TRÁMITES PARA EXPORTAR



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TRÁMITES PARA EXPORTAR El CENTRO INFORMACIÓN DE COMERCIO EXTERIOR Manizales, tiene como objetivo primordial brindar a los empresarios y publico en general apoyo y asesoría en los temas relacionados con el comercio exterior, a fin de promover la oferta exportable de Caldas. Nuestro horario de atención: lunes a viernes de 8 a.m. a 12 y de 2 pm. a 6:15 pm. A continuación encontrará los pasos básicos para realizar una exportación: La exportación de bienes y servicios, es la oportunidad de aprovechar los nuevos mercados, las capacidades productivas de la empresa y para disminuir la dependencia del mercado local para el aumento de la productividad y competitividad empresarial. La exportación como primer paso requiere de un análisis de viabilidad en la guía como preparar mi empresa para exportar encontrara la información necesaria. A continuación se relacionan los trámites y las entidades involucradas en el proceso de exportación: 1. CÁMARA DE COMERCIO La empresa debe estar registrada ante la Cámara de Comercio y dentro de su objeto social estar habilitada como exportadora. 2. REGISTRO COMO EXPORTADOR Con el Decreto 2788 de 2004, modificado por el Decreto 2645 de 2011 de Minhacienda, se reglamentó el Registro Único Tributario (RUT), el cual se constituye en el único mecanismo para identificar, ubicar y clasificar a los sujetos de obligaciones administradas y controladas por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN. Para adelantar actividades de exportación, se debe tramitar este registro, especificando dicha actividad. En todo caso, según el Estatuto Tributario si es persona natural, esta actividad es de régimen común. Para habilitarse como exportador debe diligenciar las casillas 55 con el número 1 si es exportador directo, 2 indirecto y 3 directo e indirecto y en la casilla 56, 1 si es exportador de bienes, 2 servicios y 3 bienes y servicios. 3. PROCEDIMIENTO DE VISTOS BUENOS Es importante que consulte si su producto requiere de vistos buenos y/o permisos previos para la autorización de la exportación. Estos deben ser tramitados antes de presentar la declaración de exportación (DEX) ante la DIAN. Algunos ejemplos: ICA (Sanidad animal y vegetal), INVIMA (Medicamentos, alimentos, productos cosméticos), Ministerio de Ambiente (Preservación fauna y flora silvestre),

Secretaría de Ambiente (Madera y semillas), INGEOMINAS (Piedras preciosas, esmeraldas y metales preciosos), Ministerio de Cultura (Arte, cultura y arqueología); algunos productos están sujetos a cuotas como el azúcar y la panela a Estados Unidos, o el banano y atún a la Unión Europea, entre otros. 4. PROCEDIMIENTO PARA CERTIFICADO DE ORIGEN 4.1. Solicitud de Determinación de Origen - Declaración Juramentada - DIAN El Certificado de origen, es el documento mediante el cual se acredita el origen de los productos colombianos con destino a la exportación, con el fin de acogerse a las preferencias arancelarias establecidas en los diferentes acuerdos comerciales suscritos por Colombia y a las preferencias unilaterales otorgadas en el marco del SGP. Si el comprador en el exterior exige el certificado de origen para obtener una preferencia arancelaria, el productor del bien a exportar, deberá diligenciar la declaración juramentada, por cada producto. Si el empresario es comercializador, debe ser autorizado por el productor. Procedimiento: 1. Diligencie electrónicamente la solicitud de la Declaración Juramentada de Origen a través de la web: www.dian.gov.co, en el siguiente link: Gestión Aduanera / salida de mercancías / certificados de origen / declaración juramentada y/o certificado. Para realizar este trámite hay dos opciones: a) Directamente obteniendo un Certificado o firma digital en: www.certicamara.com y/o www.gse.com.co b) A través de una agencia de aduanas y/o apoderado especial, a quien se les debe dar una autorización previa por la web de la DIAN y serán ellos los que elaborarán la Declaración Juramentada. 2. Ingrese y diligencie la declaración juramentada y posterior el certificado de origen en la página señalada anteriormente 3. Reclame el certificado de origen en las Direcciones Seccionales de Aduanas y/o de Impuestos y Aduanas a donde se direccionó el trámite. 4. Presente la factura que se anexó electrónicamente. Para los certificados de origen digitales es de carácter obligatorio anexar la factura escaneada al momento de la solicitud del trámite

