GESTIÓN ASISTENCIAL INTEGRAL POLÍTICA INSTITUCIONAL PARA ACOGER LA ESTRATEGIA INSTITUCIONES AMIGAS DE LA MUJER Y LA INFANCIA



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Transcripción:

PAGINA 1 DE 9 1. OBJETIVO Promover, proteger y apoyar la Lactancia Materna como factor protector de la salud de la madre y de los niños y niñas, atendiendo las recomendaciones dadas en la declaración conjunta de la OMS/UNICEF en 1989 y conocida como Los Diez Pasos hacia una Feliz Lactancia Natural y, definir acciones que, desde la perspectiva gerencial de la Iniciativa permitan la integración de servicios y el mejoramiento de la calidad de la atención que ofrece a este grupo de población. 2. ALCANCE Aplica para todas las gestantes, lactantes y niños menores de 5 años atendidos en el Hospital Universitario San Ignacio. Para garantizar su implementación y sostenibilidad se ha incluido en el Plan de Desarrollo Institucional como una de las estrategias para fortalecer el Sistema Obligatorio de Garantía de la Calidad siendo esta congruente con la Misión del Hospital Universitario San Ignacio. 3. DEFINICIONES 3.1. IAMI: Instituciones Amigas de la Mujer y la Infancia 1, instituciones que apoyan la lactancia materna, que ofrecen atención integral a las madres, niñas y niños y que mejoran la calidad de la atención que se les presta. La iniciativa IAMI se desarrolla a través de una metodología que le permite al personal de salud prestar un servicio integral con calidad y calidez. Consiste en cumplir 10 pasos que contemplan: Disponer de una política institucional en favor de la atención integral a madres, niñas y niños. Capacitar a todo el personal de salud en la manera de implantar esta política. Educar y orientar a las gestantes y a sus familias en todos los aspectos de la gestación y el parto. Ofrecer la posibilidad de un parto atendido con calidad, sin intervenciones médicas innecesarias en un ambiente de intimidad y respeto, favoreciendo la presencia del compañero, esposo o una persona querida para la madre. Brindar ayuda práctica y efectiva a las madres en el posparto inmediato para que puedan poner en práctica la lactancia materna y los cuidados del recién nacido. 1 Definición IAMI, Instituciones amigas de la mujer y la infancia, http://www.unicef.org.co/lactancia/iami.htm.

PAGINA 2 DE 9 Favorecer la lactancia materna exclusiva y sin horarios. Procurar el contacto permanente madre-hijo durante la estancia hospitalaria. Eliminar el uso de chupos, biberones y leches artificiales. Conformar grupos comunitarios de apoyo a la lactancia materna y a los programas dirigidos a prevenir enfermedades prevalentes de la infancia. 4. GENERALIDADES No aplica 5. DESCRIPCIÓN GENERAL 5.1. Marco Normativo La Declaración Universal de los Derechos Humanos, la Convención para la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer, la Convención Internacional sobre los derechos del niño, entre otras, han sido ratificadas por el Estado Colombiano mediante diferentes normas y son el marco de referencia para la construcción de todas las políticas que favorecen y promueven la salud materna e infantil. La OMS /OPS reactivaron el compromiso y reconocen que la Atención Primaria en Salud APS- constituye la estrategia principal del sector salud para que los países alcancen los Objetivos de Desarrollo del Milenio. La Atención Primaria en Salud es entendida como el conjunto de cuidados de salud, construidos sobre métodos y tecnologías prácticas, científicamente fundamentadas, socialmente aceptadas y puestas al alcance de todos los individuos y familias de la comunidad mediante su plena participación. En el marco de la Asamblea General de las Naciones Unidas, Colombia se compromete a definir sus metas y estrategias para mejorar de manera importante los indicadores de cumplimiento de los Objetivos de Desarrollo del Milenio relacionados con: Erradicar el hambre, Promover la equidad de género- Autonomía de la Mujer, Reducir la mortalidad en menores de cinco años, Mejorar la Salud Sexual y Reproductiva y Combatir el VIH/SIDA, entre otros.

