CASO PRACTICO RENTAS DE TERCERA CATEGORIA EJERCICIO GRAVABLE 2015 PDT N 702 1.- ENUNCIADO 2.- ADICIONES A LA UTILIDAD NETA 3.- DEDUCCIONES A LA UTILIDAD NETA 4.- DETERMINACIÓN DE LA RENTA IMPONIBLE Y LIQUIDACIÓN DEL IMPUESTO A LA RENTA 5.- ANEXOS Anexo N 1: Estado de Situación Financiera a valores históricos al 31 de diciembre de 2015 Anexo N 2: Estado de Resultados al 31 de diciembre de 2015 Anexo N 3: Detalle de los pagos del Impuesto Temporal a los Activo Netos - ITAN. Anexo Nº 4: Crédito contra el Impuesto a la Renta por trabajadores con discapacidad Anexo N 5: Determinación de los efectos de las diferencias temporales. Anexo N 6: Impuesto a la Renta neto de los efectos de las diferencias temporales. Anexo N 7: Detalle de los pagos a cuenta del Impuesto a la Renta. Anexo Nº 8: Asientos contables posteriores al Estado de Situación Financiera
1. Enunciado: La empresa comercial EL TRIUNFADOR S.A.C, identificada con RUC N 20104316372 con domicilio en la calle Los Alamos N 524 La Victoria; tiene como actividad principal la comercialización en el país de productos de abarrotes en general y desarrolla actividades desde el año 2002. Para efectos de la declaración jurada anual del Impuesto a la Renta de Tercera Categoría del ejercicio gravable 2015 presenta la siguiente información: 1) El Estado de Situación Financiera a valores históricos al 31.12.2015 (Ver Anexo N 1), refleja una utilidad antes de Participación de Utilidades e Impuesto a la Renta de S/ 13 055,557. Partiendo de este monto, que deberá consignarse en la casilla 484 del Estado de Resultados del PDT N 702, se efectuarán los ajustes tributarios pertinentes a fin de determinar la Renta Neta Imponible. 2) Ha realizado pagos a cuenta del Impuesto a la Renta correspondiente al ejercicio 2015 conforme a lo indicado en el Artículo 85 de la Ley del Impuesto a la Renta, por un importe total de S/ 2 827,592 Cabe indicar que la empresa ha compensado contra sus pagos a cuenta mensuales del Impuesto a la Renta el Impuesto Temporal a los Activos Netos (ITAN) efectivamente pagado por un importe total de S/ 211,464 (Ver Anexos N 3 y 7) 3) Al 31 de diciembre de 2015 la empresa cuenta con un total de cincuenta (50) trabajadores bajo relación de dependencia, por consiguiente se encuentra obligada a otorgar una participación en las utilidades a los trabajadores del 8% de la Renta Anual antes del impuesto, alícuota que le corresponde por tratarse de una empresa comercial (Artículo 2 del Decreto Legislativo N 892). La empresa cumplió con efectuar el pago de las utilidades dentro del plazo establecido para la presentación de la Declaración Jurada Anual del Impuesto a la Renta. 4) La empresa tiene 42 trabajadores desde el año 2007 dentro de los cuales seis (06) trabajadores son discapacitados, que perciben una remuneración mensual de S/ 3,450 Nuevos Soles. Adicionalmente, en el mes de mayo de 2015, ingresan a laborar a la empresa ocho (08) trabajadores discapacitados con una remuneración mensual de S/ 2,500 Nuevos Soles. En el mes de Julio 2015 la empresa ha realizado en su local trabajos de mejoramiento en favor del personal discapacitado (rampas de acceso, adquisición de sillas de ruedas.), por un importe de S/ 70,000 5) La empresa no tiene I. Pérdida de ejercicios anteriores que compensar. II. III. Activos ni pasivos diferidos de ejercicios anteriores. Vinculación económica con otras empresas. 6) La empresa es representada por su Gerente General el Señor Otto Merino Chávez identificado con DNI N 07847603 7) Del análisis de las cuentas del Estado de Situación Financiera y del Estado de Resultados, se han determinado los siguientes reparos tributarios:
