SOLICITUD DE PROPUESTA PARA LA CONFORMACION DE UNA EMPRESA DE SERVICIOS PUBLICOS DOMICILIARIOS

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1 SOLICITUD DE PROPUESTA PARA LA CONFORMACION DE UNA EMPRESA DE SERVICIOS PUBLICOS DOMICILIARIOS CONVOCATORIA PÚBLICA MEDIANTE LA CUAL EL MUNICIPIO DE RIOBLANCO TOLIMA BUSCA SOCIOS PARA LA CONFORMACIÓN DE LA EMPRESA DE SERVICIOS PUBLICOS DE ACUEDUCTO, ALCANTARILLADO Y ASEO BAJO LA MODALIDAD DE UNA SOCIEDAD POR ACCIONES SIMPLIFICADA S.A.S. RIOBLANCO, MAYO DE 2011

2 1. INFORMACIÓN PARA LOS POSIBLES SOCIOS Y PRESENTACION DE LAS OFERTAS. 1.1 RÉGIMEN LEGAL DE LA SOLICITUD DE PROPUESTA El presente proceso de solicitud de propuesta y el Contrato Societario de creación de la Empresa de Servicios Públicos Rioblanco ESP S.A.S., se rigen por el derecho privado y por el régimen jurídico aplicable a los servicios públicos domiciliarios en general de conformidad con la Ley 142 de 1994, la Ley 632 de 2000, la Ley 689 de 2001, y por las resoluciones 151 de 2001 y 242 de 2003 de la Comisión de Regulación de Agua Potable y Saneamiento Básico CRA, y demás normas que las adicionen, modifiquen o complementen. También se someten a las regulaciones que se encuentren vigentes o que sean expedidas por la Comisión de Regulación de Agua Potable y Saneamiento Básico CRA, durante la vigencia de la sociedad. El marco normativo que regirá el presente proceso de conformación de la sociedad y el Contrato Societario que de ella se derive, está conformado por la Constitución Política y las Leyes de la República de Colombia vigentes y que se relacionen con la materia, normas concordantes y las que las sustituyan, adicionen o modifiquen. A su vez la ley 142 de 1994 en los artículos 15 y s.s. de la citada ley define claramente, quiénes pueden ser prestadores de servicios públicos domiciliarios1, y los artículos 17, 18 y 19 de la mencionada ley, contemplan la naturaleza jurídica de los prestadores y su objeto, el cual se desarrolla a través de sociedades por acciones: Artículo 17. Naturaleza. 1 Ley 142 de Artículo 15. Personas que prestan servicios públicos. Pueden prestar los servicios públicos: Las empresas de servicios públicos Las personas naturales o jurídicas que produzcan para ellas mismas, o como consecuencia o complemento de su actividad principal, los bienes y servicios propios del objeto de las empresas de servicios públicos Los municipios cuando asuman en forma directa, a través de su administración central, la prestación de los servicios públicos, conforme a lo dispuesto en esta Ley.

3 15.4. Las organizaciones autorizadas conforme a esta Ley para prestar servicios públicos en municipios menores en zonas rurales y en áreas o zonas urbanas específicas Las entidades autorizadas para prestar servicios públicos durante los períodos de transición previstos en esta Ley Las entidades descentralizadas de cualquier orden territorial o nacional que al momento de expedirse esta Ley estén prestando cualquiera de los servicios públicos y se ajusten a lo establecido en el parágrafo del Artículo 17. Las empresas de servicios públicos son sociedades por acciones cuyo objeto es la prestación de los servicios públicos de que trata esta Ley Artículo 18. Objeto. La Empresa de servicios públicos tiene como objeto la prestación de uno o más de los servicios públicos a los que se aplica esta Ley, o realizar una o varias de las actividades complementarias, o una y otra cosa. ( ) Las empresas de servicios públicos podrán participar como socias en otras empresas de servicios públicos; o en las que tengan como objeto principal la prestación de un servicio o la provisión de un bien indispensable para cumplir su objeto, si no hay ya una amplia oferta de este bien o servicio en el mercado. Podrán también asociarse, en desarrollo de su objeto, con personas nacionales o extranjeras, o formar consorcios con ellas. Parágrafo. Independientemente de su objeto social, todas las personas jurídicas están facultadas para hacer inversiones en empresas de servicios públicos. En el objeto de las comunidades organizadas siempre se entenderá incluida la facultad de promover y constituir empresas de servicios públicos, en las condiciones de esta Ley y de la ley que las regule. En los concursos públicos a los que se refiere esta Ley se preferirá a las empresas en que tales comunidades tengan mayoría, si estas empresas se encuentran en igualdad de condiciones con los demás participantes. La Alcaldía de RIOBLANCO quedó revestida de todas las facultades y prerrogativas para constituir una Empresa de Servicios Públicos Domiciliarios, en virtud de los Acuerdos que se anexan y acorde a lo establecido en la Resolución CRA 151 de 2001, modificada por la Resolución CRA 242 de 2003, expedidas por la Comisión de Regulación de Agua Potable y Saneamiento Básico, que dispone:

4 ARTÍCULO 2º.- Modificar el literal e del artículo de la Sección 1.3.5, del Capítulo 3 del Título Primero de la Resolución 151 de 2001 de la Comisión de Regulación de Agua Potable y Saneamiento Básico, el cual quedará así: e. Los que celebren las entidades territoriales y/o las empresas prestadoras de servicios públicos de acueducto, alcantarillado y/o aseo, con el objeto de asociarse con otras personas para la creación o transformación de personas prestadoras de servicios públicos domiciliarios de acueducto, alcantarillado y/o aseo, con el fin de que la empresa constituida o transformada asuma total o parcialmente la prestación del servicio respectivo y/o administre los bienes destinados de forma directa y exclusiva a la prestación del mismo y/o los ingresos recaudados vía tarifas; y/o los que celebren las empresas prestadoras de servicios públicos de acueducto, alcantarillado y/o aseo con el objeto de transferir la propiedad o el uso y goce de los bienes destinados de forma directa y exclusiva a prestar los servicios públicos, concesiones o similares y puedan cobrar tarifas a los usuarios finales, así como los que tengan por objeto transferir, a cualquier título, la administración de los bienes destinados a la prestación del servicio. Para lo cual el ente territorial deberá adelantar un proceso de libre de concurrencia de oferentes en los términos de la citada Resolución. Cabe señalar que en el evento de darse aplicación a esta alternativa, el municipio al participar como socio en la constitución de la empresa prestadora de servicios públicos a la luz de lo contemplado en el artículo 19 de la ley 142 de 1994, actúa en condición de un particular con espíritu comercial y societario, y por consiguiente le son aplicables a la sociedad las estipulaciones contenidas en el Código de Comercio y se entran a compartir los riesgos de los negocios en las mismas condiciones de los particulares. En concordancia con el articulo de la Sección 1.3.5, la selección de socios para conformar una empresa de servicios públicos de Acueducto, Alcantarillado y Aseo, y sus actividades complementarias se efectuará a la luz de lo normado por las Leyes 142 de 1994 y 689 de 2001, a través de solicitud de propuesta para manifestar el interés de conformar la empresa. Por lo anteriormente expuesto, la Alcaldía de Rioblanco - Tolima invita a presentar propuesta para manifestar el interés para conformar una Empresa de Servicios Públicos Domiciliarios; conformación que se adelantara acorde a lo contemplado en la ley 142 de 1994 y demás normas concordantes ;así como las disposiciones legales contenidas en la Ley 1258 del 05 de diciembre de 2008 y el artículo 20 de la Ley 142 de 1994, es decir la sociedad por acciones simplificada, donde LA ALCALDIA DE RIOBLANCO tendrá una participación societaria Mínima del Ochenta por ciento (80%).

