Programa Jóvenes en Acción



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Transcripción:

Programa Jóvenes en Acción PROTOCOLO PARA EL LEVANTAMIENTO DE LA SUSPENSIÓN PREVENTIVA DE ENTREGA DE INCENTIVOS. Marzo 2014 Versión 4 1 1 Documento elaborado por el Grupo de Trabajo Jóvenes en Acción Dirección de Ingreso Social

Contenido 1 EN QUÉ CONSISTE LA SUSPENSIÓN PREVENTIVA?... 3 2 CÓMO SABER SI UN JOVEN SE ENCUENTRA EN SUSPENSIÓN PREVENTIVA?... 3 3 CUÁLES SON LAS CAUSAS DE LA SUSPENSIÓN PREVENTIVA?... 4 3.1 Suspensión por no encontrarse en las bases de focalización.... 4 3.2 Suspensión por no encontrarse en el rango de 16 a 24 años de edad en el momento del registro ante el DPS. 5 3.3 Suspensión por no acreditar la condición de bachiller.... 5 3.4 Suspensión por inconsistencia en el estado del documento de identidad.... 5 3.5 Suspensión por documento de identidad inconsistente.... 5 3.6 Suspensión por diferencias en el tipo y/o número de documento de identificación reportado en las bases de datos del SENA o en la Institución de Educación Superior (IES) y la base de datos del Programa Jóvenes en Acción.... 5 3.7 Suspensión por no haber dado inicio a la etapa productiva.... 5 3.8 Suspensión por inconsistencia académica.... 5 3.9 Suspensión por restricción por simultaneidad... 6 4 CÓMO SE LEVANTAN LA SUSPENSIÓN PREVENTIVA?... 6 PASO 1. Identificar exactamente cuál es la causa de la suspensión preventiva... 6 PASO 2. Realizar el proceso para el levantamiento de la suspensión preventiva según la causa.... 6 5 POR CUÁNTO TIEMPO UN JOVEN PUEDE PERMANECER EN SUSPENSIÓN PREVENTIVA?... 9 6 CÓMO FINALIZA LA MEDIDA DE SUSPENSIÓN PREVENTIVA?...10 Grupo de Trabajo Jóvenes en Acción Dirección de Ingreso Social - Página 2 de 10

1 EN QUÉ CONSISTE LA SUSPENSIÓN PREVENTIVA? El Programa Jóvenes en Acción, suspende de manera preventiva la liquidación y giro de la transferencia monetaria condicionada (TMC) a un joven cuando: 1. Se tienen indicios de inexactitud en la información por él reportada; 2. Se presentan inconsistencias como resultado de la verificación de la información personal y académica que proviene de diferentes registros administrativos. Esta medida es de carácter temporal y se aplica mientras el Programa JeA efectúa la revisión respectiva del caso, en la cual se determinará sí el joven cumple con todos los requisitos para recibir los incentivos. 2 CÓMO SABER SI UN JOVEN SE ENCUENTRA EN SUSPENSIÓN PREVENTIVA? Para saber sí un joven se encuentra en suspensión preventiva (SP) puede consultar los siguientes canales de comunicación: Vía web del DPS: o Consultar el Listado de Suspensión Preventiva publicado para cada período de liquidación en la página web del DPS www.dps.gov.co (en el listado se señala la causa de la SP). o Escribiendo al chat de la entidad en el siguiente link: http://www.dps.gov.co/contactenos/chatcontactenos.aspx Vía telefónica: o Sí está fuera de Bogotá, llamando a la línea gratuita nacional 01-8000-951100 o Sí vive en Bogotá, llamando al número fijo 595-44-10 o Enviando un mensaje de texto totalmente gratis al 85954 Oficinas de las Direcciones Regionales del DPS y en los puntos de atención de cada ciudad. Consultar www.dps.gov.co Horarios de atención del Centro de Atención Telefónica (CAT): Lunes a viernes de 8:00 am a 5:00 pm y sábados de 8:00 am a 1:00 pm. No aplica para domingos ni festivos. Horarios de atención de las Oficinas de las Direcciones Regionales del DPS: Lunes a viernes de 8:00 am a 5:00 pm. No aplica para sábados, domingos ni festivos. Grupo de Trabajo Jóvenes en Acción Dirección de Ingreso Social - Página 3 de 10