2. ADICIONES A LA UTILIDAD NETA CONCEPTO ADICION S/ DIFERENCIA S/ 1) Intereses no deducibles (A) Total gastos por intereses 310,709 (B) Total ingresos por Intereses inafectos (102,483) (C) Monto deducible: A - B 208,226 Monto no deducible (A) - (C) 102,483 102,483 Base Legal: Inciso a) del Artículo 37 de la Ley e inciso a) del Artículo 21 del Reglamento. 2) Intereses entre empresas vinculadas En mayo de 2015 la empresa ha recibido un préstamo de S/ 11 500,000 de su empresa vinculada habiendo pactado un interes del 8% anual. La empresa ha contabilizado por concepto de gastos financieros el importe de S/ 613,333. El patrimonio neto de la empresa del ejercicio anterior asciende a S/ 3 500,000 y el capital social es de S/ 1 500,000. Patrimonio neto del ejercicio anterior x 3 = S/ 3 500,000 x 3 = S/ 10 500,000 (el monto que se toma a efectos de establecer el límite es el patrimonio neto y no el monto del capital) Intereses del monto máximo de endeudamiento S/ ((10 500,000 x 8%)/12) x 8 = S/ 560,000 (gasto deducible) Intereses del préstamo pagado a la empresa vinculada. S/ ((11 500,000 x 8%)/12) x 8 = S/ 613,333 Con estos datos se determina el monto del interés no deducible por exceder el monto máximo de endeudamiento: Gastos por pago de intereses cancelados a la empresa vinculada 613,333 Gastos por intereses de prestamo a empresa vinculada aceptados tributariamente (560,000) Base legal: Inciso a) del artículo 37 de la Ley e inciso a) del artículo 21 del Reglamento. 53,333 53,333 3) Movilidad de los trabajadores Se ha registrado gastos por concepto de movilidad de sus trabajadores la suma de S/ 623.00, correspondiente al ejercicio 2015, sustentado con la planilla de gastos de movilidad, llevada de acuerdo a la forma señalada por el Reglamento de la Ley. Determinación del exceso de movilidad: Base legal: (Inciso a1) del artículo 37 de la Ley e inciso v) del artículo 21 del Reglamento) 285 4) Castigos por deudas incobrables y las provisiones equitativas por el mismo concepto, siempre que se determinen las cuentas a las que corresponden Se ha contabilizado como gasto S/ 97,370 en la "cuenta 68 Valuación y Deterioro de Activos y Provisiones, subcuenta 684 Valuación de Activos Divisionaria - 6841 - Estimación de cuentas de cobranza dudosa" como provisiones del ejercicio, de acuerdo al siguiente detalle:
68,590 Base legal: (Inciso i) del artículo 37 de la Ley e inciso f) del artículo 21 del Reglamento). 5) Gastos destinados a prestar servicios de salud de cualquier servidor Durante el ejercicio 2015 ha enviado a sus trabajadores y a sus padres a exámenes médicos a la clinica Santa Clara", el total de gastos por dichos exámenes fue de S/ 22,750. Sin embargo, se ha determinado que no hay ningun convenio para que la empresa asuma los gastos de salud de los padres de los trabajadores. En el detalle del comprobante de pago emitido por la clinica se observa que el costo de los exámenes medicos de los trabajadores asciende a S/ 11,913. 10,837 Base legal: (Inciso ll) del artículo 37 de la Ley e inciso k) del artículo 21º del Reglamento 6) Gastos recreativos del personal Por la celebración del aniversario de la empresa, día del trabajo, día de la madre y día del padre se organizaron agasajos para todo el personal. A) Ingresos netos del ejercicio (ventas netas más otros ingresos gravados) 88 159,762 B) Gastos recreativos contabilizados 227,597 C) Límite máximo deducible (1) : S/ 154,000 (40 UIT: 40 x S/ 3,850) (154,000) Monto no deducible (B - C) 73,597 73,597 (1) No se ha considerado el límite del 0.5% de los ingresos netos S/ 440,799 (0.5% de S/ 88 159,762) debido a que este monto es mayor al límite de S/. 