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Transcripción:

DE CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO Orn HAC/43/2016, 20 septembre 2016, por la que se establecen las bases reguladoras subvencones para el sarrollo accones mejora la empleabldad, en colaboracón con el Servco Cántabro Empleo. I De acuerdo con la Recomendacón núm. 195 la Organzacón Internaconal l Trabajo, el térmno «empleabldad» se refere a "las competencas y cualfcacones transferbles que refuerzan la capacdad las personas para aprovechar las oportundas educacón y formacón que se les presenten con mras a encontrar y conservar un trabajo cente, progresar en la empresa o al cambar empleo y adaptarse a la evolucón la tecnología y las condcones l mercado trabajo". En dcho documento, s la OIT se exhorta a sus Estados membros, entre otros muchos aspectos, a: asegurar la provsón nformacón y orentacón profesonal, nformacón sobre mercados trabajo, trayectoras profesonales y asesoramento sobre el empleo, complementada con nformacón relatva a los rechos y oblgacones todas las partes, en vrtud la legslacón l trabajo y otras formas reglamentacón laboral; fomentar para todas las personas trabajadoras la gualdad oportundas y el acceso a la orentacón profesonal y al perfecconamento sus apttus profesonales; asegurar y facltar, durante toda la vda la persona, la partcpacón y el acceso a la nformacón y la orentacón profesonal, a los servcos colocacón y a las técncas búsqueda empleo, así como a los servcos apoyo a la formacón; gualmente, a promover y facltar el uso las tecnologías la nformacón y la comuncacón, así como las buenas práctcas tradconales en relacón con los servcos nformacón y orentacón sobre la trayectora profesonal, y servcos apoyo a la formacón. La empleabldad pue fnrse tambén como "la probabldad que tene una persona encontrar empleo y mantenerlo en funcón sus competencas y las exgencas l mercado". En esta línea, el texto refunddo la Ley Empleo, aprobado por Real Decreto Legslatvo 3/2015, 23 octubre, establece como objetvos generales la polítca empleo, entre otros: Adoptar un enfoque preventvo frente al sempleo, especalmente larga duracón, facltando una atencón ndvdualzada a las personas sempleadas, medante accones ntegradas polítcas actvas empleo que mejoren su ocupabldad. Proporconar servcos ndvdualzados a la poblacón actva drgdos a facltar su ncorporacón, permanenca y progreso en el mercado laboral, así como a las empresas para contrbur a la mejora su compettvdad. El texto refunddo la Ley Empleo regula tambén la Estratega Española Actvacón para el Empleo, como nstrumento coordnacón l Sstema Naconal Empleo, artculada en torno a «Ejes las polítcas actvacón para el empleo», en los que se ntegran los objetvos en matera polítcas actvacón para el empleo y el conjunto los servcos y programas sarrollados por los servcos públcos empleo. El prmero esos ejes es el «Orentacón», que compren las actuacones nformacón, orentacón profesonal, motvacón, asesoramento, dagnóstco y termnacón l perfl profesonal y competencas, dseño y gestón la trayectora ndvdual aprendzaje, búsqueda empleo, etc. La Ley Empleo regula, asmsmo, la Cartera Común Servcos l Sstema Naconal Empleo, sarrollada por el Real Decreto 7/2015, 16 enero, que tene por objeto garantzar, en todo el Estado, el acceso en condcones gualdad a los servcos públcos empleo y a los servcos prestados por los msmos, y la gualdad oportundas en el acceso Pág. 21051 1/35

DE al empleo, consttuyendo un compromso los servcos públcos empleo con las personas y empresas usuaras los msmos. Contnúa dsponendo que el acceso las personas sempleadas a los servcos públcos empleo se efectuará medante su nscrpcón y recogda datos en una entrevsta ncal que conllevará una valoracón los servcos que requere para su nsercón laboral. De acuerdo con ello, y en colaboracón con las personas sempleadas, se termnará, s proce, el comenzo un tneraro ndvdual y personalzado empleo en funcón l perfl profesonal, competencas profesonales, necesdas y expectatvas la persona, junto a la stuacón l mercado trabajo y a crteros vnculados con la percepcón prestacones, la pertenenca a colectvos fndos como prortaros y aquellos que se termnen en el marco l Sstema Naconal Empleo. De esta manera la artculacón l tneraro ndvdual y personalzado empleo se confgura como un recho para las personas sempleadas y como una oblgacón para los servcos públcos empleo. Los servcos ncludos en la Cartera Común l Sstema Naconal Empleo son los sguentes: a) Servco orentacón profesonal. b) Servco colocacón y asesoramento a empresas. c) Servco formacón y cualfcacón para el empleo. d) Servco asesoramento para el autoempleo y el emprendmento. El conjunto estos servcos, cuya prestacón es contnua, be ser garantzada en todo el terrtoro naconal y por todos los Servcos Públcos Empleo, ya sea drectamente o a través su colaboracón con otros agentes, que puen ser personas físcas o jurídcas, prvadas o públcas, tales como corporacones locales, agentes socales, organzacones sn ánmo lucro y otras entdas colaboradoras. En este sentdo, la presente orn tene por objeto sarrollar esta prevsón, establecendo el marco colaboracón con las corporacones locales Cantabra y entdas sn ánmo lucro, así como su fnancacón a través subvencones, para la prestacón los sguentes servcos a las personas partcpantes en este programa: En prmer lugar, el servco orentacón profesonal, que es un servco ntegral que tene por objeto la nformacón, el dagnóstco la stuacón ndvdual, el asesoramento, la motvacón y acompañamento en las transcones laborales, ben s la educacón al mundo laboral o entre las dversas stuacones empleo y sempleo que puen darse a lo largo la vda laboral. Este servco tene por fnaldad ayudar a las personas usuaras a mejorar su empleabldad, promover su carrera profesonal y facltar su contratacón u orentar haca el autoempleo. El servco orentacón compren las sguentes actvdas: a) Dagnóstco ndvdualzado y elaboracón l perfl. b) Dseño l tneraro personalzado para el empleo. c) Acompañamento personalzado en el sarrollo l tneraro y el cumplmento l compromso actvdad. d) Asesoramento y ayuda técnca adconal para la fncón l currículo y la aplcacón técncas para la búsqueda actva empleo. e) Informacón y asesoramento adconal sobre la stuacón l mercado trabajo, las polítcas actvas empleo y oferta los servcos comunes y complementaros la cartera; y la oferta formatva y los programas que faclten la movldad para la formacón y cualfcacón europeas. f) Apoyo a la gestón la movldad laboral. Las entdas que recban la fnancacón prevsta en esta orn colaborarán con el Servco Cántabro Empleo en la realzacón las actvdas a), b), c), d) y e), scrtas en el artículo 8.2 l Real Decreto 7/2015, 16 enero. Y en segundo lugar, el servco colocacón y asesoramento a empresas, que tene por objeto ntfcar y gestonar ofertas empleo, ncluyendo las procentes l resto los Pág. 21052 2/35

