CIRCULAR GERENCIA NACIONAL DE SALUD Y GERENCIA DE RELACIONES HUMANAS. PÓLIZA COLECTIVA DE SALUD MÉDICA FAMILIAR BOLÍVAR



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CIRCULAR PARA: DE: TODOS LOS EJECUTIVOS DE LA COMPAÑÍA. GERENCIA NACIONAL DE SALUD Y GERENCIA DE RELACIONES HUMANAS. FECHA: BOGOTÁ D.C., ABRIL 28 DE 2014 REF: PÓLIZA COLECTIVA DE SALUD MÉDICA FAMILIAR BOLÍVAR Nos permitimos informarles las condiciones de renovación para la póliza colectiva de salud que ampara a los ejecutivos de Seguros Bolívar como a sus dependientes familiares, para el período Mayo 1 de 2014 a Mayo 1 de 2015. La presente circular se encuentra estructurada en los siguientes capítulos: CAPITULO I Principales cambios de la póliza para la nueva vigencia CAPÍTULO II Coberturas Básicas y Valores asegurados CAPÍTULO III Anexos : Consulta Externa Familiar Urgencias durante viaje al exterior CAPÍTULO IV Listado de Instituciones Hospitalarias que no aplican para asegurados de la opción A. CAPÍTULO V Posibles novedades a partir de la presente renovación y tarifas. CAPÍTULO VI Guía de utilización de su póliza Médica Bolívar Cordial saludo, David Otero Bahamon Gerente Nacional de Salud Beatriz Gonzalez Gerente Relaciones Humanas Andres Verhelst Gerente Seguros Especiales

CAPITULO I PRINCIPALES CAMBIOS PARA LA NUEVA VIGENCIA MAYO 1º DE 2014 A MAYO 1º DE 2015 1. Incremento del valor asegurado en el 5% excepto el valor asegurado global el cual continua en $1,000,000,000 por asegurado/vigencia. 2. Deducible de urgencias se incrementa de $52,000 a $54,000 3. Se incrementa el límite de valor asegurado para el amparo de consulta externa: Asegurados de la Opción A y B: Valor asegurado se incrementa en el 10% pasando de $200,000 a $220,000 vigencia/persona. Asegurados de la Opción C: Valor asegurado se incrementa en el 5% pasando de $420,000 a $441,000 vigencia/persona. 4. Deducible consulta externa: Médico general y especialista: $19,000 Laboratorio clínico y terapias 20% mínimo $19,000 5. Se incrementa el valor asegurado a $415,000 para cubrir los exámenes de laboratorio clínico para nuestras aseguradas que se encuentren en estado de embarazo. Lo anterior con el fin de no afectar el disponible del anexo de consulta externa. Requisito: Orden Médica con diagnóstico de embarazo. Acceso: Carta de compromiso de pago o por reembolso. Adicional a los puntos anteriores, les recordamos las condiciones particulares pactadas en la póliza colectiva de salud: 1. El amparo de Consulta Externa Familiar incluye los servicios de Consulta Nutricionista y Optometría. Para estos dos servicios el asegurado no cancela deducible, el valor de la consulta se descuenta del valor asegurado disponible. 2. Cobertura Hospitalaria para el Síndrome de Inmunodeficiencia Adquirida SIDA por un tiempo máximo de dos (2) años contados a partir de la fecha del diagnóstico. Quiere decir que nuestra póliza otorga cobertura Hospitalaria y Tratamiento Médico Ambulatorio para el Sida hasta dos (2) años contados a partir de la fecha del diagnóstico. 3. Se modificó el tiempo de cobertura de dos (2) años a ilimitado para el Tratamiento Médico Ambulatorio de las siguientes enfermedades, excepto SIDA el cual continúa limitado a dos (2) años y se incluye la Enfermedad Pulmonar Obstructiva Crónica (EPOC):

ENFERMEDAD -Aplasia Medular -Insuficiencia Renal Aguda Crónica -Lupus Eritematoso Sistémico -Cáncer -Trasplantes -Sida Cubierto por la Póliza (Limitado a dos años) -Enfermedad Pulmonar Obstructiva Crónica EPOC 4. Para las Terapias amparadas bajo el anexo de consulta externa se aplicará un deducible del 20% mínimo $19,000 sobre el número total de sesiones de terapia indicadas en la orden médica. (No aplica para terapia ocupacional) 5. El anexo de Consulta Externa Familiar incluye las siguientes terapias: -Terapias físicas -Terapias respiratorias -Terapias de Lenguaje -Ortóptica -Ocupacional (sin deducible) Deducible 20% mínimo $19,000 por orden médica. 6. Los siguientes exámenes de laboratorio Clínico, se encuentran cubiertos por los amparos básicos y no por el anexo de consulta externa familiar: TIPO DE EXAMEN - Antígeno de Cáncer de mama CA 15-3 - Antígeno de Cáncer de Tubo Digestivo CA 19-9 - Antígeno de Cáncer 72-4 - Antígeno de Cáncer de Ovario CA 125 - Pirilinks Pirinidolina - Sarampión Anticuerpos IgM - Varicela Anticuerpos IgG - Varicela Anticuerpos IgM - Dengue IgM - Epstein Barr - Gases Arteriales - Prueba de aliento Helicobacter - Carga Viral Hepatitis B - Carga Viral Hepatitis C - Carga Viral VIH

- Hormona de Crecimiento - Hormona de Crecimiento pre y postclondina - Hormona de Crecimiento pre y postglucosa - Hormana de Crecimiento pre y postejercicio - Hormona de Crecimiento pre y postinsulina - HLA B27 Estudios de Histocompatibilidad - Homocisteina - Proteina S y Proteina C - Anticuerpos de Receptores muscarinicos - Anticuerpos anti músculo estriado - Anticuerpos anti músculo liso - Anticuerpos anti acetilcolina 7. Aquellas aseguradas que tengan derecho a la cobertura de Maternidad y no deseen tener más hijos, tendrán derecho a que en el Post-parto inmediato o dentro de la cesárea se le realice el Pomeroy o Ligadura de Trompas. 8. Funcionario y dos progenitores: En caso de fallecer uno de los progenitores, se permite incluir un familiar dependiente joven (Cónyuge o hijo menor de 25 años de edad). 9. No aplica el deducible de urgencias cuando el paciente asegurado es remitido al servicio de urgencias por nuestro médico domiciliario. 10. Se incluye dentro del anexo de Consulta Externa Familiar la Terapia Ocupacional sin deducible. 11. Se otorga cobertura de enfermedades congénitas para todos los bebés que hayan nacido dentro de la póliza colectiva de salud de Seguros Bolívar sin limitación de tiempo y hasta el valor asegurado global. De acuerdo con las Condiciones Generales del contrato de Seguro de la Póliza Colectiva de salud Médica Familiar Bolívar para los ejecutivos de Seguros Bolívar, se permite asegurar los hijos solteros hasta el día que cumplan veinticinco (25) años de edad, siempre y cuando, conserven hasta esa edad el estado civil de solteros. De acuerdo con lo anterior, nos permitimos informarles que aquellos funcionarios que tengan asegurados dentro de su grupo familiar hijos mayores de 25 años de edad, serán excluidos a partir del 1 de junio del año 2014. Pensando en la antigüedad alcanzada por estos asegurados en la póliza colectiva de salud y con el fin de que no pierdan el beneficio de antigüedad y continuidad, les informamos que actualmente existe una póliza colectiva de salud Médica Familiar Bolívar, de acuerdo con las siguientes características: A. Vigencia: Mayo 1 de 2014 a Mayo 1 de 2015

