RIESGO DE CRISIS EN LA PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES

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Transcripción:

RIESGO DE CRISIS EN LA PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES XI ENCUENTRO EUROAMERICANO RIESGO Y TRABAJO SALAMANCA 2011 Emilio González Vicente Coordinador de la Secretaría de Salud Laboral de UGT-CEC

UNA REALIDAD LABORAL EN ESPAÑA HOY: En España fallecen cada día 2 trabajadores como consecuencia de su trabajo, 15 sufren un accidente de trabajo grave y 3.666 tienen un accidente de trabajo leve en el transcurso de su actividad, igualmente, cada día son víctimas de una enfermedad profesional en España 58 personas

1994 UNA REFORMA LABORAL Fue adoptada de manera unilateral por el Gobierno No había contado con el consenso de los agentes sociales Generó tal conflictividad social que traería como consecuencia una gran huelga general. La reforma del decretazo

1994 UNA REFORMA LABORAL el contrato la jornada Los efectos de dicha reforma sobre las condiciones de trabajo, se plasmaron en: el horario el sistema de remuneración el sistema de trabajo de máximo rendimiento el régimen de trabajo a turnos

1994 UNA REFORMA LABORAL la incorporación precaria de jóvenes al mercado laboral Se caracterizaban aquellos años también por: falta de formación de amplios colectivos de trabajadores en PRL predominio de PYMES atomización empresarial una recién estrenada regulación de las ETT

La Reducción de la Siniestralidad, "REALIDAD O FICCIÓN"

A lo largo de estos años en que la siniestralidad está conviviendo con la crisis y con un modelo empresarial que ha optado por un feroz sistema de reestructuraciones, las estadísticas invitan a algunos a frotarse las manos pensando que la situación ya está controlada.

Pues bien, para la UGT, la preocupación no ha cesado, e incluso ha crecido por la cantidad de paralelismos que se dan en la actual situación con respecto a la que ya sufrimos a mediados de los 90. Hemos vivido una nueva huelga general, motivada de nuevo por la decisión del Gobierno de llevar a cabo una reforma laboral de manera unilateral, sin contar con los agentes sociales.

2010 OTRA REFORMA LABORAL Fue adoptada de manera unilateral por el Gobierno No había contado con el consenso de los agentes sociales Generó tal conflictividad social que traería como consecuencia una gran huelga general. Otro decretazo

2010 OTRA REFORMA LABORAL La temporalidad Las jornadas abusivas El futuro de las relaciones laborales vuelve a: La imposibilidad de conciliación de vida laboral y familiar El trabajo a turnos y nocturno La intensificación del ritmo de trabajo

2010 OTRA REFORMA LABORAL La reducción de los descansos La carencia de horarios claramente definidos El futuro de las relaciones laborales vuelve a: La falta de experiencia motivada por cambios continuos de puesto de trabajor El abaratamiento del despido Una organización del trabajo, que nos llevará de nuevo a la máxima precarización del mismo

Todo ello nos lleva a una gran preocupación porque algunos aprovechan la debilidad del mercado de trabajo para someter a los trabajadores/as a situaciones que para nosotros no son desconocidas, en las que, en ocasiones, se hace elegir al trabajador entre riesgo o contrato. Dicho de otro modo, la reforma laboral tiene una influencia directa y negativa sobre la salud y seguridad de los trabajadores y trabajadoras.

No terminaré esta primera parte de mi intervención sin recordar la que es otra de las grandes preocupaciones de la UGT, evitar que sigan silenciándose los riesgos psicosociales. Las medidas adoptadas por la reforma laboral por un lado y la creciente presión que sobre los trabajadores están ejerciendo empresarios y mutuas, son un perfecto caldo de cultivo para generar grandes cotas de violencia en los centros de trabajo. Consideramos imprescindible que la CNSST tome en consideración la propuesta sindical de crear un Grupo de Trabajo sobre riesgos psicosociales que estudie las mejores medidas a adoptar para evitar daños a la salud de los trabajadores y trabajadoras.

LEY 36/2011, de 10 de octubre, Reguladora de la Jurisdicción Social

REFLEXIONES SOBRE LA LEY 36/2011 (PRL) Esta ley hace más social a la Jurisdicción Social, al incluir en ella a todas aquellas materias que afectan de manera directa a trabajadores y trabajadoras por razón del contrato de trabajo. Nuestra petición de unificación de materias en el orden social, se basa en la consideración de que el orden social tiene una mayor agilidad en la tramitación procesal; y pretende evitar: las dilaciones en las resoluciones, los pronunciamientos contradictorios la parcelación en la protección jurídica, el peregrinaje por los distintos órdenes jurisdiccionales, los gastos innecesarios

REFLEXIONES SOBRE LA LEY 36/2011 (PRL) Por ello, consideramos especialmente interesante el Art.2 e) que atribuye al orden social: Las cuestiones litigiosas sobre el cumplimiento de las obligaciones en materia de prevención de riesgos laborales. Incluyendo las actuaciones de las Administraciones Públicas en esta materia respecto de todo su personal, sea funcionario, estatutario de los servicios de salud o laboral.

REFLEXIONES SOBRE LA LEY 36/2011 (PRL) Y el Art. 20.4: Los sindicatos estarán exentos de efectuar depósitos y consignaciones en todas sus actuaciones ante el orden social y gozarán del beneficio legal de justicia gratuita cuando ejerciten un interés colectivo en defensa de los trabajadores y beneficiarios de la seguridad social.

REFLEXIONES SOBRE LA LEY 36/2011 (PRL) Para UGT, la Ley de Jurisdicción Social supondrá un paso hacia adelante en la prevención de riesgos laborales, por ello hemos puesto nuestros esfuerzos en esta reforma legislativa, convencidos de que tendrá una gran repercusión en la mejora de las condiciones de trabajo y en la reducción de la siniestralidad laboral.

GRACIAS, POR SU ATENCIÓN. http://www.ugt.es/saludlaboral/