5. Para la anulación de un certificado de origen se debe presentar solicitud escrita ante la Dirección Seccional de Aduanas y/o Impuestos y Aduanas donde se adelantó el trámite, anexando el original y copia del certificado de origen y si es un certificado digital se debe realizar vía correo electrónico. Requisitos: Perfil: Persona Natural y Jurídica Estar inscrito y/o autorizado en la página www.dian.gov.co Tener firma digital a través de alguna de las empresas autorizadas para tal fin u otorgar poder a una persona natural o jurídica que la posea para que en su nombre realice el trámite. Tener declaración juramentada de origen en donde el productor con fundamento en su objeto social del certificado de Cámara de Comercio (cultivo, explotación, levante, producción, manufactura, elaboración, fabricación, etc.) señala el cumplimiento del criterio de origen del producto a exportar, conforme lo establece cada acuerdo comercial. Ante la DIAN pueden actuar terceras personas a través de una autorización bajo el sistema DIAN y mandato o poder para efectuar el trámite. Los mandatos o poderes se deben remitir al correo mandatos-origen@dian.gov.co. Documentos Requeridos. Perfil: Persona Natural y Jurídica Factura original elaborada por el exportador donde se informa la cantidad, valor y peso neto de la mercancía a exportar. Formulario electrónico. Formato certificado de origen codificado según el país de destino. Para anulación: oficio dirigido a la oficina donde fue expedido el certificado de origen adjuntando original y copia del mismo. Señor Empresario tenga en cuenta lo siguiente: 1. Para realizar este trámite, se debe tener claridad sobre las normas de origen del país al cual se va a exportar 2. El criterio de origen tiene vigencia de dos (2) años a partir de su aprobación

CÓDIGOS PARA EL DILIGENCIAMIENTO ELECTRÓNICO DEL CERTIFICADO DE ORIGEN Código 250 Código 257 SGP: países de la Unión Europea, Europa Oriental y Japón PANAMÁ Código 252 Certificado origen no preferencial textiles Unión Europea Código 258 CHILE * Código 255 COMUNIDAD ANDINA y ALADI (Países de Latinoamérica incluyendo Cuba, excepto Argentina, Brasil, Uruguay). Código 256 GRUPO DE LOS TRES: Únicamente México * Estos documentos se hacen en forma electrónica no necesitan imprimirse. Código 271 CARICOM Código 273 CAN - MERCOSUR (Argentina, Brasil, Uruguay). Código 260 Terceros Países NOTA Para la expedición del certificado de origen para Canadá (Circular Externa 024 de 2011), Triángulo Norte de Centro América (Circular Externa 046 de 2009), Suiza, Islandia, Noruega y Liechtenstein ( Circular Externa 021 de 2011) y TLC USA (www.dian.gov.co), el documento soporte de origen lo elabora directamente el productor/exportador a través de autocertificación, es decir, no tiene validación por ninguna entidad estatal, se debe tener en cuenta las respectivas normas de origen y dar estricto cumplimiento. 6. PROCEDIMIENTOS ADUANEROS PARA DESPACHO ANTE LA DIAN Una vez tenga lista la mercancía y según el término de negociación - INCOTERMS - utilizado y si es el caso, utilice un agente de carga (vía aérea) o agente marítimo para la contratación del transporte internacional. Diríjase a la DIAN Aeropuerto para solicitar clave de acceso al Sistema Muisca para que diligencie la solicitud de autorización de embarque. Si su exportación es superior a USD $10.000 debe realizar este procedimiento a través de una AGENCIA DE ADUANAS, que esté autorizada por la DIAN. Este trámite debe hacerse ante la Administración de Aduanas por donde se va a despachar la mercancía, anexando los siguientes documentos:

