Tabla-Resumen de las bonificaciones de las cuotas empresariales a la Seguridad Social en el marco del programa de fomento del empleo para el 2005

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Transcripción:

Tabla-Resumen de las bonificaciones de las cuotas empresariales a la Seguridad Social en el marco del programa de fomento del empleo para el 2005 (Ley 2/2004, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2005) MUJERES DESEMPLEADAS ENTRE 16 Y 45 AÑOS Bonificaciones de cuotas empresariales por contingencias comunes Primer Año (%) Segundo Año (%) Resto (%) 25 25 - "Víctimas de violencia de género." MUJERES DESEMPLEADAS EN PROFESIONES U OCUPACIONES CON MENOR ÍNDICE DE EMPLEO FEMENINO : - Inscritas ininterrumpidamente, al menos, seis 70 60 - meses o mayores de 45 años - Si no reunieran alguno de estos requisitos 35 35 - "Víctimas de violencia de género". MUJERES DESEMPLEADAS INSCRITAS EN LA OFICINA DE EMPLEO, QUE SEAN CONTRATADAS EN LOS VEINTICUATRO

MESES SIGUIENTES A LA FECHA DEL PARTO "Víctimas de violencia de género". MATERNIDAD Y EXCEDENCIA POR CUIDADO DE HIJO Contratos de trabajo indefinidos, o de duración determinada o temporales, de las mujeres trabajadoras que sean suspendidos por maternidad o por excedencia por cuidado de hijo, -así como la transformación de los contratos de duración determinada o temporales en indefinidos- y que se reincorporen al trabajo tras el período de suspensión, dentro de los dos años siguientes a la fecha del parto, siempre que éste se haya producido con posterioridad al 27 de abril de 2003. En los supuestos de los contratos de duración determinada o temporales suscritos con anterioridad al 1 de enero de 2005, cuando se produzca la reincorporación en los términos precedentemente descritos y, antes de haber transcurrido un año desde la misma, se transforme el contrato en indefinido, la duración de la bonificación del 100 por ciento será de dieciocho meses. Dicha bonificación no será acumulable a otras bonificaciones previstas por transformación de contratos. Las cooperativas y sociedades laborales tienen derecho a dichas bonificaciones, respecto a sus socias trabajadoras o de trabajo, con vínculo de trabajo indefinido, siempre que la entidad haya optado por un régimen de Seguridad Social propio de trabajadores por cuenta ajena. DESEMPLEADOS INSCRITOS ININTERRUMPIDAMENTE, AL MENOS, SEIS MESES 100 - - 100 - - 20 20-30 30 -

"Víctimas de violencia de género." DESEMPLEADOS MAYORES DE 45 Y HASTA LOS 55 AÑOS "Cooperativas y Sociedades Laborales", "Desempleados en el programa que contempla la ayuda específica denominada renta activa de inserción" y "Víctimas de violencia de género." DESEMPLEADOS MAYORES DE 55 Y HASTA LOS 65 AÑOS "Cooperativas y Sociedades Laborales", "Desempleados en el programa que contempla la ayuda específica denominada renta activa de inserción" y "Víctimas de violencia de género." DESEMPLEADOS PERCEPTORES DE PRESTACIONES O SUBSIDIOS POR DESEMPLEO, A LOS QUE LES RESTE UN AÑO O MÁS DE PERCEPCIÓN EN EL MOMENTO DE SU CONTRATACIÓN 50 45 45 60 55 55 55 50 50 65 60 60 50 45-60 55 -

"Víctimas de violencia de género." DESEMPLEADOS PERCEPTORES DEL SUBSIDIO POR DESEMPLEO EN FAVOR DE LOS TRABAJADORES INCLUIDOS EN EL RÉGIMEN ESPECIAL AGRARIO, ASÍ COMO A LOS PERCEPTORES DE LA RENTA AGRARIA "Víctimas de violencia de género." DESEMPLEADOS EN EL PROGRAMA QUE CONTEMPLA LA AYUDA ESPECÍFICA DENOMINADA RENTA ACTIVA DE INSERCIÓN - Si son trabajadores mayores de 45 y hasta los 55 años - Si son trabajadores mayores de 55 y hasta los 65 años Si son trabajadoras mayores de 45 y hasta los 55 años Si son trabajadoras mayores de 55 y hasta los 65 años "Víctimas de violencia de género." DESEMPLEADOS EN SITUACIÓN DE EXCLUSIÓN SOCIAL Contrato indefinido o temporal, a tiempo completo o 90 85-65 65-65 65 45 65 65 50 75 75-75 75 55 75 75 60 65 65-75 75 -

