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Transcripción:

DE AYUNTAMIENTO DE BÁRCENA DE PIE DE CONCHA Bases reguladoras para la creacón una bolsa empleo stnada a la seleccón personal con la categoría Trabajador/a Socal a efectos su contratacón laboral temporal para los Servcos Socales Atencón Prmara número 14, ntegrada por los Ayuntamentos Anevas, Arenas Iguña, Bárcena Pe Concha (ayuntamento cabecera), Ceza y Molledo. Medante Decreto Alcaldía 28 septembre 2016 han sdo aprobadas las bases la convocatora para consttur una bolsa empleo stnada a la seleccón personal con la categoría Trabajador/a Socal a efectos su contratacón laboral temporal para los Servcos Socales Atencón Prmara nº 14, ntegrada por los ayuntamentos Anevas, Arenas Iguña, Bárcena Pe Concha (ayuntamento cabecera), Ceza y Molledo. Pág. 22019 1/15

DE BASES PARA LA CREACIÓN DE UNA BOLSA DE EMPLEO DESTINADA A LA SELECCIÓN DE PERSONAL CON LA CATEGORÍA DE TRABAJADOR SOCIAL A EFECTOS DE SU CONTRATACIÓN LABORAL TEMPORAL PARA LOS SERVICIOS SOCIALES DE ATENCIÓN PRIMARIA Nº 14, INTEGRADA POR LOS AYUNTAMIENTOS DE ANIEVAS, ARENAS DE IGUÑA, BÁRCENA DE PIE DE CONCHA (AYTO. DE CABECERA), CIEZA Y MOLLEDO. PRIMERA.- NORMAS GENERALES. 1.1.Objeto la convocatora. Las presentes bases tenen por objeto regular la convocatora por el Ayuntamento Bárcena Pe Concha la Bolsa Empleo personal laboral temporal que en cada momento sea necesaro consttur para prestar servcos no permanentes referente a la plaza Trabajador/a Socal los Servcos Socales Atencón Prmara nº 14, ntegrada por los Ayuntamentos Anevas, Arenas Iguña, Bárcena Pe Concha (Ayto. cabecera), Ceza y Molledo, acuerdo con los prncpos gualdad, mérto y capacdad y los establecdos en el artículo 55 l Estatuto Básco l Empleado Públco: publcdad las convocatoras y sus bases, transparenca, mparcaldad y profesonaldad los membros los órganos seleccón, acuacón entre el contendo los procesos selectvos y las funcones o tareas a sarrollar y agldad, sn perjuco la objetvdad, en los procesos seleccón. 1.2. Bolsa Empleo. La Bolsa Empleo que se formará con la relacón baremada las personas que hayan solctado su nclusón en la msma y hayan superado el proceso selectvo, se stnará a la contratacón l personal que la ntegre cuando se produzca alguna las sguentes crcunstancas: a) Cuando se produzca la stuacón vacante temporal con reserva l puesto trabajo l ttular l puesto. b) Cuando sea necesaro la susttucón temporal l ttular l puesto con ocasón Incapacdad Temporal. c) Permsos por motvos conclacón la vda personal, famlar y laboral recogdos en Conveno. d) Vacacones, permsos recogdos en Conveno o stuacones análogas. La Bolsa Empleo tendrá una vgenca tres años prorrogables sn perjuco quedar sn efecto para el caso la resolucón nuevos procesos selectvos, por vacante fntva. 1.3. Régmen l Contrato. La contratacón l trabajador se realzará en régmen recho laboral, con carácter temporal, en la modaldad que corresponda, conforme a la legslacón laboral vgente en cada momento. Las condcones laborales l trabajador contratado (horaro, jornada, retrbucones, etc.) serán las fjadas para el Personal Laboral l Ayuntamento Bárcena Pe Concha a quén susttuyan. Pág. 22020 2/15

