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Transcripción:

Año CXXXIX San José, Costa Rica, miércoles 25 de enero del 2017 52 páginas ALCANCE N 17 PODER EJECUTIVO DECRETOS N 40141-COMEX-H ACUERDOS N 524-2016-COMEX INSTITUCIONES DESCENTRALIZADAS INSTITUTO COSTARRICENSE DE ACUEDUCTOS Y ALCANTARILLADOS Imprenta Nacional La Uruca, San José, C. R.

INSTITUCIONES DESCENTRALIZADAS INSTITUTO COSTARRICENSE DE ACUEDUCTOS Y ALCANTARILLADOS Acuerdo de Junta Directiva del AyA Sesión No. 2016-078 Ordinaria Fecha de Realización 21/Dec/2016 Acuerdo No. 2016-562 Artículo 5.18-ASADA Esterillos de Parrita. Seguimiento al acuerdo 2016-392. Memorando GG-2016-02671. Atención Subgerencia de Gestión de Sistemas Delegados, Dirección Comunicación, Subgerencia SAID, Gerencia General, Subgerencia Periféricos, Sistema Esterillos de Parrita, Dirección Jurídica, Asunto Aprobación para asumir el sistema de Esterillos de Parrita. Fecha Comunicación 22/Dec/2016 INSTITUTO COSTARRICENSE DE ACUEDUCTOS Y ALCANTARILLADOS JUNTA DIRECTIVA RESULTANDO PRIMERO: Que el Acueducto de Esterillos de Parrita abastece a la comunidad del mismo nombre y comunidades circunvecinas. Pertenece al distrito de nueve de Parrita, cantón Primero de Parrita de la Provincia de Puntarenas. SEGUNDO: Que la Asociación Administradora Asociación Administradora del Acueducto y Alcantarillado Sanitario de Esterillos de Parrita, cédula Jurídica número 3-002-221114, cuenta con Convenio de Delegación de la Gestión del Servicio firmado con el Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados desde el 01 de julio del 2001, refrendado en fecha de 30 de Octubre de 2001. A la fecha de hoy dicha organización no cuenta con personería jurídica vigente. TERCERO: Que el Registro de Asociaciones mediante la resolución número: No RPJ-059-2015, dispuso lo siguiente:...admitir la presente diligencia administrativa de fiscalización promovida por la señora Cecila Trejos Méndez en contra de la Asociación Administradora del Acueducto y Alcantarillado de Esterillos de Puntarenas, titular de la cédula jurídica número: 3-002-221114. II Ordenar a la junta directiva inscrita que convoque según los términos fijados en los artículos 12 y 17 inciso b) del estatuto a todos los asociados a una nueva asamblea general ordinaria extraordinaria, en la que debe concocerse, aprobarse o no los informes anuales de junta directiva y físcalía, además, de ratificar los nombramientos realizados el 24 de octubre de 2015 correspondientes a la junta directiva y físcal, o bien pueden hacer nombramientos totalmente nuevos. Si afilian a nuevos asociados se debe cumplir con los términos y

condiciones establecidos en el artículo 17 de la Ley de Asociaciones. III Mantener la nota de advertencia administrativa como medida precautoria sobre el asiento de inscripción registral de la Asociación Administrativa del Acueducto y Alcantarillado de Esterillos de Puntarenas, titular de la cédula jurídica número: 3002-221114; la cual deberá sostenerse hasta que se cumpla con la convocatoria y asamblea señalada en el punto anterior, o el asunto sea resuelto definitivamente en la sede jurisdicciónal. Se advierte a los interesados en el presente asunto, que en caso de inconformidad con lo resuelto, pueden ejercer el recurso de apelación a que tienen derecho, dentro de los cinco días hábiles siguientes del día de la notificación de la presente resolución, de conformidad con lo preceptuado pro el artículo 100 del Reglamento del Registro Público, por los artículos 25 y 26 de la Ley de Procedimientos de Observancia de los Derechos de propiedad intelectual número Ocho mil treinta y nueve del veintisiete de octubre del dos mil y con los artículos 2 y 19 del Reglamento Operativo del Tribunal Registral Administrativo (Decreto número Treinta y cinco mil cuatrocientos cincuenta y seis-j del treinta y uno de agosto del dos mil nueve). Sirvase señor Manuel Antonio de Jesús Mora Solano, en su calidad de presidente inscrito pasar al Departamento de Asesoría Jurídica de este Registro y retirar personalmente o mediante persona autorizada los respectivos libros de actas del órgano directivo, de actas de asamblea generales y del Registro de asociados. ( ver resolución RPJ-059-2015 ). CUARTO: Que en fecha de 22 de abril de 2016, se efectúo una reunión con la Junta Directiva de la ASADA de Esterillos, el Lic. Ronald Bejarano de la Auditoria Interna de