Facturación Electrónica. Normativa y Medidas de Impulso



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Facturación Electrónica. Normativa y Medidas de Impulso Abril de 2013

Parte I Medidas de Impulso

Medidas de impulso de la Facturación Electrónica Comisión Europea: Comunicación de 2/12/2010 Aprovechar en Europa las ventajas de la facturación electrónica. Objetivo: que la facturación electrónica sea el método prevalente de facturación en Europa antes de 2020 Comisión Europea: Decisión de 2/12/2010. Constitución del Foro Europeo Multilateral sobre facturación electrónica http://ec.europa.eu/internal_market/payments/einvoicing/index_en.htm Orden PRE/2794/2011: Impulsa el Servicio Central de Gestión de la Facturación Electrónica en el ámbito de la AGE Crea el Foro Nacional Multilateral sobre facturación electrónica Proyecto de Ley de Impulso de la la Factura Electrónica: Desarrollará la obligatoriedad de facturar electrónicamente a las AAPP

Medidas de impulso de la Facturación Electrónica http://www.facturae.es Información general sobre factura electrónica, normativa y el formato facturae Programa de Ayuda gratuito para la Gestión de Facturación Electrònica para PYMEs Módulos de software para facilitar la programación de aplicaciones propias de Facturación Electrónica Buzones de email para atender consultas técnicas y tributarias: contáctenos http://www.planavanza.es (Cesta Pymes / Financia tus TIC) Ayudas y subvenciones para la implantación de la Facturación Electrónica en las empresas.

Normativa de impulso de la Facturación Electrónica Ley 56/2007 de Medidas de Impulso de la Sociedad de la Información: Artículo 1: Medidas de impulso de la factura electrónica y del uso de medios electrónicos en otras fases de los procesos de contratación: Plan para generalización del uso de efacturas; ayudas económicas; justificación de ayudas y subvenciones. RD Legislativo 3/2011. Texto refundido Ley de Contratos del Sector Público Disposición adicional decimosexta.2: las disposiciones de desarrollo de esta Ley establecerán las condiciones en que prodrán utilizarse facturas electrónicas en la contratación del sector público Disposición final cuarta: facilitar la emisión de facturas electrónicas por las personas y entidades que contraten con el sector público estatal. Orden PRE/2971/2007 Adopción de formato facturae (basado en XML + firma XAdES) como estándar en la AGE y para justificación de subvenciones u otros procedimientos administrativos (ver también Orden EHA/2261/2007)

Orígenes: El formato FACTURAE Acuerdo del año 2005 entre Sector Bancario y AEAT (denominación anterior: efactura_aeat-cci ) Situación actual: Adoptado como estándard de la AGE (y otras AAPP) Evolucionado hasta la versión 3.2, con extensiones para sectores con necesidades específicas: Sector Turístico, Sector Postal (correos), Sector Utilities (luz, agua, gas...) y Sector Telecomunicaciones Evolución prevista: A corto plazo: nuevas extensiones: Construcción; Farmacia; A medio plazo: convergencia con estándares adoptados a nivell europeo (posiblemente UN/CEFACT Cross Industry Invoice)

Parte II - Normativa

Facturación electrónica: Normativa Directiva 2006/112/CE (Arts 217-218, 232-237, 241, 244-249) Modificada por Directiva 2010/45/UE Ley 37/92 IVA - arts. 164.Dos, 165.Uno, 165.Tres RD 1619/2012 Obligaciones de Facturación (Arts.1,8-10,19-23) Orden EHA/962/2007: Desarrollo del anterior Reglamento Resolución 24/10/2007 AEAT: homologación de software de digitalización certificada

Directivas 2006/112/CE y 2010/45/UE Obligaciones de Sujetos Pasivos (IVA): Arts 233 y 244 Conservar facts. recibidas y copias de facturas emitidas Durante todo el período de conservación se ha de garantizar Autenticidad, Integridad y Legibilidad Concepto de Factura Electrónica y de Medios Electrónicos: Arts 217 y 241 expedida y recibida en formato electrónico equipos electrónicos, teléfono, radio, medios ópticos y electromagnéticos

Directivas 2006/112/CE y 2010/45/UE Requisitos de Facturas Electrónicas Autenticidad de Origen Integridad de Contenido Legibilidad Aceptación (consentimiento) del destinatario Flexibilidad para asegurar autenticidad, integridad y legibilidad (art 233): Cada sujeto pasivo determinará el modo de garantizarlos Podrán utilizarse Controles de Gestión que creen una pista de auditoría fiable entre factura y entrega de bienes o prestación de servicios Ejemplos de Tecnologías que garantizan autenticidad e integridad Firma Electrónica Avanzada, basada en un Certificado Reconocido y creada mediante un Dispositivo Seguro de Creación de Firmas EDI (Intercambio Electrónico de Datos)+Autenticidad+Integridad

