BASES CONCURSO PÚBLICO PARA PROVEER EL CARGO DE DIRECTOR DE CONTROL INTERNO GRADO 8 PLANTA DIRECTIVA DE LA I. MUNICIPALIDAD DE EL QUISCO

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Transcripción:

BASES CONCURSO PÚBLICO PARA PROVEER EL CARGO DE DIRECTOR DE CONTROL INTERNO GRADO 8 PLANTA DIRECTIVA DE LA I. MUNICIPALIDAD DE EL QUISCO El presente documento comprende a las Bases Generales de Concurso Público han sido aprobadas por la I. Municipalidad de El Quisco para regular la provisión de cargo de la planta personal municipal denominado Director de la Unidad de Control, Grado 8 EM, y contiene de manera general y/o particular, los documentos, las etapas, plazos, mecanismos de consulta y/o aclaraciones, criterios y modalidades de evaluación, mecanismos de nombramiento y demás aspectos administrativos del proceso de selección de postulantes al concurso. 1. GENERALIDADES: 1.1 Este concurso de ingreso a la planta, se ajusta a la normativa establecida en la Ley N 18.883, que aprueba el Estatuto Administrativo para Funcionarios Municipales; la Ley N 19.280 que establece normas sobre plantas de personal de las municipalidades; la Ley N 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades; la Ley N 20.742 que crea nuevos cargos; y en general, todas las leyes, instructivos o resoluciones que rigen el proceso de provisión de cargos del municipio. 1.2 Se entenderá por antecedentes de postulación, los documentos exigidos para acreditar los requisitos necesarios para desempeñar los cargos vacantes. 1.3 El Concurso podrá ser declarado total o parcialmente desierto sólo por la falta de postulantes idóneos, entendiéndose que existe tal circunstancia cuando ningún postulante alcance el puntaje mínimo establecido en el punto 14 de las presentes Bases o cuando se produzca alguna de las incompatibilidades señaladas en la Ley de Bases Generales de la Administración del Estado. 2. DESCRIPCION DEL CARGO: El cargo a concursar para proveer el siguiente cargo de Planta: ESCALAFON GRADO N VACANTE CARGO LUGAR DE DESEMPEÑO Directivo 8 E.M. 1 DIRECTOR DE CONTROL UNIDAD DE CONTROL 2.1 PERFIL DEL CARGO. El perfil del Director de Control que busca la I. Municipalidad de El Quisco, deberá ser un profesional universitario o contar con un titulo profesional de a lo menos, ocho semestres de duración, otorgados por un establecimiento de educación superior del Estado o reconocido por éste, de un área afín con la especialidad de las materias que conforman las tareas correspondiente al cargo de Director de Control, debiendo estar calificado en áreas como la Administración Pública, Auditoría, Control, Contabilidad, Finanzas Pública, Procesos de Compras del Sector Público, y Ley de Transparencia, con capacidad de integrar estos conocimientos con la gestión municipal y con los órganos e instituciones públicas con que se relaciona para la ejecución de sus labores. Se requiere de un Director de Control Interno que sea analítico, que posea destrezas que le otorguen la capacidad de gestionar, adaptarse ante eventuales cambios, resolver situaciones difíciles que se le presenten y toma decisiones asertivas. 1

