INFORME: INDICACIONES PROYECTO DE LEY QUE MODIFICA NORMAS DE JORNADA Y OTRAS DEL CONTRATO DE TRABAJADORES DE CASA PARTICULAR.

Documentos relacionados
FORO POR LOS DERECHOS DE LAS TRABAJADORAS DEL HOGAR

CONVENIO 189 OIT SOBRE TRABAJADORAS Y TRABAJADORES DOMÉSTICOS, 2011.

Temas Diversos. Día del MERCOSUR. Cartilla del Ciudadano del MERCOSUR Comisión de Representantes Permanentes del Mercosur

FORMULARIO PARA PRESENTAR PETICIONES SOBRE VIOLACIONES A LOS DERECHOS HUMANOS

CONVENIO MULTILATERAL IBEROAMERICANO DE SEGURIDAD SOCIAL CONVENIO MULTILATERAL IBEROAMERICANO DE SEGURIDAD SOCIAL

EL ÓRGANO EJECUTIVO DE LA REPÚBLICA DE EL SALVADOR,

TRABAJADORES/AS MIGRANTES EN CHILE

TRIGÉSIMO CUARTO PERÍODO ORDINARIO DE SESIONES 6 al 8 de junio de 2003 AG/doc. 4327/04 Quito, Ecuador 28 mayo 2004 Original: español

Embargado hasta el 24 de marzo de (31 de diciembre de 2008) 24 de marzo de 2009

CAPÍTULO II JORNADA DE TRABAJO

TRABAJADORES AGRÍCOLAS DE TEMPORADA

Calificación de Origen de Enfermedades

Código de Conducta de Banco Prodem S.A.

DIRECCIÓN DEL TRABAJO. María Cecilia Sánchez Toro Directora del Trabajo

LA FORMALIZACIÓN DEL TRABAJO DOMÉSTICO EN AMERICA LATINA

Coproducción Internacional en Chile. Secretaría Ejecutiva del Consejo del Arte y la Industria Audiovisual Junio 2013

bandera mapa moneda emblema capital escritor Argentina Argentina

Manual de Políticas Coordinación de Servicios Regionales Tabla de contenido Dirección Ejecutiva

Criterios para la Priorización de las EFS con mayores necesidades (Versión 25 mayo 2015)

Reforma Laboral: Nuevas reglas del juego para la Agroindustria

Dirección del Trabajo

MIGRACIÓN LABORAL EN CHILE Oportunidades y desafíos para el Trabajo Decente

"POLÍTICAS LABORALES Y BUENAS PRÁCTICAS EN LA GENERACIÓN DE TRABAJO DECENTE PARA LAS Y LOS TRABAJADORES DEL HOGAR: AVANCES Y DESAFIOS"

ESPECIFICACIONES TECNICAS

H. CONGRESO DEL ESTADO DE TABASCO DIP. YOLANDA RUEDA DE LA CRUZ 2016, Año del Nuevo Sistema de Justicia Penal

Portal de sentencias de Derechos Económicos, Sociales y Culturales

C I R C U L A R N 266/2007

PROGRAMA DE CERTIFICACIÓN DE CUMPLIMIENTO DE LAS RELACIONES LABORALES. REFERENCIAL IRAM Nº 9. Agosto 2013 Jornada de Trabajo. Audit Tax Advisory

N /SUNAT CONSIDERANDO:

NORMA QUE REGULA EL PROCEDIMIENTO PARA LA ADMINISTRACIÓN Y USO DE LA FIRMA ELECTRÓNICA

Proyecto de ley. El Senado y la Cámara de Diputados de la Nación Argentina, etc.,

Real Decreto 417/2015, de 29 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de las empresas de trabajo temporal

ADECUACIÓN DE REGLAMENTOS INTERNOS DE TRABAJO. V. Hurtado Muñoz

LEY Ley que adapta las normas laborales al rubro del turismo. 30 mayo Álvaro Cruz González

POLÍTICA DE RECURSOS HUMANOS

TEMA: 6 EL CONTRATO DE TRABAJO Y LA NEGOCIACIÓN COLECTIVA

COMPETENCIA DE LA DT.(2) COMPETENCIA DE LA DT. MISION DE LA DT. FUNCIONES DIRECCION DEL TRABAJO DIRECCION DEL TRABAJO FUNCIONES Y ATRIBUCIONES DE LA

LEY DERECHOS Y DEBERES DE LOS PACIENTES EN SU ATENCIÓN EN SALUD

Ministerio de Desarrollo Social Instituto Nacional de Asociativismo y Economía Social

PROCEDIMIENTO PARA LA RECEPCIÒN, MANEJO Y DEVOLUCIÒN DE MUESTRAS

Cómo se obtiene la autorización de residencia estando en España en situación irregular sin volver al país de origen?

