RETORNO. LEY 1565 DE Por medio de la cual se. retorno de los colombianos residentes en el extranjero.
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- Purificación Aguirre Santos
- hace 8 años
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1 RETORNO LEY 1565 DE Por medio de la cual se dictan disposiciones y se fijan incentivos para el retorno de los colombianos residentes en el extranjero.
2 Agenda 1. Contexto del retorno de colombianos. 2. Generalidades de la Ley de Retorno y su reglamentación. 3. Socialización de la Ley. 4. Estadísticas de las aplicaciones a la Ley. 5. Exenciones tributarias. 6. Tipos de Retorno. 7. Definición de la situación militar. 8. Acceso a cajas de compensación.
3 Contexto de Retorno de colombianos al país Principales causas de retorno Crisis Económica Mundial Endurecimiento de Políticas Migratorias (Países de destino) Percepción Positiva del País (Seguridad y Economía)
4 Estadísticas de Connacionales Acompañados en su Retorno Bogotá D.C Personas acompañadas en su proceso de retorno Bogotá D.C Bogotá D.C. Risaralda Valle del Cauca Norte de Santander Bogotá D.C. Nariño Valle del Cauca Antioquia Bogotá D.C. Nariño Valle del Cauca
5 Objeto de la Ley 1565 de 2012 Crear incentivos de carácter aduanero, tributario y financiero concernientes al retorno de los colombianos, y brindar un acompañamiento integral a aquellos colombianos que voluntariamente desean retornar al país.
6 Comisión Intersectorial para el Retorno DECRETO 1000 DE Por el cual se reglamentan los artículos 2, 4, 9 y 10 delaley1565 de Artículo 3. Creación de la Comisión Intersectorial para el Retorno. Créase la Comisión Intersectorial para el Retorno (en adelante La Comisión ), que tendrá por objeto coordinar las acciones para brindar atención integral a la población migrante colombiana en situación de retorno.
7 Funciones de la Comisión Intersectorial para el Retorno Estudiar las solicitudes que presenten los connacionales para ser beneficiarios de alguno de los tipos de retorno de que trata la Ley 1565 de Decidir acerca del cumplimiento de los requisitos del solicitante y del tipo de retorno del cual el solicitante será beneficiario. Presentar y analizar propuestas sobre programas, planes de apoyo y acompañamiento para el retorno. Orientar a las diferentes entidades competentes, en la inclusión de los colombianos en situación de retorno como beneficiaros de las políticas y programas vigentes para poblaciones que requieren tratamiento especial. Orientar a las diferentes entidades en el desarrollo de políticas, programas y proyectos para la adecuada atención de los colombianos en situación de retorno. Realizar el seguimiento a los casos aprobados por la Comisión.
8 Miembros de la Comisión Intersectorial para el Retorno Ministro del Interior o su delegado. Ministro de Relaciones Exteriores o su delegado. Ministro de Hacienda y Crédito Público o su delegado. Ministro de Defensa Nacional o su delegado. Ministro de Agricultura y Desarrollo Rural o su delegado. Ministro de Salud y Protección Social o su delegado. Ministro de Trabajo o su delegado. Ministro de Comercio, Industria y Turismo o su delegado. Ministro de Educación Nacional o su delegado. Ministro de Vivienda, Ciudad y Territorio o su delegado. Director del Departamento Administrativo para la Prosperidad Social o su delegado. Director de Impuestos y Aduanas Nacionales o su delegado. Director General Policía Nacional o su delegado. Director del Servicio Nacional de Aprendizaje o su delegado. Director de la UAE Migración Colombia o su delegado. Director de la UAE de Gestión de Restitución de Tierras Despojadas o su delegado. Director de la UAE para la Atención y Reparación Integral de Víctimas o su delegado.
9 Requisitos para acogerse a la Ley 1565 de 2012 Los colombianos que residen en el exterior y retornan a Colombia podrán solicitar acogerse una sola vez a lo dispuesto en la ley cumpliendo los siguientes requisitos: Ser mayor de edad. Acreditar que ha permanecido en el extranjero por lo menos tres (3) años. Manifestar a la autoridad competente la intención de retornar y acogerse la Ley 1565 de No tener condenas vigentes en el exterior o en Colombia, y no haber sido condenado por delitos contra la administración pública. No tener más de doce (12) meses residiendo en el territorio nacional después de haber retornado.
10 Cuál es el trámite para beneficiarse de la Ley 1565 de 2012? Es necesario diligenciar elregistroúnico de Retornados. Cancillería consulta y recopila la información con la cual se verifica el cumplimiento de los requisitos. (Cédula de Ciudadanía; Antecedentes Disciplinarios, Fiscales, Judiciales; Movimientos Migratorios; Información sobre condenas vigentes en el exterior). Cancillería presenta las solicitudes Retorno. a la Comisión Intersectorial para el Una vez la Comisión ha decidido que se cumple con los requisitos se genera el certificado que acredita a los beneficiaros de la Ley. Solicitar a las entidades competentes los incentivos y el acompañamiento para el tipo de retorno respectivo.
