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Transcripción:

Pachuca de Soto, Hidalgo, 08 de junio de 2017 Visto el estado que guardan los presentes autos, del expediente relativo al Recurso de Revisión Número 187/2017, que hace valer la ( ), en contra del Sujeto Obligado PODER EJECUTIVO del Estado de Hidalgo, es de resolverse con base en los siguientes: A N T E C E D E N T E S I.- La ( ), solicitó al Sujeto Obligado PODER EJECUTIVO del Estado de Hidalgo, a través de la Plataforma Nacional de Transparencia, sistema Infomex Hidalgo, en fecha 24 veinticuatro de abril de 2017 dos mil diecisiete a las 15:41 horas, solicitud con número de folio 00256317, la siguiente información: A la secretaria de salud del estado: El presupuesto designado en 2016 para la atención y tratamiento de las personas con VIH/Sida detectadas en el sistema de salud del estado de hidalgo, desglose de los programas, campañas, materiales de difusión, prevención y atención al VIH/sida. Estadísticas sobre los casos detectados en el estado durante 2016 de personas con VIH/sida y cuantos de ellos fueron mujeres en periodo de gestación. Número de casos en el primer trimestre del 2017 de mujeres embarazadas con VIH/sida Cuánto es el gasto del sector salud para dar el tratamiento con antirretrovirales a un paciente con VIH Cuál es el supuesto que recibe el Centro Nacional para la Prevención y el Control del VIH/SIDA Hidalgo. Cuántas personas son atendidas anualmente en el Centro Nacional para la Prevención y el Control del VIH/SIDA Hidalgo II.- Con fecha 24 veinticuatro de mayo de 2017 dos mil diecisiete, a las 16:23 horas, este Instituto recibió recurso de revisión a través del Sistema de Gestión de Medios de Impugnación de la Plataforma Nacional de Transparencia, donde la recurrente ( ) manifiesta: Venció el plazo para que el sujeto obligado proporcione la información solicitada III.- Por acuerdo de fecha 26 veintiséis de mayo de 2017 dos mil diecisiete, la Directora Jurídica y de Acuerdos de este Instituto, lo registra bajo el número 1

187/2017, lo notifica al Sujeto Obligado PODER EJECUTIVO del Estado de Hidalgo donde le requirió manifestara lo que a su derecho conviniera dentro del término de cinco días y lo turna al Comisionado Ponente C.P.C. MARIO RICARDO ZIMBRÓN TÉLLEZ para que resuelva en términos de lo establecido en el artículo 156 de la Ley de Transparencia vigente. IV.- Dentro del plazo concedido al Sujeto Obligado PODER EJECUTIVO del Estado de Hidalgo, a través de informe presentado en oficialía de partes de este Instituto, refiere lo siguiente: Con relación al acuerdo dictado por ese Órgano Garante de fecha 26 de mayo de 2017 donde se admite el Recurso de Revisión interpuesto por la ahora recurrente la ( ) registrado en el Libro de Gobierno bajo el número de expediente 187/2017, notificado ante esta Unidad de Transparencia del Poder Ejecutivo, dando cumplimiento en tiempo y forma de conformidad con lo establecido en el artículo 156 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública para el Estado de Hidalgo que establece un plazo de 5 (cinco) días para tales efectos, a continuación exponemos: PRIMERO.- Con fecha 24 de abril de 2017 a las 15:41 hrs., la ( ), presentó por medio del Sistema de Solicitudes de Acceso a la Información de la Plataforma Nacional de Transparencia, la solicitud de acceso a la información con número de folio 00256317, en los siguientes términos: (Anexo I). A la secretaria de salud del estado: El presupuesto designado en 2016 para la atención y tratamiento de las personas con VIH/Sida detectadas en el sistema de salud del estado de hidalgo, desglose de los programas, campañas, materiales de difusión, prevención y atención al VIH/sida. Estadísticas sobre los casos detectados en el estado durante 2016 de personas con VIH/sida y cuantos de ellos fueron mujeres en periodo de gestación. Número de casos en el primer trimestre del 2017 de mujeres embarazadas con VIH/sida Cuánto es el gasto del sector salud para dar el tratamiento con antirretrovirales a un paciente con VIH Cuál es el supuesto que recibe el Centro Nacional para la Prevención y el Control del VIH/SIDA Hidalgo. Cuántas personas son atendidas anualmente en el Centro Nacional para la Prevención y el Control del VIH/SIDA Hidalgo SEGUNDO.- Con fecha 08 de mayo de 2017, la Unidad de Transparencia del Poder Ejecutivo respondió a través del Sistema de Solicitudes de Acceso a la Información de la Plataforma Nacional de Transparencia (INFOMEX) a la solicitud de acceso identificada con el folio 00256317, de la siguiente manera: (Anexo II) 2