AyA, el Lic. Allen López de la Asesoría Legal del AyA, con el fin de dar seguimiento a dicha resolución del Registro de Asociaciones, siendo que la Asesoría Legal del AyA ha recomendado un cronograma de actividades parciales tendientes a ir preparando la Asamblea General ordinaria y extraordinaria que ordena el registro de Asociaciones, y que a continuación se detallan: Primero: Proceso de afiliación, Segundo: Revisión en conjunto (ASADA y AyA) del proceso de afiliación entre ambas Juntas (inscrita y electa), personal de la Oficina Regional de atención de ASADAS y la Asesoría Legal de AyA, Tercero: Procedimiento para llenar los libros (afiliados) tan pronto la ASADA los retire del Registro, Cuarto: Revisión de estatutos para convocatoria a Asamblea General ordinaria y extraordinaria, con el fin de aprobar o no los informes anuales de Junta Directiva y físcalía, además para ratificar los nombramientos realizados el 24 de octubre de 2015, correspondientes a Junta Directiva y fiscal, o caso contrario hacer nuevos nombramientos. Todo lo anterior supeditado a que se soliciten los libros de la Asociación por parte del señor Manuel Antonio de Jesús Mora Solano, tal como lo indicó la resolución supra citada. QUINTO: Que en fecha de 29 de abril de 2016, se efectúo una reunión con la Junta Directiva de la ASADA de Esterillos, miembros de las Alcaldías de Garabito, y Parrita, así como la ORAC de la Región Pacífico Central y el Director Jurídico de AyA, dentro de los cuales se tomaron los siguientes acuerdos:1- La conformación de una Comisión formada entre el AyA y miembros de la Junta Directiva de la ASADA de Esterillos Este para ejecutar reuniones semanales, 2-La Junta Directiva se va a dedicar exclusivamente a temas relacionados con la prestación y continuidad del servicio, en cuanto a garantizar los derechos fundamentales a la salud de los

usuarios actuales. Los temas de disponibilidades y nuevos servicios la Junta Directiva no los va a conocer y analizar hasta que se tenga personería jurídica, 3-De la cuenta bancaria de la Asociación no se van a realizar retiros hasta que se cuente con personería jurídica, 4- El presidente se comprometió a solicitar los libros de la Asociación al Tribunal Registral Administrativo a fin de poder cumplir con lo ordenado por el Registro de Asociaciones, 5- En cuanto al personal administrativo y técnico de la ASADA, no se van a tomar ningún tipo de acciones, hasta tanto no se cuente con personería jurídica, 6- Realizar una reunión semanal entre la comisión formada por AyA y la Asociación de Esterillos a fin de llevar a cabo las acciones tendientes a cumplir con lo que determinó el Registro de Asociaciones mediante la resolución número: RPJ-059-2015. SEXTO: Que según el cronograma acordado,citado se efectuaron reuniones semanales, entre la ASADA y el AyA a fin de darle seguimiento a los temas, principalmente en cuanto a la afiliación de miembros para la Asamblea ordenada por el Registro. Con la notable ausencia del señor Manuel Mora presidente de la ASADA. SEPTIMO: Que se gestionó por parte del AyA, así como el vicepresidente de la Junta Directiva de la ASADA de Esterillos, el retiro de libros ante el Registro y Tribunal Registral Administrativo, con resultados negativos, ya que únicamente el Presidente esta autorizado a retirarlos y no ha existido anuencia de su parte para dicha gestión, situación que se mantiene a la fecha de hoy. OCTAVO: Que la Gerencia General del AyA presentó oficios dirigidos al Banco Nacional sucursal de Parrita, para impedir que se retiren fondos de la ASADA hasta tanto no se cuente con personería Jurídica, así como a las Municipalidades de Parrita y Garabito para que no se tramiten documentos de disponibilidades hasta que la ASADA tenga personería Jurídica vigente. NOVENO: Que el señor Manuel Mora Presidente último Presidente inscrito de la ASADA de Esterillos de Parrita, en fecha de 07 de Julio de 2016, suscribe al AyA, los oficios número: 115-2016-S, IJI-009, JDI-008-2016, y IJI-006-2016, firmados por el señor Manuel Mora, en donde comunica al Director Jurídico, así como a otros funcionarios del AyA y la ASADA de Esterillos que no reconocen lo acordado y recomendado por el Lic. Rodolfo Lizano Director Jurídico del AyA, y que le solicita al Tribunal Registral Administrativo que no se autorice el acceso al expediente a personas que no se encuentren involucradas en dicho trámite. Así también, gestionó carta de despido contra la Administradora del Acueducto. Dichos oficios fueron contestados a traves del oficio número: PRE-DJ-2016-03124. DÉCIMO : Que el señor Manuel Mora Presidente de la ASADA de Esterillos de Parrita, interpone proceso de Contencioso Administrativo bajo el expediente número: 16-007507-1027-CA, así como denuncia Penal en contra del AyA. DÉCIMO PRIMERO: Que se recibe correo de fecha 08 de setiembre de 2016, en el

