ANTOLOGIA DERECHO DEL TRABAJO 2 UNIDAD DIDÁCTICA 1 EL DERECHO COLECTIVO DEL TRABAJO CURSO: DERECHO DEL TRABAJO II UNIVERSIDAD MICHOACANA DE SAN NICOLÁS DE HIDALGO FACULTAD DE DERECHO Y CIENCIAS SOCIALES Compilador: Lic. Sergio Carmelo Domínguez Mota
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Objetivo particular OBJETIVO PARTICULAR: Al concluir la unidad, el alumno: Conocerá y analizará al derecho del trabajo como una unidad, estableciendo el contenido y fines del derecho colectivo del trabajo. Coordinación de Educación abierta y @ distancia III
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Índice PRIMERA PARTE 1 EL DERECHO COLECTIVO DEL TRABAJO 1 PRIMERA UNIDAD 1 EL DERECHO COLECTIVO DE TRABAJO 1 1.1- CONCEPTO 1 1.2.- CONTENIDO 3 BIBLIOGRAFÍA 8 Coordinación de Educación abierta y @ distancia V
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PRIMERA PARTE EL DERECHO COLECTIVO DEL TRABAJO PRIMERA UNIDAD EL DERECHO COLECTIVO DE TRABAJO OBJETIVO PARTICULAR: Al concluir la unidad, el alumno: Conocerá y analizará al derecho del trabajo como una unidad, estableciendo el contenido y fines del derecho colectivo del trabajo. 1.1- Concepto Tanto para efectos doctrinarios como prácticos, pero sobre todo para efectos didácticos, es indispensable tener una noción de lo que es el Derecho Colectivo del Trabajo y cual es su contenido. Desde luego, debe tenerse la certeza de que el Derecho Colectivo del Trabajo es parte integrante del Derecho del Trabajo, y siguiendo las ideas del insigne Maestro Dr. Mario de la Cueva 1, afirmamos que el Derecho del Trabajo es un Derecho Unitario compuesto de varias partes. El Dr. de la Cueva expresa la necesidad de separar el Derecho del Trabajo en dos partes, el núcleo o parte nuclear y la envoltura protectora. LA PARTE NUCLEAR DEL DERECHO DEL TRABAJO es la suma de principios, normas e instituciones que se dirigen directamente al hombre en cuanto trabajador, se integra con los capítulos siguientes: a) Un primer capitulo que es el Derecho Individual del Trabajo que se define como el conjunto de principios, normas e instituciones que contienen las condiciones generales para la prestación del trabajo. b) Un segundo capitulo integrado por el derecho regulador del trabajo de las mujeres y de los menores, consistente en la suma de principios, normas e instituciones que tiene por finalidad cuidar la educación y capacitación profesional, el desarrollo, la salud, la vida y la maternidad, en sus respectivos casos, de los menores y de las mujeres en cuanto trabajadores. 1 DE LA CUEVA, Mario, El nuevo Derecho Mexicano del Trabajo, Tomo I, 6ª ed. México, Editorial Porrua, 1980, p. 93 y sgts. Coordinación de Educación abierta y @ distancia 1
c) Un tercer capitulo integrado por el rubro de la Declaración de derechos sociales, que contiene lo relativo al trabajo y a la previsión social definida como los principios, las normas y las instituciones que se ocupan de la educación y capacitación profesional y ocupación de los trabajadores, de proporcionales habitaciones cómodas e higiénicas y de asegurarles contra las consecuencias de los riesgos naturales y sociales, susceptibles de privarles de su capacidad de trabajo y de ganancia. LA PARTE CORRESPONDIENTE A LA ENVOLTURA PROTECTORA DEL DERECHO DEL TRABAJO, es el conjunto de principios, normas e instituciones que contribuyen a la creación de la parte nuclear y a asegurar la vigencia del derecho del trabajo. La envoltura protectora se compone de tres capítulos: a) El primer capitulo se refiere a las autoridades del trabajo, las cuales son un grupo de autoridades distintas de las restantes autoridades del estado, cuya misión es crear, vigilar y hacer cumplir el derecho del trabajo. b) El segundo capitulo se refiere al Derecho Procesal del Trabajo, que es el conjunto de principios y normas que permiten a las juntas de conciliación y arbitraje resolver los conflictos de trabajo, individuales y colectivos, jurídicos y económicos, en concordancia con la naturaleza y los fines del derecho del trabajo. c) Finalmente, el tercer capitulo (para fines didácticos no se ha respetado el orden en que los cita el