2.2.CURSOS, OPOSICIONES Y CONCURSOS

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1 BOLETÍN OFICIAL DE 2.2.CURSOS, OPOSICIONES Y CONCURSOS CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTE Orn ECD/61/ mayo, que establece las bases reguladoras y se convoca el procedmento selectvo para el acceso al Cuerpo Inspectores Educacón. La Ley Cantabra 4/1993, 10 marzo (Boletín Ofcal Cantabra 1 abrl), en su artículo 13. bs. 1.d), atrbuye a la Consejería Educacón, Cultura y Deporte la competenca para realzar la convocatora pruebas seleccón y la sgnacón los Trbunales calfcadores así como para resolverlas. Igualmente, el artículo 6 la Ley 13/1998, 23 dcembre, Meddas Fscales y Admnstratvas, establece que, en tanto no se regulen normas específcas para el personal docente transferdo, en el marco las competencas asumdas, se mantendrá el régmen jurídco, económco y las condcones trabajo establecdas en la normatva estatal que le venía sendo aplcacón. Por su parte la Ley Orgánca 2/ mayo, Educacón, modfcada por la Ley Orgánca 8/2013, 9 dcembre, para la mejora la caldad educatva, establece las funcones y atrbucones la Inspeccón Educacón, así como los requstos para el acceso al Cuerpo Inspectores Educacón que se arbtrará medante un concurso oposcón stnado al personal funconaro carrera docente. El Real Decreto 276/2007, 23 febrero («Boletín Ofcal l Estado» 2 marzo), por el que se aprueba el Reglamento ngreso, accesos y adquscón nuevas especaldas en los cuerpos docentes a que se refere la Ley Orgánca 2/2006, 3 mayo, Educacón, y se regula el régmen transtoro ngreso a que se refere la dsposcón transtora cmoséptma la ctada ley, establece que el sstema acceso al Cuerpo Inspectores Educacón es el concurso oposcón y concreta el procedmento para el ngreso. El artículo 3 dcho Reglamento establece que las admnstracones públcas convocantes, una vez aprobadas sus respectvas ofertas empleo, procerán a realzar las convocatoras para la provsón plazas autorzadas en las menconadas ofertas empleo con sujecón, en todo caso, a las normas Funcón Públca que le sean aplcacón. En consonanca con lo anteror el Goberno Cantabra, medante Decreto 6/2015, 29 enero (BOC 9 febrero), aprobó la oferta empleo públco, para el año 2015 corresponnte a Cuerpos Docentes, ncluyendo ses plazas promocón nterna al Cuerpo Inspectores Educacón y autorzó a la Consejería Educacón, Cultura y Deporte para convocar el proceso selectvo corresponnte. En cuanto a la composcón los vocales los trbunales se resuelve que estos se solctarán otras admnstracones educatvas, y no medante el sorteo entre los exstentes en esta Comundad Autónoma al amparo l artículo 7.6 l Reglamento ngreso, accesos y adquscón nuevas especaldas en los cuerpos docentes a que se refere la Ley Orgánca 2/2006, 3 mayo, Educacón, modfcada por la Ley Orgánca 8/2013, 9 dcembre, para la mejora la caldad educatva y se regula el régmen transtoro ngreso a que se refere la dsposcón transtora cmoséptma la ctada ley aprobado por Real Decreto 276/2007, 23 febrero, («Boletín Ofcal l Estado» 2 marzo) y se basa, fundamentalmente, en el reducdo número funconaros carrera l Cuerpo Inspectores Educacón, exstentes en esta Comundad Autónoma, dadas las jublacones, excencas, etc., producdas en los últmos años. Por ello, y en cumplmento lo establecdo en los artículos 9 y sguentes l Real Decreto 276/2007, 23 febrero, por el que se aprueba el Reglamento ngreso, accesos y ad- Pág /35

2 BOLETÍN OFICIAL DE quscón nuevas especaldas en los cuerpos funconaros docentes a los que se refere la Ley Orgánca 2/2006, 3 mayo, Educacón, y se regula el régmen transtoro ngreso a que se refere la dsposcón transtora cmoséptma la ctada ley, acuerdo con lo establecdo en la Ley 6/2002, 10 dcembre, Régmen Jurídco l Goberno y la Admnstracón la Comundad Autónoma Cantabra, DISPONGO Artículo prmero: La presente Orn tene por objeto establecer las bases reguladoras y convocar procedmento selectvo acceso al Cuerpo Inspectores Educacón, una vez oídas las Organzacones Sndcales con presenca en la Junta Personal Docente, acuerdo con las sguentes bases: TÍTULO I PROCEDIMIENTO DE INGRESO Base 1. Normas generales. 1.1 Se convoca procedmento selectvo para cubrr, en la Comundad Autónoma Cantabra, 6 plazas l Cuerpo Inspectores Educacón (códgo 0510). Códgo: 0510 Denomnacón: Inspectores Educacón. 1 Turno lbre: 5 2 Turno dscapacdad: 1 Se reserva una plaza l total las ofertadas para ser cuberta por quen tengan la condcón persona con dscapacdad. La reserva una plaza para este turno, resulta unr a la presente oferta ses plazas, las convocadas en la oposcón 2010 para este cuerpo docente y que fueron tambén ses plazas. S la plaza no resulta cuberta en dcho turno, se acumulará al turno lbre. 1.2 Al presente procedmento selectvo le será aplcacón: La Ley Orgánca 2/2006, 3 mayo, Educacón, («Boletín Ofcal l Estado» 4 mayo), modfcada por la Ley Orgánca 8/2013, 9 dcembre, para la mejora la caldad educatva La Ley Cantabra 6/2008, 26 dcembre, Educacón Cantabra (BOC l 30 dcembre). La Ley 30/1992, 26 novembre, Régmen Jurídco las Admnstracones Públcas y l Procedmento Admnstratvo Común («Boletín Ofcal l Estado» 27 novembre). La Ley 6/2002, 10 dcembre, Régmen Jurídco l Goberno y la Admnstracón la Comundad Autónoma Cantabra (BOC 18 dcembre). La Ley 7/2007, 12 abrl, l Estatuto Básco l Empleado Públco («Boletín Ofcal l Estado» 13 abrl). Pág /35

3 BOLETÍN OFICIAL DE El Real Decreto 276/2007, 23 febrero, por el que se aprueba el Reglamento ngreso, accesos y adquscón nuevas especaldas en los cuerpos docentes a que se refere la Ley Orgánca 2/2006, 3 mayo, Educacón, y se regula el régmen transtoro ngreso a que se refere la dsposcón transtora cmoséptma la ctada ley («Boletín Ofcal l Estado» 2 marzo). El Real Decreto 364/1995, 10 marzo, por el que se aprueba el Reglamento General ngreso l personal al servco la Admnstracón General l Estado y provsón puestos trabajo y promocón profesonal los funconaros cvles la Admnstracón General l Estado («Boletín Ofcal l Estado» 10 abrl). La Ley 53/2003, 10 dcembre, sobre empleo públco dscapactados («Boletín Ofcal l Estado» 11 dcembre). El Real Decreto 2271/2004, 3 dcembre, que regula el acceso al empleo públco y la provsón puestos trabajo las personas con dscapacdad («Boletín Ofcal l Estado» 17 dcembre). La Ley Cantabra 7/2014, 26 dcembre, Meddas Fscales y Admnstratvas que modfca el Anexo I Tasas l Goberno Cantabra, aprobado por la Ley 9/1992, 18 dcembre, Tasas y Precos Públcos (BOC l 30 dcembre). Decreto 20/2012, 12 abrl, Smplfcacón Documental en los Procedmentos Admnstratvos (BOC 25 abrl) Decreto 36/2011, 5 mayo, sobre nmnzacones y compensacones por razón l servco (BOC 11 mayo). Orn EDU/41/2009, 28 abrl, por la que se regula la convocatora, reconocmento, certfcacón y regstro actvdas formacón permanente l profesorado en la Comundad Autónoma Cantabra, modfcada por la Orn EDU/63/2009, 25 juno. Las más dsposcones general aplcacón, así como lo dspuesto en la presente convocatora. 1.3 La duracón las pruebas corresponntes a los procedmentos selectvos convocados por la presente Orn no excerá ses meses contados a partr la fecha nco las msmas Las pruebas selectvas que se convocan por la presente Orn tendrán lugar en la Comundad Autónoma Cantabra. Base 2. Requstos los canddatos Para ser admtdos a los procedmentos selectvos los asprantes berán reunr amás los requstos que les fueron exgdos para el ngreso en el corresponnte Cuerpo Docente, los sguentes: 2.1. Requstos específcos para partcpar en el procedmento ngreso lbre a) Estar en posesón un título Doctor, Lcencado, Ingenero, Arqutecto o el título Grado corresponnte o título equvalente. En el caso que dchas ttulacones se hayan obtendo en el extranjero, berá haberse conceddo la corresponnte homologacón según lo establecdo en el Real Decreto 967/2014, 21 novembre o su reconocmento al amparo lo establecdo por la Drectva 89/48/ CEE y por el Real Decreto 1837/2008, 8 novembre, o más normatva vgente en el momento la publcacón la presente convocatora. b) Pertenecer a alguno los cuerpos que ntegran la funcón públca docente contemplados en la Ley Orgánca 2/2006, 3 mayo, Educacón («Boletín Ofcal l Estado» 4 Pág /35