PAGINA 3 DE 9 La constitución Política de Colombia en su Artículo 44 consagra los derechos fundamentales de los niños y las niñas: la vida, la integridad física, la salud, la seguridad social, la alimentación equilibrada, su nombre y su nacionalidad, tener una familia y no ser separado de ella, el cuidado y el amor, la educación y la cultura, la recreación y la libre expresión de su opinión. Al crearse el Sistema General de Seguridad Social en Salud con la Ley 100 de 1993 y su modificación con la Ley 1122 del 9 de Enero de 2007, la Calidad entendida como una atención oportuna, personalizada, humanizada, integral y continua es una Regla Rectora en la prestación de los servicios de salud. La Ley 1098 del 8 de Noviembre de 2006, la cual reglamenta la ley de Infancia y adolescencia, establece en su artículo 17. Derecho a la vida y a la calidad de vida y a un ambiente sano. En este sentido, los niños, las niñas y los adolescentes tienen derecho a la vida, a una buena calidad de vida y a un ambiente sano en condiciones de dignidad y goce de todos sus derechos en forma prevalente. La calidad de vida es esencial para su desarrollo integral acorde con la dignidad de ser humano. Este derecho supone la generación de condiciones que les aseguren desde la concepción cuidado, protección, alimentación nutritiva, adecuada y equilibrada, acceso a los servicios de salud, educación, vestuario adecuado, recreación y vivienda segura y dotada de servicios públicos esenciales en un ambiente sano. El Decreto 3039 del 10 de Agosto de 2007 por el cual se adopta el Plan Nacional de Salud Pública establece entre las prioridades Nacionales en Salud Pública: La Salud Infantil, la Salud Sexual y Reproductiva, la Salud Oral y la Nutrición entre otros. El Decreto 1396 del 24 de agosto de 1992 por el cual se crea el Consejo Nacional de Apoyo a la Lactancia materna con Carácter permanente y adscrito al Ministerio de Salud. El Decreto 1397 del 24 de agosto de 1992 por el cual se promueve la lactancia materna, se reglamenta la comercialización y publicidad de los alimentos de fórmula para lactantes y complementarios de la leche materna, o el que lo sustituya. Le corresponde al Hospital Universitario San Ignacio dar cumplimiento a las normas establecidas por el Ministerio de la Protección Social de demanda inducida para el desarrollo de las acciones de protección específica, detección temprana y la atención de enfermedades en salud materna e infantil.

PAGINA 4 DE 9 Desde su concepción en 1.989 con la Declaración Conjunta Diez pasos hacía una lactancia exitosa la estrategia de Hospitales amigos de los niños ha tenido en Colombia un avance conceptual y metodológico importante en el marco del Plan Decenal para la Promoción Protección y Apoyo a la Lactancia Materna, hasta llegar a lo que hoy se conoce como Instituciones Amigas de la Mujer y la Infancia IAMI- y de derechos humanos, perspectiva diferencial y criterios de calidad. 5.2. Normas Para Implementar la Estrategia Instituciones Amigas de la Mujer y la Infancia: 5.2.1. Disponer de una política escrita sobre lactancia materna El Hospital Universitario San Ignacio adoptara un reglamento por escrito que incluya los 10 pasos para desarrollar acciones de promoción, protección y apoyo a la lactancia materna, mediante la implementación de las estrategias Instituciones Amigas de la Mujer y la Infancia (IAMI).la cual será avalada y firmada por el Director del Hospital Universitario San Ignacio. Se realizara la difusión del reglamento a todo el personal del Hospital y se adjudicara la ubicación de estos 10 pasos en sitios visibles. Se establecerá un Comité conformado por resolución o acto administrativo. (anexo. 1) 5.2.2. Capacitar al personal de salud para garantizar que el Hospital Universitario San Ignacio esté en condiciones de poner en práctica dicha política. Diseñar un programa de capacitación para el personal de salud que atiende a madres y Recién Nacidos, que incluya los componentes de los Diez Pasos de la Iniciativa IAMI (objetivos, contenidos, cronograma, materiales educativos). Capacitar en todos los componentes de la IIAMI a todo el personal que atiende a mujeres gestantes, madres, recién nacidos, buscando integrar la garantía de calidad y el enfoque de derechos. Diseñar un programa de información e inducción para todo el personal de la institución, (incluyendo personal asistencial, administrativo, de servicios, temporal, etc.). Asegurar actividades informativas y de inducción sobre IIAMI para el personal del hospital y el personal que se va vinculando. Documentar y continuar con el programa de capacitación a madres, padres y otros cuidadores durante la estancia hospitalaria de apoyo

PAGINA 5 DE 9 IAMI con contenidos básicos sobre la práctica de la lactancia materna, la alimentación complementaria y pautas de crianza. 5.2.3. Capacitar a todas las gestantes y a sus acompañantes acerca de los beneficios que ofrece la lactancia natural y la forma de ponerla en práctica. Diseñar la guía del proceso educativo a realizar con las mujeres gestantes y sus familias, desde el primer momento de inicio de control prenatal con el Hospital Universitario San Ignacio para que puedan vivirla satisfactoriamente, prepararse para el parto, el puerperio, la lactancia materna y la crianza que incluya una consejería especial para la prevención de la transmisión vertical VIH-SIDA, y planificación familiar. 5.2.4. Favorecer el vínculo afectivo madre- hijo(a), educar a las madres sobre la importancia del contacto piel a piel y de recibir ayuda para iniciar la lactancia materna durante la media hora siguiente al parto. Favorecer el contacto inmediato piel a piel entre madre e hijo o hija y el inicio temprano del amamantamiento. Mantener actualizado el protocolo actual de atención al recién nacido en sala de partos, de acuerdo a la normatividad vigente. Asegurar un parto humanizado, de óptima calidad, en un ambiente de respeto y privacidad evitando intervenciones médicas innecesarias. Permitir el ejercicio del derecho a nacer en compañía de sus seres queridos, el papá u otra persona significativa para la madre. 5.2.5. Brindar ayuda efectiva a las mujeres y sus familias para que puedan poner en práctica la lactancia materna, incluso si tienen que separarse de sus hijos e hijas y apoyarlas para realizar una crianza humanizada. Garantizar el control posparto oportuno de la madre y el recién nacido para vigilar su estado de salud, e informar sobre la importancia de realizarlo. Promover la corresponsabilidad de la pareja en la crianza de los hijos y las hijas. Fortalecer la enseñanza a la madre la técnica de amamantamiento y de extracción manual.

