UNIVERSIDAD DE NARIÑO SISTEMA INTEGRADO DE GESTIÓN DE CALIDAD SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO MANUAL DEL COMITÉ PARITARIO DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO (COPASST) VERSIÓN 01 Elaboró: Jairo España Castillo Coordinador S.G-S.S.T. San Juan de Pasto, agosto 28 de 2016 1
TABLA DE CONTENIDO I. Introducción 4 II. Alcance 5. III. Marco normativo 6. IV. Comité Paritario de Seguridad y Salud en el Trabajo COPASST 7. 4.1 Qué Es El COPASST? 7. 4.2 Composición del COPASST 7. 4.3 Conformación del COPASST 7. 4.4 Funciones del COPASST 8. 4.5 Responsabilidades del comité 8. 4.6 Funciones del presidente 9. 4.7 Funciones del secretario 9. V. Elección Comité Paritario de Seguridad y Salud en el Trabajo 10. VI. Obligaciones 11. 6.1 Del empleador 11. 6.2 De los trabajadores 11. 2
ANEXOS 1. Hoja de inscripción de los candidatos (tas) al comité paritario de 12. Seguridad y Salud en el Trabajo. 2. Formato para votos. 13. 3. Acta de apertura de elecciones de los candidatos al Comité Paritario 14. de Seguridad y Salud en el Trabajo. 4. Acta de cierre de las votaciones para elección de los candidatos 15. al Comité Paritario de Seguridad y Salud en el Trabajo. 5. Resultados obtenidos del conteo de votos. 16. 6. Acta de conformación del comité paritario. 17. 3
I. INTRODUCCION El Comité Paritario de Seguridad y Salud en el Trabajo (COPASST) constituye un medio importante para promover la Seguridad Industrial y el Bienestar Laboral en la Universidad de Nariño en todos los niveles jerárquicos de la Institución, buscar acuerdos con la Alta Dirección, responsables del Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo con objetivos en la promoción de actividades seguras y la promoción de hábitos saludables. El (COPASST) entonces juega un papel muy importante en la promoción, vigilancia de las normas y reglamentos del Sistema de Gestión en Seguridad y Salud en el Trabajo (SG-SST) que garantiza que los riesgos de una enfermedad laboral y accidente trabajo se reduzcan al mínimo. 4
II. ALCANCE Es un organismo de promoción y vigilancia de las normas y reglamentos de Seguridad y Salud en el Trabajo al Interior de la institución. En ningún momento el Comité Paritario de Seguridad y Salud en el Trabajo entrará a reemplazar las acciones de prevención y promoción en Seguridad y Salud en el Trabajo, ni asumirá las responsabilidades que, en prevención y control de accidentes así como de enfermedades laborales, identificación, evaluación y el control de riesgos, tienen los diferentes niveles jerárquicos de la Universidad. 5
III. MARCO NORMATIVO Decreto 1072 de 2015, por el cual se crea el Decreto Único del Sector Trabajo Ley 1562 de 2012, Por la cual se modifica el Sistema de Riesgos Laborales y se dictan otras disposiciones en materia de Salud Ocupacional, emitido por el Congreso de la Republica. Ley 1438 de 2011, publicada en el Diario Oficial No 47. 957 de 19 de enero de 2011, Por medio de la cual se reforma el Sistema General de Seguridad Social en Salud y se dictan otras disposiciones, expedido por el Congreso de la Republica. Ley 1429 de 2010, publicada en el Diario Oficial No 47.937 de 29 de diciembre de 2010, Por la cual se expide la Ley de Formalización y Generación de Empleo, emitido por el Congreso de la República. Decreto 1295 de 1994, Por el cual se determina la organización y administración del Sistema General de Riesgos Profesionales, Expedida por el Ministerio del Trabajo y Seguridad Social. Resolución 2013 de 1986, Por la cual se reglamenta la organización y funcionamiento de los Comités de Medicina, Higiene y Seguridad Industrial en los lugares de trabajo. 6
