puntuales de las cualificaciones y unidades de competencia recogidas en el CNCP. La unidad de competencia por tanto constituye la moneda de cambio entre el sistema productivo y el formativo y, por tanto es el elemento vertebrador de este sistema integrado de formación profesional. La evaluación y la acreditación tendrán como referentes las unidades de competencia del Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales que estén incluidas en títulos de formación profesional y/o en certificados de profesionalidad. Formación Profesional Inicial Acreditación de competencias adquiridas por experiencia laboral y otras vías de formación Formación para el Empleo Los títulos de formación profesional y los certificados de profesionalidad podrán incluir formaciones complementarias no asociadas al Catálogo para cumplir con otros objetivos específicos de estas enseñanzas o las recomendaciones de la Unión Europea.

13 FORMACIÓN PROFESIONAL PARA EL EMPLEO Real Decreto 395/2007, de 23 de marzo. Por el que se regula el subsistema de formación profesional para el empleo El subsistema de formación profesional para el empleo está integrado por las siguientes iniciativas de formación: Formación de oferta Planes dirigidos a personas empleadas. Planes dirigidos a personas desempleadas Formación de demanda De las empresas. Permisos individuales financiados. Formación en alternancia con el empleo Contratos para la formación. Programas públicos de empleo-formación Se entiende por acción formativa la dirigida a la adquisición y mejora de las competencias y cualificaciones profesionales, pudiéndose estructurar en varios módulos formativos con objetivos, contenidos y duración propios. La oferta de formación profesional para el empleo tiene por objeto ofrecer a las personas trabajadoras, tanto ocupadas como desempleadas, una formación ajustada a las necesidades del mercado de trabajo y que atienda a los requerimientos de productividad y competitividad de las empresas y a las aspiraciones de promoción profesional y desarrollo personal de los/as trabajadores/as, de forma que les capacite para el desempeño cualificado de las distintas profesiones y para el acceso al empleo. Las Administraciones laborales competentes adoptarán las medidas necesarias para que la oferta de formación profesional para el empleo sea amplia, permanente y accesible. En este sentido, la oferta de Formación Profesional para el Empleo puede estar vinculada o no a la obtención de Certificados de Profesionalidad. El certificado de profesionalidad es el instrumento que acredita de manera oficial una cualificación profesional del CNCP en el ámbito de la Administración Laboral y se verá con más detenimiento en el siguiente punto.

14 14 Oferta formativa vinculada a la obtención de Certificados de Profesionalidad La oferta de formación para el empleo conducente a certificado de profesionalidad debe ser abierta, flexible, accesible y modular (módulos formativos). Es una oferta orientada al desarrollo de competencias profesionales y persigue mejorar la cualificación de la persona para facilitar su inserción laboral o progresar en el puesto de trabajo. Cuando la formación para el empleo está dirigida a la obtención de certificados de profesionalidad, en su desarrollo se respetarán los contenidos de los módulos formativos y los requisitos que se determinen en los reales decretos que regulen dichos certificados. Esta formación se acreditará mediante la expedición del correspondiente certificado de profesionalidad o de sus acreditaciones parciales acumulables. El certificado de profesionalidad se expedirá cuando se hayan superado los módulos formativos correspondientes a la totalidad de las unidades de competencias en que se estructure la formación. Las acreditaciones parciales acumulables se expedirán cuando se hayan superado los módulos formativos correspondientes a una o algunas de dichas unidades de competencia. En el siguiente enlace podemos consultar las especialidades formativas conducentes a certificados de profesionalidad en Andalucía: macion/certificadosprofesionalidad/galeriapdf/especialidades_conducentes_a_certifi CADOS_DE_PROFESIONALIDAD.PDF Oferta formativa no vinculada a la obtención de Certificados de Profesionalidad Asimismo, las Administraciones competentes desarrollarán una oferta formativa que cubra los ámbitos ocupacionales que aún no dispongan de certificado de profesionalidad, así como las necesidades específicas de formación y cualificación de las personas trabajadoras. Cuando la formación no esté vinculada a la oferta formativa de los certificados de profesionalidad deberá entregarse a cada participante que haya finalizado la acción formativa un certificado de asistencia a la misma y a cada participante que haya superado la formación con evaluación positiva un diploma acreditativo. Las competencias adquiridas a través de esta formación podrán ser reconocidas, al igual que las adquiridas a través de la experiencia laboral, mediante las acreditaciones totales o parciales de las unidades de competencia que comprenden los certificados de profesionalidad, de conformidad con la normativa que regule el procedimiento y los requisitos para la evaluación y acreditación de las competencias adquiridas a través de la experiencia laboral y de aprendizajes no formales, que se dicte en desarrollo del artículo 8 de la Ley Orgánica 5/2002, de 19 de junio, de las Cualificaciones y de la Formación Profesional.

15 15 Certificados de Profesionalidad Regulado por el RD 34/2008 de 18 de enero. Modificado por el RD 1675/2010, de 10 de diciembre. Corrección de errores del Real Decreto 1675/2010, de 10 de diciembre El certificado de profesionalidad es el instrumento de acreditación oficial de las cualificaciones profesionales del CNCP en el ámbito de la Administración laboral, que acredita la capacitación para el desarrollo de una actividad laboral con significación para el empleo y asegura la formación necesaria para su adquisición, en el marco del subsistema de formación profesional para el empleo regulado en el Real Decreto 395/2007, de 23 de marzo. Un certificado de profesionalidad configura un perfil profesional entendido como conjunto de competencias profesionales identificable en el sistema productivo, y reconocido y valorado en el mercado laboral. Los certificados de profesionalidad tienen por finalidad: Acreditar las cualificaciones profesionales o las unidades de competencia recogidas en los mismos, independientemente de su vía de adquisición, bien sea a través de la vía formativa, o mediante la experiencia laboral o vías no formales de formación. Facilitar el aprendizaje permanente de todos los/as ciudadanos/as mediante una formación abierta, flexible y accesible, estructurada de forma modular, a través de la oferta formativa asociada al certificado. Favorecer, tanto a nivel nacional como europeo, la transparencia del mercado de trabajo a empleadores/as y a trabajadores/as. Ordenar la oferta formativa del subsistema de formación profesional para el empleo vinculada al Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales. Contribuir a la calidad de la oferta de formación profesional para el empleo. Contribuir a la integración, transferencia y reconocimiento entre las diversas ofertas de formación profesional referidas al Catalogo Nacional de Cualificaciones Profesionales. Estructura y contenido de los certificados de profesionalidad 1. Identificación del certificado de profesionalidad. a) Denominación. b) Familia Profesional. c) Nivel. d) Cualificación profesional de referencia. e) Relación de unidades de competencia que configuran el certificado de profesionalidad. f) Competencia general. g) Entorno profesional. h) Duración en horas de la formación asociada. i) Relación de módulos formativos del Catálogo Modular de Formación Profesional. 2. Perfil profesional del certificado de profesionalidad: Se definirá por la cualificación profesional o en su caso, por las unidades de competencia del Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales a las que dé respuesta el certificado de profesionalidad. Incluirá información sobre los requisitos necesarios según la legislación vigente, en su caso, para el ejercicio profesional. 3. Formación del certificado de profesionalidad: Estará compuesta por el desarrollo de cada uno de los módulos formativos del Catálogo Modular de Formación Profesional asociados a cada unidad de competencia del certificado de profesionalidad. Así mismo incluirá la duración, los requisitos de espacios, instalaciones y equipamientos, que responderán siempre a medidas de accesibilidad y seguridad de los participantes y las prescripciones sobre formadores y alumnos que garanticen la calidad de la oferta.

16 16 Cada certificado de profesionalidad acredita una cualificación del CNCP, y en casos excepcionales puede acreditar un conjunto de unidades de competencia sin llegar a una cualificación completa, con carácter acumulable. El conjunto de certificados de profesionalidad ordenados por familias profesionales y de acuerdo con los niveles de cualificación constituye el Repertorio Nacional de certificados de profesionalidad. Podemos acceder al Repertorio de Certificados en la página del Servicio Público de Empleo Estatal Podemos consultarlos clasificados en familias profesionales. /cf0502.html Ver Documentos Apoyo Documento 2: Certificados de profesionalidad relacionados con la convocatoria prevista Certificados de profesionalidad relacionados con la convocatoria Cualificación profesional Atención Sociosanitaria a personas en el domicilio (SSC089_2) Certificado de profesionalidad Atención sociosanitaria a personas en el domicilio Real Decreto 1379/2008, de 1 de agosto Cualificación profesional Atención Sociosanitaria a personas dependientes en instituciones sociales (SSC320_2) Certificado de profesionalidad Atención sociosanitaria a personas dependientes en instituciones sociales Real Decreto 1379/2008, de 1 de agosto Cualificación profesional Atención Sanitaria a múltiples víctimas y catástrofes (SAN 122_2) Certificado de profesionalidad Atención sanitaria a múltiples víctimas y catástrofes Real Decreto 710/2011, de 20 de mayo Cualificación profesional Transporte Sanitario (SAN025_2) Certificado de profesionalidad Transporte sanitario Real Decreto 710/2011, de 20 de mayo Podemos ampliar la información sobre Certificados de Profesionalidad en la Página de la Oficina Virtual macion/certificadosprofesionalidad/informacioncertificados/

