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1 Directiva N EF/63.01 para la ejecución de inversiones públicas (Vigente desde 04.octubre.2017) Lima, julio de

2 CONTENIDO 1. Lineamientos generales 2. Roles relacionados con la fase de ejecución 3. Procesos en la fase de ejecución 4. Disposiciones transitorias sobre la vigencia (estudios de preinversión y ET o DE) 2

3 Lineamientos generales 3

4 1. La fase de Ejecución involucra Elaboración del Expediente Técnico (ET) o documentos equivalentes (DE) Ejecución física de las inversiones públicas Ambos involucran ejecución financiera Las disposiciones establecidas para los expedientes técnicos son de aplicación también a los términos de referencia, especificaciones técnicas u otro que se requiera para la ejecución de las inversiones públicas, conforme a la Segunda Disposición Complementaria Final de la Directiva N EF/

5 2. Expediente Técnico (ET) y Ejecución Física q q Elaboración del ET o documentos equivalentes (DE) La Unidad Ejecutora de Inversiones (UEI) es la responsable de su elaboración y registro, luego de la aprobación del ET o DE por el órgano competente. En el caso de proyectos de inversión (PI), un requisito previo para la aprobación del ET o DE es que la UF apruebe la consistencia de dicho documento con la concepción técnica y dimensionamiento del PI. q q Ejecución física de las inversiones públicas Las modificaciones aprobadas durante la ejecución física deben ser registradas antes de su ejecución física en el Banco de Inversiones(BI) por la UEI. Una vez culminada la ejecución de las inversiones, la UEI realiza la liquidación físicayfinanciera,yregistra elcierreen el BI. La aprobación del Expediente Técnico o documento equivalente es aprobado, por quien corresponda, segúnlasnormasdeorganizacióninternadelaentidadpúblicaacargodelaejecucióndelainversión;de acuerdo a lo señalado en el numeral 7.4 de la Directiva N EF/

6 3. Concepción técnica: Qué implica?* Es la alternativa de solución con la que se busca lograr el objetivo central del proyecto de inversión, acorde con la evaluación técnica y económica realizada en el estudio de preinversión o ficha técnica. La ejecución de esta alternativa de solución debe permitir lograr la meta de producto asociada a las brechas identificadas y priorizadas en la Programación Multianual de Inversiones. * Art. 6.1 Directiva N EF/

7 4. Concepción técnica y dimensionamiento: Qué implica? 1 Acciones 2 3 Capacidad de producción Localización Objetivo Tecnología Alternativa de Solución (Concepción Técnica) Pueden variar sin cambiar la Concepción Técnica (Incluye otras alternativas de solución evaluadas en el estudio de preinversión o ficha técnica) Dotación del bien o servicio público (dimensionado para atender a la población de un área de influencia) metas de productopara contribuir al cierre de brechas 7

8 Concepción técnica: Ejemplo en salud Objetivo del PI Condiciones adecuadas para la prestación de servicios de salud a la población asignada al Centro de Salud (CS) La Esperanza Localización Capacidad de producción y tecnología Si no cambia el objetivo del PI no cambia la concepción técnica. Si cambia la localización dentro del área de influencia del CS La Esperanza, la capacidad productiva y la tecnología o se incluye otras tecnologías de producción, no cambia la concepción técnica del PI Si cambia el área de influencia y/o el nivel de complejidad de los servicios de salud (ej. de Centro de Salud a Hospital),cambiaelobjetivodelPIyporende,SÍ cambia la concepción técnica.en esecaso,laueidebe realizar el cierre del PI. 8

9 Concepción técnica: Ejemplo en educación Objetivo del PI Población escolar de la IE N 3089 Los Ángeles accede a adecuados servicios educativos de los niveles primaria y secundaria Localización Capacidad de producción y tecnología Si no cambia el objetivo del PI no cambia la concepción técnica. Si cambia la localización, capacidad productiva y tecnología o se incluye otras soluciones tecnológicas, no cambia la concepción técnica del PI Si se retira el nivel educativo de primaria para atender sólo el de secundaria, o se decide incluir sólo el nivel inicialquenuncaestuvoconsideradoenelobjetivodelpi,sí cambia la concepción técnica ylaueidebe realizar el cierre del PI. 9