Directivas 2006/112/CE y 2010/45/UE Conservación de facturas Estados pueden exigir que las facturas se conserven en forma original (papel/electrónica). Art 247.2 Si se conservan las fras por medios electrónicos que garanticen acceso en línea => Las autoridades competentes tienen derecho a acceder a dichas facturas, a proceder a su carga remota y a utilizarlas. Art 249

Facturación electrónica: Normativa Directiva 2006/112/CE (Arts 217-218, 232-237, 241, 244-249) Modificada por Directiva 2010/45/UE Ley 37/92 IVA - arts. 164.Dos, 165.Uno, 165.Tres RD 1619/2012 Obligaciones de Facturación (Arts.1,8-10,19-23) Orden EHA/962/2007: Normas de aplicación Resolución 24/10/2007 AEAT: homologación de software de digitalización certificada Consultas interesantes: Dirección General de Tributos y AEAT

Ley 37/92 (IVA). Art. 164.Dos. (Expedidas).. La expedición de facturas por el empresario o profesional, por su cliente o por un tercero, en nombre y por cuenta del citado empresario o profesional, podrá realizarse por cualquier medio, en papel o en formato electrónico, siempre que, en este último caso, el destinatario de las facturas haya dado su consentimiento. La factura, en papel o electrónica, deberá garantizar la autenticidad de su origen, la integridad de su contenido y su legibilidad, desde la fecha de expedición y durante todo el periodo de conservación.

Ley 37/92 (IVA). Art. 165.Uno y Tres. (Conservación) Las facturas recibidas, los justificantes contables y las copias de las facturas expedidas, deberán conservarse, incluso por medios electrónicos, durante el plazo de prescripción del Impuesto. Esta obligación se podrá cumplir por un tercero, que actuará en nombre y por cuenta del sujeto pasivo. Cuando el sujeto pasivo conserve por medios electrónicos los documentos a que se refiere el apartado uno de este artículo, se deberá garantizar a la Administración tributaria tanto el acceso en línea a los mismos como su carga remota y utilización. La anterior obligación será independiente del lugar de conservación. Obligación recogida en arts. 21.2, 22.2 y 23 Reglamento Facturación

Facturación electrónica: Normativa Directiva 2006/112/CE (Arts 217-218, 232-237, 241, 244-249) Modificada por Directiva 2010/45/UE Ley 37/92 IVA - arts. 164.Dos, 165.Uno, 165.Tres RD 1619/2012 Obligaciones de Facturación (Arts.1,8-10,19-23) Orden EHA/962/2007: Normas de aplicación Resolución 24/10/2007 AEAT: homologación de software de digitalización certificada Consultas interesantes: Dirección General de Tributos y AEAT

RD 1619/2012. Expedición Medios de expedición de Facturas. Requisitos (Arts. 8 y 9) Autenticidad de Origen, Integridad de Contenido y Legibilidad (todas) Consentimiento (tácito 1 o expreso) del destinatario (electrónicas) Autenticidad e Integridad -> cualquier medio de prueba admitido en Derecho. Controles de gestión usuales de la actividad, que permitan crear una pista de auditoría fiable que establezca una conexión entre factura y entrega de bienes o prestación de servicios. Mismo tratamiento que a facturas en papel. Ejemplos de posibles controles de gestión: contrato, pedido, justificante de pago, albarán de entrega de bienes, documento con descripción del servicio prestado, (1) http://www.aeat.es/aeat.internet/inicio/novedades/2013/enero/enero.shtml (22-01-13 Informe de la Dirección General de Tributos sobre la forma en que el destinatario de la factura electrónica debe prestar su consentimiento)

RD 1619/2012. Expedición Algunas formas (sólo son ejemplos 1 ) de acreditar autenticidad e integridad (art 10) Firma Electrónica Avanzada, basada en Certificado Reconocido (cualificado) y, opcionalmente, creada mediante Dispositivo Seguro de Creación de Firmas EDI con procedimientos que garanticen Autenticidad e Integridad Otros medios comunicados a la AEAT por los interesados y validados por la misma (ver consulta Tributos V0243-13) La validación del art 10.1.c es POTESTATIVA (mismo trato que fras en papel y la Directiva de IVA no prevé que se pueda exigir un sistema de validación previa) Es admisible un PDF enviado por email, sin firma electrónica? Lo será, como cualquier otro sistema adoptado, en la medida en que los controles de gestión usuales de la actividad permitan crear una pista de auditoría fiable que establezca una conexión entre la factura y la entrega de bienes o la prestación de servicios o se garanticen de algún otro modo autenticidad, integridad y legibilidad (1) Ver art 233.2 de la Directiva de IVA

