MANUAL DE GESTIÓN CONTABLE

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Transcripción:

MANUAL DE GESTIÓN CONTABLE ELABORADO REVISADO APROBADO MBA. Karina Ayala Consultora Ing. María José Zambrano Administradora Contrato Abg. Calixta Cabrera Vélez Registradora

Página: 2 DE 8 Contenido: Tabla de Contenido Objetivo... 3 Alcance... 3 Marco legal y normativo... 3 Definiciones... 4 Descripción del Procedimiento de Gestión Contable... 6 Disposiciones... 8 Cuadro de Modificaciones No. Revisión Tipo de Modificación Revisado Aprobado Fecha

Página: 3 DE 8 Objetivo Registrar las operaciones para la presentación de información económica financiera, de manera oportuna y confiable para la toma de decisiones de la máxima autoridad. Alcance Este procedimiento se aplica a todos las transacciones que ingresan al sistema financiero OLYMPO. Desde: El reconocimiento de la transacción Hasta: Información económica financiera Marco legal y normativo 405 Administración Financiera - CONTABILIDAD GUBERNAMENTAL 405-01 Aplicación de los principios y normas técnicas de Contabilidad Gubernamental se basará en principios y normas técnicas emitidas sobre la materia, para el registro de las operaciones y la preparación y presentación de información financiera, para la toma de decisiones. 405-02 Organización del sistema de Contabilidad Gubernamental se sustentará en la normativa vigente para la contabilidad gubernamental y comprende, entre otros, la planificación y organización contable, objetivos, procedimientos, registros, reportes, estados financieros y demás información gerencial y los archivos de la documentación que sustentan las operaciones. 405-03 Integración contable de las operaciones financieras. La contabilidad constituirá una base de datos financieros actualizada y confiable para múltiples usuarios. La función de la

Página: 4 DE 8 contabilidad es proporcionar información financiera válida, confiable y oportuna, para la toma de decisiones de las servidoras y servidores que administran fondos públicos. 405-04 Documentación de respaldo y su archivo. La máxima autoridad, deberá implantar y aplicar políticas y procedimientos de archivo para la conservación y mantenimiento de archivos físicos y magnéticos, con base en las disposiciones técnicas y jurídicas vigentes. 405-05 Oportunidad en el registro de los hechos económicos y presentación de información financiera. Las operaciones deben registrarse en el momento en que ocurren, a fin de que la información continúe siendo relevante y útil para la entidad que tiene a su cargo el control de las operaciones y la toma de decisiones. El registro oportuno de la información en los libros de entrada original, en los mayores generales y auxiliares, es un factor esencial para asegurar la oportunidad y confiabilidad de la información. 405-06 Conciliación de los saldos de las cuentas. Las conciliaciones son procedimientos necesarios para verificar la conformidad de una situación reflejada en los registros contables. 405-07 Formularios y documentos. Las entidades públicas y las personas jurídicas de derecho privado que dispongan de recursos públicos, emitirán procedimientos que aseguren que las operaciones y actos administrativos cuenten con la documentación sustentatoria totalmente legalizada que los respalde, para su verificación posterior. NORMATIVA DEL SISTEMA DE ADMINISTRACION FINANCIERA: El Sistema de Administración Financiera SAFI es el conjunto de elementos interrelacionados, interactuantes e interdependientes, que debidamente ordenados y coordinados entre sí, persiguen la consecución de un fin común, la transparente administración de los fondos públicos.

Página: 5 DE 8 Definiciones PRINCIPIOS DE CONTABILIDAD GUBERNAMENTAL Los principios constituyen pautas básicas que guían el proceso contable para generar información, consistente, relevante, verificable y comprensible, hacen referencia a las técnicas cualitativas y cuantitativas de valuación de los hechos económicos; al momento en el cual se realiza el registro contable. MEDICION ECONOMICA En la Contabilidad Gubernamental serán registrados los recursos materiales e inmateriales, las obligaciones, el patrimonio y sus variaciones, debe considerar mediciones apropiadas a las características y circunstancias que dan origen a las diferentes transacciones y operaciones del ente público, siempre que posean valor económico para ser expresados en términos monetarios. Los hechos económicos serán registrados en la moneda de curso legal en el Ecuador. IGUALDAD CONTABLE En la Contabilidad Gubernamental serán registrados los hechos económicos sobre la base de la igualdad, entre los recursos disponibles (activos) y sus fuentes de financiamiento (pasivos y patrimonio), aplicando el método de la Partida Doble. COSTO HISTORICO Está constituido por el precio de adquisición o importe, sumando los costos o gastos incurridos por la institución para la prestación de servicios, en la formación y colocación de los bienes en condiciones de utilización o enajenación, incluyendo las adiciones y mejoras que permitan su capitalización.