3 CUÁLES SON LAS CAUSAS DE LA SUSPENSIÓN PREVENTIVA? La suspensión preventiva se genera por las siguientes causas: 3.1 Suspensión por no encontrarse en las bases de focalización. Se presenta cuando el joven no aparece reportado en ninguno de los siguientes listados poblacionales: a. RED UNIDOS b. Sistema de Información de Población Desplazada c. Censo Indígena d. ICBF e. SISBEN III, de acuerdo con los puntajes de la Tabla No. 1: Tabla No. 1 Puntajes de SISBEN III por área geográfica para la focalización poblacional DESAGREGACIÓN GEOGRÁFICA PUNTAJE SISBEN III Área 1. Principales ciudades sin sus áreas metropolitanas: Bogotá, Medellín, Cali, Barranquilla, Cartagena, Bucaramanga, Cúcuta, Ibagué, Pereira, Villavicencio, Pasto, Montería, Manizales y Santa Marta. 0-54.86 Área 2. Resto urbano, compuesto por la zona urbana diferente a las 14 principales ciudades, centros poblados, y la zona rural dispersa de las 14 principales ciudades 0-51.57 Área 3. Rural, conformada por la zona rural dispersa diferente a la zona rural dispersa de las catorce principales ciudades 0-37.80 Fuente: Resolución No. 00262 del 02 de abril de 2013. Por medio de la cual se modifica la Resolución No. 1970 del 21 de diciembre de 2012, y se fijan los criterios para el registro de Jóvenes en Acción. Grupo de Trabajo Jóvenes en Acción Dirección de Ingreso Social - Página 4 de 10

3.2 Suspensión por no encontrarse en el rango de 16 a 24 años de edad en el momento del registro ante el DPS. Se presenta cuando en el momento de realizar el registro al Programa Jóvenes en Acción y según la fecha de nacimiento, el joven tiene menos de 16 años o más de 24 años de edad. 3.3 Suspensión por no acreditar la condición de bachiller. Se presenta cuando el Programa Jóvenes en Acción no puede verificar la condición de bachiller del joven al constatar en la base de datos de graduados (de undécimo grado, de grado 13 de las normales superiores o ciclo 6 de educación para adultos) del Ministerio de Educación Nacional (MEN). 3.4 Suspensión por inconsistencia en el estado del documento de identidad. Se presenta en el momento en que el Programa Jóvenes en Acción verifica el estado del documento de identidad en la base de datos de la Registraduría Nacional del Estado Civil, y se reporta alguna inconsistencia. 3.5 Suspensión por documento de identidad inconsistente. Se presenta cuando en la base de datos del Programa Jóvenes en Acción, el joven aparece registrado con un tipo o número de documento de identificación que no es consistente con los parámetros establecidos para cada tipo de documento. 3.6 Suspensión por diferencias en el tipo y/o número de documento de identificación reportado en las bases de datos del SENA o en la Institución de Educación Superior (IES) y la base de datos del Programa Jóvenes en Acción. Se presenta cuando el tipo y/o número de documento de identidad del Joven en Acción no es exactamente igual al comparar las bases de datos, entregadas por el SENA y las instituciones de educación superior, para el proceso de verificación de compromisos, frente a la base de datos del Programa Jóvenes en Acción. 3.7 Suspensión por no haber dado inicio a la etapa productiva. Aplica exclusivamente a los jóvenes aprendices del SENA. Se presenta cuando el joven, que habiendo finalizado su etapa lectiva de formación, no ha dado inicio a su etapa productiva en alguna de las modalidades que establece el SENA o cuando el Centro de Formación del SENA por error omite la entrega de esta información de manera oportuna al DPS, en el momento de la verificación de compromisos. 3.8 Suspensión por inconsistencia académica. Se presenta cuando el Programa Jóvenes en Acción, a través de la verificación de compromisos de cada período, encuentra inconsistencias en el estado académico del Joven en Acción durante su proceso de formación. Para los jóvenes aprendices del SENA, incluye las inconsistencias académicas tanto en la etapa lectiva como en la etapa productiva. Grupo de Trabajo Jóvenes en Acción Dirección de Ingreso Social - Página 5 de 10