IV. COMITÉ PARITARIO DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO COPASST 4.1 QUE ES EL COPASST? El Comité Paritario de Seguridad y Salud en el Trabajo es un organismo encargado de la promoción, divulgación y vigilancia del cumplimiento de las normas, reglamentos dentro de la Universidad de Nariño, propone actividades de capacitación en Seguridad y Salud en el Trabajo y cuya política es la de promover a todo el Tarjetón de la Institución condiciones de trabajo seguras, sanas e higiénicas, con el fin de evitar accidentes de trabajo y enfermedades laborales Tiene un carácter estrictamente asesor y básicamente es un organismo de coordinación entre empleadores, trabajadores y gobierno que deben actuar dentro de un ambiente de dialogo y armonía. 4.2 COMPOSICIÓN DEL COPASST El COPASST debe estar conformado por igual número de representantes por parte de la Institución e igual número de representantes por parte de los trabajadores. El empleador debe nombrar sus representantes y los trabajadores elegirán los suyos mediante votación libre. El período de vigencia de los miembros del Comité es de 2 años, al cabo del cual podrán ser reelegidos. 4.3 CONFORMACIÓN DEL COPASST Con base en la resolución 2013 de 1986, por la cual se reglamenta la organización y funcionamiento de los Comités de Medicina, Higiene y Seguridad Industrial en los lugares de trabajo, emanada por los Ministros de Trabajo y Seguridad Social y de Salud, el Comité Paritario de Seguridad y Salud en el Trabajo (COPASST) estará integrado por un número igual de representantes del empleador y de los trabajadores, con sus respectivos suplentes, así: No DE TRABAJADORES De 10 a 49 trabajadores, De 50 a 499 trabajadores De 500 a 999 trabajadores De 1.000 a más trabajadores No DE REPRESENTATES POR LAS PARTES Un representante por cada una de las partes. Dos representantes por cada una de las partes Tres representantes por cada una de las partes. Cuatro representantes por cada una de las A las reuniones del Comité sólo asistirán los miembros principales. Los suplentes asistirán por ausencia de los principales y serán citados a las reuniones por el Presidente del Comité 7
4.4 FUNCIONES DEL COPASST Las funciones del comité se encuentran consagradas en el artículo 11 de la resolución 2013 de 1986 expedida entre las que se destacan las siguientes: Investigación: Colaborar con el análisis de las causas de los accidentes de trabajo, enfermedades laborales e información estadística. Capacitación: Proponer y participar en las jornadas de capacitación, las cuales deben ser dirigidas a todos los niveles de la Institución. Coordinación: Entre la dependencia responsable de la Seguridad y Salud en el Trabajo, la Alta Dirección, los Trabajadores y la A.R.L. Inspecciones: Realizar inspecciones periódicas a las instalaciones de la Universidad con el fin de prevenir la ocurrencia de accidentes laborales o enfermedades de origen laboral mediante la detección precoz de situaciones de riesgo. Vigilancia: Sobre el cumplimiento por parte de los trabajadores y empleadores del reglamento de higiene y seguridad, sistema de gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo, normas y procedimientos propios del tema Seguridad y Salud en el Trabajo. Participación: Proponer medidas de intervención tendientes a proteger a los trabajadores y atender las sugerencias que en materia de Seguridad y Salud en el Trabajo presenten los mismos. Promoción: Promover la participación y conocimiento de las normas por parte de la comunidad laboral, mediante actividades de divulgación. El Comité se reúne con periodicidad mensual, durante la jornada laboral y en establecimiento de la Institución. En forma extraordinaria se puede reunir por ocurrencia de un accidente grave o por riesgo inminente. Para las reuniones y actividades del Comité, la legislación otorga a sus miembros cuatro (4) horas semanales, que deben ser tomadas de la jornada laboral. El Comité podrá reunirse de forma extraordinaria en caso de accidente grave o riesgo inminente, con la presencia del responsable del área donde ocurrió el accidente o se determinó el riesgo, dentro de los cinco días siguientes a la ocurrencia del hecho. 4.5 RESPONSABILIDADES DEL COMITÉ Las siguientes son algunas de las responsabilidades que tienen los miembros del Comité Paritario de Seguridad y Salud en el Trabajo. Vigilar el cumplimiento del Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo. 8