A su vez, dentro de las cualidades inherentes al Cargo, debe destacar sus valores éticos y morales. Su actuar deberá responder a los principios de probidad y transparencia reflejados en una conducta intachable. 2.2 FUNCIONES Y RESPONSABILIDADES. Las tareas y funciones propias del cargo son las estipuladas en el artículo 29 de la Ley N 18.695. a. Realizar la auditoria operativa interna de la municipalidad, con el objeto de fiscalizar la legalidad de su actuación; b. Controlar la ejecución financiera y presupuestaria municipal; c. Representar al Alcalde los actos municipales que estime ilegales, informando de ello al concejo, para cuyo objeto tendrá acceso a toda la información disponible; d. Colaborar y Asesorar al Concejo para el ejercicio de sus funciones fiscalizadoras. Para estos efectos, emitirá un informe trimestral acerca del estado de avance del ejercicio programático presupuestario; e. Informar trimestralmente, sobre el estado de cumplimiento de los pagos por concepto de cotizaciones previsionales de los funcionarios municipales y de los trabajadores que se desempeñan en servicios incorporados a la gestión municipal, administrados directamente por la Municipalidad, de los aportes que la Municipalidad debe efectuar al Fondo Común Municipal, y del estado de cumplimiento de los pagos por concepto de asignaciones de perfeccionamiento docente; f. Dar respuesta por escrito a las consultas o peticiones de informes que le formule un concejal; g. Asesorar al Concejo en la definición y evaluación de la auditoría externa que aquel puede requerir en virtud de esta ley; y h. Realizar una presentación en sesión de comisión de Concejo, destinada que sus miembros puedan formular consultas referidas al cumplimiento de las funciones que le competen. 3. COMPETENCIAS TRANSVERSALES a. Manejo Comunicacional: Capacidad de expresar claramente sus ideas y opiniones. b. Exigencias Intelectuales: Capacidad crítica, de observación, análisis y síntesis. c. Exigencias de Personalidad: Espíritu de disciplina, altos niveles de autocrítica, capacidad de enfrentar situaciones difíciles. d. Habilidades Prácticas: Astucia, suspicacia y responsabilidad. e. Conocimiento del Entorno y Pensamiento Sistemático: Conocer y comprender el conjunto de interrelaciones que se presentan en la Municipalidad. f. Desarrollo de Equipos: Fomentar un equipo de trabajo cohesionado. g. Negociación y Manejo de Conflictos: Manejo de estrategias de resolución de conflictos, mediación y negociación. h. Responsabilidad: Alta capacidad de trabajar manteniendo un alto estándar de calidad y oportunidad en el trabajo. 4. CONOCIMIENTOS SOBRE LA MATERIA. a. Ley N 18.883, Estatuto Administrativo para Funcionarios Municipales. b. D.F.L N 1, Código del Trabajo. c. Ley N 18.695, Ley Orgánica Constitucional de Municipalidades. d. Ley N 19.280, Establece normas sobre planta de personal de municipalidades. e. Ley N 18.834, Estatuto Administrativo. f. Ley N 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado. g. Ley N 20.285, Sobre Transparencia y Acceso de la Información Pública. h. Ley N 19.653, Sobre Probidad Administrativa aplicable de los Órganos de la Administración de Estado. 2

i. Ley N 19.880, Establece Bases de los Procedimientos Administrativos, que rigen los actos de los Órganos de la Administración del Estado. j. Ley N 19.886, Ley de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministros y Prestación de Servicios. k. Decreto Ley N 3.063, Establece Normas sobre Rentas Municipales. l. Ley N 19.070, Aprueba Estatuto de los Profesionales de Educación m. Ley N 19.464, Establece normas y concede aumentos para personal no docente de establecimientos educacionales. n. Ley N 19.378, Estatuto de Atención Primaria de la Salud Municipal. 5. SISTEMA DE REMUNERACIONES El sistema de remuneraciones del personal de la I. Municipalidad de El Quisco, corresponderá a lo establecido por la Escala Municipal de Sueldos, E.M.S. 6. REQUISITOS DE POSTULACION 6.1 REQUISITOS GENERALES. Los postulantes deberán cumplir con los siguientes requisitos generales señalados en el art. 12 de la Ley N 19.280, art. 29 de la Ley 18.695 y el art. 10 de la Ley Nº 18.883, Estatuto Administrativo para Funcionarios Municipales, el cual señala que, para ingresar, será necesario cumplir con los siguientes requisitos: a) Ser ciudadano; b) Haber cumplido con la ley de reclutamiento y movilización, cuando fuere procedente; c) Tener salud compatible con el desempeño del cargo; d) Haber aprobado la educación básica y poseer el nivel educacional o título profesional o técnico que por la naturaleza del empleo exija la ley; e) No haber cesado en un cargo público como consecuencia de haber obtenido una calificación deficiente, o por medida disciplinaria, salvo que hayan transcurrido más de cinco años desde la fecha de expiración de funciones, y f) No estar inhabilitado para el ejercicio de funciones o cargos públicos, ni hallarse condenado por crimen o simple delito. Sin perjuicio de lo anterior, los postulantes no deberán estar afecto a las inhabilidades contenidas en los artículos 54 y 56 ambos del DFL NFL/19.653 de 2000 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley Nº 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, esto es: a. Tener vigentes o suscribir, por sí o por terceros, contratos o cauciones ascendientes a 200 UTM o más, con la I. Municipalidad de El Quisco. b. Tener litigios pendientes con la I. Municipalidad de El Quisco, a menos que se refieran al ejercicio de derechos propios, de su cónyuge, hijos, adoptados o parientes hasta el tercer grado de consanguinidad y segundo de afinidad inclusive. c. Ser director, administrador, representante o socio titular del 10% o más de los derechos de cualquier clase de sociedad, cuando ésta tenga contratos o cauciones vigentes ascendientes a 200 UTM o más, o litigios pendientes con la I. Municipalidad de El Quisco. 3

