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RESUMEN EJECUTIVO INFORMACIÓN GENERAL Contraloría del Estado Falcón Dirección de Control de la Administración Central y Otro Poder. Área: Procuraduría General del estado Falcón Objetivo General: Comprobar la legalidad, sinceridad, exactitud y adecuada utilización de los recursos asignados a la PGEF, así como el grado de cumplimiento de la gestión correspondiente al ejercicio económico financiero 2015. Código de la Actuación: EC-POA-I-004-2017 Tipo de Actuación: Examen de la Cuenta DATOS DE LA ACTUACIÓN Características Generales del Objeto Evaluado La Procuraduría, es el órgano que por mandato constitucional asesora, defiende, representa judicial y extrajudicialmente los intereses, bienes y derechos patrimoniales del estado, de conformidad con lo previsto en el artículo 147 de la Constitución Federal del estado Falcón. Así mismo goza de autonomía orgánica, funcional y administrativa, conforme lo determina la Constitución y la Ley Estadal que regule su competencia, organización y funcionamiento. Para el año objeto de la actuación, el Órgano Procurador, según Gaceta Oficial del estado Falcón, Edición Extraordinaria de fecha 11-07-2015, se encontraba estructurada de la siguiente manera: Despacho del Procurador (a), General del estado Falcón, Coordinador (a) General de la Procuraduría, Oficina de Atención al Ciudadano, Unidad de Asuntos Legales, Unidad de Talento Humano, Unidad de Adquisición y Enajenación de Bienes Inmuebles, Unidad de Administración y la Unidad de Archivo y Biblioteca. Alcance y Objetivo Específico La presente actuación fiscal se circunscribió a la revisión de los documentos que conforman la cuenta rendida por la Procuraduría General del estado Falcón (PGEF), correspondiente al

ejercicio económico financiero 2015, orientada a verificar la legalidad, sinceridad, exactitud de las operaciones, administrativas, presupuestarias, contables y financieras, sistema de control interno; así como, la ejecución y grado de cumplimiento de las metas y objetivos vinculados a la cuenta de la Procuraduría. En tal sentido, a los fines del análisis, se seleccionó una muestra aleatoria del 32 % la cual representa la cantidad de Bs. 12.849.819,62 del total de los pagos efectuados durante el ejercicio económico financiero objeto de examen, los cuales alcanzaron la suma de Bs. 23.694.873,52, ejecutados por las partidas 4.01 Gastos de Personal 4.02 Materiales, Suministro y Mercancías 4.03 Servicios No Personales 4.04 Activos Reales 4.07 Transferencias y Donaciones y 4.11 Disminución de Pasivos. Igualmente, se tomó una muestra del 39 % de las contrataciones efectuadas, que corresponden a 52 expedientes de contrataciones públicas por la cantidad de Bs. 3.603.588,89, para lo cual se utilizó como criterio, el método aleatorio simple considerando el monto de las contrataciones del universo de 134 expedientes. Así mismo, se evaluó exhaustivamente 31 expedientes de funcionarios, 26 de ellos correspondiente a funcionarios y 5 al personal obrero, los cuales se encuentran activos. Del mismo modo, para la evaluación de los bienes muebles se tomó una muestra correspondiente al 30% de los bienes muebles reflejados en el Formulario BM-1 Inventario de Bienes Muebles al 31-12- 2015. Por otra parte; fueron objeto de análisis los informes de control de gestión y documentos que sustentan las operaciones ejecutadas por el citado órgano para la consecución de los objetivos y metas formuladas en el Plan operativo anual. A continuación se mencionan los siguientes objetivos específicos: Verificar el sistema de control interno implantado, para la salvaguarda del patrimonio manejado, así como para recepción y ejecución de los recursos administrados durante el ejercicio económico financiero 2015. Comprobar la legalidad, sinceridad, exactitud y adecuada utilización de los recursos asignados durante el ejercicio económico financiero 2015. Verificar que los auditores, profesionales independiente, consultores y/o firmas de auditores que hayan prestados servicios en materia de control en la Procuraduría General del estado Falcón, durante el ejercicio económico financiero 2015, se encontraban

debidamente certificados e inscritos en el registro de Auditores, Consultores y Profesionales Independientes en Materia de Control. Determinar el grado de cumplimiento de los objetivos y metas formulados en el Plan Operativo Anual durante el ejercicio económico financiero 2015 RESULTADO DE LA ACTUACIÓN Observaciones Relevantes Se constató que para el periodo objeto de estudio, el Órgano Procurador no le dio apertura al Fideicomiso de prestaciones sociales, por lo tanto, no se evidenció resumen mensual detallado del mismo; al respecto el artículo 142 del Decreto Con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica Del Trabajo, Los Trabajadores y Las Trabajadoras establece: Las prestaciones sociales se protegerán, calcularán y pagarán de la siguiente manera: a) El patrono o patrona depositará a cada trabajador o trabajadora por concepto de garantía de las prestaciones sociales el equivalente a quince días cada trimestre, calculado con base al último salario devengado. El derecho a este depósito se adquiere desde el momento de iniciar el trimestre. b) Adicionalmente y después del primer año de servicio, el patrono o patrona depositara a cada trabajador o trabajadora dos días de salario, por cada año, acumulativos hasta treinta días de salario. ; Situación originada por debilidades en el control y seguimiento por parte del funcionario responsable de la Unidad de talento Humano, por cuanto no tomó las previsiones de dar apertura al fideicomiso de prestaciones sociales; lo que trae como consecuencia que se generen compromisos por concepto de intereses de prestaciones sociales, intereses moratorios e indemnización o corrección monetaria, por la no realización de los pagos oportunos al trabajador. En revisión efectuada al Manual de Normas y Procedimientos de la Procuraduría General del estado Falcón (Unidad de Talento Humano), en lo que respecta a los anticipos de prestaciones sociales; no se evidenciaron los procedimientos y acciones correspondientes para llevar a cabo tales anticipos, de este hecho se dejó constancia en acta fiscal N 01-2017 de fecha 14-03-2017. En este sentido, el artículo 36 de la LOCGRSNCF, publicada en Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nº 6013 extraordinaria de fecha 23-12-2010, establece: Artículo 36: Corresponde a las máximas autoridades jerárquicas de cada ente la responsabilidad de organizar, establecer, mantener y evaluar el sistema de control interno, el cual debe ser adecuado ala naturaleza, estructura y fines del ente.

