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Transcripción:

Hasta el año 2011 Cn 1988: Reconoce a la mujer sus derechos y deberes como persona, con autonomía y con capacidad para participar en el pleno desarrollo de la sociedad. 2008: Se tipifica la VIF y VD en el Código Penal. Año 2012 Aprobación de la Ley No. 779. Ley Integral contra la Violencia hacia las mujeres y de Reformas a la Ley No. 641, Código Penal

Análisis de Situación La violencia intrafamiliar y sexual en Nicaragua es un grave problema de salud publica, seguridad ciudadana y derechos humanos. Del 2006 al 2011 las denuncias se incrementaron en 55% (21,604-33,535 denuncias). Según el IML la tasa anual de VIFS del 2011 es 577 por 100,000 hab. denuncias El 80% de las víctimas de VIFS son del sexo femenino. El 79% de las víctimas mujeres de VIF tienen entre 18 y 40 años.

El 88% de las denuncias por VIFS fueron consideradas faltas. Los daño y las secuelas que deja la violencia demandan medidas de protección para las víctimas. La práctica de múltiples interrogatorios favorece la victimización secundaria y el desistimiento de la víctima para continuar el proceso. Procesos centrados en las instituciones, aplicando sus modelos y procesos particulares. Dispersión en los registros estadísticos con criterios, variables y conceptos sobre la violencia no armonizados. Existe tolerancia social que justifica la violencia.

Conformación y funcionamiento del Comité Técnico de Violencia del Sistema de Justicia integrado por: CSJ, IML, Defensoría, MP, CMN de la PN, MINSA y PEM de la PDDH. Acuerdo de Coordinación Interinstitucional para mejorar la atención a las mujeres, niños, niñas y adolescentes víctimas de violencia de género.

Acuerdos Interinstitucionales Reuniones de comisión mensuales y trimestrales. Comisión Política Comisión Técnica Búsqueda conjunta de respuesta.

Acciones Realizadas 1760 funcionarios del sistema de justicia: Postgrado VIF y trata de personas Sensibilización sobre Género a operadores de justicia Validación del proyecto de ley a nivel nacional Propuesta de Ley contra la violencia hacia las mujeres, instituciones del sector justicia y el Mov MEC Elaboración y aprobación del MAI

Pilotaje en el Distrito 2 y 5 de Managua y en Bilwi, el MAI ajustado a las necesidades de protección de las víctimas y ajuste de actuaciones policial, fiscal y judicial. Su objetivo es Contribuir al efectivo acceso a la justicia de las mujeres, niñas, niños y adolescentes para alcanzar la restitución de su derecho a vivir con dignidad y libre de violencia. 2010 Y 2011: ELABORACIÓN Y APROBACIÓN DE UN MODELO DE ATENCIÓN INTEGRAL (MAI) POR PARTE DE LAS INSTITUCIONES INVOLUCRADAS. Objetivo: Hacer un abordaje centrado en la víctima y en su situación, aplicando las normas de investigación, persecución y sanción penal, superando el uso de prácticas discriminatorias y prejuicios. Tiene incorporado los ejes de Genero, Generacional, Interculturalidad y de Derechos Humanos, promoviendo una ccoordinación efectiva y asertiva de las instancias que integran el MAI.

Beneficios del MAI Atención centrada en las víctimas de VIF y VS. Cambio en la percepción de la violencia con enfoque de género, generacional, intercultural y de derechos humanos. Coordinación efectiva y asertiva de las instancias que integran el MAI. Entrevista única. Incorporación de la imagen traumática y las lesiones psíquicas como elementos de prueba. Disminución de la impunidad y victimización secundaria. Mayor especialización de las instituciones y del personal que aplica el MAI.

Beneficios del MAI Sistema de información y estadísticas armonizado e integrado. Operatividad del Título III De las medidas de atención, protección, sanción, precautelares y cautelares de la Ley Integral de Lucha Contra La Violencia hacia Las Mujeres. Agiliza y simplifica los procesos de investigación de los delitos de VIFS. Efectividad en el uso del tiempo y cumplimiento de los procedimientos legales. Relación costo/beneficio positiva para las víctimas y las instituciones. Contribuye a la recuperación de las victimas y resarcimiento efectivo de sus derechos humanos. Genera confianza en el sistema de justicia.

