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Transcripción:

ANEXO 6 JUSTIFICACION Y ESTUDIO PREVIO PARA DETERMINAR LA CONVENIENCIA Y OPORTUNIDAD EN LA CONTRATACION De conformidad con lo dispuesto en la ley 80 de 1993, y en concordancia con los artículos 3.4.2.3.1 del Decreto 734 de 2012 y de conformidad con el literal e) del numeral 4 y el parágrafo 1 del artículo 2 de la ley 1150 de 2007 establece que los contratos se podrán celebrar de manera directa. 1. DESCRIPCIÓN DE LA NECESIDAD QUE SE PRETENDE SATISFACER: Un claro reconocimiento a la importancia del sector en la vida pasada, presente y futura del País, ha sido el hecho de que haya sido uno de los primeros en ser incluidos en el grupo de los que se ha decidido consolidar como Sectores de Talla Mundial, fue el de Diseño, Confección, Textil y Moda, pues, además, sus empresarios se comprometieron a aceptar el reto de convertir sus empresas en competidoras internacionales, en los mercados mundiales, pero principalmente en los que abren los tratados de libre comercio que se han venido firmando con diversos países y regiones del Globo. Dicho compromiso, que finalmente es de País, recoge también el del SENA, de responder con eficiencia a los nuevos requerimientos de la industria, en cuanto a las condiciones de formación del personal para las empresas ahora requeridas y el apoyo para el desarrollo tecnológico y la innovación que tiene que darse, para alcanzar niveles de productividad internacionales y, finalmente, la competitividad exigida en el mundo globalizado. En otras palabras, esta oportunidad de desarrollo nacional, se traduce en una enorme responsabilidad para el de la Regional Distrito Capital del SENA, la cual en los últimos tiempos se ha visto cristalizada en una serie de demandas de formación del personal de las empresas del sector textil de la Región de influencia, en sus diferentes niveles, aunada a la petición de apoyo para el fortalecimiento de su desarrollo tecnológico y la capacidad de innovación. Como respuesta, el Centro se ve hoy en la necesidad de desarrollar un ambiente de aprendizaje, experimentación y análisis, único en el País, que permita reforzar las formación del personal de las empresas, con los mejores conocimientos tecnológicos existentes a nivel mundial, y donde también se puedan adelantar análisis, estudios e investigaciones que apoyen el desarrollo tecnológico y el lanzamiento de nuevos productos textiles, exitosos en los mercados nacionales e internacionales. Los principales beneficios buscados son: El resultado principal es el de poder disponer de un espacio que estará en condiciones de formar personas preparadas para enfrentar las nuevas exigencias de desarrollo tecnológico e innovación permanente que están comenzando a experimentar las empresas del sector textil colombiano. Igualmente, se estará en capacidad de acompañar proyectos que apunten al desarrollo o uso de nuevas materias primas, que respondan mejor al desarrollo armónico con la naturaleza; modificaciones e innovaciones en los procesos productivos, con miras a mejorar su productividad y a tornarlos menos contaminantes; nuevos acabados textiles, que respondan a las demandas actuales y futuras de mercados que cada vez son más especializados y exigentes en cuanto a calidad, durabilidad y funcionalidad de las prendas. El proyecto está dirigido a atender principalmente las tres poblaciones básicas en la consolidación de una industria textil colombiana, con personas y conocimientos de talla mundial:

Aprendices: Obtendrán una formación acorde con los estándares internacionales correspondientes, tanto a través de los programas de formación actuales, como de los nuevos que se deban ofrecer, de manera que puedan cumplir con el papel que la industria textil colombiana requiere para poder ser competitiva a nivel global. Empresas del sector Textil: brindar servicios tecnológicos especializados que contribuyan a la solución de problemas y respondan a necesidades que tengas las empresas de sector textil, como sector de talla mundial, a través de acciones de transferencia tecnológica, análisis y ensayos, servicios técnicos, certificación, clasificación, consultoría, investigación aplicada y nuevos desarrollos tecnológicos. Instructores: Garantizar su capacitación, formación y actualización permanentes y a los máximos niveles posibles, que les permitan aprovechar de manera óptima, las herramientas de que se dispondrá, con miras a poder atender las demandas de aprendices y empresas 2. EL PROYECTO CREACIÓN DE AMBIENTE DE FORMACIÓN EN TEXTILES, CON LA DOTACIÓN INSTRUMENTAL PARA EL ACOMPAÑAMIENTO EN EL FORTALECIMIENTO DE LA COMPETITIVIDAD DE LAS EMPRESAS TEXTILES COLOMBIANAS DE TALLA MUNDIAL comprende la adecuación de un ambiente y su dotación mediante la adquisición de equipos para análisis nanométricos de diferentes tipos de materiales de la cadena textil; elementos de laboratorio para caracterización de fibras; elementos de laboratorio para tejidos; elementos de laboratorio para tintorería; elementos de laboratorio para estampación; elementos de laboratorio para análisis de calidad; vidriería, insumos y elementos de laboratorio complementarios y documentación y acciones de transferencia de conocimientos hacia y desde el Centro, representado tanto en formación titulada como complementaria, transferencia tecnológica, investigación aplicada fortaleciendo las actividades de I+D en las empresas textiles que le permita agregar valor a sus procesos y productos. 3. OBJETIVO Compra de equipos para análisis manométricos de diferentes tipos de materiales de la cadena textil; elementos de laboratorio para caracterización de fibras; elementos de laboratorio para tejidos; elementos de laboratorio para tintorería; elementos de laboratorio para estampación; elementos de laboratorio para análisis de calidad. OBJETIVO ESPECÍFICO Diseñar y adecuar el espacio básico requerido para el montaje del instrumental Tramitar la adquisición del instrumental de laboratorio inicialmente definido Instalar y poner en funcionamiento los montajes Iniciar el ofrecimiento de actividades de formación Iniciar el ofrecimiento de apoyo a las empresas del sector textil, en los estudios de su interés Actualizar al equipo de instructores del área textil a través de la transferencia de conocimientos de expertos internacionales 4. RESULTADOS

Resultado 1 Formación de aprendices: con programas como: Tecnología Textil, Tecnología química textil, tecnología en diseño y desarrollo de nuevos materiales textiles, técnica en materiales textiles. Resultado 2 Investigación aplicada búsqueda de solución a problemáticas empresariales Resultado 3 Servicios industriales de ensayo, certificación, consultoría, asesoría, etc. 5. ELEMENTOS REQUERIDOS PARA TRASFERENCIA TECNOLÓGICA DENOMINACIÓN JUSTIFICACION NOMBRE DE LA TECNOLOGIA Permite impartir formación en los fundamentos nanotecnológicos donde Kit de análisis manométrico y se muestran los cambios en las microscopio de barrido Nanotecnología propiedades de las sustancias cuando su tamaño se reduce, y en algunos casos intervenir a este nivel a través de investigación aplicada. Caracterización y control de calidad de fibras y tejidos textiles Permite caracterizar los material textiles intervenidos o no a nivel manométrico El laboratorio es equipado para prestar servicios tecnológicos al sector productivo en materiales textiles. Secuencia de equipos de caracterización y control de calidad en el desarrollo de nuevos materiales 6. TRANSFERENCIA DE CONOCIMIENTOS TECNOLOGICOS Actualización de instructores del CMTC, en las nuevas tecnologías acordes a las exigencias de un mercado de talla mundial, quedando en condiciones para realizar la transferencia a nivel empresarial. 7. FUNDAMENTOS JURÍDICOS QUE SOPORTAN LA MODALIDAD DE SELECCIÓN: Una vez analizado los elementos objeto de la transferencia tecnológica (bienes y conocimientos), la naturaleza del proyecto, origen del rubro presupuestal y finalidad del objeto a contratar, es aplicable la modalidad de contratación directa, establecida en la Ley 80 de 1994 y específicamente en el artículo 3.4.2.3.1 del Decreto 734 de 2012 que a la letra reza: 3.4.2.3.1 Contratos para el desarrollo de actividades científicas y tecnológicas. En la contratación directa para el desarrollo de actividades científicas y tecnológicas, se tendrá en cuenta la definición que de tales se tiene en el Decreto ley 591 de 1991 y las demás normas que lo modifiquen, adicionen o deroguen. En todo caso, en el acto administrativo que dé inicio al proceso, la entidad justificará la contratación que se pretenda realizar en aplicación de esta causal 8. LUGAR DE EJECUCIÓN: Bogotá D.C 9. PRESUPUESTO OFICIAL

