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CUANTIFICACIÓN Y JUSTIFICACIÓN DE LA SUFICIENCIA DE LOS SISTEMAS GENERALES

Transcripción:

III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTO DE BURGOS C.V.E.: BOPBUR-2013-07583 ÁREA DE SEGURIDAD PÚBLICA Y EMERGENCIAS Policía Local Aprobación dfinitiva d la ordnanza rguladora dl srvicio d ordnación y rgulación d aparcaminto d vhículos n la vía pública (ORA) El Plno d la Corporación Municipal, n ssión ordinaria clbrada l día 13 d sptimbr d 2013, aprobó dfinitivamnt la ordnanza rguladora dl srvicio d ordnación y rgulación d aparcaminto d vhículos n la vía pública (ORA), incorporando dtrminadas modificacions. La prsnt ordnanza ntrará n vigor transcurridos quinc días dsd la publicación d su txto íntgro n l «Boltín Oficial» d la provincia d Burgos, n atnción al artículo 65.2 d la Ly 7/1985, d 2 d abril, rguladora d las Bass d Régimn Local. Contra la citada ordnanza y d conformidad con l artículo 46 d la Ly 29/1998, d 13 d julio, cabrá intrponr rcurso contncioso-administrativo, ant la Sala d lo Contncioso-Administrativo dl Tribunal Suprior d Justicia d Castilla y Lón con sd n Burgos, n l plazo d dos mss dsd la publicación dl prsnt anuncio, todo llo sin prjuicio d qu puda jrcitars cualquir otro rcurso qu s stim prtinnt. En cumpliminto d lo stablcido n l artículo 70.2 d la Ly 7/1985, s insrta l txto íntgro d la ordnanza d rfrncia. Burgos, a 23 d sptimbr d 2013. El Concjal Dlgado d Sguridad Ciudadana, Salvador d Foronda Vaquro * * * ORDENANZA REGULADORA DEL SERVICIO DE ORDENACIÓN Y REGULACIÓN DE APARCAMIENTO DE VEHÍCULOS EN LA VIA PÚBLICA (ORA) Artículo 1. Comptncia. I. PRECEPTOS GENERALES El prsnt txto s apruba n jrcicio d la potstad rglamntaria rconocida al Municipio d Burgos -n su calidad d Administración Pública d caráctr trritorial- n l artículo 4-1-a) d la Ly 7/85, rguladora d las Bass d Régimn Local, d 2 d abril y n l artículo 25-2-b) dl mismo txto lgal y d conformidad con lo prvisto n los artículos 7 y 38 dl Ral Dcrto Lgislativo 339/90, d 2 d marzo, por l qu s apruba l txto articulado d la Ly sobr Tráfico, Circulación d Vhículos a Motor y Sguridad Vial. 27

Artículo 2. Objto. S vin prstando n las ciudads un srvicio público consistnt n la rgulación dl stacionaminto, con l fin d qu dicho spacio puda star a disposición d un mayor númro d vhículos, aumntando la rotación d los vhículos qu ocupan cada plaza, mdiant la limitación dl timpo d prmanncia por part dl colctivo usuario y stablcindo una tasa por su utilización privativa. La prsnt ordnanza tin por objto stablcr las normas qu rgulan l uso dl stacionaminto n suprfici n las qu l Ayuntaminto stablzca su rgulación como plazas d stacionaminto limitado. Esta rgulación implica la limitación dl timpo d stacionaminto, así como la localización dl ára o ámbito trritorial d su aplicación. II. ÁMBITO DE APLICACIÓN Y NORMAS DE ESTACIONAMIENTO Artículo 3. Estarán sujtos a lo dispusto n la prsnt ordnanza todos los vhículos stacionados n la zona dnominada ORA; no obstant no stará sujto a las normas d sta ordnanza l stacionaminto d los siguints vhículos: 1. Los stacionados n zonas rsrvadas para su catgoría o actividad, como carga y dscarga n su horario, plazas d discapacitados y stacionamintos rsrvados dbidamnt sñalizados y con autorización. 2. Los autotaxis cuando l conductor sté prsnt, n prstación d srvicios d alquilr. 3. Los d srvicio oficial, dbidamnt idntificados, propidad dl Estado, d la Comunidad Autónoma o d Entidads Locals, qu stén dstinados dircta y xclusivamnt a la prstación d los srvicios públicos d su comptncia, cuando s ncuntrn ralizando tals srvicios. 4. Los d rprsntacions diplomáticas acrditadas n España, xtrnamnt idntificados con placas d matrícula diplomática, a condición d rciprocidad. 5. Los dstinados a la asistncia sanitaria qu prtnzcan a la Sguridad Social, SACYL o a la Cruz Roja, dbidamnt rotulados, así como las ambulancias n prstación d srvicios sanitarios. 6. Los d las prsonas con discapacidad, cuando stén n possión d tarjta d stacionaminto para prsonas con discapacidad, como conscuncia d padcr gravs limitacions n l aparato locomotor. 7. Las motocicltas, ciclos, ciclomotors, bicicltas y quad. No obstant stos vhículos no podrán stacionar n las plazas d aparcaminto limitado, cuando a una distancia infrior a 50 m l Ayuntaminto haya stablcido y sñalizado zonas rsrvadas para stos tipos d vhículos, xcpto n los casos n los qu s ncuntrn totalmnt ocupados. 28