RD 1619/2012. Conservación I Deberes de obligados a expedir y conservar facturas Conservar facts. recibidas y copias de facturas emitidas (art 1 y art 19.1) Deben conservarse con su contenido original y ordenadamente (19.2) Las puede conservar un tercero (19.3 y 19.4) El empresario, profesional o sujeto pasivo es el responsable Se requiere comunicación a la AEAT si el 3º no está esta establecido en: UE, Canarias, Ceuta, Melilla o país con acuerdo de asistencia mutua similar a Directivas 2010/24/UE o Reglamento UE 904/2010 Hay que garantizar acceso por parte de Admon Tributaria, sin demora, salvo causa justificada (20.1)

RD 1619/2012. Conservación II Se admite conservación por medios electrónicos (20.2) Medios Electrónicos: equipos electrónicos, medios ópticos o electromagnéticos Requisitos de conservación por medios electrónicos: Asegurar legibilidad en formato original y de datos, mecanismos o elementos que garanticen Autenticidad e Integridad (art 21.1) Garantizar acceso en línea, carga remota y utilización por Administración tributaria, sin demora injustificada (21.2 y 23) [ver consultas 2414/2004, 2430/2004 y 289/2004 DGT] Se define acceso completo : permitir visualización, búsqueda selectiva, copia o descarga en línea e impresión (21.2). Ver arts 5-7 y 9 de Orden EHA/962/2007

RD 1619/2012. Conservación III Lugar de conservación (art 22): Libertad de elección, a condición de que, ante cualquier solicitud, se ponga la documentación/información a disposición de la Admon tributaria que esté comprobando la situación, sin demora injustificada Fuera de España: sólo medios electrónicos con garantías art 21.2 ( acceso en línea, carga remota y utilización ). Requiere comunicación previa 1 a AEAT Digitalización Certificada: El nuevo Reglamento no lo menciona, como tampoco el anterior. Pdte de revisión de la Orden Ministerial, para ver si el sistema se mantiene sin cambios, se modifica o se suprime. Art 21 Reglamento exige asegurar legibilidad en formato original y art 97 Ley IVA exige factura original para derecho a deducción IVA soportado. (1) Art 9.2 EHA/962/2007: comunicación previa sólo si se trata de países no UE sin instrumento de asistencia mutua

Facturación electrónica: Normativa Directiva 2006/112/CE (Arts 217-218, 232-237, 241, 244-249) Modificada por Directiva 2010/45/UE Ley 37/92 IVA - arts. 164.Dos, 165.Uno, 165.Tres RD 1619/2012 Obligaciones de Facturación (Arts.1,8-10,19-23) Orden EHA/962/2007: Normas de aplicación Resolución 24/10/2007 AEAT: homologación de software de digitalización certificada Consultas interesantes: Dirección General de Tributos y AEAT

Consultas interesantes de la DGT y de la AEAT V0243/2013 DGT 29-01-2013 Sistema de facturación electrónica propuesto por el interesado (art 10.1.c de Reglamento 2012) V0634/2008 DGT 01-04-2008 Digitalización certificada de todo tipo de documentos originales en soporte papel, para su conservación por medios electrónicos. V1183/2007 DGT 07-06-2007 Digitalización certificada de documentos recibidos en soporte papel, para su conservación por medios electrónicos. 115/2004 DGT 03-02-2004 Sustituir la conservación de las facturas y documentos sustitutivos en papel por su conservación por medios electrónicos. V1595/2005 DGT 27-07-2005 El envío por correo electrónico (sin firma electrónica) de las facturas no resulta ajustado a Derecho (con Reglamento 2003).

Consultas interesantes de la DGT y de la AEAT 1037/2003 DGT 25-07-2003 Posibilidad de transmitir a través de correo electrónico (sin ninguna garantía adicional) las facturas expedidas. No se admitía (con Reglamento 2003). 2411/2003 DGT 23-12-2003 Deber de expedir y entregar factura. Medios telemáticos. 0218/2004 DGT 09-02-2004 Puesta a disposición de facturas a través de Internet en página web del proveedor. 2430/2004 AEAT 22-07-2004 Qué se entiende por «acceso completo»?. 2414/2004 AEAT 20-01-2004 Conservación: fuera de España. Sistema que permita el acceso en línea, así como la carga remota y utilización por parte de la administración tributaria.

Consultas interesantes de la DGT y de la AEAT 289/2004 DGT 13-02-2004 Conservación por medios electrónicos de facturas expedidas. Acceso en línea a los datos; carga remota y utilización por parte de la Administración; Acceso completo. Concepto de Matriz. 740/2004 DGT 24-03-2004 Las fotocopias legalizadas de las facturas originales no se consideran documentos justificativos del derecho a la deducción. Sólo se admiten facturas originales.

Referencias de interés http://www.facturae.es http://www.lafacturaelectronica.es/descargas (Manual La factura electrónica ) http://www.planavanza.es (Cesta Pymes) http://ec.europa.eu/internal_market/payments/einvoicing/index_en.htm http://ec.europa.eu/taxation_customs/resources/documents/taxation/vat/traders/invoicing_rules/explanatory_notes_es.pdf

Gracias por su atención www.agenciatributaria.es