MANUAL DE CUMPLIMENTACIÓN DE LOS MODELOS DE EXTRACTOS DE INFORMES DE TASACIÓN DE IIC INMOBILIARIAS E INFORMACIÓN ADICIONAL

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1 MANUAL DE CUMPLIMENTACIÓN DE LOS MODELOS DE EXTRACTOS DE INFORMES DE TASACIÓN DE IIC INMOBILIARIAS E INFORMACIÓN ADICIONAL (Norma11ª y Sección Quinta de la Circular 4/1994, de la Comisión Nacional del Mercado de Valores, sobre normas contables, obligaciones de información, determinación del valor liquidativo y coeficientes de inversión y operativos y actuaciones en las tasaciones de inmuebles en las sociedades y fondos de inversión inmobiliaria) DIRE C C IÓ N GE NER AL DE E NTI D A DES DIRE C C IÓ N DE SU PER VIS IÓ N Noviembre de 2008

2 Índice 0. INTRODUCCIÓN 2 1. ENVÍO DE LA INFORMACIÓN 3 2. INSTRUCCIONES DE CUMPLIMENTACIÓN DE LOS EXTRACTOS DE INFORMES DE TASACIÓN E INFORMACIÓN ADICIONAL 5 Manual de cumplimentación de extractos de informes de tasación 1/15

3 0. INTRODUCCIÓN Este manual tiene como finalidad facilitar, a las sociedades tasadoras, sociedades gestoras y SII, la cumplimentación de los modelos de extractos de informe de tasación e información adicional relacionada con los informes de tasación, que deben remitir las anteriores sociedades a la CNMV, en virtud de los establecido en la Circular 4/1994, de 14 de diciembre de 1994, de la CNMV. Las instrucciones específicas se han dividido en dos bloques: A) Información a elaborar por la sociedad tasadora (apartado 2.2) B) Información a elaborar por la sociedad gestora o, en su caso, SII (apartado 2.3) El primero incluye las instrucciones para reflejar correctamente, en los modelos establecidos a tal efecto, la información que deberán contener los extractos de informes de tasación e información adicional a remitir a la CNMV, que se recoge en las Normas 15ª y 16ª de la Circular 4/1994, de 14 de diciembre de 1994, de la CNMV, sobre normas contables, obligaciones de información, determinación del valor liquidativos y coeficientes de inversión y operativos y actuaciones en las tasaciones de inmuebles de las sociedades y fondos de inversión inmobiliaria, modificada por la Circular 2/2008, de la CNMV. El segundo incluye las instrucciones para cumplimentar correctamente los modelos de calendario de tasaciones e información en relación a los informes de tasación condicionados, que se detallan en las Normas 18ª y 19ª de la Circular 4/1994, comentada anteriormente. Toda la información a la que se hace referencia en este Manual debe ser enviada en un fichero electrónico por vía telemática, a través del nuevo Servicio Cifradoc/CNMV, aprobado por acuerdo del Consejo de la CNMV de 15 de septiembre de El primer bloque (información a elaborar por la sociedad tasadora) firmado electrónicamente por la sociedad tasadora y sociedad gestora o SII autogestionada (doble firma), y el segundo bloque con firma única de la sociedad gestora o SII. En un documento aparte se incluyen los requisitos técnicos para la cumplimentación, que contiene los modelos establecidos en la Circular 4/1994, de la CNMV, con respecto a los extractos de informes de tasación, información adicional relacionada con los informes de tasación y a elaborar por la sociedad tasadora 0 la sociedad gestora/sii. Manual de cumplimentación de extractos de informes de tasación 2/15