154,000 (40 UIT: 40 x S/ 3,850). Base legal: Último párrafo del inciso ll) del artículo 37 de la Ley. 7) Exceso de remuneraciones del Directorio Las remuneraciones de directores de la empresa, cargadas a gastos de administración, ascienden a S/. 892,045 S/ A) Utilidad según Balance al 31.12.2015 13,055,557 B) (+) Remuneraciones a directores cargadas a gastos 892,045 Total Utilidad 13,947,602 C) Deducción aceptable como gasto: 6% de S/ 13'947,602 836,856 Monto no deducible (B - C) 55,189 55,189 Base legal: Inciso m) del Artículo 37 de la Ley e inciso l) del artículo 21 del Reglamento. 8) Exceso de gastos de representación Se registraron en la contabilidad gastos de representación por el importe de S/ 189,263. S/ A) Ingresos brutos del ejercicio (menos devoluciones, bonificaciones, descuentos y demas) 88 159,762 B) Gastos de representación contabilizados 189,263 C) Límite máximo deducible (1) : S/ 154,000 (40 UIT: 40 x S/ 3,850) (154,000) Monto no deducible (B - C) 35,263 35,263 (1) No se ha considerado el límite del 0.5% de los ingresos netos S/ 440,799 (0.5% de S/ 88 159,762) debido a que este monto es mayor que el límite de S/ 154,000 (40 UIT: 40 x S/. 3,850). Base legal: Inciso q) del artículo 37 de la Ley e inciso m) del artículo 21 del Reglamento. 9) Gastos por viáticos en el interior del país Se ha contabilizado gastos por viáticos de viajes a provincias por un importe de S/ 13,960. Los viajes fueron realizados por el gerente de la empresa a la zona norte del país del 03 al 08 de agosto y a la zona central del país del 17 al 20 de noviembre del 2015. Los gastos se encuentran sustentados con los respectivos comprobantes de pago. Gasto máximo aceptado por día (03 al 08 de agosto) 6 x 640 3,840 Gasto máximo aceptado por día (17 al 20 de noviembre) 4 x 640 2,560 (A) Total (6,400) (B) Gastos contabilizados 13,960 Monto no deducible (B - A) 7,560 7,560
Base legal: Inciso r) del Artículo 37 de la Ley, inciso n) del Artículo 21 del Reglamento, Decreto Supremo N 028-2009-EF y Decreto Supremo N 007-2013-EF. 10) Gastos por viáticos en el exterior El gerente de ventas viajó a la ciudad de Nueva York (EE.UU) para ampliar la cartera de clientes y permaneció 4 días, del 22 al 25 de septiembre del 2015. Se registraron gastos de alimentación por S/ 10,270 y movilidad por S/ 6,935 sustentados sólo con los respectivos comprobantes de pago emitidos en el exterior de conformidad con las disposiciones legales de Argentina. Límite por día: S/ Día 22.09.2015 : U.S.$ 880 x T/C 3.207 2,822.16 Día 23.09.2015 : U.S.$ 880 x T/C 3.220 2,833.60 Día 24.09.2015 : U.S.$ 880 x T/C 3.223 2,836.24 Día 25.09.2015 : U.S.$ 880 x T/C 3.217 2,830.96 (A) 11,322.96 (B) Gastos contabilizados según comprobantes de pago (S/ 10,270 + S/ 6,935) 17,205.00 Monto no deducible (B - A) 5,882.04 5,882 Base legal: Inciso r) del artículo 37 de la Ley, inciso n) del artículo 21 del Reglamento, y Decreto Supremo N 056-2013- PCM. 11) Gastos por premios En el mes de octubre la empresa realizó el sorteo entre sus clientes de 2 refrigeradoras, siendo el costo de S/. 3,700 cada uno. El sorteo se realizó sin la presencia de un Notario Público y la empresa asumio el pago del IGV por el retiro de bienes. Importe de los 2 Refrigeradoras (S/. 3,700 x 2) = 7,400 Importe del IGV pagado por la empresa = 1,332 8,732 Base legal: Inciso u) del artículo 37 de la Ley e inciso k) del artículo 44 de la Ley. 12) Gastos de vehículos La empresa al 31.12.2015 presenta la siguiente información de vehículos los mismos que se encuentran asignados a actividades de dirección, representación y administración de la empresa. En el presente caso se observa que el vehículo M2U-531 de la categoría A3 y el vehiculo T5A-896 de la categoría A2 son utilizados para las funciones operativas, por lo que no están sujetos a ningún límite. Los vehículos de placa