PUBLICADO EN LA GACETA OFICIAL DEL ESTADO NÚMERO 38 DE FECHA 21 DE FEBRERO 2003.

SERVICIO NACIONAL DE LA DISCAPACIDAD PUBLICACIÓN DE LAS CONSULTAS A BASES DEL PLAN DE CONTINUIDAD DE ESTUDIOS SEGUNDO LLAMADO 2015

FUNCIONES Y ATRIBUCIONES DE LA DIRECCION DEL TRABAJO

BONOS DE BIENES DE CAPITAL Decreto Nº 379/2001

RESOLUCION MINISTERIAL Nº TR

Indicadores de discriminación de género en los ingresos. CEPAL. Desigualdad salarial de género en ALC en población asalariada.

PARTES DEL CONTRATO LABORAL

PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARA LA CONTRATACIÓN DE SERVICIOS DE PUESTA A DISPOSICIÓN DE PERSONAL EN OFICINAS DE TURISMO GESTIONADAS POR LA

Organismo para la Proscripció n de las Armas Nucleares en la Amé rica Latina y el Caribe

La Seguridad Social de los Trabajadores Migrantes El Caso Ecuador Colombia

TIPO DE SERVICIO O COMPRA: Alquiler y Operación de Montacargas Invitación a Cotizar

A.) Formación Académica B.) Grado(s)/situación académica y estudios C.) Colegiatura? Administración y/o Economía y/o Educación

No entregar copia de Reglamento Interno de Orden, Higiene y Seguridad (Sindicato, Delegados del Personal y Comité Paritario de Higiene y Seguridad

A Formación a distancia sobre las mejores prácticas en la elaboración de memorias sobre las NIT. 2 de mayo - 23 de junio de 2017

BECAS DE EDUCACIÓN DUAL

Distr. LIMITADA LC/L.4011/Rev.1 13 de mayo de 2015 ORIGINAL: ESPAÑOL

Disposiciones sobre Información de Acceso Limitado en Panamá. Por: Erasmo Pinilla C. Magistrado Presidente del Tribunal Electoral de Panamá

EL CONVENIO MULTILATERAL IBEROAMERICANO DE SEGURIDAD SOCIAL Y SU ACUERDO DE APLICACIÓN. Francisco jacob Sánchez Vicesecretario General OISS

Los trabajadores que pueden optar por estos beneficios son los siguientes:

REGLAMENTO DE ASISTENCIA, PUNTUALIDAD Y JORNADA LABORAL

MANUAL DE PROCEDIMIENTOS DE LA OFICIALÍA DE PARTES, DEL INSTITUTO ELECTORAL DEL ESTADO DE MÉXICO

Normativa de uso del Portal Web "Mijas on line"

-SUMARIO- GOBIERNO DEL ESTADO PODER EJECUTIVO SECRETARÍA DE DESARROLLO URBANO Y MEDIO AMBIENTE ORGANISMOS PÚBLICOS DESCENTRALIZADOS

TERCERIZACIÓN DE SERVICIOS Y TERCERIZACION DE LOS PROCEDIMIENTOS DE DEBIDA DILIGENCIA.

Comisión de Contraloría. Manual de procedimientos para la baja de bienes muebles del activo fijo

CURSO DE CAPACITACIÓN A LOS INSPECTORES DE AERONAVEGABILIDAD DE LA DINAC DE PARAGUAY

EL ORGANO EJECUTIVO DE LA REPUBLICA DE EL SALVADOR,

APUNTES SOBRE LA INCONSTITUCIONALIDAD Y LOS TRATADOS A

Igualdad de Género y Política Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo

Informe Jurídico. Ley N , modifica el Artículo 177. del Código del Trabajo. de la construcción. En lo relativo a las formalidades

% ( 55 ) Jóvenes: menores de 30 años % ( - ) Inmigrantes. 8. A qué organización internacional y/o sindicato nacional está afiliada su organización?

ANÁLISIS DE LA REFORMA LABORAL: Nuevo Real Decreto 417/2015, de 29 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de las Empresas de Trabajo Temporal

LEY 1221 DE (julio 16) por la cual se establecen normas para promover y regular el Teletrabajo y se dictan otras disposiciones.

INFORME CIRCULAR. Se aprueba el Reglamento del Libro de Reclamaciones del Código de Protección y Defensa del Consumidor.