d. Ser cónyuge, hijo, adoptado o pariente hasta el tercer grado de consanguinidad o segundo por afinidad inclusive de las autoridades y de los funcionarios directivos de la I. Municipalidad de El Quisco hasta el nivel de Jefe de Departamento inclusive. e. Desarrollar actividades particulares en los mismos horarios de labores dentro de la I. Municipalidad de El Quisco, o que interfieran con su desempeño funcionario, salvo actividades de tipo docente, con un máximo de 12 horas semanales. 6.2 REQUISITOS ESPECIFICOS OBLIGATORIOS O MINIMOS: Los requisitos específicos obligatorios, son los mínimos que los postulantes deben cumplir para poder concursar, en caso contrario quedan excluidos del proceso. Estos requisitos son los siguientes: - Titulo profesional Universitario o Título Profesional de una carrera de a lo menos ocho semestres de duración, otorgado por un establecimiento de educación superior del Estado o reconocido por éste. El Título profesional deberá ser acorde con la función de control interno (Art. 29 inciso final Ley N 18.695), según dictamen N 45275/2003, N 1140/2013 de la Contraloría General de la República, son válidos los títulos de naturaleza esencialmente contable, presupuestaria, financiera y legal. Los postulantes que cumplan con los requisitos generales y específicos detallados previamente, podrán acceder a la fase de evaluación que contempla las presentes bases. El Comité de Selección, designado para estos efectos de acuerdo a la normativa legal vigente, verificará si los postulantes cumplen con los requisitos, debiendo levantar un acta con la nómina total de postulantes, distinguiendo aquellos que se ajustan a los requisitos legales, de los que no lo hacen. Además, deberá indicar cualquier situación relevante relativa al concurso y dispondrá la notificación de los postulantes cuya postulación hubiere sido rechazada, indicando la causa de ello. 7. ETAPAS, FACTORES Y SUBFACTORES A EVALUAR Etapa I: Factor Estudios, Cursos de Formación Educacional y de Capacitación, Se compone de los subfactores asociados al Cargo de Director de Control. Formación Educacional Estudios de Especialización Etapa II: Factor Experiencia Laboral, que se compone de los siguientes subfactores para el Cargo de Director de Control: Experiencia laboral en el área de desempeño Etapa III: Factor Aptitudes específicas para el desempeño de la función, que se compone del siguiente subfactor para el Cargo de Director de Control: Evaluación Competencias Psicolaboral. Entrevista de evaluación de aptitudes. 4