V3M-422, B4N-755, C9R-497 y L4S-294 están asignados a Dirección, Representación y Administración, por ello debemos analizar la deducción tributaria. Primer Límite: En aplicación a lo indicado en el inciso w) del Artículo 37 de la Ley del Impuesto a la Renta y el inciso r) del Artículo 21 del reglamento y teniendo en cuenta el total de los ingresos declarados en el ejercicio 2014 se tiene que la empresa puede deducir 4 vehículos Segundo Límite: De los cuatro vehículos tenemos que el de placa V3M-422 no se toma en cuenta por superar el límite de 30 UIT el costo de adquisición. Tercer Límite: De los tres vehiculos restantes debemos determinar el importe máximo de gastos deducibles aplicable tomando en cuenta sólo los gastos de los vehículos admitidos. - Determinación del gasto deducible:
93,724 (*) No incluye los ingresos netos provenientes de la enajenación de bienes del activo fijo y de la realización de operaciones que no sean habitualmente del giro del negocio. (**) Conforme a lo indicado en el numeral 5 del inciso r) del artículo 21º del Reglamento para el cálculo del porcentaje debe considerarse lo establecido en el tercer y cuarto párrafo del numeral 4 del mencionado inciso, por lo que para efectos del presente porcentaje como numerador se consideran 3 vehículos. El contribuyente debe detallar los vehiculos de placa B4N-755, C9R-467 Y L4S-294 Base legal: Inciso w) del artículo 37 de la Ley e inciso r) del artículo 21 del Reglamento. 13) Gastos ajenos al negocio Se han contabilizado los siguientes gastos incluidos el IGV, ajenos al giro del negocio: - Ha cancelado por concepto de membresia de un club al que pertenece el Gerente General - Compra de alimentos en supermercados para la casa del Accionista de la empresa. - Ha cancelado Seguros de Salud de familiares de accionistas. 4,980 10,358 7,520 22,858 Base legal: Inciso a) del artículo 44 de la Ley. De acuerdo a lo establecido en el inciso g) del artículo 24-A de la LIR estos gastos se consideran dividendo presunto debiendo retener el 4.1% importe que ha sido cancelado por la empresa por lo que este importe tambien se debe reparar 937 14) Multas e Intereses cargados a gastos. La empresa cargó a gastos administrativos lo siguiente: Multa por infracciones de tránsito de los vehículos de la empresa, impuesta por la Municipalidad Provincial del Callao. Multa por infracciones al reglamento de trabajo impuesta por la SUNAFIL. El 18 de julio la empresa realizó la presentación de la DDJJ mensual del Impuesto a la Renta del mes de marzo del 2015 fuera de fecha, habiendo cancelado S/ 14 de intereses más la multa de S/ 385. Base legal: Inciso c) del artículo 44 de la Ley. 15) Provisiones no admitidas Se ha registrado una provisión para reconocer la pérdida de valor de existencias, por un monto de S/ 256,790, sin haber efectuado la destrucción correspondiente. Base legal: Inciso f) del Artículo 44 de la Ley y tercer párrafo del inciso c) del artículo 21 del Reglamento - Informe N 290-2003-Sunat/2B0000 Se ha provisionado para pérdidas de litigios por procesos judiciales, sustentados en un informe de parte. Base legal: Inciso f) del Artículo 44 de la Ley y tercer párrafo del inciso c) del artículo 21 del Reglamento - RTF N 7045-4- 2007 16) Amortización de Intangibles La empresa recibió en el mes de Febrero 2015 de forma gratuita de parte del Sr. Carlos Rios un software para control de inventarios valorizado en S/ 15,000, el cual ha sido amortizado en su totalidad dentro del ejercicio. Base legal: Inciso g) del Artículo 44 de la Ley e inciso a) del Artículo 25 del Reglamento. 