4 1. ENVÍO DE LA INFORMACIÓN 1.1 Sujeto que debe enviar la información La información a la CNMV la remitirá la sociedad gestora/sii autogestionada, aunque, cuando corresponda, su cumplimentación la realice la sociedad tasadora. 1.2 Forma de envío y firma electrónica La remisión de la información que se detalla en este Manual se realizará en un fichero XML electrónico por vía telemática mediante el nuevo Servicio Cifradoc/CNMV, aprobado por Acuerdo del Consejo de la CNMV, de 15 de septiembre de 2006, y conforme a las especificaciones de los requisitos técnicos. Cada mes, para cada IIC, se efectuarán dos envíos (tres, en caso de cambio de la sociedad tasadora). Un envío contendrá la información que debe cumplimentar la tasadora y se remitirá con doble firma, por parte de la sociedad tasadora y sociedad gestora/sii autogestionda. El segundo envío contendrá la información que debe cumplimentar, y firmar, la sociedad gestora/sii autogestionada. Si hubiese habido un cambio de sociedad tasadora, la gestora/sii remitirá un tercer envío, con doble firma, que incluirá la información sobre las tasaciones realizadas por la antigua sociedad tasadora, alteraciones en el valor de tasación decididos por la SGIIC, y parámetros técnicos sobre tipos de actualización utilizados. También se enviará un tercer envío en caso de que la antigua tasadora levantase condicionantes de algún informe de tasación realizado por ella, o bien tenga que informar sobre ventas parciales para las que aún es válida la tasación realizada por ella. 1.3 Periodicidad y obligación de remisión Los modelos con la información solicitada se enviarán mensualmente, aunque su contenido sea en blanco. La obligación de remitir los extractos de informes de tasación e información adicional nace en el momento en que se registre la IIC, aunque el contenido de los modelos sea en blanco. 1.4 Plazo máximo de presentación Los envíos se realizarán a más tardar el día 30 del mes siguiente al que sea de referencia para la información a remitir. Los datos del mes de enero se enviarán antes del fin de febrero. En el caso que esos días sean inhábiles, la información deberá remitirse el inmediatamente hábil posterior. Manual de cumplimentación de extractos de informes de tasación 3/15

5 En el caso concreto de los extractos de informes de tasación (modelos EIT), información sobre parámetros técnicos utilizados (modelo IAD 01), porcentaje sobre la parte vendida en ventas parciales (modelo IAD 02), consentimiento de la alteración en el valor de tasación (modelo IAD 03) y ratificación del valor de tasación (modelo IAD 05) y motivos de los condicionantes, medidas a tomar y fecha prevista para solucionarlo (modelo INM 02) se efectuará a más tardar el día 30 del mes siguiente al de realización de las tasaciones periódicas, adquisición o venta de inmuebles. En el caso de inmuebles en los que, en la fecha de la tasación periódica, sea aún válida una tasación previa realizada por estar el inmueble en proceso de venta y el extracto de informe de tasación no se haya enviado aún a la CNMV, el plazo de 30 días se referirá al mes siguiente en el que sea necesario efectuar la tasación periódica. Todos los envíos deben realizarse en el mes posterior al de referencia. Esto es, los envíos que correspondan al mes de enero se realizarán en febrero y así sucesivamente. El sistema no permite el envío de modelos de un mes en ese mismo mes. Manual de cumplimentación de extractos de informes de tasación 4/15

6 2. INSTRUCCIONES DE CUMPLIMENTACIÓN DE LOS EXTRACTOS DE INFORMES DE TASACIÓN E INFORMACIÓN ADICIONAL 2.1 INSTRUCCIONES GENERALES Los modelos se cumplimentarán al mayor nivel de desagregación entre IIC y compartimento, si existieran estos últimos. Todos los importes se informarán en euros con dos decimales. El tipo de cambio utilizado, en su caso, con cuatro decimales. Los porcentajes y superficies (m2) con dos decimales. El plazo medio ponderado (de los contratos de alquiler), en el modelo IAD01, con un decimal. Cuando no exista información que reseñar en un campo se dejará en blanco, excepto los campos numéricos que se cumplimentarán con cero y las excepciones que se detallan para cada modelo en los apartados correspondientes. Siempre se cumplimentará al menos un ejemplar de cada uno de los modelos. Los encabezamientos de los modelos (datos identificativos de IIC/compartimento, gestora, tasadora y fecha de referencia del envío) se cumplimentarán siempre. Sólo podrá venir en blanco el campo Denominación Gestora cuando se trate de SII autogestionada. Si no existiera compartimento, el campo "Nº registro" se cumplimentará con un cero, y el campo "denominación compartimento" con el texto "No existe". Denominaremos registro a cada línea, que contiene distintos campos, en los modelos EIT02 (Extractos informes de tasación Valores y métodos de valoración), EIT03 (extractos informes de tasación compromisos de compra a plazo), EIT04 (extractos informes de tasación compra de opciones de compra), IAD01 (parámetros técnicos sobre tipos de actualización utilizados), IAD02 (venta parcial) e INM01 (asignación en el calendario de tasaciones). Los siguientes modelos se cumplimentarán de forma individual para cada inmueble: EIT 01 (Extracto de Informe de Tasación Información individual) IAD 03 e IAD 04 (Alteración del valor de tasación y Levantamiento de condicionantes) INM 02 (Informe con condicionantes: Motivos, medidas a tomar y fecha prevista para solucionarlo) Los siguientes modelos se cumplimentarán con la información solicitada para todos los inmuebles que corresponda: EIT 02, EIT 03 y EIT 04 (Extractos de Informes de Tasación) IAD 02 (Venta parcial) Manual de cumplimentación de extractos de informes de tasación 5/15