8. Vhículos d los mdios d comunicación rotulados y aqullos no rotulados cuyos titulars acrditn su prtnncia a un mdio d comunicación mdiant rlación laboral y/o autónomos y cuando dsmpñn trabajos propios d su profsión. 9. Los vhículos d las mprsas cuya actividad sa la atnción o cuidado d prsonas mayors o prsonas con discapacidad, dbidamnt rotulados, cuando stén prstando st srvicio n l término municipal d Burgos. Artículo 4. Horario d rgulación. 1. El horario n l qu srá fctiva la rgulación dsarrollada n la prsnt ordnanza srá n todas las zonas ORA l siguint: D luns a virns: D 10:00 a 14:00 horas. D 16:00 a 20:00 horas. Sábados: D 10:00 a 14:00 horas Los días oficialmnt dclarados fstivos no srá d aplicación l régimn d stacionaminto limitado rcogido n st capítulo. Artículo 5. Zonas d aparcaminto. 1. La zona dl Municipio n la qu s stablc st srvicio s dnominará «Zona ORA», parclada a su vz n sctors, qu s dfinn n l Anxo I d sta ordnanza. Para la dlimitación d las zonas y la inclusión d calls n cada una d llas dbrá tnrs n cunta la intnsidad dl tráfico d vhículos, la dmanda d stacionaminto y l volumn d actividads d srvicios. Las rsrvas d stacionaminto tmporal y las dstinadas a carga y dscarga qu s halln ubicadas n cualquira d las zonas d ordnación y rgulación d aparcaminto (ORA) stán somtidas a rgulación spcífica durant las horas d rsrva y a la rgulación d sta ordnanza una vz finalizada aquélla. La modificación y rorganización d los sctors s tramitará por Dcrto dl Excmo. Sr. Alcald o Concjal n quin dlgu, publicándos n l «Boltín Oficial» d la provincia para su gnral conociminto. 2. Al objto d facilitar a los usuarios su conociminto, las vías públicas qu intgran las zonas d aplicación d st srvicio srán dbidamnt sñalizadas, tanto horizontal como vrticalmnt (marcas vials azuls) sgún dtrmina l Ral Dcrto 1428/2003, d 21 d novimbr, por l qu s apruba l Rglamnto Gnral d Circulación. Artículo 6. Tipos d colctivos usuarios y utilización d las plazas d aparcamintos. 1. Dntro d la zona ORA podrán difrnciars 4 tipos d colctivos usuarios: 1.1. Rsidnts: Dntro d la zona ORA s considra rsidnt a la prsona qu xhiba n su parabrisas l título habilitant vignt qu l caractriza como tal (tarjta ORA rsidnt) y n la qu dbrá figurar l sctor qu s l asigna para stacionar. 29

