Carpeta NO 558 de 2006 Repartido N 336 Octubre de 2006 (DECRETO LEY'" 15.032, DE 7 DE JULIO DE 1980) ********************************



Documentos relacionados
ENFERMERAANAPACKER ~DE, DAVISON

DOCTOR ALBERTO BRECCIA

SEÑOR NELSON YEMIL CHABÉN

FISCALíAS LETRADAS NACIONALES EN MATERIA PENAL CON ESPECIALIZACiÓN EN CRIMEN ORGANIZADO FISCALíA LETRADA DEPARTAMENTAL FISCALES LETRADOS CARGOS

SILVA APARICIO, Carlos Martín

SEGURO DE ACCIDENTES DE TRABAJO Y 'ENFERMEDADES PROFESIONALES

~... "-:-::;> - Proyecto de ley aprobado por la Cámara de Representantes.

RESPONSABILIDAD CIVIL POR DAÑOS CORPORALES CAUSADOS A TERCEROS POR DETERMINADOS VEHÍCULOS DE CIRCULACIÓN TERRESTRE Y MAQUINARIAS

SANGRE H NA$ PLAS HUMANO~

PERSONAS CON DISCAPACIDAD VISUAL

Anexo II al Comisión de Constitución, Códigos, Repartido Nº 1484 Legislación General y Administra- Diciembre de 2003 ción. Carpeta Nº 3475 de 2003

Cámara de Representantes

Anexo I al Comisión de Constitución, Códigos, Repartido Nº 1118 Legislación General y Administra- Setiembre de 2003 ción. Carpeta Nº 2583 de 2002

I Recibido" le hora! tb oq I

Carpeta NQ 538 de 2006 Repartido N 271 Julio de 2006

REGLAMENTO DE FUNCIONAMIENTO DEL CONSEJO ASESOR DE MEDIO AMBIENTE.

Carpeta N 465 de 2006 Repartido N 205 Marzo de 2006 SEÑOR MARIO CA VOTA

-EL C. SENADOR ROBERTO GIL ZUARTH, Presidente de la Comisión de Justicia Senado de la República: Muy buenos días.


Para empezar hay aportar una noción de esta figura jurídica, una de ellas es la siguiente:

República de Panamá Órgano Judicial Corte Suprema de Justicia Sala Cuarta

VOTO PARTICULAR QUE FORMULA EL SEÑOR MINISTRO SERGIO A. VALLS HERNÁNDEZ, EN LA CONTROVERSIA CONSTITUCIONAL 132/2006.

Guía de Consulta para el Comité Paritario de Higiene y Seguridad

Carpeta N 1280 de 2008 Repartido N 839 Setiembre de 2008

PERS NAS RESIDENTES EN H GARES DE ANCIANOS U E RECIBEN PRESTACIONES DEL BANCO DE PREVIS r NS CIAL

PROTOCOLO DE INTERVENCIÓN EN FLAGRANCIA Y GARANTÍA DE DERECHOS

COOPERATIVA INTEGRAL DE TRABAJADORES DEL HOTEL CARTAGENA HILTON COOTRAHILTON ACUERDO N 03

NEUQUEN, 30 de noviembre de

El procedimiento de modificación de la capacidad jurídica se divide en:

C O N S I D E R A N D O

República Oriental del Uruguay. Convenios. Grupo 14 - Intermediación Financiera, Seguros y Pensiones. Subgrupo 06 - Casas de cambio

«BOLSAS Y MERCADOS ESPAÑOLES, SOCIEDAD HOLDING DE MERCADOS Y SISTEMAS FINANCIEROS, S.A.» REGLAMENTO DE LA COMISIÓN DE OPERATIVA DE MERCADOS Y SISTEMAS

REGLAMENTO DE SANEAMIENTO CONTABLE 2012

Presidente de la Comisión de Derechos Humanos del Estado de Puebla,

RÉGIMEN DE APORTACIÓN PREVISIONAL

DICTAMEN Nº 8. Página 1 de 5. # Nº. 8/1999, de 26 de enero.*

Ley Nº INTERRUPCIÓN VOLUNTARIA DEL EMBARAZO

An t e ce de n t e s

LEY N 9061 (B.O.C )

Dios, Patria y Libertad República Dominicana

- Tramitación de denuncias contra abogados ante su Colegio Profesional

ADMINISTRACIÓN DEL SENADO

SISTEMA NACIONAL DE LA PROFESION ADMINISTRATIVA. EVALUACION DE DESEMPEÑO. COMPETENCIA. VEEDURIA: ALCANCES.

