FORMAS DE ATENCIÓN A LA DIVERSIDAD ( PUNTO F DEL PROYECTO EDUCATIVO)

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Transcripción:

FORMAS DE ATENCIÓN A LA DIVERSIDAD ( PUNTO F DEL PROYECTO EDUCATIVO) 1. PRESENTACIÓN. Uno de los elementos clave sobre los que descansa la calidad de un Proyecto Educativo gira en torno a la cuestión en qué medida y de qué forma reconoce y atiende la diversidad de condiciones personales que presenta el alumnado durante su estancia en el instituto. La atención a la diversidad constituye así el polo imprescindible de un currículo de carácter comprensivo que trata de desarrollar en toda la población escolar un mismo conjunto de capacidades generales y de competencias básicas. La heterogeneidad de los grupos de jóvenes es hoy un hecho cotidiano de la organización de los institutos, por lo que debe reconocerse que constituyen un conglomerado diverso de aptitudes, estilos de motivación, estilos cognitivos, necesidades educativas, intereses personales y familiares, afectos o tipos de relación social que establecen. Por todo ello, la institución escolar debe asumir y plantear en todos sus órganos de gestión y participación, y en todos los niveles de concreción curricular, cómo va a dar respuesta a este hecho educativo, cómo va a hacer realidad los principios de personalización, equidad y enseñanza adaptativa. En este conjunto de tareas, el Equipo Directivo, el ETCP y el Departamento de Orientación (en adelante DO) deben asumir las siguientes responsabilidades: Una labor permanente de coordinación y asesoramiento psicopedagógico relativa a estas cuestiones. Funciones específicas relativas a la planificación, desarrollo y evaluación de la atención a la diversidad en el Centro. Por todo ello, la facilitación de criterios y principios generales que permitan elaborar un Plan de Atención a la Diversidad en el instituto constituye un marco de actuación básico en el que se describirán las medidas de atención a la diversidad que se deben/pueden tomar en la Educación Secundaria Obligatoria. En este sentido, el presente Plan contemplará todas aquellas medidas (organizativas y curriculares) que se incluirán en el Proyecto educativo para atender adecuadamente a la diversidad. Unas medidas que en su mayoría adoptarán un carácter netamente preventivo, mientras que otras se pondrán en marcha para procurar atender las dificultades que ya se hayan presentado. 2. OBJETIVOS DEL PLAN. En líneas generales, el Plan de Atención a la Diversidad se propone los siguientes objetivos: PLAN DE ATENCIÓN A LA DIVERSIDAD - IES LA PAZ- Curso 15-16 Página 1

1. Promover una atención a la diversidad desde una perspectiva inclusiva, para mejorar el aprendizaje y la participación de todo el alumnado y sus familias. 2. Favorecer una cultura de colaboración entre todos los miembros de nuestra Comunidad Educativa: colaboración y cooperación del alumnado, los profesorado, de las familias TODO el profesorado se implica en la respuesta a la diversidad, que es responsabilidad de todo el centro. 3. Crear una comunidad educativa acogedora y colaboradora en la que cada alumno y alumna sea valorado y consiga el máximo desarrollo de sus capacidades, promoviendo así una Educación de calidad para todos. 4. Ofrecer una cultura común, pero reconociendo y respetando las peculiaridades y necesidades del alumnado, en el convencimiento de que éstas son diversas y exigen una respuesta personalizada. 5. Prevenir, detectar y evaluar los factores que causan la diversidad de condiciones personales del alumnado del Centro disponiendo de los instrumentos y estrategias más adecuadas para ello. 6. Considerar el proceso de enseñanza aprendizaje como compensador de las desigualdades socioculturales y personales de nuestro alumnado. 7. Responder a las necesidades de cada alumno desde una educación personalizada y en función de los recursos disponibles. 8. Establecer los protocolos adecuados para sistematizar la puesta en marcha y el desarrollo de distintas medidas para la atención a la diversidad en el centro, tanto organizativas como curriculares. 9. Favorecer la flexibilidad de la organización de los distintos recursos personales y materiales, adaptándonos a la realidad del Centro en cada momento. 10. Considerar la atención a la diversidad como un proceso continuo e integrado dentro de la labor tutorial y con la colaboración de los especialistas. 11. Utilizar una metodología variada y adaptada a las distintas circunstancias y a las características del alumnado. 3. JUSTIFICACIÓN Y LEGISLACIÓN En la actualidad, los docentes de los institutos se encuentran ante el reto de atender a un alumnado cada vez más diverso y heterogéneo, debido a la ampliación de la escolarización obligatoria hasta los 16 años y a la inclusión de un colectivo hasta hace unos años ausente en este tramo educativo, como es el caso de los alumnos/as con necesidades educativas especiales. LEGISLACIÓN: En términos generales, en esta etapa educativa, el alumnado se puede agrupar en varios colectivos de acuerdo con la LOE (2006): 4. Alumnos/as que cursan de manera ordinaria la etapa pero que poseen distintos intereses y opciones académicas y/o profesionales (en nuestro centro no hay opciones más allá de las de obligada oferta; por tanto, no se atiende ) 5. Alumnos/as que presentan dificultades de aprendizaje transitorias en determinados momentos o materias curriculares. 6. Alumnos/as con un importante retraso global de la escolaridad y/o con dificultades de aprendizaje significativas en varias materias. PLAN DE ATENCIÓN A LA DIVERSIDAD - IES LA PAZ- Curso 15-16 Página 2