PAGINA 6 DE 9 Continuar en la enseñanza a la madre y su familia los cuidados del recién nacido y promover pautas de crianza adecuadas. Garantizar consejería a las madres con dificultades para la práctica de la lactancia materna, para quienes la suspendieron y deciden reiniciarla, y para los casos especiales (en los casos de madres VIH (+) información sobre las ventajas y riesgos de las opciones de alimentación natural vs. artificial junto con orientación y apoyo para disminuir los riesgos de la opción seleccionada). Coordinar acciones para garantizar vacunación, registro civil, planificación familiar. 5.2.6. Promover en las madres y sus familias la práctica de la lactancia materna exclusiva durante los primeros seis meses, así como la buena nutrición para la mujer. Dar ayuda efectiva a la madre sobre cómo se debe dar de mamar al niño o niña y mantener la lactancia aún en condiciones de forzosa separación. Fortalecer y Garantizar el entrenamiento a la madre sobre la técnica correcta de amamantamiento y extracción manual su conservación y cómo darla con taza, jeringa y cucharita (teniendo presente el apoyo a las madres que trabajan fuera del hogar). No dar al recién nacido leches de fórmula u otros líquidos a no ser que exista indicación médica. Dar consejería a las madres VIH (+) sobre la alimentación más conveniente para su niña o niño recién nacido a fin de evitar la transmisión vertical del VIH-SIDA. Cumplir con el código Internacional de Sucedáneos de la Leche Materna. 5.2.7. Favorecer el alojamiento conjunto madre-hijo (a) durante las 24 horas del día. Fortalecer el alojamiento conjunto madre hijo (a) durante las 24 horas del día.

PAGINA 7 DE 9 Promover y fortalecer en las madres y la familia la práctica de la lactancia a libre demanda sin restricción, ni horarios fijos, incluyendo los casos especiales. Fortalecer el protocolo de manejo en casos especiales como VIH SIDA y Hepatitis B de acuerdo a los avances científicos. 5.2.8. Fomentar en las madres y familias la práctica de la lactancia materna a libre demanda, esto es sin restricción de horarios fijos. Favorecer y fortalecer la libre demanda de la lactancia materna de día y de noche sin restricción de horarios fijos aún en casos de hospitalización. Fortalecer el acompañamiento continuo de la madre, el padre o un familiar en alojamiento conjunto y hospitalizado. 5.2.9. No dar a los bebés alimentados al pecho, chupos, ni biberones y cumplir con el código internacional de comercialización sucedáneos de la leche materna y la norma nacional que lo adopte. Informar a las madres y sus familias sobre las consecuencias del uso de chupos y biberones para garantizar una adecuada nutrición del bebé. Reafirmar el no uso de chupos y biberones para el logro de servicios de calidad por cuanto mejora la seguridad. Cumplir el Código Internacional de Sucedáneos de la Leche Materna y el Decreto 1397 de 1992. Fortalecer la promoción en los casos de bajo peso al nacer o prematuros con el programa canguro con la participación del padre o un familiar. 5.2.10. El Hospital Universitario San Ignacio provisionará la información necesaria a sus pacientes y familiares para la adherencia a la lactancia materna exclusiva desde una atención integral para que de esta manera sean multiplicadores de esta información y logren de manera ambulatoria, a través de su Entidad Promotora de Salud, la adherencia a los programas de crecimiento y desarrollo infantil, y de promoción y apoyo a la lactancia materna y salud de la mujer.

PAGINA 8 DE 9 6. CONTROL DE CAMBIOS Fecha Versión Descripción del cambio 13/06/13 01 Aprobación del documento. 7. ANEXOS 7.1 Anexo No 01 Configuración comité.

PAGINA 9 DE 9 ELABORADO POR REVISADO POR APROBADO POR Dra. Gloria Cecilia Ruíz Montoya. Pediatra-Neonatóloga. Jefe URN Dra. Claudia Emilse Fajardo Rincón. Psicóloga- Lic. Educación. Dr. Luisa Fernanda Salgado. Jefe Oficina de calidad. Dra. Carolina Bolívar. Delegada Secretaria Distrital de Salud Dr. Julio C. Castellanos Ramírez Director General