1. METODOLOGíA EMPLEADA PARA EL CÁLCULO DE PRECIOS UNITARIOS



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Transcripción:

033 1. METODOLOGíA EMPLEADA PARA EL CÁLCULO DE PRECIOS UNITARIOS 1.1 DEFINICIONES 1.1.1 Costos Directos Corresponde a los costos que pertenecen directamente a la ejecución del trabajo y son necesarios para la realización del proceso productivo. Dentro de esta clase de costos se encuentra los equipos, la mano de obra directa, los materiales, y los transportes que sirven para la realización de un proceso constructivo. 1.1.2 Costos Indirectos Fijos con el Tiempo Corresponde a los costos que se causan debido a la ejecución de los trabajos pero que no hacen parte de la ejecución directa de estos, son aquellos que no pueden ser asignados directamente a una actividad, pues son más un costo repartible entre todas las actividades del proyecto, dependen del tiempo de duración de los trabajos. 1.1.3 Costos Indirectos Variables con el Valor Total Corresponde a los costos que se generan o que se causan sobre la suma de los costos directos e indirectos fijos y sobre sí mismos, por ejemplo los costos de la oficina central, contingencias, utilidad, seguros y fianzas, entre otros. 1.2 COSTOS DIRECTOS 1.2.1 Cálculo de Tarifas del Equipo Para la elaboración de los análisis se aplicó el costo de operación con equipo propio; partiendo del análisis de los estándares.establecidos para tarifas horarias de alquiler de equipo de la Publicación de la Asociación Colombiana de Ingenieros Constructores ACIC. Se calcularon las tarifas horarias del equipo involucrado en la ejecuciónde los trabajos teniendo en cuenta las siguientes consideraciones:

032 1.2.1.1 Costo del equipo Se considera el costo del equipo con precios del mercado actual. 1.2.1.2 Vida económica útil y vida útil Se utilizaron las recomendaciones del fabricante del equipo o la tabla número 2 de ACIC. 1.2.1.3 Costo de Propiedad Se Se calculó por el método de la línea recta, el cual asume una rata de depreciación constante para cada año o para cada hora. El valor que se asume para la depreciación se calculó tomando el valor de adquisición y restándole el valor de salvamento y el valor de las llantas. a. Valor de salvamento asumió el 10% del valor total de adquisición del equipo. b. Intereses Se consideró la DTF del 7.93% efectiva anual. c. Seguros Se utilizó la estimada por ACIC del 2.1% anual d. Estacionamiento y Bodegaje Se utilizó el porcentaje recomendado por ACIC equivalente al 1.3% del valor medio del equipo

031 1.2.1.4 Costo de Operación a. Consumo de combustibles La cantidad de combustible consumida por los equipos es directamente proporcional a la potencia desarrollada por los equipos, para calcular el consumo se tiene en cuenta que porcentaje de la potencia máxima el motor debe suministrar para efectuar el trabajo que va a realizar, se asume que los motores de acuerdo a la recomendación de ACle consumen el equivalente al 67% de su potencia máxima. Utilizando las recomendaciones de los fabricantes, el consumo varía de acuerdo al tipo, altura sobre el nivel del mar, temperatura, y condiciones climáticas, se utilizaron los factores para condiciones medias de trabajo las cuales se multiplican por 67% que es la potencia promedio suministrada por el motor. b. Consumo de lubricantes Este factor varía con el tamaño y con el tiempo transcurrido entre los cambios de aceite. Las condiciones de trabajo influyen debido a que estas demandan mayor frecuencia en los cambios de aceite que se le debe realizar al equipo, se asumen condiciones promedio de operación c. Aceite Motor El motor quema aproximadamente 0.0009 galones de aceite por caballo de fuerza y por hora, y se le debe adicionar el cociente de dividir la capacidad del cárter por el número de horas entre cambios sucesivos, el cual se estima cada 200 horas. d. Aceite para transmisión Para el cálculo de la tarifa se adoptaron los valores recomendados en la tabla N.5deACIC. e. Aceite para controles hidráulicos Para el cálculo de la tarifa se adoptó la recomendación dada en la tabla N 5 de la publicación de ACIC