17) Gastos no sustentados con comprobantes de pago - Se ha registrado como sustento de gasto por servicio de publicidad con una orden de servicio por un importe de: - Se ha registrado como sustento del gasto por el mantenimiento de equipos de oficina con una Orden de Trabajo s/n por un importe de: - Se ha registrado gastos diversos sustentados con notas de pedido por un monto de: Base legal: Inciso j) del Artículo 44º de la Ley e inciso b) del artículo 25 del Reglamento. 18) Retiro de bienes por uno de los socios de la empresa, cuyo cargo es gerente de ventas. El gerente de ventas ha retirado mercaderías para su uso particular, cuyo costo es de S/ 4,870 el retiro fue realizado el 30.04.2015 - Valor de mercado de los bienes retirados (valor de lista) - IGV que grava el retiro cargado a gastos (18% de S/. 4,870) 1,925 5,775 399 8,099 7,200 6,250 256,790 45,000 15,000 3,800 17,250 4,870 877 5,747 Temporal Base legal: Artículo 31, artículo 32º e Inciso k) del artículo 44 de la Ley. 19) Perdidas extraordinarias La empresa ha provisionada como gastos la perdida sufrida en el mes de julio producto de un robo de mercaderías por terceros con un valor en libros de S/ 12,000; las mercaderías no estan aseguradas. El gerente de la empresa ha realizado la denuncia policial y al 31.12.2015 aun no se ha probado judicialmente el hecho delictuoso. Base legal: Inciso d) del Artículo 37º de la Ley. 20) Utilización de una mayor tasa de depreciación. La empresa ha utilizado una tasa de 25% para depreciar el vehiculo de placa B4N-755 adquirido el 02.05.2015 el cual fue puesto en funcionamiento de inmediato. El costo del vehículo es S/ 110,000. S/ Depreciación contabilizada: S/ 110,000 x 25% x 8 meses 18,333 12 12,000 Temporal Temporal
Menos : depreciación máxima aceptable S/ 110,000 x 20% x 8 meses (14,667) Monto no deducible 12 3,666 Base Legal: Inciso f) del Artículo 37, artículos 40 y 41 de la Ley y artículo 22 del Reglamento. 21) Impuesto de terceros asumidos por la empresa En el mes de octubre la empresa efectua el pago de un servicio de consultoría a un profesional habiendo recibido un recibo por honorarios por el importe de S/ 12,375. La empresa asumio el pago de la retención correspondiente. Importe de la retención del Imp a la Renta (8% de 12,375) = 990 990 Base Legal: Artículo 47 de la Ley 22) Donaciones La empresa ha efectuado una donación con cheque por el importe de S/ 17,000 a una entidad que NO está registrada como perceptora de donaciones 23) Compras pagadas sin utilizar "Medios de Pago". 24) Base Legal: inciso x) del Artículo 37 de la Ley Se registró como costo o gasto en su contabilidad el importe de S/ 39,575 que corresponde a adquisiciones pagadas en efectivo, a diferentes proveedores, por montos superiores a los señalados en el artículo 3 de la Ley N 28194 (S/ 3,500 ó US$ 1,000). Para efectos tributarios, los pagos que se efectúen sin utilizar "Medios de Pago" no darán derecho a deducir gastos, costos o créditos; a efectuar compensaciones ni a solicitar devoluciones de tributos, saldos a favor, reintegros tributarios, recuperación anticipada, restitución de derechos arancelarios. Base Legal: artículos 3 y 8 de la Ley N 28194 e inciso d) del artículo 25 del Reglamento. Gastos con Boletas de Venta o Tickets emitidos por Contribuyentes del NRUS 17,000 39,575 Base Legal: Último párrafo del artículo 37 de la Ley TOTAL ADICIONES 7,300 S/.967,687
