MINISTERIO DE EDUCACIÓN DE LA NACIÓN DE ARGENTINA DIRECCIÓN DE EDUCACIÓN PERMANENTE DE JÓVENES Y ADULTOS

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1 MINISTERIO DE EDUCACIÓN DE LA NACIÓN DE ARGENTINA DIRECCIÓN DE EDUCACIÓN PERMANENTE DE JÓVENES Y ADULTOS El Estado Nacional Argentino a partir del año 2003 inicia un proceso de reformulación de políticas educativas destinada a garantizar los derechos de todas y todos las/os ciudadanos de nuestro territorio nacional. La consolidación de una nueva estructura normativa marca un punto de inflexión en relación a la des-responsabilización del Estado en educación como consecuencia de las políticas neoliberales iniciadas durante la última dictadura militar ( ) y profundizadas en los 90. El Estado, a través del Ministerio de Educación de la Nación, desarrolla las políticas educativas a nivel nacional, si bien las acciones concretas surgen del Consejo Federal de Educación en el cual participan todas las máximas autoridades educativas de cada estado provincial. Las principales normativas promulgadas en el ámbito educativo son las siguientes: o Ley Garantía del salario docente y 180 días de clase (2003) o Ley Fondo Nacional de incentivo docente (2004) o Ley de Educación Técnico-profesional (2005) o Ley de Protección Integral de los derechos de niñas, niños y adolescentes (2006) o Ley de Financiamiento Educativo ( ) o Ley de Educación Nacional (2006) Las leyes que tienen implicancia directa y que incluyen acciones específicas para la Educación de Jóvenes y Adultos son la Ley de Educación Nacional N , la Ley de Financiamiento Educativo N y la Ley de Educación Técnico-Profesional N La Ley de Educación Nacional traza los lineamientos generales del desarrollo de la Educación de Jóvenes y Adultos y establece como finalidad garantizar la alfabetización y el cumplimiento de la obligatoriedad escolar y su vinculación con el mundo del trabajo. A partir de esta nueva normativa se supera la condición de subsistema de la Educación de Adultos, con la consiguiente situación de marginalidad y olvido sufrido en el marco de la Ley Federal de Educación Nº (sancionada en 1993). En dicha ley la Educación de Adultos estaba clasificada como uno de los regímenes especiales

2 dentro del sistema educativo y se planteaba la necesidad de articular con otros niveles y ciclos para facilitar el pasaje y la continuidad de los estudios de los sujetos (artículo 12). Según se establece en el artículo 11 de dicha ley, la finalidad de estos regímenes especiales es la de atender las necesidades que no pudieran ser satisfechas por la estructura básica y que exijan ofertas específicas diferenciadas en función de las particularidades o necesidades del educando o del medio. En el mismo artículo se declara que se acordarán en el seno del Consejo Federal de Cultura y Educación ofertas educativas de menor duración y con preparación ocupacional específica para quienes hayan terminado la Educación General Básica (EGB) obligatoria. La nueva Ley de Educación Nacional deja a un lado la consideración de la Educación de Adultos como régimen especial y preparación instrumental para la inserción laboral ubicándola, en el Artículo, 17 en la categoría de modalidad: constituye modalidades del sistema educativo aquellas opciones organizativas y/o curriculares de la educación común, dentro de uno o mas niveles educativos, que procuran dar respuesta a requerimientos específicos de formación y atender particularidades de carácter permanente o temporal, personales y/o contextuales, con el propósito de garantizar la igualdad en el derecho a la educación y cumplir con las exigencias legales, técnicas y pedagógicas de los diferentes niveles educativos. Son modalidades: la Educación Técnico Profesional, la Educación Artística, la Educación Especial, la Educación Permanente de Jóvenes y Adultos, la Educación Rural, la Educación Intercultural bilingüe, la Educación en Contextos privados de su libertad y la Educación Domiciliaria y Hospitalaria. Las jurisdicciones podrán definir, con carácter excepcional, otras modalidades de la educación común, cuando requerimientos específicos de carácter permanente y contextual así lo justifiquen. En este sentido su reconocimiento como modalidad enmarcada en la educación permanente la posiciona ante el desafío de superar las condiciones de remedial y compensatoria que históricamente le fue adjudicada. Asimismo, en el artículo 46 se establece que la Educación Permanente de Jóvenes y Adultos es la modalidad educativa destinada a garantizar la alfabetización y el cumplimiento de la obligatoriedad escolar prevista en dicha norma, a quienes no la hayan completado en la edad establecida reglamentariamente, y a brindar posibilidades de educación a lo largo de toda la vida. El carácter Permanente de la Educación de Jóvenes y Adultos implica la formación a lo largo de toda la vida, teniendo en cuenta los cambios tecnológicos y científicos que impactan en el mundo laboral como también los cambios sociales y los requerimientos e intereses de los sujetos.