030 f. Grasa Se adoptó la tabla N 6 de la publicación de ACIC. g. Filtros, tanqueo y lubricación Se calculó como el 20% de los costos totales de combustible y lubricantes. h. Llantas Se utilizó la recomendación ACIC dada en la tabla N 7 vida útil de las llantas de acuerdo al tipo de equipo y los costos de adquisición del mercado. 1.2.1.5 Costo de Mantenimiento y Reparaciones Se consideró el costo hora debido a reparación como un porcentaje de la depreciación horaria ya que éste refleja directamente.ia vida útil considerada para la maquina y a su vez la vida útil es función de la rudeza o severidad del trabajo. En los Estados Unidos las reparaciones cuestan en promedio, alrededor de un 90% de. costo hora de depreciación para maquinaria pesada. Un 25% de los costos de reparaciones corresponden a mano de obra yel 75% a repuestos; estos porcentajes se modifican como se explica mas adelante. a. Costo de repuestos El costo de repuestos se modificó en el porcentaje considerado para el costo por hora de los repuestos del costo contemplado por ACIC por repuestos o sea costo hora por repuesto = 0.90*0.75*1.5*0.4939=0.50 por la depreciación, para todos los equipos. b. Costo de mano de obra para reparaciones (mecánicos): Para los fines de este estudio se ha modificado el costo hora de ACIC en lo J. siguiente para mano de obra reparaciones =0.25*.90*.445=0.10 debido a que dentro de la estructura de costo en los costos indirectos se considera un personal para taller.

029 1.2.1.6 Costo de Manejo El costo de manejo se tomó del análisis realizado para las tarifas. horarias de personal, incluyendo el costo de la carga prestacional de acuerdo con las disposiciones legales vigentes. 1.2.2 Costo de Materiales Para los materiales agregados pétreos se consideraron las fuentes de materiales estudiadas para el proyecto teniendo en cuenta las investigaciones, caracterizaciones y análisis realizados.para las fuentes más probables. Para los materiales de producción industrial se cotizó en las zonas.de suministro más cercanas y se les adicionó el costo deltransporte al sitio de los trabajos. Se 1.2.3 Cálculo de las Tarifas de Mano de Obra realizó un análisis detallado del cálculo de la tarifa horaria de mano de obra directa e indirecta teniendo en cuenta la consecución de la mano de obra en la zona y las disposiciones legales vigentes. Adicionalmente se consideró un calendario de trabajo de 24 días por mesya horas por día en turno de 7 a.m. a 4 p.m. Con el objeto de precisar los conceptos utilizados para el cálculo de la tarifa horaria para personal y mano de obra, se presenta una síntesis de los aspectos aplicables del código sustantivo del trabajo y la ley 100 de 1993, en sus partes más relevantes: 1.2.3.1 Salarios Constituye salario no sólo la remuneración ordinaria, fija o variable, sino todo lo que recibe el trabajador en dinero o en especie como contraprestación directa del servicio, sea cualquiera la forma o denominación que se adopte, como primas, sobresueldos, bonificaciones habituales, valor del trabajo suplementario o de las horas extras, valor del trabajo en dfas de descanso obligatorio, porcentajes sobre ventas y comisiones.