1.2. Usuarios ocasionals: Dntro d la zona ORA s considra usuario ocasional a aqullas prsonas físicas o jurídicas propitarias d vhículos dstinados al jrcicio d alguna actividad rlacionada con las rparacions domiciliarias, obras o srvicios similars. Dbrán xhibir n l parabrisas d sus vhículos l título habilitant vignt qu l caractriza como tal (tarjta d stacionaminto prolongado), más los corrspondints tickts. 1.3. Usuarios titulars d vhículos d mprsas ddicadas al rparto d mrcancía n zona ORA. Podrán stacionar tanto n la zona ORA como n la rsrvada para carga y dscarga fura dl horario, xhibindo una autorización n l parabrisas y tickt corrspondint. 1.4. Usuarios habituals: Son todos aqullos qu utilizan cualquira d las plazas d stacionaminto, mdiant la xhibición n l parabrisas d sus vhículos dl tickt d stacionaminto. El timpo qu corrspond a la tasa mínima, así como l timpo máximo d stacionaminto y las cuantías d las tasas por xpdición d las tarjtas srán fijados n la corrspondint ordnanza fiscal. 2. Para stacionar dntro d la zona ORA, admás d obsrvar las normas gnrals, las sñalizacions y horarios qu afctn al stacionaminto d vhículos, dbrá xhibirs n l intrior dl parabrisas, totalmnt visibl dsd la vía pública, alguno d los siguints documntos: a) Un tickt d stacionaminto obtnido n las máquinas xpnddoras habilitadas al fcto, ya sa mdiant la introducción d mondas o utilizando cualquir otro procdiminto qu s habilit al fcto. El rfrido tickt indicará día, ms, hora, minutos máximos autorizados para l stacionaminto, la cantidad pagada y la matrícula dl vhículo qu va a hacr uso dl citado stacionaminto, d tal modo qu a través dl mismo puda fctuars l control d stacionaminto y acrditar l pago corrspondint. S stablc la posibilidad d insrtar publicidad n l rvrso d los tickts xpdidos por los parquímtros, n los términos qu s dtrmin por l Ayuntaminto. b) El distintivo d rsidnts corrspondint al año n curso (tarjta), qu prmitirá stacionar sin limitación d horario n los lugars no prohibidos por alguna norma gnral o sñalización rstrictiva, dntro d su sctor d rsidncia. c) El distintivo d aparcaminto prolongado (tarjta). d) El distintivo d discapacitado o tarjtas spcials, qu prmitirá stacionar sin limitación d horario n los lugars no prohibidos por alguna norma gnral o sñalización rstrictiva. ) El distintivo d stacionaminto para vhículos ddicados a la carga y dscarga d mrcancías. 30

Artículo 7. Tipos d plazas. Dntro d la zona ORA s stablcn los siguints tipos d plazas: D rsidnts, stacionaminto prolongado, stacionaminto para carga y dscarga y d rotación: Son todas aqullas plazas dntro d la zona ORA, cuya lína dlimitadora dl aparcaminto sa d color azul. En stas zonas los usuarios d plaza d aparcaminto d rotación no podrán stacionar más d dos horas n la misma call. Alta rotación: Para obtnr una rotación más fluida podrán dlimitars plazas d alta rotación, sñalizadas acotando la zona, n las qu s rducirá l timpo d stacionaminto, cuya lína dlimitadora dl aparcaminto sa d color naranja. Estas zonas s dfinn n l Anxo II d sta ordnanza y su modificación s tramitará por Dcrto dl Excmo. Sr. Alcald o Concjal n quin dlgu, publicándos n l «Boltín Oficial» d la provincia para su gnral conociminto. Artículo 8. Normas gnrals d utilización d la tarjta ORA. 1. La validz d las tarjtas rguladas n la prsnt ordnanza coincidirá con l año natural, prvio pago d la tasa corrspondint. S podrá prorrogar su vigncia por motivos d dmora n la tramitación o causas análogas. S podrá solicitar la tarjta por trimstrs naturals, prorratándos l import d la tasa stablcida n la corrspondint ordnanza fiscal. 2. Los cambios d vhículo o domicilio dbrán sr pustos n conociminto d los Srvicios Municipals comptnts, al objto d obtnr l distintivo corrspondint al nuvo vhículo o domicilio, simpr qu st último s ncuntr situado n la zona ORA. 3. El titular dl vhículo prdrá l drcho a ostntar la tarjta d la zona ORA n l momnto n qu s djn d cumplir los rquisitos xigidos, dbindo dvolvrla al Ayuntaminto incurrindo la prsona titular d la tarjta, n caso d no hacrlo, n la rsponsabilidad qu la normativa dtrmin. 4. El Ayuntaminto s rsrva l drcho d xigir cualquir pruba documntal y/o d ralizar d oficio cuantas comprobacions stim oportunas para comprobar l cumpliminto d los rquisitos aquí sñalados o para contrastar la vracidad d los datos aportados por quins solicitn la tarjta. Si d las comprobacions practicadas rsultara qu s han aportado datos falsos por la prsona titular d la tarjta, s djará sin fcto la validz d la misma. La anulación d la tarjta por sta causa no dará drcho al rmbolso d la cantidad abonada, n concpto d tasa. Artículo 9. Concsión d tarjtas. Comprobada por los Srvicios Municipals comptnts la concurrncia d todos los rquisitos xigidos al solicitant, s xpdirá por l Ára d Sguridad Pública y Emrgncias, bin dirctamnt o bin a través d la mprsa adjudicataria dl srvicio, la 31