17 17 Requisitos de acceso a la formación de los certificados de profesionalidad Según el Artículo 4.2 del RD 1675/2010, de 10 de diciembre, para acceder a la formación de los módulos formativos de los certificados de profesionalidad de los niveles de cualificación profesional 2 y 3, el alumnado deberá cumplir alguno de los requisitos siguientes: Estar en posesión del título de Graduado/a en Educación Secundaria Obligatoria para el nivel 2 o título de Bachiller para el nivel 3. Estar en posesión de un certificado de profesionalidad del mismo nivel del módulo o módulos formativos y/o del certificado de profesionalidad al que se desea acceder. Estar en posesión de un certificado de profesionalidad de nivel 1 de la misma familia y área profesional para el nivel 2 o de un certificado de profesionalidad de nivel 2 de la misma familia y área profesional para el nivel 3. Cumplir el requisito académico de acceso a los ciclos formativos de grado medio para el nivel 2 o de grado superior para el nivel 3, o bien haber superado las correspondientes pruebas de acceso reguladas por las administraciones educativas. Tener superada la prueba de acceso a la universidad para mayores de 25 años y/o de 45 años. Tener los conocimientos formativos o profesionales suficientes que permitan cursar con aprovechamiento la formación. Modalidades de impartición de la formación referida a los certificados de profesionalidad La formación podrá impartirse de forma presencial, a distancia, teleformación o mixta. La norma que regule cada certificado de profesionalidad determinará las condiciones en las que los módulos formativos podrán ser ofertados en las distintas modalidades, en función de la naturaleza de los contenidos y de los colectivos destinatarios. Vías para la obtención de los certificados de profesionalidad Un certificado de profesionalidad se puede obtener: Tras la superación de todos los módulos formativos que integran el certificado de profesionalidad o mediante la acumulación del módulo de prácticas no laborales y las acreditaciones parciales de los módulos formativos asociados a las unidades de competencia que comprenda el certificado de profesionalidad. También mediante los procedimientos para la evaluación y acreditación de las competencias profesionales adquiridas a través de la experiencia laboral o de vías no formales de formación. Es importante saber que quienes acrediten una experiencia laboral que se corresponda con el entorno profesional del certificado de profesionalidad podrán quedar exentos total o parcialmente del módulo de formación práctica en centros de trabajo. En cualquier caso, los reales decretos que establezcan los certificados de profesionalidad determinarán las condiciones de dicha exención.

18 18 La expedición y el registro de los certificados de profesionalidad Es responsabilidad de la administración laboral. En nuestra Comunidad Autónoma son expedidos por el Servicio Andaluz de Empleo en los siguientes supuestos: Personas que participen en cursos de Formación Profesional para el Empleo, ya sean de la programación de formación de oferta para personas desempleadas y/o ocupadas como de los programas de ET, CO y TE, impartidos en el ámbito de gestión del Servicio Andaluz de Empleo, siempre que superen con evaluación positiva todos los módulos que lo componen y lo hayan realizado en una entidad acreditada por el SAE. Personas participantes en los programas de Cualificación Profesional Inicial (PCPI) desarrollados por la Consejería de Educación de la Junta de Andalucía, que superen con evaluación positiva un curso de una especialidad conducente a certificado de profesionalidad. Personas que participen en procedimientos de acreditación de competencias adquiridas por la experiencia laboral o las vías no formales de formación que se desarrollen en Andalucía, siempre y cuando demuestren que poseen todas las competencias comprendidas en el certificado. Si no lo hubieren completado podrán solicitar la acreditación parcial acumulable. Hay que tener en cuenta que el Real Decreto 1675/2010, de 10 de diciembre, modifica el Real Decreto 34/2008, de 18 de enero, por el que se regulan los certificados de profesionalidad y los reales decretos por los que se establecen certificados de profesionalidad dictados en su aplicación. Con respecto a los certificados dictados en el ámbito de aplicación del Real Decreto 34/2008, el Real Decreto 1675/2010 en su artículo tercero hace referencia a la solicitud de expedición de los certificados de profesionalidad derogados y dice: Las personas que, según lo dispuesto en la disposición transitoria primera del Real Decreto 34/2008, de 18 de enero, hayan completado con evaluación positiva la formación asociada a uno de los certificados de profesionalidad de los que aquí se derogan, durante la vigencia de los mismos, dispondrán de un plazo de cinco años para solicitar su expedición, a contar desde la entrada en vigor del real decreto vigente de cada certificado de profesionalidad. Un ejemplo concreto que afecta a la convocatoria actual es el caso del Certificado de profesionalidad de Auxiliar de ayuda a domicilio (Real Decreto 331/1997, de 7 de marzo), derogado por el Certificado de profesionalidad Atención sociosanitaria a personas en el domicilio (Real Decreto 1379/2008, de 1 de agosto). Las personas que superaron de forma positiva la formación asociada a este certificado de profesionalidad derogado mientras estuvo vigente, disponen de cinco años para solicitar su expedición (a contar desde la entrada en vigor del RD 1379/2008 de 1 de agosto), es decir hasta el 09/09/2013. En los casos en los que la persona ha superado de forma positiva la evaluación de los módulos formativos contemplados en un certificado de profesionalidad anterior al actualmente vigente (anterior al RD 34/2008) y que, además, han sido impartidos por centros acreditados mientras este certificado se mantuvo vigente, puede proceder a la solicitud del certificado de profesionalidad directamente. Es importante tener en cuenta que, desde la emisión del nuevo RD que regula un certificado de profesionalidad, se cuenta con un total de 5 años para proceder a la solicitud de la acreditación correspondiente. En estos casos, no procedería la inscripción en el procedimiento de evaluación y acreditación de competencias profesionales.

19 FORMACIÓN PROFESIONAL DEL SISTEMA EDUCATIVO Real Decreto 1147/2011, de 29 de julio, por el que se establece la ordenación general de la formación profesional del sistema educativo La formación profesional comprende un conjunto de acciones formativas que capacitan para el desempeño de las distintas profesiones e incluye las enseñanzas propias de la formación profesional inicial, las acciones de inserción y reinserción laboral de las personas trabajadoras, así como las orientadas a la formación continua en las empresas, que permitan la adquisición y actualización permanente de las competencias profesionales. La formación profesional reglada o inicial forma parte del sistema educativo y está regulada en el capítulo V del Título I de la Ley Orgánica de Educación (Ley Orgánica 2/2006 de 3 de Mayo de Educación) Tiene como finalidad preparar al alumnado para la actividad en un campo profesional y facilitar la adaptación a las modificaciones laborales a lo largo de la vida contribuyendo además a su desarrollo personal. Actualmente la oferta de formación profesional inicial es mucho más flexible para adaptarse mejor a las necesidades de todas las personas y permitir la compatibilización de estos estudios con otras actividades y responsabilidades. Por ejemplo, dicha oferta puede referirse al título completo, a parte del mismo o a oferta modular, según las necesidades de cada persona. Asimismo, estos estudios pueden ofertarse en régimen de enseñanza presencial, semipresencial y a distancia, y en horarios diurnos, vespertinos y nocturnos. La formación profesional del sistema educativo comprende un conjunto de ciclos formativos, con una organización modular (módulos profesionales), de duración variable y contenidos teórico-prácticos adecuados a los diversos campos profesionales. Estas enseñanzas están referidas al Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales. Recientemente la organización y las enseñanzas de la formación profesional del sistema educativo se han visto modificadas con el fin de favorecer los fines anteriormente mencionados. El Real Decreto 1147/2011, de 29 de julio, que entra en vigor a partir del curso , establece la estructura de los nuevos títulos de formación profesional, teniendo como base el CNCP, las directrices fijadas por la Unión Europea y otros aspectos de interés social. Las enseñanzas de la formación profesional del sistema educativo, según esta norma, se ordenan en: (Título I, Capítulo I, Artículo 4 del Real Decreto 1147/2011) a) Los módulos profesionales específicos de los programas de cualificación profesional inicial: la realización de módulos profesionales específicos de los programas de cualificación profesional inicial, y en función de los módulos superados por el alumnado, permite obtener un certificado de profesionalidad de nivel 1 o un certificado académico específico del programa o un certificado académico que permita acceder a un grado medio de FP. b) Los ciclos formativos de grado medio: permiten acceder al título de Técnico/a. c) Los ciclos formativos de grado superior: permiten acceder al título de Técnico/a Superior. d) Los cursos de especialización: destinados a personas que ya cuentan con un título de FP, que podrán abarcar una o varias unidades formativas pertenecientes a módulos profesionales y que permitirán obtener un certificado del módulo profesional cuando sea completada la formación de la totalidad de las unidades formativas que lo integran. Estos cursos se regirán por el catálogo de títulos de FP y estando pendientes de ser desarrollados en el futuro, son escasos los aspectos que se pueden conocer de ellos.