INDICE MEDIO DE SALARIOS

Cargos públicos que deben presentar informes al legislativo

[Aprobado por Acuerdo 231/2012, de 30 de Octubre de 2012, del Consell de Govern de la Universitat de València]

- Proyecto de ley aprobado por la Cámara de Representantes

Nro. 39 CORRIENTES, 26 de marzo de CORRIENTES EN AUTOS CARATULADOS: M., D. Y. S/

RADIOAFICIONADOS. Colocación de antenas en los edificios de propiedad privada ******************

El procedimiento de modificación de la capacidad jurídica se divide en:

LA MEDIACIÓN EN ASUNTOS CIVILES Y MERCANTILES EN OCHO PREGUNTAS

EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, SANCIONAN CON FUERZA DE LEY

COMPETENCIA DEL JUEZ DE EJECUCiÓN

INFORMACIÓN SOBRE PERSONAS, EMPRESAS E INSTITUCIONES INCORPORADAS A LOS REGISTROS DEL BANCO CENTRAL DEL URUGUAY

profesorado o el personal no docente

Poder Judicial de la Nación

Ley N LEY SOBRE INTERRUPCION VOLUNTARIA DEL EMBARAZO. LEY DEL ABORTO. Documento actualizado. Promulgación : 22/10/2012 Publicación: 30/10/2012

REGLAMENTO DE LA ESCUELA DE MEDICINA. CAPÍTULO I Disposiciones Generales

Reglamento Ley de Control a Propaganda con Imagen de la Mujer N G RODRIGO CARAZO ODIO

CAPITULO I OBJETO Y CAMPO DE APLICACION.

OBSERVATORIO DE LA JUSTICIA Y DE LOS ABOGADOS FICHA ÁREA PROCESAL PENAL SOBRE EL PROCEDIMIENTO DE DECOMISO AUTÓNOMO Y ESQUEMA

PROCURADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN MANUAL DE PROCEDIMIENTOS 6. DEFINICIONES. GEDIS Sistema de Información de Gestión Disciplinaria. 7. FORMATOS.

C O N S I D E R A N D O

Santiago, veintiuno de octubre de mil novecientos noventa y. 1º. Que por oficio Nº , de 14 de

IMPUESTO A LA CONCENTRACIÓN DE INMUEBLES RURALES. Derogación de los artículos 1º a 12 de la Ley Nº I n f o r m e

REAL BETIS BALOMPIÉ, S.A.D.

INFORMACIÓN SOBRE EL PROCESO DE INCAPACITACIÓN

PROYECTO. Módulo profesional de Proyecto.

Anexo I al Comisión de Constitución, Códigos, Repartido Nº 37 Legislación General y Administra- Junio de 2000 ción. Carpeta Nº 80 de 2000

Ley Nº SISTEMA NACIONAL DE RESIDENCIAS MÉDICAS

REGLAMENTO DEL INSTITUTO DE FORMACIÓN PROFESIONAL DE LA PROCURADURÍA GENERAL DE JUSTICIA DEL ESTADO CAPITULO PRIMERO DISPOSICIONES GENERALES

VOLUNTAD ANTICIPADA COMPARATIVO. Repartido N 952 Anexo I Noviembre de Carpeta N 728 de 2006

Reglamento sobre el Control de la Información y el Acceso a los Ficheros de INTERPOL

LINEAMIENTOS DE OPERACIÓN PARA EL GRUPO DE TRABAJO DE POLÍTICA COMERCIAL DISPOSICIONES GENERALES

Se establece que las asociaciones civiles sin fines de lucro podrán ser designadas depositarias de los mismos hasta que se determine su destino final

Este Protocolo está sujeto, entre otras, a las siguientes normas legales:

j UNICO EJEMPL,""'R j

ACTOS ADOPTADOS POR ÓRGANOS CREADOS MEDIANTE ACUERDOS INTERNACIONALES

REGLAMENTO SOBRE PROCEDIMIENTO DE CUSTODIA, ALMACENAMIENTO Y ELIMINACION DE REGISTROS, DOCUMENTOS Y SIMILARES.