B. Producto: Colectiva de salud Médica Familiar Bolívar C. Las coberturas de amparos básicos y valores asegurados corresponde a los mismos contratados bajo la colectiva de salud de los ejecutivos. D. Consulta Externa Familiar $220,000 E. Grupo asegurable: Hijos de ejecutivos asegurados que cumplieron los 25 años de edad bajo la colectiva de salud. F. Edad de permanencia bajo esta nueva póliza colectiva de salud 35 años de edad. G. Sobre esta póliza colectiva de salud, la Compañía no otorga beneficio económico, quedando a cargo del ejecutivo el 100% de la prima. H. Las tarifas calculadas para este grupo asegurable corresponden a tarifas preferenciales diferentes a las de la póliza individual Médica familiar Bolívar. I. La prima mensual por cada hijo es de: Sin Urgencias durante viaje al exterior Prima mensual sin IVA : $ 144,000 Con Urgencias durante viaje al exterior Prima mensual sin IVA : $ 148,000 J. Para efectos de trasladar a los hijos que se encuentran actualmente en la póliza colectiva de salud, solicitamos gentilmente nos informen a través de conexión y mediante la Hoja de Servicio PH-125 el traslado del asegurado de la actual póliza colectiva de salud a la nueva póliza colectiva de salud para Hijos mayores de 25 años de edad.

NOTA 1. TODA SOLICITUD DE SERVICIO, SOLICITUD DE AFILIACIÓN, DECLARACIÓN DE ASEGURABILIDAD DEBERÁ ENVIARSE A CONEXIÓN EN LA SUCURSAL CORREDORES BOGOTÁ CRA 7 No. 71-52 PISO 3 ANTES DEL 31 DE MAYO DE 2014, ESTAS DEBERÁN VENIR DEBIDAMENTE DILIGENCIADAS Y FIRMADAS POR EL FUNCIONARIO. 2. LA PAPELERÍA QUE SE REQUIERA PARA LA AFILIACIÓN O MODIFICACIÓN, LA PODRÁ SOLICITAR EN: DEPARTAMENTO DE CONEXION, SUCURSAL CORREDORES BOGOTÁ DE SEGUROS BOLÌVAR DEPARTAMENTO DE COMPENSACIÓN Y BENEFICIOS (TSB) EN EL CENTRO DE ATENCIÓN DE VENTAS C.A.V. DE SU LOCALIDAD. 3. Para aquellos ejecutivos no asegurados actualmente en la póliza colectiva de salud y que se encuentren actualmente asegurados bajo otro contrato de seguro de salud o contrato de medicina prepagada y deseen asegurase en la póliza de salud con Seguros Bolívar, recomendamos que antes de cancelar el contrato con la otra Compañía, verifiquen las condiciones de aceptación por parte de Seguros Bolívar respecto a las preexistencias (eventos anteriores a la fecha de inicio de vigencia con Seguros Bolívar). Es importante tener en cuenta que Seguros Bolívar otorga: A) antigüedad sobre eventos no conocidos desde la fecha de inicio de vigencia del contrato de seguro de salud o contrato de medicina prepagada anterior. B) No aplican períodos de carencia. C) Respecto a los eventos conocidos anteriores a la fecha de inicio de vigencia del seguro con Seguros Bolívar los cuales deben ser declarados en la declaración de asegurabilidad, serán estudiados por nuestro médico suscriptor con el fin de definir si se otorga continuidad o se genera exclusión de preexistencias. Para efectos de lo anterior no debe existir discontinuidad de vigencia entre la fecha de terminación del contrato de seguro o de medicina prepagada con la fecha de inicio de vigencia de la póliza con Seguros Bolívar.

CAPITULO II PÓLIZA COLECTIVA DE SALUD MÉDICA FAMILIAR BOLÍVAR COBERTURAS BÁSICAS Y VALORES ASEGURADOS (Aplican las condiciones generales del producto colectivo Médica Familiar ) 1. Valor asegurado por persona y por vigencia anual de $1,000,000,000 para cualquier opción y de acuerdo con la tabla de cobertura indicada a continuación: Este valor asegurado se irá disminuyendo de acuerdo con los pagos de las indemnizaciones que efectué la Compañía durante la vigencia anual de la póliza sujeto a que sus costos sean usuales, acostumbrados y médicamente necesarios, según la siguiente definición: 1.1.COSTO USUAL Y ACOSTUMBRADO: Es el valor que la Compañía reconoce a los profesionales e instituciones de su Red de Proveedores en el territorio nacional, por un servicio médico igual o similar al prestado al asegurado. 1.2. GASTO MÉDICAMENTE NECESARIO: Es el prescrito por un profesional médico para el diagnóstico y tratamiento de la enfermedad del asegurado, el cual no debe exceder en alcance, duración e intensidad el nivel de cuidado necesario para proporcionar un diagnóstico o tratamiento seguro y apropiado y, además, debe ser consistente con las normas profesionales aceptadas por la comunidad médica. Al decir "no exceder en alcance, duración e intensidad", se hace referencia a la racionalidad, pertinencia y buen uso de la tecnología y del recurso humano con que cuenta la comunidad médica de la zona de referencia, relacionando cada caso en particular con las posibilidades diagnósticas y terapéuticas tradicionalmente aceptadas por el cuerpo médico, teniendo en claro que exista un beneficio real en la recuperación funcional que va a obtener el asegurado con los procedimientos o tratamientos realizados.

TABLA DE COBERTURA COLECTIVA MEDICA FAMILIAR BOLIVAR C O B E R T U R A VALOR ASEGURADO $ 1,000,000,000 GASTOS HOSPITALARIOS CONCEPTOS CON LÍMITE LÍMITE ($) Urgencias- Deducible por atención 54,000 Transporte aéreo de emergencia 27,563,000 Prótesis y aparatos ortopédicos 91,949,000 Terapias Sesión 61,000 HONORARIOS MÉDICOS Honorarios médicos por tratamiento hospitalario no quirúrgico Límite por visita 225,000 Límite diario 320,000 AMPLIACIONES A LA COBERTURA Para transplantes, obtención y transporte de órganos 73,559,000 Para tratamientos de rehabilitación 29,768,000 ANEXO LÍMITE ASEGURADOS BAJO LA OPCIÒN A Y B CONSULTA EXTERNA FAMILIAR 220,000 Deducible por consulta medica 19,000 Deducible por orden de laboratorio 20% Deducible mínimo por orden de laboratorio 19,000 ASEGURADOS BAJO LA OPCIÒN C CONSULTA EXTERNA FAMILIAR 441,000 Deducible por consulta médica Deducible por orden de laboratorio Deducible mínimo por orden de laboratorio 19,000 20% 19,000