Maestro de la Cueva), que se refiere al Derecho Colectivo del Trabajo al que se define como EL CONJUNTO DE PRINCIPIOS, NORMAS E INSTITUCIONES QUE GARANTIZAN LA LIBRE FORMACIÓN DE LOS SINDICATOS Y HACEN DE ELLOS UNA FUERZA PERMANENTEMENTE VIVA PARA LA SUPERACIÓN CONSTANTE DE LAS CONDICIONES DE VIDA DE LOS TRABAJADORES. Otros autores mexicanos del Derecho del Trabajo, reconocen la existencia del Derecho Colectivo del Trabajo, J. Jesús Castorena 2, quien manifiesta que las relaciones colectivas de trabajo son las que establecen entre la empresa y la comunidad de trabajadores, como una simple unidad de hecho, o reunida en un sindicato... se ocupan y afectan a la comunidad obrera como tal, a los intereses generales de la misma, y claro esta, repercuten sobre todos y cada uno de los trabajadores... Don Euquerio Guerrero 3 también acepta la existencia del Derecho Colectivo del Trabajo, y en su obra dice: En las relaciones que se desarrollan dentro de estos medios colectivos es inevitable, por desgracia, que surjan conflictos que toman 2 CASTORENA, J. Jesús, Manual de Derecho Obrero, cit. por Jorge García Ramírez, Guía de Derecho Procesal del Trabajo y Derecho Colectivo de Trabajo, Querétaro, sin editorial, 2000, p. 15 3 GUERRERO, Euquerio, Derecho del Trabajo, 7ª ed., México, Porrua, 1975, pp. 296 y sgts. 2 Coordinación de Educación abierta y @ distancia
caracteres distintos de los que aparecen en la vida de la relación individual de trabajo. Tales conflictos requiere-también normas especificas que los regulen y así vemos como en esta disciplina jurídica, que es el Derecho del Trabajo, aparecen instituciones y normas que constituyen el contenido del Derecho Colectivo, porque los fenómenos que analizan no pueden solucionarse con las reglas del Derecho Individual del Trabajo. Finalmente, Néstor de Buen Lozano 4 en relación con el Derecho Colectivo del Trabajo haré un análisis tanto del concepto como de su contenido, tanto de doctrinarios extranjeros como Mexicanos, y menciona que En realidad el concepto de derecho colectivo del trabajo intenta resumir, sin mucho éxito, la idea de que los organismos representativos de las clases en pugna pueden crear sus propias normas jurídicas. La expresión derecho atendería al aspecto normativo; lo colectivo -y aquí se pone de manifiesta otra impropiedad- a la naturaleza compleja que se presume de las clases en conflicto. 1.2.- Contenido Este Derecho Colectivo se integra con las siguientes instituciones: 1. La libertad de coalición, que es el principio base, pues es el que permite la unión de trabajadores para la defensa de sus intereses comunes. 2. El Contrato Colectivo. 3. El Contrato Ley. 4. La huelga. En el Tomo II de la obra citada del Dr. Mario de la Cueva, se hace un extenso análisis sobre los Temas y el Contenido del Derecho Colectivo de Trabajo 5 De acuerdo con los programas de estudio vigentes en la Facultad de Derecho de la, en el Primer Curso del Derecho del Trabajo y por lo que hace a la división que del Derecho del Trabajo hace el Maestro Mario de la Cueva, se incluyen los temas relacionados con los tres capítulos de la parte nuclear. En la primera parte del programa del Segundo Curso del Derecho del Trabajo, queda incluido el tercero capitulo de la envoltura protectora según la división del Dr. Mario de la Cueva y la segunda parte de contenido programático se incluyen los dos primeros capítulos de la envoltura protectora. Dentro del contenido programático, se incluye también el tema del Reglamento Interior de Trabajo, que aunque no forma parte del Derecho Colectivo según la división del Dr. de la Cueva, se considera necesario para completar el estudio integral del Derecho Colectivo del Trabajo. 4 DE BUEN, Lozano Néstor, Derecho Del Trabajo, Tomo I., México, Porrua, 1976, pp. 443 y sgts. 5 DE LA CUEVA, Mario, El nuevo Derecho Mexicano del Trabajo, Tomo I, ob.cit. p. 197 y stes. Coordinación de Educación abierta y @ distancia 3