Desarrollo de los mercados locales y nacionales de productos orgánicos

DOCUMENTOS COMUNES PARA TODOS LOS LICITADORES

Aprueban Directiva Procedimiento y Plazos para la Inscripción de los proveedores de bienes y servicios en el Registro Nacional de Proveedores (RNP)

MANUAL DEL SUBPROCESO DE REQUERIMIENTOS DE MOVILIZACIÓN CA CGAF 01 P06 02

NORMA DE CARÁCTER GENERAL Nº

Unidad de Orientación Legal y Derechos del Contribuyente Departamento de Consultas Intendencia de Asuntos Jurídicos

REGLAMENTO INTERNO DE FUNCIONAMIENTO DEL CONSEJO

ANEXO I PROGRAMAS DE BECAS MAEC-AECID DE ARTE, EDUCACIÓN Y CULTURA PARA EL CURSO ACADÉMICO

Sobre el particular, procede esta Entidad a efectuar el análisis de su consulta en el mismo orden planteado, conforme a las siguientes precisiones:

Retorno voluntario y otras actuaciones

Boletín sobre Principales novedades de la Ley de Emprendedores que afectan a la Ley Concursal

VIICUMBRE DEL CLARCIEV 13 de octubre de 2010

LEY 20/2007, DE 11 DE JULIO, DEL ESTATUTO DEL TRABAJO AUTÓNOMO

LA SITUACIÓN DE LAS TRABAJADORAS DEL HOGAR EN MÉXICO

Procedimiento de Denuncias de Accidentes del Trabajo, Trayecto y Enfermedades Profesionales

CONTROL DE JORNADA DE TRABAJO

Portal Iberoamericano del conocimiento Jurídico

REGLAMENTO DE PRACTICAS PROFESIONALES

ORDENANZA DE REGISTRO DE PERSONAS JURIDICAS RECEPTORAS DE FONDOS PUBLICOS DE LA MUNICIPALIDAD DE EL QUISCO.

Capítulo I Disposiciones generales

CONVENIO MULTILATERAL IBEROAMERICANO DE SEGURIDAD SOCIAL

FORMULARIO DE MEMORIA. CONVENIO SOBRE IGUALDAD DE REMUNERACION, 1951 (núm. 100)

DIRECTRICES SOBRE LA AUTORIZACIÓN, APROBACIÓN Y PAGO DE LA JORNADA EXTRAORDINARIA EN EL TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES

Universidad Xicotepetl, A. C. DIAGRAMA DE TORTUGA

TIPO DE SERVICIO O COMPRA: Acompañamiento Musical para Eventos, Desfiles, Palcos y Tarimas VIP Ref. Invitación

Transcripción:

INFORME: INDICACIONES PROYECTO DE LEY QUE MODIFICA NORMAS DE JORNADA Y OTRAS DEL CONTRATO DE TRABAJADORES DE CASA PARTICULAR. 1. Tras un arduo trabajo de las organizaciones del sector, con el acompañamiento de la CUT, el Gobierno avanza mediante la indicación presentada recientemente, en incorporar, para el caso de las trabajadoras/es de casa particular, menciones especiales en el contrato de trabajo, que la legislación común, esto es, del Artículo 10 del Código del Trabajo, no considera para el resto de los trabajadores, pero que deben ser agregadas para los efectos de adecuar nuestra legislación al Convenio 189, y a la realidad y necesidades del trabajo doméstico. Para que el pacto de las partes responda adecuadamente al tipo de actividad, éstas deben concordar los aspectos esenciales que las llevan a contratar, esto es, las funciones específicas o tipo de trabajo a realizar. En efecto, los tipos de trabajo comprendidos en las labores de índole doméstico son variados, por los que la sola referencia a trabajadora de casa particular no es suficiente para fijar el contenido del acuerdo de las partes. Por otra parte, debe precisarse el lugar de trabajo, pues este es un hecho esencial para prestar el trabajo. La identificación del hogar es esencial, atendido al tipo de trabajo que se contrata y sus circunstancias, es similar a la identificación del tipo de empresa en la que se elige trabajar. No es lo mismo trabajar en una casa de cinco habitaciones, con patio, que un departamento de un ambiente; no es lo mismo trabajar para una familia con hijos, que para una sin hijos pero con un enfermo, o sea, las condiciones del pacto debe ser preciso, para la certeza de ambas partes de la relación laboral. Al efecto, el Convenio 189 obliga a los Estados a asegurar que los trabajadores sean informados sobre sus condiciones de empleo en forma adecuada, verificable y fácilmente comprensible, destacándose en esa información, el tipo de trabajo a realizar y la dirección del lugar o lugares de trabajo habituales.