10 Consistencia y concepción técnica: Ejemplo en transportes Objetivo del PI Condiciones adecuadas de transitabilidad vehicular en la vía vecinal tramo Huachocolpa - Marcavalle Localización Capacidad de producción y tecnología Si no cambia Si no cambia el objetivo el objetivo del del PI PI no cambia la concepción técnica. no cambia la concepción técnica. Si cambia la localización dentro del área de influencia (manteniendo el Origen - Destino), tecnología o se incluyen otras alternativas tecnológicas, no cambia la concepción técnica del PI Si cambia el ámbito de influencia (Origen - Destino), sí cambia la concepción técnica y la UEI debe realizar el cierre del PI. 10

11

12 Consistencia y concepción técnica: Ejemplo en Monumentos Arqueológicos Prehispánicos (MAP) Objetivo del PI Adecuados servicios de interpretación cultural de la Huaca Arco Iris del Complejo Arqueológico Chan Chan Localización Capacidad de producción y tecnología Si no cambia el objetivo del servicio no cambia la concepción técnica del PI Si cambia la ubicación de las instalaciones para el acondicionamiento para la interpretación cultural dentro del MAP, capacidad productiva y tecnología o se incluye otras soluciones tecnológicas, no cambia la concepción técnica del PI Si se decide intervenir en un MAP diferente al inicialmente previsto o si no se evaluó una segunda alternativa de solución para cumplir con el objetivo del proyecto de inversión y la incluyó posterior a la viabilidad, SÍ cambialaconcepción técnica ylaueideberealizarelcierredelpi. Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones

13 Consistencia y concepción técnica: Ejemplo en recursos turísticos públicos Objetivo del PI Adecuados servicios turísticos públicos en la Reserva Nacional de Lachay Localización Capacidad de producción y tecnología Si no cambia el objetivo del servicio no cambia la concepción técnica del PI Si cambiala capacidad productiva y tecnología o se incluye otras soluciones tecnológicas,no cambia la concepción técnica del PI Sinoseevaluóunasegundaalternativadesoluciónparacumplirconelobjetivodelproyectodeinversiónyla incluyóposterioralaviabilidad,sícambialaconcepcióntécnica ylaueideberealizarelcierredelpi. Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones

14 Recuerda que en el marco del Invierte.pe: El dimensionamiento del servicio público debe corresponder a la capacidad instalada que se requiere para atender a la población objetivo en el horizonte de evaluación. Es posible modificar la capacidad de producción, manteniendo el servicio público, la población objetivo y el área de influencia. Por ejemplo, en los siguientes casos: - Para corregir errores en la estimación realizada en el estudio de preinversión. - Actualización de la proyección de la demanda en el horizonte de evaluación. 14

15 Roles de la UF y la UEI en la fase de ejecución 15

16 5. En los PI Qué modificaciones registran las UF y UEI? Unidad Formulad ora Variaciones que se presenten antes o durante la elaboracióndeletode,hastaantesdesuaprobación: Cambios de localización dentro del ámbito de influencia del proyecto de inversión Cambios en la capacidad de producción Cambios en la tecnología de producción Cambios de UEI(cuando no hay ejecución financiera). Agregación de UEI (antes o después de la aprobación del ET o documento equivalente). Unidad Ejecutora de Inversio n es (UEI) Sustenta las modificaciones a la UF que declaró la viabilidad del PI, o la que resulte competente al momento de su sustentación. La UF deberá contar con dicha información para su evaluación y registro en el Banco de Inversiones; siempre que no se cambie la concepción técnica del PI. La UEI registra las modificaciones posteriores a la aprobación del ET o DE, en el marco de las variaciones permitidas por la normativa de contrataciones. En el caso de cambio de modalidad de ejecución, si la modificación se aprueba antes de la aprobación del ET o documento equivalente la registra la UF (notas de ejecución) y si se aprueba en fecha posterior a la aprobación del ET o documento equivalente la registra la UEI en el Formato 01 de ejecución. 16