tarjta d rsidnt, d stacionaminto prolongado, las spcials y las d stacionaminto d carga y dscarga, d conformidad con los datos facilitados por l Ayuntaminto. En las tarjtas d rsidnts figurará l sctor n l qu s pud stacionar. 1. Tarjta ORA rsidnt. S dnomina d st modo l título habilitant qu caractriza como rsidnt y qu s concdrá a prsona física concrta y para un vhículo dtrminado, qu cumpla con todos los rquisitos siguints: a) Estar mpadronadas y sr rsidnts n alguna d las calls qu intgran la zona ORA. b) Sr titular dl vhículo conform a los datos qu constan n la Dircción Gnral d Tráfico, con prmiso d conducir n vigor dl vhículo para l cual solicita la tarjta. En l prmiso d circulación dbrá figurar l mismo domicilio d mpadronaminto dl titular. c) Estar al corrint n l pago d los Tributos Municipals. d) No tnr pndint d pago n vía jcutiva multas d tráfico impustas por rsolución firm d la Alcaldía. S otorgará únicamnt una tarjta por propitario d vhículo y domicilio. 2. Tarjta ORA usuarios ocasionals. Podrán obtnr tarjta d aparcaminto prolongado las prsonas físicas o jurídicas propitarias d vhículos qu así lo solicitn n l imprso oficial qu s stablzca al fcto, y qu rúnan los siguints rquisitos: a) Tnr licncia para l jrcicio d alguna actividad rlacionada con las rparacions domiciliarias, obras mnors o srvicios quivalnts, xpdidas por l Ayuntaminto d Burgos. b) Estar l vhículo a nombr dl titular d la licncia (datos d la Dircción Gnral d Tráfico). c) Tnr l vhículo caráctr comrcial y star dbidamnt rotulado. d) Estar al corrint n l pago d los Tributos Municipals. ) No tnr pndint d pago n vía jcutiva multas d tráfico impustas por rsolución firm d la Alcaldía. f) S otorgará un máximo d 2 tarjtas por titular (prsona física o jurídica), sin qu s vinculn a matrícula concrta. 3. Tarjta ORA rsidnt no titular dl vhículo. En caso d qu la titularidad dl vhículo corrsponda a una socidad, podrá concdrs tarjta ORA rsidnt simpr qu cumplan los siguints rquisitos: 1. La prsona solicitant ha d star mpadronada n alguna d las calls incluidas n la zona ORA para la qu solicita la tarjta. 32