028 Salario Mínimo Definición: El Salario mínimo es el que todo trabajador tiene derecho a percibir para subvenir a sus necesidades normales y a las de su familia, en el orden material, moral y cultural. Factores para fijarlo: Anualmente el gobierno indica la cuantía del salario mínimo que para el año 2007, es de $433.700. Salario básico: Corresponde a la remuneración ordinaria del trabajador que se paga periódicamente y puede ser fija o variable Jornada.:ordinaria: La jornada ordinaria de trabajo es la que acuerden partes,oa falta de acuerdo, la máxima legal. las Trabajp diurno y nocturno: Trabajo diurno es el comprendido entre las seis horas (6 a.m.) y las seis (10 p.m.). Trabajo nocturno es el comprendido entre las seis (10p.m.) y las seis (6 a.m.) Se 1.2.3..2 Tasas y Liquidación de Recargos sobre las Horas Trabajadas a..ordinarias diurnas: remuneran con el salario básico proporcional al tiempo trabajado. b. EXtrasdiurnas: Trab~joOrdinario es el que se realiza entre las seis horas (6:00 a.m.) y las veintidós horas (10:00 p.m.). Trabajo nocturno es el comprendido entre las veintidós horas (10:00 p.m.) y las seis horas (6:00 a.m.). c. Festivas t~abajadasdiurnas El trabajo en domingo y festivos se remunerará con un recargo del setenta y cinco por ciento {75%} sobre el salario ordinario en proporción a las horas laboradas. 1.2.3.3 Otros Pagos Laborales a cargo del Empleador Como otros pagos laborales se consideran: Vacaciones y Auxilio de transporte.

INSTiTUTO DE DESARROllO URBANO Centro de Decumentaclen 027 a. Vacaciones Los trabajadores que hubieren prestados sus servicios durante un año tienen derecho a quince (15) días hábiles consecutivos de vacaciones remuneradas. Durante el periodo de vacaciones el trabajador debe recibir el salario ordinario que esté devengando el día que comience a disfrutarlas. Para el cálculo de las tarifas horarias de personal y mano de obra se empleó 15 días de salario proporcional al tiempo trabajado. b. Auxilio de transporte Este pago tiene la naturaleza de un auxilio económico con destinación especifica y por mandato de la ley se debe incorporar al salario único y exclusivamente para el efecto de liquidación de prestaciones sociales. Por disposición expresa de la ley, el valor del auxilio de transporte no se incluye en la base salarial para liquidar los aportes al sistema de seguridad social. Los De acuerdo con los conceptos emitidos. por el Ministerio de Trabajo, los empleadores de los municipios donde exista transporte urbano están obligados a pagar este auxilio. empleados que devengan hasta dos veces el salario mínimo legal tienen derecho al pago mensual por anticipado en este auxilio. Periódicamente el gobierno expide un decreto señalando la cuantía de este subsidio, para el año 2007 el subsidio de transporte es de $ 50.800 Para el cálculo de fas tarifas horarias de personal y mano de obra se empleó el subsidio de transporte indicado por la ley, proporcional al tiempo trabajado para los empleados que devengaban hasta dos salarios mínimos. 1.2.3.4 Sistema General de Seguridad Social La seguridad social tiene por objeto garantizar las prestaciones económicas y de saluda quienes tienen una relación laboral o capacidad económica suficiente para afiliarse al sistema. El sistema de seguridad social integral está conformado por los regímenes generales establecidos para pensiones, salud, riesgos profesionales y los servicios complementarios que defina la ley.

026 a. Pensiones El régimen de pensiones tiene por objeto amparar la población contra las contingencias derivadas de la vejez, la invalidez y la muerte, mediante el reconocimiento de pensiones y prestaciones económicas. Todas las personas vinculadas mediante el contrato de trabajo deben estar afiliadas al régimen general de pensiones, bien sea al sistema de ahorro individual (fondos pñvados) o al de prima media con prestación definida (ISS), según escoja el trabajador. En el sistema de pensiones la tasa de cotización es en total el.15.5%.del salario mensual. Estos aportes se distribuyen así: El 75% a cargo del empleador y el 25% a cargo del trabajador. b. Medicina familiar El régimen de seguridad social en salud, conformado por las entidades promotoras de salud y por las instituciones prestadoras de los servicios de salud tiene por objeto crear las condiciones que posibiliten el acceso de la población afiliada a todos los niveles de atención para cubrir. las contingencias por enfermedad general y maternidad. Como integrantes del sistema de seguridad social en salud, los empleadores deberán inscribir en una entidad promotora en salud a todas las personas que tengan una vinculación laboral, sea esta. verbal o escrita, temporal o permanentemente. En el sistema de salud, la cotización es del 12% del salario base, el cual no puede ser inferior al salario mínimo legal. Dos terceras partes (213) de la cotización están a cargo del empleador y una tercera parte (1/3) a cargo del trabajador. Para el cálculo de las tarifas horarias de personal y mano de obra se considera el ~ 8% sobre el total de las horas trabajadas. ()