URGENCIAS DURANTE VIAJE AL EXTERIOR UNICAMENTE PARA LOS ASEGURADOS DE LA OPCIÒN C Límite asegurado por evento US$ 25,000 Para países de la comunidad europea 30,000 Deducible a cargo del asegurado por evento US$ 100 Duración cobertura en el exterior 90 días contados Desde el primer día de salida del asegurado del país. 2.Conceptos de Cobertura: 2.1. Habitación Hospitalaria Comprende: Pensión diaria, que incluye habitación privada, dieta alimenticia, llamadas telefónicas locales, alquiler de televisión, servicio general de enfermería y cama de acompañante. 2.2. Unidad de Cuidado Intensivo 2.3. Gastos Hospitalarios -Gastos dentro de la Hospitalización Gastos del asegurado mientras éste permanezca hospitalizado por un tratamiento médico o ingrese a una institución hospitalaria para tratamiento quirúrgico hospitalario o ambulatorio, siempre y cuando se suministren durante y como consecuencia directa de la hospitalización o cirugía. Estos gastos pueden ser entre otros: Medicamentos, sangre, plasma y sus derivados, suministro de oxígeno, exámenes de laboratorio, servicios de rayos x e imágenes diagnósticas, materiales de curación, procedimientos de diagnóstico, monitoreos, gases arteriales, bombas de infusión, uso de respirador artificial, derechos de sala de cirugía, elementos y suministros quirúrgicos, dotación del quirófano, esterilización, anestésicos, instrumentación, materiales de osteosíntesis y sala de recuperación. -Urgencia Aplica deducible indicado en la tabla de coberturas y valores asegurados. No aplica el deducible en los siguientes casos: -Cuando el paciente asegurado quede hospitalizado -Fracturas, esguinces, luxaciones -Traumas, Suturas -Embarazos -Medico domiciliario -Medicamentos, exámenes de laboratorio y radiografías

Practicados al asegurado dentro de los treinta (30) días anteriores al inicio de la hospitalización o cirugía o dentro de los treinta (30) días posteriores al término de la hospitalización o cirugía, siempre y cuando tengan relación directa con la misma. -Enfermera Durante la hospitalización o durante los treinta (30) días siguientes a su egreso hospitalario, siempre y cuando se requiera por prescripción médica del cuidado de una enfermera -Transporte terrestre de urgencia. Ambulancia terrestre nacional -Transporte aéreo de emergencia. Ambulancia aérea -Prótesis y Aparatos Ortopédicos Se reconocen las prótesis y aparatos ortopédicos de uso permanente, así como el alquiler de aparatos ortopédicos de uso temporal. Se cubren todas las prótesis incluyendo las que sean aprobadas médica y científicamente. -Terapias físicas, respiratorias, del lenguaje y de rehabilitación cardiaca. Para cada uno de estos conceptos se reconocerán 60 sesiones de terapia dentro de los 60 días siguientes al egreso hospitalario. 2.4. Honorarios Médicos Hospitalarios -Honorarios médicos quirúrgicos -Honorarios médicos por tratamiento hospitalario no quirúrgico -Honorarios médicos del intensivista -Honorarios médicos por interconsultas Si el asegurado requiere de atención médica de especialistas diferentes al médico tratante, se reconocen máximo tres (3) médicos diarios por tratamiento hospitalario no quirúrgico. -Consultas pre o post hospitalarias. Se reconocerán hasta 4 consultas -Consulta preanestésica 2.5. Gastos Ambulatorios -Fracturas, esguinces y luxaciones Se reconocen gastos tales como honorarios médicos por la atención inmediata, rayos x, medicamentos, yeso, otros gastos necesarios y hasta sesenta (60) sesiones de terapia física, siempre y cuando se realicen dentro de los sesenta días siguientes a la ocurrencia de accidente o dentro de los sesenta (60) días posteriores al retiro de la inmovilización, si la hubiere. -Exámenes de diagnóstico. -Tratamientos médicos ambulatorios para las siguientes enfermedades que hayan sido cubiertas por la póliza, únicamente por el tiempo indicado a

continuación y contado a partir de la fecha en que se haya efectuado el diagnóstico de la enfermedad o realizado el trasplante: ENFERMEDAD Aplasia Medular Cáncer Insuficiencia Renal Aguda o Crónica Lupus Eritomatoso Sistémico Trasplantes SIDA cubierto por la póliza Enfermedad Pulmonar Obstructiva Crónica EPOC TIEMPO DE COBERTURA Ilimitado Ilimitado Ilimitado Ilimitado Ilimitado 2 años Ilimitado Esta cobertura incluye honorarios médicos, enfermera, exámenes de laboratorio, suministros, transfusiones y medicamentos, incluyendo la quimioterapia y la radioterapia para el cáncer, la hemodiálisis y la diálisis peritoneal. 3. Ampliaciones a la Cobertura 3.1.Cobertura automática del recién nacido: Los bebés que nazcan de un embarazo cubierto por la póliza, gozarán en forma automática, desde el mismo instante del parto, de todas las coberturas vigentes en el momento del nacimiento, siempre y cuando se efectúe la inclusión del recién nacido en la póliza dentro de los treinta (30) días siguientes a la fecha de nacimiento. Esta cobertura se extiende para los bebés prematuros. En caso de que el embarazo sea múltiple, esta cobertura se concederá independientemente para cada recién nacido. 3.2. Cobertura para bebés con enfermedades congénitas. Se otorga cobertura automática para los bebés que nazcan de un embarazo cubierto por la póliza y que presenten enfermedades congénitas. Se debe incluir el recién nacido en la póliza dentro de los treinta (30) días siguientes a la fecha de su nacimiento. Nota: -No aplica tiempo de cobertura para bebés con enfermedades congénitas. -Esta cobertura de tiempo ilimitado aplica para todos los bebés que nacieron bajo la póliza colectiva de salud. -Responsabilidad de la Compañía hasta el valor asegurado global por vigencia.