4 BOLETÍN OFICIAL DE mayo), modfcada por la Ley Orgánca 8/2013, 9 dcembre, para la mejora la caldad educatva. c) Acredtar una antgüedad mínma ses años, como funconaro carrera en alguno los cuerpos que ntegran la funcón públca docente ctados anterormente y una experenca docente gual duracón Requstos específcos para la partcpacón por la reserva dscapacdad acredtada. Podrán partcpar por este procedmento aquellos asprantes que, amás reunr los requstos específcos exgdos para el ngreso lbre, tengan reconocda, por los órganos competentes, una dscapacdad cuyo grado mnusvalía sea gual o superor al 33%, sempre que ello no sea ncompatble con el ejercco la funcón nspeccón educatva, conformdad con lo establecdo en la Ley 53/2003, 10 dcembre sobre empleo públco dscapactados. La opcón por la reserva dscapacdad habrá formularse en la solctud partcpacón, con la claracón expresa reunr la condcón exgda al respecto, que se acredtará en el momento la solctud medante certfcacón los órganos competentes cada Comundad Autónoma. Se acredtará ofco a los partcpantes esta Comundad Autónoma No obstante, s en la realzacón las pruebas se susctaran dudas al trbunal respecto la capacdad l asprante para el sempeño las actvdas habtualmente sarrolladas por los funconaros l cuerpo objeto la convocatora, el trbunal podrá recabar el corresponnte dctamen l órgano competente al que se refere el apartado anteror. En este caso, y hasta tanto se emta el dctamen, el asprante podrá segur partcpando condconalmente en el proceso selectvo, quedando en suspenso la resolucón fntva sobre la admsón o exclusón en el proceso hasta la recepcón dcho dctamen. El procedmento selectvo se realzará en condcones gualdad con los asprantes ngreso lbre, sn perjuco las adaptacones prevstas en la base Fecha en la que se ben poseer estos requstos. Todos los requstos enumerados en la presente base berán poseerse en el día fnalzacón l plazo presentacón solctus y mantenerse hasta el momento la toma posesón como funconaro carrera. Base 3. Solctus 3.1 Forma. Quenes seen tomar parte en el presente proceso selectvo berán cumplmentar el formularo electrónco asocado, Anexo II la presente convocatora, habltado al efecto en la págna Web la Consejería Educacón, Cultura y Deporte la Comundad Autónoma Cantabra ( Profesorado - Procesos Selectvos 2015),envándolo a través Internet, según el procedmento establecdo en el manual usuaro que se publcará a tal efecto en la ctada págna Web y el Anexo V la convocatora. Este envío no susttuye a la presentacón la solctud en los regstros corresponntes, por lo que el asprante berá mprmr tres copas l molo bdamente cumplmentado, la prmera para el órgano convocante (ejemplar que se presentará en el lugar señalado en la base 3.6 esta Orn), la segunda para el nteresado y la tercera para la entdad pósto corresponnte y presentar el orgnal en cualquera los lugares prevstos en el artículo 105 la Ley 6/2002, 10 dcembre, Régmen Jurídco l Goberno y la Admnstracón la Comundad Autónoma Cantabra (BOC 18 dcembre), junto con la pertnente documentacón. En la solctud se consgnarán el códgo l Cuerpo (0510) Inspectores Educacón y la forma acceso por la que se partcpa. No podrá presentarse más una solctud. Pág /35

5 BOLETÍN OFICIAL DE 3.2 Instruccones para cumplmentar el formularo electrónco solctud. Venen recogdas en el Manual Usuaro que se publca como Anexo V esta convocatora y que se podrá scargar l propo formularo. 3.3 Los asprantes que tengan algún tpo dscapacdad y seen acogerse a lo prevsto en la base 2.2 berán ndcar en el recuadro corresponnte la solctud el porcentaje dscapacdad que tenen reconocda. Asmsmo, berán solctar las posbles adaptacones tempos y medos que necesten para la realzacón los ejerccos cuando esta adaptacón sea necesara, ndcando esta crcunstanca en el recuadro corresponnte la solctud. 3.4 Tasas. De conformdad con lo dspuesto en el Anexo I la Ley Cantabra 7/2014, 26 dcembre, Meddas Fscales y Admnstratvas, que modfca el Anexo únco Tasas l Goberno Cantabra, aprobado por Ley 9/1992, 18 dcembre, Tasas y Precos Públcos, en el apartado corresponnte a la Consejería Educacón, Cultura y Deporte los rechos examen para todos los opostores serán los sguentes: Cuerpo Docente (Inspectores Educacón) euros Estos rechos examen se ngresarán en cualquera las ofcnas l Banco Santanr, en la cuenta corrente número ES "Pruebas selectvas para el ngreso en el Cuerpo Inspectores Educacón". La acredtacón l pago la tasa corresponnte a los rechos examen se realzará medante certfcacón mecánca por medo mpresón máquna contable o medante el sello y frma autorzada en los tres ejemplares l molo. En caso que el pago se haya efectuado medante transferenca bancara s una entdad dstnta a la menconada en la convocatora, berá acompañarse a la solctud el resguardo orgnal acredtatvo haber pagado la tasa. La falta l abono los rechos examen termnará la exclusón l asprante, no sendo subsanable en el plazo reclamacones. En nngún caso la presentacón y pago en la entdad bancara supondrá la susttucón l trámte presentacón en tempo y forma la solctud ante el órgano menconado en el apartado 6 esta base. 3.5 Documentacón que berá acompañarse a la solctud. A) Documentacón carácter general. 1) Fotocopa l título alegado para partcpar en el concurso-oposcón o, en el caso aquéllos que no posean la naconaldad española, certfcacón académca susttutva, expedda por el Rector corresponnte, junto con la crencal que acredta su homologacón o la crencal l reconocmento para el ejercco la profesón docente corresponnte en aplcacón la Drectva 89/42/CEE y l Real Decreto 967/2014, 21 novembre. La fotocopa l título pue ser susttuda por una claracón responsable l nteresado estar en posesón l msmo, conforme al molo que fgura en el Anexo III. 2) Orgnal l resguardo acredtatvo haber pagado la tasa corresponnte s es que no se hubera utlzado el procedmento mpresón mecánca establecda. 3) Documentacón acredtatva pertenecer a alguno los cuerpos docentes en la que se hará constar el cuerpo, el número regstro personal, la fecha ngreso en el msmo y la duracón real los servcos prestados en la docenca. Esta documentacón, en el caso los que partcpen s esta admnstracón educatva, les será aportada ofco por el Servco Recursos Humanos la Dreccón General Personal y Centros Docentes. B) Documentacón carácter específco. 1) Los documentos justfcatvos para la valoracón los mértos a los que se hace referenca en el baremo que, como Anexo I, se acompaña a la presente convocatora, entendéndose Pág /35