20 20 Los Programas de Cualificación Profesional inicial (Capítulo II, RD 1147/2011) Los Programas de Cualificación Profesional Inicial responden a un perfil profesional expresado a través de la competencia general, las competencias profesionales, personales y sociales, y la relación de cualificaciones profesionales y, en su caso, unidades de competencia de nivel 1 del Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales. Están dirigidos al alumnado que no haya obtenido el título de Graduado/a en Educación Secundaria Obligatoria, con el objetivo de alcanzar competencias profesionales propias de una cualificación de nivel uno del CNCP, y de tener así la posibilidad tanto de una inserción sociolaboral satisfactoria, como de ampliar las competencias básicas adquiridas continuando estudios de las diferentes enseñanzas. Constan de dos tipos de módulos: Módulos obligatorios, que serán cursados durante el primer año: o Módulos profesionales específicos, que desarrollan las competencias del perfil profesional y están referidos a las unidades de competencia correspondientes a cualificaciones de nivel 1 del CNCP. o Módulos formativos de carácter general que posibilitan el desarrollo de las competencias básicas y favorecen la transición desde el sistema educativo al mundo laboral. Módulos voluntarios: conducentes a la obtención del título de Graduado/a en Educación Secundaria Obligatoria. Los PCPI tendrán una duración mínima de horas distribuidas en dos cursos académicos, que dispondrán como mínimo de 900 horas cada uno, pudiendo adoptar modalidades diferentes en función de las necesidades sociales, personales y educativas del alumnado. Podrán incorporarse a los programas de PCPI las personas jóvenes que cumplan al menos 15 años en el año natural de comienzo del programa y no hayan obtenido el título de Graduado en ESO, previo acuerdo del alumnado y personas que les autoricen legalmente. Previa solicitud de la persona interesada, la administración educativa solicitará a la laboral los certificados de profesionalidad correspondientes a los módulos superados y basados en la cualificación 1 (artículo 13 RD 1147/2011, de 29 de julio), siempre y cuando haya superado los módulos específicos. Cuando no se hayan superado los módulos específicos se podrá solicitar un certificado académico en el que constarán los módulos superados. Enseñanzas de Grado Medio y Superior Como ya se ha dicho, las enseñanzas de formación profesional conducentes a la obtención de los títulos de Técnico y Técnico Superior se ordenan en ciclos de grado medio y de grado superior respectivamente. Estos títulos están agrupados en las familias profesionales establecidas en el Anexo I del Real Decreto 1128/2003, de 5 de septiembre. Cada título incluirá, al menos, una cualificación profesional completa. Tienen carácter oficial y validez en todo el territorio nacional y son expedidos por el Ministerio de Educación teniendo los efectos que le correspondan con arreglo a la normativa de la Unión Europea referente al sistema general de reconocimiento de la formación profesional de los Estados Miembros.

21 21 Los títulos incluyen en sus enseñanzas, y de cara a la acreditación de competencias profesionales: a) Módulos profesionales asociados a unidades de competencia: de duración variable y contenidos teórico-prácticos y que toman como referencia las UC de la cualificación o cualificaciones en las que se basa el título. La correspondencia de las unidades de competencia que se tengan acreditadas con los módulos profesionales se puede consultar en el Anexo VA del Real Decreto que regula cada título b) Módulos profesionales que no están asociados a unidades de competencia, no susceptibles de acreditación por el procedimiento de evaluación y acreditación de competencias profesionales, por lo que deben ser cursados, salvo las excepciones que marque la ley. La Administración Educativa puede organizar la impartición de los módulos profesionales en unidades formativas de menor duración que podrán ser certificables. La superación de todas las unidades formativas de un módulo profesional dará derecho a la certificación del mismo. La configuración modular de los ciclos formativos facilita la movilidad del alumnado entre ciclos y entre otras enseñanzas del sistema educativo. Contribuyen a hacer realidad el sistema integrado de formación profesional, estableciendo la correspondencia entre módulos profesionales y unidades de competencia incluidas en el CNCP. Como veremos más adelante, el reconocimiento de las competencias profesionales adquiridas por la experiencia laboral o por vías no formales de formación se realiza a través de una acreditación parcial acumulable de unidades de competencia. Estas unidades de competencia acreditadas que están asociadas a módulos profesionales del título conllevan la convalidación de los módulos profesionales correspondientes. Los módulos profesionales, no asociados a unidades de competencia, también son susceptibles de convalidación o exención a través de otros procedimientos propios del sistema educativo (por ejemplo Módulo de Formación y Orientación laboral, Formación en centros de trabajo o Empresa e Iniciativa Emprendedora entre otros). Para obtener un título de formación profesional tras obtener la convalidación de los módulos asociados a unidades de competencia, que han sido acreditadas mediante el procedimiento de evaluación y acreditación, es necesario cursar los módulos que no están asociados a unidades de competencia, salvo las excepciones que marque la ley.

SISTEMA NACIONAL DE CUALIFICACIONES DE FORMACION PROFESIONAL. Regula el Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales.

SISTEMA NACIONAL DE CUALIFICACIONES DE FORMACION PROFESIONAL. Regula el Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales. SISTEMA NACIONAL DE CUALIFICACIONES DE FORMACION PROFESIONAL. Regula el Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales. MINISTERIO PRESIDENCIA BOE 17 septiembre 2003, núm. 223, [pág. 34293] SUMARIO

Más detalles

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO Núm. 155 Jueves 30 de junio de 2011 Sec. I. Pág. 69436 I. DISPOSICIONES GENERALES MINISTERIO DE TRABAJO E INMIGRACIÓN 11215 Real Decreto 710/2011, de 20 de mayo, por el que se establecen dos certificados

Más detalles

MARCO NORMATIVO EN FORMACIÓN PROFESIONAL

MARCO NORMATIVO EN FORMACIÓN PROFESIONAL MARCO NORMATIVO EN FORMACIÓN PROFESIONAL MARCO NORMATIVO EN MATERIA DE FORMACIÓN PROFESIONAL M. NACIONAL LEY ORGÁNICA 5/2002, de 19 de junio, DE LAS CUALIFICACIONES Y DE LA FP. (BOE de 20 de junio de 2002).

Más detalles

LAS CUALIFICACIONES Y LA FORMACIÓN PROFESIONAL

LAS CUALIFICACIONES Y LA FORMACIÓN PROFESIONAL LAS CUALIFICACIONES Y LA FORMACIÓN PROFESIONAL LA LOCFP Dentro de los principios rectores de la política social y económica, la Constitución, en su artículo 40, exige de los poderes públicos el fomento

Más detalles

CÓMO PUEDO SOLICITAR LOS CURSOS?

CÓMO PUEDO SOLICITAR LOS CURSOS? CÓMO PUEDO SOLICITAR LOS CURSOS? El curso lo puede solicitar vía telemática a través de: la siguiente Página Web la Oficina Virtual de la Consejería de Empleo y Economía: necesitas haber solicitado previamente

Más detalles

Formación para el empleo

Formación para el empleo Formación para el empleo Certificados de Profesionalidad Unidad de Promoción y Desarrollo 1 QUÉ ES UN CERTIFICADO DE PROFESIONALIDAD? Los certificados de profesionalidad regulados por el Real Decreto 34/2008,

Más detalles

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO Núm. 225 Jueves 17 de septiembre de 2009 Sec. I. Pág. 77569 I. DISPOSICIONES GENERALES MINISTERIO DE TRABAJO E INMIGRACIÓN 14719 Real Decreto 1374/2009, de 28 de agosto, por el que se establecen dos certificados

Más detalles

CUALIFICACIÓN PROFESIONAL DE INSTRUCCIÓN EN YOGA.

CUALIFICACIÓN PROFESIONAL DE INSTRUCCIÓN EN YOGA. CUALIFICACIÓN PROFESIONAL DE INSTRUCCIÓN EN YOGA. El Centro de Yoga Sivananda mantendrá, a través de este enlace, la información actualizada de los trámites que la Administración Española lleve a cabo,

Más detalles

LA NUEVA FORMACIÓN PROFESIONAL REGLADA EN ANDALUCIA

LA NUEVA FORMACIÓN PROFESIONAL REGLADA EN ANDALUCIA LA NUEVA FORMACIÓN PROFESIONAL REGLADA EN ANDALUCIA INDICE Joaquina Montilla Luque 1.- INTRODUCCIÓN 2.- LA FORMACIÓN PROFESIONAL REGLADA 3.-IMPLANTACACIÓN DE LA FORMACIÓN PROFESIONAL, LOE EN ANDALUCIA

Más detalles

Cápsula de conocimiento EL SISTEMA INTEGRADO DE LAS CUALIFICACIONES Y LA FORMACIÓN PROFESSIONAL

Cápsula de conocimiento EL SISTEMA INTEGRADO DE LAS CUALIFICACIONES Y LA FORMACIÓN PROFESSIONAL Cápsula de conocimiento EL SISTEMA INTEGRADO DE LAS CUALIFICACIONES Y LA FORMACIÓN PROFESSIONAL Contexto La Formación Profesional es un ámbito en pleno desarrollo. Por una parte, el mercado de trabajo

Más detalles

Instituto Andaluz de Cualificaciones Profesionales

Instituto Andaluz de Cualificaciones Profesionales Instituto Andaluz de Cualificaciones Profesionales El procedimiento de evaluación y acreditación de competencias profesionales Cádiz, 30 de noviembre de 2011 OBJETIVOS Contextualizar en el marco del SNCFP:

Más detalles

Cualificación profesional. Competencia profesional

Cualificación profesional. Competencia profesional Cualificación profesional Conjunto de competencias profesionales con significación para el empleo, que pueden ser adquiridas mediante formación modular u otros tipos de formación así como a través de la

Más detalles

Cualificaciones profesionales y certificados de profesionalidad: herramientas para la formación, la orientación y el empleo.