3.3. Cobertura para trasplantes. Se cubren los costos ocasionados para obtener y transportar los órganos hasta $73,559,000. La cobertura para el Trasplante va hasta el valor asegurado de $1,000,000,000. 3.4. Tratamientos de rehabilitación por los siguientes eventos: -Trauma Raquimedular -Trauma Cráneo Encefálico Severo -Accidente Cerebro Vascular -Enfermedad de Guillain Barré. Esta cobertura se otorga por un término máximo de seis meses contados a partir de la fecha de inicio del tratamiento de rehabilitación o hasta el límite asegurado indicado en la tabla de cobertura. 3.5. Tratamiento hospitalización domiciliaria Se autoriza el tratamiento domiciliario siempre y cuando médicamente el asegurado requiera continuar domiciliariamente con un tratamiento hospitalario, por un evento médico o quirúrgico amparado por la póliza. 4. Limitaciones a la cobertura: 4.1. Para patologías desmielinizantes, degenerativas y estados comatosos. En todos los casos de estados comatosos reversibles e irreversibles, enfermedades degenerativas o desmielinizantes del sistema nervioso central como la esclerosis múltiple, la compañía reconocerá hasta 120 días de tratamiento hospitalario, y dentro de estos 120 días, máximo 30 días podrán ser de Unidad de Cuidados Intensivos. Si el asegurado no hace uso de los límites antes indicados durante la vigencia anual de la póliza, los mismos se mantendrán para las renovaciones siguientes. En caso contrario, estos límites se disminuirán en el mismo número de días utilizados por el asegurado, sin restablecerse los días utilizados en las renovaciones siguientes. 4.2. Reemplazo de prótesis y aparatos ortopédicos. Si un asegurado requiere médicamente el reemplazo de una prótesis o de un aparato ortopédico, este se reconocerá siempre y cuando la prótesis o el aparato ortopédico inicial haya sido reconocido por la compañía y que el asegurado haya permanecido ininterrumpidamente en la póliza por un período de cinco años posteriores a la colocación de la prótesis o del suministro del aparato ortopédico a reemplazar. 4.3. Retrasplantes. Este se reconocerá únicamente si el trasplante inicial fue reconocido por la Compañía

y estará limitado a una (1) sola vez durante la permanencia del asegurado como asegurado de las pólizas de salud de la Compañía. NOTA: Cualquier evento que afecte las coberturas básicas, será indemnizado al 100% del costo usual y acostumbrado, siempre y cuando se utilice la Red de Proveedores de acuerdo con el directorio médico. En caso contrario la compañía reembolsará únicamente el 80% del costo usual y acostumbrado. 5. Períodos de Carencia. Se reconocen los gastos médicos en que incurra el asegurado, por eventos médicos de las siguientes enfermedades, siempre y cuando estén cubiertos por la póliza, no sean preexistentes y una vez se haya cumplido el período de carencia indicado para cada una de ellas, el cual empieza a contarse desde el primer día de la inclusión de nuevos asegurados en la póliza. Las enfermedades con período de carencia son: ENFERMEDAD Enfermedad Coronaria Cálculos Biliares (en la Vesícula) Cálculos Urinarios o Renales Cistocele o Rectocele Hernias de cualquier tipo Miomatosis Uterina (Miomas) Varices SIDA PERÌODO DE CARENCIA 6 meses 12 meses 12 meses 12 meses 12 meses 12 meses 12 meses 12 meses 6. A continuación enunciamos el texto que aplicará respecto a la cobertura de Maternidad y las personas que pueden ser aseguradas bajo la póliza colectiva de salud: MATERNIDAD: "DE ESTE CONCEPTO GOZARÁN TODAS LAS MUJERES ASEGURADAS EN ESTA PÓLIZA, CUYO EMBARAZO HAYA COMENZADO EL PRIMER DÍA DEL SEGUNDO MES DE PERMANENCIA CONTÍNUA DE LA ASEGURADA EN LA PÓLIZA. SE CUBRIRÁN LOS GASTOS RELACIONADOS CON LA ATENCIÓN HOSPITALARIA TALES COMO HABITACIÓN, GASTOS HOSPITALARIOS Y HONORARIOS MÉDICOS, DEBIDOS A COMPLICACIONES O TERMINACIÓN DEL EMBARAZO. ADICIONALMENTE SE CUBRIRÁ LA VALORACIÓN DEL RECIÉN NACIDO EN LA SALA DE PARTOS POR EL PEDIATRA, SIN EXCEDER EL LÍMITE MÁXIMO POR VISITA ESTABLECIDO EN

LA TABLA DE COBERTURA LA CUAL HACE PARTE INTEGRAL DE LA PÓLIZA HONORARIOS MÉDICOS POR TRATAMIENTO HOSPITALARIO NO QUIRÚRGICO". PARA PERSONAS ASEGURABLES TODOS LOS EJECUTIVOS, VINCULADOS CON CONTRATO DE TRABAJO CON EL TOMADOR, Y/O SUS FAMILIARES DEPENDIENTES MENORES DE SESENTA (60) AÑOS AL MOMENTO DE SOLICITAR EL SEGURO. A MENOS QUE SE ESTIPULE LO CONTRARIO, SE PODRÁN ASEGURAR TODAS LAS PERSONAS QUE SE VINCULEN A LA ENTIDAD TOMADORA CON POSTERIORIDAD A LA FECHA DE INICIACIÓN DE LA VIGENCIA DE LA PÓLIZA, DENTRO DE LOS TREINTA (30) DÍAS SIGUIENTES A SU VINCULACIÓN, ASÍ COMO SUS FAMILIARES DEPENDIENTES, A TRAVÉS DE SOLICITUD DE SEGURO Y PREVIA ACEPTACIÓN DE LA COMPAÑÍA, CONFORME A LAS CONDICIONES DEL RESPECTIVO CERTIFICADO INDIVIDUAL DE SEGURO. LOS EJECUTIVOS Y/O FAMILIARES DEPENDIENTES QUE, SIENDO ASEGURABLES, NO HAYAN INGRESADO EN LAS OPORTUNIDADES INDICADAS ANTERIORMENTE, PODRÁN SER ACEPTADOS EN CUALQUIER MES DURANTE LA VIGENCIA DE LA PÓLIZA, PREVIO EL CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS DE ASEGURABILIDAD QUE LA COMPAÑÍA ESTIME NECESARIOS. SI LOS DOCUMENTOS DE AFILIACIÓN SON TRAMITADOS DEL 1 AL 15 DEL MES, SU INCLUSIÓN SE EFECTUARÁ EL 1 DEL MES EN QUE SE TRAMITA LOS DOCUMENTOS. SI LOS DOCUMENTOS SON TRAMITADOS DEL 16 AL 30/31 DEL MES, SU INCLUSIÓN QUEDA CON EL 1 DEL MES SIGUIENTE. SE ENTIENDE POR FAMILIARES DEPENDIENTES LAS SIGUIENTES PERSONAS: A. SI EL ASEGURADO PRINCIPAL ES CASADO: SE PERMITE INCLUIR EL (LA) CÓNYUGE O COMPAÑERO (A) PERMANENTE, REGISTRADO (A) COMO TAL ANTE LA ENTIDAD TOMADORA, Y LOS HIJOS SOLTEROS HASTA EL DÍA EN QUE CUMPLAN VEINTICINCO (25) AÑOS DE EDAD, SIEMPRE Y CUANDO CONSERVEN DURANTE ESTE PERÍODO DICHO ESTADO CIVIL. B. SI EL ASEGURADO PRINCIPAL ES SOLTERO SE PERMITE INCLUIR ÚNICAMENTE SUS PADRES SIEMPRE Y CUANDO ESTOS DEPENDAN ECONÓMICAMENTE DEL EJECUTIVO. SI UN ASEGURADO EN EL MOMENTO DE SU INSCRIPCIÓN NO TUVIERE FAMILIARES DEPENDIENTES PERO LLEGARE A TENERLOS EN EL FUTURO, DEBERÁ SOLICITAR EL SEGURO A MÁS TARDAR UN (1) MES DESPUÉS DEL MATRIMONIO O LA UNIÓN LIBRE, SEGÚN EL CASO, A FIN DE QUE SE LES CONCEDA EL AMPARO A PARTIR DEL PRIMER DÍA HÁBIL DEL MES SIGUIENTE A LA INSCRIPCIÓN. DE LO CONTRARIO, EL ASEGURADO DEBERÁ ESPERAR HASTA EL PRÓXIMO PERÍODO DE INSCRIPCIÓN.