7. Alumnos/as que presentan condiciones personales de discapacidad psíquica, sensorial o motora. 8. Alumnos/as con trastornos graves del comportamiento. 9. Alumnos/as que poseen altas capacidades intelectuales. La atención a la diversidad constituye así un mecanismo de ajuste de la oferta educativa a las capacidades, intereses y necesidades del alumnado que actúa como elemento compensador de las desigualdades en educación, por lo que constituye el principio complementario de la comprensividad curricular y un instrumento básico para la constitución de una escuela inclusiva. Este verdadero compromiso social, enfatizado por las sucesivas Leyes Orgánicas que se han venido promulgando en los últimos años en nuestro país, obliga a las instituciones escolares y a las comunidades educativas donde se insertan, a responder a uno de los principales retos que tiene el sistema educativo español en las últimas décadas y del que no puede decirse que haya sido adecuadamente atendido hasta el momento: la respuesta educativa a la diversidad. Sin embargo, desde el punto de vista normativo, existe una amplia gama de disposiciones que justifican y reglamentan en la actualidad los principios y criterios, así como las principales medidas que pueden tomarse en los distintos niveles organizativos y curriculares del Centro en materia de atención a la diversidad del alumnado. Veamos las más relevantes: A nivel Estatal: LOE (2006): Preámbulo. Principios fundamentales que presiden la Ley: 1. Conseguir que todos los ciudadanos alcancen el máximo desarrollo posible de todas sus capacidades, individuales y sociales, intelectuales, culturales y emocionales para lo que necesitan recibir una educación de calidad adaptada a sus necesidades. 2. Resulta, pues, necesario atender a la diversidad del alumnado y contribuir de manera equitativa a los nuevos retos y las dificultades que esa diversidad genera. Se trata, en última instancia, de que todos los centros, tanto los de titularidad pública como los privados concertados, asuman su compromiso social con la educación y realicen una escolarización sin exclusiones, acentuando así el carácter complementario de ambas redes escolares, aunque sin perder su singularidad. En la presentación de los distintos capítulos de la Ley: La adecuada respuesta educativa a todos los alumnos se concibe a partir del principio de inclusión, entendiendo que únicamente de ese modo se garantiza el desarrollo de todos, se favorece la equidad y se contribuye a una mayor cohesión social. La atención a la diversidad es una necesidad que abarca a todas las etapas educativas y a todos los alumnos. Es decir, se trata de contemplar la diversidad de las alumnas y alumnos como principio y no como una medida que corresponde a las necesidades de unos pocos. Artº 1. Principios. e) La flexibilidad para adecuar la educación a la diversidad de aptitudes, intereses, expectativas y necesidades del alumnado, así como a los cambios que experimentan el alumnado y la sociedad. Artº 22. Principios Generales de la ESO. 4. La educación secundaria obligatoria se organizará de acuerdo con los principios de educación común y de atención a la diversidad del alumnado. Corresponde a las PLAN DE ATENCIÓN A LA DIVERSIDAD - IES LA PAZ- Curso 15-16 Página 3

Administraciones educativas regular las medidas de atención a la diversidad, organizativas y curriculares, que permitan a los centros, en el ejercicio de su autonomía, una organización flexible de las enseñanzas. 5. Entre las medidas señaladas en el apartado anterior se contemplarán las adaptaciones del currículo, la integración de materias en ámbitos, los agrupamientos flexibles, los desdoblamientos de grupos, la oferta de materias optativas, programas de refuerzo y programas de tratamiento personalizado para el alumnado con necesidad específica de apoyo educativo. Título II, denominado Equidad en la Educación, dedicado completamente a la atención al alumnado con necesidad específica de apoyo educativo. También aparecen referencias en el Artº 102 relativo a la Formación Permanente del Profesorado en materia de atención a la diversidad. LOMCE: Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, para la mejora de la calidad educativa A nivel Autonómico: Andalucía la LOE se concreta en la LEA: Ley 17/2007, de 10 de diciembre, de Educación de Andalucía LEY 9/1999, de 18 de noviembre, de Solidaridad en la Educación DECRETO 167/2003, de 17 de junio, por el que se establece la ordenación de la atención educativa a los alumnos y alumnas con necesidades educativas especiales asociadas a condiciones sociales desfavorecidas. DECRETO 231/2007, de 31 de julio, por el que se establece la ordenación y las enseñanzas correspondientes a la educación secundaria obligatoria en Andalucía. Preámbulo: Sin duda, el carácter obligatorio de esta etapa determina su organización y desarrollo y conlleva también la exigencia de una atención a la diversidad de la población escolar, para lo cual los centros docentes y el profesorado arbitrarán medidas de adaptación del currículo a las características y posibilidades personales, sociales y culturales del alumnado. Art. 2 Normas Generales : c) La educación secundaria obligatoria se organizará de acuerdo con los principios de educación común y de atención a la diversidad del alumnado. Artº 5 Principios del currículo : e) Permitir una organización flexible, variada e individualizada de la ordenación de los contenidos y de su enseñanza, facilitando la atención a la diversidad como pauta ordinaria de la acción educativa del profesorado. Artº 7 Orientaciones metodológicas : 1. Los centros docentes elaborarán sus propuestas pedagógicas para esta etapa desde la consideración de la atención a la diversidad y del acceso de todo el alumnado a la educación común Cap. V dedicado completamente a la Atención a la Diversidad. ORDEN de 10-8-2007, por la que se desarrolla el currículo correspondiente a la Educación Secundaria Obligatoria en Andalucía. PLAN DE ATENCIÓN A LA DIVERSIDAD - IES LA PAZ- Curso 15-16 Página 4