D E F E N S O R D E L P U E B L O

ANEXO I PROCEDIMIENTO GENERAL DEL REGISTRO DE ASISTENCIA DEL PERSONAL DEL GOBIERNO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES

LIBRO I.- NORMAS GENERALES PARA LAS INSTITUCIONES DEL SISTEMA FINANCIERO TITULO XX.- DE LA SUPERINTENDENCIA DE BANCOS Y SEGUROS

REGLAMENTO DE SEGURIDAD Y SALUD

CIUDADANO JUEZ DE PROTECCION DEL NIÑO NIÑA Y ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO SU DESPACHO.

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

Segundo.- Los expedientes a que se refiere el número anterior podrán responder a alguno de los siguientes supuestos:

LEY Nº 70 TITULO:. QUE CREA EL BANCO NACIONAL DE ORGANOS Y TEJIDOS

México, Distrito Federal, a siete de agosto de dos mil quince.

Artículo 2. Comisión de coordinación de los trabajos de fin de grado

Normas para la producción, elaboración y circulación de alimentos de consumo humano en todo el país.

COMISION DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO.

REGLAMENTO INTERIOR DE LA COMISIÓN INTERINSTITUCIONAL PARA LA FORMACIÓN DE RECURSOS HUMANOS PARA LA SALUD

ARTICULO 19. INICIATIVA: Proyecto Constitucional del Primer Jefe del Ejército Constitucionalista

SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO. NIVELES ESCALAFONARIOS. REQUISITOS. SISTEMA DE SELECCIÓN.

REGLAMENTO COMISIÓN DE GARANTÍA DE CALIDAD ESCUELA SUPERIOR DE INGENIERÍA UNIVERSIDAD DE CADIZ PREÁMBULO

Acta de la Décima Octava Sesión Ordinaria 2015 del Pleno de la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas

Alcaldía Municipal La Palma


REGLAMENTO DE LA JUNTA GENERAL DE MERCADAL DE VALORES, SICAV, SA

Nº Delegados de Prevención

Transcripción:

J i! I i I! Carpeta NO 558 de 2006 Repartido N 336 Octubre de 2006 CODIGO DEL PROCES() PENAL (DECRETO LEY'" 15.032, DE 7 DE JULIO DE 1980) 1 J I j.!, I t I! 1 I 1 I f Se modifica el articulo 23 ******************************** Proyecto de ley aprobado en nueva forma por la Cámara de Representantes, - Informe de la Comisión de Constitución, Códigos, legislación General y Administración de la Cámara de Representantes. w Proyecto de ley aprobado por la Cámara de Senadores. ~ Acta N" 67 de la Comisión de Constitución y Legislación de la Cámara de Senadores,

Articulo Único.- (Decreto-Ley N 15. 032, Incorpórase al de 7 de julio de Código 1980l, el del Proceso Penal siguie nte artículo : "ARTÍCULO 23. (Proced imiento de oficiol.- En los delicos de rapto, viol ación, atentado violento al p udor, corrupción y escupro s e procederá de oficio en los casos siguientes : Al Cuando el hecho haya sido acompa~ado por otro delito en que deba procederse de oficio. Bl Cuando la persona agraviada careciere de capacidad para actuar por sí en juicio y no tuviere representante legal o judicial. Cl Cuando el deli to fuere cometido por los padres, tutores, curadores o guardadores o con abuso de las relaciones domésticas de la tutela, guarda o curatela. Dl Cuando el delito fuere cometido por quien o quienes tuvieren respecto de la persona agraviada responsabilidad en la atención de su salud o educación. Sl CuaI'.do la persona agraviada tuviere respecto a quien o quienes cometieron el delito una relación de dependencia laboral.