DE SEGUNDA.- REQUISITOS DE LOS ASPIRANTES. 2.1. Para ser admtdos a este proceso selectvo los asprantes berán reunr los requstos o condcones sguentes: a) Ser español o naconal un Estado membro la Unón Europea o un Estado al que, en vrtud Tratado Internaconal celebrado por la Unón Europea y ratfcado por España, se aplcacón la lbre crculacón trabajadores en los térmnos prevstos en el artículo 57 la Ley 7/2007. b) Poseer la capacdad funconal para el sempeño las tareas. c) Tener cumpldos los csés años edad y no excer la edad máxma jublacón prevsta para la jublacón forzosa (65 años). d) No haber sdo separado medante expente dscplnaro l servco cualquera las Admnstracones Públcas o los órganos consttuconales o estatutaros las Comundas Autónomas, n hallarse en nhabltacón absoluta o especal para empleos o cargos públcos por resolucón judcal, para el acceso o escala funconaro, o para ejercer funcones smlares a las que sempeñaban en el caso personal laboral, en el que hubese sdo separado o nhabltado. En el caso ser naconal otro Estado, no hallarse nhabltado o en stuacón equvalente n haber sdo sometdo a sancón dscplnara o equvalente n haber sdo sometdo a sancón dscplnara o equvalente que mpda, en su Estado, en los msmos térmnos el acceso al empleo públco. e) Estar en posesón l Título Dplomado en trabajo socal o equvalente, expeddo en España o bdamente homologado. Las equvalencas los títulos alegados que no tengan el carácter general, berán justfcarse por el nteresado. Igualmente, en el caso ttulacones obtendas en el extranjero se berá estar en posesón la crencal que acredte su homologacón. f) Estar en posesón l permso conduccón B-1. 2.2. Estos requstos berán poseerse en el momento la fnalzacón l plazo presentacón solctus y mantenerse hasta el momento la suscrpcón, en su caso, l corresponnte contrato laboral. 2.3. Se establecen como causas ncompatbldad las comprenddas en la Ley 53/1984, 26 dcembre, Incompatbldas l Personal al Servco las Admnstracones Públcas, y Real Decreto 598/1985, 30 abrl, que sarrolla la Ley Incompatbldas. TERCERA.- SOLICITUDES. 3.1. Quenes seen formar parte las pruebas selectvas berán hacerlo medante nstanca, según molo que se adjunta en el Anexo I a estas Bases, drgda al Sr. Alcal Bárcena Pe Concha y presentada en el Regstro l Ayuntamento stuado en la Barro El Rocío, S/N, 39420, Bárcena Pe Concha, en horaro lunes a vernes 09:00 a 14:00 horas, o en los restantes regstros prevstos en el Pág. 22021 3/15