Véanse los siguientes apartados: "Víctimas de la violencia de género". CONTRATO POR UN TRABAJADOR AUTÓNOMO DADO DE ALTA, AL MENOS, DESDE 1 DE ENERO DE 2004 : - Mujeres entre 16 y 45 años 30 30 - - Mujeres en profesiones u ocupaciones con menor índice de empleo femenino: Inscritas ininterrumpidamente, al menos, 75 65 - seis meses o mayores de 45 años Si no reunieran alguno de estos requisitos 40 40 - - Desempleados inscritos ininterrumpidamente, 25 25 - al menos, seis meses 35 35 - - Desempleados mayores de 45 y hasta los 55 55 50 50 años 65 60 60 - Desempleados mayores de 55 y hasta los 65 60 55 55 años 70 65 65 - Desempleados perceptores de prestaciones o 55 50 - subsidios por desempleo, a los que les reste un año o más de percepción en el momento de su contratación 65 60 - - Desempleados perceptores del subsidio por 95 90 - desempleo a favor de los trabajadores incluidos en el Régimen Especial Agrario, así como a los perceptores de la renta agraria - Desempleados admitidos en el programa que 70 70 - contempla la ayuda específica denominada renta activa de inserción Si son trabajadores mayores de 45 años y 70 70 50 hasta los 55 Si son trabajadores mayores de 55 y hasta 70 70 55

los 65 años 80 80 - Si son trabajadoras mayores de 45 y hasta 80 80 60 los 55 años Si son trabajadoras mayores de 55 y hasta 80 80 65 los 65 años - Mujeres inscritas en la oficina 100 - - de empleo, contratadas en los veinticuatro meses siguientes a la fecha del parto Véase el apartado: "Víctimas de la violencia de género". COOPERATIVAS Y SOCIEDADES LABORALES Incorporación como socios trabajadores o de trabajo, con carácter indefinido y encuadrados en un régimen por cuenta ajena de Seguridad Social, hasta el 31 de diciembre de 2005: - Mujeres entre 16 y 45 años 25 25 - - Mujeres en profesiones u ocupaciones con menor índice de empleo femenino: Inscritas ininterrumpidamente, al menos, 70 60 - seis meses o mayores de 45 años Si no reuniera alguno de estos requisitos 35 35 - - Desempleados inscritos ininterrumpidamente, 20 20 - al menos, seis meses 30 30 - - Desempleados mayores de 45 y hasta los 55 50 45 45 años 60 55 55 - Desempleados mayores de 55 y hasta los 65 55 50 50 años 65 60 60 - Desempleados perceptores de prestaciones o 50 45 - subsidios por desempleo, a los que les reste un año o más de percepción en el momento de su contratación 60 55 -

- Desempleados perceptores del subsidio por desempleo a favor de los trabajadores incluidos en el Régimen Especial Agrario, así como a los perceptores de la renta agraria - Desempleados admitidos en el programa que contempla la ayuda específica denominada renta activa de inserción Si son trabajadores mayores de 45 años y hasta los 55 Si son trabajadores mayores de 55 años y hasta los 65 Si son trabajadoras mayores de 45 y hasta los 55 años Si son trabajadoras mayores de 55 y hasta los 65 años - Mujeres inscritas en la oficina de empleo, contratadas en los veinticuatro meses siguientes a la fecha del parto - Trabajadores desempleados en situación de exclusión social Véanse los siguientes apartados: "Víctimas de violencia de género", "Transformación de contratos vigentes", "Trabajadores mayores de 60 años" y "Maternidad y excedencia por cuidado de hijos". TRABAJADORES MAYORES DE 60 AÑOS Contratos indefinidos suscritos con trabajadores (o socios trabajadores o de trabajo, incluidos en régimen por cuenta ajena de Seguridad Social) de 60 o más años y con una antigüedad en la empresa de cinco o más años: - Bonificación de la cuota empresarial en la cotización por contingencias comunes, excepto por incapacidad temporal derivada de las mismas, del 50% para los que reúnan los requisitos por primera vez en el año 2005; 60% para los que ya reunían los requisitos en el 2004, 70% para los que reunían los requisitos en 2003, y 80% para los que ya reunían los requisitos en 2002 incrementándose en un 10% en cada ejercicio hasta alcanzar el 100%. 90 85-65 65-65 65 45 65 65 50 75 75-75 75 55 75 75 60 100 - - 65 65-75 75 -