5 Complementan este marco, las demás leyes, reglamentaciones y regulaciones que se encuentren vigentes o se expidan durante el término de duración de la empresa de servicios públicos domiciliarios que se constituya. 2. OBJETO DE LA INVITACION A PRESENTAR PROPUESTA La Alcaldía de Rioblanco, a través de la presente solicitud de propuesta está interesada en recibir la manifestación de interés para participar como socio en la conformación de una sociedad por acciones simplificada cuyo objeto principal será la prestación de los Servicios Públicos Domiciliarios y sus actividades complementarias; la prestación de los servicios públicos tendrán como actividades complementarias, entre otras las siguientes: Prestar los servicios públicos de, Acueducto, Alcantarillado y Aseo y actividades complementarias, como el mantenimiento de zonas verdes y la poda de árboles, en el Municipio de Rioblanco Tolima. Gestionar y captar recursos del orden municipal, departamental, nacional e internacional para la ejecución de proyectos de infraestructura en, Acueducto y Alcantarillado, manejo de residuos sólidos y aseo, para el desarrollo del Municipio. Para el cumplimiento y desarrollo del objeto social la sociedad podrá celebrar, en general, todos los actos y contratos que contemplan y autorizan las Leyes 142 de 1994 y 689 de 2001 y las que las modifiquen o adicionen para las empresas prestadoras de servicios públicos; podrán asimismo celebrar actos y contratos relacionados con el manejo de inmuebles, adquirir bienes muebles e inmuebles a cualquier título, parcelarlos, construirlos, enajenarlos o de cualquiera otra forma disponer de ellos, gravarlos con prenda e hipoteca, limitar su dominio, darlos en garantía a terceros por obligaciones propias; construir edificios para bodegas, oficinas de administración y todo tipo de infraestructura para la prestación de los servicios públicos que constituyen su objeto; dar o tomar en arrendamiento o comodato bienes muebles o inmuebles; recibir en concesión o usufructo o comodato el derecho al uso y goce de la infraestructura de los servicios públicos; conformar consorcios, uniones temporales o celebrar contratos de cuentas en participación; celebrar el contrato de leasing en cualquiera de sus formas; celebrar operaciones sobre establecimientos de comercio; participar como socia o accionista en la constitución de otras sociedades que presten servicios públicos domiciliarios y adquirir a cualquier título cuotas, partes o acciones en ésta misma clase de sociedades; importar, exportar, comercializar y vender bienes o servicios que se requieran para el cumplimiento del objeto social; dar, aceptar, negociar, pagar, endosar, cancelar, vender, revender, títulos valores de toda clase; celebrar el contrato de mutuo a interés o sin él, con garantía o sin ella, celebrar contratos

6 bancarios, realizar toda clase de actos y operaciones civiles y mercantiles en nombre propio o por cuenta de terceros o en participación con ellos, sin que pueda decirse que la sociedad carece de capacidad para desarrollar cualquier acto de tal naturaleza. Para el incremento de su patrimonio la sociedad podrá invertir sus propios recursos y los que en el mercado financiero u otra fuente adquiera, en toda clase de sociedades y empresas comerciales, industriales y de servicios, y vincularse a otras sociedades mediante la adquisición o suscripción a cualquier título de acciones, cuotas sociales o partes de interés social, cualquiera que sea la naturaleza o tipo legal y sin importar el tipo de explotación o actividad económica, siempre y cuando sea lícita. De acuerdo con la ley, se entienden incluidos en el objeto social los actos directamente relacionados con el mismo y los que tengan como finalidad ejercer los derechos o cumplir las obligaciones legales o convencionalmente derivados de la existencia de la sociedad o que complementen su objeto principal, y los contratos a que hace referencia el artículo 39 de la ley 142 de 1994 y las normas que lo sustituyan o complementen. En los términos del artículo 18 de la Ley 142 de 1994 para cada uno de los servicios públicos que preste la Empresa llevará la contabilidad separada. El costo y la modalidad de las operaciones en cada servicio público deberán registrarse de manera explícita, se someterá a las disposiciones de las respectivas Comisiones de regulación y a la vigilancia que establezca el ordenamiento jurídico. La Sociedad no podrá constituirse en garante de obligaciones ajenas o garantizar o caucionar con sus propios bienes obligaciones de terceros, ni participar como asociada en sociedades colectivas. Al Contrato Societario que se celebre como consecuencia del procedimiento de solicitud de propuesta previsto en el presente documento, les serán aplicables las normas legales, reglamentarias y regulatorias vigentes al momento de su celebración, especialmente las contenidas en la Ley 1258 de 2008 y los artículos 17 y siguientes de la Ley 142 de OBJETO DEL CONTRATO SOCIETARIO La empresa de servicios públicos de Rioblanco ESP S.A.S., tendrá como objeto: La prestación de los servicios públicos de, Acueducto, Alcantarillado y Aseo y sus actividades complementarias y en el futuro podrá prestar los servicios de, energía, eléctrica, telefonía y gas natural