ORDEN de 10-8-2007, por la que se establece la ordenación de la evaluación del proceso de aprendizaje del alumnado de educación secundaria obligatoria en la Comunidad Autónoma de Andalucía. Orden de 20 de agosto de 2010, por el que se regula la organización y funcionamiento de los institutos de educación secundaria, así como el horario de los centros, del alumnado y del profesorado. ORDEN de 25-7-2008, por la que se regula la atención a la diversidad del alumnado que cursa la educación básica en los centros docentes públicos de Andalucía INSTRUCCIONES de 22 de junio de 2015, de la Dirección General de Participación y Equidad, por las que se establece el protocolo de detección, identificación del alumnado con necesidades específicas de apoyo educativo y organización de la respuesta educativa. FPB: REAL DECRETO 127/2014, de 28 de febrero, por el que se regulan aspectos específicos de la Formación Profesional Básica de las enseñanzas de formación profesional del sistema educativo. ORDEN de 9 de junio de 2015, por la que se regula la ordenación de las enseñanzas de Formación Profesional Básica en Andalucía para los cursos académicos 2014/2015 y 2015/2016, se establece el procedimiento de escolarización para el curso académico 2015/2016 y se desarrollan los currículos correspondientes a veinte títulos profesionales básicos (BOJA 29-06-2015). INSTRUCCIONES de 1 de septiembre de 2015, de la Dirección General de Formación Profesional y Educación Permanente, para la impartición del primer curso de las enseñanzas de Formación Profesional Básica durante el curso académico 2015/2016. PMAR: REAL DECRETO 1105/2014, de 26 de diciembre, por el que se establece el currículo básico de la Educación Secundaria Obligatoria y del Bachillerato. Artículo 19. Programas de mejora del aprendizaje y del rendimiento Instrucciones de 9 de mayo sobre la ordenación educativa para la ESO en el curso 2015-16. 4. IMPLICACIÓN EN EL PROYECTO EDUCATIVO. El Plan de Atención a la Diversidad constituye una de las actuaciones más significativas de un instituto. Básicamente, atiende bajo los principios de la orientación educativa prevención, desarrollo e intervención social-, así como bajo los de personalización y adaptación de la enseñanza, las necesidades que se derivan del proceso de enseñanza-aprendizaje del alumnado a lo largo de toda su estancia en el instituto. El presente Plan implicará, pues, a todos los agentes educativos del Centro (Equipo Directivo, ETCP, Claustro, Consejo Escolar, profesorado ), así como a todos los servicios orientadores de los distintos niveles actuación a nivel provincial y zonal (ETPOEP y EOE). Formará parte del Proyecto Educativo del Centro. La planificación de la atención educativa ordinaria a nivel de centro debe incardinarse en el Proyecto educativo que definirá de forma transversal todas las medidas y recursos de atención a la diversidad necesarios para alcanzar el éxito y la excelencia de todo el alumnado. Las programaciones didácticas y el POAT, articularán y concretaran estas decisiones y medidas en la práctica educativa. Según las Instrucciones de 22 de julio de 2015 la atención educativa para alumnado con NEAE se organiza: PLAN DE ATENCIÓN A LA DIVERSIDAD - IES LA PAZ- Curso 15-16 Página 5

Atención Educativa Ordinaria: - Dentro de las medidas educativas ordinarias en el aula, el centro potenciará. o Metodologías didácticas que favorezcan la inclusión, como Comunidades de Aprendizaje y aprendizaje basado en proyectos. o Espacios y tiempos. o Diversificación de los procedimientos e instrumentos de evaluación. - Atención educativa ordinaria. Ver cuadro del punto 5. Atención educativa distinta a la ordinaria. - Para alumnado con NEE - Para alumnado con dificultades de aprendizaje - Para alumnado con Altas capacidades - Para alumnado que precise acciones de carácter compensatorio. MEDIDAS ESPECÍFICAS DE CARÁCTER EDUCATIVO EN LA ESO Y FPB: EDUCACIÓN - Adaptaciones de acceso (ACC) SECUNDARIA - Adaptaciones Curriculares NO significativas (ACNS) - Adaptaciones Curriculares Significativas (ACS) - Programas Específicos para alumnado NEAE(PE) - Adaptaciones Curriculares para alumnado con Altas Capacidades Intelectuales (ACAI) - Permanencia extraordinaria (sólo para NEE) FPB - Adaptaciones de acceso (ACC) - Adaptaciones Curriculares NO significativas (ACNS) - Adaptaciones Curriculares Significativas (ACS) - Programas Específicos (PE) ORGANIZACIÓN DE LAS MEDIDAS Y RESPUESTA EDUCATIVA DEL ALUMNADO CON NEAE PLAN DE ATENCIÓN A LA DIVERSIDAD - IES LA PAZ- Curso 15-16 Página 6

5.- DESARROLLO DEL PLAN. MEDIDAS Y PROGRAMAS DE ATENCIÓN A LA DIVERSIDAD SEGÚN LA LEGISLACIÓN VIGENTE. -ATENCIÓN EDUCATIVA ORDINARIA- PLAN DE ATENCIÓN A LA DIVERSIDAD - IES LA PAZ- Curso 15-16 Página 7

6. -MEDIDAS Y PROGRAMAS EN EL IES LA PAZ 6.- MEDIDAS Y PROGRAMAS EN EL IES LA PAZ 6.1.- MEDIDAS DE CARACTER GENERAL 6.1.1.- Apoyo en grupos ordinarios de un segundo profesor/a - Medidas para el alumnado que presente desfase importante en su nivel de aprendizaje de las materias instrumentales-lengua, Matemáticas- - Con la finalidad de reforzar los aprendizajes instrumentales básicos. Protocolo de actuación del segundo profesor/a dentro del aula: PLAN DE ATENCIÓN A LA DIVERSIDAD - IES LA PAZ- Curso 15-16 Página 8

- Permanecerá toda la hora en el aula. - Atenderá curricularmente al alumnado según las indicaciones del profesor/a titular. - En caso de conflicto grave con un alumno/a, el profesor/a de apoyo o el titular (el que se considere más conveniente según las circunstancias) saldrá de clase con el alumno/a e intentará calmarlo/a para poder volver al aula y continuar con normalidad. El profesor que permanezca en el aula seguirá con el curso de la clase. - En caso de ausencia del profesor/a titular, será el de apoyo el que continuará con la programación de la asignatura. Se procurará que esté acompañado por uno de los/as profesores/as de guardia. 6.2.- MEDIDAS ESPECÍFICAS 6.2.1.- Agrupamiento de diferentes materias en ámbitos - Destinado al alumnado en general en los cursos de 1º y 2º de la ESO. - La finalidad es garantizar la transición de la Educación primaria a la ESO. - La integración de las materias (Ámbito socio-lingüística- lengua y C. Sociales, Ámbito Científico-tecnológico- matemáticas y Ciencias Naturales) en ámbitos tendrá efectos en la organización de las enseñanzas, pero no en las decisiones asociadas a la evaluación y promoción del alumnado. - Los ámbitos serán: Ámbito sociolingüístico: lengua castellana y Literatura y Ciencias Sociales. Ámbito científico: Matemáticas y Ciencias Naturales. 6.2.2.- Programación de actividades para las horas de libre disposición del curso de 1º y el 2º de la ESO. - Dirigido a todo el alumnado - Se incluye la asignatura de Taller artístico para 1º ESO (dos horas) - No tiene evaluación - En el IES La Paz, las horas de libre disposición se configuran de la forma siguiente: - 1º de la ESO: (2 horas), se añaden a las horas de Refuerzo de Lengua y Matemáticas. Para todo el alumnado el Departamento de Lengua y de Plástica imparte Taller Artístico. - 2º de la ESO: Taller de lectura. 6.2.3.- Oferta de asignaturas optativas propias: Refuerzo de Lengua y Matemáticas - Debido a las características del alumnado. Las materias optativas que se ofertan son el Refuerzo de Lengua y Matemáticas, no existiendo en el IES la asignatura de Francés. - En 1º y 2º de la ESO, 1 hora de: Refuerzo de Lengua y Refuerzo de Matemáticas PLAN DE ATENCIÓN A LA DIVERSIDAD - IES LA PAZ- Curso 15-16 Página 9