Colaborar con el análisis de las causas de accidentes de trabajo y enfermedades laborales y proponer las medidas correctivas a que haya lugar para evitar su ocurrencia. Visitar periódicamente los lugares de trabajo e inspeccionar los equipos con los cuales se realizan las labores diarias e informar sobre su estado y los posibles riesgos que éstos generan con el fin de adoptar medidas correctivas. Servir como organismo de coordinación entre empleador y trabajadores en la búsqueda de las soluciones en lo que hace referencia a Seguridad y Salud en el Trabajo. Demás funciones que le señalen las normas sobre Seguridad y Salud en el Trabajo. 4.6 FUNCIONES DEL PRESIDENTE El presidente del Comité será nombrado directamente por el empleador y sus funciones principales son: Presidir y citar por escrito a los miembros del Comité a las reuniones mensuales, previo arreglo del lugar y hora de la reunión. Preparar el orden del día de cada reunión. Tramitar ante la gerencia de la Alta Dirección de Universidad las recomendaciones emanadas del Comité. Velar por el buen funcionamiento del Comité e informar a los trabajadores sobre las actividades del mismo. 4.7 FUNCIONES DEL SECRETARIO El secretario será elegido de la totalidad de los miembros, directamente por los integrantes del comité y sus funciones principales son: Verificar la asistencia de los miembros del Comité a las reuniones mensuales. Tomar nota de los temas tratados y elaborar las actas de cada reunión para someterlas a discusión y posterior aprobación. Llevar el archivo referente a las actividades desarrolladas por el Comité y suministrar la información al empleador y a los trabajadores. Con la creación del comité paritario de seguridad y salud en el trabajo se da cumplimiento a las normas legales vigentes en lo que a Seguridad y Salud en el Trabajo se refiere. 9
V. ELECCION COMITÉ PARITARIO DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO 1. Elija el Comité Paritario de Seguridad y Salud en el trabajo, se debe tener en cuenta que debe estar conformado por representantes del empleador y de los trabajadores. El empleador los nombrará directamente y los trabajadores lo harán mediante votación libre. 2. Organice el proceso de votación y elección de los candidatos que van a representar a los trabajadores: En este paso es necesario elaborar los votos, elegir los jurados que colaboraran en el proceso y diligenciar el acta de apertura de las votaciones. 3. Realice el proceso de votación y elección de los representantes: Registre en un formato el nombre, cédula y firma de la Tarjetón que va a votar, con el fin de respaldar los datos de votación que posteriormente se obtendrán. Una vez finalice la votación diligencie el acta de cierre de las votaciones y proceda a efectuar el conteo de los votos dejando constancia de ello en un formato. 4. Conformado el comité preséntelo ante todo el Tarjetón de la Institución y divulgue las funciones básicas que les tocará desarrollar. 5. Diligencie y envíe una copia del acta de conformación del comité. 6. Programe en el menor tiempo posible una primera reunión para determinar los procedimientos y el plan de trabajo a desarrollar. 10
