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Transcripción:

PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS DEL SERVICIO DE ALIMENTACIÓN DE PACIENTES DE LAS UNIDADES DE SALUD MENTAL DEL ÁREA IV ADSCRITAS AL HOSPITAL UNIVERSITARIO CENTRAL DE ASTURIAS 1.- OBJETO Es objeto de contratación la prestación del servicio de alimentación para pacientes de los distintos dispositivos de la Red de Salud Mental del Área Sanitaria IV, dependiente de la Gerencia de Atención Especializada de este área, consistente en la compra, elaboración, emplatado y distribución al punto de consumo de comidas y cenas, y al suministro de diversos víveres para la elaboración de desayunos y meriendas, por el personal de los servicios asistenciales. La prestación del servicio se ajustará a las siguientes condiciones: 1.1. CENTROS.- Se distribuirán los servicios de desayuno, comida, merienda y cena, a los siguientes dispositivos de la Red de Servicios de Salud Mental: CENTRO Unidad Residencial de Salud Mental Hogar Protegido La Casita Centro de Rehabilitación Comunidad Terapéutica de San Lázaro Hospital de Día de San Lázaro Piso Protegido DIRECCIÓN Urbanización Colegio La Arboleya Meres - Siero Les Folgueres, 31 Paredes - Siero C/ Armando Collar, s/n. C/ Armando Collar, s/n. C/ San Lázaro, nº 12, 4º Dcha. 1.2. SERVICIOS.- El servicio de alimentación consistirá en la elaboración, emplatado, distribución, recogida y limpieza de utensilios y enseres empleados, para pacientes de los dispositivos arriba mencionados, de acuerdo a la siguiente planificación: Comidas y cenas: el servicio de comidas y cenas se servirá en recipientes gastronorm, cerrados con tapa hermética e introducidos en recipiente isotérmico de transporte. Los recipientes irán identificados de acuerdo al EXPEDIENTE Nº 33.10.007 Página 1 de 5

plan de dietas establecido para el paciente. En el caso de las comidas, se establece que antes de las 13 horas deberán estar servidas en los respectivos centros, y antes de las 20 horas para el caso de las cenas. Cada menú irá acompañado de un ensalada de lechuga y tomate. En la elaboración de los menús se tendrá en cuenta el perfil de los pacientes de estos dispositivos, personas con una actividad ocupacional diaria, y por tanto, con unos requerimientos calóricos diferentes a los de los pacientes encamados. La carta de menús se presentará con antelación suficiente, para su exposición en los dispositivos. Se contabilizarán los menús elaborados, antes de su distribución. La distancia existente entre los diferentes dispositivos y el lugar de elaboración de las comidas, supone un serio inconveniente a la hora de reclamaciones. Desayunos y meriendas: se suministrarán las materias primas necesarias para su elaboración, siendo suministradas conjuntamente con el reparto de las comidas. Los desayunos y meriendas serán preparados por personal de los propios dispositivos. 1.3. PLAN DE DIETAS.- El adjudicatario elaborará un plan de dietas personalizado para los distintos pacientes en función de su propias necesidades dietéticas y su patología. La planificación de los menús será, al menos, de rotación quincenal y, se deberá efectuar al menos un cambio entre las temporadas de primavera-verano y otoñoinvierno. 2.- PRESTACIÓN DEL SERVICIO Y NORMATIVA APLICABLE La ejecución del servicio se ajustará a la normativa vigente en materia de higiene y seguridad alimentaria, especialmente serán de aplicación las siguientes normas: - Real Decreto 2207/1995, de 28 de diciembre, por el que establecen las normas de higiene relativas a los productos alimenticios. - Real Decreto 3484/2002, de 29 de diciembre, por el que se establecen las normas de higiene para la elaboración, distribución y comercio de comidas preparadas. EXPEDIENTE Nº 33.10.007 Página 2 de 5