- Se intentará que el profesado que imparte los ámbitos sea el que imparta también el refuerzo, para reducir el equipo educativo. - La evaluación de esta materia está, por tanto, supeditada a la evaluación de su materia instrumental. 6.2.4.- Agrupamiento de materias opcionales de cuarto de la ESO Bloques Itinerario al que Opción de Opción única Opcionales Optativa: está orientado Ciclos Formativos Diversificación Curricular 6.3.- PROGRAMAS Matemáticas Matemáticas orientadas a las enseñanzas aplicadas Ámbitos: - Sociolingüístico - Científicotecnológico Biología y Geología Informática Tecnología Tecnología Proyecto Integrado, obligatoria para todos. PROGRAMA a) Programa de refuerzo de materias instrument ales básicas (art. 8) b) Programa de refuerzo para la recuperació n de los aprendizaje s no adquiridos Alumnado destinatar io Alumnado de 1º o 2º ESO: - que lo requiera en 1º ESO, según el informe de final de etapa de Primaria. - que repita curso - que promocione con evaluación negativa en Lengua Castellana, Matemáticas o Primera lengua extranjera en el curso anterior - con dificultades en estas materias, cuando se detecte. - Alumnado que promociona sin haber superado todas las materias. Finalidad - Asegurar los aprendizajes básicos de Lengua castellana, Primera Lengua extranjera y Matemáticas que permitan seguir con aprovechamien to las enseñanzas de ESO. - Recuperar los aprendizajes no adquiridos en las materias con evaluación negativa Evaluació n No tienen calificación final, ni constan en actas de evaluación ni en el historial académico. - El alumnado debe superar la evaluación correspondient e a dicho/s programa/s. - En caso de materia sin continuidad, el departamento asignará a un profesor del mismo al programa. Profesora do encargado - Quien designe la dirección (Art. 5.2. O. 25-07-2008). - Profesorado de Lengua, Matemáticas y Primera Lengua extranjera. - Profesorado de las materias de que se trate Observaciones - El alumnado que los siga podrá quedar exento de cursar la optativa. - Pueden desarrollarse en las dos horas (1º) o una hora (2º) incluidas en el horario semanal. - El alumnado y la familia serán informados de dicho programa - El alumnado y la familia serán informados de dicho programa: Qué debe recuperar, cómo y cuándo debe entregar actividades, trabajos o realizar pruebas escritas. PLAN DE ATENCIÓN A LA DIVERSIDAD - IES LA PAZ- Curso 15-16 Página 10

(art. 9) c) Planes específicos personaliza dos (art 10) - PROGRAMA d) Adaptacion es curriculare s no significativ as (art. 14) - Alumnado que repita Alumnado destinario - que presente desfase en su nivel de competencia curricular respecto del grupo en el que está escolarizado: - por presentar dificultades graves de aprendizaje o de acceso al currículo asociadas a discapacidad o trastornos graves de conducta, - por encontrarse en situación social desfavorecida o - por haberse incorporado tardíamente al sistema educativo - Superar las dificultades personales detectadas en el curso anterior - En caso de obtener evaluac. Negativa podrá presentarse a la prueba extraordinaria. - No tienen evaluación específica. - Podrán incluir la incorporación a un programa de refuerzo de materias instrumentales básicas. - Quien designe la dirección (Art. 5.2. O. 25-07-2008). - Profesorado de las materias de que se trate. Finalidad Evaluación Profesorado encargado - Dar respuesta al alumnado con necesidades específicas de apoyo educativo - En dichas adaptaciones constarán los criterios de evaluación de las materias en las que se va a aplicar. - Las adaptaciones curriculares podrán contar con apoyo educativo, preferentemente dentro del grupo de clase y, en aquellos casos en que se requiera, fuera del mismo, de acuerdo con los recursos humanos asignados al centro. La organización de estos apoyos quedará reflejada en el proyecto educativo del centro. - GRUPALES: Propuestas y elaboradas por el equipo docente, bajo la coordinación del profesor o profesora tutor y con el asesoramiento del equipo o departamento de orientación. Constarán las materias en las que se va a aplicar, la metodología, la organización de los contenidos, los criterios de evaluación y la - La familia debe ser informada. - Los informes de evaluación del curso anterior son el referente para estos planes específicos. Observaciones - Cuando el desfase curricular con respecto al grupo de edad del alumnado es poco importante. Afectará a los elementos del currículo que se consideren necesarios, metodología y contenidos, pero sin modificar los objetivos de la etapa educativa ni los criterios de evaluación. - Podrán ser grupales, cuando estén dirigidas a un grupo de alumnado que tenga un nivel de competencia curricular relativamente homogéneo, o individuales. - En ningún caso, las adaptaciones curriculares grupales podrán suponer agrupamientos discriminatorios para el alumnado. El Consejo Escolar pondrá especial atención para garantizar la correcta aplicación de esta medida. PLAN DE ATENCIÓN A LA DIVERSIDAD - IES LA PAZ- Curso 15-16 Página 11