2. La prsona solicitant figurará como conductor habitual dl vhículo n la póliza d sguro dl mismo. 3. La prsona solicitant prsnt contrato d lasing o rnting a su nombr, o bin un documnto, xtndido por la socidad titular dl vhículo o dl contrato d lasing o rnting, n l qu s acrdit qu la prsona solicitant s la única y xclusiva usuaria dl vhículo, stá autorizada para disponr dl vhículo fura dl horario d trabajo y qu l uso rptido dl vhículo tributa como rtribución n spci a los fctos d la Dclaración d la Rnta d las Prsonas Físicas. 4. Estar al corrint dl pago d los Tributos Municipals. 5. No tnr pndint d pago n vía jcutiva multas d tráfico impustas por rsolución firm d Alcaldía. 4. Tarjta spcial para dtrminados vhículos. S xpdirá autorización d stacionaminto para aqullos vhículos d mdios d comunicación qu, por no star rotulados, la rquiran para sr idntificados a fctos dl artículo 4 d la prsnt ordnanza. El titular dl vhículo solicitant dbrá star al corrint dl pago d los Tributos Municipals y no tnr pndint d pago n vía jcutiva multas d tráfico impustas por rsolución firm d Alcaldía. El Ayuntaminto podrá xigir d los intrsados cuantos documntos stim prtinnts, n ordn a la comprobación d cualquira d los xtrmos spcificados n l prsnt artículo. El Ayuntaminto dtrminará l númro d tarjtas para cada mdio d comunicación. 5. Tarjta d stacionaminto para carga y dscarga n zona ORA. S ntrgará una tarjta por mprsa ddicada al rparto d mrcancías, qu l posibilitará stacionar tanto n la zona ORA como n la rsrvada para carga y dscarga fura dl horario, con un timpo gratuito d 30 minutos, qu s sumará al timpo dl primr tickt sacado, n cualquir zona. Dbrá xhibir la tarjta y l tickt d stacionaminto n l parabrisas. El vhículo para l qu s solicita la autorización dbrá star rotulado. El titular dl vhículo solicitant dbrá star al corrint dl pago d los Tributos Municipals y no tnr pndint d pago n vía jcutiva multas d tráfico impustas por rsolución firm d Alcaldía. Transcurridos los 30 minutos l vhículo tndrá la considración d vhículo d rotación. III. PROCEDIMIENTO SANCIONADOR Artículo 10. Comptncia para dnunciar y anulación d dnuncias. Las infraccions a sta ordnanza podrán sr dnunciadas por Agnts d la Policía Local y/o Agnts d Movilidad, sindo los vigilants d la mprsa concsionaria quins 33

formularán dnuncia voluntaria, qu anunciarán documntalmnt n l parabrisas dl vhículo, n la qu s indicarán fcha, hora, lugar, la infracción comtida y los datos xigidos n las dnuncias voluntarias por hchos d circulación, sgún la normativa vignt. Sólo n l supusto d qu l vhículo hubira sido dnunciado por sobrpasar l timpo límit d stacionaminto adquirido mditant tickt, sin qu aún s haya rtirado l vhículo, l usuario podrá anular la dnuncia mdiant la obtnción d un sgundo tickt d «anulación» n l qu constará la hora d su xpdición. La anulación d la dnuncia sólo s prmitirá n l plazo máximo d 24 horas dsd la finalización dl timpo prmitido. El import dl tickt d anulación s stablcrá n la corrspondint ordnanza fiscal. Artículo 11. Procdiminto sancionador. 1. Las infraccions, su clasificación y las prsonas rsponsabls d las mismas, así como l procdiminto sancionador, las sancions, su prscripción y las comptncias dl régimn sancionador, s ajustarán a lo stipulado n l Ral Dcrto Lgislativo 339/1990, d 2 d marzo y disposicions rglamntarias d dsarrollo. 2. Srá comptncia dl Alcald, o dl Concjal n l qu xprsamnt ést dlgu, la imposición d las sancions por las infraccions comtidas n las vías urbanas d Burgos a los prcptos prvistos n la prsnt ordnanza. 3. S considran infraccions administrativas las accions y omisions qu contravngan la normativa contnida n la prsnt ordnanza, tnindo la considración d infracción a las normas d ordnación dl tráfico y circulación. 4. A fctos d lo stablcido n l apartado antrior, tndrá considración d acto d naturalza indpndint sancionabl cada actuación sparada n l timpo o n l spacio qu rsult contraria a lo dispusto n sta ordnanza. 5. El jrcicio d las accions administrativas corrspondints por las infraccions contmpladas n sta ordnanza s ntndrá simpr sin prjuicio d las rsponsabilidads civils, pnals o d otro ordn qu pudan concurrir por tals comportamintos. Artículo 12. Tipos d infraccions. S considrarán infraccions lvs a lo dispusto n sta ordnanza y sin prjuicio d lo dispusto por la lgislación sctorial aplicabl: a) Estacionar l vhículo n zona habilitada por la Autoridad Municipal con limitación horaria, sin colocar l distintivo qu lo autoriza, ya sa por no tnrlo visibl dsd l xtrior, por corrspondr a otra matrícula, por utilizar distintivos d rsidnts, spcials, d stacionaminto o tickts horarios caducados, o para zonas u horarios qu no stén habilitados. b) Estacionar l vhículo n zona habilitada por la Autoridad Municipal con limitación horaria, mantnindo stacionado l vhículo n xcso sobr l timpo máximo prmitido por l tickt, o distintivo xhibido. 34