DE artículo 38 la Ley 30/1992, en el plazo vente (20) días hábles s la publcacón en el Boletín Ofcal Cantabra la presente convocatora. 3.2. No obstante, en el caso que se remtan por correo postal o ante otros órganos admnstratvos, Delegacón l Goberno, Regstros Autonómcos etc, el asprante berá necesara y oblgatoramente alantar por FAX al 942841343 la presentacón su solctud ntro l plazo establecdo en las presentes bases. Se adverte que no se tendrán en cuenta y serán scartadas automátcamente todas aquellas solctus presentadas en dchos regstros, respecto a las cuales no se hubera alantado por FAX dcha presentacón, o cuya presentacón se produzca transcurrdo el plazo legal presentacón. La solctud conforme al molo ndcado berá r frmada, no admténdose el regstro solctus fotocopadas, n la mera presentacón por correo electrónco. 3.3. Para ser admtdo y, en su caso, tomar parte en las pruebas selectvas corresponntes, berá aportarse toda la documentacón scrta en el molo solctud, referdas sempre a la fecha expracón l plazo presentacón nstancas. Dcha documentacón será la sguente: Fotocopa compulsada l Documento Naconal Intdad l nteresado. Fotocopa compulsada l Título Ofcal Dplomado en Trabajo Socal o equvalente. Fotocopa compulsada l Carnet conducr tpo B. Currículum vtae. Amás berá aportarse toda la documentacón justfcatva los mértos alegados, conforme a las ndcacones scrtas en el artículo 7, apartado Fase Valoracón Mértos las presentes Bases, bendo tenerse en consracón que no será tendo en cuenta mérto alguno que no haya sdo bdamente justfcado en tempo y forma en los térmnos establecdos las presentes bases. 3.4. Con carácter general los mértos que, en su caso, puran ser alegados por los asprantes para su valoracón en el presente proceso seleccón, berán acredtarse documentalmente en los térmnos establecdos en el artículo 7, apartado Fase Valoracón Mértos las presentes Bases, sn que el Trbunal pueda presumr la concurrenca mérto alguno dstnto los alegados y justfcados documentalmente ntro l perodo presentacón nstancas, salvo causas fuerza mayor alegadas en el momento presentacón la solctud admsón a este proceso seleccón, sendo la exclusva responsabldad l asprante la falta o fecto en la acredtacón los mértos por él alegados que mpda al Trbunal su valoracón en térmnos gualdad con respecto al resto los asprantes. 3.5. Fnalzado el plazo presentacón solctus no se admtrá nnguna documentacón adconal, procedéndose a valorar por el Trbunal Seleccón úncamente los mértos que hayan sdo documentados y presentados en dcho plazo. 3.6. A partr la publcacón las presentes Bases en el Boletín Ofcal Cantabra, todos los anuncos y publcad actos admnstratvos relatvos a este proceso selectvo serán objeto publcdad exclusvamente a través l Tablón Anuncos l Ayuntamento Bárcena Pe Concha, sto en Barro El Rocío, S/Nº, 39420, Pág. 22022 4/15

DE Bárcena Pe Concha, y a través la págna web muncpal, http://www.aytobarcenapc.com/. CUARTA.- ADMISIÓN DE ASPIRANTES. 4.1. Termnado el plazo presentacón nstancas, el Sr. Alcal aprobará, medante Resolucón, la lsta provsonal los asprantes admtdos y excludos, con ndcacón, en este últmo caso, la causa que la motva, y que se hará públca en el Tablón anuncos l Ayuntamento Bárcena Pe Concha y págna web muncpal. 4.2. A la vsta dcha relacón, los nteresados podrán formular alegacones o solctar rectfcacón o subsanacón errores, en el plazo z días hábles, acuerdo con los establecdo en el artículo 71.1 la Ley Régmen Jurídco las Admnstracones Públcas y l Procedmento Admnstratvo Común, a contar s el sguente a la fecha publcacón la menconada Resolucón. 4.3. Transcurrdo dcho plazo, se dctará Resolucón aprobando la lsta fntva los asprantes admtdos. 4.4. Una vez publcada la lsta fntva se procerá a la valoracón mértos acuerdo a lo establecdo en el artículo 7, apartado Fase Valoracón Mértos las presentes Bases. 4.5. El hecho fgurar en la relacón admtdos no prejuzga que se reconozcan a los nteresados la posesón los requstos exgdos en la base segunda. Cuando la documentacón que acuerdo con las presentes bases be presentarse en caso ser aprobado se sprenda que no posee alguno los requstos, los nteresados caerán todos los rechos que puran rvarse su partcpacón. 4.6. S durante el sarrollo l proceso selectvo, el Trbunal tuvera conocmento que alguno los canddatos carece los requstos necesaros para partcpar en el msmo, preva aunca l nteresado, lo pondrá en conocmento la Alcaldía- Presnca proponendo su exclusón y comuncándole, asmsmo, las nexacttus o falsedas en que hubera ncurrdo el asprante en la solctud admsón a los efectos procentes. En este caso, hasta tanto se emta la resolucón corresponnte, el asprante podrá segur partcpando condconalmente en el proceso selectvo. QUINTA.- COMISIÓN DE VALORACIÓN. 5.1. El órgano Seleccón será sgnado por Resolucón Alcaldía y estará consttuda por un número mpar membros no nferor a tres n superor a sete, cuya composcón se hará públca en la lsta fntva asprantes admtdos y excludos. La composcón l Trbunal berá ajustarse a los prncpos mparcaldad y profesonaldad sus membros, y se tenrá, asmsmo, a la pardad entre hombre y mujer. El personal eleccón o sgnacón polítca, los funconaros nternos y el personal eventual no podrán formar parte l msmo. La pertenenca al msmo será sempre a título ndvdual, no pundo ostentarse en representacón o por cuenta na. Pág. 22023 5/15