7 INM 01 (Asignación en el calendario de tasaciones) El número de inmueble y unidad funcional se refiere al código secuencial asignado, respectivamente, al inmueble o derecho y sus diferentes partes por la gestora o sociedad de inversión, a efectos de su identificación en los estados de información reservada remitidos a la Comisión Nacional del Mercado de Valores. El expediente se corresponde con el código asignado por la sociedad tasadora al informe de tasación. El tipo IIC se refiere a FII o SII. El nº de registro es el nº de registro de la IIC/compartimento/sociedad gestora en la CNMV. Mes/año: Fecha de referencia del envío que se realiza, y que incluirá: En general, en los modelos de extractos de informes de tasación (modelos EIT) la información de los informes de tasación realizados en el mes de referencia. Incluirá, en su caso, la información de los informes de tasación que correspondiese realizar en el mes de referencia, por tener que realizar la tasación periódica, pero que se han elaborado con anterioridad, por estar los inmuebles en un proceso de venta no llevado a cabo. En particular, en los modelos de extractos de informes de tasación (modelos EIT), la información de las tasaciones previas a las compras y ventas ejecutadas en el mes de referencia. Cuando se trate de ventas parciales para las que se haya realizado un informe de tasación del inmueble completo, se incluirá en el mes de la primera venta parcial la información de todo el inmueble. Los parámetros técnicos sobre tipos de actualización utilizados (modelo IAD01) en las valoraciones realizadas en ese mes según el método de actualización de flujos de caja de otros inmuebles en arrendamiento. La información solicitada para determinados hecho ocurridos en el mes (venta parcial, según modelo IAD02, alteración en el valor de tasación, según modelo IAD03, levantamiento de condicionantes, según modelo IAD04, ratificación de valor de tasación, según modelo IAD05, asignación en el calendario de tasaciones, según modelo INM01, motivos, medidas a tomar y fecha prevista para solucionar los condicionantes incorporados en un informe de tasación, según modelo INM02). 2.2 INFORMACIÓN A ELABORAR POR LA SOCIEDAD TASADORA Se corresponde con la establecida en la Norma 15ª y 16ª, de la Circular 4/1994, de la CNMV, y según los modelos establecidos de la misma Modelo EIT 01: Información individual Excepción de cumplimentación de campo sin información a reseñar: Si no se hubiesen realizado informes de tasación en el mes de referencia, se cumplimentará en Extracto informe de tasación inmueble nº, y ZZZZZ en los campos Unidad Funcional, desde...hasta... Manual de cumplimentación de extractos de informes de tasación 6/15