VÍCTIMAS DE VIOLENCIA DE GÉNERO, ACREDITADA POR LA ADMINISTRACIÓN COMPETENTE Contratación (o incorporación a cooperativas o 65 65 - sociedades laborales) indefinida o temporal, incluidos fijos discontinuos, celebrados durante el año 2005 75 75 - TRANSFORMACIÓN DE CONTRATOS VIGENTES, (también afecta a la incorporación a las cooperativas de socios trabajadores o de trabajo) Transformación en indefinidos, incluidos fijos 25 25 - discontinuos, que se realicen hasta 31 de diciembre de 2005, de contratos de duración determinada o temporales celebrados a tiempo completo o parcial antes de 1 de enero de 2005 Transformación en indefinidos de los contratos 25 25 - formativos, de relevo y de sustitución por anticipación de la edad de jubilación, cualquiera que sea la fecha de su celebración, concertados a tiempo completo o parcial Transformación de contratos de prácticas o de 25 25 - relevo celebrados inicialmente a tiempo parcial en indefinidos a tiempo parcial Véase el apartado "Maternidad y excedencia por cuidado de hijos". Bonificaciones de cuotas empresariales por contingencias comunes Primer Segundo Tercer Año (%) Año (%) Año (%) MINUSVÁLIDOS Contratación temporal como medida de fomento de empleo (DA tercera de la L. 12/2001, de 9 de julio en la redacción dada por la L. 24/2001, de 27 de septiembre en relación con la DA sexta de la L. 13/1996, de 30 de diciembre, y art. 44 de la L. 42/1994, de 30 de diciembre): - A jornada completa, cualquiera que sea el 75 75 75 número de trabajadores en plantilla - A jornada completa, primer trabajador en la 100 100 100

empresa que no haya tenido trabajador alguno a su servicio desde 1 de enero de 2003 Contratación de mujeres minusválidas [art. 44.Dos.a), párrafo segundo, de la L. 42/1994, de 30 de diciembre, añadido por la L. 36/2003, de 11 de noviembre]: - A jornada completa, menores de 45 años 80 80 80 - A jornada completa, mayores de 45 años 90 90 90 Bonificaciones de cuotas empresariales, incluidas AT y EP y cuotas de recaudación conjunta Vigencia del contrato (%) Contrato por tiempo indefinido a jornada completa o parcial, con minusválidos(r.d. 1451/1983, de 11 de mayo): - Menores de 45 años: Trabajadores 70 Trabajadoras (Desde 1-II-2004) 90 - Mayores de 45 años: Trabajadores 90 Trabajadoras (Desde 1-II-2004) 100 De conformidad con el RD 290/2004, de 20 de febrero, por el que se regula los enclaves laborales como medida de fomento de empleo de las personas con discapacidad, cuando celebrado el contrato entre el centro especial de empleo y la empresa colaboradora, ésta incorpore -como medida para el tránsito del empleo protegido al empleo en el mercado de trabajo ordinario-, a 100 trabajadores del enclave que presenten especiales dificultades para el acceso al mercado de trabajo, mediante un contrato de trabajo de carácter indefinido, y siempre que haya transcurrido un plazo de tres meses desde el inicio del enclave o desde la reincorporación del trabajador al mismo, si ésta fuera posterior a su inicio Si el trabajador discapacitado del enclave que se incorpora con carácter indefinido a la empresa colaboradora no presenta citadas dificultades, ésta tendrá derecho a las bonificaciones establecidas en el RD 1451/1983, de 11 de mayo,

más arriba detalladas.