DE 5.2. La sgnacón los membros l Trbunal, en la que asmsmo se aprobará la lsta fntva admtdos y excludos y se hará públca en el tablón anuncos la Corporacón y en la págna web la msma. La sgnacón los membros l Trbunal nclurá la los suplentes que sustturán a los respectvos ttulares, en su caso. Los membros l Trbunal berán poseer una ttulacón o especalzacón gual o superor a la exgda en las bases. 5.3. Para la válda consttucón l Trbunal, a efectos la celebracón sesones, lberacones y toma acuerdos, se requerrá la presenca l presnte y l secretaro o quenes les susttuyan, y uno, al menos, sus membros ttulares o suplentes. Las csones se adoptarán por mayoría votos los membros presentes, resolvendo en caso empate el voto caldad l presnte l Trbunal. 5.4. El Trbunal resolverá por la mayoría votos sus membros presentes, todas las dudas y propuestas que surjan para la aplcacón las normas contendas en estas Bases y estará facultado para resolver las cuestones que puedan susctarse durante la realzacón las pruebas, así como para adoptar las meddas necesaras que garantcen el bdo orn las msmas en todo lo no prevsto en las bases. Sus acuerdos serán mpugnables en los supuestos y formas establecdas por la Ley 30/92, 26 novembre. El Trbunal contnuará consttudo hasta tanto se resuelvan las reclamacones planteadas o las dudas que se puedan rvar l procedmento selectvo. 5.5. Los membros l Trbunal berán abstenerse formar parte l msmo cuando concurra en ellos alguna las crcunstancas prevstas en el artículo 28 la Ley 30/92, 26 novembre, conformdad con el artículo 13.4 l Real Decreto 364/95, 10 marzo. Asmsmo, los asprantes podrán recusarles s concurrese alguna aquellas crcunstancas. 5.6. Los membros l Trbunal observarán la confncaldad y el sglo profesonal en todo lo referente a las cuestones tratadas en las reunones, no pundo utlzar fuera las msmas la nformacón que posean en su caldad membros l Trbunal referda al proceso selectvo para el que han sdo nombrados. Serán aplcacón a los membros l Trbunal la presente convocatora lo dspuesto en la normatva aplcacón sobre nmnzacones por razón l servco. 5.7. Serán aplcacón a dcho órgano las normas sobre consttucón órganos colegados prevstas en los artículos 22 y sguentes la Ley 30/1992, así como lo dspuesto en los artículos 28 y 29 dcha norma legal. SEXTA.- COMIENZO Y DESARROLLO DEL PROCESO SELECTIVO. 6.1. El sstema selectvo será el concurso - oposcón con posteror entrevsta personal. 6.2. Los opostores comparecerán a todas las pruebas provstos l DNI o documento acredtatvo, cuya presentacón podrá ser exgda por el Trbunal, ncluso durante el sarrollo cada prueba. Serán excludos quenes, sendo requerdos para su aportacón, carezcan dcho documento. Pág. 22024 6/15

