Oficina de Protección de Derechos de Infancia y Adolescencia 2015 Protocolo de Derivación
I. OFICINA DE PROTECCIÓN DE DERECHOS DE INFANCIA, CURICÓ Qué es OPD? Es un convenio entre el Servicio Nacional de Menores y la I. Municipalidad de Curicó que busca instaurar estrategias y acciones tendientes a relevar las necesidades de la niñez y la adolescencia en todos los niveles de discusión bajo una lógica territorial, que permita contar con sistemas Locales de Protección y Garantía de Derechos. El objetivo de OPD Curicó es prevenir y atender vulneraciones de derechos de niños, niñas y adolescentes a través de la atención directa y la articulación de la respuesta del gobierno local y los actores del territorio, como garantes de derechos de niños, niñas y adolescentes, en al menos, el espacio comunal. Para realizar esta tarea OPD se compone de dos áreas complementarias: Área de Gestión Intersectorial. Área Proteccional. A quiénes atendemos? OPD atiende a todos los niños, niñas y adolescentes, menores de 18 años, que hayan sido víctimas o se encuentren en amenaza de una posible vulneración de derechos. II. Protocolo de derivación OPD Curicó Objetivos del Protocolo Favorecer el proceso de derivación entre los diversos organismos, tanto públicos como privados, mediante un procedimiento estandarizado, que garantice la protección efectiva de los niños, niñas y adolescentes que sufran vulneración de derechos. Establecer una pauta de derivación uniforme y estandarizada para el uso de las diversas instituciones que requieran la intervención y orientación.
Garantizar que la entrega de información escrita sea pertinente, clara, completa y precisa desde un organismo que requiera de nuestra atención y asesoría, acompañando todos los antecedentes que se disponga. Vías de Ingreso 1. Derivación desde las diversas instancias municipales: Educación (establecimientos educacionales) Salud (Unidades de Salud); red SENAME; otras instancias públicas, privadas y de orden comunitario. 2. Demanda espontánea, es decir, cuando la familia u otra persona ajena que tome conocimiento de alguna posible vulneración de derecho, que afecte a un niño, decida informar en OPD. 3. Juzgados de Familia. 4. Ministerio Público. 5. Denuncias anónimas. Procedimiento de la derivación 1. Pesquisar vulneración de derechos (todo perjuicio en el bienestar de un niño, niña o adolescente, detectada por una Institución) 2. Envío de ficha de derivación: desde la Institución a OPD Curicó, a través de: Oficio. Correo electrónico: opd@curico.cl. 3. Debiendo estar firmada y timbrada por el representante legal de la Institución que deriva, o por el profesional que detecta el caso. 4. Siempre que el caso lo permita, se sugiere informar a los padres y/o adultos responsables de su derivación a nuestra institución. Recepción de ficha de derivación: 1. Por oficio, la recepción será realizada por la Secretaria, quien entregará la ficha de derivación a la Coordinación de OPD Curicó. 2. Por correo electrónico, la recepción será realizada por la Coordinación de OPD Curicó.
La persona que realiza la derivación por parte de la institución, asume la responsabilidad de seguimiento del caso desde el envío hasta la recepción del niño, niña o adolescente a OPD Curicó. Designación dupla psicosocial Si corresponde, la coordinación entregará la ficha de derivación a un profesional o dupla psicosocial (asistente social y psicóloga) de OPD Curicó. Confirmar la recepción de ficha de derivación Se informará dentro del plazo de tres días hábiles, desde su recepción, a la institución que deriva mediante correo electrónico. Información de avance del caso: Se enviará la información de avance parcial a través de correo electrónico, en el plazo de sesenta días desde el ingreso administrativo a OPD Curicó. Por esto es imprescindible que las instituciones que deriven a OPD cuenten con un correo institucional único. Así mismo, se informará una vez que el niño, niña o adolescente finalice el proceso de intervención en OPD Curicó o se realice el egreso administrativo (cuando deja de asistir), considerándose para esto tres inasistencias, luego de que se ha intentado establecer el contacto con el adulto responsable y previo a la visita domiciliaria para determinar el egreso administrativo. En caso de que la institución que deriva requiera de información, es importante señalar que los antecedentes obtenidos durante el proceso de intervención son de carácter reservado y confidencial, por lo cual sólo se entregará Certificado de Atención al adulto responsable el cual será emitido por el profesional a cargo del caso. Casos que atiende OPD Curicó El Componente de Protección de Derechos apunta a brindar prioritariamente atención legal, psicológica y/o social a los niños, niñas, adolescentes y sus familias, que presentan una situación de vulneración de derechos y/o de exclusión social.
La evidencia indica que el modelo OPD recibe a niños, niñas y adolescentes que han sufrido vulneraciones de derecho asociadas a todos los niveles de complejidad (baja, mediana y alta), siendo una puerta de entrada al sistema de protección especial. Si la Vulneración de Derechos, es de alta complejidad, OPD realizará la denuncia en fiscalía y/o Juzgado de Familia, según corresponda, además debe gestionar, derivar e ingresar a la niña, niño y/o adolescente a Programa Especializado en reparación. Si no existe un cupo, OPD realizará un proceso de acompañamiento asistido, mientras se espera el ingreso al proyecto correspondiente. En el caso de denuncias de vulneración grave (como abuso sexual, maltrato físico, etc.) dentro de los Establecimientos Educacionales, son sus directores o quien subrogue, quienes deben obligatoriamente presentar la denuncia ante Fiscalía o en Juzgado de Familia según corresponda dentro de un plazo de 24 horas desde la toma conocimiento del caso (establecido en el Código Civil Arts. 2314, 2315 y siguiente; Arts. 70 y 72 de la Ley Nº 19.968, Arts. Nº 175, 176 y 177 del Código Penal y Ley Nº 19.617 Delitos Sexuales) Si la Vulneración de Derechos, es de Mediana y baja complejidad, OPD deberá determinar, según cada caso, si realiza coordinación, derivación o la intervención directamente. Entendiéndose por: Baja Complejidad: Presencia de situaciones y/o conductas que no provocan un daño evidente en NNA. Mediana Complejidad: Presencia de situaciones y/o conductas de evidente señal de alerta de cronificación de Vulneración de derechos
Diagrama de Ingreso OPD