8. MODALIDAD DE EVALUACIÓN La evaluación se llevará a cabo en base a etapas sucesivas, por lo que la puntuación mínima por etapa determinará el paso a las etapas superiores. El Concurso será declarado total o parcialmente desierto por falta de postulantes idóneos, es decir, cuando los postulantes no alcancen el puntaje mínimo definido en las bases. 9. PROCESO DE POSTULACIÓN Y RECEPCIÓN DE ANTECEDENTES Las bases y sus respectivos formularios de postulación se encontrarán disponibles en la página Web de la I. Municipalidad de El Quisco, www.elquisco.cl a contar del día 09.02.2015, entendiéndose, de esta forma, conocidas plenamente por todos los postulantes. Del mismo modo, las Bases y Formularios se podrán retirar desde la Oficina de Partes de la I. Municipalidad de El Quisco, ubicada en Av. Francia Nº 011, El Quisco, a contar de la misma fecha y hasta un día antes de la fecha de cierre de recepción de antecedentes, ambas fechas inclusive, desde las 9:00 a las 14:00 horas. 9.1 FECHA Y LUGAR DE RECEPCION DE DE POSTULACIONES. La recepción de postulaciones y antecedentes se extenderá desde el día 10 de febrero de 2015 al día 02 de marzo del 2015 hasta las 14.00 horas en la Oficina de Partes del Edificio Municipal, ubicado en Av. Francia Nº11, El Quisco. 9.2 ANTECEDENTES REQUERIDOS PARA LA POSTULACION: Para formalizar la postulación y participar en el proceso de selección, los interesados deberán presentar la siguiente documentación: Sobre Nº 1, que será abierto en la primera etapa: a. Ficha de postulación, según formato adjunto. (anexo 1, de estas Bases) b. Currículum vitae, según formato adjunto. (anexo 2, de las presentes Bases) Sobre Nº 2, que será abierto en la segunda etapa: a. Currículo Vitae extendido (currículo normal en sobre cerrado distinto). b. Fotocopia simple de la Cédula Nacional de Identidad. c. Fotocopia simple del Titulo Profesional, de acuerdo al cargo que postula. d. Fotocopia simple de Certificados que acrediten capacitación. e. Certificado de situación militar al día, si procediere (Dirección General de Movilización Nacional). f. Certificado o documentación que acredite experiencia laboral. g. Declaración jurada simple que acredite lo señalado en el Artículo 10, del Estatuto Municipal y en los artículo 54 y 56 ambos del DFL N 1/19.653 de 2000 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado (Ver anexo 3). La falsedad de esta declaración, hará incurrir en las penas del artículo 210 del Código Penal. 5

9.3 FORMALIDADES DE PRESENTACION DE ANTECEDENTES: Los dos sobres deberán indicar claramente en el anverso Sobre Nº 1 y Sobre Nº 2, respectivamente, con los correspondientes apellidos y nombre del/la postulante. Tanto el Sobre Nº 1 y el Sobre Nº 2 deberán incluirse dentro de un tercer sobre, el que deberá individualizarse en los siguientes términos: Señores I. Municipalidad de El Quisco DIRECTOR DE CONTROL Av. Francia Nº 011 El Quisco No serán consideradas dentro del proceso de selección aquellas postulaciones recepcionadas por correo y que excedan el plazo máximo de recepción de antecedentes, aún cuando el timbre de la empresa de correos consigne que se despacharon dentro del plazo. No se recibirán postulaciones ni antecedentes fuera de este plazo, como tampoco las postulaciones por fax o correo electrónico. Una vez cerrado el plazo para la presentación, no se podrán recibir nuevas postulaciones. Tampoco serán admisibles antecedentes adicionales, a menos que el Comité de Selección así lo requiera para aclarar los ya presentados. El Comité de Selección, designado para estos efectos de acuerdo a la normativa legal vigente, verificará si los postulantes cumplen con los requisitos, debiendo levantar un acta con la nómina de los postulantes aceptados y rechazados y cualquier situación relevante relativa al concurso. Asimismo, dispondrá la notificación de los funcionarios cuya postulación hubiere sido rechazada indicando la causa de ello. A la fecha de cierre de la recepción de las postulaciones al concurso, las personas interesadas deberán haber acreditado por completo todos sus antecedentes y requisitos solicitados. Los postulantes que presenten alguna discapacidad que les produzca impedimento o dificultades en la aplicación de los instrumentos de selección que se administrarán, deberán informarlo en su postulación, para adoptar las medidas pertinentes, de manera de garantizar la igualdad de condiciones a todos los postulantes que se presenten en este concurso. 10. DEL COMITÉ DE SELECCIÓN DE PERSONAL. El comité de selección de personal está conformado por el Director de Administración y Finanzas, o quien haga de sus veces, y los tres funcionarios de mayor jerarquía de la Planta de Personal de la Municipalidad, con excepción de la Sra. Alcaldesa y del Juez de Policía Local. Este comité se encargara de efectuar el llamado a concurso público, recibir los antecedentes, seleccionar concursantes, y confeccionar la terna a proponer a la Sra. Alcaldesa, con los puntajes obtenidos en la evaluación para el cargo. El Comité de Selección, desde su constitución hasta el cierre del concurso, deberá levantar acta de cada una de sus sesiones, en las cuales se dejará constancia de sus acuerdos. Las actas deberán contener la información necesaria para que cada participante del concurso pueda verificar el cumplimiento cabal de las bases y la pertinencia, en cuanto a su relación con los requerimientos del cargo, de los antecedentes tomados en consideración, así como las pruebas aplicadas y sus pautas de respuesta. 6