Diagnóstico de Género del PJ y Políticas de género, incorporar la Perspectiva de Género en la administración de Justicia 2010 se aprobó la Política de Género. Campañas de sensibilización e información a mujeres sobre sus derechos y servicios que se brindan gratuitamente Revisaron las Normas y Protocolos para la actuación de funcionarias y funcionarios del Sistema de justicia. Coordinación interinstitucional para analizar la situación en la búsqueda de soluciones Nombramiento de nuevas psicólogas, medicas médicos forenses, a quienes se les ha capacitado de forma especializada en violencia de género con énfasis en psicotraumatologìa y técnica del relato como evidencia científica. Implementación de medidas y acciones en materia de prevención y atención a las víctimas de violencia, así como la sanción a los victimarios fortalecimiento de las instituciones del Sector Justicia, a través de la formación y capacitación especializada Incorporación de la perspectiva de género en el plan de formación para las vacantes en las distintas judicaturas. Post grado de Violencia de género: Intrafamiliar, Sexual y Trata de personas en el que se capacita y sensibiliza a mas de un mil setecientos funcionarios del sector justicia 2011: Se presentó una iniciativa de Ley de parte del Poder Judicial y otro que fue presentado por el Movimiento de Mujeres María Elena Cuadra, que fusionados dieron origen a la Ley Integral contra la Violencia hacia la Mujer conocida como Ley 779.

Elaboración del Proyecto de Ley Comisión Política Comisión Técnica

Marco Jurídico Legal ( Fundamental) Declaración Universal de Derechos Humanos Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer (CEDAW). 1981 Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia Contra la Mujer Belem do Pará (1994) Conferencia Internacional sobre Población y Desarrollo CIPD (1994) Convención Americana sobre Derechos Humanos Convención sobre los Derechos del Niño Conferencia sobre la Mujer Beijing Segunda Conferencia Mundial sobre Derechos Humanos Viena (1993) Programa de Acción de Viena Resolución 1325 del Consejo de Seguridad Resolución 5286 de Naciones Unidas

Marco Jurídico Legal ( Fundamental) Constitución Política de Nicaragua. Código Penal (2007) Código Procesal( 2001) Ley No. 779, Ley Integral Contra la Violencia hacia las Mujeres y de Reformas a la Ley No. 641 Código Penal. Ley Orgánica de la Policía Nacional 1992. Reglamento 1996 y Decreto que eleva a categoría de Dirección a las CMN. Ley Orgánica del Poder Judicial (1998) Ley 287 Código de la Niñez y la Adolescencia (1998) Ley 212 creadora de Procuraduría para la Defensa de los Derechos Humanos (1996) Ley orgánica del INIM(1993) Ley 423, Ley General de Salud (2002) y su Reglamento Ley 623 Ley Responsabilidad Paterna y Materna (2007) Ley 648 de Igual de Derechos y Oportunidades (2008) Ley de control y regulación de Armas ( 2009) Código de Familia aprobado en lo general 2012 Iniciativa de Ley de Salud Sexual y Salud Reproductiva Ley Orgánica del Ministerio Público( 2001) y su Reglamento

Marco Jurídico Legal ( Fundamental) Declaración Universal de Derechos Humanos Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer (CEDAW). 1981 Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia Contra la Mujer Belem do Pará (1994) Conferencia Internacional sobre Población y Desarrollo CIPD (1994) Convención Americana sobre Derechos Humanos Convención sobre los Derechos del Niño Conferencia sobre la Mujer Beijing Segunda Conferencia Mundial sobre Derechos Humanos Viena (1993) Programa de Acción de Viena Resolución 1325 del Consejo de Seguridad Resolución 5286 de Naciones Unidas

El Estado hoy reconoce en sus leyes y políticas que la violencia hacia la mujer es: Una violación y de derechos humanos. Una forma de discriminación. Por tanto era necesario una respuesta integral, coherente y sistemática que proteja y tutele el derecho de las mujeres a una vida libre de violencia.