DE 6.3. Los opostores serán convocados para cada fase en llamamento únco. Salvo casos fuerza mayor, nvocados con anterordad y bdamente justfcados y aprecados por el Trbunal con absoluta lbertad crteros, la no presentacón un asprante a cualquera los ejerccos en el momento ser llamado, termnará automátcamente el camento su recho a partcpar en el msmo ejercco y en los sucesvos, quedando excludo, en su consecuenca, l procedmento selectvo. 6.4. La convocatora la fase valoracón mértos se realzará en sesón carácter no públco en la msma Resolucón aprobacón fntva asprantes admtdos y será objeto publcacón medante el corresponnte anunco en el tablón anuncos y en la págna web l Ayuntamento. 6.5. Las restantes convocatoras a la realzacón las pruebas, se harán, exclusvamente, en el tablón anuncos l Ayuntamento, págna web muncpal y, en su caso, en los restantes lugares ndcados por el órgano seleccón. 6.6. El orn actuacón los asprantes, en las pruebas que no puedan realzarse conjuntamente, se ncará alfabétcamente tomando en consracón, a tal efecto la letra H, según lo establecdo en la Resolucón 24 febrero 2016, la Secretaría Estado Admnstracones Públcas, por la que se publca el resultado l sorteo a que se refere el Reglamento General Ingreso l Personal al Servco la Admnstracón l Estado. 6.7. De la sesón o sesones que celebre el Trbunal, el secretaro levantará acta, don se harán constar las calfcacones los ejerccos los asprantes y las ncncas y votacones que se produzcan. El acta/s constturá el expente las pruebas selectvas. Juntamente con el acta, se unrán al expente las hojas examen o ejerccos realzados por los opostores. SÉPTIMA.- SISTEMA SELECTIVO. 7.1. Fases l Proceso Selectvo: PRIMERA FASE.- VALORACIÓN DE MÉRITOS.- (30 puntos) Serán objeto exclusvamente puntuacón los mértos que, habéndose ndcado expresamente en la nstanca solctando tomar parte en las pruebas, se hayan acredtado documentalmente medante orgnal o copa compulsada, acuerdo al sguente baremo: I.- Experenca profesonal: Hasta un máxmo 18 puntos. a) Por haber prestado servcos como Trabajador/a Socal para la Admnstracón Públca, hasta un máxmo 12 puntos: - 1 punto por cada mes completo servcos prestados. Desprecándose las fraccones nferores al mes. b) Por haber prestado servcos como Trabajador/a Socal en el sector Prvado: hasta un máxmo 6 puntos: Pág. 22025 7/15

DE - 0,50 puntos por mes completo acredtado. Desprecándose las fraccones nferores al mes. La puntuacón asgnada se entenrá cuando el contrato o nombramento lo sea a jornada completa. En otro caso, s el contrato es a tempo parcal se aplcará a tal puntuacón la parte proporconal equvalente al porcentaje la jornada. Los servcos prestados en Admnstracones Públcas o empresas l sector públco berán acredtarse medante contratos trabajo o certfcacón expedda por la Admnstracón competente con expresón la plaza y puesto trabajo sempeñado y l perodo prestacón servcos. Los servcos prestados en el sector prvado se acredtarán presentando necesaramente contrato trabajo en el que conste la categoría profesonal y puesto sempeñado. En ambos casos, para valorar los servcos prestados en el sector públco y el sector prvado, será oblgatoro presentar el nforme vda laboral expeddo por la Tesorería General la Segurdad Socal, con expresón l grupo cotzacón y los perodos cotzados. La no presentacón ambos documentos, contrato e nforme vda laboral, dará lugar a la no valoracón l mérto. En el caso contradccón entre el contrato y el nforme vda laboral en cuanto a la categoría laboral, se estará a la fncón que por este concepto fgure en el contrato laboral. En el supuesto sucesón contratos, como consecuenca la prórroga los msmos, berá aportarse el contrato ncal junto con todos y cada uno los sucesvos escrtos prórroga regstrados en los Servcos Públcos Empleo. En el caso mposbldad aportar la documentacón acredtatva las prórrogas y sucesones contratos, berá aportarse certfcado la empresa en el que se acredten los perodos sucesón, con expresón la categoría, y hoja la vda laboral expedda por la Tesorería General la Segurdad Socal. No se valorará la experenca profesonal que no pueda ser nequívocamente cotejada. II. Formacón: Máxmo 12 puntos a) Por cursos relaconados con la Intervencón Socal en la Famla y/o Menores en los Servcos Socales: Máxmo 8 puntos acuerdo con el sguente baremo: - Cursos 20 a 40 horas: 0,50 puntos por curso. Pág. 22026 8/15