Con la finalidad de dar cumplimiento a lo solicitado, de conformidad con los Artículos 4, Fracción XXVI, incisos a, 24, 41, Fracciones I, IV y V de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública para el Estado de Hidalgo, la Unidad de Transparencia de éste sujeto obligado se permite hacer de su conocimiento lo referido por la(s) Unidad (es) Administrativa(s) responsable(s) de la información: Durante el 2016, se asignó un presupuesto de $ 38 515,777.59 pesos para la atención y tratamiento de las personas que viven con VIH. En materia de campañas y material de difusión no se contó con presupuesto específico. En los 484 centros de salud de Hidalgo se realizan de manera permanente cursos y talleres dirigidos a la población en general donde se abortan (sic) temas como prevención del VIH, uso y colocación correcta del preservativo, se distribuyen trípticos con temas de prevención de VIH/SIDA e infecciones de Transmisión Sexual, y se cuentan con pruebas rápidas de VIH para tamizar a la población general con énfasis a la población de riesgo, a través de las redes sociales oficiales de la Secretaría de Salud se difunde información en (sic) relacionada con la prevención y tamizaje a través de pruebas rápidas de VIH. Durante el 2016 se detectaron 270 personas con VIH/SIDA y 8 casos en mujeres embarazadas. En el 2017 con corte al mes de marzo se tienen identificadas a 7 mujeres embarazadas con VIH y que están recibiendo atención en la unidad especializada CAPASITS (Centro Ambulatorio para la Prevención y Atención en SIDA e Infecciones de Transmisión Sexual). El gasto mensual por paciente que el sector salud realiza para garantizar el tratamiento antirretroviral de las personas que viven con VIH es de $ 5,173.69 en promedio. El presupuesto asignado para el programa Estatal de VIH/Sida del Estado de Hidalgo es de $45 589,2836.14 (sic) pesos. Actualmente en el Centro de atención ambulatoria de prevención y atención en sida e infecciones de transmisión sexual (CAPASITS) atiende a 864 personas que viven con VIH, otorgándoles una atención integral por médico internista, médico general, odontólogo, nutriólogo, trabajo social, enfermería, Psicología, etc. El Centro Nacional para la Prevención y Atención del VIH /sida, depende de la Secretaría de Salud Federal, por tanto los datos correspondientes a su presupuesto y total de usuarios deberá solicitarlo a esa instancia. Por su interés, quedamos a sus órdenes. Unidad de Transparencia del Poder Ejecutivo del Estado de Hidalgo. Esta respuesta otorgada a la solicitud de acceso a la información con número de folio 0256317 puede ser consultada por el Instituto de Transparencia, Acceso a la Información Pública Gubernamental y Protección de Datos Personales del Estado de Hidalgo a través del Sistema de Solicitudes de Acceso a la Información (INFOMEX-HIDALGO) con base en las facultades que ese Órgano Garante tiene para hacerlo como administrador del mismo, de igual manera no omito precisar que dicha información también es susceptible de verificarse del apartado Consulta aquí las solicitudes de información, y sus respuestas, que han realizado otras personas a través del Sistema de Información Electrónica Infomex toda vez que la respuesta en comento se encuentra pública. (Anexo III) TERCERO.- Con fecha 29 de mayo de 2017 a las 12:55 horas, la Unidad de Transparencia del Poder Ejecutivo fue notificada por el ITAIH, que la ( ) presentó ante el Instituto de Acceso a la Información Pública Gubernamental 3

Recurso de Revisión con fecha 24 de mayo de 2017, registrado bajo el número de expediente 187/2017 de la solicitud de información con número de folio 00256317. (Anexo IV) CUARTO.- El acto que se recurre, es el siguiente: Venció el plazo para que el sujeto obligado proporcione la información solicitada QUINTO.- Por lo anteriormente expuesto y en relación con el Recurso objeto de éste informe, es menester citar lo establecido en el artículo 151 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública para el Estado de Hidalgo, que a la letra dice: Artículo 151. El recurso será sobreseído en los casos siguientes: III. El sujeto obligado responsable del acto lo modifique o revoque de tal manera que el recurso de revisión quede sin materia Por lo anteriormente expuesto y toda vez que la hipótesis de referencia como acto recurrido, que fue la falta de respuesta a su solicitud, no se encuentra actualizada toda vez que esta Unidad de Transparencia dio respuesta al solicitante mediante el sistema INFOMEX con fecha 08 de mayo de 2017, con lo que se advierte que con la misma la recurrente puede encontrar satisfecha su solicitud de acceso a la información; hecho que modifica substancialmente el acto antes de que se resuelva el presente recurso de revisión, por lo que resulta procedente el SOBRESEIMIENTO del mismo, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 148 fracción I, en correlación con el artículo 151 fracción III, ambos de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública para el Estado de Hidalgo que a la letra establecen: Artículo 148. Las resoluciones del Instituto podrán: I. Desechar o sobreseer. Artículo 151. El recurso será sobreseído en los casos siguientes: II. El sujeto obligado responsable del acto lo modifique o revoque de tal manera que el recurso de revisión quede sin materia Por lo anteriormente expuesto ante usted, atentamente solicito: I. Tenerme por presentado este Informe en tiempo y forma. II. Tener por presentados la documentación soporte que obran como anexos en el presente. III. De acuerdo a lo manifestado en los puntos que anteceden, en relación con los artículos 148, fracción I, y 151, fracción III de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública para el Estado de Hidalgo, se sirva SOBRESEER EL RECURSO DE REVISIÓN promovido por la ( ), en virtud de encontrarse una causal de improcedencia en los términos de Ley y el recurrente puede encontrar satisfecha su solicitud de acceso a la información; hecho que modifica substancialmente el acto antes de que se resuelva el presente recurso de revisión. Habiendo precisado las consideraciones de fondo necesarias y el análisis jurídico de las causales, se anexa al presente la documentación en copia simple legible y que da soporte a lo manifestado en los puntos que anteceden: 4