DE países l Espaco Económco Europeo u otros países, y localzar y sarrollar nuevas oportundas empleo, vnculándolas a las personas usuaras que mejor se ajusten a ellas en funcón su perfl y competencas, a fn facltar a los empleadores las personas trabajadoras más apropadas a sus requermentos y necesdas, así como la nformacón acerca los procesos contratacón, y a las personas trabajadoras su acceso a las ofertas empleo acuadas y dsponbles. Las entdas benefcaras colaborarán con el Servco Cántabro Empleo en la realzacón la actvdad b) scrta en el artículo 9.2 l Real Decreto 7/2015, 16 enero: nformacón y asesoramento sobre la contratacón y las meddas apoyo a la actvacón, la contratacón e nsercón en la empresa, que compren la asstenca cualfcada para la nformacón a personas trabajadoras y a empleadores en la toma csones para la contratacón personal, con nformacón acerca las meddas polítcas actvas empleo y los nstrumentos dsponbles apoyo a la contratacón e nsercón vgentes en cada momento. En ambos casos, la prestacón l servco conllevará la entrega a cada persona usuara l documento asocado a cada actvdad (cuestonaro empleabldad, resultado pruebas pscotécncas, dagnóstco personalzado y perfl actualzado, agenda segumento l tneraro,...). En cuanto a la modaldad prestacón l servco, se opta por la presencal, por ser la más efcaz y accesble para las personas potencalmente benefcaras, sn scartar para algunos supuestos el recurso a las tecnologías la nformacón y la comuncacón. II La vgente Estratega Española Actvacón para el Empleo, fue aprobada por el Real Decreto 751/2014, 5 septembre, y a partr l análss las ocupacones con mejores perspectvas, y la nformacón proporconada por expertos, ntfcó una sere necesdas formatvas que dvdó en dos grans categorías: transversales y sectorales. Las prmeras son aquellas competencas transversales que corresponn a ocupacones dferentes actvdas, entre las que stacan los domas más mandados tradconalmente (nglés, alemán, francés), y los relaconados con las economías emergentes (chno, ruso, portugués, japonés); así como la formacón en nformátca (tecnologías la nformacón y las comuncacones, Internet). Tambén exsten ntfcadas necesdas formacón que se relaconan con competencas generales (trabajo en equpo, habldas socales) y con valores ndvduales y socales (responsabldad, seredad). Por el contraro, las segundas se referen a las competencas específcas más mandadas por los dferentes sectores productvos. Las competencas transversales puen fnrse, por tanto, como aquéllas genércas y comunes a la mayoría ocupacones y que tenen relacón, no solamente con las apttus una persona, sno tambén con sus acttus, sus valores y sus conocmentos prevamente adqurdos, que dan forma a su personaldad. Se caracterzan por no ser específcas una termnada profesón, pero necesaras para por sempeñar cualquer ocupacón en un momento termnado; ahí las dos notas que mejor las ntfcan: transferbldad y flexbldad. Algunas las competencas más stacadas son: la comuncacón, la resolucón problemas, la capacdad organzacón/planfcacón, el lrazgo, la toma csones, la creatvdad, la motvacón, la empatía, la asertvdad, el trabajo en equpo, la adaptabldad y polvalenca, y la propa capacdad aprenr. Amás las anterores, nfluyen notablemente sobre la empleabldad las personas, competencas como la capacdad para manejar acuadamente las nuevas tecnologías la nformacón y la comuncacón, los domas, la dsponbldad que manfestan para el empleo, así como los recursos exstentes para buscar actvamente empleo: s la elaboracón l currculum vtae, hasta la autopostulacón empleando medos telemátcos a través Internet. Por su parte, la Recomendacón 2006/962/CE l Parlamento Europeo y l Consejo, 18 dcembre 2006, ya había subrayado cómo necesaras son para la realzacón personal Pág. 21053 3/35

DE los ndvduos y para su ntegracón socal, así como para la cudadanía actva y el empleo, las nomnadas "competencas clave para el aprendzaje permanente". Según esta recomendacón, las competencas clave resultan esencales en una socedad basada en el conocmento y garantzan una mayor flexbldad la mano obra, lo que permte a las personas adaptarse más rápdamente a la evolucón constante un mundo que se caracterza por una nterconexón cada vez mayor. Estas capacdas consttuyen un factor esencal nnovacón, productvdad y compettvdad, y contrbuyen a la motvacón y la satsfaccón las personas trabajadoras, así como a la caldad l trabajo. Según la Recomendacón 2006/962/CE, berían adqurr las competencas clave no solamente las personas jóvenes, al térmno la enseñanza oblgatora, sno tambén las personas adultas, a lo largo sus vdas, y en el contexto un proceso sarrollo y actualzacón. Entre las competencas clave, se ntfcan las sguentes: La comuncacón en la lengua materna, la comuncacón en lenguas extranjeras y la competenca matemátca. La competenca dgtal, que conlleva un uso seguro y crítco las tecnologías la socedad la nformacón (TSI) y, por tanto, el domno las tecnologías la nformacón y la comuncacón (TIC). Las competencas socales y cívcas. La prmera remte a las competencas personales, nterpersonales e nterculturales, así como a todas las formas comportamento un ndvduo para partcpar manera efcaz y constructva en la vda socal y profesonal. La segunda se basa en el conocmento los conceptos mocraca, justca, gualdad, cudadanía y rechos cvles, estando relaconada con la habldad para nteractuar efcazmente en el ámbto públco y para manfestar soldardad e nterés por resolver los problemas que afecten a la comundad, ya sea a escala local o más ampla. Por tales motvos, las entdas benefcaras, en el marco lo dspuesto en esta orn, colaborarán con el Servco Cántabro Empleo en facltar la mejora la empleabldad las personas partcpantes a través la adquscón y el perfecconamento competencas transversales, con especal énfass en: la adquscón conocmentos que posblten que las personas usuaras puedan superar con éxto las pruebas que los Servcos Públcos Empleo sarrollen para la acredtacón competencas clave en lengua castellana, matemátcas, nglés, francés y alemán; la adquscón/mejora la competenca dgtal; y las competencas socales y cívcas. Junto con las anterores actvdas sarrollarán tambén programas que cubran necesdas formatvas específcas, stuadas fuera l sstema formacón profesonal para el empleo, tales como las relaconadas con prevencón resgos laborales, sstemas gestón la caldad, etc., que cada convocatora termnará en funcón las necesdas tectadas entre las personas mandantes empleo. III Las personas stnataras las accones mejora la empleabldad berán fgurar, con carácter general, nscrtas como mandantes empleo en el Servco Cántabro Empleo. No obstante, será cada convocatora la que concrete los colectvos stnataros las accones a realzar, bendo lmtar, asmsmo, ámbtos y subámbtos terrtorales actuacón y el número horas atencón. En cuanto a los colectvos específcos, las convocatoras nclurán en todo caso a las personas benefcaras la Renta Actva Insercón; las personas benefcaras l Programa Recualfcacón Profesonal (PREPARA); las personas benefcaras l Programa Actvacón para el Empleo o prórrogas l msmo; las personas que percban la Renta Socal Básca, sempre que hayan suscrto un conveno ncorporacón socal con el Insttuto Cántabro Pág. 21054 4/35