11 Reglamentación Ley 1565 de 2012 Decreto 2064 de 2013 El Decreto 2064 del 23 de septiembre de 2013 del Ministerio de Relaciones Exteriores establece: Para definir el tiempo de permanencia en el exterior solo se contabilizan los días de permanencia por fuera del territorio nacional. Ante la imposibilidad de determinar la permanencia en el exterior con la información de movimientos migratorios, los solicitantes deben aportar elementos probatorios de su permanencia en el exterior. En el Registro Único de Retornados los solicitantes declaran que no tienen más de 12 meses residiendo en el país posterior a su fecha de retorno.
12 Reglamentación Ley 1565 de 2012 Decreto 2064 de 2013 El Decreto 2064 del 23 de septiembre de 2013 del Ministerio de Relaciones Exteriores establece: El acceso a los incentivos y a los acompañamientos para cada tipo de retorno son independiente. Los solicitantes pueden optar: solo por los incentivos; solo por el acompañamiento; o a ambos. El contenido del certificado que acredita a los beneficiarios de la Ley. La verificación de la información de condenas vigentes en el exterior se realiza a través de las Oficinas Consulares de Colombia en el Exterior.
13 Registro Único de Retornados Creado por el Decreto 1000 de Desarrollo tecnológico del Ministerio de Relaciones Exteriores. Aplicación en línea a través del Sistema Integral de Trámites al Ciudadano. Enlaces de acceso en la página web de Cancillería, de los Consulados de Colombia en el Exterior y el Portal RedEsColombia. Verificación de la autenticidad de los certificados a través de
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20 Certificado para beneficiarios Ley 1565 de 2012
21 Certificado solicitudes negadas
22 Socialización de la Ley 1565 de 2012 Página web de Cancillería. Páginas web de los Consulado de Colombia. Portal RedEsColombia. Consulados de Colombia. Oficinas de Atención al Migrante. Oficinas Regionales de las entidades miembros de la CIR. Multiplicadores de Colombia Nos Une. Ferias de Servicios para colombianos en el exterior. Foros Virtuales.
23 Estadísticas de Aplicación a la Ley 1565 de 2012 Decisión Adoptada por la CIR 4% SOLICITUDES APROBADAS Tipo de Retorno No. Beneficiarios Aprobadas 96% Rechazadas Retorno Productivo 205 Retorno Laboral 252 Retorno Humanitario 52 Retorno Solidario 22 No aplicaron a tipo de retorno 23 TOTAL 554
24 Estadísticas de Aplicación a la Ley 1565 de 2012 Aplicación a Exenciones Tributarias Tipos de Exenciones a las que se aplica 19,86% 26,32% 23,42% 50,26% SÍ NO 80,14% Menaje Domestico Instrumentos Profesionales Monetización de Recursos
25 Exenciones Tributarias MONTO DE LA EXENCIÓN DEL PAGO DE TODO TRIBUTO Y DE LOS DERECHOS DE IMPORTACIÓN BIENES EXENTOS UVT PESOS DÓLARES Menaje Domestico $ USD ,04 Instrumentos profesionales, maquinarias, equipos y bienes de capital y demás bienes $ USD ,91 Monetización de recursos $ USD ,23 Unidad de Valor Tributario UVT Tasa Representativa del Mercado** 1.934,88 COP / USD 10 de enero de 2014 * Dirección de Impuestos y Adunas Nacionales - DIAN ** Banco de la República ,00 COP Resolución No de 2013* El servicio del transporte del menaje y de los bienes importados debe ser sufragado por el beneficiario de la Ley, al igual que la intermediación que cobran los intermediarios del mercado cambiario.
26 Decreto 2192 de Por el cual se establecen condiciones especiales para la Importación de bienes al amparo de la Ley 1565 de 2012 El plazo para la llegada al territorio aduaneronacional de los bienes es de1 mes antes o hasta 4 meses después del arribo del beneficiario al territorio aduanero nacional. En todo caso, con anterioridad a la presentación y aceptación de la declaración de importación deberá obtenerse la certificación como beneficiario de la Ley 1565 de 2012 que expida la Comisión Intersectorial para el Retorno. La importación de los bienes al amparo del artículo 5 de la Ley 1565 de 2012 no requerirá registro o licencia de importación.