8 Finalidad de la tasación: Se indicará si se trata de una tasación previa o periódica, de acuerdo con las siguientes claves: Clave Tasación 01 Previa 02 Periódica Inmueble a tasar: Se hará una breve descripción del inmueble. Por ejemplo, Viviendas VPO régimen general, con trasteros y garajes. Además, se indicará S (Si) cuando el inmueble a tasar sea el subyacente de una operación de compra de opción de compra, contrato de arras, compromiso de compra, o se trata de un derecho de superficie o concesión administrativa. En caso contrario, se indicará N (No). Estado del inmueble: Se detallará alguna de las siguientes claves según corresponda: Clave Estado del Inmueble 01 Terminado 02 En rehabilitación 03 En construcción 04 En proyecto 05 Terreno para promoción Porcentaje de ocupación: Parte del inmueble que se encuentra alquilada. Se medirá en términos de superficie, en función de los metros cuadrados ocupados en relación a los metros cuadrados totales del inmueble, y considerando sólo la parte del inmueble propiedad de la institución o sobre la que la institución tiene un derecho o contrato (por ejemplo, compromiso u opción de compra). Se distinguirá entre porcentaje de ocupación sobre rasante, bajo rasante y total. Limitaciones de dominio / Condicionantes / Advertencias generales: Si corresponde, se cumplimentará con No existen. Observaciones, se incluirán las que se especifican en la Norma 15ª.2 de la Circular 1/1994, de la CNMV. En concreto: i) En el apartado 5.1, se recogen los casos en los que existe una tasación realizada como previa a la venta de un inmueble para el que aún no se ha vendido ninguna unidad funcional (y por tanto, no se ha enviado el Extracto de Informe de Tasación a la CNMV) y llegado el mes de la tasación periódica, el Informe aún sigue siendo válido. En esos casos, el apartado 5.1 se cumplimentará con un SI. En los restantes casos se cumplimentará con un NO. Por tanto, cuando se disponga de una tasación realizada como previa a la venta, que se utilizará como tasación periódica, se remitirá a la CNMV el Extracto de Informe de Tasación sólo en los casos en los que no se haya enviado con anterioridad. Si ya se hubiese vendido parte del inmueble y se pretendiese utilizar la tasación previa como tasación periódica de la parte del inmueble que aún no se ha vendido, se remitirá el modelo IAD05 de Ratificación del valor de tasación. Manual de cumplimentación de extractos de informes de tasación 7/15

9 ii) iii) iv) En el apartado 5.2, cuando se trate de la tasación previa a la venta de parte de un inmueble, se indicará el porcentaje de valor que supone la parte que se pretende vender respecto de su valor total. Si no existiese información que reseñar se dejará en blanco. En el apartado 5.3 y cuando sea procedente, se informará de la fecha de término del derecho de superficie o concesión administrativa en formato dd/mm/aaaa. En el apartado 5.4 y cuando sea procedente, se informará de la fecha de término del periodo de protección de inmueble o viviendas sujetas a régimen de protección pública. v) En el supuesto de inmuebles en rehabilitación integral, en el apartado 5.5 se informará de la parte del coste final previsto que corresponde a la obra no ejecutada, en euros con dos decimales. Si no existiese información que reseñar se dejará en blanco. vi) vii) viii) En el apartado 5.6 y cuando se trate de inmuebles en fase de construcción, se informará del porcentaje de obra ejecutado determinado por la dirección facultativa como el determinado por la sociedad de tasación. En el primero de los casos, además, se informará de la fecha de certificación de la dirección facultativa. Adicionalmente, se informará del valor del suelo y del valor del vuelo del inmueble, en euros con dos decimales. Si no existiese información que reseñar se dejará en blanco. Cuando se trate de un inmueble radicado en una zona no euro, en el apartado 5.7 se informará del tipo de cambio utilizado para realizar la conversión de los valores a euros, en unidades monetarias por euro, con cuatro decimales. Si no existiese información que reseñar se dejará en blanco. En el apartado 5.8 ( otras ) se informará: cuando no se calcule alguno de los métodos de valoración que, en principio, deberían ser utilizados de acuerdo con lo contemplado en los apartados 1, 2 y 4 del artículo 47 de la Orden ECO/805/2003 de el o los motivos de forma resumida, por ejemplo, Inexistencia de comparables en venta, Información insuficiente de comparables en venta, El inmueble no se encuentra arrendado, El inmueble se encuentra parcialmente arrendado, Cabe la posibilidad de que el inmueble sea expropiado, Se ha aplicado otro método por tratarse de...un derecho de superficie, una concesión administrativa,.... En su caso, los detalles se encontrarán en el Informe de Tasación. cuando en la valoración se haga uso de lo contemplado en el apartado 3 del artículo 47 de la Orden ECO/805/2003, de el o los métodos utilizados y el motivo o motivos de su elección, en ambos casos de forma resumida, por ejemplo: Se utiliza el método de actualización previsto en el artículo 30, por no existir comparables de alquiler, Se actualizan los flujos de rentas de alquiler durante el periodo del derecho de superficie, dado el tipo de inmueble. En su caso, los detalles se encontrarán en el Informe de Tasación. de la existencia sobre el inmueble o derecho, de opciones, contratos sobre garantía o rentabilidad de rentas mínimas, o cualquier otro tipo de contrato que pueda afectar al valor de tasación o de realización del inmueble. Se Manual de cumplimentación de extractos de informes de tasación 8/15