DE Servcos Socales que recoja un tneraro nsercón laboral con accones que posblten el acceso a un puesto trabajo, ben por cuenta ajena o medante un proyecto autoempleo; las personas con dscapacdad; las personas en sempleo larga duracón, tambén ntro l programa accón conjunto para la mejora la atencón a estas personas; las personas benefcaras l Sstema Naconal Garantía Juvenl; y las personas que no percban nngún ngreso por haber agotado las prestacones y subsdos sempleo y superar la undad convvenca el umbral ngresos que da recho al percbo la Renta Socal Básca. Fnalmente, las personas que vayan a partcpar o hayan partcpado en programas fomento l empleo fnancados por el Servco Cántabro Empleo, como en el caso l Programa colaboracón l Servco Cántabro Empleo con las corporacones locales la Comundad Autónoma Cantabra y sus entdas vnculadas o penntes para la contratacón personas sempleadas en la realzacón obras y servcos nterés general y socal, tambén podrán partcpar aun cuando no estén nscrtas como mandantes empleo, según se establezca para cada tpo accón. Respecto los ámbtos terrtorales actuacón, concdrán con el las undas admnstratvas gestón (ofcnas empleo l Servco Cántabro Empleo) o con una agrupacón aquellas; las convocatoras tambén podrán consttur subámbtos, ntro cada ámbto terrtoral actuacón, compuestos por uno o más muncpos. Las convocatoras termnarán para cada ámbto o subámbto terrtoral un número mínmo y máxmo horas atencón a fnancar, en funcón las necesdas tectadas por el Servco Cántabro Empleo, procurando la mejor dstrbucón terrtoral los recursos que se pongan a dsposcón la cudadanía. IV El pasado día 7 agosto 2015, el Goberno Cantabra claraba a Torrelavega y su ámbto nfluenca "Zona Urgente Rendustralzacón". Esta claracón mplca que se consttuya en área atencón preferente, bdo a la dfícl stuacón que atravesa, y oblga a que las polítcas públcas comprometdas con su sarrollo económco y socal tengan en cuenta esta stuacón dferencada en su dseño e mplantacón. Con este fn, la Mesa Especal Besaya, creada s la Concertacón Socal regonal e ntegrada por el Goberno Cantabra, las organzacones sndcales y empresarales más representatvas (CEOE-CEPYME, UGT y CCOO) y los ayuntamentos los muncpos la zona l Besaya, ha elaborado y aprobado l "Plan Accón Besaya 16-18", que contempla como objetvos, ntro su Línea 3: Promocón l Empleo: A. Reducr el nvel sempleo en la zona. B. Mejorar y recclar las competencas profesonales la poblacón actva. C. Adaptar la competenca profesonal a la actvdad económca exstente o emergente. D. Fomentar accones ntfcacón las necesdas personal las empresas la zona. Y como medda concreta a sarrollar: "Intensfcar, adaptar y coordnar con el resto meddas l PAB las tareas ntermedacón laboral, molo orentacón profesonal y gestón las polítcas actvas empleo que el Servco Cántabro Empleo sarrolla en el terrtoro". Por este motvo las convocatoras que sean aprobadas acuerdo con lo dspuesto en esta orn, berán tener en cuenta las propuestas consensuadas en el seno la Mesa Especal Besaya. Pág. 21055 5/35

DE V En el ámbto la Comundad Autónoma Cantabra, el Estatuto Autonomía dspone en su artículo 26.11 que a aquélla le correspon la competenca en matera ejecucón la legslacón laboral que dcte el Estado. En aplcacón esta prevsón fue realzado medante el Real Decreto 1418/2001, 14 dcembre, el corresponnte traspaso funcones y servcos la gestón realzada por el Insttuto Naconal Empleo, en el ámbto l trabajo, el empleo y la formacón. Posterormente con la Ley Cantabra 1/2003, 18 marzo, se creó el organsmo autónomo Servco Cántabro Empleo, a quen se le atrbuyó, entre otras funcones, potencar los servcos orentacón profesonal en su ámbto competenca, así como la elaboracón, fncón objetvos y gestón los programas apoyo y fomento l empleo. En sarrollo esta funcón, y lo prevsto en la Estratega Española Actvacón para el empleo, se confgura el programa accones mejora la empleabldad como un programa propo la Comundad Autónoma Cantabra, ncludo en el Plan Anual Polítca Empleo ntro su Eje 1: Orentacón, a ejecutar a través subvencones públcas a concer a corporacones locales y entdas sn ánmo lucro que gocen la capacdad técnca sufcente para prestar, en térmnos efcaca, efcenca y caldad, las accones scrtas en esta Orn. VI La Ley 11/2007, 22 juno, Acceso Electrónco los Cudadanos a los Servcos Públcos, reconoce el recho la cudadanía a relaconarse con las Admnstracones Públcas por medos electróncos, regulando los aspectos báscos la utlzacón las tecnologías la nformacón en la actvdad admnstratva, en las relacones entre las Admnstracones Públcas, así como en las relacones la cudadanía con las msmas con la fnaldad garantzar sus rechos, un tratamento común ante ellas y la valz y efcaca la actvdad admnstratva en condcones segurdad jurídca. Entre los fnes esa ley, se ndca la necesdad crear unas condcones confanza en el uso los medos electróncos, establecendo las meddas necesaras para la preservacón la ntegrdad y los rechos fundamentales y, en especal, los relaconados con la ntmdad y la proteccón datos carácter personal. El Esquema Naconal Segurdad, aprobado por el Real Decreto 3/2010, 8 enero, tene como meta precsamente atenr a esa necesdad, para permtr a la cudadanía y a las Admnstracones Públcas el ejercco rechos y el cumplmento beres a través estos medos. Entre las meddas tpo organzatvo ncluye la oblgacón formalzar una Polítca Segurdad la Informacón para la organzacón, en la que se fnan, entre otros aspectos, la estructura para la gestón la segurdad la nformacón y la asgnacón funcones y roles. Así, el Decreto 31/2015, 14 mayo, por el que se aprueba la Polítca Segurdad la Informacón la Admnstracón la Comundad Autónoma Cantabra, establece los objetvos, prncpos báscos y la estructura organzatva para la gestón la segurdad la nformacón en la Admnstracón Cantabra. En su artículo 20 regula que: "Los responsables fcheros que contengan datos carácter personal berán cumplr con lo dspuesto en la normatva sobre proteccón datos carácter personal y el resto dsposcones legales aplcacón. Tambén berán aplcar la Polítca Segurdad establecda en este creto y las normas segurdad o procedmentos segurdad que la sarrollen"; añando en el artículo 27, apartado 1: "Cuando se presten servcos a otros organsmos o se ceda nformacón a terceros: a) Se les hará partícpes la Polítca Segurdad la Informacón establecda en el presente creto y las normas segurdad o procedmentos segurdad relaconados con el servco o la nformacón afectados. Pág. 21056 6/35