Es de aclarar que si un ejecutivo soltero tiene asegurado actualmente a sus padres, y posteriormente cambia de estado civil (casado o unión libre), y desea incluir a su cónyuge o compañero (a) permanente deberá excluir a sus padres de la póliza colectiva de salud. Sin embargo, se ofrece la alternativa de asegurar a sus padres bajo una póliza individual de salud para poder incluir en la póliza colectiva al cónyuge o compañero (a) permanente, o caso contrario dejar asegurados a los padres en la póliza colectiva de salud y suscribir una póliza individual para el Cónyuge o compañero (a) permanente. Nota: Para aquellos funcionarios no asegurados actualmente en la póliza colectiva de salud y que se encuentren actualmente asegurados bajo otro contrato de seguro de salud o contrato de medicina prepagada y deseen asegurase en la póliza de salud con Seguros Bolívar, recomendamos que antes de cancelar el contrato con la otra Compañía, verifiquen las condiciones de aceptación por parte de Seguros Bolívar respecto a las preexistencias (eventos anteriores a la fecha de inicio de vigencia con Seguros Bolívar). Es importante tener en cuenta que Seguros Bolívar otorga: D) antigüedad sobre eventos no conocidos desde la fecha de inicio de vigencia del contrato de seguro de salud o contrato de medicina prepagada anterior. E) No aplican períodos de carencia. F) Respecto a los eventos conocidos anteriores a la fecha de inicio de vigencia del seguro con Seguros Bolívar los cuales deben ser declarados en la declaración de asegurabilidad, serán estudiados por nuestro médico suscriptor con el fin de definir si se otorga continuidad o se genera exclusión de preexistencia. Para efectos de lo anterior no debe existir discontinuidad de vigencia entre la fecha de terminación del contrato de seguro o de medicina prepagada con la fecha de inicio de vigencia de la póliza con Seguros Bolívar.

7. Segunda opinión médica BEST DOCTORS. BEST DOCTORS es una empresa de servicios de salud internacional con sede en los Estados Unidos de América que maneja en este momento más de 6.5 millones de asegurados en el mundo. Su misión es brindar a todos sus clientes acceso a orientación médica, atención médica y tecnológica avanzada del más alto nivel internacional, para que consigan diagnosticar y/o tratar los problemas médicos complejos en cualquier lugar del mundo. BEST DOCTORS ofrece a los asegurados de la póliza colectiva Médica Familiar Bolívar el servicio de interconsulta, que consiste en un servicio de consulta médica internacional, a través del cual los clientes tienen acceso inmediato a expertos de fama mundial para asesorarse sobre enfermedades complejas. BEST DOCTORS contacta y solicita opinión de médicos especialistas, reconocidos a nivel mundial. Estos expertos estudian el caso y ofrecen recomendaciones diagnósticas y/o terapéuticas que BEST DOCTORS comparte con el médico tratante para que pueda resolver el caso sin necesidad que el paciente viaje. La interconsulta es rápida y provee la información médica más avanzada. 8. Deducible para urgencias a cargo del asegurado y por cada evento $ 54,000.

CAPITULO III ANEXOS 1. Consulta Externa Familiar. 1.1. Servicios -Consultas -Consulta Médico General -Consulta Médico Especialista -Consulta Medicina Complementaria -Valoraciòn Inicial de Ortòptica -Psicología -Nutrición, Optometria -Exámenes de Laboratorio Clínico -Terapias físicas, respiratorias, de lenguaje, ortóptica y ocupacional. 1.2. Valor Asegurado (Disponible): El valor asegurado por vigencia y para cada persona del grupo familiar es de $220,000 para los asegurados de la Opc. A y B, y de $441,000 para los asegurados de la opción C 1.3. Deducible a cargo del asegurado y por cada evento: -Para Consultas $19,000 -Para Exámenes de Laboratorio Clínico 20% del valor de los exámenes con un mínimo de $19,000. -Para las terapias se aplica un deducible del 20% mínimo $19,000 por orden médica. (excepto ocupacional). 1.4. Cómo funciona el anexo de Consulta Externa Familiar? 1.4.1. A través de la Red de Proveedores (Directorio Médico): El asegurado cancela directamente al médico el valor del deducible, es decir $19,000; el valor restante de la consulta es cancelado por la Compañía al proveedor afectando el valor asegurado disponible del anexo de Consulta Externa. En caso de agotarse el Valor Asegurado Disponible de Consulta Externa de un asegurado perteneciente a un grupo familiar, éste podrá disponer de los valores asegurados disponibles de Consulta Externa de los demás asegurados de su mismo grupo familiar.

Al agotarse el Valor Asegurado Disponible de todos los asegurados de un mismo grupo familiar, podrán hacer uso de los Servicios de Consulta Externa cancelando directamente y en efectivo el valor total de la consulta ó exámenes de laboratorio. NOTA: En ningún caso habrá lugar al reembolso de los gastos médicos incurridos por concepto de la Consulta Externa Familiar. Para inclusiones de nuevos dependientes familiares de un grupo familiar asegurado durante la vigencia de la póliza, no se le otorgará valor asegurado disponible de Consulta Externa, permitiéndose que este nuevo asegurado pueda utilizar los valores asegurados disponibles de los demás asegurados de su mismo grupo familiar. Este anexo opera únicamente a través de los Centro Médicos de Seguros Bolívar incluyendo la Red de Proveedores que tiene contratada actualmente la compañía. Ejemplo del anexo de Consulta Externa Familiar: -Un grupo familiar conformado por tres personas. -Asegurado principal -Cónyuge -Un Hijo -Valor asegurado del anexo de consulta Externa Familiar: -Asegurado principal $220,000 -Cónyuge $220,000 -Un Hijo $220,000 -El hijo acude a una consulta de médico especialista por valor de $56,000. El asegurado debe cancelar al médico el valor del deducible: $19,000 Seguros Bolívar le cancela al médico los otros $37,000 afectando el valor asegurado disponible del hijo. -Nuevos valores asegurados disponibles después de la consulta: -Asegurado principal $220,000 -Cónyuge $220,000 -Un Hijo $183,000 -Si el hijo acude a varias consultas ó exámenes de laboratorio agotando el valor asegurado disponible de él, podrá continuar utilizando el disponible de sus padres, siempre y cuando no se hayan agotado estos.