3.9 Suspensión por restricción por simultaneidad Se presenta en dos situaciones: 1. Cuando el Joven en Acción se encuentran simultáneamente vinculado a dos programas de formación en dos IES diferentes, sea en el mismo o diferente nivel de formación. Ejemplo, SENA y Universidad. 2. Cuando el Joven en Acción están matriculado en dos programas de formación del mismo nivel de formación dentro de una misma IES. Ejemplo, jóvenes que adelantan doble programa o carreras simultáneas. Un Joven en Acción puede tener más de una Suspensión Preventiva. Para cada una de ellas debe seguir el proceso que corresponda. 4 CÓMO SE LEVANTAN LA SUSPENSIÓN PREVENTIVA? El Joven en Acción que tiene Suspensión Preventiva en la entrega de incentivos, deberá seguir los siguientes pasos: PASO 1. Identificar exactamente cuál es la causa de la suspensión preventiva Verificar los canales de comunicación a través de los cuales se publica el Listado de Suspensión Preventiva (Ver Punto 2 del Protocolo). Un Joven en Acción puede tener más de una SP. Cada una de ellas debe levantarse de acuerdo con las indicaciones del Paso 2. PASO 2. Realizar el proceso para el levantamiento de la suspensión preventiva según la causa. A partir de la fecha de publicación del Listado de Suspensión Preventiva, el joven contará con quince (15) días calendario para proceder con el levantamiento de la suspensión preventiva. Tabla No. 2 Proceso para el levantamiento de la Suspensión Preventiva según la causa CAUSA DE LA SUSPENSIÓN PREVENTIVA Suspensión por no encontrarse en las bases de focalización. QUÉ DEBERÁ HACER EL JOVEN? Este tipo de suspensión NO podrá ser levantada directamente por el joven. Corresponde a la actualización de los registros administrativos con los cuales el Programa Jóvenes en Acción focaliza su intervención (Red Unidos, Sistema de Información de Población Desplazada, Censo Indígena, ICBF y SISBEN III). Sí el joven realizó alguna actualización en estos registros administrativos, una vez se proceda a la actualización de estas bases en el sistema de información del Programa JeA, se le estará informando al joven si la medida de Grupo de Trabajo Jóvenes en Acción Dirección de Ingreso Social - Página 6 de 10

Suspensión por no encontrarse en el rango de 16 a 24 años de edad en el momento del registro ante el DPS Suspensión por no acreditar la condición de bachiller Suspensión por inconsistencia en el estado del documento de identidad Suspensión por documento de identidad inconsistente Suspensión por diferencias en el tipo y/o número de documento de identificación reportado en las bases de datos del SENA o en la Institución de Educación Superior suspensión continua vigente o se levanta. Enviar al correo electrónico: servicioalciudadano@dps.gov.co el documento de identidad escaneado e indicando lo siguiente: Escribir en el asunto: Solicitud de levantamiento de suspensión preventiva_[nombre y Apellido completo del joven]_[no. Documento de identidad] En el contenido del correo electrónico señalar: Nombre y apellidos completos Tipo y número de documento de identidad Código de beneficiario Enviar al correo electrónico: servicioalciudadano@dps.gov.co el documento de identidad y el acta o diploma de bachiller escaneado e indicando lo siguiente: Escribir en el asunto: Solicitud de levantamiento de suspensión preventiva_[nombre y Apellido completo del joven]_[no. Documento de identidad] En el contenido del correo electrónico señalar: Nombre y apellidos completos Tipo y número de documento de identidad Código de beneficiario Este tipo de suspensión NO podrá ser levantada directamente por el joven. Corresponde a la actualización de los registros administrativos con los cuales el Programa Jóvenes en Acción verifica la información de tipo y número de documento de identificación. El joven debe acercarse a la Registraduría Nacional del Estado Civil y adelantar los trámites correspondientes. Enviar al correo electrónico: servicioalciudadano@dps.gov.co el documento de identidad escaneado e indicando lo siguiente: Escribir en el asunto: Solicitud de levantamiento de suspensión preventiva_[nombre y Apellido completo del joven]_[no. Documento de identidad] En el contenido del correo electrónico señalar: Nombre y apellidos completos Tipo y número de documento de identidad Código de beneficiario Para actualizar o corregir el documento en la base de datos del Programa Jóvenes en Acción, deberá hacer lo siguiente: Grupo de Trabajo Jóvenes en Acción Dirección de Ingreso Social - Página 7 de 10

(IES) y la base de datos del Programa Jóvenes en Acción. Enviar al correo electrónico: servicioalciudadano@dps.gov.co el documento de identidad escaneado e indicando lo siguiente: Escribir en el asunto: Solicitud de levantamiento de suspensión preventiva_[nombre y Apellido completo del joven]_[no. Documento de identidad] En el contenido del correo electrónico señalar: Nombre y apellidos completos Tipo y número de documento de identidad Código de beneficiario Para actualizar o corregir el tipo y/o número de documento de identidad en la base de datos del SENA o de la IES, el joven deberá tramitar la actualización directamente en el Centro de Formación del SENA o en la Oficina de Admisiones, Registro y Control Académico de la IES. Recuerde que el reporte de esta novedad por parte del SENA y/o IES al DPS puede tardar entre 1 y 2 meses. El Joven en Acción deberá dar inicio a la etapa productiva. Suspensión por no haber dado inicio a la etapa productiva Suspensión por inconsistencia académica El Centro de Formación del SENA reportará al DPS la fecha fin de la etapa lectiva, la fecha de inicio y fin de la etapa productiva, la modalidad de etapa productiva y la empresa donde la desarrolla, para que el DPS proceda al levantamiento de la suspensión. Es importante que el joven recuerde que tiene un PERÍODO DE GRACIA de máximo tres meses, después de finalizada la etapa lectiva, para dar inicio a la etapa productiva. En caso de no hacerlo después de este período de gracia, se empezará a descontar el tiempo de permanencia en el Programa Jóvenes en Acción y así mismo el número de TMC que podría recibir. Este tipo de suspensión NO podrá ser levantada por el Joven en Acción. Compete al DPS y al SENA o a la IES resolver la suspensión. Se ha dispuesto la creación de un Comité entre el DPS y el SENA o la IES para la revisión y aclaración del estado académico del joven en su proceso de formación. La revisión podrá finalizar con la verificación del cumplimiento o incumplimiento de compromisos del joven con el Programa JeA. La revisión del estado académico del joven en su proceso Grupo de Trabajo Jóvenes en Acción Dirección de Ingreso Social - Página 8 de 10