6 BOLETÍN OFICIAL DE que solamente se tomarán en consracón aquellos mértos bdamente alegados durante el plazo presentacón nstancas y justfcados a través la documentacón que se termna en la Orn. Los mértos alegados berán r separados en cuatro bloques, que se corresponn con los cuatro apartados l baremo mértos que consta como Anexo I a esta convocatora. Dchos apartados son: I.- Trayectora profesonal. II.- Ejercco como Inspector accntal. III.- Ejercco cargos drectvos y coordnacón ddáctca. IV.- Preparacón centífca y ddáctca y otros mértos. Todo ello be r preceddo la Hoja Autobaremacón mértos que se señala en el punto 2) este apartado B), así como una relacón los documentos acredtatvos los mértos alegados, ornada conforme a los cuatro apartados ctados, que se genera ntro l propo ntro l propo formularo electrónco solctud partcpacón Los documentos corresponntes a los apartados I, II y III l Baremo la convocatora para la fase concurso, respecto los solctantes que hayan prestado servcos en puestos penntes la Consejería Educacón, Cultura y Deporte la Comundad Autónoma Cantabra, serán aportados ofco por el Servco Recursos Humanos esta Consejería, preva ndcacón los msmos por los partcpantes en la hoja autobaremacón. En el apartado l baremo (Preparacón específca para el ejercco la funcón nspectora. Formacón específcamente relaconada con la funcón nspectora), se berá aportar una relacón las actvdas formacón realzadas, con expresón los sguentes datos: Nombre l curso o actvdad formatva. Número crédtos o, en su caso, número horas l msmo. Órgano convocante. Organsmo frmante la dlgenca homologacón corresponnte. Esta relacón podrá ser complementada o susttuda por el nforme actvdas formacón personal docente que está dsponble para los nteresados en la págna Web la Consejería Educacón, Cultura y Deporte ( servcos web Educantabra-Regstro formacón). S en el ctado nforme constaran todas las actvdas formacón que el nteresado sea aportar como mérto en este apartado, no exstendo nngún error en el ctado nforme, mprmrá una copa l msmo y consgnará su conformdad a lo allí expresado con la frma y fecha suscrpcón, aportándolo junto con el resto la documentacón. S el nforme actvdas formacón no recogera una parte las actvdas formacón que el nteresado sea aportar como mérto en este apartado, entregará la documentacón corresponnte a las actvdas formatvas que no consten en el nforme, junto con una relacón las msmas y una copa l ctado nforme en don consgne la expresón "Adjunto nuevos cursos", suscrbendo dcho documento con la fecha y frma l nteresado. S el nforme actvdas formacón, recoge alguna actvdad que el nteresado no ha realzado o no tene justfcacón documental su realzacón, el nteresado be tachar con una raya color rojo la nscrpcón dcha actvdad formacón y al pe l escrto se be consgnar la expresón "solcto que no se computen las actvdas formatvas señaladas en rojo" ya que no hacerlo así, podrán ncurrr en responsabldad y en el caso resultar selecconados, podrá producrse lo señalado en el apartado En nngún caso podrá ser alterado o modfcado el nforme las actvdas formacón que se posea, salvo con las expresones ctadas con anterordad en este apartado. La constanca una actvdad formacón en el Informe Actvdas no supone que la msma compute forma automátca como mérto para la presente convocatora, lo cual berá ser termnado por la Comsón Baremacón acuerdo con el baremo recogdo en el Anexo I. Pág /35

7 BOLETÍN OFICIAL DE En el caso presentar fotocopas no berán ser compulsadas, sn perjuco que, en cualquer momento se podrán requerr los documentos orgnales las msmas. Cualquer dferenca entre el documento orgnal y su fotocopa o la no presentacón los orgnales supondrá la no valz l mérto alegado, sn perjuco la responsabldad que se pueda rvar. Deberán presentarse traducdos al castellano los documentos que, redactados en lengua ofcal una Comundad Autónoma ban surtr efectos fuera l terrtoro esa Comundad. Tambén berán ser traducdos al castellano medante traductor jurado, los documentos presentados en lenguas extranjeras. En consecuenca, no serán valorados los documentos aportados en otras lenguas que no sean el castellano, salvo que se aporte su traduccón jurada. 2) Hoja autobaremacón suscrta por cada asprante, cumplmentada ntro l propo formularo electrónco solctud partcpacón, con ndcacón los mértos que el asprante consra tener en cada uno los apartados. En la msma se ndcarán todos los mértos y úncamente se tendrán por alegados los relaconados e nvocados en esta hoja autobaremacón. 3.6 Solctus: forma, lugar y plazo presentacón. La solctud (ejemplar número 1, "ejemplar para la Admnstracón"), junto con el resto la documentacón que se ndca en el apartado 3.5 esta base se drgrá a la Consejería Educacón, Cultura y Deporte l Goberno Cantabra y se presentará en el regstro auxlar la Consejería, ubcado en la calle Vargas, nº 53, CP Santanr. Las solctus podrán presentarse, asmsmo, en las ofcnas a las que se refere el artículo la Ley 6/2002, 10 dcembre, Régmen Jurídco l Goberno y la Admnstracón la Comundad Autónoma Cantabra. En el caso que se opte por presentar la solctud ante una ofcna Correos, se hará en sobre aberto para que la nstanca sea fechada y sellada por el funconaro Correos antes ser certfcada. Las solctus suscrtas por los resntes en el extranjero podrán presentarse en el plazo señalado en esta base, en las representacones dplomátcas o consulares españolas corresponntes, quenes las remtrán segudamente al organsmo competente. El abono las tasas por rechos examen se hará por ngreso o transferenca bancara a la cuenta reseñada en el apartado 3.4 esta base. En todo caso berá acompañarse comprobante haber efectuado ngreso la transferenca. El plazo presentacón será vente días naturales, contados a partr l día sguente al la publcacón esta Orn en el Boletín Ofcal Cantabra. 3.7 Errores en las solctus. Los errores materales, hecho o artmétcos que puran advertrse podrán subsanarse en cualquer momento, ofco o a petcón l nteresado, conforme termna el artículo 135 la Ley 6/2002 Régmen Jurídco l Goberno y la Admnstracón la Comundad Autónoma Cantabra. 3.8 Subsanacón solctus. La Admnstracón requerrá al nteresado medante la publcacón las lstas provsonales admtdos para que, en el plazo z días hábles s la fecha su publcacón, subsane aquellos fectos esencales contendos en la nstanca partcpacón, s ben los asprantes berán tener la totaldad los requstos en la fecha límte presentacón solctus. Base 4. Admsón asprantes 4.1 Lsta admtdos y excludos. Fnalzado el plazo presentacón solctus, la Dreccón General Personal y Centros Docentes la Consejería Educacón, Cultura y Deporte dctará resolucón en el plazo Pág /35

8 BOLETÍN OFICIAL DE un mes, clarando ncalmente aprobada la lsta provsonal admtdos y excludos. En dcha resolucón, que berá publcarse en el Boletín Ofcal Cantabra, se ndcarán los lugares en que se encuentren expuestas al públco las lstas certfcadas completas asprantes admtdos y excludos. Dchas lstas se publcarán, en todo caso, en el Tablón anuncos la Consejería Educacón, Cultura y Deporte y en el portal educatvo la Consejería ( - Profesorado - Procesos selectvos). En la lsta, que se organzará por orn alfabétco berán constar los apelldos, nombre, número Documento Naconal Intdad o, en su caso, l documento acredtatvo la naconaldad s ésta no fuera la española, forma acceso por la que partcpa, así como, en el supuesto exclusón, la causa la msma. 4.2 Contra las lstas a las que se refere el apartado anteror, los asprantes podrán presentar reclamacón, en el plazo z días hábles contados a partr l sguente al su publcacón, o subsanar el fecto que haya motvado la exclusón. Asmsmo, aquellos asprantes que hayan tectado errores en la consgnacón sus datos personales podrán manfestarlo en este msmo plazo. Las alegacones se drgrán a la Dreccón General Personal y Centros Docentes y se presentarán en cualquera los regstros prevstos en la base 3.6. Las alegacones formuladas serán aceptadas o negadas por resolucón expresa, que berá publcarse en el Boletín Ofcal Cantabra, ndcando los lugares en que se encuentran expuestas al públco las lstas fntvas completas asprantes admtdos y excludos. Contra dcha resolucón, que no pone fn a la vía admnstratva, los nteresados podrán nterponer recurso alzada ante la Consejería Educacón, Cultura y Deporte en el plazo un mes, conformdad con lo dspuesto en el artículo 126 y sguentes la Ley 6/2002, 10 dcembre, Régmen Jurídco l Goberno y la Admnstracón la Comundad Autónoma Cantabra, en concordanca con los artículos 114 y 115 la Ley 30/1992, 26 novembre, Régmen Jurídco las Admnstracones Públcas y l Procedmento Admnstratvo Común. El hecho fgurar en la relacón admtdos no prejuzga que se reconozca a los nteresados la posesón los requstos exgdos en los procedmentos que se convocan medante la presente Orn. Cuando la documentacón que, acuerdo con la base 9 esta convocatora, ba presentarse en caso ser selecconado, se sprenda que los nteresados no poseen alguno los requstos, éstos caerán todos los rechos que puran rvarse su partcpacón en estos procedmentos. Base 5. Órganos seleccón 5.1 La seleccón los partcpantes en los dstntos procedmentos selectvos a los que se refere esta convocatora será realzada por los Trbunales y en su caso, la Comsón Seleccón nombrada al efecto. 5.2 Trbunales. Una vez publcada la lsta provsonal asprantes admtdos y excludos, se procerá al nombramento los Trbunales y la Comsón Seleccón Composcón. La composcón los Trbunales será objeto publcacón en el Boletín Ofcal Cantabra con anterordad a la celebracón los procedmentos selectvos. El número opostores termnará el número Trbunales s ben se tenrá a nombrar un trbunal únco para las funcones que tene encomendadas actuando asmsmo como Comsón Seleccón. Pág /35