Cualificaciones profesionales y certificados de profesionalidad: herramientas para la formación, la orientación y el empleo. Cualificaciones profesionales y certificados de profesionalidad: herramientas para la formación, la orientación y el empleo. Antonio Prieto Clemente Orientador Sociolaboral Mesa de Empleo de Fuenlabrada

Más detalles

ITINERARIOS FORMATIVOS BASADOS

ITINERARIOS FORMATIVOS BASADOS Cerdeño ITINERARIOS FORMATIVOS BASADOS EN COMPETENCIAS Octubre 2014 Índice MARCO LEGISLATIVO... 3 ESTRUCTURA Y CONTENIDO DEL CNCP... 4 CATÁLOGO MODULAR DE FORMACIÓN PROFESIONAL... 5 TÍTULOS DE FORMACIÓN

Más detalles

ANTEPROYECTO DE LEY DE ECONOMIA SOSTENIBLE

ANTEPROYECTO DE LEY DE ECONOMIA SOSTENIBLE CAPÍTULO VIII Formación Profesional Sección 1ª El sistema de formación profesional Artículo 80. Objetivos en materia de formación profesional En el ámbito de las enseñanzas de formación profesional, esta

Más detalles

SEMINARIO CUALIFICACIONES Y PROFESIONALIZACIÓN EN EL SECTOR DE LA DEPENDENCIA. Secretaría de Empleo y Formación UGT Andalucía

SEMINARIO CUALIFICACIONES Y PROFESIONALIZACIÓN EN EL SECTOR DE LA DEPENDENCIA. Secretaría de Empleo y Formación UGT Andalucía SEMINARIO CUALIFICACIONES Y PROFESIONALIZACIÓN EN EL SECTOR DE LA DEPENDENCIA Sevilla, 11 Abril 2011 Secretaría de Empleo y Formación UGT Andalucía DATOS DE EMPLEO GLOBALES El libro Blanco de la Dependencia

Más detalles

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO Núm. 217 Martes 10 de septiembre de 2013 Sec. I. Pág. 66037 I. DISPOSICIONES GENERALES MINISTERIO DE EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL 9463 Real Decreto 614/2013, de 2 de agosto, por el que se establecen seis

Más detalles

PROTOCOLO DE EVALUACIÓN PARA LA VERIFICACIÓN DE TÍTULOS OFICIALES (GRADO Y MÁSTER)

PROTOCOLO DE EVALUACIÓN PARA LA VERIFICACIÓN DE TÍTULOS OFICIALES (GRADO Y MÁSTER) PROTOCOLO DE EVALUACIÓN PARA LA VERIFICACIÓN DE TÍTULOS OFICIALES (GRADO Y MÁSTER) V.01.02/12/10 Página 2 de 17 Para facilitar la labor que desarrollan los evaluadores, nombrados por AGAE, en el proceso

Más detalles

FORMACIÓN PROFESIONAL PARA EL EMPLEO. Regula los certificados de profesionalidad.

FORMACIÓN PROFESIONAL PARA EL EMPLEO. Regula los certificados de profesionalidad. FORMACIÓN PROFESIONAL PARA EL EMPLEO. Regula los certificados de profesionalidad. MINISTERIO TRABAJO Y ASUNTOS SOCIALES BOE 31 enero 2008, núm. 27, [pág. 5682] SUMARIO - Sumario - Parte Expositiva - Artículo

Más detalles

Índice. Anexo... 16. Glosario... 24 CATÁLOGO NACIONAL DE CUALIFICACIONES PROFESIONALES

Índice. Anexo... 16. Glosario... 24 CATÁLOGO NACIONAL DE CUALIFICACIONES PROFESIONALES Índice Pág. Sistema Nacional de Cualificaciones y Formación Profesional (SNCFP)... 3 Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales (CNCP)... 3 Estructura del CNCP... 4 Familias Profesionales... 4

Más detalles

ATENCIÓN N a la DEPENDENCIA

ATENCIÓN N a la DEPENDENCIA ATENCIÓN N a la DEPENDENCIA CERTIFICADOS de PROFESIONALIDAD: Atención sociosanitaria a personas en el domicilio Atención sociosanitaria a personas en instituciones sociales ALGUNOS CONCEPTOS CUALIFICACIÓN

Más detalles

Índice. Anexo... 16. Glosario... 24 CATÁLOGO NACIONAL DE CUALIFICACIONES PROFESIONALES

Índice. Anexo... 16. Glosario... 24 CATÁLOGO NACIONAL DE CUALIFICACIONES PROFESIONALES Índice Pág. Sistema Nacional de Cualificaciones y Formación Profesional (SNCFP)... 3 Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales (CNCP)... 3 Estructura del CNCP... 4 Familias Profesionales... 4

Más detalles

FORMACIÓN DE RECURSOS HUMANOS A TRAVÉS DE LA FORMACIÓN PROFESIONAL REGLADA

FORMACIÓN DE RECURSOS HUMANOS A TRAVÉS DE LA FORMACIÓN PROFESIONAL REGLADA II FORMACIÓN DE RECURSOS HUMANOS A TRAVÉS DE LA FORMACIÓN PROFESIONAL REGLADA M.ª Eugenia GARCÍA PASCUAL Consejería de Educación y Cultura Junta de Castilla y León La Formación Profesional en España está

Más detalles

OTRAS VIAS DE CERTIFICACIÓN ACREDITACIÓN DE COMPETENCIAS

OTRAS VIAS DE CERTIFICACIÓN ACREDITACIÓN DE COMPETENCIAS OTRAS VIAS DE CERTIFICACIÓN ACREDITACIÓN DE COMPETENCIAS Reconocimiento, evaluación, acreditación y registro de las cualificaciones profesionales (RD 1224/2009por el que se establece el procedimiento y

Más detalles

La Formación Profesional en Aragón Semana del Empleo - UTEBO. Teresa Sancho Aguilar Jefa de Unidad de Formación Profesional

La Formación Profesional en Aragón Semana del Empleo - UTEBO. Teresa Sancho Aguilar Jefa de Unidad de Formación Profesional La Formación Profesional en Aragón Semana del Empleo - UTEBO Teresa Sancho Aguilar Jefa de Unidad de Formación Profesional Objetivos de la presentación LA FORMACIÓN PROFESIONAL En qué consiste, y para

Más detalles

30 PREGUNTAS SOBRE LAS CUALIFICACIONES PROFESIONALES Y FORMACIÓN PROFESIONAL

30 PREGUNTAS SOBRE LAS CUALIFICACIONES PROFESIONALES Y FORMACIÓN PROFESIONAL 30 PREGUNTAS SOBRE LAS CUALIFICACIONES PROFESIONALES Y FORMACIÓN PROFESIONAL 1. Qué es un Certificado de Profesionalidad? Es un documento de carácter oficial y con validez en todo el territorio nacional

Más detalles

LEYORGÁNICA 4/2011, COMPLEMENTARIA DE LA LEY DE ECONOMÍA SOSTENIBLE (B.O.E. 12/03/2011)

LEYORGÁNICA 4/2011, COMPLEMENTARIA DE LA LEY DE ECONOMÍA SOSTENIBLE (B.O.E. 12/03/2011) LEYORGÁNICA 4/2011, COMPLEMENTARIA DE LA LEY DE ECONOMÍA SOSTENIBLE (B.O.E. 12/03/2011) Artículo primero. Modificación de la Ley Orgánica 5/2002, de 19 de junio, de las Cualificaciones y de la Formación

Más detalles

ITINERARIO PROFESIONAL. Profesor: Antonio J. Guirao

ITINERARIO PROFESIONAL. Profesor: Antonio J. Guirao ITINERARIO PROFESIONAL Profesor: Antonio J. Guirao 1. La formación profesional en el sistema educativo Hoy y en el futuro, prácticamente imposible encontrar un trabajo de calidad sin una cualificación

Más detalles

GUÍA Información SINDICAL

GUÍA Información SINDICAL GUÍA Información SINDICAL ACREDITACIONES, COMPETENCIAS Y CUALIFICACIONES SECRETRÍA DE Administración Local./ Antonio Saldo 10-12. Sevilla., FSP UGT-Andalucía SECRETRÍA DE Administración Local./ Antonio