Anexo Referencia Número de Fojas I Acuse de recepción de la solicitud de acceso a la 2 información con número de folio 00256317 II Respuesta a la solicitud de acceso a la información 2 con número de folio 00256317 III Impresión de pantalla del reporte de Consulta aquí 1 las solicitudes de información y sus respuestas del Sistema INFOMEX donde se dio respuesta al solicitante IV Notificación del recurso registrado bajo el número 3 de expediente 187/2017 a cargo del ITAIH a la Unidad de Transparencia del Poder Ejecutivo Así emite y firma el M.D. Ricardo Pedro Guinea Nieto, Director General de Transparencia y Titular de la Unidad de Transparencia del Poder Ejecutivo, el día 02 de mayo (sic) de 2017. Por lo anteriormente expuesto y con fundamento en lo establecido en los artículos 6º de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 4º Bis de la Constitución Política del Estado de Hidalgo, 1, 3, 5, 9 fracción II, 12, 28, 140 fracción VI, 141, 142, 143, 148, 156 y 157 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública para el Estado de Hidalgo, se: R E S U E L V E PRIMERO.- Toda vez que el Sujeto Obligado PODER EJECUTIVO del Estado de Hidalgo, en fecha 05 cinco de junio de 2017 dos mil diecisiete, manifiesta a este Instituto que el día 08 ocho de mayo de 2017 dos mil diecisiete, le entregó la información requerida a la peticionaria, consistente en: Durante el 2016, se asignó un presupuesto de $ 38 515,777.59 pesos para la atención y tratamiento de las personas que viven con VIH. En materia de campañas y material de difusión no se contó con presupuesto específico. En los 484 centros de salud de Hidalgo se realizan de manera permanente cursos y talleres dirigidos a la población en general donde se abortan (sic) temas como prevención del VIH, uso y colocación correcta del preservativo, se distribuyen trípticos con temas de prevención de VIH/SIDA e infecciones de Transmisión Sexual, y se cuentan con pruebas rápidas de VIH para tamizar a la población general con énfasis a la población de riesgo, a través de las redes sociales oficiales de la Secretaría de Salud se difunde información en (sic) relacionada con la prevención y tamizaje a través de pruebas rápidas de VIH. Durante el 2016 se detectaron 270 personas con VIH/SIDA y 8 casos en mujeres embarazadas. En el 2017 con corte al mes de marzo se tienen identificadas a 7 mujeres embarazadas con VIH y que están recibiendo atención en la unidad especializada CAPASITS (Centro Ambulatorio para la Prevención y Atención en SIDA e Infecciones de Transmisión Sexual). El gasto mensual por paciente que el sector salud realiza para garantizar el tratamiento antirretroviral de las personas que viven con VIH es de $ 5,173.69 en promedio. El presupuesto asignado para el 5

programa Estatal de VIH/Sida del Estado de Hidalgo es de $45 589,2836.14 (sic) pesos. Actualmente en el Centro de atención ambulatoria de prevención y atención en sida e infecciones de transmisión sexual (CAPASITS) atiende a 864 personas que viven con VIH, otorgándoles una atención integral por médico internista, médico general, odontólogo, nutriólogo, trabajo social, enfermería, Psicología, etc. El Centro Nacional para la Prevención y Atención del VIH /sida, depende de la Secretaría de Salud Federal, por tanto los datos correspondientes a su presupuesto y total de usuarios deberá solicitarlo a esa instancia., por lo que, dese vista a la recurrente ( ) para que dentro del término de los cinco días siguientes a la notificación de la presente resolución, manifieste si ha recibido la información solicitada, apercibida que en caso de no hacerlo, se tendrá por cierta la entrega de la información, quedando sin materia el presente recurso por lo que se decretará el SOBRESEIMIENTO en términos del Artículo 151 fracción III, de la Ley de Transparencia vigente, archivándose el presente expediente como asunto concluido. SEGUNDO.- Notifíquese y Cúmplase. Así lo resolvió y firma el Comisionado Ponente C.P.C. MARIO RICARDO ZIMBRÓN TÉLLEZ, actuando con Directora Jurídica y de Acuerdos LIC. MARGARITA ELIZALDE CERVANTES. 6