Factura comercial Lista de empaque (si se requiere) Registros sanitarios o vistos buenos (sí lo requiere el producto) Documento de transporte Otros documentos exigidos para el producto a exportar Una vez presentados los documentos e incorporados al sistema informático aduanero, este determina si se requiere inspección física o documental, la cual se hace en las bodegas del puerto de salida, la aerolínea o en el lugar habilitado por la DIAN. Terminada esta diligencia y si todo está bien, la mercancía puede ser embarcada y despachada al exterior. Hecha esta operación y certificado el embarque por la empresa de transporte, la solicitud de autorización de embarque se convierte en Declaración de Exportación DEX. 7. MEDIOS DE PAGO El mercado financiero le da más de una opción para asegurar el pago de sus exportaciones. Claro, no sobra que investigue un poco acerca de su comprador en el exterior, pero de todos modos, acuda a los instrumentos que le ofrecen estas entidades para que no vaya a perder su dinero. Los medios de pago internacionales, aquellos que se emplean para pagar operaciones en el exterior, tienen un acceso y un manejo más sencillo de lo que usted cree. Muy probablemente ha oído hablar de giros directos, cobranzas y cartas de crédito. Pues bien, todos estos son medios de pago internacionales. Cada uno de ellos tiene sus particularidades, sus ventajas y desventajas y es importante que usted, como actor del comercio exterior, tenga conocimiento de ellas para que pueda decidir cuál le favorece más de acuerdo con una serie de criterios que debe analizar como el tamaño del negocio que va a realizar, la confianza que le tenga a su cliente, si le quiere dar financiación o no, y el riesgo que está dispuesto a correr en su operación ASEGÚRESE! Conozca los instrumentos de pago internacional que se generen de las ventas de exportación, para lo cual, BANCOLDEX, ofrece servicios de: Aviso y Confirmación de cartas de crédito de exportación, manejo de cobranzas documentarias, emisión de garantías bancarias, gestión de órdenes de pago, compra de documentos y compra/venta de divisas sobre las operaciones de comercio exterior; al igual que las líneas de financiamiento al comprador de producto colombiano.

Requiere información adicional?: contacte a la línea de servicio al cliente Multicontacto BANCOLDEX. Bogotá: (57) (1) 6497100 Otras Ciudades: 01 8000 91 5300. Igualmente, señor empresario, para que se ilustre un poco más sobre este tema, le recomendamos estudiar el Asesor Gerencial en Negociación Internacional realizado por Bancoldex. La ruta es: 1. www.bancoldex.com.co 2. Comercio Exterior 3. Asesor Gerencial en Negociación Internacional 8. PROCEDIMIENTOS CAMBIARIOS (REINTEGRO DE DIVISAS) Toda exportación genera la obligación de reintegrar las divisas a través de los intermediarios cambiarios (Bancos comerciales y demás entidades financieras) por tanto los exportadores deben efectuar la venta de las divisas a estos intermediarios, para lo cual se debe reclamar y diligenciar ante el banco la declaración de cambio No.2. 9. EXPORTACION DE MUESTRAS SIN VALOR COMERCIAL Todo producto que se exporte por esta modalidad debe cumplir con las normas sanitarias o vistos buenos pertinentes, en caso de requerirse. Los requisitos para utilizar este tipo de exportación son: Elaboración de factura comercial o factura proforma, indicando el valor para efectos aduaneros y cantidad. Certificado de origen si es exigido por el comprador en el exterior. Diligenciamiento de la Declaración Simplificada de Exportación (Cód. 610) en la oficina de la DIAN por donde se va a despachar la mercancía (esto se hace a través del sistema electrónico de la DIAN) NOTA: Existen algunos productos que no se pueden exportar por este régimen. Para consultar el listado, vea el Estatuto Aduanero (Dec. 2685/99). Cada exportador tiene un cupo de USD $10.000 anuales bajo esta modalidad. Señor empresario, tenga en cuenta que los documentos de la exportación se deben conservar por 5 años después de realizada la exportación.