Más detalles

EL SISTEMA DE ACREDITACIONES PROFESIONALES PROCEDIMIENTO ACREDITA

EL SISTEMA DE ACREDITACIONES PROFESIONALES PROCEDIMIENTO ACREDITA EL SISTEMA DE ACREDITACIONES PROFESIONALES PROCEDIMIENTO ACREDITA CONCEPTOS BÁSICOS RELACIONADOS CON EL DESEMPEÑO PROFESIONAL Competencia profesional: Conjunto de conocimientos y capacidades que se ponen

Más detalles

Cualificaciones Profesionales en Emergencias Sanitarias

Cualificaciones Profesionales en Emergencias Sanitarias Cualificaciones Profesionales en Emergencias Sanitarias LA CUALIFICACIÓN PROFESIONAL Es el conjunto de competencias (conocimientos, capacidades, habilidades, saber hacer, disposición para aprender, ) necesarias

Más detalles

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS MINISTERIO DE JUSTICIA MINISTERIO DE EDUCACIÓN PROYECTO DE LEY ORGÁNICA COMPLEMENTARIA DE LA LEY DE ECONOMÍA SOSTENIBLE, POR LA QUE SE MODIFICAN LAS LEYES ORGÁNICAS 5/2002, DE 19 DE JUNIO, DE LAS CUALIFICACIONES

Más detalles

PROYECTO DE REAL DECRETO... POR EL QUE SE ESTABLECE LA ORDENACIÓN GENERAL DE LA FORMACIÓN PROFESIONAL INICIAL. PREÁMBULO

PROYECTO DE REAL DECRETO... POR EL QUE SE ESTABLECE LA ORDENACIÓN GENERAL DE LA FORMACIÓN PROFESIONAL INICIAL. PREÁMBULO PROYECTO DE REAL DECRETO... POR EL QUE SE ESTABLECE LA ORDENACIÓN GENERAL DE LA FORMACIÓN PROFESIONAL INICIAL. PREÁMBULO La Ley Orgánica 5/2002, de 19 de junio, de las Cualificaciones y de la Formación

Más detalles

Pequeña guía para implantar la Formación Profesional Dual en su empresa

Pequeña guía para implantar la Formación Profesional Dual en su empresa Pequeña guía para implantar la Formación Profesional Dual en su empresa Desde la publicación del Real Decreto 1529/2012, de 8 de noviembre, por el que se desarrolla el contrato para la formación y el aprendizaje

Más detalles

BIBLIOTECA VIRTUAL DE FORMACIÓN PROFESIONAL DEPARTAMENTO DE FORMACIÓN PROFESIONAL

BIBLIOTECA VIRTUAL DE FORMACIÓN PROFESIONAL DEPARTAMENTO DE FORMACIÓN PROFESIONAL BIBLIOTECA VIRTUAL DE FORMACIÓN PROFESIONAL DEPARTAMENTO DE FORMACIÓN PROFESIONAL El Centro Regional de Innovación y Formación Las Acacias, cada año pone en marcha el Plan de Formación del Profesorado

Más detalles

La nueva FP Convergencia hacia Europa: Sistemas de Créditos y Convalidaciones

La nueva FP Convergencia hacia Europa: Sistemas de Créditos y Convalidaciones La nueva FP Convergencia hacia Europa: Sistemas de Créditos y Convalidaciones - 1 - Contenidos Diseño de la nueva Formación Profesional Nuevo Sistema de Cualificaciones Exenciones y Convalidaciones Novedades

Más detalles

FORMACIÓN NO REGLADA.

FORMACIÓN NO REGLADA. FORMACIÓN NO REGLADA. La Formación no reglada incluye cursos y programas complementarios de la educación reglada destinados principalmente a la capacitación profesional y a posibilitar la inserción laboral

Más detalles

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO Núm. 274 Lunes 16 de noviembre de 2015 Sec. III. Pág. 107884 III. OTRAS DISPOSICIONES MINISTERIO DE SANIDAD, SERVICIOS SOCIALES E IGUALDAD 12394 Resolución de 3 de noviembre de 2015, de la Secretaría de

Más detalles

PRUEBA DE ACCESO A CICLOS FORMATIVOS DE GRADO SUPERIOR DE FORMACIÓN PROFESIONAL. (Fuente: WEB UIB) enero 2012

PRUEBA DE ACCESO A CICLOS FORMATIVOS DE GRADO SUPERIOR DE FORMACIÓN PROFESIONAL. (Fuente: WEB UIB) enero 2012 PRUEBA DE ACCESO A CICLOS FORMATIVOS DE GRADO SUPERIOR DE FORMACIÓN PROFESIONAL (Fuente: WEB UIB) enero 2012 Objetivo La prueba de acceso a los ciclos formativos de grado superior tiene la finalidad de

Más detalles

D I S P O N G O: CAPITULO I. Disposiciones Generales.

D I S P O N G O: CAPITULO I. Disposiciones Generales. Orden ECD/XX/2015, de XX de XXXXXXX, que establece el currículo del ciclo formativo de Grado Superior correspondiente al título de Técnico Superior en Ganadería y Asistencia en Sanidad Animal en la Comunidad

Más detalles

Campañ d Informació Di sió. par e Emple. d l Formació Profesiona. pt. 8122-AC/11. Organ. nancia ANDALUCÍA

Campañ d Informació Di sió. par e Emple. d l Formació Profesiona. pt. 8122-AC/11. Organ. nancia ANDALUCÍA Campañ d Informació Disió d l Formació Profesiona par e Emple pt. 8122-AC/11 Organ ANDALUCÍA nancia ÍNDICE 1. CONTEXTUALIZACIÓN 2. LEY ORGÁNICA 5/2002, DE 19 DE JUNIO, DE LAS CUALIFICACIONES Y DE LA FORMACIÓN

Más detalles

NORMATIVA PARA LA OBTENCIÓN Y RECONOCIMIENTO DE CRÉDITOS DE LIBRE CONFIGURACIÓN

NORMATIVA PARA LA OBTENCIÓN Y RECONOCIMIENTO DE CRÉDITOS DE LIBRE CONFIGURACIÓN NORMATIVA PARA LA OBTENCIÓN Y RECONOCIMIENTO DE CRÉDITOS DE LIBRE CONFIGURACIÓN (Consejo de Gobierno de 17 de Diciembre de 2004, modificada por Consejo de Gobierno de 2 de marzo de 2007) El Real Decreto

Más detalles

REGLAMENTO DE LAS PRUEBAS DE ACCESO PARA MAYORES DE 40 Y 45 AÑOS DE LA UNIVERSIDAD CATÓLICA SAN ANTONIO

REGLAMENTO DE LAS PRUEBAS DE ACCESO PARA MAYORES DE 40 Y 45 AÑOS DE LA UNIVERSIDAD CATÓLICA SAN ANTONIO REGLAMENTO DE LAS PRUEBAS DE ACCESO PARA MAYORES DE 40 Y 45 AÑOS DE LA UNIVERSIDAD CATÓLICA SAN ANTONIO PREÁMBULO La Ley Orgánica 4/2007, de 12 de abril, por la que se modifica la Ley Orgánica 6/2001,

Más detalles

Ordeno. Artículo 1. Objeto. Artículo 2. Ámbito de actuación y destinatarios. Artículo 3. Estructura de los cursos. Artículo 4.

Ordeno. Artículo 1. Objeto. Artículo 2. Ámbito de actuación y destinatarios. Artículo 3. Estructura de los cursos. Artículo 4. Orden XX/2015, de XX de abril, de la Conselleria de Educación, Cultura y Deporte, por la que se regulan los cursos de formación y actualización sobre el desarrollo de la función directiva así como la certificación

Más detalles

CONVALIDACIÓN DE MODULOS PROFESIONALES DE TITULOS DE FORMACIÓN PROFESIONAL 23/09/2013

CONVALIDACIÓN DE MODULOS PROFESIONALES DE TITULOS DE FORMACIÓN PROFESIONAL 23/09/2013 CONVALIDACIÓN DE MODULOS PROFESIONALES DE TITULOS DE FORMACIÓN PROFESIONAL 23/09/2013 ÍNDICE 1. Aspectos generales. 3 2. Convalidación y exención LOGSE-LOE de módulos profesionales. 5 3. Convalidación

Más detalles

CAPÍTULO III. Oferta y modalidad de estas enseñanzas.