7 4. APORTE DE CAPITAL PARA LA CONSTITUCION DE LA EMPRESA DE SERVICIOS PUBLICOS CAPITAL AUTORIZADO. El capital autorizado de la sociedad será de CIEN MILLONES DE PESOS, el cual se dividirá en ACCIONES, nominativas y de capital, con un valor nominal de CIEN MIL PESOS M/L ($ ) cada uno. LOS NUEVOS SOCIOS DEBERÁN APORTAR (OFERTAR) COMO MINIMO UNA ACCION, con un valor nominal de $ oo El monto a aportar por el municipio para el capital social de la Empresa es igual A OCHENTA ($ ) MILLONES DE PESOS representado en los siguientes activos: El 4.49% del valor de la propiedad planta y equipo que posee el municipio en sus Sistemas de acueducto, alcantarillado y Planta de Tratamiento de Residuos Sólidos, acorde con el avaluó comercial hecho por la firma BIOCIVIL Ltda., el cual hace parte integral de la presente convocatoria. Los cuales corresponden a bienes de propiedad del municipio y Conexa a la prestación de los servicios públicos, de Acueducto, Alcantarillado y Aseo. El Municipio podrá aportar otros activos muebles o inmuebles a la empresa en cuyo caso estos se reconocerán como capital pagado. En caso de presentarse más de cinco socios que cumplan con los requisitos aquí previstos, en la asamblea preliminar de socios se establecerán los porcentajes de participación de los socios diferentes al Municipio, el cual mantendrá, en todo caso, una participación en la nueva empresa que no podrá ser inferior al 80% del capital suscrito. El municipio se reserva el derecho de escoger los socios posibles que más le convenga estratégicamente, escogiendo mínimo un socio. 5. FORMA DE PAGO: La forma de pagar los aportes por parte de los interesados en participar, será de contado al momento de suscribir el documento privado mediante el cual se realizara la constitución de la nueva empresa. Para la inscripción ante la Cámara de Comercio dichos recursos deberán haberse suscrito previamente y depositados en la cuenta que el municipio disponga para ello.

8 6. PLAZO DE DURACION DE LA SOCIEDAD El término de duración de la empresa de servicios públicos municipal que se constituya será indefinido. 7. MINUTA DEL CONTRATO SOCIETARIO 8. CRONOGRAMA DEL PROCESO Las fechas de apertura, cierre y demás del presente proceso para presentar propuesta, se han fijado así: ACTIVIDAD FECHA Apertura Invitación a presentar Jueves 05 de mayo de 2011 Propuesta Audiencia Informativa Audiencia Informativa Recepción de propuestas Del Jueves 05 de mayo al jueves 19 de mayo de 2011 Cierre de la Convocatoria Jueves 19 de mayo de 2011 Revisión de requisitos para la Viernes 20 de mayo de 2011 conformación de la sociedad Asamblea Preliminar de Socios Sábado 21 de mayo de 2011 aprobación de estatutos Firma del contrato societario Sábado 21 de mayo de APERTURA Y CIERRE DE LA CONVOCATORIA: El plazo de la convocatoria, esto es, el periodo durante el cual se pueden presentar ofertas, es el término comprendido entre las fechas de apertura y de cierre de la convocatoria, las cuales se encuentran definidas en el cronograma, una vez revisadas las ofertas presentadas y hacer el listado correspondiente de los nuevos socios con sus respectivas participaciones se llevara a cabo una reunión general con los nuevos socios con quienes se constituirá la primera asamblea que tendrá por único objeto la aprobación de los estatutos, elección de los miembros de la junta directiva, y el gerente provisional. 10. INSPECCION DE LOS BIENES QUE APORTA EL MUNICIPIO PARA EL USO Y GOCE DE LA EMPRESA. Dado el carácter público de dicho bienes, los posibles socios podrán visitar la Infraestructura libremente. Reunión para de Aclaración del proyecto de estatutos Esta audiencia es absolutamente obligatoria para todos los que deseen ser posibles socios y se