organización de tiempos y espacios. - INDIVIDUALES: El profesor o profesora de la materia en la que tenga desfase curricular que será responsable de su elaboración y aplicación, con el asesoramiento del equipo o departamento de orientación. PROGRAMA e) Adaptacion es curriculare s Significativ as (art. 15) Alumnado destinario - Con necesidades educativas especiales (discapacidad o trastorno grave de conducta), - Alumnado que requiere, por un período en su escolaridad o a lo largo de toda ella, determinados apoyos y atenciones educativas específicas derivadas de discapacidad (física, psíquica o sensorial) o trastornos graves de conducta Finalidad Evaluación Profesorado encargado - Facilitar la - Requieren - Las accesibilidad de evaluación adaptaciones este alumnado al académica y curriculares currículo. psicopedagógica podrán contar - Se realizarán previa, que será con apoyo buscando el realizada por el educativo, máximo departamento preferentemente desarrollo de orientación, dentro del grupo posible de las con la de clase y, en competencias colaboración del aquellos casos básicas profesorado que en que se - Cuando el atiende al requiera, fuera desfase alumnado. del mismo, de curricular con - La evaluación y acuerdo con los respecto al promoción recursos grupo de edad toman como humanos del alumnado referente los asignados al haga necesaria criterios de centro. La la modificación evaluación organización de de los elementos fijados en dichas estos apoyos del currículo, adaptaciones. quedará incluidos los - La evaluación reflejada en el objetivos de la de las áreas o proyecto etapa y los materias será educativo del criterios de responsabilidad centro. evaluación. compartida del - Profesorado de profesorado que las materias de las imparte y, en que se trate. Observaciones - Tras la evaluación psicopedagógica se emitirá un Informe de evaluación psicopedagógica que incluirá, al menos, los siguientes apartados: a) Datos personales y escolares. b) Diagnóstico de la discapacidad o trastorno grave de conducta. c) Entorno familiar y social del alumnado. d) Determinación, en su caso, de las necesidades educativas especiales.e) Valoración del nivel de competencia curricular. f) Orientaciones al profesorado y a los representantes PLAN DE ATENCIÓN A LA DIVERSIDAD - IES LA PAZ- Curso 15-16 Página 12

su caso, del profesorado de apoyo. - Las decisiones sobre la evaluación de las adaptaciones curriculares y la promoción y titulación del alumnado se realizarán de acuerdo a los objetivos fijados en la adaptación curricular significativa y será realizada por el equipo docente, oído departamento de orientación. - El tutor coordina la realización, puesta en práctica y seguimiento. - Responsable de la elaboración: el profesorado especialista en educación especial, con la colaboración del profesorado del área o materia encargado de impartirla. - La aplicación de las adaptaciones curriculares significativas será responsabilidad del profesor del área o materia correspondiente, con la colaboración del profesorado de educación especial y el asesoramiento del dpto. de orientación. - El orientador asesora y lleva a cabo la evaluación psicopedagógica. legales del alumnado. - Las adaptaciones curriculares significativas quedarán recogidos en un documento, que contendrá, al menos, los siguientes apartados: a) Informe de evaluación psicopedagógica al que se refiere el apartado 3 de este artículo. b) Propuesta curricular por áreas o materias, en la que se recoja la modificación de los objetivos, metodología, contenidos, criterios de evaluación y organización del espacio y del tiempo.c) Adaptación de los criterios de promoción y titulación, de acuerdo con los objetivos de la propuesta curricular. d) Organización de los apoyos educativos. e) Seguimiento y valoración de los progresos realizados por el alumnado, con información al mismo y a la familia - MEDIDA g) Program as de Diversifi cación curricula r. Alumnado Destinario-curso 15/16 sólo 4º-DC Podrá cursar los programas de diversificación curricular en el cuarto curso el alumnado en el que concurran las siguientes circunstancias: Finalidad Evaluación Profesorado encargado -Alcanzar los objetivos y competencias básicas de la etapa y el título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria - Atendiendo a los criterios específicos considerados en el Programa de Diversificación Curricular para los ámbitos Socio-lingüístico - Profesorado de los ámbitos Socio-lingüístico y Científicotecnológico. - Profesorado de las otras áreas/materias. - Tutor Observaciones - La duración de estos programas será de un año para el alumnado que se incorpore una vez cursado cuarto curso de educación secundaria obligatoria. - Para el PLAN DE ATENCIÓN A LA DIVERSIDAD - IES LA PAZ- Curso 15-16 Página 13

(arts. 17-27) a) Haber realizado el tercer curso, promocionar a cuarto con materias pendientes y presentar dificultades evidentes para alcanzar el título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria siguiendo el currículum con la estructura general de la etapa. b) Haber cursado cuarto curso, presentar dificultades evidentes para alcanzar la titulación siguiendo el currículum con la estructura general de la etapa, y existir posibilidades de que con la incorporación al programa pueda alcanzar los objetivos y competencias básicas de la etapa y el título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria. y Científicotecnológico. - El alumnado queda exento de recuperar las áreas/materias pendientes de cursos anteriores. - Tendrá como referente fundamental las competencias básicas y los objetivos de la educación secundaria obligatoria, así como los criterios de evaluación específicos del programa.. Podrán acceder a cuarto curso quienes habiendo superado los ámbitos lingüístico y social y científicotecnológico del programa, tengan evaluación negativa, como máximo, en una o dos materias y, en su caso, en el ámbito práctico, siempre que a juicio del equipo docente hayan alcanzado los objetivos correspondiente s al tercer curso, oído el propio alumno o alumna y su padre, madre o tutores legales (artículo 9.9 de la Orden de 10 de agosto de 2007 - Orientador. alumnado que se incorpore a estos programas una vez cursado segundo o tercero, los centros docentes decidirán la duración de los mismos en función de su edad, de sus circunstancias académicas y de su evolución durante el primer año del programa. - De conformidad con lo establecido en el artículo 10.4 de la Orden de 10 de agosto de 2007, por la que se establece la ordenación de la evaluación del proceso de aprendizaje del alumnado de educación secundaria obligatoria en la Comunidad Autónoma de Andalucía, el alumnado que se ha incorporado a un programa de diversificación curricular desde cuarto curso o que está en el segundo año de realización del mismo obtendrá el título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria si supera todos los ámbitos y materias que integran el programa. -Asimismo, podrán obtener dicho título quienes, habiendo superado los ámbitos lingüístico y social y científico-tecnológico del programa, tengan evaluación negativa en el ámbito práctico, en su caso, y en una o dos materias y, excepcionalmente, en tres, siempre que a juicio del equipo docente hayan alcanzado las competencias básicas y los objetivos de la etapa. PLAN DE ATENCIÓN A LA DIVERSIDAD - IES LA PAZ- Curso 15-16 Página 14