DE b) Se establecerán canales nformacón y coordnacón entre los respectvos responsables gestón la segurdad la nformacón y se establecerán procedmentos segurdad para la reaccón ante ncntes". En la gestón las ayudas prevstas en estas bases reguladoras es necesaro utlzar datos carácter personal y tratar datos en fcheros automatzados y no automatzados, por lo que acuerdo a lo fndo en el artículo 3 la Ley Orgánca 15/1999, 13 dcembre, Proteccón Datos Carácter Personal, tendrá la condcón responsable l fchero o tratamento el Servco Cántabro Empleo, y tendrán la condcón encargados l tratamento las entdas benefcaras. VII Las ayudas prevstas en esta orn tenen la naturaleza jurídca subvencones y se regrán por lo establecdo en la Ley 38/2003, 17 novembre, General Subvencones, y su Reglamento sarrollo, aprobado por el Real Decreto 887/2006, 21 julo, en cuanto consttuyan legslacón básca l Estado, y en la Ley Cantabra 10/2006, 17 julo, Subvencones Cantabra. En este sentdo, el artículo 9.2 la Ley 38/2003, 17 novembre, y el artículo 8.2 la Ley Cantabra 10/2006, 17 julo, establecen que "con carácter prevo al otorgamento las subvencones, berán aprobarse las normas que establezcan las bases reguladoras concesón" en los térmnos establecdos en estas leyes. Por su parte, el artículo 16.1, segundo párrafo la ctada Ley Cantabra 10/2006, 17 julo, dspone que las ctadas bases se aprobarán por orn la Consejería, acuerdo con el procedmento prevsto en los artículos 120 y 121 la Ley Cantabra 6/2002, 10 dcembre, Régmen Jurídco l Goberno y la Admnstracón la Comundad Autónoma Cantabra, sendo en todo caso preceptvo nforme los servcos jurídcos la Consejería afectada y la Intervencón Delegada. Asmsmo, que las bases se publcarán en el Boletín Ofcal Cantabra. En cuanto al procedmento concesón, es aplcacón el procedmento ordnaro en régmen concurrenca compettva, según lo prevsto en el artículo 22.1 la Ley 38/2003, 17 novembre, y en el artículo 22.2 la Ley Cantabra 10/2006, 17 julo, según los cuáles, la concesón las subvencones se realzará medante la comparacón las solctus presentadas que reúnan las condcones para accer a la subvencón, a fn establecer un orn prelacón entre las msmas, acuerdo con los crteros valoracón fjados y adjudcando, con el límte fjado en cada convocatora ntro l crédto dsponble, aquéllas que hayan obtendo mayor valoracón en aplcacón los ctados crteros. A estos efectos, cada ámbto o subámbto terrtoral actuacón constturá una undad concesón, por lo que la concurrenca compettva se aplcará a las solctus cada una ellas entre sí, por tpo entdad solctante. En cuanto al pago, resulta aplcacón lo establecdo en la dsposcón adconal sexta la Ley Cantabra 1/2003, 18 marzo, según la cual el abono las subvencones conceddas con cargo a crédtos presupuestaros gestonados por el Servco Cántabro Empleo podrá realzarse forma antcpada hasta en un 100 por 100 su cuantía, sn necesdad preva consttucón garantías, no sendo aplcacón lo prevsto con carácter general en sarrollo l artículo 16.3.k) la Ley Cantabra 10/2006, 17 julo. Fnalmente, en cuanto al régmen justfcacón los fondos, resultará aplcacón lo prevsto en el artículo 31.7 la Ley Subvencones Cantabra en aquellos casos en que la entdad benefcara tenga la condcón Admnstracón Públca; para el resto supuestos será aplcacón la modaldad cuenta justfcatva con aportacón justfcantes gasto. En la elaboracón esta orn han sdo consultadas las organzacones empresarales y sndcales más representatvas en la Comundad Autónoma Cantabra. Pág. 21057 7/35

DE Igualmente han emtdo nforme la Asesoría Jurídca la Consejería Economía, Hacenda y Empleo, y la Intervencón General la Admnstracón la Comundad Autónoma Cantabra. En vrtud lo expuesto, en el marco lo dspuesto en la Ley Cantabra 10/2006, 17 julo, Subvencones Cantabra, y en uso las atrbucones conferdas por el artículo 33 la Ley Cantabra 6/2002, 10 dcembre, Régmen Jurídco l Goberno y la Admnstracón la Comundad Autónoma Cantabra, DISPONGO Artículo 1. Objeto, ámbto y régmen jurídco. 1. La presente Orn tene por objeto establecer las bases reguladoras subvencones para el sarrollo accones mejora la empleabldad a través entdas colaboradoras l Servco Cántabro Empleo. 2. El ámbto aplcacón terrtoral será la Comundad Autónoma Cantabra. En el anexo I fguran ntfcados los ámbtos terrtorales actuacón ncales, pundo las convocatoras que sean aprobadas establecer ntro cada uno ellos subámbtos actuacón ntegrados por uno o más muncpos, o la agrupacón dos o más ámbtos en uno solo. 3. Las ayudas prevstas en esta orn tenen la naturaleza jurídca subvencones y se regrán por lo establecdo en la Ley 38/2003, 17 novembre, General Subvencones, y su Reglamento sarrollo, aprobado por el Real Decreto 887/2006, 21 julo, en cuanto consttuyan legslacón básca l Estado, y en la Ley Cantabra 10/2006, 17 julo, Subvencones Cantabra. Artículo 2. Fnancacón. 1. La fnancacón se hará con cargo a los crédtos los Presupuestos Generales la Comundad Autónoma que para cada ejercco se termnen en cada convocatora. La concesón estas subvencones estará supedtada a la exstenca dchas dsponbldas presupuestaras. 2. La fnancacón estas ayudas podrá estar consttuda tanto con fondos empleo ámbto naconal ttulardad l Servco Públco Empleo Estatal, dstrbudos para su gestón por las Comundas Autónomas por la Conferenca Sectoral Empleo y Asuntos Laborales, como por fondos empleo autonómcos habltados por el Goberno Cantabra, o una combnacón los anterores. Cuando la fnancacón se haga a cargo fondos empleo ámbto naconal, las convocatoras podrán establecer dotacones económcas específcas para la actuacón con las personas cuya atencón sea fnancada con recursos transferdos por el Estado. Artículo 3. Entdas benefcaras y personas stnataras. 1. Podrán ser benefcaras estas subvencones las sguentes entdas, que cumplan los requstos señalados en los apartados 2 y 3: a) Los muncpos y las entdas locales supramuncpales la Comundad Autónoma Cantabra, así como sus entdas penntes o vnculadas. b) Las entdas sn ánmo lucro. 2. Las entdas nteresadas, para ser benefcaras, berán cumplr los sguentes requstos: a) Experenca preva, al menos, dos años en los ses años anterores a la publcacón l extracto la convocatora, medante ejecucón drecta y no subcontratada, accones orentacón profesonal para el empleo a personas sempleadas, al amparo lo dspuesto en esta orn y/o programas regulados en las sguentes dsposcones: Pág. 21058 8/35