- ;> - F) Cuando la persona agraviada fuere menor de dieciocho aftos o estuviere internada en un establecimiento público". Sala Monlpvjdeo, a de 12 de Sesiones de la setiembre de 2006. Cámara de Representantes, en JOSÉ JULIO Al{Dozo~l REIRA res j de"; '

3 I COMISiÓN DE CONSTITUCiÓN, CÓDIGOS, LEGISLACiÓN GENERAL y ADMINISTRACiÓN INFORME Señoras y señores Representantes: Vuestra Comisión de Constitución, Códigos, Legislación General y Administración ha considerado el proyecto de ley, aprobado por la Cámara de Senadores, por el que se incorpora un artículo al Código del Proceso Penal donde se establece el procedimiento de oficio para determinados delitos. Esta Asesora recomienda al pleno de la Cámara de Representantes la aprobación del proyecto de ley que se expone a continuación. ( I ) f La Ley N 17.938, de 29 de diciembre de 2005, derogó el artículo 23 del Decreto-Ley N 15.032, de 7 de julio de 1980, sin tener en cuenta que las cosas -así planteadas- generaban dificultades de interpretación al tenor de lo dispuesto en disposiciones del Código Penal. Procurando corregir esta situación, el Senado aprobó un proyecto de ley que, si bien esta Comisión comparte en sus objetivos, entendemos presenta una redacción que debe ser modificada. ( 11 ) En lo fundamental, el Senado aprobó un proyecto que en su acápite establecía: "En los delitos a que refieren los artículos precedentes, etcétera... ". En realidad la disposición queda sin sentido al haber sido derogado el articulo 22 del Código del Proceso Penal por la Ley N 17.938 ya referida. Los "articulos anteriores" )'a no aluden a ningún delito en especial, sino a cuestiones de procedimiento. Es por eso que se prefirió la redacción que se pone a consideración del Cuerpo, la que enumera expresamente los delitos a que refiere la disposición (rapto, violación, atentado violento al pudor, corrupción y estupro).

4 ley. Por lo expuesto, aconsejamos la aprobación del siguiente proyecto de Sala de la Comisión, 24 de agosto de 2006. JORGE ORRICO Miembro Informante DIEGO CÁNEPA ÁLVARO ALONSO. JULIO FIORDELMONDO LUIS ALBERTO LACALLE POU EDGARDO ORTUÑO JAVIER SALSAMENDI

5 ~ ~~ah4 ija?u;u;;na:.cuz ~ ARTICULO UNICO.- Incorpórase el siguiente artículo al Código del Proceso Penal (decreto-ley N" 15.032, de 7 de julio de 1980): "ARTICULO 23. (Procedimiento de oficio).- En los delitos a que refieren los artículos precedentes, se procederá de oficio en los casos siguientes: A) Cuando el hecho haya sido acompaflado por otro delito en que deba procederse de oficio; B) Si la persona agraviada careciere de capacidad para actuar por sí en juicio y no tuviere representante legal o judicial; C) Si el delito fuere cometido por los padres, tutores, curadores o guardadores o con abuso de las relaciones domésticas, de la tutela, guarda o curatela; D) Si el delito fuere cometido por personas que tuvieran respecto de la agraviada responsabilidad en la atención de su salud, educación o promoción social;

6 E) Si el delito fuere cometido por personas respecto de las cuales la agraviada tuviera una relación de dependencia laboral; F) Si la persona agraviada fuere menor de 21 años o estuviere internada en un establecimiento público". Sala de Sesiones de la Cámara de Senadores, en Montevideo, a 5 de julio de 2006. Presidente tiugo RODRIGUEZ FILlPPINI Secretario