17 6. Responsabilidad de la UF en la fase de Ejecución de PI Evaluación de modificaciones antes de la aprobación de ET o DE Las modificaciones que apruebe la UF no deben modificar la concepción técnica del PI; es decir, no deben modificar el objetivo del PI (los servicios públicos, ni el área de influencia; por ende, no debe modificar la población objetivo). La UF realiza la evaluación técnica y económica de las modificaciones de localización (dentro del área de influencia), tecnología de producción y/o capacidad de producción acorde con los parámetros y normas técnicas sectoriales vigentes y los requisitos para que el PI mantenga la condición de viabilidad. Luego de su aprobación, realiza el registro respectivo en la Sección A del Formato 01 de Ejecución. En Notas de ejecución adjunta documentos que sustenten dichas modificaciones. La UF aprueba la consistencia entre el Expediente Técnico o documento equivalente y la ficha técnica o estudio de preinversión, según corresponda; de acuerdo a lo señalado en el numeral 7.4 de la Directiva N EF/

18 7. Qué evalúa la UF para aprobar la Consistencia? Que el Expediente Técnico(ET) o Documento Equivalente(DE): Permita alcanzar el objetivo del PI contenido en el estudio de preinversión o Ficha Técnica que sustentó la viabilidad; es decir, que intervenga en los servicios públicos y área de influencia, según lo determinado en: (i) La Ficha Técnica o estudio de preinversión con el que se declaró viable el PI (en caso quenosehayanaprobadomodificacionesantesodurante laelaboracióndeletode),o (ii) En las modificaciones aprobadas (antes o durante la elaboración del ET o DE) registradas en la Sección A del Formato 01 de Ejecución del PI, las cuales no deben cambiar la concepción técnica del PI y pueden estar referidas a: Los productos/componentes/acciones, según corresponda. La localización de la(s) Unidad(es) Productora(s). La capacidad de producción de los bienes o servicios. La tecnología de producción de los bienes o servicios. 18

19 8. Responsabilidad de la UEI en la fase de Ejecución de un PI Elaboración del ET o documentos equivalentes (DE) El ET o DE deberá enmarcarse en la concepción técnica y dimensionamiento (servicios públicos, área de influencia, población objetivo) definidos en el estudio de preinversión o ficha técnica con la que se sustentó la viabilidad del PI ó en las modificaciones aprobadas por la UF previo a su aprobación. Luego de la aprobación del ET o DE, la UEI realiza el registroenlasecciónbdelformato01deejecución. El planteamiento técnico debe corresponder a la localización, tecnología de producción y capacidad de producción determinados en el estudio de preinversión o ficha técnica con la que se sustentó la viabilidad del PI o en las modificaciones registradas en la Sección A del Formato 01 de ejecución). La aprobación de la consistencia por parte de la UF constituye un requisito previo para la aprobación del Expediente Técnico o documento equivalente, por quien corresponda, según las normas de organización internadelaentidadpúblicaacargodelaejecucióndelpi;deacuerdoaloseñaladoenelnumeral7.4de la Directiva N EF/

20 9. Principales alcances para la elaboración de ET o documentos equivalentes (TdR, especificaciones técnicas) Certificación ambiental Saneamiento físico legal Modificaciones Ejecución Permitidas por APP La clasificacióny certificación ambiental deberán ser consideradas en la elaboración del ET (No son requisito para la viabilidad). Antes del inicio de la elaboración del ET, la UEI debe verificar que se cuenta con el saneamiento físico legal* del bien inmueble correspondiente o los arreglos institucionales** respectivos. Solo podrán ser registradas y ejecutadas las variaciones que NO cambien la concepción técnica y el dimensionamiento de las inversiones públicas. ** Arreglos institucionales:acuerdos, convenios y/o documentación que evidencie la realización de las gestiones que facultan la afectación del bien a favor de la Entidad Pública que tendrá a su cargo la implementación del proyecto y para los fines de éste. * Saneamiento físico legal: ( ) El saneamiento comprenderá todas las acciones destinadas a lograr que en los Registros Públicos figure inscrita la realidad jurídica actual de los inmuebles de las entidades públicas, en relación a los derechos reales que sobre los mismos ejercitan las respectivas entidades( ), conforme a lo dispuesto en el artículo 1 del Decreto Supremo N EF. Incluye los derechos de propiedad y/o de uso de los inmuebles. 20