10 informará si el tasador ha tenido en cuenta cualquiera de los anteriores contratos para el cálculo del valor de tasación y cómo. ix) Además, en los casos en los que en el modelo EIT02 se indique como valores y métodos de valoración la columna Otros, en este apartado se señalará el o los métodos utilizados indicando el que corresponde a cada columna ( Otros1, Otros2 ) Modelo EIT 02: Valores y métodos de valoración En el caso de compromisos de compra a plazo o compra de opciones de compra, incluidos los contratos de arras, el modelo EIT 02 se referirá a la valoración del inmueble subyacente. En estos casos el número de inmueble y unidad funcional harán referencia al compromiso de compra a plazo o compra de opción de compra. Excepción de cumplimentación de campo sin información a reseñar: Si no se hubiesen realizado informes de tasación en el mes de referencia, se cumplimentará un registro de Total inmueble con la clave en la columna Nº inmueble y con ZZZZZ la columna Unidad funcional. Referencia catastral: Se cumplimentará siempre que exista y pueda ser conocida. En caso de que no exista o no pueda ser conocida por los medios previstos en el artículo 41.1 del texto Refundido de la Ley del Catastro Inmobiliario o directamente a través de la oficina virtual del Catastro, se incluirá el número de identificación registral. Uso: Se indicarán las siguientes claves, según corresponda: 001= vivienda 002= residencia de la tercera edad 003= residencia de estudiantes 004= plaza de garaje vinculada a vivienda, residencias estudiantiles o de la tercera edad 005= otras plazas de garaje 006= trastero vinculado a vivienda, residencias estudiantiles o de la tercera edad 007= otros trasteros 008= oficina 009= local comercial 010= nave industrial 011= policlínica 012= hotel 013= otros Cuando se trate de concesiones administrativas o derechos reales distintos del de propiedad, las claves se referirán al inmueble sobre el que recae tal derecho o concesión. Manual de cumplimentación de extractos de informes de tasación 9/15

11 Los trasteros y plazas de garaje se considerarán vinculados a la vivienda en los casos que se hayan adquirido en el mismo acto y simultáneamente con la vivienda. También se consideraran vinculados cuando se alquilen o se pretendan alquilar de forma conjunta con la vivienda. En ambos casos deberán encontrarse en el mismo edificio. Cuando se trate de las plazas de garaje se considera un máximo de dos por vivienda. Superficies adoptadas: Cuándo el inmueble se valore por valor máximo legal y por métodos aplicados a la vivienda libre, se informará de las superficies utilizadas en ambos supuestos. Valores y métodos de valoración: Se indicará el valor en la columna que corresponda según el método utilizado: VRB: Valor de reemplazamiento bruto VRN: Valor de reemplazamiento neto MCO: Método de comparación AMA: Actualización de flujos de caja de inmuebles con mercado de alquileres AIA: Actualización de flujos de caja de otros inmuebles en arrendamiento AEE: Actualización de flujos de caja de otros inmuebles en explotación económica VML: Valor máximo legal Si se utiliza la columna Otros, en el apartado de observaciones del EIT 01 se señalará el o los métodos utilizados indicando el que corresponde a cada columna ( Otros1, Otros2 ). Método adoptado y valor adoptado: Se refiere al valor, de entre los calculados, adoptado como valor de tasación y el método al que corresponde. En este último caso, se utilizará la misma nomenclatura anterior (VRB, VRN, MCO, AMA, AIA, AEE, VML, OTROS1, OTROS2) Modelo EIT 03: Compromisos de compra a plazo En los casos de compromisos de compra a plazo de inmuebles se cumplimentará, además del modelo EIT 01 y EIT 02, el modelo EIT 03. Excepción de cumplimentación de campo sin información a reseñar: Si no se hubiesen realizado informes de tasación de compromisos de compra a plazo en el mes de referencia, se cumplimentará un registro con la clave en el campo Nº inmueble y con ZZZZZ el campo Unidad funcional. Los valores se refieren a los utilizados en el cálculo del compromiso, según lo establecido en el artículo 60 de la Orden Eco/805/2003. En concreto: Valor nominal: Precio pactado en el contrato de compra a plazo. Tasa de actualización: Tipo de interés de la deuda pública con duración más próxima al plazo restante para el ejercicio del compromiso Fecha de ejercicio: del compromiso de compra a plazo. Valor del compromiso: Diferencia entre valor del inmueble en el momento de la tasación y el precio pactado en el contrato de compra a plazo actualizado. Manual de cumplimentación de extractos de informes de tasación 10/15