3 En el artículo 48 se establecen ya más específicamente los criterios y objetivos de la Educación Permanente de Jóvenes y Adultos (EPJA): La organización curricular e institucional de la Educación permanente de Jóvenes y Adultos responderá a los siguientes criterios y objetivos: a) Brindar una formación básica que permita adquirir conocimientos y desarrollar las capacidades de expresión, comunicación, relación interpersonal y de construcción del conocimiento, atendiendo las particularidades socioculturales, laborales, contextuales y personales de la población destinataria. b) Desarrollar la capacidad de participación en la vida social, cultural, política y económica y hacer efectivo su derecho a la ciudadanía democrática c) Mejorar su formación profesional y/o adquirir una preparación que facilite su inserción laboral. d) Incorporar en sus enfoques y contenidos básicos la equidad de género y la diversidad cultural e) Promover la inclusión de los/as adultos/as mayores y de las personas con discapacidades, temporales o permanentes. f) Diseñar una estructura curricular modular basada en criterios de flexibilidad y apertura. g) Otorgar certificaciones parciales y acreditar los saberes adquiridos a través de la experiencia laboral. h) Implementar sistemas de créditos y equivalencias que permitan y acompañen la movilidad de los/as participantes. i) Desarrollar acciones educativas presenciales y/o a distancia, particularmente en zonas rurales o aisladas, asegurando la calidad y la igualdad de sus resultados. j) Promover la participación de los/as docentes y estudiantes en el desarrollo del proyecto educativo, así como la vinculación con la comunidad local y con los sectores laborales o sociales de pertenencia de los/as estudiantes k) Promover el acceso al conocimiento y manejo de las nuevas tecnologías Por otro lado, si bien es responsabilidad del sistema educativo garantizar procesos y resultados de calidad, el artículo 47 expresa la ampliación de esas responsabilidades a otras carteras de gobierno de modo de garantizar articulaciones exitosas y mejorar la calidad de las propuestas formativas. Específicamente se menciona el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, el Ministerio de Desarrollo Social, el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos y el Ministerio de Salud. Este nuevo status de modalidad de la Educación de Jóvenes y Adultos exige acordar algunos criterios que coadyuven a que se visualice claramente su identidad y especificidad a la vez que busca lograr la

4 recuperación de un sistema nacional y federal respetando las particularidades jurisdiccionales y asegurando la movilidad de los estudiantes. 2- Otra normativa crucial para la Educación de Jóvenes y Adultos es la Ley de Financiamiento Educativo. Promulgada a inicios de 2006 prevé el incremento progresivo del porcentaje de inversión de PBI destinado a Educación con una meta de máxima inversión para el 2010 del 6% del Producto Bruto Interno (PBI). Metas financieras teóricas de la LFE Año GEC / PBI. Meta anual en % ,6% ,7% ,0% ,3% ,6% ,0% Esta normativa se sostiene en la responsabilidad financiera compartida del Estado Nacional y los Estados Provinciales destinada a: o la ampliación de la cobertura del sistema educativo (Incisos a, b, d y e Art. 2 ) o el mejoramiento de la calidad y atención a la equidad (Incisos c, f y g del Art. 2 ) o o la formación inicial y continua y mejora de las condiciones laborales de los docentes (Inciso i del Art. 2 ) el fortalecimiento del sistema universitario nacional y del sistema científicotecnológico (Incisos j y k del Art. 2 ) Los estudios de seguimiento y evaluación de la Ley de Financiamiento establecen que en el año 2009 se alcanzó en forma anticipada la meta prevista para 2010 (6% del PBI), y a fines de ese mismo año se sobrecumplió, llegando al 6,46%.

