Práctica Procesal Laboral. Lectura No. 12: Proceso del trabajo

Documentos relacionados
En el derecho procesal, la palabra "rematar" tiene dos significados:

Práctica Procesal Laboral

Práctica Procesal Laboral. Sesión No. 4: Jurisdicción y Competencia del derecho del trabajo

Práctica Procesal Laboral. Sesión No. 1: Principios del derecho procesal laboral

Sesión No.11. Objetivo de la sesión: Contextualización. Nombre: Procedimiento administrativo de ejecución. BASES FISCALES

Práctica Procesal Civil

Práctica Procesal Laboral

Contratos Laborales en Derecho del Trabajo. Sesión 12: Procedimientos

Práctica Procesal Laboral

5. PROCEDIMIENTO DE HUELGA Y PROCEDIMIENTO DE EJECUCIÓN 5.1. Jurisdicción.

INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL INFORMACIÓN SOBRE REMATES DE BIENES EMBARGADOS

Práctica Procesal Laboral

Práctica Procesal Laboral

PRIMER CONGRESO ESTATAL DE JUECES PONENCIA: REMATE DE BIENES INMUEBLES EN JUICIOS MERCANTILES, EL MOMENTO CORRECTO PARA SU VERIFICACION.

CONTRATOS LABORALES EN DERECHO DEL TRABAJO

TEMA I. Nociones generales

H. TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL ESTADO DE PUEBLA JUZGADO DECIMO PRIMERO ESPECIALIZADO EN ASUNTOS FINANCIEROS DILIGENCIARIO PAR

Práctica Procesal Laboral

Práctica Procesal Laboral

CONDICIONES PARTICULARES DE LA SUBASTA PÚBLICA:

CONDICION ES PÚBLICA: PARTICULARES DE LA SUBASTA

Principios.- La OABI respetará los principios generales, establecidos en la Ley de Contratación del Estado y su Reglamento.

Práctica Procesal Laboral

ARTICULO 45. FACTORES DE LIQUIDACION. Los factores para liquidar las cesantías de los empleados y trabajadores del SENA son los siguientes:

Guía de Subastas y Remates. Subasta (vehículos de transporte terrestre o fluvial)

Práctica procesal laboral

H. TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL ESTADO DE PUEBLA DILIGENCIARIO NON

República de Panamá Superintendencia de Bancos

PODER JUDICIAL DEL ESTADO SUPREMO TRIBUNAL DE JUSTICIA TERCERA SALA SENTENCIAS QUE CAUSARON ESTADO

INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL DELEGACIÓN ESTATAL EN TABASCO JEFATURA DE SERVICIOS ADMINISTRATIVOS

La Etapa de demanda y excepciones se desarrolla conforme al siguiente procedimiento:

EDICTO. -Con un valor de tasación a efectos de subasta de ,00 euros.

LICITACIÓN PÚBLICA N 001/2011 VENTA DE VEHÍCULOS PATRIMONIO DE LA AUDITORÍA SUPERIOR DEL ESTADO DE JALISCO

Area Académica:LICENCIATURA DERECHO. Profesor: LIC. MARIA HERNANDEZ HERNANDEZ

EDICTO. D. Dña.SANTIAGO BARRERA LORENTE SECRETARIO DEL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA Nº 6 DE COLMENAR VIEJO HACE SABER:

Unidad 23. Procedimientos de conflictos colectivos de la naturaleza económica

III. Administración del Estado

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA NUMERO 3 DE CADIZ

CONSEJO DE LA JUDICATURA PROTOCOLO PARA APLICACIÓN DEL PROCESO DE REMATES JUDICIALES EN LÍNEA

MIERCOLES 24 DE AGOSTO DEL

III. Administración del Estado

PROYECTO ESPECIAL HUALLAGA CENTRAL Y BAJO MAYO

Práctica Procesal Civil

SUBASTA PÚBLICA DE VEHÍCULOS 001/2012 AUDITORÍA SUPERIOR DEL ESTADO DE JALISCO


MARICELA GOMEZ CORTINA. DOY FE.- ARR/L JMT/kmvc*

B A S E S : El domicilio de la CONVOCANTE es Ramón López Velarde número 134, de la Tenencia de Santa María de Guido, de Morelia, Michoacán.