12 Modelo EIT 04: Compra de opciones de compra En los casos de compra de opciones de compra de inmuebles (incluidos los contratos de arras) se cumplimentará, además del modelo EIT 01 y EIT 02, el modelo EIT 04. Excepción de cumplimentación de campo sin información a reseñar: Si no se hubiesen realizado informes de tasación de compra de opciones de compra en el mes de referencia, se cumplimentará un registro con la clave en el campo Nº inmueble y con ZZZZZ el campo Unidad funcional. Los valores se refieren a los utilizados en el cálculo de la compra de opciones de compra, según lo establecido en el artículo 58 de la Orden Eco/805/2003. En concreto: Precio de ejercicio: Precio de ejecución de la opción sobre el inmueble. Tasa de actualización: Tipo de interés cotizado en el mercado secundario de Deuda Pública con vencimiento más próximo al plazo restante para el ejercicio del derecho. Fecha de ejercicio: de la opción de compra. Valor de la opción de compra: Diferencia entre el valor del inmueble en la fecha de tasación y el precio de ejercicio de la opción sobre el inmueble actualizado, si es positiva. Cero en caso contrario, o cuando en opinión de la entidad sea nulo en base a lo establecido en el apartado c) del artículo 58 de la Orden ECO/805/ Modelo IAD 01: Parámetros técnicos sobre tipos de actualización utilizados Se cumplimentará teniendo en cuenta los parámetros técnicos utilizados para el cálculo de los tipos de actualización en las valoraciones por actualización de flujos de caja de otros inmuebles en arrendamiento (artículo 29 Orden ECO/805/2003) realizadas en el mes de referencia. Tales parámetros técnicos se deben calcular de acuerdo con lo establecido en el artículo 32 de la Orden ECO/805/2003. Volumen tasado: Para cada uso, el volumen tasado, en euros con dos decimales, de acuerdo con el método de actualización de flujos de caja. Las medias serán ponderadas por el valor del inmueble correspondiente según el método de actualización de flujos de caja de otros inmuebles en arrendamiento. Plazo medio ponderado: Se refiere al plazo medio de los contratos de alquiler utilizados, en meses, con un decimal. La prima de riesgo se informará en puntos porcentuales Modelo IAD 02: Venta parcial Se cumplimentará cuando se realice una venta parcial y no sea necesaria una tasación previa, por haber sido tasado el inmueble en los seis meses anteriores, o bien cuando se realice la tasación previa conjunta de varias unidades funcionales o del inmueble completo vendiéndose sólo una parte de las unidades tasadas. Excepción de cumplimentación de campo sin información a reseñar: Si no se hubiese realizado una venta parcial de un inmueble para el que sigue siendo válida la tasación Manual de cumplimentación de extractos de informes de tasación 11/15