VI. OBLIGACIONES 6.1 DE LOS EMPLEADORES Proporcionar los medios y el tiempo necesario a los miembros del COPASST, así como el de presupuestar en el Plan de Desarrollo de la Institución los recursos necesarios para el cabal desempeño del Sistema de Gestión. Para el cabal desempeño de las funciones de los Comités Paritarios de Seguridad y Salud en el trabajo, el empleador se obligará a proporcionar mínimo 4 horas semanales dentro de la jornada laboral de trabajo de cada uno de los miembros. Propiciar la elección de los representantes de los trabajadores al Comité. Designar a sus representantes al Comité y al presidente del Comité. Proporcionar los medios necesarios para el normal desempeño de las funciones del Comité. Estudiar las recomendaciones que surgen del Comité y determinar la adopción de las medidas más convenientes e informar los correctivos al respecto. Asignar los recursos necesarios (económicos y humanos) para el cabal funcionamiento de las acciones propias de Seguridad y Salud en el Trabajo. El Comité se reunirá una vez al mes durante el horario de trabajo. 6.2 DE LOS TRABAJADORES. Elegir libremente sus representantes al Comité Paritario de Seguridad y Salud en el Trabajo. Informar al Comité sobre las situaciones de riesgo que se presenten y manifestar sus sugerencias para el mejoramiento de las condiciones de Seguridad y Salud en el Trabajo de la Institución. Cumplir con las normas del Comité y los reglamentos e instrucciones de la institución. Carlos Solarte Portilla. Rector Revisó. Rubén Chaves Bravo. Director Oficina de Planeación. Carlos Esteban Cajigas A. Asesor Jurídico 11
UNIVERSIDAD DE NARIÑO SISTEMA DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO HOJA DE INSCRIPCIÓN DE LOS CANDIDATOS (TAS) AL COMITÉ PARITARIO DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO ANEXO 1. Período: NOMBRE DEPENDENCIA FECHA Responsable: Fecha de cierre: 12
UNIVERSIDAD DE NARIÑO SISTEMA DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO FORMATO PARA VOTOS ANEXO 2. VOTOS POR CANDIDATOS INDIVIDUALES Comité Paritario de Seguridad y Salud en el Trabajo VOTO PARA ELECCIÓN Candidato 1 Candidato 2 Candidato 3 Candidato 4 Candidato 5 13
UNIVERSIDAD DE NARIÑO SISTEMA DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO ACTA DE APERTURA DE ELECCIONES DE LOS CANDIDATOS AL COMITÉ PARITARIO DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO ANEXO 3. PERIODO Siendo las del día de, se dio apertura al proceso de votación para la elección de los candidatos al COMITÉ PARITARIO DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO para el período que va de de a de. En calidad de jurados de votación se encargó a los señores: Nombre y Firma del Coordinador de la mesa de votación Nombre y Firma del Colaborador de la mesa de votación 14
UNIVERSIDAD DE NARIÑO SISTEMA DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO ACTA DE CIERRE DE LAS VOTACIONES PARA ELECCIÓN DE LOS CANDIDATOS AL COMITÉ PARITARIO DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO ANEXO 4. PERIODO Siendo las del día de, se dio por finalizado el proceso de votación para elección de los candidatos al COMITÉ PARITARIO DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO para el período que va de de a de. Como jurados de mesa estuvieron los señores (as): 15
UNIVERSIDAD DE NARIÑO SISTEMA DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO RESULTADOS OBTENIDOS DEL CONTEO DE VOTOS ANEXO 5. TARJETON 1 TARJETON 2 TARJETON 3 TARJETON 4 TARJETON 5 TARJETON NUMERO DE VOTOS VOTOS EN BLANCO: VOTOS ANULADOS: TOTAL VOTOS: Resultaron elegidos en ésta votación las siguientes Tarjetones: NOMBRE CATEGORÍA SECCIÓN PRINCIPAL SUPLENTE Nombre y Firma del Coordinador de la mesa de votación Nombre y Firma del Colaborador de la mesa de votación 16
UNIVERSIDAD DE NARIÑO SISTEMA DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO ACTA DE CONFORMACIÓN DEL COMITÉ PARITARIO DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO ANEXO 6. PERIODO El día se eligió el Comité Paritario de Seguridad y Salud en el dando así cumplimiento a las exigencias de la Resolución 2013 de 1986, al Decreto 1295 de 1994 La modalidad utilizada para su elección fue Resultaron elegidos El número de votos obtenidos fue El representante legal de la Institución designa a. Se designa en el cargo de secretario (a) a Nombre y Firma del Presidente del COPASST 17