3. DEDUCCIONES A LA UTILIDAD NETA CONCEPTO 1) Deducción adicional sobre las remuneraciones que se paguen a personas con discapacidad Determinación de la Deducción Adicional Determinación del porcentaje de trabajadores discapacitados: a) Número de trabajadores durante el ejercicio 2015, calculados mensualmente y totalizados por año: (42 x 4) + (50 x 8) = 168 + 400 = 568 b) Número de trabajadores discapacitados: (6 x 4) + (14 x 8) = 24 + 112 = 136 c) Porcentaje de trabajadores discapacitados: 136 x 100 = 23.94 % 568 Corresponderá entonces un porcentaje de deducción adicional de 50%. 6 trabajadores con antigüedad mayor a 1 año S/ 8 trabajadores con antigüedad menor a 1 año S/ Remuneraciones Pagadas: Trabajadores discapacitados con más de un año de labor: 6 x S/ 3,450 x 14 remuneraciones = S/ 289,800 Bonificación extraordinaria: (6 x 3,450 x 2) (9%) = S/ 3,726 Trabajadores discapacitados con menos de un año de labor: x S/ 2,500 x 8 trabajadores = S/ 160,000 8 meses Gratificación de julio de los trabajadores discapacitados con menos de un año de labor : (2 meses x S/ 2,500 x 8)/6 = S/ 6,667 Gratificación de diciembre de los trabajadores discapacitados con menos de un año de labor : (S/ 2,500 x 8) = 20,000 Bonificación extraordinaria: (6,667 + 20,000) (9%) = 2,400 Deducción adicional: 50% 293,526 189,067 50% de S/ 293,526 146,763 50% de S/ 189,067 94,534 Limite máximo: - Trabajadores con más de un año de labor: 6 trabajadores x 24 RMV(S/. 750) 108,000 - Trabajadores con menos de un año de labor: 8 trabajadores x 2 RMV x 8 meses de labor 96,000 Deducción adicional por trabajador (menor valor entre deducción adicional y límite máximo) TOTAL DEDUCCIÓN ADICIONAL Base legal: Inciso z) del Artículo 37 de la Ley. 108,000 94,534 S/.202,534
4.- DETERMINACIÓN DE LA RENTA IMPONIBLE Y LIQUIDACIÓN DEL IMPUESTO A LA RENTA S/ Utilidad Neta antes de Participaciones e Impuesto 13,055,557 (+) Más adiciones: 967,687 (-) Menos deducciones: (202,534) Consignar en la casilla 103. Consignar en la casilla 105. RENTA NETA 13,820,710 (-) Participación de Utilidades de los trabajadores: (1,105,657) RENTA NETA IMPONIBLE 12,715,053 LIQUIDACIÓN DEL IMPUESTO A LA RENTA Impuesto Resultante 28% de 12,715,053 3,560,215 Menos: (-) Credito contra el IR por trabajadores con discapacidad (Ver Anexo N 4) (49,478) SUB TOTAL 3,510,737 Consignar en la casilla 125. (-) Pagos a cuenta (Ver Anexo N 7) (3,039,056) Consignar en la casilla 128. SALDO POR REGULARIZAR 471,681
ANEXO Nº 1 ESTADO DE SITUACION FINANCIERA A VALORES HISTÓRICOS AL 31 DE DICIEMBRE DE 2015 (en soles) CUENTAS Activo Pasivo y Patrim. Debe Haber Activo Pasivo y Patrim. S/ S/ S/ S/ S/ S/ 10 Efectivo y Equivalente en efectivo 9,492,675 9,492,675 11 Inversiones Financieras 1,456,250 1,456,250 12 Cuentas por Cobrar Comerciales - Terceros 6,892,483 6,892,483 13 Cuentas por Cobrar Comerciales - Relacionadas 1,700,800 1,700,800 14 Cuentas por cobrar a accionistas (socios), directores y gerentes 1,325,780 1,325,780 16 Cuentas por cobrar diversas 1,435,555 1,435,555 19 Estimación de cuentas de cobranza dudosa (69,710) (69,710) 20 Mercaderías 22,410,965 22,410,965 25 Materiales auxiliares, suministros y repuestos 1,208,796 1,208,796 26 Envases y embalajes 2,463,124 2,463,124 28 Existencias por recibir 3,921,708 3,921,708 29 Desvalorización de existencias (256,790) (256,790) 33 Inmuebles, maquinarias y equipos 15,234,500 15,234,500 39 Depreciación, amortización y agotamiento acumulados (7,489,260) (7,489,260) 37 Activo Diferido 1,485,729 88,887 1,574,616 40 Tributos, contraprestaciones y aportes al sistema de pensiones y de salud por pagar 49,478 3,560,215 3,510,737 41 Remuneraciones y participaciones por pagar 2,945,897 1,105,657 4,051,554 42 Cuentas por pagar comerciales - Terceros 3,493,861 3,493,861 Cuentas por pagar a los accionistas (socios), 44 directores y gerentes 2,647,023 2,647,023 45 Obligaciones Financieras 548,926 548,926 46 Cuentas por Pagar Diversas - Terceros 1,142,671 1,142,671 47 Cuentas por Pagar Diversas - Relacionadas 3,269,904 3,269,904 48 Provisiones 313,790 313,790 50 Capital 18,978,180 18,978,180 52 Capital Adicional 6,733,722 6,733,722 57 Excedente de revaluación 4,771,374 4,771,374 58 Reservas 1,365,821 1,365,821 59 Resultados acumulados 1,945,879 1,945,879 Utilidad del ejercicio 13,055,557 4,527,507 (2) 8,528,050 (1) Ver detalle en el Anexo N 8. 31 diciembre 2015 (Histórico) Asientos posteriores al Balance (1) Balance Final al 31.12.2015 TOTALES 61,212,605 61,212,605 4,665,872 4,665,872 61,301,492 61,301,492 (2) Comprende: Impuesto a la Renta Corriente - Neto S/. 3,421,850 MAS Participación de Utilidades S/. 1,105,657 = S/.4,527,507