025 c. Riesgos profesionales El régimen de riesgos profesionales tiene por objeto prevenir, proteger y atender a los trabajadores de los efectos de las enfermedades y los accidentes que puedan ocurrirles con ocasión o como consecuencia del trabajo que desarrollan. Todas las personas vinculadas mediante contrato de trabajo deben estar afiliadas al régimen del sistema de riesgos profesionales. En el sistema de riesgos profesionales, la cotización está totalmente a cargo del empleador, y corresponde a la clase y grado de riesgo en que está clasificada su actividad económica El monto de las cotizaciones no podrá ser inferior al 0.348%, ni superior al 8.7% de la base de cotización de los trabajadores a cargo del respectivo empleador. Para el cálculo de las tarifas de personal y mano de obra se considera el 6.96% de acuerdo con el artículo 27 del decreto 1295 de 1994 el cual corresponde a la clase. de riesgo V por estar laborando directamente en el frente de trabajo considerado como de alto riesgo, el eualse calcula sobre el total de las horas trabajadas. 1.2.3.5 Parafiscales a. Afiliación y aportes a las cajas de compensación familiar. Las cajas de compensación son personas ju(ídicas de derecho privado sin animo de lucro, que cumplen funciones de seguridad social y administran todo lo relacionado con el subsidio familiar. Están obligados a afiliarse a las cajas de compensación todos los empleadores que ocupen uno o más trabajadores permanentes. 01 La afiliación a la caja de compensación familiar deberá hacerse en la ciudad locañdad donde se causen Jos salarios o en la caja más próxima. {} El aporte equivale al 4% del monto de la respectiva nómina mensual de salarios, entendiéndose por tal la totalidad de los pagos hechos por concepto de los diferentes elementos integrantes del salario, en los términos del código sustantivo del trabajo y los pagos hechos por los descansos remunerados de ley, convencionales y contractuales, o sea que hay que incorporar al concepto de nómina todo lo pagado por sueldos básicos, salarios mínimos, comisiones, horas t'

02~ extras, recargos, y todo lo que se pague al trabajador cualquiera que sea su denominación, siempre que implique retribución directa de servicios. Para el cálculo de la tarifa horaria de personal y mano de obra se calcula el 4% del monto del salario de cada trabajador. b. Aportes al SENA El Servicio Nacional de Aprendizaje es un establecimiento adscrito al ministerio de trabajo, encargado de ejecutar las políticas gubernamentales, sobre promoción y formación profesional de los recursos humanos. Las principales funciones son las de formar a los trabajadores en diversas actividades económicas y mantener el sistema nacional de aprendizaje para aumentar la productividad nacional y promover la expansión y el desarrollo económico y social del país. El Están obligados a contribuir con la financiación del SENA mediante aportes mensuales todos los empleadores que ocupen uno o más trabajadores permanentes, con excepción de las universidades públicas y privadas que sean entidades sin ánimo de lucro. empleador aporta al SENA por medio de la caja de compensación a la cual se haya inscrito, un monto equivalente al 2% del valor de su nómina mensual de pagos salariales. Por consiguiente, cancelando oportunamente la caja de compensación se da cumplimiento a esta obligación. Para el cálculo de la tarifa horaria de personal y mano de obra se calcula el 2% del monto del salario de cada trabajador. c. Aportes al Instituto Colombiano de Bienestar Familiar ICBF. Es un establecimiento público adscrito al Ministerio de Salud que tiene por J objetivo primordial el fortalecer la familia y proteger al menor de edad. Todos los empleadores sin excepción deben aportar aiicbf. El aporte con destino allcbf es del 3% del valor de la nómina mensual de salarios. Para el cálculo de la tarifa horaria de personal y mano de obra se calcula el 3% del monto del salario de cada trabajador.. d. Aportes fondo de capacitación industria de la construcción FIC. Para la industria de la construcción existe una contribución especial que debe liquidarse al SENA, que es la contribución del FIC. Esta contribución corresponde a un salario mínimo por cada 40 trabajadores presentes en la obra.