MEDIDA h) Programa de Mejora del aprendizaje y el rendimient o Alumnado destinario Haber repetido al menos un curso en cualquier etapa (Primaria o Secundaria) Una vez cursado 2º de ESO, no estar en condiciones de promocionar a 3º ordinario y hacer 3º en PMAR Haber cursado 3º ESO, no estar en condiciones de promocionar a 4º, para repetir en PMAR de 3º. Finalidad Evaluación Profesorado encargado Que los Andalucía no ha - Profesorado de alumnos y legislado al los ámbitos alumnas respecto, se Socio-lingüístico puedan rige por y Científicotecnológico. cursar el normativa de cuarto curso DC. - Profesorado de por la vía las otras ordinaria y áreas/materias. obtengan el - Tutor/a título de - Orientador. Graduado en Educación Secundaria Obligatoria. Observaciones El equipo docente podrá proponer a los padres o tutores legales la incorporación a un Programa de mejora del aprendizaje y del rendimiento, mediante un consejo Orientador. Evaluación académica y psicopedagógica. Consentimiento de alumnado y familias. PLAN DE ATENCIÓN A LA DIVERSIDAD - IES LA PAZ- Curso 15-16 Página 15

MEDIDA Formación Profesional Básica Alumnado destinario Alumnado desmotivado - Con desfase curricular -Riesgo de abandono escolar - Sin continuidad en el trabajo escolar - Cierto interés por conseguir competencias profesionales. Podrán acceder a estas enseñanzas los alumnos y alumnas que cumplan simultáneamente los siguientes requisitos : a) Tener cumplidos quince años, o cumplirlos durante el año natura en curso, y no superar los diecisiete años de edad en el momento del acceso ni durante el año natural en curso. b) Haber cursado el primer ciclo de Educación Secundaria Obligatoria o, excepcionalmente, haber cursado el segundo curso de Educación Secundaria Obligatoria. Finalidad Evaluación Profesorado encargado Junto a los objetivos Adaptaciones de la FP, la FPB Curriculares contribuirán, no además, a que el significativas alumnado adquiera o y/o complete las Adaptaciones competencias del de acceso: en aprendizaje módulos permanente. profesionales. Adaptaciones Curriculares Significativas: En módulos profesionales de aprendizaje permanente: Comunicación y Sociedad Ciencias Aplicadas. - Profesorado encargado de los Módulos profesionales ( Tutor/a) -Profesorado encargado de módulos profesionales de aprendizaje permanente: Comunicación y Sociedad Ciencias Aplicadas. - Orientador. Observaciones Reducción de ratio (3 alumnos o alumnas menos por cada uno con NEE hasta un máximo de 3 por alumnos o alumnas con NEE por aula). Atención al alumnado con necesidades educativas especiales El alumnado se encuentre en disposición de alcanzar los aprendizajes previstos para la obtención del título de graduado en ESO (previa superación de la prueba correspondiente) y el Título Profesional Básico. Con un Consejo Orientador (en las mismas condiciones que el resto del alumnado). c) Haber sido propuesto por el equipo docente a los padres, madres o tutores legales para la incorporación a un ciclo de Formación Profesional Básica. Las administraciones educativas, cuando exista disponibilidad de plazas, podrán completar los grupos PLAN DE ATENCIÓN A LA DIVERSIDAD - IES LA PAZ- Curso 15-16 Página 16

de la oferta con personas que cumplan los siguientes requisitos: - Superar los 17 años y no estar en posesión de un título de Formación Profesional o de cualquier otro título que acredite la finalización de estudios secundarios completos. 7.- PROGRAMAS QUE SE REALIZAN, ESPECIFICACIONES Y ACTUACIONES. 7.1.- PROGRAMAS DE REFUERZO DE LA ÁREAS O MATERIAS INSTRUMENTALES BÁSICAS 1. El alumnado que promocione sin haber superado todas las áreas o materias seguirá un programa de refuerzo destinado a la recuperación de los aprendizajes no adquiridos y deberá superar la evaluación correspondiente a dicho programa. 2. Los programas de refuerzo para la recuperación de los aprendizajes no adquiridos incluirán el conjunto de actividades programadas para realizar el seguimiento, el asesoramiento y la atención personalizada al alumnado con áreas o materias pendientes de cursos anteriores, así como las estrategias y criterios de evaluación. 3. Si la materia tiene continuidad en el curso siguiente es el profesor de la materia el responsable de llevar a efecto el programa. 4. Si la materia no tiene continuidad se asignará a principio de curso un profesor del departamento correspondiente. 5. En todo caso, se informará al alumnado y al tutor, a principio de curso de las actividades y pruebas que se llevarán a cabo junto con el calendario de las mismas. 6. Todos los departamentos programarán pruebas y trabajos durante el curso. La evaluación de éstos será la establecida con carácter general para el centro a través de los Jefes de Área en el ETCP. 7.2.- PROGRAMAS DE REFUERZO PARA LA RECUPERACIÓN DE LOS APRENDIZAJES NO ADQUIRIDOS (CON ASIGNATURAS PENDIENTES): - Quien promocione sin haber superado todas las materias seguirá un programa de refuerzo destinado a la recuperación de los aprendizajes no adquiridos y deberá superar la evaluación correspondiente a dicho programa. Esta circunstancia será tenida en cuenta a los efectos de calificación de las materias no superadas, así como a los de promoción y, en su caso, obtención de la titulación. Corresponde a los departamentos didácticos, asesorados por el Departamento de Orientación en su caso, la organización de estos programas y de su contenido se informara al alumnado y a sus padres, madres o representantes legales al comienzo del curso escolar. PLAN DE ATENCIÓN A LA DIVERSIDAD - IES LA PAZ- Curso 15-16 Página 17