27 Por qué no se pueden importar vehículos usados a Colombia? Comunidad Andina. Convenio de Complementación en el Sector Automotor. Artículo 6 to. Con el propósito de garantizar condiciones mínimas de seguridad, de protección del medio ambiente, de defensa del consumidor y de propiedad industrial, los Países Participantes sólo autorizarán la importación de vehículos nuevos, del año-modelo en que se realiza la importación o siguiente. Igualmente sólo se autorizarán importaciones de componentes, partes y piezas nuevos y sin reconstruir o reacondicionar.
28 Retorno Laboral En el marco de este tipo de retorno el Ministerio del Trabajo a través del Servicio de Empleo ofrece intermediación, orientación y formación laboral, por intermedio de los operadores del Servicio como lo son: las alcaldías, el Servicio Nacional de Aprendizaje - SENA, Cajas de Compensación Familiar y otras entidades públicas y privadas. Además, Cancillería ha gestionado alianzas con organizaciones privadas que ofrecen vacantes que se ajusten a los perfiles de quienes retornan. Previa remisión de los beneficiarios se verifican las condiciones de trabajo en cada uno de los entes aliados.
29 Retorno Productivo En el marco de este tipo de retorno en articulación con las entidades competentes se brinda orientación en emprendimiento y sobre las fuentes de financiación a las cuales pueden aplicar los connacionales de acuerdo a su perfil. SENA - Fondo Emprender. BANCÓLDEX. INNPULSA Colombia. Asimismo se están realizando gestiones para que la población retornada sea incluida como sujeto de las políticas y los fondos de emprendimiento vigentes.
30 Retorno Humanitario o por causas especiales Es el retorno que realiza el colombiano por alguna situación de fuerza mayor que ponga en riesgo su integridad física, social, económica o personal y/o la de sus familiares. El Ministerio de Relaciones Exteriores a través de la Cruz Roja Colombiana brinda atención inmediata a nivel nacional a la población que retorna al país en condición de vulnerabilidad y requiere al asistencia prioritaria en materia de alojamiento, transporte, alimentación, orientación psicosocial, enrutamiento institucional y entrega de apoyo humanitario básico.
31 Retorno Humanitario o por causas especiales Se brinda por un lapso de dos (2) meses un acompañamiento a la población retornada en condición de vulnerabilidad con el fin de lograr su inserción y estabilización en la sociedad. El acompañamiento comprende: capacitación y formación para el empleo, capacitación y asesoría en la elaboración de hojas de vida, y orientación sobre las rutas a través de las cuales puedan acceder a un empleo Beneficiarios de Atención Humanitaria de Emergencia
32 Retorno Solidario Es el retorno que realiza el colombiano víctima del conflicto armado interno, como también aquellas en condición de pobreza extrema. En los casos de retorno de las victimas del conflicto las acciones se coordinan con la Unidad Administrativa Especial para la Atención y Reparación Integral a las Víctimas. Las personas en condición de pobreza extrema acceden al acompañamiento que se brinda a través de los programas coordinados por la Agencia Nacional para la Superación de la Pobreza Extrema ANSPE, previo cumplimiento de los requisitos y criterios de acceso establecidos.
33 Retorno Solidario Víctimas del Conflicto Armado Interno La Ley de Víctimas prevé: Indemnización. Medidas de satisfacción. Restitución de Tierras. Retorno o Reubicación. Reunificación familiar. Asistencia de orientación ocupacional. Generación de ingresos. Asistencia en salud y educación. Rehabilitación. Garantías de no repetición. Condición de Pobreza Extrema Dimensiones de Desarrollo Humano: Ingresos y trabajo. Habitabilidad. Bancarización. Ahorro. Nutrición. Dinámica Familiar. Salud. Identificación Acceso a la Justicia. Educación.
34 Incentivos sobre la Situación Militar El Gobierno Nacional a través de la Dirección Ejército Nacional permitirá que: de Reclutamiento y Control de Reservas del Los varones mayores de 25 años, que no hayan resuelto su situación militar y que retornen al país, definan su situación militar sin que haya lugar al cobro de las sanciones y multas que establece la Ley 48 de Los varones entre 18 y 25 años no cumplidos, definan su situación militar, previa cancelación del 50% de (1) un SMLMV si pertenecen a las categorías 1, 2 y 3 del SISBEN. Los varones entre 18 y 25 años no cumplidos, definan su situación militar, previa cancelación de(1) un SMLMV para todos los demás casos.
35 Incentivo frente a las Cajas de Compensación Familiar Las Cajas de Compensación Familiar acogerán a la población retornada como beneficiarios de su portafolio de productos y servicios, sin que sea necesario vinculación laboral. De acuerdo a la Ley 789 de 2002 (literal b del artículo 19) los trabajadores independientes pueden afiliarse a una caja de compensación para lo cual deberán cotizar sobre la misma base de aporte que lo hacen a salud y pensión.
36 Gracias
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