cual nos comunican que aparentemente el señor Manuel Mora retira en las oficinas de la ASADA documentación relacionada con disponibilidades, sin permitir que se tramite administrativamente en la oficina, y se niega firmar su retiro, aparentemente apoderandose de dicha documentación. Así tambien aparentemente aprobó de manera personal sin ningún respaldo técnico disponibilidades para un hotel y condominios (aproximadamente 400). En virtud de lo anterior se procede inmediatamente a presentar copia de los oficios suscritos por la Gerencia General del AyA ante la Municipalidad de Parrita y Garabito, al Departamento de Urbanizaciones del INVU. DÉCIMO SEGUNDO: Que en la Auditoria interna del AyA en fecha de 19-04-2016 mediante el oficio número: AU-2016-271 determinó lo siguiente: Analizando las consecuencias que se derivan d ese acto y conociendo las posiciones encontradas de los miembros de la Junta Directiva tanto la electa el 24 de octubre del 2015 como la inscrita, se presenta un clima conflictivo que atenta contra el funcionamiento normal del sistema de acueducto que abastece a unos 1500 servicios los cuales podrían verse perjudicados al no poder la ASADA hacer uso de los recursos económicos para enfrentar las necesidades entiéndase compra de insumos, pago de servicio eléctrico para el funcionamiento de los sistemas de bombeo, pago de planilla y proveedores, etc. Con el agravante, de no haber calidad en cuanto a quienes deben tomar las decisiones fundamentales para la adecuada marcha de la ASADA. Por otra parte la ASADA tiene en sus cuentas bancarias la suma de aproximadamente 100,00 millones y un inventario de más de 32 millones e ingresos por el orden de 15 millones mensuales y 12 millones en gastos según estados financieros de febrero del 2016. Recursos que de no administrarse de forma eficiente y transparente, durante el período de transición que transcurra hasta que se lleve a cabo la nueva asamblea general del 2015, podría generar incertidumbre sobre la administración de esos recursos. Además, se ha adoptado la medida de desautorizar ante el Banco Nacional al señor Israel Araya Sánchez, vicepresidente inscrito y actual presidente de la ASADA, aunado a ésto, la incertidumbre del personal administrativo y operativo de ser objeto de despidos injustificados, además de un proceso de deterioro estructural que podría generar el debilitamiento integral de la organización, son aspectos que preocupan a esta Auditoría Interna DÉCIMO TERCERO: Que en fecha de 26-08-2016, la Auditoria interna del AyA mediante el oficio número: AU-2016-468, dispuso lo siguiente: De conformidad con lo expuesto y en apego a las facultades que le confiere a la Auditoría Interna el inciso

d) del artículo 22 de la Ley General de Control Interno, se advierte a la administración activa de la urgencia de tomar acciones concretas en aras de garantizar la continuidad y calidad del servicio de agua potable para las comunidades que abastece el sistema de acueducto, estabilidad laboral del personal tanto administrativo como operativo, integridad y custodio de la información financiera contable, recursos económicos que ascienden, según estado financiero de mayo del 2016 a 120,0 millones en efectivo en el Banco Nacional de Costa Rica, más 30,0 millones en inventario. Esta Auditoria Interna insiste en la urgencia dado que no se cuenta con las condiciones idóneas para cumplir con lo resuelto por el Registro de Personas Jurídicas, resolución RPJ-059-2015 de 08 de abril del 2016, de asumir temporalmente la administración de la ASADA de Esterillos de Parrita de Puntarenas, con el fin de asegurar y establecer las medidas de control que permitan constituir mediante asamblea general extraordinaria la ratificación de la Junta Directiva. DECIMO CUARTO: La Gerencia General del AyA mediante el acuerdo GG-2016-392 dispuso en su por tanto lo siguiente: Ordenar a la Administración Superior (Gerencia General