DE - Cursos 41 a 200 horas: 1,00 punto por curso. - Cursos más 200 horas: 4,00 puntos por curso. b) Cursos relaconados con la Intervencón Comuntara (anmacón socal): Máxmo 4 puntos, acuerdo con el sguente baremo: - Cursos 20 a 40 horas: 0,25 puntos por curso. - Cursos 41 a 200 horas: 0,50 puntos por curso. - Cursos más 200 horas: 2,00 puntos por curso. Ambos apartados se acredtarán medante los corresponntes certfcados, dplomas y títulos o copa compulsada los msmos en los que se talle el número horas. Aquellos títulos en los que no se señale el número horas no se computarán. No se tendrán en cuenta cursos nformátca, domas extranjeros. En nngún caso, y respecto a nnguno los asprantes presentados, podrá presumr el Trbunal la concurrenca mérto alguno dstnto los alegados y justfcados documentalmente ntro l perodo presentacón nstancas, salvo causas fuerza mayor alegadas en el momento presentacón la solctud admsón a este proceso seleccón, sendo la exclusva responsabldad l asprante la falta o fecto en la acredtacón los mértos por alegados que mpda al Trbunal su valoracón en térmnos gualdad con respecto al resto los asprantes. SEGUNDA FASE.- OPOSICIÓN.- (70 Puntos) 7.2.- PRUEBA PRÁCTICA (Oblgatora y elmnatora).- Tras la valoracón mértos la fase concurso, el Trbunal señalará fecha y lugar celebracón la prueba práctca. Este ejercco consstrá en realzar por escrto uno o varos supuestos práctcos relaconados con el trabajo a sarrollar y concretados en el Anexo II Temaro la Oposcón que acompaña a las presentes Bases, propuestos lbremente por el Trbunal, tanto respecto a su número, como a su naturaleza. En la valoracón l ejercco el Trbunal aprecará, fundamentalmente, la acttud, apttud, capacdad resolucón los aspectos práctcos planteados, ncatva, orn, cumplmento meddas preventvas en matera segurdad y salud laboral y el nvel conocmento las competencas profesonales báscas. Pág. 22027 9/15

DE Este ejercco se valorará con una puntuacón máxma 70 puntos, sendo elmnados los asprantes que no obtengan una puntuacón mínma 35 puntos. Las calfcacones se adoptarán sumando las puntuacones otorgadas por los dstntos membros l Trbunal y dvndo el total por el número membros. TERCERA FASE.- ENTREVISTA PERSONAL: (2 Puntos).- A la entrevsta sólo accerán las cnco (5) mejores notas la fase concurso - oposcón. La entrevsta tendrá por objeto valorar que el canddato presenta las competencas y cualdas necesaras para sempeñar los cometdos y responsabldas que le sean encomendadas. La entrevsta versará sobre las tareas y los cometdos a realzar por el puesto trabajo objeto la convocatora, valorándose las apttus, acttus, capacdas, competencas, habldas e donedad los asprantes al puesto, tenéndose en cuenta los datos aportados en el expente y tomando en consracón su trayectora profesonal, formacón y especalzacón. La fecha realzacón la entrevsta se anuncara públcamente en el tablón anuncos l Ayuntamento y págna web muncpal. Salvo casos fuerza mayor, nvocados con anterordad y bdamente justfcados y aprecados por el Trbunal con absoluta lbertad crteros, la no presentacón un asprante en el momento ser llamado, termnará automátcamente el camento su recho a partcpar en este procedmento selectvo, quedando excludos en su consecuenca l msmo. Los asprantes berán concurrr a la entrevsta provstos l Documento Naconal Intdad a efectos su bda ntfcacón por parte l Trbunal valoracón. La calfcacón a otorgar será hasta un máxmo 2 puntos, otorgándose por cada membro l Trbunal una valoracón entre 0 y 2 puntos y obtenéndose la puntuacón total cada uno los asprantes realzando la meda artmétca las calfcacones otorgadas. 7.2. La puntuacón fnal será el resultado la suma las puntuacones obtendas en la valoracón mértos, oposcón y entrevsta. En el caso producrse un empate en la puntuacón fnal, y para drmr el msmo, se atenrá en prmer lugar a la puntuacón obtenda en experenca profesonal en las Admnstracones Públcas o Empresas Públcas l Sector Públco; s aun así persstera el empate se atenrá a la puntuacón obtenda en experenca profesonal en el sector prvado y s aun así persstese éste se tendrá en cuenta la puntuacón obtenda en el ejercco práctco la fase oposcón. Por últmo, s aun así contnúa el empate, se resolverá por sorteo. Pág. 22028 10/15