c) Estacionar l vhículo más d 2 horas n la misma call, n los supustos n los qu stá prohibido por la prsnt ordnanza. d) Estacionar l vhículo con tickt o autorización d stacionaminto manipulado o falsificado. Artículo 13. Tipos d sancions. 1. Las infraccions rlacionadas n l artículo antrior srán sancionadas con multa d hasta 100,00 uros, d conformidad con lo prvisto n l Ral Dcrto Lgislativo 339/1990. En concrto s stablcn las siguints cuantías: Las infraccions rcogidas n los apartados a) y c) s sancionarán con multa d 60,00 uros. Las infraccions rcogidas n l apartado b) s sancionarán con multa d 48,00 uros. Las infraccions rcogidas n l apartado d) s sancionarán con multa d 100,00 uros. Artículo 14. Mdidas provisionals. S procdrá a la rtirada y dpósito dl vhículo cuando ést prmanzca stacionado n lugars habilitados por la Autoridad Municipal como d stacionaminto con limitación horaria sin colocar l distintivo qu lo autoriza, o cuando s rbas l tripl dl timpo abonado conform a lo stablcido n la ordnanza fiscal corrspondint. Única. Drogación normativa. DISPOSICIÓN DEROGATORIA Quda drogada la ordnanza municipal rguladora dl srvicio d ordnación y rgulación d aparcaminto d vhículos n la vía pública, aprobada por l Plno d la Corporación n ssión clbrada l día 9 d novimbr d 2001. Primra. Entrada n vigor. DISPOSICIÓN FINAL La prsnt ordnanza ntrará n vigor una vz qu s haya publicado íntgramnt n l «Boltín Oficial» d la provincia y haya transcurrido l plazo prvisto n l artículo 65.2 d la Ly 7/1985, d 2 d abril, rguladora d Bass d Régimn Local, tal y como sñala l artículo 70.2 d la misma Ly. Sgunda. S podrán ntrgar a la ntrada n vigor d la prsnt ordnanza aqullas tarjtas qu no tngan stablcida la tasa n la ordnanza fiscal vignt. S procdrá a su cobro cuando s rguln las tasas corrspondints n la ordnanza fiscal, coincidindo con l año natural. Burgos, 3 d sptimbr d 2013. * * * 35

ANEXO I Composición d los sctors n qu s parcla la zona ORA: Sctor A. Avnida dl Cid hasta intrscción con call San Francisco y call Lón XIII C/ Gnral Sanz Pastor C/ Santandr C/ Amaya C/ Clunia C/ Ptronila Casado dsd Valntín Jalón hasta call Clunia C/ Alfonso X El Sabio C/ Lón XIII dsd avnida dl Cid a call Fdrico Martínz Vara Sctor B. Avnida d la Paz dsd Plaza España hasta Glorita Rotary Intrnacional C/ El Morco C/ Calzadas hasta call Blorado C/ Álvar García C/ Blorado C/ Antonio d Cabzón C/ Vitoria hasta call Alvar García C/ Condstabl, tramo ntr avnida dl Arlanzón y call Vitoria C/ Toldo C/ Gran Tatro C/ Cardnal Bnlloch C/ Brnabé Pérz Ortiz Avnida dl Arlanzón dsd call Gran Tatro a call Punt Gasst Plaza Mío Cid Sctor C. C/ Hortlanos Avnida Rys Católicos dsd plaza d España hasta intrscción con call Antonio Machado y call Clunia C/ Guardia Civil C/ Julio Saz d la Hoya C/ Valntín Jalón Plaza España 36