-Una vez agotados los valores asegurados disponibles de estos tres asegurados, podrán seguir usando los servicios de Consulta Externa debiendo cancelar el valor total de la consulta al médico. Para el presente ejemplo una vez agotados los disponibles de los tres asegurados deberán cancelar al médico de la Red el valor de la consulta de $56,000. 2. Anexo Para la Atención de Urgencia Durante Viaje al Exterior: Las primas correspondientes a este anexo se encuentran contempladas únicamente en la opción C Capítulo V. Los asegurados que deseen contratar este anexo deberán solicitar el cambio de su actual opción a la opción C. El término para acceder a la atención de urgencia durante viaje al exterior es de 90 días el cual empieza a contarse desde el primer día de salida del asegurado del país. Cubre únicamente la atención de urgencia derivada de accidentes o enfermedades manifestadas por primera vez durante el viaje del asegurado. No se considera urgencia durante viaje al exterior la atención de la maternidad, ni la del parto, ni la de sus complicaciones. A través de ASSIST CARD recibirá orientación y asesoría inmediata en los trámites a seguir en caso de urgencia, sobre aspectos tales como: Referencias Médicas Traslado médico de urgencia Traslado a domicilio Traslado en caso de fallecimiento Gastos médicos Gastos del hotel por convalecencia Gastos del hotel para un acompañante Tiquete de ida y regreso para un familiar Trasmisión de mensajes urgentes Indemnización complementaria por pérdida de equipaje.

CAPITULO IV LISTADO DE INSTITUCIONES HOSPITALARIAS Los asegurados que se encuentren bajo la Opción "A" no tendrán cobertura cuando accedan a las siguientes instituciones de salud: Ciudades INSTITUCIONES DE SALUD NO INCLUIDAS PARA EL SERVICIO DE LOS ASEGURADOS BAJO LA OPCIÓN A Barranquilla Bogotá Cali Instituto Urológico del Norte Clínica del Caribe Centro Oftalmológico Carriazo Clínica PortoAzul Clínica Oftalmológica Unidad Láser del Atlántico Clínica Asunción Clínica Bautista Clínica de Marly-Centro Urològico Clínica del Country Clínica la Colina Fundación Santa Fe de Bogotá. Centro Médico Imbanaco Cartagena Cúcuta Medellín Medlhealth Services de Colombia Clinica del Norte Clínica de las Américas Hospital Pablo Tobón Uribe Clínica Medellín todas sus sedes Clínica el Rosario del Tesoro

CAPITULO V TARIFAS PARA EJECUTIVOS TARIFAS (ESTAS PRIMAS NO LLEVAN INCLUIDO EL IVA DEL 5%) COBERTURAS BÁSICAS Y CONSULTA EXT.FAMILIAR $220,000 Grupo Familiar OPCIÓN A Primas Mensuales TARIFA PLENA BOLIVAR Primas Mensuales TARIFA A CARGO DEL ASEGURADO Ejecutivo 148.798 56.543 Ejecutivo más un familiar 292.945 111.319 Ejecutivo más dos familiares 427.793 162.561 Ejecutivo más tres o más familiares 627.739 238.541 Progenitor 291.068 110.606 Nota: Para aquellos grupos familiares con más de tres dependientes familiares asegurados en la póliza, se cobrará una prima adicional mensual de $7,000 por cada asegurado adicional. Grupo Familiar OPCIÓN B Primas Mensuales TARIFA PLENA BOLIVAR Primas Mensuales TARIFA A CARGO DEL ASEGURADO Ejecutivo 195.840 74.419 Ejecutivo más un familiar 386.387 146.827 Ejecutivo más dos familiares 566.348 215.212 Ejecutivo más tres o más familiares 830.996 315.779 Progenitor 391.982 148.953 Nota: Para aquellos grupos familiares con más de tres dependientes familiares asegurados en la póliza, se cobrará una prima adicional mensual de $7,000 por cada asegurado adicional.

COBERTURAS BÁSICAS Y CONSULTA EXT.FAMILIAR DE $441,000 Y ANEXO DE URGENCIAS DURANTE VIAJE AL EXTERIOR Grupo Familiar OPCIÓN C Primas Mensuales TARIFA PLENA BOLIVAR Primas Mensuales TARIFA A CARGO DEL ASEGURADO Ejecutivo 240.850 91.523 Ejecutivo más un familiar 476.307 180.997 Ejecutivo más dos familiares 700.982 266.373 Ejecutivo más tres o más familiares 1.011.923 384.531 Progenitor 449.819 170.931 Nota: Para aquellos grupos familiares con más de tres dependientes familiares asegurados en la póliza, se cobrará una prima adicional mensual de $14,000 por cada asegurado adicional.

CAPITULO VI POSIBLES NOVEDADES A PARTIR DE LA PRESENTE RENOVACIÓN (1 de Mayo de 2014) 1. Los ejecutivos que actualmente se encuentren incluidos en la póliza Colectiva de salud y quieran permanecer en ella y bajo la misma opción, no tendrán que diligenciar ningún documento. (Renovación automática). 2. Las siguientes son las únicas modificaciones permitidas durante la vigencia de la póliza (Mayo 1 de 2014 hasta Mayo 1 de 2015) - Inclusión de nuevos asegurados (nacimiento o matrimonio). - Inclusión asegurados (funcionarios y sus dependientes familiares) - Exclusiones de asegurados. En caso de excluirse el asegurado principal (ejecutivo), se excluirán automáticamente los asegurados dependientes del asegurado principal. - Corrección de datos generales (nombres, número de cédula, dirección, teléfono, ciudad, etc ). -Cambios de EPS 3. Si se requiere efectuar alguna modificación como es el cambio de opción (únicamente en cada renovación), se debe diligenciar la hoja de servicio forma PH-125 indicando la nueva opción a contratar. Se debe marcar en la Hoja de Servicio la opción en que se desea asegurar, teniendo en cuenta: OPCIÒN A SE DEBE MARCAR LA OPCIÒN 3 OPCIÒN B SE DEBE MARCAR LA OPCIÒN 4 OPCIÒN C SE DEBE MARCAR LA OPCIÒN 5 4. Si un ejecutivo asegurado desea incluir un familiar de acuerdo con el grupo asegurable permitido, se debe diligenciar la hoja de servicio forma PH-125 y la respectiva declaración de asegurabilidad forma PH-041 debidamente diligenciada y firmada. 5. Los funcionarios que deseen afiliarse a la póliza a partir de esta renovación deberán diligenciar la solicitud de afiliación (Forma HC-006) y la declaración de asegurabilidad Forma PH-041. Nota: la edad de aceptación de 60 años indicada en el numeral 6 del capítulo II hace referencia únicamente a nuevas inclusiones de asegurados a partir de Mayo 1 de 2014. 6. Los funcionarios que no deseen continuar con la póliza deberán informarlo a través de la Hoja de Servicio (Forma PH-125).

7. Aprovechamos la presente para aclarar que si un funcionario asegurado actualmente bajo la póliza colectiva de salud se retira en cualquier momento durante la vigencia del seguro, existe la posibilidad de que el funcionario y su grupo familiar asegurado suscriban una póliza individual con Seguros Bolívar en la cual se le respeta la antigüedad y continuidad alcanzada en la póliza colectiva. De igual forma para obtener esta antigüedad y continuidad es necesario que en la fecha en que se excluye de la póliza colectiva suscriba la póliza individual. No existe ningún plazo de gracia después de retirarse de la póliza colectiva de salud para suscribir una póliza Individual. De no suscribirse la póliza individual en el momento de excluirse de la colectiva de salud, se perderán los beneficios de la antiguedad y continuidad.