DE OCTAVA.- CREACIÓN DE LA BOLSA DE EMPLEO. 8.1. Medante Resolucón Alcaldía se aprobará una Bolsa Empleo por Orn la Puntuacón total obtenda en el concurso, mayor a menor, la cual tendrá un máxmo 5 ntegrantes y será publcada en el Tablón Anuncos l Ayuntamento Bárcena Pe Concha y notfcada a cada persona ncluda en la msma. 8.2. Los selecconados berán facltar al Ayuntamento Bárcena Pe Concha, una vez recbda la notfcacón la Resolucón la Bolsa Empleo, en el plazo 5 días naturales a contar s la recepcón la msma, un número teléfono y una cuenta correo electrónco. Cualquer cambo que se produzca en los datos contacto l asprante a lo largo l tempo permanenca en la Bolsa, se berá comuncar al Ayuntamento Bárcena Pe Concha. 8.3. Las contratacones o nombramentos se ofertarán según necesdas l Servco. 8.4. Aceptada la oferta se procerá a la formalzacón l corresponnte contrato NOVENA.- FUNCIONAMIENTO DE LA BOLSA DE EMPLEO. 9.1. A medda que se produzcan necesdas se procerá la sguente forma: El Ayuntamento se pondrá en contacto telefónco con el asprante, sguendo rgurosamente el orn establecdo en la lsta. El asprante berá dar una contestacón a la oferta empleo en el plazo 24 horas. En el caso que no se pueda localzar a un asprante spués haber ntentado tres llamadas telefóncas en horas dstntas y envado correo electrónco, se procerá a llamar al sguente asprante la lsta, sendo el asprante no localzado colocado en la msma poscón que tenía adjudcada orgnaramente en la lsta espera. En el caso que el asprante rechace la oferta empleo pasará al fnal la lsta. El asprante que ntegrado en una lsta espera, sea llamado para cubrr una necesdad y alegue y justfque la mposbldad ncorporacón efectva por estar trabajando, o ncapacdad temporal, contnuará en la lsta espera en la msma poscón que ocupaba ncalmente, s ben no será actvado en la lsta espera y llamado para una nueva oferta hasta que el propo asprante comunque, por escrto, al Departamento Personal que está dsponble por haberse modfcado la causa que alegó para no aceptar la oferta trabajo. El asprante que haya sdo objeto contratacón, una vez fnalzada la prestacón será colocado nuevo en la lsta espera en la msma poscón que tenía adjudcada orgnaramente. DÉCIMA.- LEY REGULADORA DEL PROCESO. 10.1. El solo hecho presentar nstanca solctando tomar parte en este proceso consttuye sometmento expreso los asprantes a las presentes bases. Pág. 22029 11/15