9 BOLETÍN OFICIAL DE Componentes los Trbunales. Los Trbunales estarán ntegrados por: Un Presnte, sgnado drectamente por la Consejería Educacón, Cultura y Deporte pertenecente al Cuerpo Inspectores Educacón o, en su caso, los cuerpos docentes unverstaros gual o superor nvel complemento stno al asgnado. Cuatro Vocales que serán funconaros l Cuerpo Inspectores Educacón o l Inspectores al servco la Admnstracón Educatva. La Dreccón General Personal y Centros Docentes solctará por escrto, los vocales l Cuerpo corresponnte a otras Admnstracones educatvas, que berán ser funconaros carrera l Cuerpo Inspectores Educacón o Inspectores al Servco la Admnstracón Educatva y s se recberan más propuestas Inspectores que los estrctamente necesaros, se efectuará un sorteo entre los propuestos. Los membros los trbunales berán ser funconaros carrera en stuacón servco actvo en el corresponnte Cuerpo Docente. En la composcón los trbunales necesaros, se tenrá a la pardad entre Inspectores e Inspectoras, s fuera posble entre los que propongan las Comundas Autónomas. Actuará como Secretaro cada Trbunal el Vocal con menor antgüedad en el Cuerpo al que pertenezca, salvo que el Trbunal acuer termnarlo otra manera. En el caso concurrenca las causas abstencón o recusacón prevstas en la base 5.5, los suplentes accerán a ser ttulares los Trbunales, por el msmo orn alfabétco en que saleran relaconados y en el número que sea necesaro Número Trbunales necesaros. Se propondrá un número Trbunales ttulares acor con el número opostores que han presentado solctud para el ngreso en el Cuerpo Inspectores Educacón. Sempre que fuera posble, se nombrará un Trbunal únco para todos los opostores. Igualmente, se sgnará por gual procedmento un Trbunal suplente. S se nombrara más un Trbunal por un excesvo número opostores presentados, al realzar el acto presentacón aluddo en la base 6.1. y tenendo en cuenta los opostores presentados, el Presnte la Comsón Seleccón establecerá el número Trbunales necesaros, no actuando a partr ese momento los Trbunales que hayan caído. 5.3 Composcón la Comsón Seleccón. Para el cumplmento las funcones establecdas en el artículo 6 l Reglamento aprobado por el Real Decreto 276/2007, 23 febrero, se constturá una Comsón Seleccón s es que exstera más un Trbunal. Esta Comsón estará formada por los Presntes cada uno los Trbunales. S el número Presntes fuera menor a cnco, la Comsón se completará con los Vocales dchos Trbunales ncándose por el Vocal número 1 l Trbunal número 1, sguendo por el Vocal número 1 l Trbunal número 2 y así sucesvamente hasta completar cnco membros; s exsteran más cnco Trbunales la Comsón se formaría con los Presntes todos los Trbunales. Actuará como Presnte esta Comsón, en todo caso, el Presnte l Trbunal número 1 y como Secretaro el funconaro con menor antgüedad en el Cuerpo entre los membros que forman parte la Comsón, salvo que ésta acuer termnarlo otra manera. S se nombrara un Trbunal únco, éste actuará amás como Comsón Seleccón sn necesdad una consttucón dferente. 5.4 La partcpacón en los órganos seleccón tendrá carácter oblgatoro, conformdad con lo dspuesto en el artículo 8.3 l Reglamento aprobado por el Real Decreto 276/2007, 23 febrero. Pág /35

10 BOLETÍN OFICIAL DE 5.5 Abstencón y recusacón. Los membros los órganos seleccón berán abstenerse ntervenr, cuando concurra alguna las crcunstancas prevstas en el artículo 28 la Ley 30/1992, 26 novembre, o s hubesen realzado tareas preparacón asprantes a pruebas selectvas al Cuerpo Inspectores en los cnco años anterores a la publcacón esta convocatora, notfcándoselo a la Dreccón General Personal y Centros Docentes la Consejería Educacón, Cultura y Deporte con la bda justfcacón documental, quen resolverá lo que proceda. Los Presntes solctarán los membros los órganos seleccón claracón expresa no hallarse ncursos en las crcunstancas prevstas en este apartado, según molo establecdo al efecto. El plazo para manfestar la abstencón será cnco días hábles contados a partr la publcacón en el Boletín Ofcal Cantabra l nombramento los órganos seleccón. Asmsmo, los asprantes podrán recusar a los membros l Trbunal o la Comsón Seleccón cuando concurran las crcunstancas prevstas en el artículo 29 la Ley 30/1992, 26 novembre. Con anterordad al nco las pruebas selectvas a las que hace referenca esta convocatora, la Consejería Educacón, Cultura y Deporte publcará en el Portal educatvo educantabra.es y en su Tablón Anuncos la Resolucón por la que se nombra a los nuevos membros los órganos seleccón que hayan susttur a los que hayan perddo su condcón por alguna las causas prevstas en este apartado. 5.6 Consttucón los Trbunales. Para la válda consttucón l órgano, así como a efectos la celebracón sesones, lberacones y toma acuerdos, se requerrá sempre la presenca l Presnte y Secretaro y, al menos, la mtad sus membros, sendo necesaro, en todo caso, la presenca tres los membros l Trbunal. La suplenca los Presntes los Trbunales será autorzada por la Dreccón General Personal y Centros Docentes; la los Vocales, por el Presnte l Trbunal en que hayan actuar, bendo recaer sobre alguno los Vocales suplentes, por el msmo orn en que fguren en la dsposcón que los haya nombrado. No obstante, s llegado el momento actuacón los Trbunales éstos no huberan poddo constturse pese a haberse realzado el procedmento prevsto, la Dreccón General Personal y Centros Docentes quedará facultada para la adopcón las meddas necesaras a fn garantzar el recho los asprantes a la partcpacón en el proceso selectvo. 5.7 Funcones los órganos seleccón Funcones la Comsón Seleccón. Corresponrá a esta Comsón: La coordnacón los Trbunales. La termnacón los crteros actuacón los Trbunales y la homogenezacón dchos crteros. La coordnacón la fecha y hora la prmera prueba, que tendrá que ser smultánea para cada trbunal. La elaboracón l contendo l ejercco práctco. La agregacón las puntuacones corresponntes la fase concurso a las adjudcadas por los Trbunales en la fase oposcón, la ornacón los asprantes y la elaboracón las lstas los asprantes que hayan superado ambas fases. La claracón la relacón asprantes que hayan superado las fases concurso y oposcón, la publcacón las lstas corresponntes a los msmos, así como su elevacón a la Consejería Educacón, Cultura y Deporte a través la Dreccón General Personal y Centros Docentes. Pág /35

