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POR LA SOBERANÍA POPULAR Gorriti 47 - Tel. (0388) 4239200 - Fax (0388) 4239288-4239248 - 4239285-4239251 - 4600 S. S. de Jujuy San Salvador de Jujuy,14 de julio de 2015 Al Señor Presidente de la. Dr. GUILLERMO JENEFES.- SU DESPACHO Tengo el agrado de dirigirme a Ud., con el objeto de solicitar tenga a bien disponer, de acuerdo al Reglamento de la Legislatura de Jujuy, dar entrada al siguiente Proyecto de Ley: DE ADHESIÓN A LA LEY NACIONAL N 26.987 -BOMBEROS VOLUNTARIOS- LEY 25.054. MODIFICACIÓN, que se adjunta con la presente, compuesto de cuatro (4) fojas útiles, (incluyendo antecedentes y nota de presentación) para ser tratado en la próxima Sesión Ordinaria. con atenta consideración. Sin otro particular aprovecho la oportunidad para saludarlo a Ud. PODER LEGISLATIVO PROVINCIA DE JUJUY JSALALEITGN VICEPRESIDENTE DIPUTADA (PROVINCIAL BUX3UE UMDQS Y ORGANIZADOS RMAN NORO - Organizados BLOQUE UNIDOS Y ORGANIZADOS

POR LA SOBERANÍA POPULAR Gorriti 47 - Tel. (0388) 4239200 - Fax (0388) 4239288-4239248 - 4239235-4239251 - 4600 S. S. de Jujuy PROYECTO DE LEY FUNDAMENTOS Señor Presidente: En Argentina se celebra, corno Día Nacional del Bombero Voluntario, el día 2 de junio. Bomberos voluntarios, una deuda pendiente del Estado provincial Jujuy es una de las pocas provincias que no está adherida a la Ley Nacional N 25.054 de "Bomberos Voluntarios", y sus modificaciones, aprobada el miércoles 17 de setiembre del año 2014 por el Honorable Senado de la Nación. Esta iniciativa fue aprobada, por una unanimidad y sin debate, con el voto de 56 senadores y con el sonido de fondo de sirenas de las autobombas estacionadas en la Plaza de los Congresos. En todo el país se festejó la aprobación de la norma; en Jujuy muchos cuerpos de bomberos voluntarios comenzaron a bregar para que la provincia se adhiera. En la norma nacional se reconoce el carácter de servicio público, por lo tanto debe tener la protección tanto del Estado nacional corno provincial. Además se conforma el Sistema Nacional de Bomberos Voluntarios (SNBV), para gozar de los beneficios que se derivan del sistema. Entre otros beneficios, están a disposición los planes de formación y capacitación, y se otorga ayuda económica inmediata en caso de accidente o muerte del bombero voluntario en ocasión del siniestro. Además se autoriza para que la Unidad de Gestión pueda llevar adelante el recupero legal ante terceros civilmente responsables. Lo más importante es que se crea un fondo nacional para las distintas acciones que llevan a cabo los Bomberos voluntarios de todo el país. A través de un subsidio que surge de la contribución obligatoria de un porcentaje mínimo sobre las pólizas, otorgado a las asociaciones integrantes del sistema bomben! voluntario de la

Gorriti 47 - Tel. (03SS) 4239200 - fax (0388) 4239288-4239248 - 4239285-4239251 - 46QO S. S. de Jujuy República Argentina, se formará con una contribución obligatoria del cinco por mil de las primas de seguros excepto las del ramo vida, a cargo de las aseguradoras. Por lo tanto, el setenta y ocho por ciento (78 %) deberá distribuirse por partes iguales entre las entidades de primer grado, con destino exclusivo a la adquisición de materiales, equipos de vestuarios y demás elementos destinados a la lucha contra el fuego y la protección civil de la población, como así también a la conservación y mantenimiento en perfecto estado y condiciones de uso de los mismos. El doce por ciento (12 %) deberá distribuirse entre las federaciones provinciales de asociaciones de bomberos voluntarios que integren el Consejo de Federaciones de Bomberos Voluntarios de la República Argentina, en forma proporcional según sus afiliadas, con destino a: un seis por ciento (6 %) del total a inversiones necesarias para su funcionamiento y un seis por ciento (6 %) del total a gastos de sus escuelas de capacitación. El seis por ciento (6 %) será destinado al Consejo de Federaciones de Bomberos Voluntarios de la República Argentina, con destino exclusivo a la Academia Nacional de Capacitación de Bomberos Voluntarios. También se crea el Registro Único de Bomberos Argentinos (RUBA), el cual deberá recopilar y administrar información relacionada con los recursos humanos, materiales y servicios prestados por el Sistema Nacional de Bomberos Voluntarios. La Adhesión de la provincia a esta norma nacional, podría significar un gran avance para esta actividad voluntariado en toda la provincia, atendiendo a que existen al menos 30 cuerpos de bomberos en toda la provincia, cuya única misión es salvar vidas.

Goniti 47 - Tel. (0388) 4239200 - Fax (0388) 4239288-4239248 - 4239285-4239251 - 4600 S. S. de Jujuy LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE JUJUY SANCIONA EL SIGUIENTE PROYECTO DE LEY N... DE ADHESIÓN A LA LEY NACIONAL N 26.987 -BOMBEROS VOLUNTARIOS- LEY 25.054. MODIFICACIÓN ARTICULO 1 : Adhiérase la Provincia de Jujuy a la Ley Nacional 26.987 Bomberos Voluntarios Y la modificación de ley 25.054 ARTICULO 2 : De Forma 1 Firma^ífiton GERMÁN MORO - foque Unidos $ Organizados MAMANI DIPUTADA PROVINCIAL BLOQUE UNIDOS Y ORGANIZADOS

ENVIÓ EXPEDIENTE - MESA DE E. PARLAMENTARIA Expte A Fojas Forma 869-DP-15 SALA DE LAS COMISIONES 5 PROYECTO DE LEY Enviado por MASTRANDREA, SILVIA ADRIANA el 28/07/2015 a las 09:49:10 SlUJu - SISTEMA INFORMÁTICO - Pg. 25/28