Código de Ética para Empresas

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Transcripción:

Código de Ética para Empresas Publicaciones para el mejor desempeño de la función de Consejero y del Consejo

Introducción El presente Código parte de los siguientes supuestos: La Ética de accionistas, propietarios, administradores y directivos es imprescindible para que la empresa del siglo XXI pueda cumplir adecuadamente sus fines, en la medida en que constituye el requisito necesario para garantizar y equilibrar los derechos e intereses de todos los grupos de interés por ella afectados: empleados, clientes, accionistas, proveedores y socios de negocio y sociedad en general. La Ética presupone el cumplimiento riguroso, en y por la empresa, de la legislación que en cada caso sea aplicable, así como de los Estatutos Sociales y Reglamentos de funcionamiento interno de la sociedad, en caso de existir. La Ética en la empresa requiere que los accionistas y propietarios vigilen y controlen el cumplimiento de las obligaciones de administradores y directivos. Aún cuando el presente Código nace con la pretensión de ser aplicable de manera general a todas las empresas, debe ser entendido también como un marco general y básico susceptible de ser adaptado a las peculiaridades de cada una, de manera que contemple la aplicación de principios de ética y desarrollo sostenible en línea con la actividad específica de la empresa. Idealmente, corresponde al Consejo de Administración la formulación del Código Ético de la empresa y a la Junta General de Accionistas su aprobación. Si, no obstante, el propio Consejo procediera además a su aprobación, debería ser sometido a la ratificación de la Junta.

Código de Ética Accionistas y Propietarios En el ejercicio de sus derechos de propiedad, deben: Configurar la empresa como un instrumento al servicio de la creación de riqueza, haciendo compatible su ineludible finalidad de obtención de beneficios con un desarrollo sostenible y respetuoso con la sociedad y el medio ambiente, procurando que toda su actividad se desarrolle de manera ética y responsable. Configurar la empresa como una institución a medio y largo plazo sin que el afán de enriquecimiento a corto plazo comprometa su continuidad. Ejercitar, de modo informado y responsable, sus derechos de voto en las Juntas Generales de Socios y, al hacerlo, exigir siempre la actuación ética de la empresa, incluyendo la aprobación del correspondiente Código Ético y procurando su efectiva aplicación. Buscar un justo equilibrio entre el capital y el trabajo de modo que los trabajadores reciban a través de sus salarios la justa contraprestación por su trabajo. Nombrar como administradores y directivos a personas que reúnan las condiciones de preparación y experiencia adecuadas y exigirles que realicen un ejercicio profesional, ético y responsable de su gestión, de acuerdo al Buen Gobierno Corporativo. Definir y defender la misión y los valores de la empresa en línea con su Código Ético. Administradores y Directivos En el ejercicio de sus funciones de administración y gestión, deben: A) En relación con sus funciones de Dirección: Realizar un ejercicio profesional, ético y responsable de su actividad. Cumplir y hacer cumplir el Código Ético de la empresa y para ello darlo a conocer a los directivos y empleados, y establecer los mecanismos adecuados para garantizar su aplicación. En particular debe de existir un órgano, idealmente a nivel del Consejo de Administración, integrado por personas con suficiente poder para aplicar el Código y corregir sus infracciones, así como para establecer los procedimientos y el canal para denunciar posibles incumplimientos del Código, protegiendo la confidencialidad de las personas. Informar puntualmente y con exactitud a los propietarios o accionistas de la situación y perspectivas de la empresa. Promover la participación efectiva de los accionistas en las Junta Generales, de modo especial mediante la facilitación del ejercicio de sus derechos de información y voto. Cumplir y hacer cumplir las normas y principios de contabilidad generalmente aceptados y establecer los sistemas internos y externos de control y gestión del riesgo adecuados a las características de la empresa. Mantener los libros y registros de la empresa con exactitud y honestidad, de modo que permitan la obtención de información y la toma de decisiones de forma consciente y responsable. Facilitar a los auditores, externos e internos, de la empresa toda la informa-