INSTITUTO DE DESARROLLO URBANO Centro de Documentaeíen 023 Para el cálculo de la tarifa horaria del personal y mano de obra se calcula sobre los. días trabajados divididos por 30 y multiplicados por $10.200 que equivale a un salario mínimo/40. 1.2.3.6 Prestaciones Sociales Adicionalmente al salario existe un conjunto de beneficios y garantías consagradas a favor de los trabajadores, con el fin de cubrir riesgos inherentes al trabajo conocidas como prestaciones sociales. Las prestaciones sociales son: a. Prima de servicios Toda empresa de carácter permanente está obligada a pagar a cada uno de sus trabajadores, excepto a los ocasionales o transitorios, como prestación especial, una prima de servicios, así: Un mes de salario pagadero por semestres del calendario, en la siguiente forma: una quincena el último día de junio y otra quincena en los primeros veinte días de diciembre, a quienes hubieren trabajado o trabajaren todo el respectivo semestre, o proporcionelmente al tiempo trabajado dentro del semestre. Para.el cálculo de la tarifa horaria de personal y mano de obra se empleó un mes de salario proporcional al tiempo trabajado. b. Suministro de calzado y vestido de labor Todo empleador que habitualmente ocupe uno (1) o más trabajadores permanentes, deberá suministrar cada cuatro (4) meses, en forma gratuita, un (1) par de zapatos y un (1) vestido de labor al trabajador, cuya remuneración mensual sea hasta dos (2) veces el salario mínimo vigente. Tiene derecho a esta prestación el trabajador que en las fechas de entrega de calzado y vestido haya cumplido más de tres (3) meses al servicio del empleador. Teniendo en cuenta que el suministro de calzado y vestido de labar genera un costo para el empleador en el cálculo de las tarifas de personal y mano de obra se emplea el costo de la dotación proporcional al tiempo trabajado. J c. Cesantías Todo empleador está obligado a pagar a sus trabajadores, al terminar el contrato de trabajo, como auxilio de cesantía, un mes de salario por cada año de servicios y proporcionalmente por fracción de año.

022 Para liquidar el auxilio de cesantía se toma como base el último salario mensual devengado por el trabajador, siempre que no haya tenido variación en los tres (3) últimos meses. En el caso contrario y en los salarios variables, se tomará como base el promedio de lo devengado en el último año de servicios o en todo el tiempo servido si fuere menor de un año. Para el cálculo de las tarifas de personal y mano de obra se empleó un mes de salario proporcional al tiempo trabajado. d. Intereses sobre cesantías Todo empleador que según la ley está obligado a pagar cesantías, debe pagar a sus trabajadores un interés sobre las mismas, equivalente al 12% anual, independientemente del sistema que para liquidar y pagar el auxilio de cesantía cobije a cada trabajador. El Para el cálculo de las tarifas horarias de personal y mano de obra se empleó el equivalente al 12% anual proporcional al tiempo trabajado. e. Valor Total Valor total del personal y la mano de obra corresponde a la sumatoria de: Valor total horas trabajadas Valor total otros pagos laborales a cargo del empleador Valor total sistema general de seguridad social Valor total parafiscales Valor total prestaciones a cargo del empleador 1.2.4 Costo de Transportes Partiendo de las fuentes de materiales consideradas se tomaron una distancia promedio de acarreo de las fuentes al sitio de colocación de 25 kilómetros y se calculó una tarifa de acarreo de materiales m3-km, y se consideró el factor de compactación de acuerdo al tipo de material. Igualmente para el transporte del material de excavación y de demoliciones se calculó una tarifa por m3-km, considerando la distancia de acarreo promedio de 25 kilómetros, y se tuvo en cuenta un factor de expansión de acuerdo al tipo de material.