CAPÍTULO III. Oferta y modalidad de estas enseñanzas. Orden ECD/xx/2015, de xx de xxxx, que establece el currículo del ciclo formativo de Grado Superior correspondiente al título de Técnico Superior en Imagen para el Diagnóstico y Medicina Nuclear en la Comunidad

Más detalles

ACCESO AL MERCADO DE TRABAJO

ACCESO AL MERCADO DE TRABAJO ACCESO AL MERCADO DE TRABAJO AUTORÍA Mª ISABEL DELGADO LOMAS TEMÁTICA ACCESO AL MERCADO DE TRABAJO ETAPA EDUCACIÓN SECUNDARIA Y ENSEÑANZAS ARTÍSTICAS SUPERIORES Resumen Con este artículo se intenta dar

Más detalles

Técnico en Atención a Personas en Situación de Dependencia Página 1 de 9

Técnico en Atención a Personas en Situación de Dependencia Página 1 de 9 Técnico en Atención a Personas en Situación de Dependencia Página 1 de 9 MINISTERIO DE EDUCACIÓN Orden EDU/.../2011, de XX de XXXXX, por la que se establece el currículo del ciclo formativo de Grado Medio

Más detalles

Formación Profesional Básica en la LOMCE

Formación Profesional Básica en la LOMCE ÍNDICE Qué ha cambiado?... 2 La nueva Formación Profesional Básica.. 2 El acceso a la Formación Profesional Básica 2 Atención a la diversidad 2 Objetivos de la Formación Profesional Básica... 3 Tipos de

Más detalles

CONVALIDACIÓN DE MODULOS PROFESIONALES DE TITULOS DE FORMACIÓN PROFESIONAL 23/01/2014

CONVALIDACIÓN DE MODULOS PROFESIONALES DE TITULOS DE FORMACIÓN PROFESIONAL 23/01/2014 CONVALIDACIÓN DE MODULOS PROFESIONALES DE TITULOS DE FORMACIÓN PROFESIONAL 23/01/2014 ÍNDICE 1. Aspectos generales. 3 2. Convalidación y exención LOGSE-LOE de módulos profesionales. 5 3. Convalidación

Más detalles

LEY ECONOMÍA SOSTENIBLE. UNA NUEVA REFORMA EN LA FP

LEY ECONOMÍA SOSTENIBLE. UNA NUEVA REFORMA EN LA FP LEY ECONOMÍA SOSTENIBLE. UNA NUEVA REFORMA EN LA FP 1. Breve Resumen El Título II introduce una serie de reformas directamente vinculadas con la formación profesional, que se lleva a cabo mediante una

Más detalles

EL SISTEMA DE FORMACIÓN PROFESIONAL EN ESPAÑA:

EL SISTEMA DE FORMACIÓN PROFESIONAL EN ESPAÑA: EL SISTEMA DE FORMACIÓN PROFESIONAL EN ESPAÑA: A) El Sistema Nacional de Cualificaciones Profesionales: 1.- El catálogo nacional de cualificaciones profesionales 2.- La acreditación de las cualificaciones:

Más detalles

PRUEBA DE ACCESO A FP Grado Superior en Madrid

PRUEBA DE ACCESO A FP Grado Superior en Madrid PRUEBA DE ACCESO A FP Grado Superior en Madrid UNIVERSIDAD C.F. GRADO SUPERIOR 19 o 18 años C.F. GRADO MEDIO P.C.P.I. 17 años M U N D O L A B O R A L 1. EXPLICACIÓN GENERAL Para acceder a los ciclos formativos

Más detalles

GLOSARIO DE TÉRMINOS MECES: Marco Español de Cualificaciones para la Educación Superior.

GLOSARIO DE TÉRMINOS MECES: Marco Español de Cualificaciones para la Educación Superior. RESUMEN del Real Decreto 967/2014, de 21 de noviembre, por el que se establecen los requisitos y el procedimiento para la homologación y declaración de equivalencia a titulación y a nivel académico universitario

Más detalles

ANTEPROYECTO DE LEY ORGÁNICA DE LA FORMACIÓN PROFESIONAL Y DE LAS CUALIFICACIONES

ANTEPROYECTO DE LEY ORGÁNICA DE LA FORMACIÓN PROFESIONAL Y DE LAS CUALIFICACIONES ANTEPROYECTO DE LEY ORGÁNICA DE LA FORMACIÓN PROFESIONAL Y DE LAS CUALIFICACIONES EXPOSICIÓN DE MOTIVOS El derecho a la educación, que el artículo 27 de la Constitución reconoce a todos con el fin de alcanzar

Más detalles

PROYECTO DE DECRETO POR EL QUE SE ESTABLECE LA ORDENACIÓN Y LAS ENSEÑANZAS DE FORMACIÓN PROFESIONAL DEL SISTEMA EDUCATIVO EN ANDALUCÍA

PROYECTO DE DECRETO POR EL QUE SE ESTABLECE LA ORDENACIÓN Y LAS ENSEÑANZAS DE FORMACIÓN PROFESIONAL DEL SISTEMA EDUCATIVO EN ANDALUCÍA PROYECTO DE DECRETO POR EL QUE SE ESTABLECE LA ORDENACIÓN Y LAS ENSEÑANZAS DE FORMACIÓN PROFESIONAL DEL SISTEMA EDUCATIVO EN ANDALUCÍA El artículo 52 del Estatuto de Autonomía de Andalucía determina la

Más detalles

Validación y reconocimiento de competencias hacia donde vamos? Rafael Rodríguez de la Cruz Director del INCUAL Logroño, 21 de mayo de 2009

Validación y reconocimiento de competencias hacia donde vamos? Rafael Rodríguez de la Cruz Director del INCUAL Logroño, 21 de mayo de 2009 Validación y reconocimiento de competencias hacia donde vamos? Rafael Rodríguez de la Cruz Director del INCUAL Logroño, 21 de mayo de 2009 Sólo triunfa quien pone la vela encarada con el aire que sopla;

Más detalles

FORMACIÓN PROFESIONAL INICIAL CICLOS FORMATIVOS

FORMACIÓN PROFESIONAL INICIAL CICLOS FORMATIVOS FORMACIÓN PROFESIONAL INICIAL CICLOS FORMATIVOS Grado Medio Titulación: Organización: Título ESO Prueba de acceso. Con 17 años cumplidos en el presente año. Tres partes: Comunicación, Social y Científico

Más detalles

D I S P O N G O: CAPÍTULO I. Disposiciones Generales.

D I S P O N G O: CAPÍTULO I. Disposiciones Generales. Orden ECD/XX/2015, de XX de XXXXXXXX, que establece el currículo del ciclo formativo de Grado Superior correspondiente al título de Técnico Superior en Higiene Bucodental en la Comunidad Autónoma de Cantabria.

Más detalles

de aprender a solventar, sobre el terreno, los problemas propios de su actividad profesional.

de aprender a solventar, sobre el terreno, los problemas propios de su actividad profesional. Real Decreto 318/2000, de 3 de marzo, por el que se establecen los títulos de Técnico Deportivo y Técnico Deportivo superior en las especialidades de los Deportes de Montaña y Escalada, se aprueban las

Más detalles

MONOGRÁFICO CERTIFICADOS DE PROFESIONALIDAD: UNA ACREDITACIÓN OFICIAL Y CON VALIDEZ NACIONAL DE TU CUALIFICACIÓN PROFESIONAL

MONOGRÁFICO CERTIFICADOS DE PROFESIONALIDAD: UNA ACREDITACIÓN OFICIAL Y CON VALIDEZ NACIONAL DE TU CUALIFICACIÓN PROFESIONAL Boletín del Instituto Gallego de las Cualificaciones MONOGRÁFICO Nº 12 CERTIFICADOS DE PROFESIONALIDAD: UNA ACREDITACIÓN OFICIAL Y CON VALIDEZ NACIONAL DE TU CUALIFICACIÓN PROFESIONAL La obtención de un

Más detalles

(SSCS0208) ATENCION SOCIOSANITARIA A PERSONAS DEPENDIENTES EN INSTITUCIONES SOCIALES

(SSCS0208) ATENCION SOCIOSANITARIA A PERSONAS DEPENDIENTES EN INSTITUCIONES SOCIALES FAMILIA PROFESIONAL SERVICIOS SOCIOCULTURALES Y A LA COMUNIDAD Área profesional: Atención social CERTIFICADOS PROFESIONALES: (SSCS0108) ATENCION SOCIOSANITARIA EN EL DOMICILIO (SSCS0208) ATENCION SOCIOSANITARIA

Más detalles

Técnico en Gestión Administrativa (Temario Adaptado a Pruebas Libres de F.P. Grado Medio)

Técnico en Gestión Administrativa (Temario Adaptado a Pruebas Libres de F.P. Grado Medio) 1 2 Introducción Debido a la creciente necesidad de incorporación laboral en el ámbito administrativo, se ha desarrollado el presente curso preparatorio, que pretende desarrollar unos conocimientos teórico

Más detalles

DISPOSICIONES GENERALES CONSEJERIA DE EDUCACION Y CIENCIA

DISPOSICIONES GENERALES CONSEJERIA DE EDUCACION Y CIENCIA DISPOSICIONES GENERALES CONSEJERIA DE EDUCACION Y CIENCIA Mediante el Real Decreto 319/2000, de 3 de marzo, se establecieron los Títulos de Técnico Deportivo y Técnico Deportivo Superior en las especialidades

Más detalles

PROYECTO DE LEY ORGÁNICA COMPLEMENTARIA DE LA LEY DE

PROYECTO DE LEY ORGÁNICA COMPLEMENTARIA DE LA LEY DE PROYECTO DE LEY ORGÁNICA COMPLEMENTARIA DE LA LEY DE ECONOMÍA SOSTENIBLE, POR LA QUE SE MODIFICAN LAS LEYES ORGÁNICAS 5/2002, DE 19 DE JUNIO, DE LAS CUALIFICACIONES Y DE LA FORMACIÓN PROFESIONAL; 2/2006,

Más detalles

Formación Profesional Dual

Formación Profesional Dual Formación Profesional Dual Seguimiento de Proyectos Formación Profesional Dual: Curso 2013-2014 Nota: Los datos que aparecen en este documento así como los gráficos que se deducen de los mismos, han sido

Más detalles

INTERVENCIÓN DE LA FSP-UGT EN LA MESA REDONDA FINAL DE LAS JORNADAS TÉCNICAS DE FORMACIÓN MEDIOAMBIENTAL EN LAS AAPP.