Subgerencia de Sistemas Delegados) intervenir integralmente la ASADA de Esterillos de Parrita cédula jurídica número: 3-002-221114, hasta que se logre nombrar nueva Junta Directiva y obtener su nueva personería jurídica DECIMO QUINTO: Que los memorandos de fecha 20 de diciembre de 2016 número: Sub-GSD-2016-01631 de la Subgerencia Gestión de Sistemas Delegados y UEN- GAR-2016-03463 UEN Gestión de Acueductos Rurales, dispusieron lo siguiente: El período de intervención inició el día 19 de setiembre del año en curso, encontrándose a la fecha la ASADA intervenida por el AyA. Durante este tiempo, se ha logrado detectar una serie de falencias en la administración de la presente ASADA, lo cual a criterio de esta Dirección de Fortalecimiento de ASADAS, hace de imperiosa necesidad que la institución asuma este acueducto, por las siguientes razones: 1- La ASADA no se encuentra nombrada legalmente ya que carece de personería Jurídica. Desde el mes de octubre del año 2015, la ASADA se encuentra acéfala, toda vez que el nombramiento de la nueva Junta Directiva fue impugnado ante el Registro de Personas Jurídicas. Este Registro, no es sino, hasta el mes de abril 2016 que resuelve dicha impugnación, señalando una serie de aspectos necesarios que se deben cumplir con el fin de resolver la situación de la Junta Directiva saliente y la Junta Directiva electa, tales como el retiro de los libros, realizar un proceso de afiliación, llevar a cabo una convocatoria a Asamblea General

Ordinaria y efectuar dicha Asamblea. De abril a la fecha, no ha sido posible retirar los libros del Registro de Asociaciones, labor que debió realizar el Presidente de la Junta Directiva inscrita, el Sr. Manuel Mora, tal y como consta en el Memorando de la Auditoria No. AU-2016-468. La Dirección Jurídica ha intentado realizar dicho trámite, ante la negativa del Sr. Mora, sin embargo, no se ha tenido una solución satisfactoria, lo cual no permite conocer una fecha pronta y cierta donde se pueda solucionar este hecho necesario para continuar con la solución de la legalidad de la ASADA. Conocedores de lo ordenado por el Tribunal, se procedió a realizar en el mes de julio 2016, el proceso de afiliación los más de 1600 usuarios del servicio brindado por la ASADA de Esterillos. El mismo ser realizó, mediante una invitación personalizada casa por casa, entregándose los formularios de afiliación así explicando este proceso. Para sorpresa de esta Dirección, una vez realizada esta labor, únicamente se recibieron 07 boletas de afiliación, dicha situación demuestra el desinterés de la comunidad, así como el poco conocimiento que tienen sobre la prestación del servicio. Se tiene claro la orden de convocar y realizar una Asamblea Ordinaria, no obstante, nos encontramos ante una imposibilidad material, ya que es necesario contar con los respectivos libros, y hasta el tanto no se cuente con ellos, no podemos realizar tal acto. Adicionalmente a lo anterior, es menester indicar, el conflicto de poder que se da entre la Junta Directiva saliente y la Junta Directiva electa, lo cual ha entorpecido este proceso al presentarse una serie de denuncias y querellas ante los órganos jurisdiccionales, así como otro tipo conflictos entre ellas. Ante esta situación, es evidente, lo difícil que será no solo el nombramiento de una nueva Junta Directiva sino el trabajo y administración de la ASADA una vez que se logre consolidar dicha Junta. 2- Manejo de Fondos: Ante la situación de ilegalidad de la Junta Directiva de la ASADA de Esterillos, la Gerencia General de AyA, mediante el oficio GG-2016-01213 de 1 de junio 2016, le solicita al Gerente General de la Sucursal del Banco Nacional de Parrita, no autorizar el giro de dineros de la cuenta cuyo monto al mes de setiembre asciende a 128,756,545,22, dicha acción impide a los usuarios hacer los pagos de servicios de agua por medio de conectividad con el Banco Nacional, debiendo realizarse éstos únicamente en la Oficina de la ASADA y en efectivo, situación que ha creado gran malestar entre los usuarios ya que muchos no residen en la zona y deben desplazarse a la Oficina de Esterillos Oeste. Esta situación ha permitido a la ASADA manejar los dineros provenientes de pago de servicios para hacerle frente a los gastos propios de la administración y operación, como pagos de salarios del personal, cargas sociales, pólizas, pagos por servicios y pago