ANEXO Nº 2 Ventas Brutas 90,178,549 Descuentos, rebajas y bonificaciones concedidos (3,890,746) Ventas Netas 86,287,803 Costo de Ventas (65,709,843) UTILIDAD BRUTA 20,577,960 Gastos de Operación ESTADO DE RESULTADOS AL 31 DE DICIEMBRE DE 2015 (en soles) Gastos de Ventas (4,879,016) Gastos de Administración (3,945,876) (8,824,892) UTILIDAD DE OPERACIÓN 11,753,068 S/ Gastos Financieros (569,470) Ingresos Financieros 928,233 Otros Ingresos de Gestión 943,726 UTILIDAD ANTES PARTICIPACIONES E IMPUESTO 13,055,557 Participación de Utilidades (1) (1,105,657) Impuesto a la Renta (Ver Anexo N 6) (2) (3,421,850) UTILIDAD DEL EJERCICIO 8,528,050 (1) Total participación de utilidades : 8% de S/ 13 820,710 = 1,105,657 Ver Apendice 4 DETER. RENTA Y LQUI. IMPTO (2) Impuesto a la Renta deducida la parte diferida y el crédito por trabajadores con discapacidad: 3,560,215-88,887-49,478 = 3'421,850
ANEXO Nº 3 DETALLE DE LOS PAGOS A CUENTA DEL IMPUESTO TEMPORAL A LOS ACTIVOS NETOS - ITAN MES DE PAGO DEL IMPUESTO Ejercicio Gravable 2015 SE APLICA CONTRA EL PAGO A CUENTA DEL IMPUESTO A LA RENTA IMPUESTO RESULTANTE S/ IMPUESTO PAGADO S/ ABRIL Desde marzo a diciembre 23,496 23,496 MAYO Desde abril a diciembre 23,496 23,496 JUNIO Desde mayo a diciembre 23,496 23,496 JULIO Desde junio a diciembre 23,496 23,496 AGOSTO Desde julio a diciembre 23,496 23,496 SEPTIEMBRE Desde agosto a diciembre 23,496 23,496 OCTUBRE Desde setiembre a diciembre 23,496 23,496 NOVIEMBRE Desde octubre a diciembre 23,496 23,496 DICIEMBRE Noviembre y diciembre 23,496 23,496 TOTALES 211,464 211,464 A) CÁLCULO DE LA BASE IMPONIBLE DEL ITAN - EJERCICIO 2015 CONCEPTO S/ TOTAL ACTIVO AL 31.12.2014 59,850,678 (-)DEPRECIACIÓN ACUMULADA (5,984,735) TOTAL ACTIVO NETO AL 31.12.2014 53,865,943 TOTAL ACTIVO NETO ACTUALIZADO AL 31.12.2014 53,865,943 B) DETERMINACIÓN DE LA TASA DEL ITAN BASE TASA BASE ITAN Hasta 1'000,000 0.0% 1,000,000 0 Exceso de 1'000,000 0.4% 52,865,943 211,464 TOTAL S/.53,865,943 S/.211,464 C) DECLARACIÓN Y PAGO Nueve cuotas= S/ 211,464 = 9 S/.23,496
ANEXO Nº 4 CREDITO CONTRA EL IMPUESTO A LA RENTA POR TRABAJADORES CON DISCAPACIDAD A) Crédito por remuneraciones al personal discapacitado S/ S/ 3% del total de remuneraciones devengadas y pagadas S/. 293,526 + S/. 189,067 482,593 3% de S/. 482,593 = 14,478 (1) Límite máximo 1.44 x RMV x N de trabajadores discapacitados 1.44 x 750 x 14 = 15,120 (2) Límite máximo: el menor entre 1) y 2) 14,478 B) Crédito por mejoras realizadas en la empresa a favor del personal discapacitado 50% del Total Invertido 50% de S/. 70,000 = 35,000 (3) Límite máximo 0.73 x UIT x N de Trabajadores Discapacitados 0.73 x S/. 3,850 x 14 = 39,347 (4) Límite máximo: el menor entre 3) y 4) 35,000 TOTAL CREDITO CONTRA EL IR SIN DERECHO A DEVOLUCION POR TRABAJADORES CON DISCAPACIDAD 49,478 Base legal : Numerales 47.2 y 50.2 de los artículos 47º y 50º de la Ley N 29973 y su reglamento Decreto Supremo Nº 287-2013-EF