Por lo anterior, nos parece importante la incorporación del Artículo 146 Bis, por el cual se propone que el contrato de los trabajadores/as de casa particular deberá contener las tareas a realizar y el domicilio específico donde deberán prestarse los servicios, así como también, en su caso, la obligación de asistencia a personas enfermas o niños.. 2. La informalidad del sector oscila entre el 65% y el 75% en el trabajo puertas afuera, y a un 15% en el sector puertas adentro. La fiscalización tradicional no sirve pues la fuerza de trabajo presta servicios en un número de hogares imposible de ser fiscalizado, sin que exista un sistema diseñado a facilitar a los organismos fiscalizadores y a quienes contribuyen al cumplimiento de la normativa de salud y seguridad en el trabajo (mutuales) puedan identificar dónde existe trabajo doméstico. En ese contexto, las y los empleadores deben estar obligados a registrar los contratos de trabajo de todo el personal que presten servicios en sus hogares, sin esa obligación no se puede avanzar en fiscalización. El sistema debe favorecer que quienes registren sus contratos tengan la prerrogativa de no ser fiscalizados, salvo casos excepcionales. Por el contrario, quienes no lo registren, en caso de ser denunciados por la trabajadora, debieran afrontar las multas correlativas y ser identificados como empleadores incumplidores, lo que no es menor para los efectos de advertir a las trabajadoras sobre los inconvenientes de trabajar para ellos. En ese contexto, valoramos la incorporación de un Artículo 146 ter, por el cual se regula la obligación de registro de los contratos de trabajo, en la Inspección del Trabajo. Artículo 146 ter. El empleador deberá entregar una copia del contrato de trabajo debidamente firmado al trabajador y registrarlo en la respectiva Inspección del Trabajo, dentro de los 10 días siguientes a su celebración, a fin de facilitar las labores de fiscalización de la existencia de la relación laboral y las condiciones de empleo. La Inspección del Trabajo deberá mantener la reserva de la identidad de las partes y del domicilio en que se prestan los servicios y sólo podrá utilizar la

información disponible para la finalidad de fiscalización o para ponerla a disposición de los tribunales de justicia, previo requerimiento. El empleador que sea requerido en el domicilio indicado, por un inspector del trabajo en ejercicio de sus facultades de fiscalización relativas a las condiciones laborales de los trabajadores de casa particular, podrá aceptar el ingreso del inspector a este domicilio, o bien solicitar la fijación de otro día y hora para acudir a las dependencias de la inspección del trabajo con la documentación que le sea requerida. 3. En cuanto a la jornada de trabajo, el proyecto avanza en establecer una jornada ordinaria máxima de 45 horas para las trabajadoras/es puertas afuera, y mediante la indicación presentada recientemente por el ejecutivo, se adiciona a los 2 días de descanso semanal para las trabajadoras/es puertas adentro, ya aprobados en la iniciativa en trámite, 2 días más, lo que finalmente redundará en garantizar al sector, un estándar de descansos similar al del resto de los trabajadores. 4. La normas transitorias entendemos se hacen cargo de regular la entrada en vigencia gradual de los límites a la jornada del personal puertas afuera, de los descansos del personal puertas adentro, y por cierto de la importante norma de fiscalización que se viene proponiendo. 5. A la fecha presente, el Convenio 189 que es el marco normativo internacional de derechos para el sector, adoptado en la CIT del año 2011, cuenta con 13 ratificaciones, de los siguientes Estados miembros de OIT. Los países que han ratificado el Convenio son los principales países dónde encontramos este tipo de trabajo, por lo que nos parecía una labor ineludible plantearnos los avances que se vienen concretando en el Proyecto sometido a la consideración del Congreso Nacional Chileno. País Ratificación Uruguay 14 Junio de 2012

Mauricio 13 Septiembre de 2012 Filipinas 5 Septiembre de 2012 Nicaragua 10 Enero de 2013 Italia 22 Enero de 2013 Bolivia 15 Abril de 2013 Paraguay 7 Mayo de 2013 Sudáfrica 20 Junio de 2013 Guyana 9 Agosto de 2013 Alemania 20 Septiembre de 2013 Ecuador 8 Diciembre de 2013 Costa Rica 20 Enero de 2014 Argentina 24 Marzo de 2014 Colombia 9 de Mayo de 2014 ANGELA RIFO Vicepresidenta de la Mujer CUT Chile Jueves 03 julio 2014