Suspensión por restricción por simultaneidad de formación por parte del DPS y el SENA o la IES podrá tardar hasta dos meses. El joven debe acercarse personalmente a la Dirección Regional del DPS de su municipio y, con el apoyo del Profesional Territorial del Programa JeA, deberá diligenciar el formato de Restricción por Simultaneidad. En este formato el JeA decide en cuál de los programas de formación en los que se encuentra como estudiante activo, desea seguir siendo apoyado por el Programa JeA. El Programa JeA sólo apoya al JeA en un SOLO proceso de formación. 5 POR CUÁNTO TIEMPO UN JOVEN PUEDE PERMANECER EN SUSPENSIÓN PREVENTIVA? El tiempo máximo para efectuar el procedo de levantamiento de la suspensión preventiva es el descrito en la Tabla No. 3. Estos tiempos aplican para los jóvenes que pasado los 15 días, después de la publicación del Listado de Suspensión Preventiva, no realizaron el proceso respectivo. Tabla No. 3 Tiempo máximo para el levantamiento de la Suspensión Preventiva según la causa CAUSA DE LA SUSPENSIÓN PREVENTIVA Suspensión por no encontrarse en las bases de focalización. Suspensión por no encontrarse en el rango de 16 a 24 años de edad en el momento del registro ante el DPS Suspensión por no acreditar la condición de bachiller Suspensión por inconsistencia en el estado del documento de identidad Suspensión por documento de identidad inconsistente Suspensión por diferencias en el tipo y/o número de documento de identificación reportado en las bases de datos del SENA o en la Institución de Educación Superior (IES) y la base de datos del Programa Jóvenes en Acción. Suspensión por no haber dado inicio a la etapa productiva Suspensión por inconsistencia académica Suspensión por restricción por simultaneidad TIEMPO MÁXIMO 6 MESES 4 MESES 6 MESES Sí pasado el tiempo definido en la Tabla No. 3, el joven no efectuó ningún proceso para el levantamiento de la suspensión preventiva: 1. El registro del joven en el DPS se retira del sistema de información del Programa Jóvenes en Acción. Grupo de Trabajo Jóvenes en Acción Dirección de Ingreso Social - Página 9 de 10

2. El joven deberá nuevamente registrarse en el Programa Jóvenes en Acción, siempre y cuando cumpla los criterios de focalización poblacional. De no cumplirlos, el registro no puede efectuarse nuevamente. 3. Sí cumple con los criterios de focalización poblacional y se registra nuevamente en el Programa Jóvenes en Acción, el tiempo que permaneció antes de la suspensión preventiva en el Programa se descuenta del tiempo de permanencia máximo en el mismo. 4. En cualquier caso, el monto de los incentivos que hayan sido suspendidos no serán entregados por el DPS. 6 CÓMO FINALIZA LA MEDIDA DE SUSPENSIÓN PREVENTIVA? La suspensión preventiva termina una vez el Programa Jóvenes en Acción verifica y avale la información entregada por el Joven en Acción, a través del correo electrónico, o por el SENA o la IES, a través de los reportes de verificación de compromisos. El levantamiento de la suspensión preventiva genera la reactivación de la entrega de la TMC. El Programa Jóvenes en Acción hará entrega total del monto de los incentivos que hayan sido suspendidos, siempre y cuando el caso así lo amerite. El Programa Jóvenes en Acción a través de los diferentes medios de comunicación publicará en la página web del DPS el listado de los Jóvenes en Acción a quienes se les hizo el levantamiento de la medida de suspensión preventiva. Es importante recalcar que no existen intermediarios ni costos para este proceso, todo lo deberá realizar directamente el Joven en Acción de acuerdo a lo establecido en el presente Protocolo. Puede igualmente acercarse a la Dirección Regional del DPS para recibir la orientación respectiva. Grupo de Trabajo Jóvenes en Acción Dirección de Ingreso Social - Página 10 de 10