a proveedores entre otros, los cuales no son suficientes para una ASADA de más de 1600 abonados. Se tiene que a la fecha del 14 de diciembre de 2016, la ASADA contaba con un monto de 24,185,557,20. Además, la custodia de dichos dineros no cuenta con un resguardo adecuado y se realiza en las propias oficinas de la ASADA, lo que provoca un alto riesgo a la seguridad de los empleados de la ASADA. Por otra parte, se verificó la existencia de los estados financieros conciliados a setiembre, sin embargo, dicha situación se esta dificultando ya que el Banco Nacional no esta entregando los estados de cuenta haciendo imposible al contador de la ASADA realizar la conciliaciones bancarias y verificar si se han hecho depósitos a la cuenta. Esta situación no permite que se lleven a cabo los estados financieros conciliados y por ende se genera una incertidumbre sobre el estado financiero de la ASADA. 3- Calidad del Agua: Durante este tiempo de intervención,

se logró identificar una serie de deficiencias en la calidad del servicio de agua potable que se brinda a los usuarios de la ASADA de Esterillos, ya que no se está clorando el agua, sobre este aspecto el Ministerio de Salud en informe del 27 de setiembre 2016, informa a la ASADA que en análisis realizados no se determina cloro residual en al red, además, no se está cumpliendo con el Reglamento de Calidad Agua Potable, no se hacen estudios de laboratorio N1,N2,N3 y N4. De igual form, se indica que se tienen problemas en la naciente Pollo Macho y en la red del sector de Quebrada Amarilla, ya que la turbiedad es mayor a los valores permitidos. Es necesario que las estructuras donde se encuentran los filtros, cuenten con electrificación ya que el sistema actual de energía solar no cumple con la demanda del sistema, por lo que no se filtra el agua que viene de los pozos, estando uno de ellos afectado con hierro. Se determinó que los sectores de Quebrada Amarilla y Playa Hermosa, presentan serios problemas de almacenamiento, ya que solo se cuenta con un tanque de 100 m3 en Quebrada Amarilla. Urge realizar inversiones para solventar esta deficiencia. 4- Solicitudes de Disponibilidades de Servicio: Se comprobó la existencia de una gran cantidad de expedientes y documentos correspondientes a solicitudes de disponibilidades de agua, tanto de viviendas unifamiliares como de desarrollos urbanísticos; además, se tienen convenios y contratos firmados firmados por la ASADA con desarrolladores años atrás y de los cuales no se sabe cuáles se encuentran vigentes, o si por el contrario existe una situación que haga que dichos convenios al día de hoy no sean válidos. Si bien es cierto, la Dirección Jurídica se encuentra en análisis de estos, la gran cantidad de documentos hace imposible tener una respuesta pronta y clara sobre la totalidad, esto por la complejidad y análisis minucioso que se debe realizar. Hay que tomar en cuenta que muchas de estas disponibilidades carecen de los respectivos estudios técnicos, lo cual pone en riesgo la operatividad de la ASADA así como la prestación del servicio a los demás usuarios. Expuestos los anteriores puntos, es claro y evidente la situación irregular que vive la ASADA de Esterillos, la cual en vez de ver una solución próxima, más bien, se vislumbra un panorama futuro complejo y de confrontación, el cual bajo la estructura actual de la ASADA no es posible de afrontar, por lo tanto, es imperativo que se asuma el acueducto. ( ver oficio: UEN- GAR-2016-03463) CONSIDERANDO PRIMERO: El Estado ha delegado parte de sus competencias en forma exclusiva al Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados, estas competencia se refieren a la administración, operación, mantenimiento y desarrollo de los sistemas de acueductos y alcantarillados en todo el país, lo que nos lleva a concluir que este servicio está nacionalizado. Lo anterior encuentra fundamento en que estos servicios son servicios públicos esenciales (véase el dictamen C-373-03 de 23 de noviembre del 2003 y múltiples votos de la Sala Constitucional que establecen el acceso al agua potable como derecho fundamental), lo que significa que el AyA, las Municipalidades y empresa autorizadas por ley son los únicos que tienen competencia para la prestación directa de servicios públicos o aquellas entidades privadas con quienes el AyA ha delegado su prestación (prestación indirecta de servicios públicos).