21 10. Responsabilidad de la UEI en la fase de Ejecución de un PI Durante la ejecución física Registra todas las modificaciones aprobadas, en fecha posterior a la aprobación del ET o documentos equivalentes, en el marco de las variaciones permitidas por la normatividad de contrataciones*(adicionales, deductivos, ampliaciones de plazo, ET de saldos de obra); independientemente de la modalidad de ejecución. Luego de su aprobación, la UEI realiza elregistrodelasmodificacionesenlaseccióncdelformato01deejecución. Dichas modificaciones son aprobadas por quien corresponda, según las normas de organización interna de la entidad pública a cargo de la ejecución de la inversión pública y según lo establecido en la normatividad de contrataciones. * Normatividad de contrataciones aplicable según corresponda (incluye aquella emitida por el Las disposiciones OSCE, por establecidas organismospara multilaterales los expedientes en el técnicos caso deson inversiones de aplicación quetambién se financian a los términos mediantede referencia operaciones y/o especificaciones de endeudamiento técnicas quexterno, se requieran normatividad para la ejecución de APP de u Obras las inversiones por impuestos, públicas, conforme convenios a la Segunda de administración Disposición Complementaria de recursos, entre Final otros). de la Directiva N EF/

22 11. La UEI es la responsable de las modificaciones durante la ejecución física de las inversiones, tales como: (1) Modificaciones en los metrados Obras complementarias Modificaciones en el Programa de Equipamiento Modificaciones de plazo de ejecución Modificaciones de áreas de ambientes, circulación, etc. Cercos, veredas, rampas, muros de contención, sistema de drenaje, entre otros. Actualización del requerimiento de bienes (cantidad, tecnología vigente). Ampliación del plazo de ejecución. En la evaluación de estas modificaciones, la UEI debe tener en cuenta los estándares de calidad y los niveles de servicio contenidos en las Normas Técnicas correspondientes, aprobadas por la autoridad competente; así como lo estipulado en la normatividad de contrataciones, según la modalidad de ejecución empleada. 22

23 12. La UEI es la responsable de las modificaciones durante la ejecución física de las inversiones, tales como: (2) Resultado de proceso de selección Montos de contratos, órdenes de servicio, órdenes de compra, según sea el caso. Actualización de precios (Fórmula polinómica) Actualización de Expedientes Técnicos (con menos de 03 años contados desde la fecha de su primera aprobación). Expedientes técnicos de saldo de obra ET aprobados de saldo de obra*. Requerimiento de saldo de equipamiento Requerimiento de saldo de bienes**. * Ej. Cuando la ejecución física se interrumpe por alguna circunstancia y se requiere determinar aquello que falta ejecutar, actualizando costos de inversión(puede implicar cambio de modalidad de ejecución). ** Ej. Cuando en un proceso de adquisición por ítems no se logra adquirir el 100% de bienes, se determina el requerimiento del saldo de bienes, pudiendo actualizar especificaciones técnicas y costos. 23

24 13. Casos en los que las variaciones se comunican al órgano de Control*: En el caso de obras, cuando el incremento sea mayor a 15%, la UEI adjuntará la autorización de la Contraloría General de la República cuando su ejecución sea bajo la normatividad de contrataciones del Estado. Para las demás modalidades se adjuntará la comunicación al Órgano de Control Institucional (OCI). En el caso de ejecución por la modalidad de Administración Directa el incremento se calcula respecto al monto del Expediente Técnico y cuando la modalidad es Administración Indirecta, respecto al monto del contrato respectivo. En el caso de bienes y servicios, cuando los incrementos sean mayores al 25%, la UEI adjuntará la comunicación al OCI. * Art. 8.2 Directiva N EF/63.01 (Incorporado por el artículo 2 de la RD N EF/