- Real Decreto 1712/1991, de 29 de noviembre, sobre Registro General Sanitario de Alimentos. - Real Decreto 202/2000, de 11 de febrero, por el que se regulan las normas relativas a los manipuladores de alimentos. - Decreto 8/2002, de 23 de agosto, del Principado de Asturias, por el que se regulan los programas de formación en higiene de los alimentos en empresas del sector alimentario. 3.- VOLUMEN DE ACTIVIDAD Los servicios estimados en cada uno de los centros son los siguientes: CENTRO COMIDAS / DÍA CENAS / DÍA U. Residencial Salud Mental 27 28 Hogar Protegido La Casita 8 9 Comunidad Terapéutica de San Lázaro 20 22 Hospital de Día de San Lázaro 10 0 Piso Protegido 3 0 En cuanto a desayunos y meriendas, se calculan en función del número de pacientes por centro, debiendo servirse ambos servicios a la Unidad Residencial de Salud Mental, Hogar Protegido La Casita y Comunidad Terapéutica. 4.- TRANSPORTE El transporte de los alimentos se efectuará en vehículos adaptados a la normativa vigente, y se realizará en recipientes individuales isotérmicos tipo gastronorm. Se aportarán además contenedores, también isotérmicos y carros de transportes, para asegurarse una adecuada conservación de los productos a servir. El personal encargado de distribuir las comidas irá debidamente uniformado, y depositará los recipientes isotérmicos en los lugares que le sea indicado por los responsables de los distintos centros. EXPEDIENTE Nº 33.10.007 Página 3 de 5

5.- FACTURACIÓN El adjudicatario presentará factura detallada por servicio, desglosando el importe a facturar en concepto de comidas y cenas. Los servicios facturados serán debidamente justificados mediante la entrega de los albaranes correspondientes a las entregas realizadas, que serán adjuntados a las facturas y estarán conformados por parte del personal responsable de las distintas unidades. Para el caso de los materiales suministrados para elaboración de los desayunos y meriendas, estos se facturarán a precio de coste de los mismos, rigiendo como precios máximos los indicados en el Anexo a este Pliego de Prescripciones Técnicas. 6.- IMPORTE El importe máximo de licitación para la prestación del servicio de Alimentación de pacientes de las Unidades de Salud Mental del Área IV adscritos al Hospital Universitario Central de Asturias será de 364.937,44 anuales, que se corresponden con el siguiente desglose: Comidas y cenas: 127 servicios/día, a un precio máximo de 7,33... 339.782,15 / año Desayunos, meriendas y extras: 2.096,274 / mes... 25.155,29 / año TOTAL ANUAL... 364.937,44 / año Oviedo, 28 de agosto de 2009 Fdo.: Mario González González EL GERENTE DEL HUCA EXPEDIENTE Nº 33.10.007 Página 4 de 5

A N E X O PRECIOS MÁXIMOS DE LICITACIÓN ( IVA INCLUIDO ) CONCEPTOS IMPORTE EN EUROS COMIDAS - CENAS 7,33 AGUA MINERAL 33cc 0,08 AGUA MINERAL LITRO 0,18 AZÚCAR SOBRE (CAJA 1500) 11,52 BISCOTES 2 UNIDADES 0,05 CAFÉ MOLIDO 250 GR 1,34 COLA CAO SOBRE (CAJA 40 SOBRES) 3,24 DESCAFEINADO SOBRE (CAJA 100) 3,33 GALLETAS PAQUETE CAJA 7,17 INFUSIONES (CAJA) 1,85 LECHE BRICK 1 LITRO DESNATADA 0,51 LECHE BRICK 1 LITRO ENTERA 0,55 MAGDALENAS PAQUETE 0,22 MARGARINA (CAJA 200 UNIDADES) 4,72 MERMELADA (CAJA 396 UNIDADES) 11,63 PAN 0,06 REFRESCO LATA 33cc 0,32 SACARINA CAJA 1,86 YOGUR 0,11 ZUMO BRICK 200cc 0,16 ZUMO BRICK LITRO 0,53 EXPEDIENTE Nº 33.10.007 Página 5 de 5