DE 10.2. En todo lo no prevsto por estas bases se estará a lo establecdo en la Ley 7/2007, 12 abrl, l Estatuto Básco l Empleado Públco y en tanto no se proceda al sarrollo reglamentaro y en cuanto no sea ncompatble con el régmen que para este personal se estará a lo dspuesto en Ley 30/84, 2 agosto; la Ley 7/1985, 2 abrl, reguladora las Bases Régmen Local; el Real Decreto Legslatvo 781/1986, 18 abrl, por el que se aprueba el Texto Refunddo las Dsposcones Legales Vgentes en matera Régmen Local; Real Decreto 364/1995, 10 marzo, por el que se aprueba el Reglamento General Ingreso l Personal al Servco la Admnstracón General l Estado; Orn APU/1461/2002 6 juno, Real Decreto 896/1991, 7 juno, por el que se establecen las reglas báscas y programas mínmos a que be ajustarse el procedmento seleccón los funconaros la Admnstracón Local; supletoramente la Ley Cantabra 4/1993, 1 abrl Funcón públca y más normatva concordante. UNDÉCIMA.- RÉGIMEN DE IMPUGNACIÓN. 11.1. Contra las presentes bases y su convocatora cabrá nterponer recurso potestatvo reposcón ante la Alcaldía, en el plazo un mes a contar s el día sguente al su publcacón en los térmnos prevstos en los artículos 116 y 117 la Ley 30/1992, 26 novembre, Régmen Jurídco las Admnstracones Públcas y l Procedmento Admnstratvo Común, o drectamente recurso contencosoadmnstratvo, en el plazo dos meses contados a partr l día sguente al su publcacón. En el caso presentar recurso potestatvo reposcón, no se podrá nterponer recurso contencoso-admnstratvo hasta que se resuelva expresamente el recurso reposcón o se produzca la sestmacón presunta l msmo, y todo ello sn perjuco cualquer otro que se pura nterponer. 11.2. Será gualmente aplcacón el régmen los Recursos Alzada prevstos en la Ley 30/1992, 26 novembre, Régmen Jurídco las Admnstracones Públcas y l Procedmento Admnstratvo Común. DILIGENCIA que expdo como Secretaro Interventor l Ayuntamento Bárcena Pe Concha, para hacer constar que las presentes Bases han sdo aprobadas medante Decreto Alcaldía fecha 28 septembre 2016. EL SECRETARIO - INTERVENTOR Fdo.: Santago Carral Rádgos Pág. 22030 12/15

DE ANEXO I.- MODELO SOLICITUD. DON/DOÑA, con DNI nº, con domclo en, C.P., localdad, con teléfono número, y dreccón correo electrónco. Presento m solctud en el proceso selectvo convocado por el Ayuntamento Bárcena Pe Concha para consttucón una Bolsa Empleo stnada a la seleccón personal con la categoría Trabajador/a Socal a efectos su contratacón laboral temporal para los Servcos Socales Atencón Prmara nº 14, ntegrada por los Ayuntamentos Anevas, Arenas Iguña, Bárcena Pe Concha, Ceza y Molledo, para cubrr las stuacones puntuales ausenca por vacacones, IT o supuestos smlares, los ttulares l puesto, aceptando íntegramente las Bases l Proceso selectvo, y presento m canddatura para el puesto (marcar con una X lo que proceda): TRABAJADOR/A SOCIAL ACOMPAÑO A MI SOLICITUD DE LA SIGUIENTE DOCUMENTACIÓN: Fotocopa l Documento Naconal Intdad vgente. Currículum Vtae. Ttulacón académca requerda. Copa l carnet conducr. Documentacón justfcatva los mértos alegados, conforme a las ndcacones scrtas en el artículo 7, apartado Fase Valoracón Mértos las presentes Bases. DECLARO RESPONSABLEMENTE NO haber sdo separado medante expente dscplnaro l servco la Admnstracón l Estado, las Comundas Autónomas o la Admnstracón Local, n hallarse nhabltado para el ejercco las funcones públcas en los térmnos prevstos en la Ley 7/2007, 12 abrl, Estatuto Básco l Empleado Públco. NO hallarse ncurso en causa ncapacdad específca o ncompatbldas prevsta en la legslacón vgente. Poseer capacdad funconal para el sempeño las tareas l puesto trabajo. Aceptar las Bases l Proceso Selectvo aprobadas por Resolucón Alcaldía fecha 28 septembre 2016. De constatarse la falsedad la presente claracón, el asprante será excludo automátcamente l proceso selectvo. En Bárcena Pe Concha, a 2016. Fdo.: El/La Asprante. Pág. 22031 13/15

DE ANEXO II - TEMARIO Pág. 22032 14/15

DE 2016/8797 Bárcena Pe Concha, 28 septembre 2016. El alcal, Agustín Mantecón González. Pág. 22033 15/15