Los recursos para este proceso se ejecutarán así: PERIODO No. CDP O AUTORIZACION VALOR TOTAL VIGENCIAS FUTURAS INCLUIDO IVA Vigencia 2012 No. 7712 del 25 de Septiembre $876.694.278 de 2012 Vigencia 2013 $876.694.279 VALOR TOTAL DE PROYECTO $1.753.388.557 El presupuesto establecido para cada lote es el siguiente: Lote 1 Equipos de nanotecnología $ 923.360.000 Lote 2 Equipos laboratorio textil $ 823.042.945 Sub total $1.746.402.945 Total con 4 x mil $1.753.388.557 10. PLAZO EJECUCIÓN: El plazo para la ejecución del contrato es de ciento veinte días (120) días calendario, contados a partir del registro presupuestal correspondiente y la aprobación de la garantía única. 11. FORMA DE PAGO: El SENA realizará un solo pago contra entrega par parte del proveedor. El valor del contrato de pagará de la siguiente manera: Se dará un anticipo equivalente al 50% del valor del contrato, para cuya entrega será requisito indispensable una vez perfeccionado el contrato, la constitución por parte del proponente de la garantía única aprobada por el SENA. Para la administración del anticipo y con el propósito de garantizar que dichos recursos se apliquen exclusivamente a la ejecución del contrato, el contratista deberá constituir una fiducia o patrimonio autónomo irrevocable a nombre del contrato, de acuerdo con el artículo 91 de la Ley 1474 de 2011. El desembolso del anticipo estará condicionado a la entrega del documento de constitución de la fiducia o patrimonio autónomo. El costo de la comisión fiduciaria o patrimonio autónomo irrevocable será asumido en su totalidad por el contratista. De causarse, los rendimientos financieros deberá el contratista consignarlos en la cuenta indicada por la Entidad, una vez se termine de amortizar el anticipo o en la respectiva acta de liquidación. Se realizará un último pago del 50% del valor del contrato una vez se hayan ingresado al almacén de la entidad, todos los equipos, objeto de este proceso y realizada la transferencia tecnológica. Los pagos se realizarán dentro de los 15 días siguientes a la radicación de la factura, la cual debe estar acompañada del acta de recibo a satisfacción por parte del supervisor del contrato y las notas de entrada al almacén. De este pago se amortizará el 100% del anticipo. Se dará aplicación al parágrafo 2 del artículo 50 de la Ley 789 del 27 de diciembre de 2003, modificado por el artículo 1º de la Ley 828 del 10 de julio de 2003, que señala: Será obligación de las entidades estatales incorporar en los contratos que celebren, como obligación contractual, el cumplimiento por parte del CONTRATISTA de sus obligaciones frente al Sistema de Seguridad Social Integral, parafiscales (Cajas de Compensación Familiar, SENA e ICBF) por lo cual, el

incumplimiento de esta obligación será causal para la imposición de multas sucesivas hasta tanto se dé el cumplimiento, previa verificación de la mora mediante liquidación efectuada por la entidad administradora 12. RIESGOS QUE DEBE ASUMIR EL CONTRATISTA: El proveedor deberá constituir a su costo y a favor del SENA, una garantía Única, con una Compañía de Seguros legalmente establecida en el país, que avalará el CUMPLIMIENTO de las obligaciones surgidas del contrato, la cual se mantendrá vigente durante la vida y liquidación del mismo y se ajustará a los límites, existencia y extensión de los siguientes amparos: De Cumplimiento: Equivalente al diez por ciento (10%) del valor del Contrato, con una vigencia igual al término de duración del contrato y un (1) año más, contados a partir de la fecha de expedición de la póliza, a la cual podrá imputarse tanto el valor de la cláusula penal pecuniaria como las multas o los perjuicios derivados de la declaratoria de caducidad. De Calidad de los bienes: Equivalente al cincuenta (50%) del valor total del contrato, por el término de ejecución del contrato y tres (03) años más contados a partir de la fecha de expedición de la póliza. De Salarios, Prestaciones Sociales e Indemnizaciones: Equivalente al cinco por ciento (5%) del valor del contrato, por el término de duración del mismo y tres (3) años más. 13. SUPERVISIÓN: El Centro de Manufactura textil y del cuero efectuará la Supervisión de ejecución del contrato a través del funcionario que sea designado, quien velará por el cabal cumplimiento de todas y cada una de las actividades que se le encomienden al Contratista. SONIA ENCISO MOSQUERA SUBDIRECTORA CENTRO DE MANUFACTURA EN TEXTILES Y CUERO Dada en Bogotá, a los 19 días del mes de Noviembre del año 2012