9 llevará a cabo el día 21 de mayo de 2011 a las 3:00 PM en el despacho de la Alcaldía del Municipio. En esta reunión se explicará claramente el alcance de los Estatutos de la S.A.A que se pretende formar en Empresa de Servicios Públicos Domiciliarios y se aclararán las inquietudes sobre esta convocatoria. Recepción de Ofertas: Serán recibidas conforme a lo establecido en el cronograma en el despacho de la Alcaldía del Municipio. Las ofertas entregadas con posterioridad a la hora mencionada serán devueltas sin abrir los sobres correspondientes y se dejará la constancia correspondiente. 11. REQUISITOS PARA LA PRESENTACIÓN DE LA PROPUESTA POSIBLES SOCIOS Podrán participar las personas naturales y jurídicas de cualquier naturaleza debidamente constituida que lo deseen, que cumplan con los siguientes requisitos: 1) Ser mayor de edad en el caso de las personas naturales y tener documento de identidad. 2) Las personas Jurídicas deben tener certificado de existencia y representación expedido por la respectiva Cámara de Comercio y la autorización expresa de las Juntas Directivas que facultan a sus representantes legales para participar en esta convocatoria. La propuesta deberá ser entregada en original, en la Oficina de la Secretaría de Gobierno del municipio de Rioblanco, ubicada en el Edificio de la Alcaldía Municipal en la Carrera 5 Nº 4-25, y deberá contener los siguientes documentos: 1. Carta de presentación, que deberá contener la manifestación de interés de participar como socio en la conformación de la sociedad. 2. Autorización de la Junta Directiva de la empresa o entidad para participar como socio en la conformación de la sociedad, cuando se requiera. 3. Copia de los Estatutos de la empresa o entidad. 4. Documento de identidad o Certificado de existencia y representación legal de la empresa (cuando aplique) 5. Acta de nombramiento y posesión del representante legal de la entidad pública.

10 6. Certificado de disponibilidad presupuestal o documento en donde conste el valor del aporte, este último solo en el caso de oferentes privados. 12. COSTOS PARA PREPARACIÓN DE LAS OFERTAS: Los posibles socios sufragarán todos los costos relacionados con la preparación y presentación de su oferta, EL MUNICIPIO no será responsable en caso alguno de dichos costos. 13. DOCUMENTOS QUE FORMAN PARTE DE ESTA CONVOCATORIA: 1. Los presentes términos de referencia 2. El proyecto de los estatutos de la S.A.S. que se pretende conformar con los socios a elegir mediante esta convocatoria. 3. La carta de presentación con las respectivas ofertas u oferta de participación Societaria. 14. MODIFICACIÓN DE LOS DOCUMENTOS DE PRESENTACIÓN: EL MUNICIPIO podrá en cualquier momento y antes de que venza el plazo para la presentación de ofertas, modificar, ampliar o aclarar los documentos de invitación, en cuyo caso notificará las enmiendas mediante comunicación escrita o vía fax a los posibles socios que hayan retirado los términos de referencia, a su dirección registrada; una vez conocidas dichas enmiendas serán de obligatorio cumplimiento para los participantes, en la presentación de sus ofertas. 15. PRORROGA DEL CIERRE DE LA CONVOCATORIA: Si el Municipio lo considera pertinente se podrá prorrogar el plazo para la presentación de ofertas, a fin de dar a los posibles socios tiempos razonables a tener en cuenta en la preparación de sus ofertas, las enmiendas y/o aclaraciones de los documentos de Presentación, dentro de los plazos contemplados en la legislación vigente. EL MUNICIPIO prorrogará la fecha de cierre de la presentación, la que será anunciada a los posibles socios por medio de una adenda, que se enviará a cada uno de los posibles socios, a su dirección registrada 16. DOCUMENTOS INTEGRANTES DE LA OFERTA: Las ofertas deberán entregarse en sobre sellado. Los siguientes documentos deben presentarse en el orden indicado, la falta de alguno de ellos es insubsanable y dará lugar a la ELIMINACION de la oferta por parte de la entidad y sin derecho de reembolso de la consignación realizada.