021 1.2.5 Rendimientos los rendimientos a incluir corresponden a una estimación basada en la experiencia y en estadísticas. Se consideró el tipo de trabajo a ejecutar, la capacidad del equipo y los tiempos de demora en cada una de las operaciones. 1.3 COSTOS INDIRECTOS 1.3.1 Costos Indirectos Fijos con el Tiempo Para el cálculo de los costos indirectos fijos se tuvo en cuenta el programa de trabajo previsto en el cual se considero el tiempo para la ejecución de los trabajos de construcción. Se 1.3.1.1 Personal Directivo, Técnico, Administrativo Taller y Servicios Generales analizaron los requerimientos de personal profesional, técnico y especializado capacitado para la ejecución de la construcción del Proyecto y se calcularon las tarifas mes del personal tomando como referencia la Resolución N 0000747 del 9 de Marzo de 1998 del Ministerio de Transporte, actualizada para el año 2007 por el IDU y teniendo en cuenta las disposiciones legales vigentes. Para el personal técnico no contemplado en la resolución del Ministerio de Transporte se tomaron las tarifas del mercado. 1.3.1.2 Instalaciones Fijas, Construcciones Provisionales, Montaje de Plantas, Dotaciones y Equipamiento <J Se analizaron las instalaciones físicas dotaciones y los equipos requeridos para..~.. la ejecución de Proyecto y se cuantificó su valor: 1.3.1.3 Maquinaria Costo Indirecto Se analizaron los equipos indirectos requeridos para la ejecución de los trabajos, se tomó como referencia la Resolución N 0000747 del 9 de Marzo de 1998 o las tarifas ACIC mensuales para el equipo seleccionado.

020 1.3.1.4 Transporte Equipos Costo Indirecto Se analizaron los transportes de los equipos de costo indirecto y de costo de directo que deben ser desplazados al sitio de los trabajos. 1.3.1.5 Ejercicio Instalaciones Se analizó el costo mensual de operación; para este concepto fueron tenidos en cuenta servicios de acueducto, energía y teléfono, y consumos varios tales como papelería, copias, y fotografías, entre otros. 1.3.2 Costos Indirectos Variables con el Valor Total 1.3.2.1 Impuestos, Tasas y Contribuciones Se utilizó el porcentaje vigente establecido por las disposiciones gubernamentales sobre el costo total de la obra. 1.3.2.2 Seguros y Garantías Se evaluó este concepto utilizando un porcentaje para el valor de las primas dado por las aseguradoras sobre el valor total de la obra. 1.3.2.3 Contingencias e Imprevistos de Construcción Se evaluaron las posibles contingencias que podrían presentarse en la ejecución de la obra. 1.3.2.4 Organización Central Se asumió la existencia de una empresa constructora que tiene varios proyectos en ejecución y que dispone de un sistema general de trabajo y personal con capacidad profesional con 'la que se pretende realizar el nuevo Proyecto. 1.3.2.5 Financiación la determinación de las necesidades financieras de la obra, desde el punto de vista de la empresa constructora, considerando el plan de pagos de la entidad y considerando los costos de producción, teniendo en cuenta los costos indirectos

019 fijos y los costos indirectos variables. Para determinar las necesidades financieras de la empresa se asume el costo financiero de un mes de ejecución obra. 1.3.2.6 Utilidad Para. la obtención del porcentaje de utilidad sobre el costo total de la obra se consideró el tamaño del contrato y se emplea el valor mas común utilizado por los contratistas para este tipo de obra, adicionalmente se tuvo en cuenta el porcentaje de Utilidad estimado por el IDU según el costo de la obra. 1.4 A.I.U El cálculo de los costos indirectos fijos en. el tiempo y de los costos indirectos vari~bles con el valor total sobre el costo directo total resultante, obteniendo el porcentajecorrespondiente para el A.I.U. Para el calculo de 'os costos fijos en el tiempo se tuvo en cuenta los precios topes, estimados por el IDU Se 1.5 CANTIDADESDE OBRA calcularon las cantidades preliminares de obra de acuerdo con los diseños ejecutados por esta Consultoría. 2. PRESUPUESTO El presupuesto de obra para el Proyecto, a precios del año 2007, calculado con base en las cantidades de obra y los precios unitarios incluidos en el presente documento, discriminado, según instrucciones delidu.