11. PROCESO DE SELECCIÓN Se reitera a los postulantes que sólo podrán acceder a la fase de evaluación que se señala a continuación, aquellos candidatos que cumplan los requisitos legales, generales y específicos detallados previamente. Los factores serán evaluados en forma sucesiva, indicándose en cada factor cuál es puntaje mínimo de aprobación que determinará el paso a las etapas superiores. La evaluación de los postulantes constará de tres etapas que se presentan en las tablas siguientes: I. Revisión Curricular de estudios, formación y capacitación. (25%) Puntaje Máximo 100 puntos. Esta etapa equivale al 25% del total de la evaluación. a) Estudios: Puntaje Máximo 50 Puntos Factores a Considerar Puntaje Máximo Titulo Profesional Universitario o título de las carreras de a lo menos ocho semestres descritas a continuación: Auditoria 30 Puntos Ingeniería Comercial Administrador Publico Abogado Magister o Doctorado en materias relacionadas con el cargo 20 Puntos b) Capacitaciones: Capacitaciones en relación al desempeño de la Administración del Estado y/o Municipal, Puntaje Máximo 50 Puntos: Factores a Considerar Cursos de Capacitación sobre materias pertinentes al cargo que postula ( 5 puntos por cada curso de capacitación con tope de 30 puntos) Puntaje Máximo 30 Puntos Se otorgara 10 puntos a quienes acrediten poseer un Diplomado en materias en relación al cargo que postula. 20 Puntos 7

II. Revisión curricular de experiencia laboral. (35%) del total de la evaluación (Puntaje máximo 100 puntos). Esta etapa equivale al 35% del total de la evaluación. Factores a Considerar 6 puntos por cada año de servicio en el área de Control Municipal, o por cada año en otros servicios públicos en funciones de control o auditorias, con un tope de 5 años. 5 puntos por cada año de servicio en cargo de Directivo en áreas municipales o empresa Privada, con un tope de 5 años. 4 puntos por cada año de servicio en cargo de jefatura en áreas municipales o empresa Privada, con un tope de 5 años. 3 puntos por cada año de servicio en otras áreas municipales, con un tope de 5 años. 2 Puntos por cada año servicio del área privada en funciones de control o auditorias, con un tope de 5 años. Puntos 30 Puntos 25 Puntos 20 Puntos 15 Puntos 10 Puntos Se considerará la evaluación con tope general de 5 años. III. Evaluación de Aptitudes específicas y Oposición para el desempeño de la función. (40%) del total de la evaluación (Puntaje máximo 100 puntos). Esta etapa equivale al 40% del total de la evaluación. a) Evaluación Competencias Psicolaboral. Test Psicológico aplicado por un profesional de la especialidad para medir competencias psicolaborales, que posee el postulante. Puntaje Máximo 50 Puntos. Evaluación Competencias Psicolaborales Descripción Factor Puntaje Recomendable para el cargo 50 Recomendable con observaciones para el Cargo 25 No Recomendable para el Cargo 0 b) Entrevista de evaluación de aptitudes. La entrevista contempla 4 criterios: Compromiso, Objetivos Personales, motivación e iniciativas, y conocimientos generales a fin de identificar el nivel de conocimientos que posee de la Organización (Orgánica Municipal, Procedimientos Administrativos y aspectos generales ley de compras pública y ley de transparencia), que serán evaluados por el comité de selección con nota de 1 a 7 y tendrá una ponderación porcentual. Puntaje Máximo 50 Puntos. 8