CAPITULO VII GUÍA DE UTILIZACIÓN DE SU PÓLIZA MÉDICA BOLÍVAR A través del Centro Integral de Recepción de llamadas, denominado RED 322 podemos prestarle una rápida atención a sus requerimientos relacionados con nuestras pólizas de salud. Las 24 horas del día y sin costo para quien realiza la llamada puede comunicarse a la RED 322 marcando desde: Línea: 018000 123 322 Celular: #322 Para la atención relacionada con las Pólizas de Salud puede ingresar a través de las siguientes opciones del menú: Opción dos (2) Asistencia en Salud : le prestamos asesoría y orientación ante cualquier inquietud relacionada con el manejo de su póliza de salud. Opción cuatro (4) Atención General de Productos y Servicios : puede solicitar información sobre los productos de nuestra Compañía o hacernos saber sus inquietudes en relación con el servicio que recibe de Seguros Bolívar. SERVICIOS CUBIERTOS POR SU PÓLIZA 1. URGENCIAS Ante todo, si las circunstancias lo permiten, comuníquese de inmediato con el médico de orientación telefónica a través de la RED 322, quien le informará el procedimiento a seguir. Por favor tenga en cuenta lo siguiente: * Siga en forma precisa las instrucciones del médico. * Si no tiene acceso a comunicación telefónica, acuda al centro hospitalario más cercano de los definidos en la red escogida por la Compañía. * Una vez esté en el centro hospitalario, identifíquese con su cédula de ciudadanía y el

carné de afiliación y solicite que se comuniquen con la RED 322 de Seguros Bolívar con el fin de obtener el respectivo compromiso de pago para la prestación del servicio que requiera. NOTA* Para acceder al servicio de urgencias a través de la Red de Proveedores escogida por la Compañía, por cada atención el asegurado deberá asumir el deducible estipulado en la tabla de coberturas. 2. EXÁMENES DE DIAGNÓSTICO Si el médico perteneciente a la red de Seguros Bolívar le solicitó exámenes diferentes de los de laboratorio clínico, tales como ecografías, endoscopias o tomografías, entre otros, llame a la RED 322 para recibir información sobre el procedimiento que debe seguir de acuerdo con el examen que le haya solicitado el profesional médico. El compromiso de pago para los Exámenes de Diagnóstico se puede obtener a través de : 2.1. Compromiso de Pago otorgado por la RED 322: * El orientador de la RED 322 le indicará a cuales sitios puede acudir para que le practiquen el examen y los requisitos para otorgar el compromiso de pago por parte de Seguros Bolívar. * Solicite la cita y siga las indicaciones dadas por el centro de diagnóstico. * Acuda al centro de diagnóstico en la fecha y hora indicadas, presente la orden del examen, el carné de afiliación y el documento de identidad. Si no puede asistir, por favor llame con anticipación y cancele la cita para que otro paciente pueda utilizarla. * Del centro de diagnóstico llamarán a la RED 322 para solicitar el compromiso de pago del servicio. * En este caso no necesita solicitar la carta de compromiso de pago. 2.2. Compromiso de pago por Carta * Si el orientador de la RED 322 se lo indica, lleve la orden del médico y la historia clínica a nuestra oficina, allí se estudiará su solicitud. * Luego de estudiar la solicitud, ésta será definida por escrito en un término no superior a tres días hábiles desde la fecha en que hayan sido entregados todos los documentos necesarios para su definición. * Con la carta de compromiso de pago, solicite la cita y siga las indicaciones dadas por el centro de diagnóstico. * Acuda al centro de diagnóstico en la fecha y hora indicadas, presente la orden del examen, la carta de compromiso de pago, el carné de afiliación y el documento de identidad. Si no puede asistir, por favor llame con anticipación y cancele la cita para que otro paciente pueda utilizarla.

3. HOSPITALIZACION PROGRAMADA PARA TRATAMIENTO MÉDICO O QUIRÚRGICO Si el médico perteneciente a la red de Seguros Bolívar le ordena una hospitalización para realizarle un tratamiento médico o procedimiento quirúrgico, llame a la RED 322 para recibir información sobre el procedimiento que debe seguir para obtener la atención que requiere. El compromiso de pago para hospitalización programada se puede obtener a través de: 3.1. Compromiso de pago por la RED 322: * Llame a la RED 322 e infórmese sobre el procedimiento a seguir de acuerdo con la intervención quirúrgica o tratamiento hospitalario que requiere. * Si el orientador de la RED 322 se lo indicó, acuda directamente al centro hospitalario el día y hora programados. Una vez esté en la Institución, solicite que se comuniquen con la RED 322 con el fin de obtener el respectivo compromiso de pago. * Si el orientador de la RED 322 lo indica, debe tramitar el compromiso de pago de la intervención quirúrgica o tratamiento hospitalario mediante carta en cualquiera de nuestras oficinas, adjuntando la orden médica y copia de la historia clínica. 3.2. Compromiso de pago por carta: * Si por indicación del orientador de la RED 322 o porque usted lo prefiere, debe llevar carta de compromiso de pago para obtener la atención que requiere, diríjase a cualquiera de nuestras oficinas con la siguiente documentación: * Copia de la Historia Clínica Completa * Orden del Médico que le practicará la intervención quirúrgica o le realizará el tratamiento médico, la cual debe contener la siguiente información: - Diagnóstico o motivo por el cual requiere el tratamiento o cirugía - Fecha de la primera consulta - Fecha y lugar de la intervención u hospitalización - Reporte de los exámenes de diagnóstico, si los hay * Luego de estudiar su solicitud en un término no superior a tres días hábiles, ésta será definida y se le informará por escrito. * Diríjase a la institución hospitalaria el día y hora programados con la carta de compromiso de pago, el carné de afiliación y documento de identidad. NOTA* Para los servicios de urgencia, exámenes de diagnóstico, hospitalización para tratamiento médico o quirúrgico y cirugía ambulatoria, recuerde, que en caso de no utilizar la red de proveedores escogida por la Compañía, el reembolso de los gastos