5 Gasto Consolidado en Educación, Ciencia y Tecnología como Porcentaje del PBI * 7% 6,45% 6,46% 6% 5% 4% 4,59% 5,01% 4,60% 4,70% 5,37% 5,00% 5,79% 5,30% 5,60% 6,00% Meta teórica de la LFE Meta alcanzada En relación a los objetivos específicos de la modalidad, la Ley de Financiamiento en su artículo 2 inciso a) establece erradicar el analfabetismo en todo el territorio nacional y fortalecer la Educación de jóvenes y adultos en todos los niveles del sistema. Por otro lado, y en relación a la Formación Profesional, establece fortalecer la educación técnica y la formación profesional impulsando su modernización y vinculación con la producción y el trabajo e incrementar la inversión en infraestructura y equipamiento de las escuelas y centros de formación profesional. A fin de cumplir con estos objetivos, la inversión nacional en la modalidad de Educación de Jóvenes y Adultos es la siguiente: Inversión Nacional en modalidad adultos $ $ $ $ $ $ $ $ $ $ $ 0 $ $ $ Adult os

6 El aumento considerable de inversión que se visualiza a partir del año 2008 tiene que ver con la incorporación al presupuesto del Plan Fines y, a partir de 2010, el presupuesto del Programa de Educación Media y formación para el trabajo de jóvenes. 3- La tercer ley que tiene una implicancia directa con la modalidad de la Educación de Jóvenes y Adultos es la Ley de Educación Técnico-Profesional N A partir de ella se inicia un proceso de reactivación de las Escuelas Técnicas y un cambio en los perfiles de la formación, en el diseño curricular y en la organización institucional a fin de reinstalar en el Sistema Educativo la formación de los técnicos de grado medio que no fue contemplada en la Ley Federal de Educación de Esta ley se vincula con la Educación de Jóvenes y Adultos tal cual se expresa en el artículo 19 del capítulo III De la Formación Profesional: Las ofertas de Formación Profesional podrán contemplar la articulación con programas de alfabetización o de terminalidad de los niveles y ciclos comprendidos en la escolaridad obligatoria y post-obligatoria De esta manera se está dando marco a las acciones desarrolladas por la EPJA y su relación con la Formación Técnico Profesional. A diferencia del tratamiento que la Ley Federal de Educación tuvo con la FP, en la actualidad se considera necesario generar ofertas educativas que se articulen en acuerdos federales de carácter institucional, tanto a nivel del propio sistema educativo como intersectoriales a nivel nacional, regional y local. Por último, es fundamental mencionar dos Documentos que reafirman los aspectos y características más relevantes que hacen a la especificidad de la modalidad, a fin de consolidar su identidad y servir de fundamento para las transformaciones conceptuales, pedagógicas, curriculares, administrativas y normativas que se requieren: Documento Base de la Educación de Jóvenes y Adultos, Lineamientos Curriculares para la Educación Permanente de Jóvenes y Adultos Ambos documentos fueron aprobados bajo la Resolución del Consejo Federal Nº 118/10 y anexos I y II y elaborados por el conjunto de los directores y coordinadores de la modalidad de todas las jurisdicciones a través de los encuentros de la Mesa Federal de Educación Permanente de Jóvenes y Adultos, ámbito de trabajo federal en