Para las entrevistas los postulantes serán llamados por los medios de notificación telefónico o correo electrónico, de acuerdo a la información otorgada en el momento de la postulación. 12. DIRECTOR DE CONTROL En la medida que concluya cada una de las etapas del proceso de selección, el Director de Administración y Finanzas, notificará a todos aquellos postulantes que NO continúen el proceso y si el postulante así lo solicita, se le devolverán los antecedentes correspondientes a su postulación, excepto la ficha de postulación y el Currículum Resumido (Anexo 1 y Anexo 2). 13. ETAPAS DE DESARROLLO DEL PROCESO: Etapa I: Evaluación Curricular de Cursos de Formación Educacional y Capacitación: En esta etapa se revisara los documentos y antecedentes entregados por los candidatos referidos nivel educacional, título profesional, estudios de perfeccionamiento acreditables. El puntaje mínimo para pasar a la siguiente etapa es de 10 puntos para el Director de Control. Las personas preseleccionadas que cumplan con el puntaje mínimo de la Etapa I pasarán a la Etapa II. Etapa II: Evaluación Curricular de Experiencia laboral: En esta instancia se analizará los antecedentes referidos a la experiencia laboral, tanto en el ámbito público como en el privado. El puntaje mínimo para pasar a la siguiente etapa es de 15 puntos. Las personas preseleccionadas que cumplan con el puntaje mínimo de la Etapa II pasarán a la Etapa III, informándoles de tal situación, al teléfono y/o correo electrónico que hayan consignado en su Currículum. Etapa III: Evaluación de Aptitudes específicas y Oposición para el desempeño de la función: Consiste en la aplicación de un Test Psicológico aplicado por un profesional de la especialidad para medir competencias psicolaborales, que posee el postulante y entrevista efectuada por el Comité de Selección a los postulantes que hayan superado las etapas anteriores. Esta pretende identificar las habilidades, conocimientos y competencias, de acuerdo al perfil de selección. Cada uno de los integrantes del Comité de Selección que participe en las entrevistas calificará a cada entrevistado con una nota de 1 a 7. Se promediará la sumatoria de las notas obtenidas por cada postulante, dividiéndose por el número de evaluadores presentes, obteniéndose la nota final de esta etapa que se ponderara a puntos. El puntaje mínimo de aprobación de esta etapa será de 30 puntos. Las entrevistas definidas precedentemente, se llevarán a cabo entre el 09 al 12 de marzo del 2015, el lugar y horario se informará oportunamente vía teléfono y/o correo electrónico. 14. PUNTAJE REQUERIDO PARA SER CONSIDERADO POSTULANTE IDÓNEO El puntaje final de cada postulante corresponderá a la sumatoria de los puntajes parciales obtenidos en cada etapa, el cual deberá ser superior a 55 puntos. 9