- Cada departamento didáctico hará entrega, dejando constancia, al alumno o alumna de un documento en donde consten como mínimo los contenidos no superados, las actividades que ayuden a su superación y los instrumentos para su evaluación. 1. El alumnado que promocione sin haber superado todas las áreas o materias seguirá un programa de refuerzo destinado a la recuperación de los aprendizajes no adquiridos y deberá superar la evaluación correspondiente a dicho programa. 2. Los programas de refuerzo para la recuperación de los aprendizajes no adquiridos incluirán el conjunto de actividades programadas para realizar el seguimiento, el asesoramiento y la atención personalizada al alumnado con áreas o materias pendientes de cursos anteriores, así como las estrategias y criterios de evaluación. 3. Si la materia tiene continuidad en el curso siguiente es el profesor de la materia el responsable de llevar a efecto el programa. 4. Si la materia no tiene continuidad se asignará a principio de curso un profesor del departamento correspondiente. 5. En todo caso, se informará al alumnado y al tutor, a principio de curso de las actividades y pruebas que se llevarán a cabo junto con el calendario de las mismas. 6. Todos los departamentos programarán pruebas y trabajos durante el curso. La evaluación de éstos será la establecida con carácter general para el centro a través de los Jefes de Área en el ETCP. 7.3.- PLANES ESPECÍFICOS PERSONALIZADOS PARA EL ALUMNADO QUE NO PROMOCIONE DE CURSO. Cuando un alumno o alumna no promocione debe seguir un plan específico personalizado, orientado a la superación de las dificultades detectadas en el curso anterior. Corresponde a los departamentos didácticos, asesorados por el departamento de orientación en su caso, la organización de estos programas y de su contenido se informa al alumnado y a sus padres, madres o representantes legales al comienzo del curso escolar. Cada departamento didáctico hará entrega, dejando constancia, al alumno o alumna de un documento en donde se reflejen los aspectos que se desarrollaran en dicho plan. 7.4.- PROGRAMAS DE ADAPTACIÓN CURRICULAR Entendemos por Adaptación Curricular Individualizada "a los ajustes o modificaciones que se realizan sobre los elementos de acceso (recursos personales, materiales) o sobre los elementos propiamente curriculares (metodología, contenidos, objetivos y criterios de evaluación) del currículo que corresponde a un alumno o alumna por su edad, para responder a las necesidades educativas especiales que presenta. Estas adaptaciones tendrán como objetivo que los alumnos alcancen los objetivos y competencias de la etapa de acuerdo con sus posibilidades. Antes de realizar una adaptación curricular se procurará dar respuesta desde la programación de Aula, agotando los recursos disponibles a este nivel. Cuando no puedan atenderse debidamente las necesidades se modificarán los elementos del currículo que sean necesarios, siguiendo un orden de prioridad, de menor a mayor significación: PLAN DE ATENCIÓN A LA DIVERSIDAD - IES LA PAZ- Curso 15-16 Página 18

7.4.1.- Orden de preferencia en los elementos: Se aconseja seguir el siguiente orden de preferencia en los elementos que se adaptarán: - Adaptaciones de acceso al currículum: son modificaciones o provisión de recursos formales (tiempo y espacio), materiales, personales o de comunicación que facilitarán el acceso al currículum ordinario o, en su caso, adaptado. - Adaptación en metodología: Tipo de métodos, técnicas, actividades, agrupamientos... - Adaptación en las Técnicas e instrumentos de evaluación. - Adaptación en los contenidos, objetivos y criterios de evaluación - Que no impliquen adaptaciones significativas: que los contenidos que se eliminen no sean básicos o nucleares. - Que impliquen adaptaciones significativas: Contenidos, objetivos de área y criterios de evaluación que no eliminen objetivos generales de etapa. Contenidos, objetivos de área y criterios de evaluación que eliminen objetivos generales de etapa. Eliminación curricular de un área o materia. 7.4.2.- Adaptaciones curriculares no significativas (ACNS). Pág. 64-65 de Instrucciones de 22 de junio de 2015. - Estas adaptaciones podrán ser grupales o individuales. - Estas adaptaciones no afectarán a la consecución de las competencias clave, objetivos y criterios de evaluación de la propuesta pedagógica o programación didáctica correspondiente del ámbito/área/materia/módulo objeto de adaptación - Las decisiones sobre promoción y titulación del alumnado con ACNS tendrán como referente los criterios de promoción y de titulación establecidos en el Proyecto Educativo del centro. - Para alumnado de la ESO con un desfase de al menos dos cursos en la materia u objeto de adaptación, entre el nivel de competencia curricular alcanzado y el curso en que se encuentra escolarizado. - Para FPB: En los módulos de aprendizaje permanente, un desfase curricular de al menos dos cursos en el módulo objeto de adaptación, entre el nivel de competencia curricular alcanzado y el currículo establecido para dichos módulos. En los módulos profesionales asociados a unidades de competencia, un desfase en el aprendizaje y desarrollo de las competencias profesionales que implique una atención más personalizada por parte del profesor o profesora. - La elaboración de la ACNS será coordinada por el tutor/a, que será el encargado de cumplimentar todos los apartados del documentos, salvo la propuesta curricular, que será cumplimentado por el profesor/a de área. - La aplicación y seguimiento será llevada a cabo por el profesorado del área con el asesoramiento del DO. PLAN DE ATENCIÓN A LA DIVERSIDAD - IES LA PAZ- Curso 15-16 Página 19

- En dichas adaptaciones constarán las áreas o materias en las que se va a aplicar, la metodología, la organización de los contenidos, los criterios de evaluación y la organización de tiempos y espacios. - Se propondrán para un curso académico. 7.4.3.- Adaptaciones curriculares significativas (ACS). Pág. 66-67 de Instrucciones de 22 de junio de 2015. QUÉ, CONCEPTO: - Las ACS suponen modificaciones en la programación didáctica que afectarán a la consecución de los objetivos y criterios de evaluación en el área/materia/módulo adaptado. De esta forma, pueden implicar la eliminación y/o modificación de objetivos y criterios de evaluación en el área/materia/módulo adaptado. Estas adaptaciones se realizarán buscando el máximo desarrollo posible de las competencias clave. - Estas adaptaciones requerirán que el informe de evaluación psicopedagógica del alumno o alumna recoja la propuesta de aplicación de esta medida. - En aquellos casos en los que el citado informe no recoja la propuesta de esta medida será necesaria la revisión del mismo. - El alumno o alumna será evaluado en el área/materia/módulo adaptado de acuerdo con los objetivos y criterios de evaluación establecidos en su ACS. - Las decisiones sobre la promoción del alumnado se realizarán de acuerdo con los criterios de promoción establecidos en su ACS según el grado de adquisición de las competencias clave, teniendo como referente los objetivos y criterios de evaluación fijados en la misma. Además, dichas decisiones sobre la promoción tendrán en cuenta otros aspectos como: posibilidad de permanencia en la etapa, edad, grado de integración socioeducativa, etc. - Las decisiones sobre la titulación se realizarán de acuerdo con los criterios de titulación establecidos en su ACS. Podrán obtener la titulación de Graduado en ESO aquellos alumnos o alumnas que hayan finalizado la etapa con ACS en una o más materias, siempre que el equipo docente considere que dichas adaptaciones no les ha impedido alcanzar las competencias clave y los objetivos de la ESO. En el caso de que el alumno o alumna tenga una propuesta curricular muy diversificada (más de tres áreas con ACS que tienen como referente el currículo de educación primaria) que le impida alcanzar los objetivos y las competencias clave de la ESO, no podrá proponerse para la obtención del título. DESTINATARIOS - Estas adaptaciones van dirigidas al alumno o alumna con NEE de las etapas de educación primaria, educación secundaria obligatoria y módulos de aprendizaje permanente de la formación profesional básica/programas específicos de formación profesional básica que: QUIEN: Presenta un desfase curricular superior a dos cursos en el área/materia/módulo objeto de adaptación, entre el nivel de competencia curricular alcanzado y el curso en que se encuentra escolarizado. Presenta limitaciones funcionales derivadas de discapacidad física o sensorial, que imposibilitan la adquisición de los objetivos y criterios de evaluación en determinadas áreas o materias no instrumentales. - El responsable de la elaboración de las ACS será el profesorado especialista en educación especial, con la colaboración del profesorado del área/ materia/módulo PLAN DE ATENCIÓN A LA DIVERSIDAD - IES LA PAZ- Curso 15-16 Página 20