11 Carta de presentación de la oferta donde se incluya el valor a aportar, firmada por el representante legal de la persona jurídica, o el mismo proponente si es una persona natural. En caso de ser persona natural, copia de la cédula, o en caso de de ser persona jurídica, certificado de existencia y representación legal actualizado con un periodo no mayor a 30 días antes del cierre de la presente invitación. Autorización expresa de la junta directiva al representante legal no sólo para participar en esta convocatoria sino también para ser socio del municipio en dicha S.A.S. Fotocopia de la constancia de asistencia a la audiencia de aclaración de los presentes Términos. Copia de la consignación de los aportes por el valor correspondiente a su participación en la sociedad a constituir. 17. ANEXOS DE LOS TERMINOS DE REFERENCIA: Son los documentos de soporte del proyecto a realizar: - Carta de presentación -.Copia de contrato de constitución de la sociedad 17.1 PRECIO DE LA OFERTA: El proponente indicará el capital que aporta para la sociedad, concordante con la consignación realizada y que se constituirá en capital suscrito y pagado FORMATO Y FIRMA DE LA OFERTA: El proponente preparará un ejemplar de la oferta, marcando con claridad el documento. La oferta no deberá contener textos entre líneas, raspaduras, ni tachaduras, salvo cuando fuere necesario para corregir errores del proponente convocado, en cuyo caso las correcciones deberán llevar las iniciales de la persona o personas que firmen la oferta. En caso contrario las correcciones se entenderán como no efectuadas. El sobre cumplirá con las siguientes características: Estará dirigido a EL MUNICIPIO e indicará el nombre de la CONVOCATORIA, además el nombre y dirección del posible socio. Si el sobre fuese entregado sin

12 cerrar o sin el Requerimiento de este numeral, EL MUNICIPIO, no tendrá responsabilidad alguna en caso de que la oferta sea traspapelada o abierta prematuramente. 18. SUSCRIPCIÓN Y LEGALIZACIÓN DEL CONTRATO SOCIETARIO Una vez seleccionado el o los socios estratégicos para la conformación de la nueva empresa de servicios públicos para la prestación de los servicios de, Acueducto, Alcantarillado y Aseo, y sus actividades complementarias, se procederá a llevar a cabo la audiencia preliminar de accionistas y posteriormente a la suscripción y legalización del respectivo contrato societario, representado en los Estatutos de la nueva sociedad prestadora. Cordialmente, EVER ANTONIO ROJAS RICO Alcalde Municipal

13 Anexo No 1 CARTA DE PRESENTACION Rioblanco Señor EVER ANTONIO ROJAS RICO Alcalde Municipal Rioblanco Tolima ASUNTO: PRESENTACIÓN OFERTA -PROCESO DE SELECCIÓN DE SOCIOS PARA EMPRESA DE SERVICIOS PÚBLICOS DE RIOBLANCO TOLIMA Yo, [nombre del oferente], conforme a lo establecido en los términos de referencia correspondientes a la convocatoria pública realizada por el municipio de Rioblanco para la selección de socios que quieran hacer parte de la empresa de servicios públicos domiciliarios con modalidad jurídica de sociedad anónima, adjunto la información requerida para participar en dicha convocatoria en el siguiente orden: 1) Copia de la Cedula de Ciudadanía si es persona natural 2) Certificado de la Cámara de Comercio si es persona jurídica 3. Autorización de la junta de la empresa a la persona jurídica (si aplica) 4. Copia de la consignación La identificación de socio es Nombre: C.c. o Nit: Dirección: Ciudad Teléfono Valor aportado: En relación con la información y documentos que se adjuntan a la presente carta se declara que: 1. Conozco y entiendo el objeto de esta convocatoria y las condiciones que la rigen. 2. La presentación de la presente oferta es una manifestación expresa del acuerdo del oferente con todo lo dispuesto en los términos de referencia 3. He tenido a disposición la información requerida para presentarme a esta convocatoria pública y que no he tenido restricciones de ningún orden para acceder a la misma.

14 Sin otro particular. Cordialmente, Representante Legal Dirección: Teléfono:

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