15. SOBRE LA SELECCIÓN Y NOTIFICACIÓN DE LOS RESULTADOS Como resultado del Concurso, el Comité de Selección propondrá a la Sra. Alcaldesa de la I.Municipalidad de El Quisco, los nombres de los candidatos que hubiesen obtenido los mejores puntajes, con un máximo de tres, respecto de cada cargo a proveer. El concurso podrá ser declarado total o parcialmente desierto sólo por falta de postulantes idóneos, entendiéndose que existe tal circunstancia cuando ninguno alcance el puntaje mínimo definido en cada caso. La Sra. Alcaldesa de la I. Municipalidad de El Quisco, seleccionará a una de las personas propuestas y notificará personalmente o por carta certificada al seleccionado, quién deberá manifestar su aceptación al cargo, dentro de un plazo de dos días hábiles, y además acompañar en original o copia autenticada ante notario los documentos probatorios de los requisitos de ingreso. Si el postulante seleccionado no responde dentro del plazo o rechaza el ofrecimiento, se deberá nombrar a alguno de los otros postulantes propuestos. Una vez aceptado el cargo, la persona seleccionada será designada titular en el cargo de Director de Control, Grado 8 E.M. El nombramiento regirá desde la fecha que indique decreto de nombramiento. Los resultados finales del concurso y el nombre de quién ocupará la vacante ofrecida, será publicada en la página Web www.elquisco.cl Los resultados de las evaluaciones de todos los postulantes serán conservados por la Secretaría Municipal de la I. Municipalidad de El Quisco como respaldo para eventuales consultas o revisiones. La Sra. Alcaldesa de la I. Municipalidad de El Quisco, a través de la Secretaría Municipal, comunicará a los concursantes el resultado final dentro de los 30 días siguientes a su conclusión. Los/as postulantes que fundadamente observen reparos al proceso, tendrán derecho a reclamar ante la Contraloría General de la República, en los términos que establece el artículo 156, de la Ley Nº 18.883, Aprueba Estatuto Administrativo para Funcionarios Municipales. 16. CALENDARIZACION DEL PROCESO ETAPA FECHAS RESPONSABLE Comunicación Alcaldesa a otras Municipalidades Publicación-Convocatoria Periódico Regional Publicación Página Web I. Municipalidad de El Quisco Recepción y Registro Antecedentes Evaluación Curricular y nómina de candidatos jerarquizada Nómina de Candidatos que pasan a siguiente etapa 04 de febrero 2015. Oficina de Partes Del 07 al 09 de febrero 2015. Relaciones Pública 09 de febrero 2015. Unidad Informática 10 de febrero al 02 de marzo 2015. Del 03 al 05 de marzo 2015 Oficina de Partes Comité Selección 06 de marzo 2015 Dirección de Administración y Finanzas 10

Entrevista Psicolaboral Del 09 al 10 de marzo 2015. Psicólogo Externo Entrevista Evaluación Aptitudes Confección de propuesta de candidatos e Informe Final del Proceso Del 11 al 12 de marzo 2015. Comité Selección 18 de marzo 2015. Comité Selección Finalización del Proceso 23 de marzo 2015 Comité Selección Notificación a los postulantes 26 de marzo2015 Dirección de Administración y Seleccionados Finanzas Asunción del Cargo 01 de abril 2015 11

ANEXO 1 FICHA DE POSTULACIÓN 1. ANTECEDENTES DEL POSTULANTE Apellido Paterno Apellido Materno Nombres Correo Electrónico autorizado para el presente Concurso Teléfono particular Teléfono Móvil Otros teléfonos de Contacto La presente postulación implica mi aceptación íntegra de las Bases del presente Proceso de Selección, a las cuales me someto desde ya. Declaro, asimismo, mi disponibilidad real para desempeñarme en la Municipalidad de El Quisco. Firma: Fecha: 12