DE Orn l Mnstero Trabajo y Segurdad Socal 9 marzo 1994, por la que se establecen las bases reguladoras la concesón ayudas por el Insttuto Naconal Empleo para la realzacón accones comprobacón la profesonaldad, nformacón profesonal, orentacón profesonal y búsqueda actva empleo, por entdas e nsttucones colaboradoras sn ánmo lucro. Orn l Mnstero Trabajo y Asuntos Socales 20 enero 1998, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesón subvencones para la realzacón accones orentacón profesonal para el empleo y asstenca para el autoempleo. Orn TAS/2643/2003, 18 septembre, por la que se regulan las bases para la concesón subvencones para la puesta en práctca programas expermentales en matera empleo. Órnes la Consejería Economía, Hacenda y Empleo l Goberno Cantabra por las que se establecen las bases reguladoras y se aprueban las dferentes convocatoras los años 2013 a 2015, proyectos ntegrados empleo. Asmsmo, se entenrá que cumplen con esta condcón aquellas entdas que hayan sarrollado actvdas orentacón para el empleo gestonadas por los Servcos Públcos Empleo en los térmnos establecdos por el artículo 10.4.a) l texto refunddo la Ley Empleo, aprobado por el Real Decreto Legslatvo 3/2015, 23 octubre, en el plazo anterormente señalado. b) Los medos materales y humanos sguentes: 1.º Dsponer, en el momento presentacón la solctud, para cada ámbto o subámbto actuacón objeto la msma, una nfraestructura locales y equpamentos acuada para prestar, forma ndvdualzada y grupal, el servco orentacón profesonal para el empleo en los térmnos establecdos en esta orn. A estos efectos, al menos berán contar con los sguentes recursos: Por cada orentador/a, un spacho dferencado l resto penncas para atencón ndvdualzada con dsponbldad exclusva para la entdad y no compartdo con otras actvdas. El spacho berá tener un mínmo 6 metros cuadrados superfce. Un aula para atencón grupal dferencada l resto penncas, y dsponbldad no compartda con otra entdad orentacón y con capacdad para albergar al menos a z personas, con z mesas trabajo dotada con z ornadores con conexón a Internet, mpresora, proyector, estanterías y moblaro auxlar. El aula berá tener un mínmo 24 metros cuadrados superfce. Un acceso efcente (banda ancha) a Internet para la conexón al Sstema Informacón l Servco Cántabro Empleo. Acuacón l local a la normatva en vgor en matera accesbldad y no dscrmnacón las personas con dscapacdad. 2.º Dsponer en el momento l nco las actvdas, recursos humanos sufcentes: Al menos una persona contratada como técnca, a jornada completa, con estudos unverstaros fnalzados, con experenca superor a un año y currculum contrastado, en funcones orentacón para el empleo, y con conocmentos ofmátca, Internet y mercado trabajo. El compromso dsponer l personal necesaro para realzar las accones subvenconadas y con capacdad para la atencón a personas usuaras, en funcón l número horas atencón a fnancar. 3. Amás, las entdas solctantes berán acredtar con anterordad a dctarse la propuesta resolucón que se encuentran al corrente l cumplmento sus oblgacones trbutaras con la Agenca Estatal Admnstracón Trbutara, frente a la Segurdad Socal y sus oblgacones con la Admnstracón la Comundad Autónoma Cantabra. 4. Con carácter general, las personas stnataras o usuaras las accones subvenconadas berán ser sempleadas y fgurar como mandantes empleo y servcos o como solctantes servcos en el Servco Cántabro Empleo. No obstante, tambén podrán partcpar: Pág. 21059 9/35

DE a) Las personas nscrtas como mandantes empleo y servcos o como solctantes servcos, ocupadas, con una jornada trabajo nferor a vente horas semanales. b) S así lo prevé la convocatora, las personas ocupadas partcpantes en programas fomento l empleo fnancados por el Servco Cántabro Empleo, aun cuando no fguren nscrtas, respecto la actvdad b) l artículo 9.2 l Real Decreto 7/2015, 16 enero. 5. Las convocatoras que sean aprobadas termnarán los colectvos específcos personas stnataras, ncluyendo en todo caso los sguentes: a) Personas benefcaras la Renta Actva Insercón regulada por el Real Decreto 1369/2006, 24 novembre. b) Personas benefcaras l Programa Recualfcacón Profesonal (PREPARA), prorrogado por el Real Decreto-ley 1/2013, 25 enero. c) Personas benefcaras l Programa Actvacón para el Empleo, regulado por el Real Decreto-ley 16/2014, 19 dcembre, y por el Real Decreto-ley 1/2016, 15 abrl, por el que se prorroga el Programa Actvacón para el Empleo, así como por las normas posterores que lo modfquen o prorroguen. d) Personas que percban la Renta Socal Básca, regulada en la Ley Cantabra 2/2007, 27 marzo, Derechos y Servcos Socales, que hayan suscrto un conveno ncorporacón socal con el Insttuto Cántabro Servcos Socales que recoja un tneraro nsercón laboral con accones que posblten el acceso a un puesto trabajo, ben por cuenta ajena o medante un proyecto autoempleo. e) Personas con dscapacdad. Tendrán la consracón personas con dscapacdad aquellas a quenes se les haya reconocdo un grado dscapacdad gual o superor al 33 por cento. Se consrará que presentan una dscapacdad en grado gual o superor al 33 por cento las personas pensonstas la Segurdad Socal que tengan reconocda una pensón ncapacdad permanente en el grado total, absoluta o gran nvalz, y las personas pensonstas clases pasvas que tengan reconocda una pensón jublacón o retro por ncapacdad permanente para el servco o nutldad. f) Personas en sempleo larga duracón, entenndo por tales aquellas nscrtas como mandantes empleo y en sempleo durante 360 días acumulables en un perodo 18 meses. g) Personas benefcaras l Sstema Naconal Garantía Juvenl, regulado en el capítulo I l título IV la Ley 18/2014, 15 octubre, aprobacón meddas urgentes para el crecmento, la compettvdad y la efcenca. h) Personas partcpantes, que vayan a partcpar o hayan partcpado en el Programa colaboracón l Servco Cántabro Empleo con las corporacones locales la Comundad Autónoma Cantabra y sus entdas vnculadas o penntes para la contratacón personas sempleadas en la realzacón obras y servcos nterés general y socal. ) Personas que no percban nngún ngreso por haber agotado las prestacones y subsdos sempleo y superar la undad convvenca el umbral ngresos que da recho al percbo la Renta Socal Básca. 6. Podrán partcpar en las accones mejora la empleabldad ntfcadas en los apartados 4 y 5 l artículo 4: a) Aquellas personas que estén recbendo el servco orentacón profesonal acuerdo con el apartado 2 l artículo 4. b) Aquellas personas que estén recbendo, por personal una ofcna empleo l Servco Cántabro Empleo, el servco orentacón profesonal a que se refere el artículo 8.2 l Real Decreto 7/2015, 16 enero. 7. Las entdas benefcaras darán prordad absoluta atencón a aquellas personas que hayan sdo rvadas por las ofcnas empleo l Servco Cántabro Empleo. Pág. 21060 10/35