ANEXO Nº 5 Concepto DETERMINACIÓN DE LOS EFECTOS DE LAS DIFERENCIAS TEMPORALES Diferencia de Bases Diferencia Temporal Impuesto a la Importe Renta Diferido Contable S/ Tributaria S/ Activa S/ Pasiva S/ Neto S/ (28%) S/ Depreciación Acumulada (7,489,260) (7,485,594) 3,666 3,666 1,026 Provisión Desvalorización Exis. (256,790) 0 256,790 Provisión Pérdida de Litigios (45,000) 0 45,000 256,790 71,901 45,000 12,600 Perdidas Extraordinarias (12,000) 0 12,000 12,000 3,360 TOTALES 317,456 0.00 317,456 88,887 ANEXO Nº 6 IMPUESTO A LA RENTA NETO DE LOS EFECTOS DE LAS DIFERENCIAS TEMPORALES CONCEPTO Impuesto resultante (ver Item 4 "determinación de la renta imponible y liquidación del IR) IMPUESTO A LA RENTA S/ 3,560,215 Impuesto a la renta diferido (Ver Anexo N 5) (88,887) Impuesto a la Renta Corriente 3,471,328 Crédito Trabajadores con Discapacidad Impuesto a la Renta Corriente (neto) (49,478) 3,421,850
ANEXO Nº 7 DETALLE DE LOS PAGOS A CUENTA DEL IMPUESTO A LA RENTA Ejercicio Gravable 2015 PERIODO TRIBUTARIO MES DE PAGO IMPUESTO RESULTANTE S/ PAGOS DEL ITAN S/ IMPUESTO PAGADO S/ ENERO FEBRERO 180,000 180,000 FEBRERO MARZO 215,600 215,600 MARZO ABRIL 294,570 23,496 271,074 ABRIL MAYO 198,345 23,496 174,849 MAYO JUNIO 330,789 23,496 307,293 JUNIO JULIO 352,378 23,496 328,882 JULIO AGOSTO 371,256 23,496 347,760 AGOSTO SEPTIEMBRE 375,640 23,496 352,144 SEPTIEMBRE OCTUBRE 210,980 23,496 187,484 OCTUBRE NOVIEMBRE 192,467 23,496 168,971 NOVIEMBRE DICIEMBRE 160,247 23,496 136,751 DICIEMBRE ENERO 2016 156,784 156,784 TOTALES 3,039,056 211,464 2,827,592
ANEXO Nº 8 ASIENTOS CONTABLES POSTERIORES AL ESTADO DE SITUACION FINANCIERA ------------------------------------------------------------------------------1 -------------------------------------------------------------------------- 62.- Gastos de Personal, Directores y Gerentes 1,105,657 622.- Otras Remuneraciones 41.- Remuneraciones y Participaciones por Pagar 1,105,657 411.- Participación de los Trabajadores por Pagar Por la participación de utilidades a los trabajadores ------------------------------------------------------------------------------ 2 ------------------------------------------------------------------------- 94.- Gastos Administrativos 552,829 95.- Gastos de Ventas 552,828 79.- Cargas Imputables a Cuentas de Costos 1,105,657 791.- Cargas Imputables a cuentas de costos y gastos 7911.- Participaciones de los trabajadores por pagar Por el traslado de las participaciones a las utilidades de los trabajadores del ejercicio 2015 ------------------------------------------------------------------------------- 3 ------------------------------------------------------------------------ 88.- Impuesto a la Renta 3,421,850 881.- Impuesto a la Renta - Corriente 37.- Activo Diferido 88,887 371.- Impuesto a la Renta Diferido 3712.- Impuesto a la Renta Diferido - Resultados 40.- Tributos, Contraprestaciones y Aportes al Sistema de Pensiones y de Salud por Pagar 49,478 401.- Gobierno Central 4017.- Impuesto a la Renta Por el Crédito por trabajadores con discapacidad 40.- Tributos, Contraprestaciones y Aportes al 3,560,215 Sistema de Pensiones y de Salud por Pagar 401.- Gobierno Central 4017.- Impuesto a la Renta Por el Impuesto a la Renta Corriente y Diferido del ejercicio 2015 ------------------------------------------------------------------------------ 4 ------------------------------------------------------------------------- 89.- Determinacion del Resultado del Ejercicio 3,421,850 891.- Utilidad 88.- Impuesto a la Renta 3,421,850 881.- Impuesto a la Renta - Corriente Traslado a la cuenta 89 del Impuesto a la Renta Corriente del Ejercicio. -------------------------------------------------------------------------------- 5 ----------------------------------------------------------------------- 89.- Determinación del Resultado del Ejercicio 8,528,050 891.- Utilidad 59.- Resultados Acumulados 8,528,050 5911.- Utilidades no Distribuidas - Utilidades Acumuladas Traslado a la cuenta 59 de la utilidad neta del ejercicio