11 BOLETÍN OFICIAL DE Las funcones contempladas en el apartado e) son legadas, conformdad con el artículo 8.2 l Reglamento aprobado por el Real Decreto 276/2007, 23 febrero, en la Dreccón General Personal y Centros Docentes, la cual aportará a las Comsones Seleccón los resultados que se obtengan. A lo largo l sarrollo los procedmentos selectvos, la Comsón Seleccón resolverá todas las dudas que puran surgr en aplcacón estas normas, así como lo que se be hacer en los casos no prevstos Funcones los Trbunales. Correspon a los Trbunales: La valoracón las dstntas pruebas la fase oposcón. El sarrollo los procedmentos selectvos acuerdo con esta convocatora. En el caso que actúen como Trbunal únco, les corresponrán, amás, las funcones asgnadas a la Comsón Seleccón Los Trbunales o, en su caso, la Comsón Seleccón, podrán proponer la ncorporacón a sus trabajos asesores especalstas y ayudantes. Son funcones los prmeros el asesoramento los membros l órgano seleccón en la evaluacón los conocmentos y mértos objeto su especaldad. Los ayudantes colaborarán con estos órganos medante la realzacón las tareas técncas apoyo que éstos les asgnen. En su actvdad, unos y otros se lmtarán al ejercco sus respectvas competencas. Su sgnacón correspon a la Dreccón General Personal y Centros Docentes Funcones encomendadas a otros órganos la Admnstracón. La aplcacón l baremo que corresponda a los asprantes, según lo establecdo en el Anexo I, será realzada por los órganos la Admnstracón a los que se alu en la base 7.1, los cuales realzarán la aplcacón l baremo por legacón los órganos seleccón, aportando a los msmos los resultados que obtengan una vez concluda la fase oposcón El procedmento actuacón los órganos seleccón se ajustará, en todo momento, a lo dspuesto en la Ley 30/1992, 26 novembre. 5.8 Los órganos seleccón adoptarán las meddas precsas en aquellos casos en que resulte necesaro, forma que los asprantes con dscapacdad acredtada gocen smlares oportundas para la realzacón los ejerccos que el resto los partcpantes. En este sentdo, se establecerán para las personas que lo solcten, en la forma prevsta en la base 3.3, las adaptacones posbles en tempo y medos para la realzacón los ejerccos. Asmsmo, en cualquer fase l proceso, podrán solctar a los órganos seleccón adaptacones en tempo y medos aquellos asprantes que, sn tener un grado dscapacdad gual o superor al 33 por cento, justfquen bdamente crcunstancas personales u otras causas que puran requerr la realzacón dchas adaptacones. Los órganos seleccón corresponntes termnarán la concesón o no esta medda, nformando a cada asprante la csón adoptada. S ésta fuera la realzacón las menconadas adaptacones, se segurá el procedmento establecdo en el párrafo anteror. 5.9 Resultarán selecconados para pasar a la fase práctcas aquellos asprantes que, una vez ornados según la puntuacón global las fases oposcón y concurso, tengan un número orn gual o menor que el número total plazas convocadas, en el corresponnte cuerpo Por la partcpacón en estos Trbunales se percbrán las corresponntes asstencas, según las cuantías establecdas en el Decreto 36/ mayo, sobre nmnzacones y compensacones por razón l servco (BOC 11 mayo). Pág /35

12 BOLETÍN OFICIAL DE Base 6. Comenzo y sarrollo las pruebas El sstema seleccón permtrá evaluar la cualfcacón los asprantes para el ejercco la funcón nspectora que van a realzar, así como los conocmentos y técncas específcas para el sempeño la msma. De conformdad con lo establecdo en el apartado 4 la dsposcón adconal duodécma la Ley Orgánca 2/2006, 3 mayo, Educacón, modfcada por la Ley Orgánca 8/2013, 9 dcembre, para la mejora la caldad educatva, el sstema acceso al Cuerpo Inspectores Educacón será el concurso-oposcón. Asmsmo se realzará una fase práctcas que formará parte l procedmento selectvo. La fase oposcón, consstrá en una prueba en la que se valorarán los conocmentos pedagógcos admnstracón y legslacón educatva acuada a la funcón nspectora que van a realzar los asprantes, así como los conocmentos y técncas específcos para el sempeño la msma. 6.1 Comenzo. Estas pruebas selectvas no darán comenzo antes l 1 septembre l presente año. Con objeto facltar la preparacón las pruebas en relacón con el número asprantes se llevará a cabo un acto presentacón al que los asprantes berán asstr con carácter oblgatoro en persona, con la documentacón ofcal acredtatva su ntdad, no sendo válda la comparecenca otras personas con algún tpo aporamento. Ese msmo día se podrá realzar la parte Prmera la prueba ctada en la base , preva consgnacón esta crcunstanca en la Resolucón la Dreccón General Personal y Centros Docentes, que se publcará con anterordad a la fecha la presentacón. En dcho acto presentacón los Trbunales harán públcos los crteros correccón y valoracón las pruebas. Tras dcho acto presentacón, los órganos seleccón adoptarán las meddas organzatvas necesaras para la realzacón la fase oposcón, pundo ncluso reducr el número Trbunales, en funcón l número personas presentadas. Especalmente, comprobarán que las adaptacones solctadas por los asprantes con dscapacdad acredtada son las acuadas para que estos asprantes concurran en condcones gualdad respecto al resto los opostores. Igualmente se procerá en el caso la concesón las adaptacones a las que se refere el párrafo segundo la base 5.8. Tras el acto presentacón opostores, la Comsón Seleccón, tenendo en cuenta el número opostores que han acuddo al proceso selectvo, termnará la dstrbucón asprantes por Trbunales. La Dreccón General Personal y Centros Docentes publcará, con anterordad al acto presentacón oblgatoro, resolucón en el Boletín Ofcal Cantabra, ndcando los lugares y fecha presentacón a la que hace referenca con anterordad, la fecha nco celebracón la prueba, los centros don se llevarán a cabo las partes la msma, la ctacón los asprantes que ban actuar en prmer lugar y, en su caso, la realzacón el prmer día la parte prmera la prueba, así como cuantas cuestones se estmen oportunas. Esta Resolucón será asmsmo publcada en el Portal educatvo la Consejería Educacón, Cultura y Deporte (educantabra.es) Esta ctacón se realzará en común para todos los asprantes. Los asprantes serán convocados para sus actuacones ante los Trbunales en un únco llamamento, sendo excludos los procedmentos selectvos quenes no comparezcan. A estos efectos, los convocados para un ejercco colectvo berán hacer su presentacón ante el Trbunal en la hora y fecha fjadas en las ctacones. En el caso pruebas ndvduales, los asprantes convocados para cada día berán estar presentes a la hora fjada por el Trbunal como hora nco las actuacones, consrando como no presentados a aquellos opostores que no estuveran en el llamamento ncal, aun cuando acuran más tar. Pág /35

13 BOLETÍN OFICIAL DE Una vez comenzadas las actuacones, los sucesvos llamamentos, anuncos y publcacones los asprantes berán hacerse públcos por los Trbunales en los locales don se estén celebrando las pruebas con, al menos, cuarenta y ocho horas antelacón al comenzo las msmas. 6.2 Desarrollo. El orn actuacón los asprantes se ncará por el prmero cuyo prmer apelldo comence por la letra " J ", según el sorteo celebrado el pasado día 5 febrero 2015 en la Dreccón General la Funcón Públca la Secretaría Estado Admnstracones Públcas. El resultado dcho sorteo fue publcado en el «Boletín Ofcal l Estado» 11 febrero. Los Trbunales que no cuenten con asprantes cuyo prmer apelldo comence por la referda letra, ncarán el orn actuacón con la letra o letras sguentes, según el orn alfabétco. En cualquer momento, los Trbunales podrán requerr a los asprantes para que acredten su ntdad a través l DNI/NIF u otro documento legalmente reconocdo carácter ofcal. Asmsmo, s los Trbunales tuveran conocmento que alguno los asprantes no posee la totaldad los requstos exgdos por la presente convocatora, berán proponer a la Dreccón General Personal y Centros Docentes su exclusón, preva aunca l nteresado; asmsmo, se le comuncará a los efectos procentes, las causas la propuesta exclusón. En este caso, y hasta que se emta la resolucón corresponnte, el asprante podrá segur partcpando condconalmente en el proceso selectvo. Contra la Resolucón que se adopte podrá nterponerse recurso alzada ante la Consejería Educacón, Cultura y Deporte en el plazo un mes, conformdad con lo dspuesto en los artículos 126 y sguentes la Ley 6/2002, 10 dcembre, Régmen Jurídco l Goberno y Admnstracón la Comundad Autónoma Cantabra, en concordanca con los artículos 114 y 115 la Ley 30/1992, 26 novembre. Igualmente, los Trbunales tenen la facultad por exclur l procedmento selectvo a los asprantes que realcen cualquer actuacón tpo fraudulento durante la realzacón los ejerccos, así como aquellos que vulneren las bases la convocatora y las nstruccones la msma. Base 7. Sstema seleccón 7.1 De la fase concurso. En la fase concurso se valorarán los mértos aportados por los partcpantes, conformdad con lo dspuesto en esta base. A efectos valoracón los mértos conforme al baremo que fgura en el Anexo I, los asprantes adjuntarán a la solctud partcpacón, sguendo el orn establecdo en la base 3.5.B), los documentos justfcatvos que se ndcan en dcho Anexo, entendéndose que sólo se valorarán aquellos mértos que se ndquen en la hoja autobaremacón y sean alegados ntro l plazo presentacón solctus y que se justfquen bdamente a través la documentacón que se termne en el ctado Anexo. En nngún caso serán tendos en cuenta los documentos en otras lenguas que no sean la castellana, salvo que estén bdamente traducdos a través Traductor Jurado. La documentacón berá ser presentada en cuatro bloques, según los apartados l Anexo corresponnte adjuntando, amás, la hoja autobaremacón. La aplcacón l baremo que corresponda a los asprantes, según lo establecdo en el Anexo I, se llevará a efecto por los órganos la Consejería Educacón, Cultura y Deporte que se termnen, aportando a las Comsones Seleccón los resultados que obtengan, una vez fnalzada la fase oposcón. No serán valorados los mértos no nvocados en la hoja autobaremacón presentada con la solctud, ntro l plazo presentacón nstancas. La puntuacón máxma que pue obtener cada asprante por la valoracón sus mértos en la fase concurso es 10 puntos. Pág /35