DE Artículo 4. Accones subvenconables. 1. Podrán ser objeto subvencón las sguentes accones mejora la empleabldad, para cuya ejecucón el Servco Cántabro Empleo precse l apoyo entdas colaboradoras en los térmnos prevstos en cada convocatora, bendo éstas concretar ámbtos y, en su caso, subámbtos, terrtorales actuacón, colectvos stnataros las accones a realzar y su duracón estmatva: a) Las accones l servco orentacón profesonal ncludo en la Cartera Común Servcos l Sstema Naconal Empleo (artículo 8.2 l Real Decreto 7/2015, 16 enero). b) La actvdad nformacón y asesoramento sobre la contratacón y las meddas apoyo a la actvacón, la contratacón e nsercón en la empresa (artículo 9.2.b) l Real Decreto 7/2015, 16 enero). c) La adquscón/mejora competencas transversales. d) Otras accones que cubran necesdas formatvas específcas. 2. El servco orentacón que presten las entdas benefcaras comprenrá las sguentes actvdas: a) Dagnóstco ndvdualzado y elaboracón l perfl: Comprenrá la atencón específca a las personas usuaras, al objeto ntfcar sus habldas, sus competencas, su formacón y experenca, sus ntereses, su stuacón famlar y las posbles oportundas profesonales, así como cuantas otras varables se estmen relevantes en el protocolo específco que sarrolle esta actvdad. Esta nformacón se utlzará para la elaboracón l perfl l usuaro o la usuara y su clasfcacón en funcón su empleabldad. La modaldad prestacón será presencal, carácter ndvdual. El sarrollo esta actvdad tendrá como producto el sguente entregable a las personas atenddas: Dagnóstco personalzado y perfl actualzado. b) Dseño l tneraro personalzado para el empleo: Consstrá en la elaboracón y comuncacón fehacente a la persona usuara, cuando proceda, l proceso que se consre más acuado para su acceso al empleo acuerdo con su perfl, necesdas y expectatvas a través crteros técncos y estadístcos, ncluyendo las prncpales actuacones propuestas y el calendaro realzacón, así como los elementos verfcacón y segumento. Para la realzacón este tneraro será necesara la suscrpcón y frma un acuerdo personal empleo entre el usuaro o la usuara y la orentadora u orentador. Igualmente será necesaro tener realzado el dagnóstco ndvdualzado y elaborado el perfl profesonal. Este tneraro tendrá el contendo mínmo a que se refere el artículo 8.2.b) l Real Decreto 7/2015, 16 enero. La modaldad prestacón será presencal, carácter ndvdual. El sarrollo esta actvdad tendrá como productos los sguentes entregables a las personas atenddas: 1.º Acuerdo personal empleo. 2.º Dagnóstco personalzado y perfl, actualzados, cuando proceda. c) Acompañamento personalzado en el sarrollo l tneraro y el cumplmento l compromso actvdad: Consstrá en el segumento ndvdual y personalzado por parte tutor/a u orentador/a las actuacones que la persona usuara vaya llevando a cabo en ejecucón su tneraro, la revsón y actualzacón l msmo, la fjacón y supervsón l cumplmento htos, etapas y oblgacones, así como l compromso actvdad para el caso personas que percban prestacones, y cuantas otras funcones asesoramento, nformacón y apoyo sean precsas para facltar su actvacón y mejorar su empleabldad. Para el sarrollo esta actvdad es necesaro haber suscrto con carácter prevo el acuerdo personal empleo a que se refere la actvdad anteror. La modaldad prestacón será presencal, carácter ndvdual. Pág. 21061 11/35

DE El sarrollo esta actvdad tendrá como productos los sguentes entregables a las personas atenddas: 1.º Agenda segumento l tneraro. 2.º Cuestonaro empleabldad actualzado, cuando proceda. d) Asesoramento y ayuda técnca adconal para: 1.º La fncón su currículo, que refleje su perfl profesonal en térmnos competencas profesonales: Comprenrá la nformacón y asesoramento personal, grupal o general a las personas usuaras, así como la provsón nstrumentos y técncas ayuda para la elaboracón su currículo personalzado. 2.º La aplcacón técncas para la búsqueda actva empleo: Contemplará la provsón nformacón, y manejo básco los medos, técncas y herramentas accesbles para la búsqueda empleo por cuenta ajena, ncluyendo los medos telemátcos y el uso las res socales. Se rvará, cuando proceda, al servco asesoramento para el autoempleo y el emprendmento. La modaldad prestacón será presencal, en formato ndvdual o grupal. El sarrollo esta actvdad tendrá como productos los sguentes entregables a las personas atenddas: Currículo realzado por la persona usuara, revsado por el tutor o la tutora. Molos carta presentacón realzados por la persona usuara, revsados por el tutor o la tutora. e) Informacón y asesoramento adconal sobre: 1.º La stuacón l mercado trabajo, las polítcas actvas empleo y oferta los servcos comunes y complementaros la cartera: Comprenrá la comuncacón sobre los datos o las crcunstancas relatvas al mercado trabajo y las polítcas actvas empleo que puedan resultar utldad para ncrementar las oportundas empleo las personas usuaras, ncluda la nformacón acerca los servcos comunes y complementaros la Cartera. Podrá realzarse con carácter personal, grupal o general, en forma presencal o medante la utlzacón medos telemátcos, sempre que en este últmo caso que constanca la recepcón l servco por parte la persona usuara. 2.º La oferta formatva y los programas que faclten la movldad para la formacón y cualfcacón europeas: Comprenrá las actuacones asesoramento especalzado a las personas usuaras respecto la oferta formacón. Podrá prestarse forma presencal o a través las tecnologías la nformacón y comuncacón (sempre que en este últmo caso que constanca la recepcón l servco por parte la persona usuara), forma ndvdual o colectva, atenndo a las necesdas los sectores productvos y las personas y a las posbldas exstentes a nvel europeo. El sarrollo esta actvdad tendrá como productos los sguentes entregables a las personas atenddas: Informacón sobre el mercado trabajo. Informacón sobre programas polítcas actvas empleo. Resumen la Cartera Común Servcos. Oferta educatva exstente. Oferta formatva exstente, programada por el Servco Cántabro Empleo y el Servco Públco Empleo Estatal, ncluda la los centros ntegrados públcos Formacón Profesonal y la red centros referenca naconal. Informacón sobre convocatoras procedmentos acredtacón competencas profesonales. 3. La actvdad nformacón y asesoramento sobre la contratacón y las meddas apoyo a la actvacón, la contratacón e nsercón en la empresa, comprenrá la asstenca cualfcada para la nformacón a personas usuaras y empleadores en la toma csones Pág. 21062 12/35