Página: 6 DE 8 DEVENGADO En la Contabilidad Gubernamental los hechos económicos serán registrados en el momento que ocurran, haya o no movimiento de dinero, como consecuencia del reconocimiento de derechos u obligaciones ciertas, vencimiento de plazos, condiciones contractuales, cumplimiento de disposiciones legales o prácticas comerciales de general aceptación. REALIZACION En la Contabilidad Gubernamental las variaciones en el patrimonio serán reconocidas cuando los hechos económicos que las originen cumplan con los requisitos legales o estén de acuerdo con la práctica comercial de general aceptación. REEXPRESION CONTABLE El costo reexpresado, está constituido por el costo histórico actualizado a valor corriente, mediante el reconocimiento de cambios de valor, ocasionados por la exposición a fenómenos económicos exógenos. CONSOLIDACION La Contabilidad Gubernamental permitirá obtener información financiera consolidada, a diversos niveles de agregación de datos, según las necesidades de la administración o en función de requerimientos específicos. Descripción del Procedimiento de Gestión Contable La contabilidad gubernamental constituye el registro de todos los hechos económicos que representen derechos a percibir recursos monetarios o que constituyan obligaciones a entregar recursos monetarios, y producir información financiera sistematizada y confiable mediante estados financieros verificables, reales, oportunos y razonables bajo criterios técnicos soportados en principios y normas que son obligatorias para los profesionales contables:

Página: 7 DE 8 1. El o la analista financiera efectúa el registro de las transacciones de egresos (pagos, débitos bancarios, consumos, ajustes, etc.) e ingresos (recaudación servicios registrales, transferencias, ajustes, transferencias, donaciones, etc.) que se generan en la institución para el normal desenvolvimiento de la gestión institucional. 2. El o la contadora general, revisa si los registros contables guardan consistencias con la normativa vigente aplicable. 3. El o la contadora general en el caso de pagos a proveedores generará el archivo zip del sistema financiero Olympo. 4. El o la Contadora General enviará los asientos contables con la documentación respectiva y el archivo Zip a tesorería. 5. Tesorería revisa que los trámites estén completos y REGISTRA el archivo Zip en el Sistema Nacional de Pagos del Banco Central del Ecuador. 6. El o la Tesorera, imprime el reporte de registro de transferencia bancaria, anexa a los expedientes y envía a la coordinadora financiera. 7. El o la Subdirectora Financiera revisa los expedientes y AUTORIZA el archivo Zip subido en el Sistema Nacional de Pagos del Banco Central del Ecuador e imprime el reporte de autorización de transferencia bancaria y anexará al expediente. 8. El o la Subdirectora Financiera al día siguiente ingresará al Sistema Nacional de Pagos de la página Web del Banco Central del Ecuador y confirmará la autorización de pagos. 9. El o la Subdirectora Financiera enviará al o la Contadora General el expediente completo para su archivo.

Página: 8 DE 8 10. La Contadora General con la información procesada de ingresos y egresos elaborará los reportes para las respectivas instancias: Servicio de Rentas Internas Máxima Autoridad Ministerio de Finanzas Gobierno Autónomo Municipal de Santo Domingo - GADMSD Entes de control Senplades DISPOSICIONES GENERALES 1. Cada actividad tendrá su responsable quien desarrollará la misma con total profesionalismo, de detectarse novedades en su ejecución, su producto será devuelto a la actividad inmediata anterior así sucesivamente. Caso contrario continuará con la siguiente actividad. 2. Encárguese de la ejecución del presente manual el o la Subdirectora Financiera y Contabilidad. DISPOSICIÓN FINAL El presente manual entrará en vigencia desde esta fecha. Dado, en el Despacho de la Registradora, en la Ciudad de Santo Domingo, a los..días del mes de de 2014.