Sctor D. C/ Progrso dsd call Madrid hasta call Santa Cruz C/ San Pablo C/ Miranda C/ Burgns C/ Ovido C/ Aranda d Duro C/ Santa Clara dsd call Miranda hasta call Progrso C/ Santa Cruz dsd call Burgns a call Progrso C/ Calra C/ Trinas C/ Tint C/ Dr. Flming Plaza Santa Trsa C/ Valladolid Sctor E. C/ Aparicio y Ruiz C/ Bnito Gutiérrz C/ Frnando Álvarz Paso d la Audincia C/ Eduardo Martínz dl Campo Sctor F. C/ Madrid dsd plaza d Vga hasta confluncia Bulvar C/ Hospital Militar C/ Concpción Plaza Luis Martín Santos C/ San Cosm y San Damián ntr call Concpción y call Barrio Gimno C/ Barrio Gimno dsd call San Cosm y San Damián hasta call Madrid C/ La Mrcd Plaza d Vga 37

Sctor G. Avnida dl Arlanzón dsd call Punt Gasst hasta plaza dl Ry C/ Vitoria dsd call Alvar García hasta plaza dl Ry C/ Ruiz Dorronsoro C/ Santa Casilda Sctor H. C/ Sgovia C/ Jsús María Ordoño C/ Salamanca C/ Calzadas dsd call Blorado hasta avnida d Cantabria C/ Brivisca Avnida d la Paz dsd call Blorado hasta plaza Bilbao Sctor I. Avnida Rys Católicos dsd call Antonio Machado y call Clunia hasta avnida d Cantabria Sctor J. C/ Santo Domingo d Silos C/ Antonio Machado Avnida dl Vna C/ Soria A los únicos fctos d xpdición d tarjtas para rsidnts, qudan adscritas a los sctors qu a continuación s indican las calls siguints: Sctor A. Hospital d los Cigos C/ Avllanos C/ San Juan, hasta cruc con call Santandr C/ Gnral Santocilds C/ Laín Calvo C/ Monda C/ Almirant Bonifaz C/ San Carlos C/ San Lornzo Plaza Alonso Martínz C/ Arco dl Pilar 38

C/ San Gil C/ Frnán Gonzálz, dsd call San Gil hasta plaza d los Castaños Plaza Hurto dl Ry Plaza d los Castaños Pasaj d la Flora C/ Frnando III l Santo Sctor B. C/ Condstabl, ntr call Vitoria y call La Publa C/ Cordón Plaza d la Librtad C/ La Publa C/ San Lsms Sctor C. Parqu Virgn dl Manzano dsd Guardia Civil hasta call Antonio Machado C/ San Juan, dsd call Santandr hasta call La Publa Sctor D. C/ Entrmrcados C/ Carnicrías C/ Travsía dl Mrcado Plaza Santo Domingo Paso dl Espolón, dsd la plaza Mío Cid hasta Plaza Mayor C/ Ovido C/ Calatravas C/ La Parra C/ Palontólogo Emiliano Aguirr Sctor E. Plaza Ry San Frnando C/ Paloma Paso dl Espolón C/ Nuño Rasura C/ Cadna y Elta Plaza d Santa María C/ Asunción d Ntra. Sñora 39

C/ Corral d los Infants C/ Llana d Afura C/ Llana d Adntro C/ Cardnal Sgura C/ Frnán Gonzálz, dsd plaza d los Castaños hasta call Cabstrros C/ Digo Porclos C/ Sombrrría Plaza Mayor Plazula d Flip d Abajo C/ Embajadors C/ Santa Águda, dsd call Nuño Rasura hasta call Barrants Sctor F. C/ San Cosm, ntr plaza d Vga y call Concpción Sctor H. Paso Rgino Sainz d la Maza Sctor J. Parqu Virgn dl Manzano dsd call Antonio Machado hasta call Soria Zonas d alta rotación y rsidnts. * * * ANEXO II Timpo máximo d stacionaminto: 20 minutos. S dnomina como zona d alta rotación y rsidnts a la call Toldo, call Condstabl, call Vitoria, dsd call San Lsms a call Toldo (incluidas n l sctor B) y tramo d la avnida dl Cid, n.º 3 hasta call Concordia incluida n l Sctor A. 40