14 BOLETÍN OFICIAL DE Las lstas con las puntuacones provsonales alcanzadas por los asprantes en la fase concurso se harán públcas en el Tablón Anuncos la Consejería Educacón, Cultura y Deporte y en la págna web ( - Profesorado - Procesos selectvos). Contra las puntuacones asgnadas provsonalmente, los nteresados podrán presentar reclamacón drgda a la Dreccón General Personal y Centros Docentes, en el plazo z días hábles contados a partr l día sguente al la publcacón las lstas. Las reclamacones berán estar fundadas en la nbda valoracón la documentacón aportada con la solctud e nvocada en la hoja autobaremacón. Se permtrá la subsanacón mértos que el nteresado haya expresado manera errónea o haya justfcado forma ncompleta o nsufcente. La resolucón se notfcará personalmente a los reclamantes en el domclo que fgure en su solctud, publcándose al fnalzar el proceso selectvo las puntuacones fntvas cada asprante con la valoracón los dstntos apartados l baremo, clarándose sestmadas las reclamacones no recogdas en la msma. Contra la resolucón fntva las puntuacones asgnadas, podrá nterponerse recurso alzada ante la Consejería Educacón, Cultura y Deporte conformdad con lo establecdo en los artículos 126 y sguentes la Ley 6/2002, 10 dcembre, Régmen Jurídco l Goberno y Admnstracón la Comundad Autónoma Cantabra, en concordanca con los artículos 114 y 115 la Ley 30/1992, 26 novembre La calfcacón la fase concurso se aplcará úncamente a los asprantes que hayan superado la fase oposcón De la fase oposcón en los procedmentos selectvos ngreso lbre y personas con dscapacdad acredtada La fase oposcón berá permtr evaluar la cualfcacón los asprantes para el ejercco la funcón nspectora que van a realzar, así como los conocmentos y técncas específcas para el sempeño la msma Prueba la fase oposcón. La fase oposcón constará una únca prueba estructurada en tres partes, que tendrán carácter elmnatoras. Para superar esta prueba la fase oposcón, será necesaro obtener al menos una calfcacón cnco puntos en cada una las tres partes la prueba. El Trbunal hará públco al fnalzar cada parte las notas aquellos que la huberan superado, realzando las sguentes partes exclusvamente aquellos que la huberan superado. La prueba consstrá en la valoracón los conocmentos pedagógcos, admnstracón y legslacón educatva acuada a la funcón nspectora que van a realzar los asprantes, así como los conocmentos y técncas específcas para el sempeño la msma. Esta estará dvdda en tres partes según el orn que se mencona a contnuacón: 1. Parte prmera: Consstrá en el análss un caso práctco sobre las técncas acuadas para la actuacón la nspeccón Educacón, que será propuesto por el Trbunal. Esta parte la prueba se llevará a cabo en acto colectvo al que serán convocadas todas las personas asprantes. El tempo máxmo para su realzacón será tres horas. El ejercco será leído por cada opostor en otra fecha, prevamente señalada, ante el Trbunal, que podrá formular las preguntas o aclaracones que estme pertnentes durante un período máxmo qunce mnutos. En la realzacón esta prmera parte, los asprantes podrán utlzar todo tpo legslacón en formato mpreso. Esta parte prmera se valorará con una calfcacón cero a z puntos y tendrá un peso l 40 por cento la calfcacón fnal. 2. Parte segunda: Tendrá por objeto la mostracón conocmentos específcos necesaros para el ejercco las funcones Inspeccón Educacón y consstrá en el sarrollo por escrto un tema referdo a la parte A) l temaro, escogdo por el asprante entre dos extraídos por Pág /35

15 BOLETÍN OFICIAL DE sorteo por el Trbunal. Esta parte la prueba se llevará a cabo forma colectva por todos los asprantes en común. Para la realzacón esta parte segunda la prueba, los asprantes dspondrán tres horas Esta parte segunda se valorará con una calfcacón cero a z puntos y tendrá un peso l 30 por cento la calfcacón fnal. Los ejerccos escrtos serán leídos por el asprante ante el Trbunal, que le podrá formular las preguntas y aclaracones que estme pertnentes, durante un plazo máxmo qunce mnutos. 3. Parte tercera: Consstrá en la exposcón oral un tema referdo a la parte B) l temaro, elegdo por el asprante entre dos extraídos por sorteo por el Trbunal. Para esto, el asprante dspondrá un período máxmo trenta mnutos, y dspondrá amás cnco mnutos al nco, con el fn que pueda elaborar con carácter prevo un sucnto guón sobre el tema que be sarrollar oralmente. La exposcón oral berá tener una duracón mínma ventcnco mnutos. Acabada la exposcón el asprante entregará el guón que haya utlzado para su exposcón oral y el Trbunal podrá formular las preguntas o aclaracones que estme oportunas, durante un período máxmo qunce mnutos. Esta parte tercera se valorará con una calfcacón cero a z puntos y tendrá un peso l 30 por cento la calfcacón fnal Fnalzada la prueba, los Trbunales facltarán a la Comsón Seleccón los resultados obtendos por los asprantes que la hayan superado, a fn que la msma proceda a la obtencón la calfcacón corresponnte a la fase oposcón, sendo necesaro haber obtendo, al menos, cnco puntos en cada una las partes la prueba para por accer a la fase concurso. Úncamente a aquellos asprantes que hayan superado la prueba corresponnte a la fase oposcón se les sumará la puntuacón obtenda en la fase concurso, a fn obtener la puntuacón global a la que se refere la base Calfcacón la fase oposcón. La calfcacón la fase oposcón será la suma las calfcacones las tres partes la prueba, una vez efectuada la ponracón que se señala en este subapartado. Los Trbunales calfcarán cada una las tres partes la prueba cero a z puntos. A los efectos obtener la calfcacón global la fase oposcón, el peso las partes segunda y tercera será el 30 por cento para cada una ellas y el la parte prmera el 40 por cento la calfcacón fnal. 7.4 En cada una las partes la prueba la fase oposcón, la puntuacón cada asprante será la meda artmétca las calfcacones todos los membros presentes en el Trbunal. Cuando entre las puntuacones otorgadas por los membros l Trbunal exsta una dferenca tres o más enteros serán automátcamente excludas las calfcacones, máxma y mínma, hallándose la puntuacón meda entre las calfcacones restantes. En el caso que exsta más un membro que haya otorgado la calfcacón máxma y/o mínma, sólo se exclurá una únca calfcacón máxma y/o mínma. Las medas artmétcas las calfcacones antes menconadas otorgadas por los membros l Trbunal se calcularán con una aproxmacón hasta zmlésmas, s ben en la nota fnal se consgnará exclusvamente las dos prmeras cfras cmales la nota. En las actas que se elaboren se berá plasmar la motvacón sngularzada la calfcacón cada asprante, así como la valoracón conjunta l Trbunal. 7.5 Los temaros corresponntes que regrán para la realzacón la prueba a que se refere la base son los ndcados en el Anexo VI a) y b) la presente Orn que son los actualmente vgentes según la Orn EDU/3429/ dcembre, por la que se aprueba el temaro oposcón l procedmento selectvo acceso al Cuerpo Inspecto- Pág /35