DE para la contratacón personal, con nformacón acerca las meddas polítcas actvas empleo y los nstrumentos dsponbles apoyo a la contratacón e nsercón vgentes en cada momento. El sarrollo esta actvdad tendrá un tratamento dferencado para personas trabajadoras y para empleadores. La modaldad prestacón podrá ser presencal y/o telemátca, carácter ndvdual o grupal. 4. Las accones mejora competencas transversales serán realzadas por aquellas personas que lo precsen, según las conclusones l dagnóstco y el contendo l acuerdo personal empleo. Las accones serán sarrolladas en modaldad presencal y podrán consstr en: a) Adquscón conocmentos que posblten que las personas usuaras puedan superar con éxto las pruebas que los Servcos Públcos Empleo sarrollen para la acredtacón competencas clave en lengua castellana, matemátcas, nglés, francés y alemán. A cada competenca clave se dcará un máxmo 50 horas. b) Adquscón/mejora la competenca dgtal. Con una duracón máxma 30 horas, comprenrá los conocmentos relaconados con: 1.º El lenguaje específco básco: textual, numérco, cónco, vsual, gráfco y sonoro, así como sus pautas codfcacón y transferenca. 2.º Los prncpales sstemas operatvos y las prncpales aplcacones nformátcas, así como las prncpales plataformas en las que operan. Manejo Internet, l correo electrónco y las res socales. 3.º Certfcado electrónco y frma dgtal. Relacones con la Admnstracón Públca a través medos telemátcos. 4.º Acceso a las fuentes y el procesamento la nformacón. 5.º Conocmento los rechos y las lbertas que assten a las personas en el mundo dgtal. c) Competencas socales y cívcas, con una duracón máxma global 20 horas: 1.º La competenca socal, que mplca: la capacdad comuncarse una manera constructva en dstntos entornos, mostrar toleranca, expresar y comprenr puntos vsta dferentes, negocar sabendo nsprar confanza, y sentr empatía. Gestón l estrés y la frustracón y su expresón una manera constructva; dstncón la esfera profesonal la prvada. Esta competenca compren la acttud colaboracón, la segurdad en uno msmo y la ntegrdad, así como el nterés por el sarrollo socoeconómco, la comuncacón ntercultural, la dversdad valores y el respeto a los más, así como estar dspuesto/a a superar los prejucos y a asumr compromsos. 2.º La competenca cívca, que mplca: el conocmento los conceptos mocraca, justca, gualdad, cudadanía y rechos cvles, así como su formulacón en la Consttucón Española, la Carta los Derechos Fundamentales la Unón Europea y en claracones nternaconales, y su aplcacón por parte dversas nsttucones a escala local, regonal, naconal, europea e nternaconal. Ello ncluye el conocmento los acontecmentos contemporáneos, así como los acontecmentos más stacados y las prncpales tenncas en la hstora naconal, europea y mundal. Esta competenca compren tambén el sarrollo la concenca los objetvos, valores y polítcas los movmentos socales y polítcos. d) Formacón en prevencón resgos laborales, con la duracón y el contendo señalados en la normatva aplcacón, penndo la ocupacón, e mpartda por entdas que tengan la capacdad legalmente requerda para ello. Dentro esta formacón queda ncluda la tennte a la obtencón la tarjeta profesonal la construccón o smlares. e) Sstemas gestón la caldad, con una duracón máxma 40 horas. Pág. 21063 13/35

DE f) Obtencón l carné conducr a personas con mayores dfcultas para su nsercón laboral y en stuacón vulnerabldad. A estos efectos cada convocatora termnará el colectvo o los colectvos personas que, acuerdo con la stuacón soco-laboral exstente en cada momento, podrán partcpar en estas accones, establecendo una duracón máxma formacón teórca y práctca, atenndo a su edad, formacón y stuacón personal. 5. Otras accones que cubran carencas formatvas específcas, no ncludas en el sstema formacón profesonal para el empleo, serán termnadas en cada convocatora, en funcón las necesdas tectadas por el Servco Cántabro Empleo entre las personas mandantes empleo. Artículo 5. Cuantía y stno la subvencón. 1. La cuantía la subvencón será la suma los sguentes conceptos: a) Subvencón para sarrollo las actvdas l servco orentacón profesonal, y para el sarrollo la actvdad nformacón y asesoramento sobre la contratacón y las meddas apoyo a la actvacón, la contratacón e nsercón en la empresa. Esta subvencón estará en funcón l número horas atencón prestadas, cuyo mínmo y máxmo, por ámbto o subámbto terrtoral actuacón, será termnado en cada convocatora, en funcón las necesdas tectadas en las ofcnas empleo l Servco Cántabro Empleo. Su mporte está stnado a fnancar el 100 % la jornada trabajo. Por "horas atencón" se entenn las dcadas por el personal técnco orentador a la preparacón preva cada sesón, la atencón drecta a los usuaros y el tempo posteror a cada sesón necesaro para su cerre y regstro la actvdad. El concepto "horas atencón" no compren las horas dcadas a preparacón general, formacón propa y coordnacón técnca. El número horas atencón por persona contratada como técnca ascen a 1.500 al año. b) Subvencón para accones adquscón/mejora competencas transversales y otras accones que cubran necesdas formatvas específcas. 2. El mporte las subvencones para el sarrollo las actvdas señaladas en la letra a) l apartado anteror, será la suma los sguentes, por cada orentador/a: a) Para los gastos personal técnco orentador, que comprenn los costes salarales y Segurdad Socal por todos los conceptos: 27,02 euros/hora atencón, tenendo en cuenta los límtes establecdos a contnuacón: 1.º Accones ndvduales. Tempo máxmo atencón por persona/día: 2 horas. 2.º Accones grupales. Tempo máxmo duracón/accón/día: 4 horas. 3.º Tempo máxmo atencón ndvdual por persona/año: 18 horas. 4.º Tempo máxmo nformacón y asesoramento, drgda a empleadores, sobre la contratacón y las meddas apoyo a la actvacón, la contratacón e nsercón en la empresa: 80 horas/año/orentador-a. b) Para otros gastos: un 40% la anteror cuantía, pundo ser stnada a: 1.º Contratacón personal coordnacón y apoyo admnstratvo. 2.º Materal técnco: guías técncas; documentacón para personas usuaras; materal pscotécnco. 3.º Materal ofcna. 4.º Los sguentes gastos generales, sempre que sean estrctamente necesaros para la ejecucón las accones y en la parte corresponnte a esa ejecucón: Arrendamentos: edfcos, moblaro y equpos nformátcos. En el caso arrendamentos fnanceros, serán subvenconables los pagos abonados por el arrendataro al arrendador con excepcón los ntereses udores. No serán subvenconables otros costes lgados al contrato arrendamento fnancero, específcamente el ejercco la opcón compra, el margen l arrendador, seguros e ntereses costes refnancacón. Pág. 21064 14/35