25 Recuerda que en el marco del Invierte.pe: En el Formato N 01 de la Directiva N EF/63.01 se consolida las modificaciones de un Proyecto de Inversión (declarado viable en el marco del SNIP o en el marco del Invierte.pe): - En la Sección A: Modificaciones aprobadas y registradas por la UF antes de la aprobación del ET. Incluye modificaciones antes de la elaboración del ET, durante la elaboración del ET hasta la aprobación de la consistencia. Mediante Notas de ejecución, la UF registra los documentos que contengan información relevante sobre las modificaciones aprobadas (ej. saneamiento físico o arreglos institucionales del terreno; acuerdos u actas de compromisos entre involucrados, entre otros). 25

26 Recuerda que en el marco del Invierte.pe: En el Formato N 01 de la Directiva N EF/63.01 se consolida las modificaciones de un Proyecto de Inversión (declarado viable en el marco del SNIP o en el marco del Invierte.pe): - En la Sección B: Datos del ET inicial aprobado por la Entidad, son registrados por lauei.incluyelaprogramacióndelinicioytérminodelaejecucióndelasaccionesy la fecha tentativa de entrega de los activos a la responsable de la operación y mantenimiento. - En la Sección C: Modificaciones aprobadas por la Entidad posteriores a la aprobación del ET y durante la ejecución física, son registradas por la UEI. Se deben registrar antes de la ejecución de dicha modificación. Mediante Notas de ejecución, la UEI registra los documentos que contengan información relevante sobre las modificaciones aprobadas (ej. Obras complementarias incorporadas en el ítem de infraestructura, Programa de Equipamiento, actualizado entre otros). 26

27 Además, recuerda que: El monto de inversión del PI debe reflejar los costos de inversión a precios de mercado de la totalidad de las acciones, independientemente que la programación de su ejecución sea por etapas. Se considera etapa, aquella intervención que al término de su ejecución la población objetivo puede acceder al uso de los servicios involucrados. En la aprobación de consistencia de una etapa, la UF deberá considerar los datos del estudio de preinversión o Ficha Técnica correspondientes a las acciones que no forman parte de dicha etapa, para obtener el monto de inversión total actualizado del PI. Luego, la UEI adjuntará en la sección B del Formato N 01 de la Directiva N EF/63.01, los documentos de aprobación,sólodelasaccionesquecuentenconetode. 27

28 Procesos en la Fase de Ejecución 28

29 Art Flujo de procesos durante la etapa de elaboración de ET o documento equivalente de un PI: Inicio Autorización de la elaboración del ET o documentos equivalentes Responsable: OR La elaboración del ET o documento equivalente se inicia luego de la declaración de viabilidad del PI Art.5.3 Elaboración del ET o documento equivalente Responsable: UEI Cambia concepción técnica? No Sí Art..6.3 Art..5.4 y 6.5 Registro del cierre correspondiente en el F04 Responsable: UEI Comunica a la OPMI para la actualización de la PMI Responsable: UEI / OPMI Art..6.5 Aspectos que la UF debe revisar con relación a la consistencia técnica 1. Identificación de servicios públicos priorizados en la brecha de servicios. 2. La tecnología de producción 3. La capacidad de producción 4. La localización Nota: Para que la concepción técnica no cambie no se puede modificar el punto 1 OPMI comunica a OR para aprobación de la actualización de PMI Responsable: OPMI / OR Fin Art..4.4 (a) y 7.4 Evaluación de modificaciones, aprobación y registro en el Formato 01 de Ejecución Responsable: UF Art..7.4 Aprobación del ET o documentos equivalentes Responsable: Según documentos de gestión de la Entidad Art.7.5 Registro de los resultados del ET o documento equivalente en el F01 Responsable: UEI 29 Fin

30 2. Registros en la fase de Ejecución de IOARR Elaboración del Expediente Técnico (ET) o doc. equivalentes Expediente Consistencia Técnico Ejecución física UEI registra avance ejecución física en el F03 de Ejecución Aprobación Modificaciones ET o documento equivalente antes de aprobar aprobado ET o doc. equivalente Modificaciones aprobadas durante la ejecución física Registro de Cierre UF UEI UEI UEI F02 de F&E F02 de Ejecución F02 de Ejecución F04 de Ejecución 30