Capacitación Ley No. 779. Ley Integral contra la violencia hacia las mujeres y de reformas a la Ley No. 641 Código Penal.selección y nombramiento de juezas y jueces especializados Campañas de sensibilización e información a mujeres sobre sus derechos y servicios que gratuitamente se brindan Plan Estratégico 2012-2021 del Poder Judicial Coordinación interinstitucional para analizar la situación en la búsqueda de soluciones Nombramiento de nuevas psicólogas, medicas médicos forenses, a quienes se les ha capacitado de forma especializada en violencia de género con énfasis en psicotraumatologìa y técnica del relato como evidencia científica. 2012: Aprobación de Ley 779. Implementación de medidas y acciones en materia de prevención, atención a las víctimas de violencia, así como la sanción a los victimarios fortalecimiento de las instituciones del Sector Justicia, a través de la formación y capacitación especializada Para llenar las vacantes en las distintas judicaturas se ha venido incorporando la perspectiva de género Post grado de Violencia de género: Intrafamiliar, Sexual y Trata de personas en el que se capacita y sensibiliza a mas de un mil setecientos funcionarios del sector justicia

Creación de la Comisión Nacional InterinstitucionaI de lucha contra la violencia hacia la mujer Creación de Juzgados Especializados en Violencia y equipos interdisciplinarios. Funcionarios seleccionados a través de los concursos de oposición en los que ya se incorpora la perspectiva de género Elaborar Política de prevención, atención y protección a mujeres víctimas de violencia 15 Juzgados especializados en violencia, 3 Magistrados (una de ella mujer) especializados en violencia en Managua.

Febrero del 2012: Aprobación de la Ley No.779. Ley Integral Contra la violencia hacia las mujeres y de reformas a Ley No. 641 Código Penal, -Asamblea Nacional-Ley 779, conceptualizan la violencia de forma más amplia que la establecida en el Código Penal, referida a dos tipos de violencia doméstica y violencia sexual Política de Estado de lucha Contra la violencia hacia las mujeres y de reformas a Ley No. 641 Código Penal. Nuevos delitos establecidos Femicidio, Violencia en el ejercicio de la función pública contra la mujer, Violencia patrimonial y económica, Violencia laboral y Misoginia. Establece que se diseñe y apruebe una política de prevención, atención y sanción de la violencia, y su plan de acción. El sujeto protegido es la mujer. Plan Nacional de Acción contra la violencia hacia las mujeres, niñas, niños y adolescentes (2014 2018).

Comisión Nacional Interinstitucional de lucha contra la violencia hacia las mujeres CMN MP Defensoría IML CSJ Procuraduria Especial de la Mujer

La política de Estado, sus objetivo: 1. Prevención de la violencia: Educación en valores para la promoción de relaciones igualitarias y de respeto de derechos entre mujeres y hombres. 2. Comunicación incluyente y con perspectiva de género que contribuya con la promoción de una cultura de paz y de una vida sin violencia, en la que se elimine el uso de mensajes violentos, discriminatorios, sexistas y excluyentes.

3. Conocimiento sobre la situación de la violencia hacia la mujer, factores de origen, reproducción y consecuencias de la misma. Coordinación intersectorial y fortalecimiento de capacidades en organizaciones comunitarias y de la sociedad organizada. 2. Fortalecimiento de la atención articulada Elevar la calidad de los servicios de atención a víctimas de violencia hacia las mujeres, niñas, niños y adolescentes, creando o fortaleciendo las capacidades y habilidades de los recursos humanos de las instituciones.

Fortalecimiento del Modelo de Atención Integral. mejorar el acceso de las víctimas a la justicia, la atención en salud priorizando a los municipios y localidades con mayores índices de violencia. Garantizar la restitución de derechos y resarcimiento a las mujeres, niñas, niños y adolescentes víctimas de violencia. Acceso a Programas que fortalezcan la autonomía, el derecho a la vida, seguridad ciudadana, económica y patrimonial de mujeres niñas y niños; y rehabilitación a los agresores (desaprendizaje de la violencia).

Promoción del acceso a servicios que aseguren la protección de los Derechos de forma rápida, transparente y eficaz. 3. 4. Sistema nacional de información, seguimiento y evaluación continua sustentada en evidencia

En Nicaragua existen menos muertes violentas de mujeres que en otros países de la región, sin embargo existe una preocupación del Estado de Nicaragua por su creciente aumento, especialmente a partir del año 2003.

Por su atención