INTERVENCIÓN DE LA FSP-UGT EN LA MESA REDONDA FINAL DE LAS JORNADAS TÉCNICAS DE FORMACIÓN MEDIOAMBIENTAL EN LAS AAPP. INTERVENCIÓN DE LA FSP-UGT EN LA MESA REDONDA FINAL DE LAS JORNADAS TÉCNICAS DE FORMACIÓN MEDIOAMBIENTAL EN LAS AAPP. FORMACIÓN PROFESIONAL PARA EL EMPLEO. TITULOS Y CERTIFICADOS DE PROFESIONALIDAD. CUALIFICACIONES

Más detalles

Técnico en Obras de Interior, Decoración y Rehabilitación Página 1 de 9

Técnico en Obras de Interior, Decoración y Rehabilitación Página 1 de 9 Técnico en Obras de Interior, Decoración y Rehabilitación Página 1 de 9 MINISTERIO DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTE Orden ECD/.../2012, de XX de xxxxx, por la que se establece el currículo del ciclo formativo

Más detalles

Proyecto de real decreto.../ 2006, de de, por el que se establece la ordenación general de la formación profesional del sistema educativo.

Proyecto de real decreto.../ 2006, de de, por el que se establece la ordenación general de la formación profesional del sistema educativo. Proyecto de real decreto.../ 2006, de de, por el que se establece la ordenación general de la formación profesional del sistema educativo. La Ley Orgánica 5/2002, de 19 de junio, de las Cualificaciones

Más detalles

UN MUNDO DE OPORTUNIDADES 4º DE ESO

UN MUNDO DE OPORTUNIDADES 4º DE ESO UN MUNDO DE OPORTUNIDADES 4º DE ESO Bachillerato Aprobado Evaluación final ESO Iniciación Bachillerato Enseñanzas Académicas Primer ciclo ESO Desde 2º ESO, se puede optar por los PROGRAMAS DE MEJORA DEL

Más detalles

NORMATIVA DE RECONOCIMIENTO Y TRANSFERENCIA DE CRÉDITOS PARA LAS TITULACIONES DE GRADO UNIVERSIDAD LOYOLA ANDALUCÍA

NORMATIVA DE RECONOCIMIENTO Y TRANSFERENCIA DE CRÉDITOS PARA LAS TITULACIONES DE GRADO UNIVERSIDAD LOYOLA ANDALUCÍA NORMATIVA DE RECONOCIMIENTO Y TRANSFERENCIA DE CRÉDITOS PARA LAS TITULACIONES DE GRADO UNIVERSIDAD LOYOLA ANDALUCÍA I. DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1. Ámbito de aplicación La presente Normativa Específica

Más detalles

III.- OTRAS DISPOSICIONES Y ACTOS

III.- OTRAS DISPOSICIONES Y ACTOS AÑO XXXIV Núm. 121 23 de junio de 2015 20538 III.- OTRAS DISPOSICIONES Y ACTOS Consejería de Educación, Cultura y Deportes Orden de 20/05/2015, de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes, por la

Más detalles

Se propone al Consejo de Ministros la aprobación del siguiente proyecto de disposición:

Se propone al Consejo de Ministros la aprobación del siguiente proyecto de disposición: Se propone al Consejo de Ministros la aprobación del siguiente proyecto de disposición: REAL DECRETO, por el que se establece la ordenación general de las enseñanzas deportivas de régimen especial. La

Más detalles

1. Ordenación académica del título de formación profesional de Técnico en Explotación de Sistemas Informáticos

1. Ordenación académica del título de formación profesional de Técnico en Explotación de Sistemas Informáticos Decreto 350/2003, de 9 de diciembre, por el que se establecen las Enseñanzas correspondientes al Título de Formación Profesional de Técnico en Explotaciónde Sistemas Informáticos. El Estatuto de Autonomía

Más detalles

SISTEMA ARAGONÉS DE EVALUACIÓN Y ACREDITACIÓN DE COMPETENCIAS PROFESIONALES LA ACREDITACIÓN DE LA CUALIFICACIÓN PROFESIONAL

SISTEMA ARAGONÉS DE EVALUACIÓN Y ACREDITACIÓN DE COMPETENCIAS PROFESIONALES LA ACREDITACIÓN DE LA CUALIFICACIÓN PROFESIONAL SISTEMA ARAGONÉS DE EVALUACIÓN Y ACREDITACIÓN DE COMPETENCIAS PROFESIONALES La Agencia de las Cualificaciones Profesionales de Aragón tiene entre sus objetivos la función de establecer, en colaboración

Más detalles

NORMATIVA REGULADORA DE TÍTULOS PROPIOS

NORMATIVA REGULADORA DE TÍTULOS PROPIOS NORMATIVA REGULADORA DE TÍTULOS PROPIOS EXPOSICIÓN DE MOTIVOS La Ley Orgánica de Universidades 6/2001 de 21 de diciembre, modificada por la Ley Orgánica 4/2007, de 12 de abril, establece, en su artículo

Más detalles

MODIFICACIONES QUE INTRODUCE EL PROYECTO DE LA LEY DE ECONOMÍA SOSTENIBLE Y EL PROYECTO DE LEY ORGÁNICA COMPLEMENTARIA EN EL SISTEMA EDUCATIVO ACTUAL

MODIFICACIONES QUE INTRODUCE EL PROYECTO DE LA LEY DE ECONOMÍA SOSTENIBLE Y EL PROYECTO DE LEY ORGÁNICA COMPLEMENTARIA EN EL SISTEMA EDUCATIVO ACTUAL MODIFICACIONES QUE INTRODUCE EL PROYECTO DE LA LEY DE ECONOMÍA SOSTENIBLE Y EL PROYECTO DE LEY ORGÁNICA COMPLEMENTARIA EN EL SISTEMA EDUCATIVO ACTUAL GABINETE TÉCNICO Octubre 2010 ÍNDICE 1. MODIFICACIONES

Más detalles

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO MINISTERIO DE EDUCACIÓN

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO MINISTERIO DE EDUCACIÓN Núm. 182 Sábado 30 de julio de 2011 Sec. I. Pág. 86766 I. DISPOSICIONES GENERALES MINISTERIO DE EDUCACIÓN 13118 Real Decreto 1147/2011, de 29 de julio, por el que se establece la ordenación general de

Más detalles

Una formación al alcance de todos LA NUEVA FORMACIÓN PROFESIONAL PARA EL EMPLEO

Una formación al alcance de todos LA NUEVA FORMACIÓN PROFESIONAL PARA EL EMPLEO Una formación al alcance de todos LA NUEVA FORMACIÓN PROFESIONAL PARA EL EMPLEO En qué consiste la nueva Formación Profesional para el Empleo? La Formación Profesional para el Empleo consiste en un modelo

Más detalles

FORMACIÓN PROFESIONAL

FORMACIÓN PROFESIONAL FORMACIÓN PROFESIONAL ORDENACIÓN GENERAL REAL DECRETO 1538/2006, de 15 de diciembre, por el que se establece la ordenación general de la formación profesional del sistema educativo. CATALOGO NACIONAL DE

Más detalles

Real Decreto 1538/2006, de 15 de diciembre, por el que se establece la ordenación general de la formación profesional del sistema educativo

Real Decreto 1538/2006, de 15 de diciembre, por el que se establece la ordenación general de la formación profesional del sistema educativo REAL DECRETO 1538/2006, DE 15 DE DICIEMBRE, POR EL QUE SE ESTABLECE LA ORDENACIÓN GENERAL DE LA FORMACIÓN PROFESIONAL DEL SISTEMA EDUCATIVO («BOE núm. 3/2007, de 3 de enero de 2007») Real Decreto 1538/2006,

Más detalles

EL SISTEMA EDUCATIVO ESPAÑOL

EL SISTEMA EDUCATIVO ESPAÑOL EL SISTEMA EDUCATIVO ESPAÑOL en el curso de referencia de esta publicación, 2003-2004, se encuentra regulado por la Ley Orgánica de Ordenación General del Sistema Educativo (LOGSE) en los niveles anteriores

Más detalles

DISPOSICIONES GENERALES. En primer lugar se determina que la UNED contará para realizar sus funciones y competencias con:

DISPOSICIONES GENERALES. En primer lugar se determina que la UNED contará para realizar sus funciones y competencias con: LA ESTRUCTURA ACADÉMICA DE LA UNED II. INSTITUTOS UNIVERSITARIOS DE INVESTIGACIÓN. CENTRO ADSCRITOS Y SERVICIOS DE ASISTENCIA A LA COMUNIDAD UNIVERSITARIA. En desarrollo del Capítulo I del Título II de

Más detalles

LEY ORGÁNICA 2/2006, de 3 de mayo, DE EDUCACIÓN LEY ORGÁNICA 8/2013, DE 9 DE DICIEMBRE, PARA LA MEJORA DE LA CALIDAD EDUCATIVA.