31 3. Registros en la fase de Ejecución de Proyectos de Inversión (PI) Elaboración del Expediente Técnico (ET) o doc. equivalentes Expediente Consistencia Técnico UF aprueba consistencia antes de aprobación de ET Ejecución física UEI registra avance ejecución física en el F03 de Ejecución Declaración de Viabilidad Modificaciones antes de elaborar o aprobar ET o doc. equivalente ET o doc. equivalente aprobado Modificaciones aprobadas durante la ejecución física Registro de Cierre UF UF UEI UEI UEI F01 de F&E F01 de Ejecución Sección A F01 de Ejecución Sección B F01 de Ejecución Sección C F04 de Ejecución 31

32 Recuerda que en el marco del Invierte.pe: Vigencia de los PI Viables(numeral 11.3 de la Directiva N EF/63.01): Tres (03) años contados desde la fecha de su declaración de viabilidad. Transcurrido dicho plazo sin haber iniciado su ejecución, la UF deberá actualizar la Ficha Técnica o el estudio de preinversión que fundamentó su declaratoria de viabilidad y registrar dicha actualización en el Banco de Inversiones. Vigencia de los Expedientes Técnicos (art. 10 de la Directiva N EF/63.01): Tres (3) años a partir de su aprobación. Transcurrido este plazo, sin haberse iniciado la ejecución de las inversiones, la UEI deberá proceder a registrar el cierre de la inversión, en el formato respectivo y comunicar a la OPMI para las acciones del caso. * La antigüedad del Valor Referencial se rige por las normas de contrataciones. 32

33 Disposiciones transitorias R.D. N EF/63.01 Publicada el 27.junio.2018 (vigente desde el 28.junio.2018) 33

34 Disposiciones transitorias en el marco del Invierte.pe, aplicables a PI declarados viables en el marco del SNIP (1) Vigencia de Expediente Técnico(ET) o Documento Equivalente(DE) En Proyectos de Inversión (PI) con Registro de variaciones en la fase de Inversión (Formato SNIP 16) o Informe de Verificación de viabilidad (Formato SNIP 17): La vigencia de tres (03) años se computa desde la última actualización registrada (Formato SNIP 16 o Formato SNIP 17). Vencido dicho plazo, la UEI procederá a registrar el cierre del proyecto. Los ET o DE que entre el 04.octubre.2017 y el 31.diciembre.2018 alcancen los tres (03) años de vigencia, pueden ser actualizados por única vez dentro de los doce (12) meses subsiguientes, e iniciar la ejecución física dentro de los dos (02) años siguientes a la fecha de actualización. Transcurrido este último plazo sin haberse iniciado la ejecución física, la UEI procederá a registrar el cierre del proyecto. 34

35 Disposiciones transitorias en el marco del Invierte.pe, aplicables a PI declarados viables en el marco del SNIP (2) Vigencia de Expediente Técnico(ET) o Documento Equivalente(DE) En PI registrados en el Programa Multianual de Inversiones (PMI) con financiamiento para su ejecución en el 2018, cuyos ET o DE han sido aprobados hace más de tres (03) años, excepcionalmente pueden iniciar su ejecución en el 2018, previa actualización de los mencionados ET o DE. La UF verifica: (i) que la actualización del ET o DE se realiza conforme a la normatividad técnica sectorial vigente; y (ii) que la concepción técnica y dimensionamiento contenidos en los estudios de preinversión que sustentaron su declaración de viabilidad se mantienen vigentes. 35

36 Disposiciones transitorias en el marco del Invierte.pe, aplicables a PI declarados viables en el marco del SNIP (3) Vigencia de estudios de preinversión de PI(Obras por Impuestos) En Proyectos de Inversión (PI) comprendidos en los procesos de la Ley N 29230, en los que ha transcurrido más de tres (03) años desde la declaración de viabilidad, que cuenten con Convenio vigente con la empresa privada seleccionada, al 28.junio.2018 (fecha que entra en vigencia las disposiciones aprobadas mediante la Resolución Directoral N EF/63.01), excepcionalmente, los ET o DE podrán ser aprobados antes del 31.diciembre * Si al 31.diciembre.2018 nose aprueban los ET o DE de los PI señalados anteriormente,antes de continuar con su ejecución, los estudios de preinversión deben ser actualizados conforme a lo dispuesto en el numeral 11.3 del artículo 11 de la Directiva N EF/

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