16 BOLETÍN OFICIAL DE res Educacón («Boletín Ofcal l Estado» l 21 dcembre). El temaro corresponnte a la parte tercera la prueba es el establecdo en el Anexo VI b) esta Orn, al amparo l artículo 2 la Orn EDU/3429/2009 en el que se han añaddo 19 temas más relatvos a la legslacón propa esta Admnstracón educatva. 7.6 Para los funconaros Organsmos Internaconales se estará a lo dspuesto en el RD 182/ febrero («Boletín Ofcal l Estado» l 23). Base 8. Superacón l proceso selectvo 8.1. Procedmento para los asprantes ngreso lbre y reserva personas con dscapacdad Se clarará que han superado el proceso selectvo en esta Comundad Autónoma aquellos asprantes que, ornados según la puntuacón global asgnada, conformdad con lo dspuesto en el artículo 47 l Reglamento aprobado por el Real Decreto 276/2007, 23 febrero, les corresponda un número orn gual o menor que el número plazas convocadas en el Cuerpo Inspectores Educacón. Para la obtencón la puntuacón global, la Comsón ponrará en dos tercos la puntuacón obtenda en la fase oposcón a la que se refere la base 7.3 y en un terco la puntuacón obtenda en la fase concurso contemplada en la base 7.1, resultando la puntuacón global la suma ambas fases, una vez realzadas las ponracones menconadas. Al procer a termnar los asprantes que han superado el procedmento selectvo ngreso lbre, la Comsón Seleccón acumulará a las plazas asgnadas a este procedmento, la que hubere quedado vacante, en su caso, l turno dscapacdad, quedando la plaza no cuberta por este turno, acumulada para la próxma oferta empleo Actuacón las Comsones y publcacón las lstas asprantes selecconados. De conformdad con lo establecdo en la base 5.7.1, correspon a la Dreccón General Personal y Centros Docentes la agregacón y, en su caso, ponracón las puntuacones corresponntes a las dstntas fases los procedmentos selectvos, la ornacón los asprantes, acuerdo con las puntuacones totales alcanzadas, y la elaboracón las lstas asprantes que hayan superado ambas fases. De estas actuacones se dará traslado a la Comsón Seleccón quenes efectuarán la claracón los asprantes que han superado las fases concurso-oposcón, elevándolas a la Dreccón General Personal Docente A estos efectos, la Dreccón General Personal y Centros Docentes se atendrá a lo que se dspone en los sguentes apartados: Una vez recbdas las puntuacones otorgadas, por los Trbunales aquellos asprantes que hayan superado la fase oposcón, efectuará las ponracones establecdas en la base 8.1, las agregará a la puntuacón la fase concurso asmsmo ponrada, los ornarán según las puntuacones totales obtendas y elaborará las lstas los asprantes que hayan superado ambas fases. De los resultados que se obtengan se dará traslado a la Comsón Seleccón, quen termnará los asprantes que hayan superado los corresponntes procesos, acuerdo con lo establecdo en la base En el caso que, al procer a la ornacón los asprantes, se produjesen empates, éstos se resolverán atenndo, sucesvamente, a los sguentes crteros: mayor puntuacón en la fase oposcón. mayor puntuacón en cada uno los ejerccos la oposcón, por el orn en que éstos fguran en la convocatora. mayor puntuacón en los apartados l baremo mértos, por el orn en que éstos aparecen en esta convocatora. mayor puntuacón en los subapartados l baremo mértos por el orn en que éstos aparecen en esta convocatora. Pág /35

17 BOLETÍN OFICIAL DE mayor puntuacón en una pregunta que se efectúe exclusvamente a los asprantes a sempatar sobre el sstema educatvo Cantabra. El llamamento a estos asprantes se efectuará forma personalzada En nngún caso se podrán clarar selecconados un mayor número asprantes que número plazas ofertadas La Comsón Seleccón, fnalzadas las actuacones a las que se referen los apartados anterores, elaborará la lsta provsonal asprantes selecconados, que se ornarán acuerdo con lo establecdo en la presente base La Comsón Seleccón expondrá, en el Tablón anuncos la Consejería Educacón, Cultura y Deporte las lstas provsonales a las que se refere el apartado anteror, en la fecha que se establezca, medante resolucón la Dreccón General Personal y Centros Docentes, que se hará públca en el Boletín Ofcal Cantabra. Tras la publcacón estas lstas, se concerá un plazo tres días hábles para la subsanacón posbles errores. Transcurrdo dcho plazo, se elevarán las lstas asprantes a fntvas El msmo día la publcacón la relacón fntva selecconados y en el msmo lugar se publcará la relacón partcpantes en el proceso selectvo y su puntuacón fntva l baremo. Contra dchas lstas los nteresados podrán nterponer recurso alzada ante el Consejero Educacón, Cultura y Deporte la Comundad Autónoma Cantabra, conformdad con lo dspuesto en los artículos 126 y sguentes la Ley 6/2002, 10 dcembre, Régmen Jurídco l Goberno y Admnstracón la Comundad Autónoma Cantabra en concordanca con los artículos 114 y 115 la Ley 30/1992, 26 novembre Toda la documentacón rvada l sstema selectvo quedará bajo custoda la Dreccón General Personal y Centros Docentes. Base 9. Actuacones que ben realzar los asprantes que han superado el procedmento selectvo y documentacón que ben presentar. 9.1 Opcones y renuncas. Los asprantes que concurran y superen el procedmento selectvo para el ngreso en el Cuerpo Inspectores Educacón en convocatoras corresponntes a dstntas Admnstracones educatvas berán optar por una ellas, renuncando a todos los rechos que puran corresponrle por su partcpacón en las restantes. De no realzar esta opcón, la aceptacón l prmer nombramento se entenrá como renunca tácta a los restantes. Los órganos seleccón no podrán proponer el acceso a la condcón funconaro un número superor aprobados al plazas convocadas. No obstante, y con el fn asegurar la cobertura las msmas cuando se produzcan renuncas los asprantes selecconados, antes su nombramento como funconaro en práctcas o toma posesón, el órgano convocante podrá requerr l órgano seleccón relacón complementara los asprantes que sgan a los propuestos, para su posble nombramento como funconaro carrera. No se concerá prórroga o aplazamento para la realzacón la fase práctcas. 9.2 Presentacón documentos por los asprantes que han superado los procedmentos selectvos: En el plazo vente días naturales a contar s el día sguente a aquél en que se hceron públcas las lstas fntvas asprantes que han superado el concurso-oposcón, éstos berán presentar en la Dreccón General Personal y Centros Docentes la Consejería Educacón, Cultura y Deporte, Servco Recursos Humanos, toda la documentacón que han presentado junto con la solctud al concurso-oposcón en documentos orgnales, que serán ndvdualmente compulsados por la Admnstracón Educatva y vueltos a los nteresados. Pág /35