Resumen Desde luego, debe tenerse la certeza de que el Derecho Colectivo del Trabajo es parte integrante del Derecho del Trabajo, y siguiendo las ideas del insigne Maestro Dr. Mario de la Cueva, afirmamos que el Derecho del Trabajo es un Derecho Unitario compuesto de varias partes. El Maestro Dr. Mario de la Cueva expresa la necesidad de separar el Derecho del Trabajo en dos partes, el núcleo o parte nuclear y la envoltura protectora. LA PARTE CORRESPONDIENTE A LA ENVOLTURA PROTECTORA DEL DERECHO DEL TRABAJO, es el conjunto de principios, normas e instituciones que contribuyen a la creación de la parte nuclear y a asegurar la vigencia del derecho del trabajo. El primer capitulo se refiere a las autoridades del trabajo, las cuales son un grupo de autoridades distintas de las restantes autoridades del estado, cuya misión es crear, vigilar y hacer cumplir el derecho del trabajo. El segundo capitulo se refiere al Derecho Procesal del Trabajo, que es el conjunto de principios y normas que permiten a las juntas de conciliación y arbitraje resolver los conflictos de trabajo, individuales y colectivos, jurídicos y económicos, en concordancia con la naturaleza y los fines del derecho del trabajo. Finalmente, el tercer capitulo (para fines didácticos no se ha respetado el orden en que los cita el Maestro de la Cueva), que se refiere al Derecho Colectivo del Trabajo al que se define como EL CONJUNTO DE PRINCIPIOS, NORMAS E INSTITUCIONES QUE GARANTIZAN LA LIBRE FORMACIÓN DE LOS SINDICATOS Y HACEN DE ELLOS UNA FUERZA PERMANENTEMENTE VIVA PARA LA SUPERACIÓN CONSTANTE DE LAS CONDICIONES DE VIDA DE LOS TRABAJADORES. Otros autores mexicanos del Derecho del Trabajo, reconocen la existencia del Derecho Colectivo del Trabajo, J. Jesús Castorena, quien manifiesta que las relaciones colectivas de trabajo son las que establecen entre la empresa y la comunidad de trabajadores, como una simple unidad de hecho, o reunida en un sindicato... Tales conflictos requiere-también normas especificas que los regulen y así vemos como en esta disciplina jurídica, que es el Derecho del Trabajo, aparecen instituciones y normas que constituyen el contenido del Derecho Colectivo, porque los fenómenos que analizan no pueden solucionarse con las reglas del Derecho Individual del Trabajo. El Derecho Colectivo se integra con las siguientes instituciones: 4 Coordinación de Educación abierta y @ distancia
1. La libertad de coalición, que es el principio base, pues es el que permite la unión de trabajadores para la defensa de sus intereses comunes. 2. El Contrato Colectivo. 3. El Contrato Ley. 4. La huelga. Coordinación de Educación abierta y @ distancia 5
Ejercicios de autocomprobación Preguntas de verdadero/falso 1. El Derecho Colectivo del Trabajo se define como el conjunto de principios, normas e instituciones que garantizan la libre formación de asociaciones civiles y sociedades mercantiles y hacen de ellos una fuerza permanentemente viva para la superación constante del mercado laboral. 2. La parte nuclear del derecho del trabajo es la suma de principios, normas e instituciones que se dirigen directamente al hombre en cuanto trabajador. 3. La parte núcleo del derecho del trabajo se integra por: El derecho individual del trabajo, el derecho de los menores y mujeres trabajadoras y la declaración de derechos sociales. 4. El contenido del Derecho del trabajo esta integrado por: La libertad de coalición, que es el principio base, pues es el que permite la unión de trabajadores para la defensa de sus intereses comunes, El Contrato Colectivo, El Contrato Ley y los sindicatos patronales. 5. El derecho colectivo del trabajo es una derecho jerárquicamente superior al derecho individual del trabajo 6 Coordinación de Educación abierta y @ distancia
Respuestas a los ejercicios Respuestas. 1. Falso 2. Verdadero 3. Verdadero 4. Falso 5. Falso Coordinación de Educación abierta y @ distancia 7
Bibliografía 1. DE LA CUEVA, Mario, El nuevo Derecho Mexicano del Trabajo, Tomo I, 6ª ed. México, Editorial Porrua, 1980. 2. GARCÍA Ramírez Jorge, Guía de Derecho Procesal del Trabajo y Derecho Colectivo de Trabajo, Querétaro, sin editorial, 2000. 3. GUERRERO, Euquerio, Derecho del Trabajo, 7ª ed., México, Porrua, 1975 4. DE BUEN, Lozano Néstor, Derecho Del Trabajo, Tomo I., México, Porrua, 1976. 8 Coordinación de Educación abierta y @ distancia