LEY ORGÁNICA 2/2006, de 3 de mayo, DE EDUCACIÓN LEY ORGÁNICA 8/2013, DE 9 DE DICIEMBRE, PARA LA MEJORA DE LA CALIDAD EDUCATIVA. MARCO NOATIVO PARA LA PARTICIPACIÓN LEY ORGÁNICA 2/2006, de 3 de mayo, DE EDUCACIÓN con las modificaciones 1 introducidas por la LEY ORGÁNICA 8/2013, DE 9 DE DICIEMBRE, PARA LA MEJORA DE LA CALIDAD EDUCATIVA.

Más detalles

Técnico en Atención Sociosanitaria Ciclo Formativo Grado Medio

Técnico en Atención Sociosanitaria Ciclo Formativo Grado Medio 1 2 Introducción El Técnico en Atención Sociosanitaria es un profesional que surge como una necesidad social, marcada por el propio sistema, como una profesión perfectamente definida en cuanto a competencias.

Más detalles

FORMACIÓN PROFESIONAL DE GRADO MEDIO

FORMACIÓN PROFESIONAL DE GRADO MEDIO ESTRUCTURA DE LA FORMACIÓN PROFESIONAL (F.P.) La F.P. se estructura en Familias Profesionales. Dentro de cada Familia Profesional, la F.P. organiza en Ciclos Formativos (CC.FF.): CC.FF. de Grado Medio.

Más detalles

REQUISITOS PARA LA GESTIÓN DE LA FORMACION PROFESIONAL INICIAL

REQUISITOS PARA LA GESTIÓN DE LA FORMACION PROFESIONAL INICIAL REQUISITOS PARA LA GESTIÓN DE LA FORMACION PROFESIONAL INICIAL OBJETO. El objeto del presente documento es definir los REQUISITOS de la Agencia Vasca para la Evaluación de la Competencia y la Calidad de

Más detalles

NORMATIVA ACADÉMICA Y DE PROCEDIMIENTO 38. NORMATIVA SOBRE RECONOCIMIENTO Y TRANSFERENCIA DE CRÉDITOS DE LA UNIVERSIDAD CATÓLICA DE ÁVILA

NORMATIVA ACADÉMICA Y DE PROCEDIMIENTO 38. NORMATIVA SOBRE RECONOCIMIENTO Y TRANSFERENCIA DE CRÉDITOS DE LA UNIVERSIDAD CATÓLICA DE ÁVILA 38. NORMATIVA SOBRE RECONOCIMIENTO Y TRANSFERENCIA DE CRÉDITOS DE LA (Normativa adaptada a las Normas de Organización y Funcionamiento UCAV: Acuerdo de JCyL 64/2009, de 11 de junio, BOCyL 17/06/2009) FECHAS

Más detalles

Orden de 26 de abril 2011

Orden de 26 de abril 2011 (Disposición Vigente) Orden de 26 de abril 2011 LIB 2011\145 LENGUA CATALANA. Regula la homologación de los estudios de lengua catalana de la educación secundaria obligatoria y del bachillerato con los

Más detalles

Proyecto de Real Decreto por el que se fijan los aspectos que regulan la ordenación general de las enseñanzas deportivas, de régimen especial.

Proyecto de Real Decreto por el que se fijan los aspectos que regulan la ordenación general de las enseñanzas deportivas, de régimen especial. Proyecto de Real Decreto por el que se fijan los aspectos que regulan la ordenación general de las enseñanzas deportivas, de régimen especial. La Ley 10/1990, de 15 de Octubre, del Deporte encomendó al

Más detalles

EL SISTEMA EDUCATIVO ESPAÑOL

EL SISTEMA EDUCATIVO ESPAÑOL EL SISTEMA EDUCATIVO ESPAÑOL El sistema educativo español en el curso de referencia de esta publicación, 2013-2014, se encuentra regulado en los niveles anteriores a la universidad básicamente por la Ley

Más detalles

PRUEBA DE ACCESO A LOS CICLOS FORMATIVOS DE GRADO MEDIO

PRUEBA DE ACCESO A LOS CICLOS FORMATIVOS DE GRADO MEDIO PRUEBA DE ACCESO A LOS CICLOS FORMATIVOS DE GRADO MEDIO 1. Acceso directo a los ciclos formativos de Grado Medio. Alumnos con Graduado en Educación Secundaria Obligatoria. 2. Prueba de Acceso. Toda aquella

Más detalles

Artículo 11 del Estatuto de los Trabajadores, según la redacción dada por la Ley 3/2012, de 6 de julio (B.O.E. del 7 de julio). R. D.

Artículo 11 del Estatuto de los Trabajadores, según la redacción dada por la Ley 3/2012, de 6 de julio (B.O.E. del 7 de julio). R. D. Cooperación ICIL-CARITAS CARITAS Contratación Dual: Contrato para la formación y el aprendizaje (CPFA) Artículo 11 del Estatuto de los Trabajadores, según la redacción dada por la Ley 3/2012, de 6 de julio

Más detalles

UNIVERSIDAD DE CANTABRIA ESCUELA TÉCNICA SUPERIOR DE INGENIEROS DE CAMINOS, CANALES Y PUERTOS

UNIVERSIDAD DE CANTABRIA ESCUELA TÉCNICA SUPERIOR DE INGENIEROS DE CAMINOS, CANALES Y PUERTOS Reglamento de Practicas Académicas Externas de la Escuela Técnica superior de Ingenieros de Caminos, Canales y Puertos. (Aprobada por Junta de Escuela de 16 de Abril de 2014) Se consideran prácticas académicas

Más detalles

92 REAL DECRETO 1538/2006, de 15 de diciembre,

92 REAL DECRETO 1538/2006, de 15 de diciembre, 182 Miércoles 3 enero 2007 BOE núm. 3 92 REAL DECRETO 1538/2006, de 15 de diciembre, por el que se establece la ordenación general de la formación profesional del sistema educativo. La Ley Orgánica 5/2002,

Más detalles

CICLOS DE FORMACIÓN PROFESIONAL BÁSICA

CICLOS DE FORMACIÓN PROFESIONAL BÁSICA CICLOS DE FORMACIÓN PROFESIONAL BÁSICA DOCUMENTO INFORMATIVO La Consejería de Educación, Cultura y Deporte de la Junta de Andalucía está tramitando un proyecto de Orden para regular las enseñanzas de Formación

Más detalles

EL MARCO EUROPEO DE CUALIFICACIONES. LA FORMACIÓN BASADA EN COMPETENCIAS. CUALIFICACIONES PROFESIONALES EN ESPAÑA

EL MARCO EUROPEO DE CUALIFICACIONES. LA FORMACIÓN BASADA EN COMPETENCIAS. CUALIFICACIONES PROFESIONALES EN ESPAÑA EL MARCO EUROPEO DE CUALIFICACIONES. LA FORMACIÓN BASADA EN COMPETENCIAS. CUALIFICACIONES PROFESIONALES EN ESPAÑA 1.- MARCO EUROPEO DE CUALIFICACIONES: El Marco Europeo de Cualificaciones para el aprendizaje

Más detalles

El Sistema Educativo en Educación Secundaria Obligatoria, Bachillerato, Formación Profesional y Enseñanza de Idiomas. Las competencias básicas

El Sistema Educativo en Educación Secundaria Obligatoria, Bachillerato, Formación Profesional y Enseñanza de Idiomas. Las competencias básicas El Sistema Educativo en Educación Secundaria Obligatoria, Bachillerato, Formación Profesional y Enseñanza de Idiomas. 1 El Sistema Educativo en Educación Secundaria Obligatoria, Bachillerato, Formación

Más detalles

ANTEPROYECTO DE LEY DE FORMACIÓN PROFESIONAL PARA ANDALUCÍA

ANTEPROYECTO DE LEY DE FORMACIÓN PROFESIONAL PARA ANDALUCÍA ANTEPROYECTO DE LEY DE FORMACIÓN PROFESIONAL PARA ANDALUCÍA UNA LEY QUE ABRE PUERTAS PARA INVERTIR EN EL CAMBIO DE MODELO PRODUCTIVO DE ANDALUCÍA Estructura de la cualificación de la población activa A

Más detalles

CURSO PARA LA HABILITACIÓN COMO ASESOR O EVALUADOR DE UNIDADES DE COMPETENCIA DE CUALIFICACIONES PROFESIONALES

CURSO PARA LA HABILITACIÓN COMO ASESOR O EVALUADOR DE UNIDADES DE COMPETENCIA DE CUALIFICACIONES PROFESIONALES CURSO PARA LA HABILITACIÓN COMO ASESOR O EVALUADOR DE UNIDADES DE COMPETENCIA DE CUALIFICACIONES PROFESIONALES Objeto y ámbito de aplicación de la convocatoria: Se convoca, en el marco del Real Decreto1224/2009

Más detalles