18 BOLETÍN OFICIAL DE Documentacón general que ben presentar los asprantes selecconados. En el msmo plazo, se berán presentar los sguentes documentos: A) Fotocopa compulsada l título exgdo para el ngreso en el Cuerpo o certfcacón académca orgnal o fotocopa compulsada la msma, que acredte haber realzado todos los estudos para la obtencón l título, excepto aquellos asprantes que ya lo huberan presentado. B) Fotocopa l Documento Naconal Intdad, en papel DIN A4 o l documento su país que acredte su ntdad, en vgor. C) Declaracón jurada o promesa no haber sdo separado medante expente dscplnaro l servco nnguna Admnstracón Públca n hallarse nhabltado para el ejercco funcones públcas, según el molo que fgura como Anexo IV A). Los asprantes que no posean la naconaldad española berán presentar claracón jurada o promesa no estar sometdos a sancón dscplnara o conna penal que mpda, en su Estado, el acceso a la funcón públca, según el molo que fgura como Anexo IV B). D) Certfcado médco acredtatvo no pacer nnguna enfermedad n estar afectado por lmtacón físca o psíquca que sea ncompatble con el ejercco las funcones corresponntes al Cuerpo al que se opta, expeddo por un médco famla un Centro Salud la Comundad Autónoma en la que haya resddo hasta el momento. E) Los asprantes que hayan hecho valer su condcón personas con dscapacdad berán presentar certfcacón los órganos competentes la Comundad Autónoma corresponnte en la que conste tal condcón y la compatbldad con el sempeño las tareas y funcones corresponntes al cuerpo docente para el que se ha superado el procedmento selectvo. F) Los asprantes que tuveran la condcón funconaros públcos carrera otra Admnstracón educatva estarán exentos justfcar documentalmente las condcones y requstos ya mostrados para obtener su anteror nombramento, bendo solctar la Dreccón General Personal Docente su Comundad Autónoma la aportacón a su expente admnstratvo una certfcacón y hoja servcos en la que conste: Indcacón l Cuerpo, área o especaldad al que pertenecen, número Regstro Personal y s se encuentran en servco actvo. Número años como funconaro carrera. Lugar y fecha nacmento. Título académco que posee y fecha expedcón. S en la ctada certfcacón no pue hacerse constar alguno los requstos exgdos para el ngreso en el Cuerpo, por no obrar en el expente personal los nteresados, éstos berán remtr separadamente los documentos que los acredten Quenes ntro l plazo fjado, salvo los casos fuerza mayor, no presenten la documentacón o, l examen la msma, se dujera que carecen alguno los requstos señalados en la base 2, o no se pueda aportar alguno los orgnales o documento que acredte su posesón, cuyas fotocopas fueron valoradas en la fase concurso, caerán todos sus rechos a ser nombrados funconaros carrera, sn perjuco la responsabldad en que huberan ncurrdo por falsedad en la solctud ncal. Base 10. Nombramento funconaros en práctcas 10.1 La Consejería Educacón, Cultura y Deporte procerá a nombrar funconaros en práctcas a los asprantes selecconados medante el presente concurso-oposcón. Estos asprantes berán efectuar las práctcas en la Consejería Educacón, Cultura y Deporte l Goberno Cantabra, en puestos Inspectores Educacón. Se entenrá que renuncan al procedmento selectvo aquellos asprantes que no se ncorporen a las msmas Des el momento l nombramento funconaro en práctcas hasta el nombramento como funconaro carrera, el régmen jurídco-admnstratvo que les corresponda Pág /35

19 BOLETÍN OFICIAL DE será el funconaros en práctcas, s ben mantendrán la stuacón admnstratva que les corresponda en el cuerpo docente orgen Los stnos obtendos para la realzacón l período práctcas tendrán carácter provsonal. Los funconaros en práctcas l Cuerpo Inspectores Educacón quedan oblgados a partcpar en los sucesvos concursos provsón plazas que se convoquen, hasta la obtencón un stno fntvo en esta Comundad Autónoma. Base 11. Fase práctcas 11.1 La fase práctcas tene como fnaldad comprobar que los asprantes poseen las apttus necesaras para el sempeño las funcones l Cuerpo Inspectores Educacón. Su duracón total será un curso escolar. Deberá garantzar que los asprantes posean la acuada preparacón para llevar a cabo las funcones atrbudas al Cuerpo Inspectores Educacón. Los funconaros docentes que hayan prestado servcos como Inspectores accntales durante al menos dos cursos escolares completos en la Comundad Cantabra, estarán exentos la realzacón la fase práctcas, salvo que exsta nforme sfavorable l Servco Inspeccón Educacón. Deberán, no obstante, superar el programa formacón establecdo en la base undécma la presente convocatora. La duracón la fase evaluable práctcas será ses meses y su sarrollo será regulado por resolucón l ttular la Dreccón General Ornacón, e Innovacón Educatva. En dcha Resolucón se sgnará la Comsón Calfcadora y su composcón, así como los crteros para la evaluacón dchas práctcas. Esta fase comenzará el día 1 septembre S a alguna las funconaras en práctcas les concra dcho período con la lcenca materndad, se efectuará la evaluacón sempre que hubera prestado servcos un mínmo tres meses La fase práctcas será tutelada por otro u otros Inspectores Educacón la Comundad Autónoma Cantabra que sgne la Comsón Calfcadora La fase práctcas nclurá actvdas nsercón en el puesto trabajo y actvdas carácter oblgatoro formacón programadas por la Admnstracón Educatva a través la Comsón Calfcadora, cuyos contendos serán smlares para todos los funconaros en práctcas. Asmsmo, estas Comsones podrán recabar un nforme fnal en el que los funconaros en práctcas valoren el sarrollo esta fase Al térmno la fase práctcas se evaluará a cada asprante en térmnos "apto" o "no apto". La Comsón Calfcadora realzará la evaluacón tenendo en cuenta los nformes l Inspector-tutor la fase práctcas y los responsables las actvdas formacón programadas. Aquellos asprantes que resulten clarados "no aptos" podrán repetr, por una sola vez, la fase práctcas. En este caso, ocuparán el lugar sguente al l últmo selecconado en su especaldad la promocón a la que se ncorpore, s la hubera, en el sguente curso lectvo. En caso no por ncorporarse a la sguente promocón por no haberse convocado ese año procedmento selectvo ngreso al msmo Cuerpo, realzarán las práctcas durante el curso sguente a aquél en que fueron calfcados como "no apto". En este últmo caso, se ncorporarán como los últmos su promocón conservando su orn. Quenes no se ncorporen o sean clarados "no aptos" por segunda vez perrán todos los rechos a su nombramento como funconaros carrera l Cuerpo Inspectores Educacón. La pérdda estos rechos será clarada por la autordad convocante medante resolucón motvada. Pág /35

20 BOLETÍN OFICIAL DE Base 12. Nombramento funconaros carrera l Cuerpo Inspectores Educacón. Concluda la fase práctcas, la Consejería Educacón, Cultura y Deporte una vez comprobado que todos los asprantes clarados "aptos" en la msma reúnen los requstos generales y específcos partcpacón establecdos en la convocatora, resolverá la fnalzacón l proceso selectvo, que se hará públco en el Boletín Ofcal Cantabra y remtrá al Mnstero Educacón, Cultura y Deporte las lstas ngresados en el Cuerpo Inspectores Educacón, a efectos su nombramento y expedcón los corresponntes títulos funconaros carrera l ctado Cuerpo. La toma posesón berá llevarse a cabo en el plazo un mes s la fecha publcacón su nombramento en el Boletín Ofcal l Estado. En el acto toma posesón como funconaros carrera berán prestar el juramento o promesa prevsto en el Real Decreto, 707/1979, 5 abrl («Boletín Ofcal l Estado» 6 abrl). La Consejería Educacón, Cultura y Deporte podrá concer, a petcón los nteresados, una prórroga l plazo establecdo, que no podrá excer la mtad l msmo, s las crcunstancas lo aconsejan y, con ello, no se perjudcan rechos terceros. El nombramento se efectuará con efectos l día comenzo l curso escolar sguente a aquél en el que superaron la fase práctcas. Hasta que se realce este nombramento, su régmen jurídco-admnstratvo será el funconaros en práctcas. Base 13. Tratamento los datos carácter personal. Los datos carácter personal aportados por las personas solctantes se utlzarán, con carácter únco y exclusvo, para la gestón l proceso selectvo regulado por esta convocatora y, a tal fn, formarán parte un fchero automatzado datos personales. El responsable l fchero es la Drectora General Personal y Centros Docentes, ante la que podrán ejerctarse los rechos acceso, rectfcacón, cancelacón y oposcón Las personas solctantes consenten expresamente que sus datos carácter personal sean tratados la forma y objeto señalado en estas bases, así como a su publcacón en el tablón anuncos la Consejería Educacón, Cultura y Deporte y en la págna web (www. educantabra.es - Profesorado - Procesos selectvos) úncamente en relacón con los trámtes propos este concurso oposcón. Asmsmo autorzan a la Consejería Educacón, Cultura y Deporte al tratamento aquella otra nformacón que sobre ellas conste en sus archvos y que resulte pertnente para este proceso. La Consejería Educacón, Cultura y Deporte velará durante todo el proceso por el cumplmento lo dspuesto en la Ley Orgánca 15/1999, 13 dcembre, Proteccón Datos Carácter Personal. Artículo segundo. La presente Orn entrará en vgor el día sguente al su publcacón en el Boletín Ofcal Cantabra y contra la msma podrá nterponerse recurso alzada ante el Consejo Goberno la Comundad Autónoma Cantabra en el plazo un mes s el día sguente al su publcacón en el Boletín Ofcal Cantabra. Santanr, 6 mayo El consejero Educacón, Cultura y Deporte, Mguel Ángel Serna Olvera. Pág /35

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