FORO DE CONSULTA CIUDADANA PARA LA ELABORACIÓN DEL PLAN VERACRUZNO DE DESARROLLO 2011-2016 Ponente: Tema: Arq. Emilio Suárez Arroyo. Universidad Veracruzana. Modernización administrativa y control de gestión de la obra pública. En el Estado de Veracruz se han generado un buen número de leyes, reglamentos, lineamientos y políticas alrededor de: el desarrollo urbano, el fraccionamiento de terrenos, los usos del suelo, en aspectos ambientales, en la determinación del régimen de vivienda en condominio, en la Obra Pública y también en la Protección Civil de los Asentamientos Humanos y en otras mas; Todo este acervo de normas surge en diferentes épocas del desarrollo estatal por la necesidad de regular y ordenar nuestros procesos administrativos, en el desarrollo urbano y rural. Sin embargo muchas de estas herramientas jurídicas no son congruentes entre ellas mismas y en momentos llegan a ser contradictorias, y su interpretación muchas veces es poco clara. Al iniciarse un nuevo periodo en la administración pública estatal, es un buen momento, también es un buen reto, el plantarse analizar, a profundidad la correlación que existe entre todas estas normas, reestructurarlas, hacerlas congruentes, simplificarlas en su implementación y operación, y lograr con ello avances en nuestra modernización. Ahora haré referencia, en particular a una de esas leyes, y es la de la Obra Pública del Estado, esta ley data del año de 1991, cuando fue expedida, y después de 20 años de su vigencia, podemos asegurar que es una ley, muy general, que ha perdido vigencia, que además que nunca fue
reglamentada. Si ésta la comparamos con la ley de Obra Pública Federal, pues encontraremos que: Ley de obras Públicas y Servicios Relacionados con la Misma publicada en el año 2000 y su Reglamento cuya publicación fue en el 2001 han sufrido actualizaciones constantemente en estos 10 años y nuestra ley se conserva sin cambio a excepción de unos lineamientos para la gestión a la Obra Pública que la apoya enormemente aunque no abarca todo el universo de control de una ley como es la federal. Estoy seguro que los aquí presentes saben que: El control de la Obra Pública debe definirse como un examen metodológico y sistemático del empleo del gasto de inversión que realizan en el Estado las dependencias con el objeto de inducir orden en todo proceso de inversión pública, y tiene por objetivo principal la comprobación del cumplimiento de las bases, lineamientos, procedimientos y metodologías en materia de planeación, programación, presupuestación, organización, desarrollo y control de las obras públicas y servicios análogos que llevan a cabo dichas dependencias. Pero al no contar con una ley de Obra Pública actualizada este control presenta dificultades por lo general y debido a la ambigüedad de la actual ley, así como su falta de reglamentación, el proceso del control de la misma, nos presenta a una herramienta no idonea para cumplir con este objetivo. Por lo que respecta a la revisión yactualización de una nueva Ley de Obra Pública, esta deberá contemplar aspectos como: Simplificación en el trámite y ejercicio de la aportación de los Recursos Federales del Fondo de Aportaciones Múltiples para la Infraestructura
de Educación Superior Universitaria, debiendo ser radicados totalmente en la Institución de Estudios Superiores correspondiente. Referir a un arancel los honorarios para Servicios Profesionales relacionados con la Supervisión externa de la obra pública, estos de acuerdo a su complejidad, ubicación y términos de referencia. Con relación a los Recursos Federales asignados al Estado, uniformizar los lineamientos o reglas de operación para que exista: una sola vigencia; un solo procedimiento de ejecución, así mismo cuales son susceptibles de refrendar y cuales no; un solo porcentaje para pago de Supervisión externa; un solo porcentaje de gastos de operación para dependencias, etc. El expediente técnico con el que se solicita la aprobación de los Recursos a la SEFIPLAN, sea el mismo expediente para obtener el permiso o licencia de construcción para obra pública. Simplificación de las Licitaciones en los puntos siguientes: Menos anexos (reducirlos al mínimo necesario). Menos tiempo en sus aperturas. Registro único de contratistas: presentarlo una sola vez para concursar en todo un ejercicio, los documentos de capital contable, acta constitutiva, capacidad técnica, factura de maquinarias, etc. Al declararse desierta una Licitación (Pública o por Invitación) adjudicarla directamente, etc.
Análisis del Factor de ajuste de costos realizado por cada Dependencia por partida y evitar el voluminoso desglose de conceptos ajustados por sus índices, como actualmente sucede. Análisis de una fórmula práctica y real para aplicación de sanciones contractuales, retenciones, así como un claro procedimiento de aplicación. Establecer como fecha máxima el mes de junio de cada ejercicio, para la entrega de Recursos para estudios preliminares y elaboración de proyectos ejecutivos para el siguiente ejercicio. Evaluación Anual por parte del Gobierno del Estado al personal técnico de cada Dependencia ejecutara de obra encargado de la Obra Publica, en relación a su: Control técnico-legal. Control técnico-administrativo y/o ejecución. Control técnico-físico. Control del cierre administrativo. Formato único para finiquitas de obra documentación soporte mínima y responsabilidad única de la Dependencia ejecutara para su trámite. IV. Elaboración de procedimientos, manuales y/o guías de todos los documentos normativos que se deberán elaborar durante el proceso de ejecución de obras. La elaboración de estos documentos deberá ser complementado con capacitaciones al personal técnico involucrado en la supervisión y
vigilancia de la obra, así como sus constantes actualizaciones. Índice de la guía de documentos que es necesario conocer y manejar: Previos a la ejecución (bitácora, diferimientos, programas de obra reales, etc.). Durante la ejecución (modificaciones a los contratos, volúmenes excedentes y conceptos extraordinarios). Suspensión de obra. Terminación anticipada. Rescisión administrativa del contrato. Recepción de los trabajos. Finiquito y terminación de los trabajos. Guía de documentos a realizar para cada etapa de ejecución de la obra pública. Se adjunta Guía de documentos a elaborar en una etapa de la obra, como ejemplo.