7 el que se acuerdan criterios de acción conjunta según los escenarios específicos. Asimismo, se establece que los Lineamientos curriculares de la EPJA constituyen el núcleo común de definiciones federales sobre el que las jurisdicciones diseñarán y/o adecuarán sus planes de estudios en un plazo no mayor a 3 (tres) años (Resolución 118/10 Art 5) CREACIÓN DEL PLAN DE FINALIZACIÓN DE ESTUDIOS PRIMARIOS Y SECUNDARIOS FINES La Ley de Educación Nacional, en el Art. N 138 establece que el Estado asume la responsabilidad específica de garantizar la alfabetización de las personas jóvenes y adultas y la finalización de la educación primaria y secundaria. Esta responsabilidad tiene como fundamento la consideración de todas las personas como sujetos de derecho, por lo que la educación de las personas jóvenes y adultas deja de ser un desafío para constituirse en una responsabilidad indelegable del Estado (Documento Base, punto 13) En este marco, el Plan Fines nace como respuesta sistematizada a lo que las leyes nacionales prescriben y dan cumplimiento a la responsabilidad política de crear herramientas para llegar a la población que se ha visto marginada para acceder a los niveles de obligatoriedad educativa. Es un Plan específico que fue creado a término teniendo en cuenta las posibilidades y necesidades de sus destinatarios y cuyos propósitos se dirigen a posibilitar la finalización de estudios primarios y secundarios de todos aquellos jóvenes y adultos que aún no han completado la escolaridad obligatoria Metas del Plan FinEs Las metas del Plan se presentan en dos etapas anuales que incorporan progresivamente grupos poblacionales: La etapa 2008 convoca a jóvenes y adultos que, habiendo completado la cursada de nivel secundario, adeudan asignaturas. Para ello, se han organizado sedes de atención a jóvenes y adultos, se desarrollaron materiales educativos en diversos soportes y se conformaron equipos de profesores tutores. La etapa 2009 avanza en la cobertura para incluir nuevos grupos que inicien o completen el nivel primario y secundario. Para ello se convocaron a todos los sectores, gremios, OSC, empresas, etc. de modo de iniciar las acciones preparatorias para la

8 ampliación de la cobertura y la incorporación de un plan de estudios primarios y secundarios de tipo federal. Líneas de acción Año 2008 A partir del año 2008, se crearon sedes en escuelas secundarias comunes y de la modalidad para la atención de jóvenes y adultos. Las líneas de acción se organizaron según dos grupos poblacionales diferenciados por edad y acceso al sistema educativo: 1. Jóvenes entre 18 y 25 años que han cursado el último año de la educación secundaria común, de educación técnica, o de educación de adultos en condición de alumnos regulares, que finalizaron de cursar y adeudan materias. 2. Jóvenes y Adultos mayores de 25 años que han cursado el último año de la educación secundaria común, de educación técnica, o de educación de adultos en condición de alumnos regulares, que finalizaron de cursar y adeudan materias. Para llevar adelante estas acciones se cuenta con diferentes recursos y materiales pedagógicos para preparar las materias, tales como libros de textos provistos por el Ministerio de Educación de la Nación, Material de la Campaña Nacional de Lectura, libros de la Biblioteca de la escuela sede, teleclases en el Canal Encuentro y una Plataforma virtual a través del Portal Educ.ar. Asimismo, los estudiantes mayores de 25 años cuentan con el apoyo de tutores para la preparación y evaluación de las materias adeudadas. Pueden asistir voluntariamente a las tutorías de las escuelas sedes del Plan y el examen lo rinden en la escuela donde cursaron su educación secundaria, en los turnos de examen fijados por el calendario escolar de la jurisdicción Líneas de acción Año La segunda etapa del Plan se destina al conjunto de los jóvenes y adultos que no iniciaron o no concluyeron su educación primaria y/o secundaria. En este caso, se continúa con las acciones iniciadas en el destinadas a jóvenes y adultos mayores de18 años que habiendo cursado todos los años del secundario adeudan materias y no han titulado-, y se incluyen: Mayores de 18 años que tienen completo el ciclo básico de la educación secundaria o el tercer ciclo de la educación general básica para completar el ciclo superior del nivel secundario. Los estudiantes de este grupo pueden recibir tutorías y deben presentarse a evaluaciones en las escuelas sedes del Plan FinEs con los mismos criterios de inscripción y preparación que los participantes de la etapa 2008.