III. Administración del Estado

ANEXO III ORGANIZACIONES ADJUDICATARIAS CAPÍTULO I SUSCRIPCIÓN DE CONVENIOS DE EJECUCIÓN

III. Administración del Estado

JUZGADO MERCANTIL Nº 1 DE GIRONA PROCEDIMIENTO CONCURSAL Nº 73/2014

SISTEMA DE JUSTICIA EN LÍNEA Y JUICIO EN LÍNEA

Contratos Laborales en Derecho del Trabajo. SESIÓN #10 Derecho Procesal del Trabajo.

SUBASTA PÚBLICA DE VEHÍCULOS 009/2014 AUDITORÍA SUPERIOR DEL ESTADO DE JALISCO. Pág. 1

SEGURIDAD SOCIAL MATERIAL DIDACTICO

CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS Títulos, preceptos y/o Epígrafes Subtema 1:

SUBASTA PÚBLICA DE VEHÍCULOS 002/2012 AUDITORÍA SUPERIOR DEL ESTADO DE JALISCO

Página 1 de 8 3. CARACTERES DE SU REGULACIÓN LEGAL. DIFERENCIAS CON LA REGULACIÓN ANTERIOR A LA LEY DE ENJUICIAMIENTO CIVIL 1/2000

GAD MUNICIPAL DEL CANTÓN DURÁN PROV. DEL GUAYAS ECUADOR SECRETARÍA MUNICIPAL

CIRCULAR 25/2008. México, D.F., a 9 de junio de A LAS INSTITUCIONES DE CRÉDITO:

SECRETARÍA DE COMUNICACIONES Y TRANSPORTES SUBSECRETARÍA DE INFRAESTRUCTURA DIRECCIÓN GENERAL DE DESARROLLO CARRETERO

Programa Especial de Subsidio Crédito y Operación Hipotecaria Noviembre 2011

REPÚBLICA DE PANAMÁ MINISTERIO DE SALUD. DECRETO EJECUTIVO No. 89. (De 22 de marzo de 2007)

HONORABLE ASAMBLEA: I.- ANTECEDENTES:

BASES PARA LA SUBASTA DE BIENES DE PROPIEDAD DEL BANCO DEL PACIFICO S.A.

XDO.1A.INST.E INSTRUCCION N.1 DE VILAGARCIA DE AROUSA

Práctica Procesal Civil

BASES ADMINISTRATIVAS PARA SUBASTA RESTRINGIDA

DERECHO DEL TRABAJO II UNIDAD 15 AUTORIDADES LABORALES. Fichas Bibliográficas de los documentos

EDICTO SUBASTA JUDICIAL Dª MARIA ALZIRA ABAD ROLLAND, SECRETARIA JUDICIAL DE JDO. PRIMERA INSTANCIA N.2 DE IBIZA/EIVISSA, HAGO SABER:

REFORMA LABORAL DESPIDO Y TERMINACIÓN

Jefatura Administrativa- Financiera. Departamento de Proveeduría. Cartel para Contratación mediante Remate. REMATE CONACOOP No.

CONVOCATORIA BASES. SEGUNDA. REQUISITOS. Los interesados deberán cubrir los siguientes requisitos:

E D I C T O. D. FRANCISCO JAVIER MARTINEZ ZANDUNDO, Secretario Judicial de JDO.1A.INST.E INSTRUCCION N.2 de HUESCA,

Unidad 30. Procedimientos paraprocesales o voluntarios

Derecho colectivo y procesal del trabajo

E D I C T O. Dª MARIA ROSA PEREZ SUSAVILA, Secretario/a judicial de la Oficina de Subastas,

EN RELACIÓN A VEHÍCULOS QUE CAUSARON BAJA DE LOS ACTIVOS DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEL ESTADO DE

a. Que las circunstancias por las que se otorgó su registro de empresas certificadas apartados A, L o Socio Comercial

FORMULARIOS LABORALES

Reglas Condonación de contribuciones, multas y recargos de créditos fiscales.