SEGUNDO: En aras de tutelar principios fundamentales establecidos por la Carta Magna, a decir: la vida, la salud y la prestación del servicio de agua potable; por lo que al configurarse en dicha comunidad una verdadera situación de grave riesgo en virtud de existir una comprobada ausencia de personaría Jurídica, mal manejo de los fondos públicos, deficiencia en la calidad del agua e inadecuado cumplimiento de los procedimientos para el otorgamiento de las disponibilidades de servicios, esto se concluyó en oficio de la Subgerencia de Sistemas Comunales número: UEN- GAR-2016-03463, además se indica textualmente que: Expuestos los anteriores puntos, es claro y evidente la situación irregular que vive la ASADA de Esterillos, la cual en vez de ver una solución próxima, más bien, se vislumbra un panorama futuro complejo y de confrontación, el cual bajo la estructura actual de la ASADA no es posible de afrontar, por lo tanto, es imperativo que se asuma el acueducto. TERCERO: Esta Junta Directiva acoge la recomendación de la Subgerencia de Sistemas Delegados emita en los oficios N. UEN-GAR-2016-03463, de fecha 21 de diciembre del 2016, el Lic. Jorge García Carballo y el SUB-GSD-2016-01631 de la Licda Cecilia Martínez para que el AyA asuma la prestación directa de los sistemas de acueducto en la Comunidad de Esterillos de Parrita. POR TANTO De conformidad con las facultades conferidas por los artículos 21 y 50 de la Constitución Política; 1, 2, 264, 268, de la Ley General de Salud; artículos 17, 33 y concordantes de la Ley de Aguas Nº 276 del 27 de agosto de 1942, Ley General de Aguas Nº 1634 del 18 de setiembre de 1953; artículos 1, 2, 3, 4, 18, 21, 23 y 26 de la Ley Constitutiva del Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados, Artículos 4 incisos 1), 2) y 3), 21 inciso 10) del Reglamento de la Asociaciones Administradoras de los Sistemas de Acueductos y Alcantarillados Comunales (ASADAS), el Informe Técnico remitido mediante los oficios Sub-GSD-2016-01631 de la Subgerencia Gestión de Sistemas Delegados y UEN-GAR-2016-03463 UEN Gestión de Acueductos Rurales, se ACUERDA: PRIMERO: Aceptar la recomendación de la Subgerencia de Gestión de Sistemas Comunales, contenida en los informes No. Sub-GSD-2016-01631, de fecha 20 de diciembre del 2016, y UEN-GAR-2016-03463 de la misma fecha, por lo que se aprueba asumir de pleno derecho, a través de la Subgerencia de Sistemas Periféricos, el sistema de Acueducto y Alcantarillado Sanitario de la comunidad de Esterillos de Parrita, a partir de la notificación del presente acuerdo, y por consiguiente se asume de pleno derecho la administración, operación y mantenimiento y desarrollo de los sistemas de acueductos y alcantarillados comunales de Esterillos de Parrita. SEGUNDO: Proceda la Subgerencia de Gestión de Sistemas Periféricos, a solicitar el registro del recurso hídrico ante el MINAE. Así mismo y en coordinación con la Gerencia General y con las áreas encargadas de las actividades requeridas,

proceda a presupuestar los recursos económicos para la operación, mantenimiento y mejoras necesarias a los sistema y los recursos humanos y activos requeridos, para la adecuada prestación del servicio, teniéndose como parte integral de este acuerdo el informe N UEN-GAR-2016-03463 de la Subgerencia de Gestión de Sistemas Comunales, donde se establecen los requerimientos para la operación, mantenimiento y mejoras de los sistemas de Esterillos de Parrita, todo dentro de los lineamientos de planificación estratégica y presupuestaria, aprobados por la Administración Superior. TERCERO: Proceda el Departamento de Topografía a elaborar los levantamientos topográficos de todos los lotes de tanques, pozos y oficina, donde se encuentre infraestructura necesaria para la prestación de los servicios de acueducto y alcantarillado; así como los planos catastrados de servidumbres referenciados con la respectiva propiedad, y en su oportunidad el Departamento de Expropiaciones deberá realizar las diligencias para inscribirlas en el Registro Nacional. Una vez inscritos esto debe comunicarse a la Dirección de Finanzas adjuntando