9 Los tutores formulan un plan de trabajo para determinar el tiempo de preparación necesario en cada espacio curricular / asignatura. Afiliados de sindicatos y otros colectivos convocados a través de entidades conveniantes. Grupos de alfabetizados por el Programa Encuentro, otros programas y demás, mayores de 18 años e interesados en la finalización de la educación primaria. Para el desarrollo de esta línea de trabajo se incluye un mes más de trabajo en los centros de alfabetización promoviendo la articulación entre el maestro de la escuela de adultos, el alfabetizador y el alfabetizando. Este período de 1 mes permite organizar con la escuela primaria de adultos más cercana la forma de trabajo para ofrecer oportunidades educativas concretas a los participantes. Asimismo se entregan los materiales para la alfabetización que se distribuyen también en las escuelas primarias de adultos. En cuanto a las escuelas sedes de esta segunda etapa, se continúa con las creadas en el año 2008 y se incluyen otras nuevas seleccionadas por cada provincia. Las escuelas sedes reciben fondos para la cobertura de gastos operativos, por lo que en este caso se deben aplicar también en la organización de las tareas administrativas que permitan al tutor acceder al plan de estudio de la escuela de procedencia del estudiante y formular el plan de trabajo adecuado para abordar y completar los contenidos que quedaron pendientes. Los últimos datos disponibles, que incluyen ambas etapas son los siguientes: Totales generales Inscripciones Titulados Escuelas que funcionaron como sede Profesores tutores capacitados

10 Población destinataria del plan FinEs La población de la EPJA está conformada por jóvenes y adultos mayores de 18 años para el caso del nivel secundario y mayores de 16 años en el nivel primario. Esta franja de la población que no completó o inició sus estudios en la edad escolar correspondiente, ha quedado excluida del sistema educativo por diversas razones. En la mayoría de los casos han tenido experiencias negativas en la educación formal y acuden a la EPJA por la exigencia del mercado laboral. También asisten quienes poseen una diversidad de conocimientos y saberes y, si bien están incluidos en el ámbito laboral, tienen como asignatura pendiente obtener el título correspondiente al nivel que adeudan. Por otro lado están quienes sólo aspiran a estar alfabetizados. Pero en todos los casos, el desafío de la EPJA es posibilitar una efectiva inclusión y evitar que quienes acuden en busca de la educación obligatoria vuelvan a ser expulsados. Lejos de ser una población homogénea, en la modalidad coexisten adolescentes que comparten requerimientos escolares con jóvenes y adultos mayores. Las diferencias de edad que antes eran rescatadas y quizás complejizadas de generación en generación, en la actualidad suelen presentar una distancia significativa entre una cultura y otra, e inclusive entre las diversas culturas juveniles. Por otro lado, esas diferencias etáreas se articulan con otro conjunto de diferencias: las expectativas, los intereses, las experiencias de vida y los conocimientos construidos por fuera del sistema educativo, ligados a sus prácticas y necesidades y desarrolladas como estrategias y habilidades que les han permitido vivir y desenvolverse en una sociedad letrada. Está claro que son múltiples los factores que intervienen en el desarrollo de los sujetos y a medida que van transitando por diferentes etapas, establecen su propio estilo de vida íntimamente relacionado con la salud, las relaciones sociales, la educación, el trabajo, etc. Y en este proceso, la educación juega un papel muy importante ya que los sujetos requieren de una preparación educativa para generar cambios que se articulen e integren con sus propias experiencias de vida. Esta heterogeneidad que caracteriza la modalidad muchas veces pone en jaque la posibilidad de invención ya que las problemáticas transversales de los diferentes grupos complejiza la tarea educativa. Ante tal complejidad, la implementación del Plan FinEs se ha organizado teniendo en cuenta dos etapas -como se mencionó anteriormente- y se ha establecido el siguiente corte por edades: Población joven de 18 a 25 años