para Empresas ción y explicaciones que requieran para la realización de su trabajo. Subordinar los intereses propios a los de la empresa cuando actúen en nombre y representación de ésta y no utilizar los activos sociales en su propio beneficio salvo con la debida transparencia, previa la autorización del órgano social pertinente y mediante la contraprestación que sea adecuada en el mercado. Comunicar inmediatamente al órgano de administración, cualquier hecho o situación que pudiera suponer o llegar a ocasionar un conflicto entre el interés de la empresa y el particular del administrador o directivo y abstenerse de intervenir en su resolución. Facilitar la transparencia y el control de sus retribuciones de modo que se garantice su adecuación a su nivel de responsabilidad y desempeño y a las características de la empresa. Mantener la confidencialidad de los antecedentes, datos y documentos a los que tengan acceso por razón de sus funciones en la empresa, incluso después de haber cesado en ellas. Hacer frente al pago y cumplimiento de las deudas y obligaciones de la empresa sin dilaciones ni incumplimientos injustificados y proceder al cobro de sus créditos con la diligencia que el caso requiera. Elaborar y mantener vigente un plan de sucesión en los puestos clave de la empresa, de modo que la continuidad de ésta no dependa de la permanencia de ningún administrador ni directivo. Elegir a sus colaboradores y subordinados con arreglo a los principios de mérito y capacidad, procurando únicamente el interés de la empresa. B) En relación con los proveedores y clientes de la Empresa: Relacionarse con los proveedores de bienes y servicios de forma ética y lícita. Buscar y seleccionar únicamente proveedores cuyas prácticas empresariales respeten la dignidad humana, no incumplan la ley y no pongan en peligro la reputación de la empresa. Seleccionar a los proveedores en base a la idoneidad de sus productos o servicios, así como de su precio, condiciones de entrega y calidad, no aceptando ni ofreciendo regalos o comisiones, en metálico o en especie, que puedan alterar las reglas de la libre competencia en la producción y distribución de bienes y servicios. Buscar la excelencia de los bienes y servicios de la empresa de modo que sus clientes y consumidores obtengan la satisfacción esperada de aquellos. Garantizar los productos y servicios de la empresa y atender de forma rápida y eficaz las reclamaciones de consumidores y usuarios buscando su satisfacción más allá del mero cumplimiento de la normativa vigente. C) En relación con los competidores de la Empresa: No abusar de una posición dominante o privilegiada en el mercado. Competir lealmente con otras empresas cooperando a la consecución de un libre mercado basado en el respeto mutuo entre competidores, absteniéndose de realizar prácticas desleales. En particular, no captar clientes de otros competidores mediante métodos no éticos.

D) En relación con los empleados de la Empresa: Tratar con dignidad, respeto y justicia a los empleados, teniendo en consideración su diferente sensibilidad cultural. No discriminar a los empleados por razón de raza, religión, edad, nacionalidad, sexo o cualquier otra condición personal o social ajena a sus condiciones de mérito y capacidad. No permitir ninguna forma de violencia, acoso o abuso en el trabajo. Reconocer los derechos de asociación, sindicación y negociación colectiva. Fomentar el desarrollo, formación y promoción profesional de los empleados. Vincular la retribución y promoción de los empleados a sus condiciones de mérito y capacidad. Establecer y comunicar criterios y reglas claras que mantengan equilibrados los derechos de la empresa y de los empleados en los procesos de contratación y en los de separación de éstos, incluso en caso de cambio voluntario de empleador. Darles a conocer el Código Ético, y sus implicaciones para ellos, así como los medios de supervisión y canal de denuncias. Garantizar la seguridad e higiene en el trabajo, adoptando cuantas medidas sean razonables para maximizar la prevención de riesgos laborales. Procurar la conciliación del trabajo en la empresa con la vida personal y familiar de los empleados. Procurar la integración laboral de las personas con discapacidad o minusvalías, eliminando todo tipo de barreras en el ámbito de la empresa para su inserción. Facilitar la participación de los empleados en los programas de acción social de la empresa. E) En relación con la sociedad civil. Respetar los derechos humanos y las instituciones democráticas y promoverlos donde sea posible. Mantener el principio de neutralidad política, no interfiriendo políticamente en las comunidades donde desarrolle sus actividades, como muestra además de respeto a las diferentes opiniones y sensibilidades de las personas vinculadas a la empresa. Relacionarse con las autoridades e instituciones públicas de manera lícita y respetuosa no aceptando ni ofreciendo regalos o comisiones, en metálico o en especie. Realizar aportaciones a partidos políticos e instituciones públicas sólo de conformidad con la legislación vigente y, en todo caso, garantizando su transparencia. Colaborar con las Administraciones Públicas y con las entidades y organizaciones no gubernamentales dedicados a mejorar los niveles de atención social de los más desfavorecidos. Respeto y defensa del medio ambiente y promoción, de acuerdo a la legislación vigente, de la responsabilidad social corporativa en las diferentes facetas de la actividad empresarial. Primera edición - Marzo 2006 - Junio 2012 Instituto de Consejeros-Administradores. Todos los derechos reservados.

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