(Subrayado Nuestro).Tal situación se origina, por cuanto la Máxima Autoridad jerárquica en coordinación con el funcionario responsable de la Unidad de Talento Humano de la Procuraduría, no ejercieron las acciones pertinentes en cuanto a la inclusión del referido procedimiento en el Manual de Normas y Procedimientos; En revisión efectuada a cincuenta y dos (52) expedientes de los procesos de contrataciones públicas, bajo la modalidad de consulta de precios y adjudicaciones directas, se observaron treinta y tres (33) empresas prestadoras de bienes y servicios, de las cuales veinte (20) de ellas no están inscritas en el Registro Nacional de Contratistas. De esta situación se dejó constancia en Acta Fiscal N 01 de fecha 14-03-2017; al respecto el artículo 47 del DRVFLCP la cual señala: Los potenciales oferentes para contratar con el estado, y con las organizaciones de base del Poder popular cuando manejen fondos públicos, deberán inscribirse en el Registro Nacional de Contratistas, en los términos y condiciones que establece el Servicio Nacional de Contrataciones para tal fin...omissis..." ; Tal situación se origina por debilidades de la Unidad Contratante, lo que ocasiona que el Órgano Procurador, contrate con empresas que no disponen de la calificación legal, técnica y financiera, establecida para la celebración de contratos públicos, asumiéndose el riesgo de seleccionar proveedores de bienes o servicios que no reúnen los requisitos de experiencia y especialización, establecidos en el DRVFLCP; En revisión efectuada al comprobante de egreso N 0000000301 de fecha 10-04-2015 por la cantidad de Bs. 124.800,00; por concepto de adquisición de 4 sillas ejecutivas, se constató que presenta error en la imputación presupuestaria en la Partida 4.04.09.99.00 Obras máquinas, muebles y demás equipos de oficina y alojamiento siendo lo correcto de acuerdo con las características del bien adquirido y la naturaleza del gasto, debió ser imputada a la partida 4.04.09.01.00 "Mobiliarios y equipos de oficinas". En ese sentido, el CPRE del año 2015, establece: 4.04.09.01.00: Mobiliario y equipos de oficina Bienes muebles destinados al uso de oficinas tales como: estantes, escritorios, kárdex, mesas, troqueladoras de cheques, calculadoras de mesa, máquinas de escribir, cajas de seguridad, entre otros. (Omissis).Situación originada por debilidades en los controles presupuestarios por parte del funcionario responsable de las imputaciones a la partida presupuestaria correspondiente, según la naturaleza de los compromisos financieros.

CONCLUSIONES Del análisis de las observaciones derivadas del examen de la cuenta practicado a la Procuraduría del estado Falcón, se evidenciaron debilidades de control interno, que afectan el desarrollo propio del Órgano, toda vez, que en el manual de normas y procedimientos no se encuentran incluidos los diferentes pasos y acciones a seguir, en cuanto a las solicitudes para anticipos de prestaciones sociales se refiere; de las empresas prestadoras de bienes y servicios al órgano procurador, veinte (20) empresas no están inscritas en el Registro Nacional de Contratistas y por último, se constató error de imputación presupuestaria en la Partida 4.04.09.99.00 Obras máquinas, muebles y demás equipos de oficina y alojamiento. RECOMENDACIONES Aprobar los procedimientos necesarios para llevar a cabo la recepción de solicitudes ante la Unidad de Talento Humano sobre los anticipos de prestaciones sociales, a fin de normar los requisitos y pasos que deberá realizar la procuraduría. Elaborar los procedimientos y acciones correspondientes para llevar a cabo los anticipos de prestaciones sociales e incorporarlos al manual de normas y procedimientos de la Unidad de Talento Humano con su debida aprobación por la máxima autoridad, a fin de que los requisitos y operaciones a seguir para el manejo de estos recursos, estén normados. Velar que las empresas con quienes realizan los procedimientos de contratación se encuentren debidamente inscritos en el Registro Nacional de Contratistas, a fin de que se garantice la confiabilidad, legalidad y transparencia de las operaciones efectuadas; así como, las condiciones en las que el organismo compromete los recursos públicos. Garantizar que los pagos efectuados por concepto de adquisición de bienes se encuentren imputados por las partidas presupuestarias correspondientes, con la finalidad de que la ejecución presupuestaria refleje la situación real de los gastos incurridos por la Procuraduria.