11 Población joven/adulta de 25 a 45 años Población adulta y adulta mayor de más de 45 Es fundamental tener en cuenta las diferencias de aprendizaje de los adolescentes, jóvenes, adultos o adultos mayores. Diferencias que lejos de obviarse requieren de variedad y flexibilidad de ofertas formativas y de docentes formados para generar herramientas y estrategias de abordaje que enriquezcan la experiencia educativa. Para la población de la EPJA, terminar la escolaridad puede significar mucho más que la obtención de un título que habilita para una mejor calidad de vida; en general, significa la posibilidad de asumirse como un sujeto social a partir de la revalorización de sus capacidades. Es por ello que el Plan FinEs busca lograr que los jóvenes y adultos finalicen o inicien sus estudios primarios o secundarios pero a partir de generar espacios de participación que rescaten lo que lo que cada uno puede hacer, tome en cuenta la diversidad y responda a las propias necesidades educativas y a los propios estilos de los estudiantes. En este sentido, la propuesta educativa es flexible, se adapta a esos intereses y motivaciones que han llevado a que estos sujetos hoy retomen sus estudios. A partir de una estructura modular de la currícula, los estudiantes pueden transitar por las áreas y disciplinas con aprobaciones parciales, acorde a sus circunstancias, ritmos y tiempos de aprendizaje. Como no es obligatorio que se siga un ritmo anual de cursado, cada uno podrá iniciar, discontinuar y retomar su itinerario formativo partiendo del reconocimiento de los saberes adquiridos, reorganizando el tiempo presencial que se requiere y favoreciendo de esta forma la gestión de los propios procesos de aprendizajes. Con la ayuda de un profesores tutores, se realiza un plan de trabajo para cada estudiante acorde a sus trayectorias educativas. Las tutorías facilitan la participación y protagonismo de los sujetos ya que parte de su contexto, de sus prácticas cotidianas y de sus propios saberes socio-comunitarios. Responde a un seguimiento personalizado de los estudiantes que a través de la relación dialógica, promueva la comprensión y producción de conocimientos, la resolución de problemas de su contexto y el desarrollo de una actitud investigativa y de análisis crítico de la sociedad actual. La elaboración del plan de trabajo y las consiguientes aprobaciones parciales de módulos, áreas y disciplinas facilita tanto el ingreso y el reingreso como la movilidad de los estudiantes dentro del sistema educativo a nivel del territorio nacional, garantizando de esta forma su continuidad y la posibilidad de completar la educación secundaria sin tener la necesidad de volver a cursar módulos ya cursados.

12 Modelo de Gestión El modelo de gestión que propone el Plan FinEs se enmarca en una forma de trabajo colaborativa donde diferentes entidades gubernamentales y no gubernamentales brindan sus capacidades institucionales para lograr alcances territoriales y saberes vinculados a la atención de sectores vulnerables. En las últimas décadas como se ha mencionado, las políticas educativas no propulsaron el fortalecimiento de la EPJA signando a la modalidad como marginal. La falta de unidad de gestión, su dispersión y la diversificación en las políticas de la EPJA ha sido su característica principal, coexistiendo ofertas de diferente duración así como distintas formas de organización institucional y curricular. Agotado el modelo remedial y compensatorio que fue incapaz de responder a las necesidades de aprendizaje de los jóvenes y adultos, es necesario superar esos obstáculos y promover un tipo de gestión basado en la integración y articulación de los diferentes actores institucionales. En el modelo de gestión que se propone para la implementaron del Plan FinEs, la coordinación está concentrada en el Ministerio de Educación de la Nación, encargada de la articulación entre las diversas jurisdicciones/organizaciones y sus acciones correspondientes. Esta articulación se organiza en tres instancias: 1. Nación- Provincias 2. Nación- Provincias- Sindicatos o entidades conveniantes 3. Nación- Provincias- Sedes En el primer caso, la articulación entre el Ministerio de Educación de la Nación y las jurisdicciones se establece mediante acuerdos federales donde las jurisdicciones y el ME se comprometen a llevar adelante las acciones correspondientes para la implementación del Plan. Por un lado, la jurisdicción elabora el marco normativo necesario para dar validez a las certificaciones de estudios que otorguen, designa la escuela sede por Departamento así como los tutores y los referentes administrativos. Asimismo, establece cuáles serán los destinatarios que prevé abarcar en esta etapa y selecciona el Plan de Estudios a utilizar y la cantidad de horas destinadas a tutorías. Por otro lado, el Ministerio de Educación de la Nación se compromete a asignar los recursos económicos para el pago a tutores, secretarios administrativos y para los gastos operativos de cada escuela sede. También brinda los materiales de apoyo para