DE Mantenmento (s no está ncludo en el arrendamento). Sumnstro energía eléctrca, agua, combustble para calefaccón (s no está ncludo en el arrendamento). Comuncacones (teléfono), conexón a Internet, correo. Los gastos compra prensa y otras publcacones no se consrarán subvenconables. Lmpeza. Segurdad, vglanca. Seguros responsabldad cvl, no ncludos en otros apartados. 5.º Gastos amortzacón nstalacones y equpos técncos necesaros. 6.º Publcdad. 7.º Gastos splazamentos las personas usuaras s su domclo hasta el centro atencón, en los supuestos, la cuantía y los límtes establecdos para el personal la Admnstracón la Comundad Autónoma Cantabra. El domclo a efectos abonar el concepto splazamentos las personas partcpantes será el domclo resnca que fgure en su manda empleo. 8.º Gastos guarría scenntes partcpantes menores no escolarzados, así como los gastos generados por el cudado ascenntes hasta segundo grado parentesco, referdos en todo caso a los días asstenca. Las entdas benefcaras berán stnar el mporte esta subvencón a cubrr preferentemente los gastos ntfcados en los puntos 7.º y 8.º este apartado. 9.º Gastos splazamento l personal orentador cuando el servco se preste forma tnerante en localdas l ámbto o subámbto terrtoral, preva autorzacón l Servco Cántabro Empleo. Estos gastos serán subvenconables en cuantía y los límtes establecdos para el personal la Admnstracón la Comundad Autónoma Cantabra. Las nstalacones don se preste el servco berán cumplr los requstos establecdos en el artículo 3.2.b).1.º. 3. El mporte la subvencón para accones adquscón/mejora competencas transversales y otras accones que cubran necesdas formatvas específcas será como máxmo el 35 % la cuantía prevsta en el apartado 2 y se stnará a cubrr los sguentes gastos: a) Gastos rvados l sarrollo con medos propos o la contratacón medos externos. El mporte máxmo mputable por accón en esta categoría gasto será el resultado multplcar el número partcpantes en cada accón por el número horas duracón por 6,50 euros, salvo en el caso accones para la obtencón l carné conducr que será 9,50 euros. b) Pólzas seguros para partcpantes. c) Gastos splazamentos las personas usuaras s su domclo hasta el centro don se sarrollen las accones, en la cuantía y los límtes establecdos para el personal la Admnstracón la Comundad Autónoma Cantabra. El domclo a efectos abonar el concepto splazamentos las personas partcpantes será el domclo resnca que fgure en su manda empleo. d) Gastos guarría scenntes partcpantes menores no escolarzados, así como los gastos generados por el cudado ascenntes hasta segundo grado parentesco, referdos en todo caso a los días asstenca. Las entdas benefcaras con el mporte esta subvencón berán cubrr los gastos ntfcados en las letras c) y d) este apartado. 4. En el caso la mputacón gastos corresponntes al personal estructura la entdad será necesaro aportar resolucón o acuerdo, prevo al nco las accones por parte l personal sgnado, en el que se tallen las personas y el porcentaje dcacón las msmas. En este caso, sólo se mputará la parte proporconal l tempo efectvamente dcado. Pág. 21065 15/35

DE La ctada resolucón o acuerdo especfcará las otras actvdas sarrolladas por estas personas, ndcando el porcentaje dcacón a las msmas, así como la entdad públca o prvada que las fnance en su caso. Respecto l personal orentador, tenendo en cuenta que su dcacón a las accones fnancadas berá ser sempre l 100 %, será necesaro que la resolucón o acuerdo establezca dcha dcacón exclusva. 5. Para garantzar el acceso las personas con dscapacdad a los servcos prestados en condcones que garantcen la aplcacón los prncpos gualdad trato y no dscrmnacón, acuerdo con lo dspuesto respecto l recho al trabajo en el texto refunddo la Ley General rechos las personas con dscapacdad y su nclusón socal, aprobado por Real Decreto Legslatvo 1/2013, 29 novembre, será subvenconable el coste contratacón ntérpretes en lengua sgnos, así como preparadores laborales o acompañantes. Este gasto se compensará con las subvencones establecdas en los apartados 2 y 3, en funcón la accón que se trate. 6. En el anexo II fgura un cuadro-resumen las subvencones prevstas en esta orn, por conceptos subvenconables. Artículo 6. Procedmento concesón. 1. El procedmento concesón estas subvencones se tramtará en régmen concurrenca compettva. Para la concesón las msmas se tendrán en cuenta los prncpos publcdad, gualdad, concurrenca compettva y objetvdad, regulándose conforme lo dspuesto en la Ley 38/2003, 17 novembre, y en su Reglamento, así como en la Ley Cantabra 10/2006, 17 julo. La concesón las subvencones se realzará medante la comparacón las solctus presentadas que reúnan las condcones para accer a la subvencón, a fn establecer un orn prelacón entre las msmas, acuerdo con los crteros valoracón fjados en el artículo 10, y adjudcando, con el límte fjado en cada convocatora ntro l crédto dsponble, aquéllas que hayan obtendo mayor valoracón en aplcacón los ctados crteros. La concurrenca compettva se aplcará para cada uno los ámbtos terrtorales actuacón, o subámbtos cuando exstan, y en funcón los dos tpos entdas solctantes, acuerdo con el artículo 3.1. 2. En el supuesto que una vez resuelta la convocatora se haya agotado el mporte máxmo stnado a la msma, s se producen renuncas a las subvencones se podrán asgnar nuevas concesones sn necesdad nueva convocatora a las solctus que, corresponndo su fnancacón al msmo crédto presupuestaro, no llegaron a obtener subvencón y que, acuerdo con los crteros valoracón, mantenían una poscón nmedatamente posteror a la los proyectos subvenconados según el orn preferenca establecdo, sempre y cuando estos proyectos se puedan realzar en los plazos establecdos. Para ello se elaborarán, en su caso, tantas lstas posbles susttutos como ámbtos y subámbtos exstan y por tpo entdad, -entdas locales y entdas sn ánmo lucro-, en todos los casos por orn prelacón, que se nclurán en la resolucón concesón junto a los solctantes a los que se conce la subvencón y la sestmacón expresa las restantes solctus. 3. No será necesaro fjar un orn prelacón entre las solctus presentadas que reúnan los requstos establecdos en el caso que el crédto consgnado en la convocatora fuera sufcente, atenndo al número solctus una vez fnalzado el plazo presentacón. 4. Con el fn adjudcar el mayor mporte convocado, las convocatoras podrán: a) Indcar a qué ámbtos o subámbtos se asgnarán las horas atencón respecto las que no haya solctus presentadas o que no cumplan los requstos exgdos para ser aprobadas. b) Prever la aplcacón lo prevsto en el artículo 58.4 l Reglamento la Ley General Subvencones, otorgando carácter estmado a la dstrbucón la cuantía máxma convocada Pág. 21066 16/35