incurridos estará sujeto a las condiciones y deducibles estipulados en la póliza. 4. CONSULTA EXTERNA: 4.1. MEDICINA GENERAL Y MEDICINA ESPECIALIZADA Tenga en cuenta las siguientes instrucciones para la utilización de estos servicios: * Consulte el directorio de proveedores de salud de Seguros Bolívar de su ciudad. * Seleccione el profesional médico. * Una vez tenga el nombre y el teléfono del médico que haya seleccionado, llame y solicite la cita. * Acuda a la consulta en la hora y fecha acordada con su carné y documento de identidad. Si no puede asistir, por favor llame con anticipación y cancele la cita para que otro paciente pueda utilizarla. * Del consultorio médico llamarán a la RED 322 para solicitar el compromiso de pago del servicio. La RED 322 le indicará al proveedor el valor que asume Seguros Bolívar y el valor que debe cancelar el asegurado en el consultorio. * Como constancia de la atención firme la planilla que le será presentada en el consultorio médico. 4.2. LABORATORIO CLINICO Tenga en cuenta las siguientes instrucciones para la utilización de estos servicios: * Consulte el directorio de proveedores de salud de Seguros Bolívar de su ciudad. * Seleccione el laboratorio clínico * Una vez tenga el nombre y el teléfono del laboratorio clínico que haya seleccionado, llame con anterioridad y entérese de los horarios de atención y las condiciones en que debe presentarse para la realización de los exámenes. * Acuda al laboratorio en la hora y fecha acordada con su carné y documento de identidad. * Del laboratorio clínico llamarán a la RED 322 para solicitar el compromiso de pago del servicio. La RED 322 le indicará al proveedor el valor que asume Seguros Bolívar y el valor que debe cancelar el asegurado en el laboratorio. * Como constancia de la atención firme la planilla que le será presentada en el laboratorio clínico. 4.3. RADIOLOGÍA SIMPLE Tenga en cuenta las siguientes instrucciones para la utilización de este servicio: * Consulte el directorio de proveedores de salud de Seguros Bolívar de su ciudad. * Seleccione el centro de diagnóstico radiológico. * Una vez tenga el nombre y el teléfono del centro llame a solicitar la cita con

anterioridad y entérese de las condiciones en que debe presentarse para la realización del examen. * Acuda a su examen en la hora y fecha acordadas con su carné y documento de identidad. Si no puede asistir, por favor llame con anticipación y cancele la cita para que otro paciente pueda utilizarla. * Del centro de diagnóstico radiológico llamarán a la RED 322 para solicitar el compromiso de pago del servicio. 4.4. ELECTROCARDIOGRAMA Y CITOLOGÍA VAGINAL Tenga en cuenta las siguientes instrucciones para la utilización de estos servicios: * Consulte el directorio de proveedores de salud de Seguros Bolívar de su ciudad. * Seleccione el centro de diagnóstico. * Una vez tenga el nombre y el teléfono del centro llame a solicitar la cita con anterioridad. * Acuda a su examen en la hora y fecha acordadas con su carné y documento de identidad. Si no puede asistir, por favor llame con anticipación y cancele la cita para que otro paciente pueda utilizarla. * Del centro de diagnóstico llamarán a la RED 322 para solicitar el compromiso de pago del servicio. 4.5. NUTRICION, OPTOMETRIA, ORTÒPTICA, TERAPIA FISICA, RESPIRATORIA Y DEL LENGUAJE Para la utilización de estos servicios cancele directamente en el consultorio del profesional el valor establecido para la consulta o terapia de acuerdo con la tarifa vigente de Seguros Bolívar la cual le puede ser informada por la RED 322. * Consulte el directorio de proveedores de salud de Seguros Bolívar de su ciudad. * Seleccione el profesional * Una vez tenga el nombre y el teléfono del profesional llame a solicitar la cita. * Acuda a la consulta en la hora y fecha acordadas con su carné y documento de identidad. Si no puede asistir, por favor llame con anticipación y cancele la cita para que otro paciente pueda utilizarla. * Si su póliza tiene la opción de reembolso solicite la factura en la que conste la cancelación del servicio y tramite el reembolso en la oficina de Seguros Bolívar. 4.6. ODONTOLOGÍA: Para la utilización de este servicio cancele directamente en el consultorio del profesional el valor establecido para el tratamiento de acuerdo con la tarifa vigente de Seguros Bolívar la cual le puede ser informada por la RED 322. * Consulte el directorio de proveedores de salud de Seguros Bolívar de su ciudad. * Seleccione el profesional

* Una vez tenga el nombre y el teléfono del profesional llame a solicitar la cita. * Acuda a la consulta en la hora y fecha acordadas con su carné y documento de identidad. Si no puede asistir, por favor llame con anticipación y cancele la cita para que otro paciente pueda utilizarla. * Solicite al profesional la cotización de su tratamiento y acuerde el número de cuotas en que va a cancelar el valor del tratamiento. 5. URGENCIAS EN EL EXTERIOR Si su póliza incluye el anexo de urgencias durante viaje al exterior y requiere atención de urgencias fuera de Colombia, llame sin costo alguno a la central de alarma de ASSIST CARD: En los Estados Unidos, Canadá y Puerto Rico 8663-131521 En el resto del mundo llame por cobrar 571-2369757 Para atenciones recibidas, favor dar la siguiente dirección en cualquier formulario que deba diligenciar ante la institución que le presta el servicio. ASSIT-CARD COLOMBIA Carrera 11 No.82-01 oficina 802 Bogotá, Colombia En todos los casos llame y suministre la siguiente información : * Nombre * Número de póliza * Documento de identidad * Lugar donde se encuentra y el número telefónico donde lo puedan contactar En la central de alarma recibirá orientación y asesoría inmediata en los trámites a seguir en caso de urgencia, sobre aspectos tales como : * Referencias Médicas * Traslado médico de urgencia * Traslado a domicilio * Traslado en caso de fallecimiento * Gastos Médicos * Gastos de hotel por convalecencia * Gastos de hotel para un acompañante * Tiquete de ida y regreso para un familiar * Transmisión de mensajes urgentes * Indemnización complementaria por pérdida de equipaje

En caso de no ser posible la comunicación previa a la atención tenga en cuenta que si se trata de una situación en la cual peligra la vida, deberá llamar a la central de alarma lo antes posible. En caso de hospitalización por lesión corporal grave deberá llamar dentro de las 48 horas siguientes a la atención. 6. SERVICIOS DE INTERCONSULTAS - SEGUNDA OPINION MEDICA En caso de requerir una segunda opinión médica puede comunicarse con la RED 322 quienes podrán tramitarla con especialistas en Colombia o en el exterior, sin que esta represente ningún costo. Este no es un servicio de consulta externa, es un servicio de apoyo científico para obtener asesoría especial en los casos que tanto usted como la Compañía lo requieran. NOTA IMPORTANTE: Conforme con lo dispuesto en el Artículo 20 del Decreto 806 de 1998 es indispensable que el grupo asegurable se encuentre afiliado a una E.P.S. La E.P.S. a la que usted pertenezca debe ser informada a Seguros Bolívar en el momento de tomar la póliza. NUESTROS CENTROS DE ATENCIÓN MÉDICA Queremos recordarle que cuenta con los servicios de nuestros Centros Médicos en Bogotá: 1. CENTRO MÉDICO SEGUROS BOLÍVAR NORTE: Carrera 13 No 119-32 PBX 6193431 Horario de atención: lunes a viernes de 7:00 a.m. a 12:30 p.m. y de 1:30 p.m. a 7:00 p.m. y Sábados de 7:00 a.m. a 12:30 p.m. Servicios Médicos Consulta Externa: Medicina General, Cardiología, Cirugía General, Dermatología, Ginecología y Obstetricia, Medicina Interna, Neurología, Nutrición y Dietética, Oftalmología, Optometría, Ortopedia y Traumatología, Otorrinolaringología, Pediatría, Urología y Cirujano Vascular Periférico. Terapia Física y Respiratoria Vacunación