13 periódica, o bien no se hubiese realizado una tasación previa conjunta de varias unidades funcionales o del inmueble completo vendiéndose sólo una parte de las unidades tasadas, se cumplimentará un registro con la clave en el campo Nº inmueble y con ZZZZZ el campo Unidad funcional. Mes/año: Se refiere al mes/año en el que se realizaron las ventas de las que se informa Modelo IAD 03: Alteración del valor de tasación Se cumplimentará cuando la sociedad tasadora consienta a la SGIIC la alteración del valor de tasación, de acuerdo con lo establecido en el artículo 19.3.b de la Orden de 24/09/1993, sobre fondos y sociedades de inversión inmobiliaria. Excepción de cumplimentación de campo sin información a reseñar: Si no existiese alteración del valor de tasación que consentir se cumplimentará en Alteración del valor de tasación del inmueble nº, y ZZZZZ en los campos Unidad Funcional, desde...hasta Modelo IAD 04: Levantamiento de condicionantes Se cumplimentará cuando el informe de tasación hubiese sido emitido con condicionantes y, en aplicación del artículo 88.b) de la Orden ECO/805/2003, se hubiese procedido a su levantamiento. Excepción de cumplimentación de campo sin información a reseñar: Si no existiese levantamiento de condicionantes que informar en este modelo, se cumplimentará en Levantamiento de condicionantes del inmueble nº, y ZZZZZ en los campos Unidad Funcional, desde...hasta... Condicionantes adicionales: Si informará S (Si)/ N (No), según existan o no en el informe de tasación otros condicionantes que aún perduren. Fecha de levantamiento: Fecha en la que se levanta el o los condicionantes a los que se hace referencia Modelo IAD 05: Ratificación de valor de tasación Se cumplimentará cuando se desee utilizar como tasación periódica un informe de tasación realizado con anterioridad, como previo a la compra de un inmueble o como previo a la venta de un inmueble que, en el periodo transcurrido desde la realización del informe, se ha vendido en parte. En ambos casos, el informe de tasación debe estar dentro del periodo de validez establecido en normativa (6 meses desde su fecha de emisión). Si en el periodo transcurrido desde la emisión del informe de tasación, el inmueble se ha vendido parcialmente, se ratificará el valor de tasación, y la superficie adoptada de la parte no vendida. La fecha de ratificación del valor de tasación será la que se considere a efectos de la realización de sucesivas tasaciones, así como para la imputación de las disminuciones o Manual de cumplimentación de extractos de informes de tasación 12/15

14 incrementos del valor de los inmuebles según lo establecido en el artículo 63.3.b) del Reglamento de IIC. Excepción de cumplimentación de campo sin información a reseñar: Si no se desea utilizar como tasación periódica una tasación previa de las comentadas anteriormente se cumplimentará un registro con la clave en el campo Nº inmueble y con ZZZZZ el campo Unidad funcional desde/hasta. Mes/año: Se refiere al mes/año en el que se desea utilizar la tasación previa como periódica. Ratificación de valor de tasación y de la superficie adoptada: Cuando se trate de la ratificación del valor de tasación y superficie adoptada de un inmueble en el que parte del mismo ha sido vendida en el periodo transcurrido desde la realización del informe, se ratificará el valor de tasación y superficie adoptada de la parte no vendida. 2.3 INFORMACIÓN A ELABORAR POR LA SOCIEDAD GESTORA/SII AUTOGESTIONADA Modelo INM 01: Asignación en el calendario de tasaciones Se informará de la asignación en el calendario de tasaciones a nivel de inmueble o derecho. Sólo será necesaria la identificación de la unidad funcional y detalle de su asignación en el calendario de tasaciones cuando se adjudiquen distintas unidades funcionales de un mismo inmueble o derecho a meses distintos. En caso contrario, como unidad funcional se informará ZZZZZ Excepción de cumplimentación de campo sin información a reseñar: Si no existiese información que reseñar en este modelo, se cumplimentará un registro con la clave en el campo Nº de inmueble y con ZZZZZ el campo Unidad funcional. - Mes/año: Se refiere al mes de incorporación del inmueble o derecho al patrimonio de la IIC, o de la realización de una tasación intermedia (por lo que se debe informar de la siguiente o bien de la adjudicación definitiva en el calendario de tasaciones). Por tasación intermedia se entenderá la que se realice sin una pauta temporal definida por depender de consideraciones extras. Por ejemplo, las que se realizan en los inmuebles en fase de construcción cada vez que se cumple un hito. La asignación de las sociedades tenedoras y entidades de arrendamiento en el calendario de tasaciones dependerá del control que tenga la IIC sobre las mismas. En caso de poder distribuir las tasaciones, se podrán realizar en un sólo momento cuando se opte por agrupar las tasaciones de todos sus inmuebles en un mismo mes. En caso contrario, la adjudicación será múltiple en función del inmueble a tasar en un determinado mes y el valor a utilizar será proporcional a la del inmueble. Si la IIC no tuviese control sobre la realización de las tasaciones, sólo se informará del mes en que tenga conocimiento que se va o van a realizar las tasaciones. Cuando se efectúen tasaciones intermedias, se informará de la fecha de realización en la que se realizará la siguiente una vez llevada a cabo la anterior. En este caso, el plazo de 30 días para comunicar la siguiente tasacion se contará teniendo en cuenta la tasación intermedia ya realizada. Esto es, si se realiza una tasación intermedia en el mes de marzo, antes del 30 de Manual de cumplimentación de extractos de informes de tasación 13/15