copia de estos documentos. CUARTO: En cuanto al traspaso de bienes muebles e inmuebles nos atenemos a lo señalado en el artículo vigésimo primero de los Estatutos del Acta Constitutiva de la ASADA, el cual establece:... Al extinguirse la Asociación sus bienes se traspasarán al Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados... Entendiéndose que todos los bienes de la asociación son públicos de conformidad con el Reglamento de las Asociaciones Administradoras de Sistemas de Acueductos y Alcantarillados Comunales, Decreto Ejecutivo No. 32529-S-MINAE, publicado en La Gaceta No. 150 del 05 de Agosto del 2005, el cual establece en el artículo 1) inciso 28 que: Patrimonio: Todos los bienes muebles e inmuebles utilizados por las ASADAS en la administración, operación, mantenimiento y desarrollo de los sistemas de acueductos y alcantarillados que para todos los efectos se consideran de dominio público, tal como lo señala el Reglamento Sectorial para la Recaudación de los Servicios de Acueducto y Alcantarillado Sanitario, Decreto Ejecutivo No. 30413-MP- MINAE-S-SINAC. QUINTO: Ordenar al Área de Comunicación se sirva brindar colaboración a la Subgerencia de Gestión de Sistemas Periféricos, para elaborar material didáctico alusivo al uso racional del agua potable, la medición, pago oportuno de la facturación y los beneficios de los servicios que brinda el AyA a favor de las comunidades ubicadas en Esterillos de Parrita. SEXTO: Se instruye a la Administración Superior para que en coordinación con la Subgerencia de Gestión de Sistemas Periféricos, realicen las modificaciones presupuestarias que requiera, e incluir en el presupuesto ordinario y extraordinario las inversiones necesarias para la correcta gestión del sistema, para normalizar el suministro de agua potable; así como la realización de los censos respectivos a fin de incorporar de oficio y de forma inmediata a todos los actuales abonados de dichos sistemas en nuestra cartera de clientes; y la realización de todos aquellos trámites propios de la gestión comercial. Se deberá además realizar un proceso de

concientización del uso y racionalización del agua, por lo que se coordinarán campañas de sensibilización que incluya lecturas educativas antes de realizar la primera facturación, para culminar el periodo de transición de la administración de los sistemas de acueductos y alcantarillados comunales a la administración directa del Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados. SÉPTIMO: Se instruye a la Administración Superior para que, en coordinación con la ORAC Región Pacífico Central y la Subgerencia de Gestión de Sistemas Periféricos, realicen el inventario de todos los bienes asumidos y gestionar su registro contable ante la Dirección de Finanzas en un plazo máximo de seis (6) meses a partir de la fecha del presente acuerdo de Junta Directiva. Para ello deberán remitir la información pertinente en apego a lo requerido por esa Dirección y en fiel cumplimiento del punto seis (6) del Procedimiento para Asumir Sistemas de Acueductos y Alcantarillados por el AyA y su Registro Contable. OCTAVO: Siendo que la Asociación Administradora del Acueducto y Alcantarillado Sanitario de Esterillos de Parrita, cédula jurídica número TRES CERO CERO DOS DOSCIENTOS VEINTIUN MIL CIENTO CATORCE; no cuenta con personería jurídica vigente, se tiene por rescindido el convenio de delegación. NOVENO: Se instruye a la Administración Superior para que, en coordinación con la Dirección Jurídica, inicien los trámites correspondientes, para la liquidación de los bienes de la ASADA a favor del AyA, debido a que la personería jurídica de la asociación se encuentra vencida desde el 31 de octubre del 2015. DÉCIMO: Comuníquese y notifíquese a todos los usuarios, de la anterior decisión, por medio de la correspondiente publicación en el diario oficial La Gaceta y aviso en carta circular que remitirá la Subgerencia de Gestión de Sistemas Periféricos, con el apoyo de la Dirección de Comunicación Social. NOTIFÍQUESE ACUERDO FIRME Licda. Karen Naranjo Ruiz Junta Directiva 1 vez. O. C. N 6000002134. ( IN2017102977 ).