7 CÁMARA DE SENADORES o COMISiÓN DE CONSTITUCiÓN Y LEGISLACiÓN XLVla. LEGISLATURA Segundo PerIodo ACTA N 67 En Montevideo, el diez de octubre ano dos mil seis, a la hora catorce y cuarenta minutos, se reúne la Comisión de Constitución y Legislación de la Cámara de Senadores. ---------------------------------------------------------------------- Asisten los senores Senadores miembros Sergio Abreu, José Korzeniak, Jorge Larranaga, Carlos Mazzulo, Leonardo Nicolini, Margarita Percovich, Eduardo Ríos y Julio M_ Sanguinetti. ---------------------------------------------------------------- Falta con aviso el senor Senador Rafael MicheJini, quien remite Nota justificando su inasistencia. ------------------------------------------------------------------------- Concurre el señor Senador Carlos Moreira. ----------------------------------- Asisten especialmente invitados: senor Presidente del Instituto de la Ninez y la Adolescencia del Uruguay (INAU), Psicólogo Víctor Giorgi; senor Ministro del Tribunal de Apelaciones de Familia de 2do. Turno, doctor Ricardo Pérez Manrique y senor Subsecretario del Ministerio del Interior, doctor Juan Faroppa. --------------- Preside su titular el senor Senador Leonardo NicoJini. ----------------------------- Actúa en Secret.aría la señora Josefina Reissig, Secretaria de la Comisión con la colaboración de la funcionaria Gloria Mederos. --------------------------------- ASUNTOS ENTRADOS: ~------------------------------------------------ -CARPETA N 644/2006. CIUDADANOS RESIDENTES EN EL EXTERIOR Se dictan normas sobre su derecho al sufragio y a su protección y auxilio por los agentes consulares. Proyecto de ley con exposición de motivos de las senoras Senadoras Susana Dalmás, Margarita Percovich, Lucía Topolansky y Mónica Xavier y de los senores Senadores Carlos Baraibar, Alberto Cid, José Korzeniak, Eduardo Lorier, Rafael Michelini, Leonardo Nicolini, Rodolfo Nin Novoa, Eduardo Ríos y Jorge Saravia. Disposiciones citadas. Distribuido N 1229/2006. ------------- ASUNTOS TRATADOS: -------------------------------------------------------------------~- -CARPETA N 558/2006. CODIGO DEL PROCESO PENAL (decreto-iey N 15.032, de 7 de julio de 1980). Se modifica el artrculo 23. La Cámara de Representantes remite el proyecto de ley aprobado en nueva forma. Distribuido N 1189/2006. En consideración. Se vota: 5 en 5_ Afirmativa. UNANIMIDAD. Se resuelve aceptar las modificaciones introducidas por la Cámara de Representantes. Se designa Miembro Informante a la senora Senadora Margarita Percovich, quien lo hará en forma verbal. ------------------------c-----------------

8 CÁMARA DE SENADORES COMISiÓN DE CONSTITUCIÓN Y LEGISLACIÓN -CARPETAS Nos. 415/2005 y 613/2006. CODIGO DE LA NIÑEZ Y LA ADOLESCENCIA. Se modifican disposiciones relativas a las infracciones a la ley penal y al proceso de detención policial. Proyecto de ley con exposición de motivos presentado por los señores Senadores integrantes de la Bancada del Frente Amplio y Mensaje y proyecto de ley del Poder ejecutivos. Distribuidos Nos.656/2005 Y 1124/2006, respectivamente. La Comisión recibe la opinión de los señores: Presidente del INAU; Ministro del Tribunal de Apelaciones de Familia de 2do. Turno y Subsecretario del Ministerio del Interior. ------------------ -CARPETA N 615/2006. CODIGO DE LA NIÑEZ Y LA ADOLESCENCIA. Se modifican disposiciones relativas a adopción. El doctor Ricardo Pérez Manrique aporta material sobre el tema a repartir a los señores Senadores miembros. ---- Finalizadas las intervenciones, a la hora dieciséis y diez queda levantada la sesión. ------------------------------------------------------------------ De lo actuado se procede a la toma de la versión taquigráfica, cuya copia dactilografiada luce en el Distribuido N 1241/2006, que forma parte de la presente Acta. -------------------------------------------------------------------- Para constancia se labra la presente Acta que, una vez aprobada, firman el señor Presidente y'la señora Secretaria. ----------------------------------------- ~~COLlNI Presidente