15 abril se comunicará la fecha en la que se realizará la siguiente tasación intermedia o, cuando proceda, el mes en el que se realizará la tasación periódica de ahí en adelante. Cuando se trate de SII no se cumplimentaran los valores utilizados en la asignación. Valor del inmueble utilizado en la asignación: Se referirá al valor del inmueble o derecho que se incorpora al patrimonio de la IIC. A estos efectos: el precio de compra pactado, importe comprometido (compromisos) o de ejercicio (opciones). Cuando se trate de la asignación definitiva de inmuebles en fase de construcción con tasaciones intermedias se utilizará el último valor de tasación más/menos, en su caso, la oscilación de hasta un 3% permitida por la normativa (art b) de la Orden de 24/09/1993, sobre fondos y sociedades de inversión inmobiliaria). Patrimonio inmobiliario utilizado en la asignación: A efectos de lo establecido en el artículo 63.4 RIIC el patrimonio inmobiliario a utilizar para el calendario de tasaciones será la suma de: i) El valor razonable de los bienes inmuebles. En el caso de compra de opciones de compra y compromisos de compra se considerará, si no existe tasación periódica, el precio de ejercicio e importe comprometido, respectivamente, y si existe tasación periódica, el valor de tasación del inmueble subyacente. Cuando se trate de compras sobre plano o inmuebles en fase de construcción se considerará, si no existe tasación periódica, el precio de adquisición total pactado, y si existe tasación periódica, el valor de tasación del inmueble en hipótesis de edificio terminado. ii) El valor de las sociedades tenedoras y entidades de arrendamiento, si la IIC controla la realización de sus tasaciones. En caso contrario, se comunicará de la realización de tasaciones según se tenga la información. Mes de tasación: Se cumplimentará de forma numérica, de acuerdo con las siguientes claves: Clave Mes de tasación 01 Enero 02 Febrero 03 Marzo 04 Abril 05 Mayo 06 Junio 07 Julio 08 Agosto 09 Septiembre 10 Octubre 11 Noviembre Manual de cumplimentación de extractos de informes de tasación 14/15

16 Clave Mes de tasación 12 Diciembre Excepción prevista en Folleto: Se indicará S (Si) cuando la asignación del inmueble o derecho a un determinado mes dentro del calendario de tasaciones no siga la regla general, sino teniendo en cuenta alguna consideración prevista en el folleto informativo de los FII. Por ejemplo, tasaciones intermedias, asignación teniendo en cuenta el uso,..en caso contrario, se cumplimentará con N (No) Modelo INM 02: Informe con condicionante: Motivos, medidas a tomar y fecha prevista para solucionarlo Excepción de cumplimentación de campo sin información a reseñar: Si no existiese información que reseñar en este modelo, se cumplimentará en Explicación sobre los condicionantes del inmueble nº, y ZZZZZ en los campos Unidad Funcional, desde...hasta... Manual de cumplimentación de extractos de informes de tasación 15/15

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