JUZGADO MERCANTIL Nº 7 DE BARCELONA PROCEDIMIENTO CONCURSAL Nº 301/2016

CONFLICTOS LABORALES

REGLAMENTO DE ARANCELES CENTRO DE CONCILIACIÓN Y ARBITRAJE DE LA CÁMARA NACIONAL DE COMERCIO DE BOLIVIA

Número 246 / Martes 23 de Diciembre de 2014 Página 81 JUZGADO.DE 1ª INSTANCIA E INSTRUCCIÓN - 1. DE LOGROSáN

CONSEJOS BÁSICOS PARA EL PAGO DEL AGUINALDO

DERECHO FINANCIERO Y TRIBUTARIO (I) Lección 13: LA RECAUDACIÓN TRIBUTARIA

Boletín núm. P051 Ciudad de México, a 15 de julio de 2016

Antecedentes. 2. La iniciativa mencionada cuenta con la exposición de motivos siguiente: Página 1 de 7

MUNICIPIO DE SAN PEDRO GARZA GARCÍA, NUEVO LEÓN

CONTRATOS LABORALES EN DERECHO DEL TRABAJO

CONDICIONES LABORALES EN DERECHO DEL TRABAJO

PODER LEGISLATIVO XXIII. LEY DE INGRESOS DEL MUNICIPIO DE VALLADOLID, YUCATÁN, PARA EL EJERCICIO FISCAL 2008 TÍTULO PRIMERO DISPOSICIONES GENERALES

PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARTICULARES

INTENDENCIA MUNICIPAL DE TACUAREMBO LICITACION ABREVIADA Nº 15/2009 PLIEGO DE CONDICIONES PARTICULARES

CIRCULAR INFORMATIVA No. 01/2010. PARA TODOS NUESTROS CLIENTES. NUEVO REGLAMENTO DEL CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN. Sumario.

Gobierno del Estado de Puebla

REGLAMENTO DE LA LEY DE VALUACIÓN PARA EL ESTADO DE TABASCO CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES

Reforma Tributaria en Aduanas IVV. PROCEDIMIENTOS - SANCIONES

REQUISITOS PARA LA SUSCRIPCIÓN DE CONTRATO. OFICINA DE APOYO A LA GESTIÓN INSTITUCIONAL Unidad de Atención al Usuario OBJETIVOS

Transcripción:

Práctica Procesal Laboral Lectura No. 12: Proceso del trabajo

Contextualización Una vez concluido las diligencias de embargo se procederán generalmente al remate de los bienes, es decir a consecuencia del aseguramiento de bienes antes de fincarse el remate o declararse la adjudicación, podrá el demandado liberar los bienes embargados pagando de inmediato y en efectivo el importe de las cantidades estipuladas en el laudo y los gastos de ejecución.

Introducción Dicho remate suele realizarse normalmente a través de una subasta o almoneda, la cual es realizada por las Autoridades Laborales para hacer del conocimiento de la Sociedad en General que se encuentran a la venta determinados bienes embargados lo cuales serán adquiridos por el mejor postor. El estudiante identificará qué es un remate en materia laboral, así como los requisitos que deben contener la diligencia para que se lleve a cabo dicho remate.

Remates Qué son los remates en materia laboral? Tal y como lo señala el numeral 967 de la Ley Federal del Trabajo, concluidas las diligencias de embargo es que se procederá al remate de los bienes, bienes que podrán ser muebles o inmuebles. Previamente a este remate los bienes deben contener determinadas características si se tratare de bienes muebles, deberán efectuarse avalúos por la persona que designe el Presidente de la Junta, la cual determinará el monto que sirva de base para el remate, de igual forma el éste se anunciará en el boletín laboral o en los estrados de la Junta, o en su caso al palacio municipal o en la Oficina de Gobierno que designe el Presidente ejecutor.