13 las tutorías y los recursos para la capacitación de tutores y secretarios administrativos que necesite cada jurisdicción. En el segundo caso, se concreta la necesidad de constituir relaciones estables con diferentes sectores de la sociedad civil, tales como sindicales, empresariales, religiosas o asociaciones de diversa índole. Desde esta perspectiva, establecer puentes con las diferentes organizaciones y con aquellas personas que dentro de los sindicatos, las iglesias, las empresas o las asociaciones están dispuestas a ser protagonistas activos del cambio, permite generar condiciones de universalidad para que los jóvenes y adultos puedan acceder a una educación equitativa y de calidad. La articulación se realiza a través de convenios que establecen criterios sobre la forma de organización de las escuelas sedes, las cuales podrán funcionar en las organizaciones mencionadas. En tercer lugar, se establece la articulación entre el Ministerio de la Nación, las jurisdicciones y las escuelas sedes a partir de convenios en los cuales se define la organización que tendrán las mismas. Es fundamental que exista un hilo conductor entre las estrategias que se proponen en el plano político y las tareas y actividades cotidianas de los individuos; si esta conexión se rompe, las acciones pierden su sentido. Es por ello que el proceso de gestión del plan prevé instancias de capacitación para que todos los actores responsables de la implementación conozcan claramente los fines y objetivos que se persiguen. Respecto al modelo institucional de las escuelas sedes, se propone un modo de organización que recupera la heterogeneidad de los sujetos destinatarios de la educación de jóvenes y adultos, sus experiencias de vida, su cultura, sus vínculos, sus historias, situándolos como protagonistas centrales de su propia formación. Tal es así que las sedes brindan un servicio educativo flexible, abierto y de calidad a la vez que se constituye como un lugar privilegiado para generar nuevas combinaciones de las categorías de espacio y tiempo. Suele ser una gran dificultad para la población de la EPJA mantener la condición de regular en los cursos presenciales con asistencia diaria debido a diferentes motivos ya sean laborales, familiares o personales. Es por ello que el Plan FinEs ofrece una forma de cursado que posibilita superar estas dificultades tal como se explicitó anteriormente. La construcción de un modelo institucional diferente al tradicional implica tener en cuenta su vinculación directa con la autonomía de las organizaciones, de los tutores y de los sujetos pedagógicos, es decir, a su capacidad de autogobernarse, tener un dominio reflexivo acerca de los procesos que se desarrollan y se diseñan y de las relaciones establecidas con los otros. Tal es así que desde la gestión nacional o

14 provincial no se plantean horarios ni días obligatorios, sino que los mismos son establecidos por cada una de las escuelas sedes. Cada jurisdicción decide cuál institución funcionará como escuela sede del Plan, siempre y cuando respete los siguientes criterios: deben seleccionar una institución de primaria y secundaria por Departamento y que pertenezca a la modalidad de Jóvenes y Adultos. Una vez seleccionada la escuela sede, la jurisdicción llevará adelante acciones tales como relevar y organizar la demanda para constituir grupos de estudio de nivel primario y secundario, definir a los responsables institucionales de cada organización, seleccionar los docentes responsables de las tutorías y de la administración, disponer de los recursos físicos para tutores y estudiantes y de las certificaciones necesarias para la inscripción, la presentación a exámenes y trámite de títulos, ente otros. Para las acciones específicas de gestión de la escuela sede se cuenta con un secretario administrativo encargado de las tareas administrativas, de poner a disposición de las autoridades información vinculada a datos y seguimiento de estudiantes del plan, de colaborar con los estudiantes para que obtengan la documentación que se requiere para la inscripción, así como de orientarlos respecto a las inscripciones a tutorías, préstamos de libros, entrega de módulos, utilización de recursos informáticos, etc. Por último, es claro que el desafío que implica la implementación de un plan nacional. Lejos de ser una tarea sencilla, involucra a muchas personas y la planificación y control pueden tornarse difíciles si no se establecen claramente las reglas de juego sobre la gestión, adecuadas a la complejidad que la articulación requiere. Ante esta situación el Ministerio de Educación busca mejorar la capacidad institucional de las jurisdicciones y de las entidades conveniantes a partir de la asistencia técnica, la capacitación a los tutores y personal administrativo, la elaboración de materiales de apoyo para la enseñanza, la asignación de recursos económicos para gastos operativos y salarios y la creación de instrumentos normativos que habiliten y regulen la organización de las escuelas sedes. Estas acciones se dirigen a garantizar la estabilidad de las condiciones buscadas por el Plan ya que compensan factores desfavorables o efectos indeseados del propio proceso de gestión que podrían obstaculizar su concreción. Asimismo permite producir efectos sostenibles a largo plazo en la medida que deja instalada capacidades para que puedan mantenerse en el tiempo.

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