encargado de impartirla y contará con el asesoramiento de los equipos o departamentos de orientación. - La aplicación de las ACS será responsabilidad del profesor o profesora del área/materia/módulo correspondiente, con la colaboración del profesorado especialista en educación especial y el asesoramiento del equipo o departamento de orientación. - La evaluación de las áreas/materias/módulos adaptadas significativamente será responsabilidad compartida del profesorado que las imparte y del profesorado especialista de educación especial. CUANDO: - Para un curso académico - Al finalizar el curso o ciclo, los responsables de la elaboración y desarrollo de la misma deberán tomar las decisiones oportunas, en función de los resultados de la evaluación del alumno o alumna al que se refiere. Dichas decisiones podrán ser, entre otras: a) Mantenimiento, reformulación y/o ampliación de objetivos y criterios de evaluación. b) Modificación de las medidas previstas REGISTRO: - El documento de la ACS será cumplimentado en el sistema de información SÉNECA por el profesorado especialista en educación especial. - La ACS tendrá que estar cumplimentada y bloqueada antes de la finalización de la primera sesión de evaluación, de modo que el alumno o alumna sea evaluado en función de los criterios de evaluación y calificación establecidos en su ACS. - La aplicación de esta medida quedará recogida en el apartado "Intervención recibida" en el censo de alumnado NEAE, por parte del profesional de la orientación. - Los centros educativos deberán consignar en el sistema de información SÉNECA en el apartado correspondiente del expediente del alumno la relación de áreas del alumno o alumna que tienen ACS. 7.5.- ATENCIÓN Y CRITERIOS DE ATENCIÓN CON EL ALUMNADO CON NEAE 7.5.1.- LA ATENCIÓN AL ALUMNADO CON NECESIDADES EDUCATIVAS ESPECIALES EN EL AULA ORDINARIA - En nuestro centro la atención al alumnado con NEAE se hace dentro del aulaclase. - Para poder trabajar con este alumnado se requiere tener en cuenta las siguientes orientaciones: 1. Consenso, con el profesorado de apoyo, sobre los objetivos y contenidos que se van a trabajar, y conocimiento del trabajo que se va a realizar en el aula de apoyo, estableciendo tiempos para la coordinación con este profesorado. Como objetivos fundamentales estarán: a. La adquisición de habilidades personales básicas (saludar, saber pedir las cosas, dar las gracias...), el desarrollo de su autoestima y la confianza en sí mismos. b. La integración y socialización con sus iguales. c. La realización de aprendizajes nucleares y funcionales. Este alumnado debe saber que lo que aprenden le puede servir en su vida diaria. d. El afianzamiento de las áreas instrumentales básicas: Lectura, escritura, cálculo, resolución de problemas... 2. Metodología: el profesor deberá dedicar tiempos en la clase para el trabajo individual, el trabajo en pequeños grupos, las explicaciones y otras actividades que considere pertinentes. Con este alumnado favoreceremos sobre todo: a. La atención individualizada, en la medida que nos lo permita el desarrollo de la clase. PLAN DE ATENCIÓN A LA DIVERSIDAD - IES LA PAZ- Curso 15-16 Página 21

b. Potenciación de las actividades de grupo. c. Implicación de compañeros voluntarios en el aprendizaje de este alumnado. d. Partiremos siempre de los conocimientos previos de este alumnado (qué sabe). e. Cuando realicen trabajo individual les deberemos exigir que trabajen a su nivel adaptándole las actividades que realizan. 3. Utilización de materiales adaptados, en función de las unidades didácticas que establezcamos en clase. En todo caso debemos de hacernos de algún material (libros de texto, fichas, fotocopias de material elaborado...) para que puedan trabajar en clase. Aunque tengan un libro de texto en las distintas materias deberemos diseñar actividades, en colaboración con el profesorado de apoyo, adaptadas a ellos, a su nivel, intereses y expectativas. 4. Programas específicos (PE) para NEAE: el responsable de la elaboración y aplicación será el profesorado especialista en E.E. (PT), con la colaboración del equipo docente y el asesoramiento del D.O. 7.5.2.- CRITERIOS DE ORGANIZACIÓN DE LA ATENCIÓN AL ALUMNADO POR LA MAESTRA DE PT. Los criterios que utilizaremos para dicha atención al alumnado serán: 1. Tendrá preferencia el alumnado que se incorpora a Secundaria con el correspondiente dictamen de escolarización (modalidades B), o aquel que se le ha efectuado el correspondiente Informe Psicopedagógico en Secundaria y que presenta NEE. 2. Alumnado que presenta Dificultades de aprendizaje (DIA) 3. Alumnado que requiere atención por Compensación Educativa. 2. Se priorizará la atención del PT cuando tengan las clases de Lengua y Matemáticas. 4. Que haya regularidad a lo largo de la semana en el horario de apoyo, procurando que al menos tengan una hora al día siempre que sea posible. PLAN DE ATENCIÓN A LA DIVERSIDAD - IES LA PAZ- Curso 15-16 Página 22