ANEXO 2 CURRÍCULO VITAE IDENTIFICACIÓN DEL POSTULANTE Apellido Paterno y Nombre Apellido Materno TELEFONO PARTICULAR TELEFONO MOVIL Correo Electrónico Autorizado 1.- TITULOS PROFESIONAL(ES) Y O GRADOS *Completar sólo si corresponde, indicando sólo aquellos con certificados. TITULO INGRESO (mm,aaaa) EGRESO (mm, aaaa) FECHA TITULACION (dd,mm,aaaa) Duración de la Carrera (indicar en número de semestres o trimestres) TITULO INGRESO (mm,aaaa) EGRESO (mm, aaaa) FECHA TITULACION (dd,mm,aaaa) Duración de la Carrera (indicar en número de semestres o trimestres) 2.- ANTECEDENTES ACADÉMICOS *(Indicar sólo aquellos con certificados, los demás no serán ponderados ni considerados) NOMBRE POST TITULOS/OTROS DESDE (mm,aaaa) HASTA (mm, aaaa) NOMBRE POST TITULOS/OTROS DESDE (mm,aaaa) HASTA (mm, aaaa) 13

3.- CAPACITACION (Indicar sólo aquellos con certificados) NOMBRE CURSO Y/O SEMINARIO I. MUNICIPALIDAD DE EL QUISCO DESDE (dd,mm,aaaa) HASTA (dd,mm, aaaa) HORAS DURACION NOMBRE CURSO Y/O SEMINARIO DESDE (dd,mm,aaaa) HASTA (dd,mm, aaaa) HORAS DURACION NOMBRE CURSO Y/O SEMINARIO DESDE (dd,mm,aaaa) HASTA (dd,mm, aaaa) HORAS DURACION 4.- ÚLTIMO CARGO DESARROLLADO O EN DESARROLLO (Sólo cuando corresponda) CARGO INSTITUCIÓN /EMPRESA DEPTO, GERENCIA, UNIDAD O AREA DE DESEMPEÑO DESDE (dd,mm,aaaa) HASTA (dd,mm, aaaa) DURACIÓN DEL CARGO (mm,aaaa) FUNCIONES PRINCIPALES (descripción general de funciones realizadas y principales logros) 5.- TRAYECTORIA LABORAL Además del anterior, indique sus últimos tres puestos de trabajo, si corresponde. CARGO INSTITUCIÓN /EMPRESA DEPTO, GERENCIA, UNIDAD O AREA DE DESEMPEÑO DESDE (dd,mm,aaaa) HASTA (dd,mm, aaaa) DURACIÓN DEL CARGO (mm,aaaa) FUNCIONES PRINCIPALES (descripción general de funciones realizadas y principales logros) CARGO 14

CARGO INSTITUCIÓN /EMPRESA DEPTO, GERENCIA, UNIDAD O AREA DE DESEMPEÑO DESDE (dd,mm,aaaa) HASTA (dd,mm, aaaa) DURACIÓN DEL CARGO (mm,aaaa) FUNCIONES PRINCIPALES (descripción general de funciones realizadas y principales logros) CARGO CARGO INSTITUCIÓN /EMPRESA DEPTO, GERENCIA, UNIDAD O AREA DE DESEMPEÑO DESDE (dd,mm,aaaa) HASTA (dd,mm, aaaa) DURACIÓN DEL CARGO (mm,aaaa) FUNCIONES PRINCIPALES (descripción general de funciones realizadas y principales logros) CARGO 15

ANEXO 3 DECLARACIÓN JURADA SIMPLE Nombres Apellidos: RUN: Declaro bajo juramento lo siguiente: Tener salud compatible con el cargo (Artículo 10 letra c del Estatuto Municipal). No Haber cesado en un cargo público como consecuencia de haber obtenido una calificación deficiente, o por medida disciplinaria, en los últimos cinco años (Artículo 10 letra e del Estatuto Municipal). No estar inhabilitado para el ejercicio de funciones o cargos públicos, no hallarme condenado por crimen o simple delito (Artículo 10 letra f del Estatuto Municipal). No estar afecto a las inhabilidades e incompatibilidades administrativas señaladas en los artículos 54 y 56 ambos del DFL N 1/19.653 de 2000 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado. Para Constancia FIRMA Fecha: 16