Qué son los remates en materia laboral? Si los bienes fueran inmuebles, se tomará el avalúo del perito valuador legalmente autorizado designado por el Presidente de la Junta, así mismo deberá exhibirse el correspondiente Certificado de Libertad de Gravámenes, expedido por Registro Público de la Propiedad y del Comercio de 10 años anteriores a la fecha del señalamiento del remate. El proveído que ordene el remate se publicará por una sola vez en el boletín laboral o en los estrados de la junta y se fijará por única ocasión en la Tesorería de cada entidad federativa y en el periódico de mayor circulación del lugar donde se encuentren ubicados los bienes, convocando los postores.

Reglas sobre las cuales deberá llevarse a cabo el remate El remate se llevará acabo de conformidad a lo señalado en el numeral 971 de la Ley Federal del Trabajo, el cual establece los siguientes requisitos: 1. El día y hora señalados se llevará a cabo en el local de la Junta correspondiente. 2. El Presidente de la Junta, declarará abierto el remate. 3. El Presidente concederá un término de espera, que no podrá ser mayor de media hora, para recibir posturas. 4. El Presidente calificará las posturas, y concederá un minuto entre puja y puja. 5. El actor podrá concurrir a la almoneda como postor, presentando por escrito su postura, sin necesidad de cumplir el requisito a que se refiere el artículo 974 de la LFT relativo a la exhibición del importe de la postura. 6. El Presidente declarará fincado el remate a favor del mejor postor.

Procedimiento de huelga Así también nos refiere las siguientes reglas, indicándonos que el remate no podrá suspenderse, el Presidente de la Junta resolverá de inmediato las cuestiones que planteen las partes interesadas. En caso de no presentarse postores, podrá el actor que se le adjudiquen los bienes por el precio de su postura, o solicitar la celebración de nuevas almonedas con deducción de un 20 % en cada una de ellas, las almonedas subsecuentes se celebrarán dentro delos 30 días siguientes a la fecha de la anterior. El adjudicatario exhibirá dentro de los tres días siguientes, el importe total de su postura, apercibido de que de no hacerlo, la cantidad exhibida quedará en favor del actor

Conclusión Parte final de un proceso laboral en la cual derivado de un embargo de bienes del patrón es que éste se ve obligado a cumplir con un compromiso respecto de su trabajar o trabajadores, para hacer frente a sus acreedores principalmente originados por el incumplimiento de pago de salarios u otras prestaciones económicas y a las cuales el trabajador tuviera derecho, por así estipularse mediante resolución dictada por la Autoridad Laboral correspondiente.

Para aprender más Sabías Que? El remate Para es una parte aprender esencial del proceso más laboral que no es muy comúnen esta materia, ya que normalmente se llega a algún arreglo económicoentre las partes. Este acto se puede entender como las últimas consecuencias del proceso laboral, en donde, derivado de un embargo de bienes, el patrón puede estar en aptitud de hacer frente a diversos créditos pendientes con el trabajador, regularmente derivados de incumplimientos de pago de salarios, prestaciones y/o indemnizaciones a las que el trabajador tuviese derecho y que hubieran sido condenadas en el laudo pronunciado por la Junta de Conciliación y Arbitraje

Referencias Buen Lozano, N., & Morgado Valenzuela, E. (1997). Instrucciones de Derecho del Trabajo. México: Instituto de Investigaciones Jurídicas. García Gil, B. (s/f). Derecho Procesal Laboral. s/l: s/e. Guerra Ochoa, M. T. (s/f). Procedimiento en el Derecho Laboral. México: Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM. Tenak Suck, R., & Italo Morales, H. (1989). Derecho Procesal del Trabajo. s/l: Trillas. Vanegas López, E. A. (2007). Procedimiento laboral mexicano. México: Instituto Politécnico Nacional Dirección de Publicación.